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EL COMISIONADO EN LA CAJA DE CÁDIZ Y SU NEXO CON LAS DEMANDAS DEL BANCO

Un punto de especial complicación resultaba la situación que atravesaba la Caja de Des- cuentos de Cádiz. Allí se habían puesto de manifiesto operaciones altamente complicadas y, a la postre, conflictivas, donde los caudales del establecimiento se exponían a grandes pérdidas. La Junta General había encargado a la Junta de Comisión que se ocupara de este espinoso asunto.

En Madrid debía contarse con información de primera mano, obtenida por una persona de total confianza y que al tiempo gestionara los asuntos. La Comisión entiende que el camino más seguro es destacar a un individuo a esa localidad para que, sobre el terreno, actúe eficazmente en cuestiones que difícilmente podrían solventarse desde la lejanía de la capital. Así, se nombra un comisionado para esa tarea, que no resultaba fácil ni apetecible por los altos riesgos de fracaso que podría suponer. Al margen quedaba la indudable incomodidad de desplazarse a Cádiz, residir allí durante una larga temporada y la imposibilidad de poder atender sus ocupaciones habituales.

a) Nombramiento del comisionado

Decidida la designación de un comisionado, el asunto era a quién elegir. La Junta de Di- rección del Banco, en vista del acuerdo de la Comisión de 17 de diciembre de 1791, nom- bró unánimemente como comisionado para Cádiz al director de Giro, Juan Manuel de Li- gués, por su «notoria inteligencia, celo, probidad», al tiempo que reunía un sólido conocimiento de las operaciones de que se trataba. Igualmente, la Junta de Dirección le nombró visitador, conforme al artículo 32.º del Reglamento de la Caja de Descuentos de Cádiz132, el cual establecía que la Dirección se reservaba la facultad de comisionar a algu- no de sus miembros o a cualquier accionista, para que visiten dicho establecimiento e inspeccionen sus libros, quedando enteramente la mencionada Caja de Descuentos su- bordinada y dependiente de la Junta de Dirección.

El nombramiento de un comisionado no podía venir más que de la Junta de Direc- ción, órgano que contaba con esa facultad, aunque la propuesta partía de la Comisión. Esta, si bien había sido elegida por la Junta General, carecía de tales prerrogativas, mos- trando el espacio un tanto indefinido y, sin embargo, relevante que representaba su actua- ción en el Banco.

Juan Manuel de Ligués dio a la Dirección las más expresivas gracias por la con- fianza que el nombramiento implicaba, pero manifestó que el complicado estado en que se encontraban los negocios de la Caja de Cádiz resultaba superior a su talento e inteli- gencia, aparte del desconocimiento que tenía de aquella plaza. Rechazaba así su desig- nación y rogaba encarecidamente a la Dirección que tuviese a bien relevarle, pues su desconfianza le hacía recelar no poder acertar en su desempeño. Consideraba que, entre la Dirección y los accionistas, había personas que sabrían mejor evacuar este encargo.

A pesar de este alegato negativo, la Dirección, habiendo considerado que en él concurren las circunstancias que debía tener el comisionado, le ratifica de nuevo y le indi- ca «que la pronta obediencia sería el testimonio más eficaz del deseo de acierto en el desempeño de este encargo»; modo evidente de que no opusiera más reparos a su desig- nación. A la vista de esta resolución, al director de Giro no le quedó más camino que un elegante agradecimiento a la Comisión por lo que en ello le distinguía133.

Aceptada la designación, la Junta de Comisión acordó que Ligués saliese sin di- lación, a cuyo efecto la Quintera encargada debería disponer las instrucciones a llevar y que, en el ínterin, se diera cuenta al Rey del nombramiento, suplicándole se dignara man- dar expedir las órdenes más eficaces de recomendación y auxilio al Gobernador de Cádiz, al Consulado y a los jueces de aquella ciudad, con rapidez para que pudiera salir con prontitud134.

La Comisión135 acuerda que al comisionado se le abonen los gastos de los viajes y de su permanencia en Cádiz. Ligués, tras mostrar su agradecimiento, suplicó que se to- mara a bien que no lo admitiera, por hallarse retribuido ya como director de Giro, puesto que deseaba no resultar gravoso al Banco por ese trabajo. Sin embargo, la Comisión insis- tió, considerando que era un gesto de honradez y desinterés, además de justicia. Final- mente, el comisionado manifestaría que se resignaba a su obediencia y dio las gracias. b) Las órdenes para Ligués

El 21 de diciembre de 1791, la Junta de Comisión ordena a la Segunda Quinterna que confeccione las instrucciones para el comisionado. A mediados del mes siguiente, la Co- misión trata del documento elaborado, ya que estaba dispuesta su marcha en breve136. Efectivamente así sería, puesto que Juan Manuel de Ligués llegará a Cádiz el 15 del propio mes de enero, según él mismo escribía el día 17137.

Las instrucciones para Ligués eran extensas y detalladas. De su largo título puede colegirse su contenido minucioso. Resumidamente era el siguiente: «Instrucción que da la Junta de Comisión [...] al Sr. Don Juan Manuel de Ligués […], Comisionado y visitador nombrado por la Junta de Dirección en virtud de sus facultades, y de lo resuelto por la misma Comisión […], para pasar personalmente a Cádiz […], y realizar lo que a este se le debe […] de las operaciones que se expresarán, hechas y aprobadas respectivamente por los Directores de la citada Caja y por la anterior Dirección del Banco[…]»138.

Las operaciones que figuran en la instrucción son las que la Junta General enco- mienda a la Junta de Comisión, si bien existe alguna adición. Concretamente eran los préstamos a Galatoire Hermanos, Laforé Hermanos de Cádiz y Juan Bautista Condom de Madrid por 4.772.372,4 reales; préstamo a Rancés de Cádiz de 7.056.941,10 reales; prés- tamo a Verduc, Jolif, Seré, también de Cádiz, de 2.155.135,15 reales; pagarés desconta- dos en la Caja de Descuentos por varias casas en quiebra en los años 1788 y 1789, por 1.644.126,21 reales, y expediente de la casa de Barrere y Sarracín.

De cada operación se facilita al comisionado una explicación pormenorizada de su cometido. Las tareas van orientadas a verificar una serie de puntos de las operaciones o de las relaciones entre los deudores y los gestores del establecimiento, como también a tratar de realizar las hipotecas o lo que resultase más ventajoso para el Banco en los concursos de acreedores o en la instrucción de pleitos. Igualmente se le fijan instrucciones referentes a dilucidar en qué condiciones fueron aprobadas las operaciones, por si fueron ejecutadas de

133 ABE, Secretaría, AJC (19.12.1791), libro 209, fols. 34-35v. 134 ABE, Secretaría, AJC (21.12.1791), libro 209, fols. 45 y ss. 135 ABE, Secretaría, AJC (30.12.1791), libro 209, fols. 57-58v. 136 ABE, Secretaría, AJC (11.1.1792), libro 209, fol. 64v. 137 ABE, Secretaría, AJC (29.1.1792), libro 209, fol. 122v. 138 ABE, Secretaría, AJC (13.1.1792), libro 209, fol. 65.

manera indebida para lo que exigía el Banco, con fraude en la concesión o con trato de favor.

La Junta de Comisión aprobó íntegramente la instrucción propuesta, salvo la libre facultad de transigir y de hacer nuevos contratos por el comisionado, pues en caso de duda debía consultar a la Comisión. Ligués daría noticias de sus progresos a través de la Dirección.

Dado que para cada operación a revisar se le encarga específicamente lo que tenía que realizar, representaba una cierta garantía para el comisionado, puesto que si Ligués hacía estrictamente lo ordenado nadie pondría en cuestión su actuación; si no lo cumplía, habría dejado incompleta su misión. Sin embargo, existían apartados que se encomendaban a su buen juicio, lo cual posibilitaba actuar libremente. A pesar de la mi- nuciosidad de las instrucciones dadas al comisionado, sus actuaciones estarían salpica- das de complicaciones y decisiones de difícil evaluación.

La nueva Dirección habilitaba la actuación de Ligués como visitador, basada en la legislación de la sucursal otorgada a su inicio, lo que expresa a favor de la antigua Direc- ción el carácter preventivo que estableció. La importancia de la instrucción no solo está en su contenido, sino que determina que, efectivamente, trataban de conocerse los entre- sijos de la actuación llevada en la Caja de Descuentos. Una acción similar hubiera podido plantearse por la antigua Dirección, lo cual deja el interrogante de que: o bien se fiaban plenamente de lo que allí se realizaba, o bien que, sabiéndolo, interesaba seguir cubriendo las apariencias sin entrar o contar con documentación de ciertos detalles, quizás, compro- metedores al ser los responsables últimos de la gestión de la sucursal.

En otro orden, ejemplo de la información reveladora que se iba conociendo, po- demos citar que, a los tres meses de su estancia en Cádiz, Ligués139 informa a los direc- tores de Giro de que la casa de Simón Le Normand y Compañía del Comercio de Cádiz se compuso de un capital de 300.000 pesos: 150.000 de Cabarrús; 100.000 de Simón Le Normand de París y 50.000 de Pedro Le Normand de Cádiz; este último era director de la sucursal. Cabarrús, por medio de su apoderado, vende su capital al citado Simón Le Nor- mand, quien en 1790 manifiesta que su participación se elevaba a cinco sextas partes —la sexta parte era de Pedro Le Normand—. Posteriormente, Cabarrús solicitará que se le reconozca interesado en el fondo de la citada casa por 150.000 pesos, pues la cesión hecha a favor de Simón Le Normand fue por ciertos fines que entonces mediaron y que, posteriormente, el propio Simón Le Normand hizo declaración y traspaso de los expresa- dos 150.000 pesos a Cabarrús o a sus representantes. Sin embargo, Pedro Le Normand declaraba ignorar este segundo contrato. Por sí solo, esas circunstancias pueden ser in- dicio de las relaciones que existían entre compañías y personas, y por ello la fuerte des- confianza que suscitaría que aparecieran esos nombres conexionados.

3.5 Los escritos de Cabarrús desde la cárcel a la Junta General del Banco de San Carlos

Hasta entonces Cabarrús no había sido oído, porque no le dieron medios para hacerlo, en cuanto a lo que pudiera tener que decir en su defensa en los asuntos del Banco. Cuando fue posible, a tal efecto por medio de un representante, el Conde, tomando la iniciativa, envía a la Junta General del Banco tres documentos, junto con una presentación, expo- niendo diversos aspectos tanto de su actuación en el establecimiento en la época en la que fue director como dando argumentos que desdecirían lo expresado en las demandas. Estos documentos los remite desde el cuartel de Santa Isabel el 30 de julio de 1792. Lo relevante de estos escritos se encuentra en el momento, circunstancias y objetivos que se persiguen cuando se redactan, y bajo ese contexto han ser interpretados.