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LA DIVERSIDAD EN EL SECTOR SOCIAL RECEPTOR

En la sección anterior, aunque se advirtió que el sector social receptor puede estar caracterizado por una amplia variedad interpretativa e intenso conflicto, se supuso una especie de fuerza resultante de ese conflicto. Esta suposición le imprimió una cierta imagen de homogeneidad al sector social receptor, la cual, como veremos en un momento, tiende a fortalecer una visión a- política de las organizaciones de actividades humanas. Tal visión peca de una miopía tal que apoya situaciones profundamente injustas, en particular en las llamadas sociedades del tercer mundo. Comencemos, pues, por poner de manifiesto la diversidad en el sector social receptor.

Así como los actores de una organización no ven de igual modo su organización, entre el resto de los miembros de la sociedad donde se inserta la organización pueden existir inmensas diferencias en relación con su modo de ver y actuar con respecto a la organización.

Ante la pregunta por el origen y las condiciones que hacen posible mantener tal diversidad, encontramos una primera respuesta equivalente a la ofrecida en relación con la variedad interpretativa dentro del entorno socio-organizacional: En primera instancia, esta variedad está históricamente presente en la diversidad propia de la cultura Occidental (y más aún de las culturas

occidentalizadas17), debido a las múltiples mezclas y transformaciones culturales que en ella han incidido a lo largo de su historia. Pero, aparte de esta herencia histórica, de un modo equivalente al discutido en relación con el entorno socio-organizacional, existe una serie de factores socio-económicos que mantienen viva esta variedad interpretativa. Tales factores inciden en la ubicación de las personas en diferentes ―posiciones‖ socio-económicas, cada una de las cuales está asociada a un punto de mira particular. Cuando uso el término ―posición socio-económica‖ no sólo me refiero a cada uno de los estancos de la división del trabajo propia de esa sociedad, sino, también, y muy especialmente, a cada uno de los múltiples procesos educativos18 y modos de vida que están presentes en muchas de las sociedades occidentales y occidentalizadas.

Claro está, en la medida en que una sociedad presente mayor variedad de posiciones socio-económicas (mayores diferencias en términos de las oportunidades en materia educativa y de salud y del nivel de ingresos), el conjunto de sus organizaciones tendrá una mayor variedad de sectores sociales receptores. En el caso de organizaciones privadas, los sectores sociales receptores de un mayor número de organizaciones estarán

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Me refiero a esas culturas que fueron conquistadas y transformadas por Europa de manera que presentan una fachada Occidental, pero sin lograr su total asimilación a la modernidad europea.

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Uso el término educación en un sentido más amplio que el de la educación formal impartida en las escuelas. Me refiero a todos los procesos de culturización a los que están sometidos los individuos en una sociedad.

restringidos a una sola posición socio-económica. Por ejemplo, aquellas organizaciones productoras de bienes y servicios de lujo y muy costosos (e.g. automóviles de lujo, restaurantes de lujo) sólo tendrán como sector social receptor las capas más pudientes de la población. Por otra parte, es muy probable que haya organizaciones cuyos productos, generalmente de baja calidad, estén destinados a capas inferiores de la población. El caso de las organizaciones públicas, más cercano al interés que mueve este opúsculo, presenta una situación más compleja. Veamos.

El sector social receptor de las organizaciones (instituciones) públicas modernas puede estar formalmente definido de dos modos: Ora está constituido por todos los ciudadanos; ora está constituido por todos aquellos ciudadanos que cumplan una cierta condición relacionada con el servicio que preste la institución. Así, por ejemplo, el sector social receptor de un hospital público podría estar formalmente constituido por todos los ciudadanos, sin ningún tipo de distinción. Sin embargo, el sector social receptor de, por ejemplo, un pre-escolar público podría estar formalmente constituido por todos los niños en edad pre-escolar de una cierta localidad; y el de un ancianato público por todos los ancianos de una cierta región.

Por otra parte, aunque no es lo más frecuente, un cierto sector social receptor puede estar formalmente definido de manera tal que existan procedimientos institucionales particulares para cierto tipo de integrantes de ese sector. En este caso, la institución trata de modo

diferente a diferentes tipos de personas. Sin embargo, en un Estado moderno y en términos formales, estas distinciones no deberán violar el principio de igualdad ante la ley propia de las instituciones modernas; al contrario, buscarán preservar tal principio. Por ejemplo, en un hospital se pueden definir procedimientos especiales para los niños, para todos los niños por igual sin distinción de clase social, raza o credo. Algunas instituciones podrán definir procedimientos especiales para ancianos, personas impedidas física o mentalmente y niños, debido a su condición desventajosa con respecto a la de otros ciudadanos.

En la práctica, sin embargo, tanto los sectores sociales receptores como la variedad de modos de relación entre sus miembros y la institución del caso, pueden alejarse, no sólo de la definición institucional formal, sino de preceptos de justicia básicos de todo Estado moderno. Este alejamiento estará directamente relacionado con el grado de variedad de posiciones socio-económicas que existan en la sociedad. De hecho, la variedad dentro del sector social receptor efectivamente servido por una organización pública puede tomar una multitud de formas de exclusión de ciertos subsectores que pertenecen a la delimitación formal del sector social receptor. Por ejemplo, se puede llegar al extremo de la exclusión total de ciertos estratos socio-económicos de la población de una manera violatoria de los preceptos formales de ciertas organizaciones y de los derechos de los ciudadanos. Pueden también existir modalidades más sutiles de

exclusión, tales como la existencia de una multiplicidad de modos de vinculación entre ciertos miembros del sector social receptor y ciertos actores de la organización (intermediadas por diferentes comportamientos del Estado), que den lugar a tratos preferenciales que no han sido definidos institucionalmente. En efecto, en este último caso, aunque el servicio de la organización esté abierto a todos los ciudadanos que cumplen con la condición formalmente definida, pueden existir, informalmente, diferencias en el modo como la organización se vincula con, por ejemplo, las personas pertenecientes a diferentes estratos socio-económicos.

En principio, el Estado moderno debe tener mecanismos institucionales que puedan detectar y suprimir esos tipos de exclusión no justificadas en términos de los fines formales de las instituciones. Sin embargo, en la medida en que la desigualdad de oportunidades en la sociedad es mayor y el Estado está más alejado de sus formas modernas ideales originales, este principio es objeto de frecuente violación. Para ilustrar el asunto presentaremos un ejemplo concreto proveniente de uno de nuestros estudios organizacionales19:

De acuerdo con la Constitución Nacional promulgada en 1961, los hospitales públicos venezolanos deben brindar servicio gratuito de salud a las personas que carezcan de los medios económicos suficientes para

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Véase Fuenmayor R.L y Fuenmayor A.C (1999) y Fuenmayor A.C. y Fuenmayor R.L (1999)

hacerle frente a tales gastos. Desde un poco después de la promulgación de esa Constitución, y hasta los primeros años de la década de los ochenta, este precepto fue interpretado bajo la práctica de no cobrar a nadie en los hospitales públicos. Así lo estableció un decreto promulgado durante el primer gobierno del Presidente Rafael Caldera. Un modo de entender este decreto y su aplicación bajo la óptica del precepto constitucional es la siguiente: El servicio de salud prestado en los hospitales públicos es gratuito para todos, pero aquellas personas que cuentan con mayores ingresos y que, por tanto, contribuyan con mayores impuestos, contribuirán indirectamente a pagar los costos de esa atención médica gratuita para sí y para otros.

Después de la crisis económica de los años ochenta, los hospitales públicos vieron mermada su partida presupuestaria para la compra de los insumos necesarios en los procesos asistenciales. Una consecuencia inmediata de tal recorte presupuestario fue la violación de aquella disposición de no cobrar en los hospitales públicos. Hoy, salvo en escasas excepciones, los venezolanos que acuden a los centros públicos de salud deben comprar la mayor parte de los insumos que requiera su atención y tratamiento. Se trata de la violación no sólo del mencionado decreto presidencial (que nunca ha sido derogado), sino de la Constitución Nacional y de uno de los derechos fundamentales contemplados en ella, ya que muchas personas pobres dejan de ser atendidas por falta de esos insumos.

antes descrita y su relación con el asunto de la diversidad de condiciones que se presentan en el sector social receptor de, en este caso, el Hospital Universitario de Los Andes (HULA) situado en la ciudad de Mérida.

El médico entrevistado20 relata el caso del siguiente modo:

El caso en cuestión es el de un niño de 9 años de edad hospitalizado en el HULA, sección de pediatría, por un tumor ubicado en el cuero cabelludo y constituido por fibras nerviosas. El tumor fue diagnosticado en 1993 por medio de una biopsia. El niño regresó a su casa sin tratamiento alguno debido a la falta de recursos de su familia para hacerle frente al tratamiento indicado. La familia del niño, según la encuesta socioeconómica efectuada por la trabajadora social de la Unidad de Cuidados Intensivos del HULA, se ubica en el estrato V en la escala de Graffar (pobreza extrema).

En abril de 1998 la madre acudió de nuevo al HULA por el problema del tumor del niño. En esa oportunidad se le practicó una resonancia magnética nuclear para descartar la presencia de tumores intracraneanos que pueden estar asociados con ese tipo de tumores ubicados en el cuero cabelludo. La resonancia magnética nuclear, cuyo costo canceló la madre, demostró que no había lesiones dentro del cráneo.

Luego de varios años de espera, finalmente el niño es hospitalizado para resecar el tumor del cuero cabelludo.

Vale la pena anotar que dos meses antes, una hermana de dos meses de edad estuvo hospitalizada durante 14 días en cuidados intensivos por bronconeumonía e infección generalizada (sepsis) que le causaron la muerte. En ese entonces la madre, de muy escasos recursos económicos, corrió con muchos gastos por medicamentos y traslados desde El Vigía (lugar de residencia a 109 Km. de Mérida), lo cual, en conjunto, representó cerca de 100.000 bolívares (equivalente al total de los ingresos familiares de un mes).

La lista de insumos solicitada para la operación del niño consistía en 51 productos, entre los cuales se incluían materiales como guantes,

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Dr. Akbar Fuenmayor, quien ha contribuido activamente con el estudio sistémico-interpretativo del HULA al que hacemos referencia.

adhesivo y jeringas, que normalmente son comprados por la administración del hospital y suministrados al quirófano. También se le pidió seda para hueso (sin embargo, el hueso no se va a tocar) y un grupo de vitaminas (ácido fólico, vitamina K, vitamina B, etc.) en ampollas que en un caso como éste no tienen ninguna indicación médica.

El niño fue operado el viernes pasado con algunos insumos que se le dieron en la Unidad de Cuidados Intensivos del HULA y otros que la madre compró.

Cuando se interpeló a los médicos cirujanos sobre la lista contestaron que el hospital no suministra ningún insumo para realizar cirugías electivas (la administradora del hospital y algunos miembros del personal de quirófano niegan rotundamente esa afirmación) y que ellos entregan listas estandarizadas a todos los pacientes y por eso se piden cosas que probablemente no necesitará el paciente para operarse.

De acuerdo con nuestros estudios (Fuenmayor R.L. y Fuenmayor A.C. 1999; Fuenmayor A.C. y Fuenmayor R.L., 1999), este caso representa un ejemplo típico de lo que ocurre todos los días en el HULA. Veamos su significado, primero, en términos de la relación entre la práctica organizacional y las fronteras impuestas por su sistema formal. Después, observaremos más de cerca al sector social receptor (del HULA) para comprender cómo su diversidad afecta la situación de la organización en cuestión.

Aparentemente, la falta del suministro de recursos por parte del Estado trae como consecuencia el desacato del decreto presidencial y, lo que parece más grave, la violación del precepto constitucional. Es decir, aparentemente, una acción estatal (―intermediación del Estado‖) trae como consecuencia una alteración del espacio definido por el sistema formal, el cual ha sido definido por el Estado y es responsabilidad del mismo.

Cabría esperar que esta acción automutilante por parte del Estado traiga consigo una modificación ora de los objetivos formales de la institución, ora de la propia acción mutilante. Esta modificación no ha ocurrido.

Calificaba de ―aparente‖ la relación causal que establecía en el párrafo anterior, porque creo que, en este caso, la violación del precepto constitucional no puede verse como una simple consecuencia del corte presupuestario por parte del gobierno: El mencionado estudio sobre el HULA reveló que, salvo contadas excepciones, la mayor parte de los funcionarios ligados a la toma de decisiones en el HULA (desde los altos funcionarios de organizaciones coordinadoras de los servicios de salud regionales y nacionales, hasta los médicos y personal paramédico que laboran en ese hospital) no ejercieron ninguna acción destinada a preservar el precepto constitucional. Pero, lo que es más sorprendente: salvo contadas excepciones, las víctimas directas (personas pobres que no pueden hacer frente a los gastos de salud) del desacato del principio constitucional han aceptado con resignación la violación de sus derechos constitucionales.

Vale aquí la pena anotar que, en la época en la que se realizó este estudio, el 80% de los venezolanos no estaban en condiciones de hacer frente a sus gastos de salud sin sacrificar otras necesidades básicas. De hecho, el 95% de las personas que acudían al HULA pertenecían a este sector de la población. Sin embargo, un 5% restante de los pacientes que acuden a este centro público de salud sí pueden hacerle frente a sus gastos de salud y

lo hacen en el HULA por un precio menor que el que tendrían que pagar en una clínica privada. Esto significa que, en muchos casos, este centro público de salud, cuya misión es prestar servicios gratuitos a las personas de bajos recursos, no presta sus servicios a personas que no pueden sufragar los gastos de los insumos requeridos para sus intervenciones (el caso del niño antes descrito), pero sí presta sus servicios a personas que, pudiendo tratarse en clínicas privadas, acuden al HULA en busca de un servicio más barato. Esto último es particularmente notorio en el caso de ciertas intervenciones quirúrgicas (e.g. del corazón) muy costosas.

Veamos ahora este caso en términos de las nociones constitutivas de la teoría sistémico- interpretativa de organizaciones.

De acuerdo con (una posible interpretación de) su objetivo formal (derivado de la Constitución Nacional y del mencionado decreto presidencial), el HULA, una institución pública dependiente del Estado venezolano, debe prestar servicios gratuitos de salud a toda la población, en particular a los ciudadanos que no cuenten con los medios económicos para hacer frente a sus gastos de salud. Digo esto último porque las personas con mayores recursos económicos tienen la posibilidad de acudir a clínicas privadas, y, en su mayoría así lo hacen. Según esto, el sector social receptor del HULA son todos los ciudadanos que requieran servicios de salud, especialmente la población pobre. Pero, de acuerdo con lo antes descrito, el sector social receptor del HULA está actualmente reducido al grupo de ciudadanos que acuden

a este centro y pueden conseguir los insumos para el servicio que requieren. Esto no significa que una porción de las personas que acuden al HULA reciba una atención completa y adecuada a su dolencia (en términos del estado del conocimiento médico) y otra porción simplemente no recibe atención. Por el contrario, hay una variada gama de posibilidades (y tonalidades) entre el raro caso de una atención completa y adecuada y el caso, no tan raro, de demanda totalmente insatisfecha. El grado de atención, definido en esta amplia gama de posibilidades, depende, en primera instancia, de la capacidad del paciente de comprar los insumos que necesita; pero también depende de otros factores tales como el grado de ―influencia‖ o el tipo de ―contactos‖ del paciente21, o del estado de ánimo del personal médico y paramédico. Lo que sí era una constante en el período examinado era la ausencia de mecanismos estatales de control de la acción institucional y, por ende, de los derechos constitucionales de los ciudadanos.

De ese modo, nuestro estudio empírico revela un sector social receptor del HULA, no sólo cuantitativamente reducido en relación con su definición formal, sino provisto de una complicada variedad de relaciones con la institución en cuestión; variedad dependiente, en muy buena medida, del estrato socio- económico al que pertenece el ciudadano que solicita el servicio. Obviamente, tal situación revela una evidente

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Formas de atención preferencial obtenidas mediante relaciones privadas con miembros del personal del HULA.

condición de injusticia e ilegalidad, alimento de diferentes modalidades de violencia y conflicto social, de lo cual, los responsables del Estado venezolano han sido cómplices directos.

En general, la diversidad ilegítima (y, muchas veces, ilegal) presente en los sectores sociales receptores de las instituciones de algunas sociedades es una obvia fuente de resentimiento y conflicto social. Íntimamente asociado a tal conflicto, en la base del mismo, yace el hecho de que los diferentes ―tipos de ciudadanos‖ de un cierto país viven diferentes espacios públicos y diferentes instituciones estatales. En este sentido, no es exagerado decir que estos diferentes tipos de ciudadanos viven en diferentes países.

El lector podrá apreciar que este asunto de la variedad en el sector social receptor es un tema clave en los estudios de las organizaciones públicas; especialmente las de los países del tercer mundo. En la medida en que tal variedad sea mayor, más complicado será el asunto de la variedad interpretativa donde está sembrado el ser de cada organización, y más difícil será la tarea del estudio interpretativo de las organizaciones públicas. Precisamente, ante este comentario, es el momento de dejar aquí suspendidas estas pocas notas sobre el aspecto óntico de esta breve teoría de organizaciones, para pasar a discutir su aspecto epistémico, es decir, las condiciones de posibilidad del conocimiento interpretativo de las organizaciones de actividades humanas y una posible modalidad para avanzar en tal conocimiento.

En el Capítulo 1 (1.3) se habían introducido los principios básicos de la concepción interpretativa a partir de su contraste con la llamada concepción mecanicista. Al final de esta sección se mostró cómo el problema fundamental del enfoque interpretativo es la construcción de una plataforma cognoscitiva interpretativa. Se trata de la discusión de la variedad interpretativa en términos tanto de la concepción que le brinda su razón de ser a cada una de las posibilidades de tal variedad, como del sistema de medios que más eficientemente realiza cada una de esas posibilidades. En otras palabras, la plataforma cognoscitiva interpretativa puede entenderse como un ―espacio conceptual‖ cuyos ―puntos‖ constituyentes son diferentes interpretaciones posibles de la organización. Este espacio está definido por dos ejes de coordenadas: El eje en el que se definen las concepciones (que incluyen sistemas de valores) que fundamentan las interpretaciones (puntos del espacio) y el eje de los sistemas de medios que pueden realizar organizacionalmente las interpretaciones.