Los instrumentos clásicos que establecen las directrices básicas del manejo de los espacios naturales son los planes de ordenación de los recursos naturales (PORN) y los planes rectores de uso y gestión (PRUG), regulados por la Ley 42/2007, del patrimonio natural y de la biodiversidad (BOE, 2007). La elaboración del PORN de un espacio natural actualmente es una exigencia legal antes de su declaración como espacio protegido. Por su parte, los PRUG son la herramienta técnica que permite articular sus directrices generales gestión y conservación, entre otras cosas fija la zonificación y las normas generales del uso público de los parques, deben ser objeto de revisión periódica y prevalecen sobre el planeamiento urbanístico, y se tienen que revisar de oficio por los órganos competentes cuando sus determinaciones sean incompatibles con las de la normativa urbanística.
El artículo 16 de la citada Ley 42/2007 establece que los PORN son el instrumento específico para la delimitación, tipificación, integración en red y determinación de su relación con el resto del territorio, de los sistemas que integran el patrimonio y los recursos naturales de un determinado ámbito espacial, con independencia de otros instrumentos legales que se puedan establecer. Asimismo, las actuaciones, planes o programas sectoriales sólo podrán contradecir o no acoger el contenido de los PORN por razones imperiosas de interés público de primer orden, en cuyo caso la decisión deberá motivarse y hacerse pública. Además, la legislación básica permite que en las declaraciones de los espacios naturales protegidos se establezcan zonas periféricas de protección con el teórico objetivo de evitar impactos ecológicos o paisajísticos procedentes del exterior. Sin embargo puede resultar muy complejo o ineficaz establecer un límite claramente definido para los paisajes sonoros y organizar su gestión en función de ello, ya que sonidos exteriores a los límites de un parque pueden viajar a su interior y viceversa, y determinados sonidos pueden variar en escala de lo local a la de paisajes enteros, aumentando la dificultad de la asignación de derechos sobre el recurso (Dumyahn y Pijanowski, 2011a).
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Como ya se ha expuesto en apartados precedentes, la contaminación acústica también puede enmascarar los sonidos de la naturaleza, en particular pueden causar un impacto negativo sobre la fauna, y mermar su capacidad para proveer servicios ambientales (Francis et al., 2012; Newman et al., 2012). La capacidad adaptativa de muchos de ecosistemas naturales resulta limitada frente a la rapidez e intensidad con la que se producen algunas perturbaciones (Slabbekoorn y Ripmeester, 2007). Por lo tanto, bajo el nuevo paradigma de los territorios dinámicos y adaptativos, los espacios naturales se enfrentan al desafío de tener que internalizar los impulsores de cambios directos e indirectos en sus planes de gestión, que por otro lado se expresan a diferentes escalas espaciales y temporales (García y Montes, 2010). Aspecto que coincide con la necesidad de llevar a cabo una gestión activa de los paisajes sonoros y del ruido ambiental, una idea original del servicio de parques nacionales de los EE.UU., ya comentada con anterioridad. Pero se debe remarcar el significado de la gestión activa: “conjunto de procedimientos planificados que mediante procesos proactivos, en conjunción con los recursos materiales y humanos necesarios, pretenden el logro de unos objetivos a los que se adjudican unos medios” (Gómez-Limón García et al., 2008). Por otro lado, aunque en el ámbito conservacionista se ha evolucionado de las teorías clásicas basadas en mantener lugares inalterados hacia la provisión de servicios para la sociedad, también se sabe que para poder disfrutarlos es imprescindible conservar (o restaurar donde sea preciso) las funciones o procesos ecológicos esenciales que los soportan (Gómez-Limón et al., 2008). Argumento que permite soportar el argumento del artículo 21 de la Ley del ruido (BOE, 2003), que contempla la creación de reservas de sonidos de origen natural. Una competencia atribuida a las comunidades autónomas para delimitar determinadas zonas en las que la contaminación acústica producida por la actividad humana no perturbe dichos sonidos. No obstante, el rápido crecimiento del número de trabajos relacionados con el concepto de servicios de los ecosistemas (eco-servicios) y sus metodologías de evaluación ha hecho que susciten ambigüedad y confusión, hasta el punto de convertirse por sí mismos en objeto de numerosas investigaciones y publicaciones (Martín-López y Montes, 2011). Si bien Martín-López y Montes (2011) proponen un esquema metodológico que sustente ese enfoque territorial y holístico, basado en: (i) delimitación y caracterización de los ecosistemas (ii) identificación de las unidades suministradoras de servicios (iii) identificación de los potenciales beneficiarios (iv) identificación de los flujos de
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servicios (v) valoración monetario de los servicios, aspecto parcialmente tratado en el apartado anterior. En relación a los potenciales beneficiarios, por ejemplo de los paisajes sonoros en parques nacionales, habría que considerar un perfil muy variado de visitantes en función de sus actividad principales; culturales, recreativas, contemplativas, conservacionistas, excursionistas, campistas, observadores de naturaleza, practicantes de diversos deportes al aire libre, algunos en vehículos motorizados, grupos de turistas y simples paseantes o visitantes de puntos panorámicos, centros de información, etc. la población local y, por supuesto, el propio personal del parque (Dumyahn y Pijanowski, 2011a).
Respecto a la identificación de unidades suministradoras de servicios, basadas en su caracterización y delimitación, hasta la fecha, según nuestro conocimiento, en ningún espacio natural protegido de España se había considerado la caracterización acústica en los inventarios del medio ni en sus planes de ordenación. Tan sólo se sabe de manera oficial que la Diputación Foral de Vizcaya, a través del Plan de Acción del Ruido en Vizcaya, está realizando un trabajo más o menos coetáneo a éste, sobre la calidad sonora de sus espacios naturales protegidos que, por ejemplo, contiene una evaluación del paisaje sonoro del Parque Natural de Urkiola (Aspuru et al., 2012). Por tanto, aún es menos habitual que en la gestión de los espacios protegidos se contemple el ruido ambiental como una variable habitual con el uso de índices, métodos o herramientas integrados en las prácticas habituales de la gestión de estos lugares.
La revisión inicial de los PORN y PRUG de los principales parques nacionales de España revela carencias en el tratamiento de las variables relacionadas con los paisajes sonoros, el ruido ambiental, la contaminación acústica, etc. Ya sea desde el punto de vista de la conservación de sonidos singulares de origen natural, manejo de paisajes sonoros, control de las actividades ruidosas en su interior o la potencial amenaza de otras fuentes sonoras exteriores a los límites de los mismos. En algunos casos se encuentran referencias ambiguas a la necesidad de evitar los niveles excesivos de ruido en su ámbito de aplicación, o los que resulten innecesarios o molestos para la ganadería, la fauna silvestre o alteren la tranquilidad de las personas y, en algún caso, se considera que la perturbación a la fauna con cualquier actividad ruidosa, o el uso de aparatos productores de ruido, es incompatible con la conservación de la biodiversidad. Por ejemplo, se puede considerar una infracción administrativa leve la emisión de
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ruidos que perturben la fauna en el ámbito del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama, artículo 15 de la Ley 7/2013, de declaración del Parque Nacional (BOE, 2013). Sin embargo, en todos ellos se desarrollan actividades ruidosas sin que se conozcan las características acústicas de las mismas ni sus efectos sobre el medio ambiente sonoro y sus valores asociados en dichos espacios.
Por lo tanto, antes de alcanzarse el deseado nivel de transversalidad en políticas territoriales, o como suele referirse en los considerandos de las normativa ambiental o incluso en la declaración de los objetivos multifuncionales de los espacios protegidos, es preciso advertir la necesidad de gestionar el capital natural desde la base del conocimiento técnico y científico, de manera que pueda seguir albergando ecosistemas capaces de sustentar una alta diversidad y, a la vez, mantener la capacidad de generar servicios que contribuyan al bienestar de la sociedad, algunos de ellos con valores monetarios (García y Montes, 2010).
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JUSTIFICACIÓN Y OBJETIVOS
El objetivo general de la Tesis es evaluar la procedencia, o no, de incluir el ruido ambiental y los paisajes sonoros como otras variables características del estado de conservación del medio natural, o en la evaluación del potencial impacto ambiental de actividades humanas en espacios naturales. Así como contribuir a la posible incorporación de elementos de valoración objetiva, basados en el uso herramientas técnicas, metodologías o indicadores ambientales contrastados que permitan dar apoyo en la toma de decisiones, tanto de actividades y proyectos que tienen incidencia sobre el medio ambiente como en el ámbito particular de la gestión de los espacios naturales protegidos. Para ello se han establecido los siguientes objetivos genéricos y específicos.
Objetivo 1. Caracterización sonora del medio natural, herramientas, mapas de ruido y escalas de trabajo
El primer objetivo se centra en desarrollar una propuesta metodológica que permita abordar la tarea de la elaborar mapas de ruido en el ámbito de los espacios naturales protegidos, así como caracterizar su medio ambiente sonoro. Se pretende analizar la posible adaptación de métodos y herramientas de uso habitual para la evaluación y gestión del ruido ambiental, de manera que permitan elaborar inventarios de campo y cartografías temáticas a semejanza de otros factores de los medios físico y biótico en la gestión de espacios protegidos. Además, se busca la operatividad y compatibilidad con los procedimientos instaurados en otros sectores de la Ingeniería y la Planificación del Territorio. A su vez, este objetivo genérico se puede precisar en los siguientes objetivos específicos:
- Objetivo 1.1. Determinar una metodología de medición y muestreo de campo plausibles con la caracterización de los paisajes sonoros y del ruido ambiental en ecosistemas naturales.
- Objetivo 1.2. Determinar uno o varios criterios de análisis y una resolución espacial recomendada para la elaboración de cartografías temáticas basadas en el cálculo de los niveles sonoros de un espacio natural.
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Objetivo 2. Evaluación de los efectos del ruido ambiental sobre la percepción de los visitantes de espacios naturales protegidos
Análisis de las distintas fuentes de contaminación acústica en un ámbito frecuentado por los visitantes de un espacio natural protegido, así como la valoración de su percepción de la calidad acústica del entorno. También se analizarán y valorarán las molestias ocasionadas por distintos tipos de fuentes contaminantes con potencial efecto sobre el disfrute de la naturaleza o su estado de conservación.
- Objetivo 2.1. Análisis y evaluación de la posible molestia ocasionada por distintas fuentes de ruido sobre las expectativas de los visitantes de un parque nacional.
- Objetivo 2.2. Analizar la disposición al pago de los visitantes de un parque nacional para el desarrollo de programas de mejora de la calidad acústica del mismo.
Objetivo 3. Evaluación de los posibles efectos ecológicos del ruido de las carreteras sobre las poblaciones de fauna
Análisis del posible impacto sobre la fauna que produce el ruido emitido desde las carreteras que discurren por el interior de un espacio natural protegido. Así como la propuesta de una metodología o recomendaciones para la evaluación del impacto ecológico del ruido viario que resulte compatible con los procedimientos comunes de evaluación y gestión del ruido de las carreteras.
- Objetivo 3.1. Evaluación del potencial impacto del ruido emitido por el tráfico de las carreteras sobre una población de mamíferos terrestres.
- Objetivo 3.2. Evaluación del potencial impacto del ruido emitido por el tráfico de las carreteras sobre una población nidificante de aves rapaces. - Objetivo 3.3. Analizar el potencial uso de los mapas estratégicos de ruido de
carreteras como herramienta de apoyo en la evaluación del impacto del ruido viario sobre los hábitats faunísticos.
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Objetivo 4. Evaluación de la gestión del ruido ambiental en el ámbito de los espacios naturales protegidos
Análisis de los principales aspectos a considerar en la gestión de los paisajes sonoros y del ruido ambiental en el ámbito de un espacio natural protegido. Así como el análisis del grado de eficacia de la normativa ambiental relacionada y de mayor relevancia para la conservación y protección del medio ambiente en general y del medio ambiente sonoro en particular.
- Objetivo 4.1. Evaluación del impacto ambiental por ruido procedente de fuentes sonoras situadas en el exterior de los espacios naturales protegidos. - Objetivo 4.2. Analizar la efectividad de las principales normas ambientales
en relación a sus efectos sobre la conservación en espacios naturales protegidos.
- Objetivo 4.3. Análisis de la gestión del ruido ambiental en espacios naturales protegidos.
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