La noción de género como categoría social se refiere a las relaciones sociales desde el punto de vista de las relaciones de poder y subordi- nación que se establecen entre hombres y mujeres a partir de las ela- boraciones culturales sobre lo que se supone que es ser hombre o ser mujer. Elaboraciones estructuradas a partir de las diferencias biológicas entre los sexos, que se conciben como naturales, ahistóricas, inmuta- bles y determinantes de los comportamientos y que, precisamente, sir- ven para reproducir y sostener las desigualdades.
Joan Scott (en Amelang y Nash, 1990: 45) establece una definición de género en dos partes interrelacionadas: a) el género es un elemen- to constitutivo de las relaciones sociales basadas en las diferencias que distinguen los sexos y b) el género es una forma primaria de relaciones
significantes de poder.2La primera parte de la definición está constitui-
da por cuatro elementos interrelacionados:
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1Ann Oakley toma este concepto de Robert Stoller, profesor de psiquiatría en
la Escuela de Medicina de la UCLA, quien había publicado un libro llamado Sexo y
género, en 1968. Según Stoller, el género se refiere a “grandes áreas de comporta-
mientos, sentimientos, pensamientos y fantasías que están relacionados con los se- xos y, sin embargo, no tienen connotaciones biológicas primarias”.
2S c o o tt, Joan (1986), “Gender: A Useful Category of Historical A n á l i s i s ”, en
American Historical Review, Nº 91, en Amelang, James y Nash, Mary (eds.), (1990), Historia y género: las mujeres en la Europa moderna y contemporánea, A l fons El
• los sistemas simbólicos, es decir, cómo las sociedades represen- tan el género;
• los conceptos normativos que manifiestan las interpretaciones de los significados de los símbolos. Estos conceptos se expresan en doctrinas religiosas, educativas, científicas, legales y políticas, que se instalan como las únicas posibles;
• las instituciones y organizaciones de género: el sistema de paren- tesco, la familia, el mercado de trabajo segregado por sexos, las instituciones educativas, la política;
• los procesos de construcción de la identidad de género en orga- nizaciones sociales y representaciones culturales históricamente específicas.
La segunda parte alude al género como campo primario, dentro del cual o por medio del cual se articula el poder. Sin ser el único campo, es una forma persistente y recurrente de facilitar la significación del po- der en las tradiciones occidental, judeo-cristiana e islámica (Scott, en Amelang y Nash, 1990: 47).
Judith Butler, desde una perspectiva crítica de la distinción entre sexo y género como dos categorías dicotómicas, argumenta que “en un prin- cipio esta distinción pretendía disputar la fórmula biología es destino, es- ta distinción entre sexo y género sirve al argumento de que no importa cuál sea la insolubilidad biológica que el sexo parezca tener, el género es un constructo cultural: por tanto no es ni el resultado causal del sexo ni tan manifiestamente fijo como el sexo. La unidad del sujeto es de esta manera respondida potencialmente por la distinción que da lugar al gé- nero como una interpretación múltiple del sexo (Butler, 1999: 38).
La autora citada considera que si el género es el significado cultural que el cuerpo sexuado asume, entonces un género no puede decirse que sea el resultado de un sexo de manera única (Butler, 1999: 39). A propósito del concepto de “cuerpo sexuado”, afirma que la distinción entre sexo y género sugiere un corte radical entre los cuerpos sexua- dos y los géneros construidos sexualmente ya que no necesariamente el constructo “los hombres” corresponde exclusivamente a los cuer- pos de varones y el constructo “las mujeres” se interpreta sólo como “cuerpos femeninos”. Por lo tanto, no hay razón para asumir que los gé- neros deberían ser dos.
De modo que, según Butler, en algunas versiones la noción de que el género se construye sugiere un cierto determinismo de significados genéricos inscriptos en cuerpos diferenciados anatómicamente, donde aquellos cuerpos son entendidos como recipientes pasivos de una ley cultural inexorable. Entendido de esta manera, parecería que el género está tan determinado y fijado como lo estaba según la fórmula biología
es destino.
Considerando la identidad de género como una relación entre sexo, género, práctica sexual y deseo, la autora problematiza la noción de gé- nero preguntándose hasta qué punto aquella es el efecto de una prác- tica reguladora que puede ser identificada como una heterosexualidad obligatoria, en un esfuerzo por restringir la producción de identidades de acuerdo con los ejes del deseo hetorosexual.
Por su parte, Marta Lamas (2000: 83) señala que el género se cons- truye a través de los deseos, discursos y prácticas alrededor de la dife- rencia sexual. La adquisición del género es un proceso complejo que realizan los sujetos, “cuerpos sexuados en una cultura”. “Mujeres y hombres son ‘producidos‘ por el lenguaje y las prácticas y representa- ciones simbólicas dentro de las formaciones sociales dadas, pero tam- bién por procesos inconscientes vinculados a la vivencia y simboliza- ción de la diferencia sexual” (Lamas, 2000: 67).
Las relaciones de género se refieren a relaciones de poder y de au- toridad, y no de género como sinónimo de “ m u j e r e s ”. Retomando la c o n c e p tualización de Scott con respecto al género como campo prima- rio de articulación del poder, un tema central en las relaciones entre hombres y mujeres es la posibilidad desigual de ser considerado/a co- mo autoridad. Generalmente este lugar le es otorgado al hombre, mien- tras que las mujeres suelen ejercer poder, sin ser reconocidas como au- toridad. Estas diferencias en la asignación de la autoridad remiten a que el sistema de género es una relación jerárquica entre hombres y muje- res cuyo ordenamiento está apoyado en discursos que lo legitiman y na- turalizan.
En la construcción social de las relaciones de género, el eje central está situado en la dominación masculina y la subordinación femenina. En términos de Michael Kaufman (1997): “… la clave del concepto de género radica en que éste describe las verdaderas relaciones de poder entre hombres y mujeres y la interiorización de tales relaciones”.
El concepto de patriarcado –forma de autoridad basada en el hom- bre/padre como cabeza de familia, con la mujer y los hijos subordina- dos a su autoridad– resume las relaciones de género como asimétricas y jerárquicas, entre varones y mujeres. Como señala Joseph-Vicent Marqués (1997): “... lo que define una sociedad patriarcal no es tanto una distribución arbitraria e injusta de los roles, como una posición ge- neral femenina de subordinación”.
El sistema patriarcal se encargará de tratar a las personas del mis- mo sexo como si fueran idénticas y como muy diferentes del sexo opuesto (Marqués, 1997). De este modo, se opacan las diferencias que los sujetos, tanto varones como mujeres, pueden tener entre sí, enfa- tizando y homogenizando las diferencias individuales sobre la base de un modelo de sujeto femenino y masculino. Esta simplificación lleva a no tomar en consideración que, dentro del contexto general de domi-
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nación masculina y subordinación femenina, se inscriben otras formas de dominación entre mujeres y entre hombres de diferentes sectores sociales, grupos étnicos, nacionalidades. Aun cuando existen diferen- cias en la distribución del poder dentro del sexo masculino, aun cuan- do quizá unos pocos se ajusten al modelo normativo de masculinidad hegemónica, todos se benefician con lo que se denomina “el dividen- do patriarcal”: ventajas y privilegios que obtienen de la construcción so- cial de la dominación masculina. Un hecho asumido, naturalizado y con- vertido en “sentido común” por parte de hombres y mujeres.
El dividendo patriarcal es tanto simbólico como material y consiste en el honor, prestigio y derecho a mandar que se considera correspon- de a los hombres, así como en ocupar las posiciones de mayor influen- cia en los gobiernos, en las corporaciones, en las asociaciones, tal co- mo lo revelan las investigaciones que se han realizado acerca de la posición en el mundo del trabajo de hombres y mujeres, y los salarios correspondientes (Connell, 1997).