¿ES ENTONCES EL PARLAMENTARISMO UN REGIMEN DE GOBIERNO SOCIALMENTE EFICIENTE?
1.1. Bipartidismo versus Multipartidismo.
1.1.1. La eficiencia Estatal.
En primer lugar, el bipartidismo permite al legislador atenuar el llamado
factor incertidumbre. Definimos éste último como la situación generada en el legislador ante la dificultad de que pueda prever el resultado de una votación en el Parlamento. Ello eleva de manera importante el costo de la toma de decisión, lo cual genera situaciones a todas luces ineficientes.
En la generalidad de los casos, en un sistema multipartidista resulta muy complicado que un parlamentario pueda definir como votarán los miembros de otras bancadas. Normalmente, en los esquemas multipartidistas, el partido en el Gobierno no posee mayoría absoluta, sino, en el mejor de los casos, tan solo relativa, máxime si es que el sistema electoral es proporcional y no mayoritario como veremos más adelante. Y es que, la conformación del Parlamento se configuraría en ese caso en forma más o menos proporcional a como los distintos partidos existentes se distribuyen en el electorado.
Cuando el obtener mayorías absolutas es indispensable para tomar ciertas decisiones importantes, se vuelve necesario intentar alianzas o coaliciones, a cambio, por ejemplo, de participación en el Gobierno. Ahora bien, en dichos términos hay que tomar en cuenta el costo de negociación, que evidentemente se incrementa conforme aumenta el número de partidos involucrados12
12 BUCHANAN, James y TULLOCK, Gordon – Op. cit., p. 134-137
A ello hay que agregar que el riesgo de las coaliciones partidarias reside en su fragilidad. La posibilidad de la desintegración de dichas coaliciones o alianzas, que se encuentra siempre presente, hace difícil establecer políticas concertadas de mediano o largo plazo. Por otro lado, los sistemas bipartidistas resultarían necesarios para la formación de gabinetes de un solo partido que establecerán políticas estables, y por ello, efectivas13
La dificultad de tomar decisiones tiende a hacerse más intensa cuando el Parlamento está conformado por varias cámaras. Como veremos más adelante, el bicameralismo, cuando éste no se sustenta en la necesidad de una doble representación, genera situaciones ineficientes, que se agravan cuando el régimen tiende a la atomización electoral
.
14. Y es que, cuando no existe una
base de representación electoral que la justifique, la segunda cámara tiende a generar costos innecesarios de toma de decisión15
Por otro lado, la incertidumbre afecta también al Gobierno, puesto que al carecer de mayoría absoluta, se encuentra siempre a merced de una potencial censura o del rechazo de mociones de confianza, que generarán su dimisión.
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El Gobierno.
13 LIJPHART, Arend – Op. cit., p. 72.
14 Si bien es cierto, y como veremos más adelante, los costos de toma de decisión pueden no resultar prohibitivos, es evidente que la creación de un sistema de dos asambleas que deben decidir en forma combinada, prima facie, eleva sustancialmente los costos de toma de decisiones. En principio, podríamos suponer que se da tan solo una duplicación de costos derivada de la doble asamblea.
Sin embargo, la existencia de una segunda asamblea deliberativa agrega un elemento adicional de incertidumbre. En un sistema de asamblea única, podríamos – aun con cierta dificultad - prever cual podría ser el resultado de una votación si pertenecemos a la misma. En un sistema doble, podemos prever el resultado de la asamblea a la que pertenecemos, pero no el que se dará en la asamblea en la que no participamos. Ello incluso empeoraría cuando la correlación de grupos de votación es distinta en una asamblea y otra.
Sobre el particular: GUZMAN NAPURI, Christian - “Unicameralidad o bicameralidad del parlamento peruano. Un análisis preliminar”. En: Revista jurídica del Perú, N° 22. Trujillo: Normas Legales, 2001, pp: I a XVI.
En contraposición, en un sistema bipartidista, las posibilidades de obtención de mayorías absolutas es mucho mayor, puesto que el partido ganador conformará el Gabinete con miembros de su partido. Como resultado, una censura ministerial es poco probable mientras el Gobierno o el Primer Ministro posean la confianza de su propio partido. Si a esto le sumamos disciplina partidaria, tendremos la casi imposibilidad de que se pueda obligar a dimitir a un Ministro.
En el multipartidismo ello no ocurre así, pues normalmente es necesario llegar a acuerdos entre diversas tiendas políticas para conformar gobiernos. La dificultad de predicción en la formación del Gobierno es bastante alta si es que el partido mayoritario no ha obtenido mayoría absoluta. Elementos que juegan un rol muy importante en la formación de coaliciones son la cantidad de escaños de las que goza el partido con mayoría relativa, el tamaño relativo del Gabinete, los programas y preferencias de cada partido16
16 Sobre las teorías de formación de Gabinetes en coalición: LIJPHART, Arend – Op. cit., pp. 96 y ss.
. En primer lugar, el partido con mayoría relativa normalmente será el que posea mayor cantidad de miembros en el Gabinete y en consecuencia, a dicho partido pertenecerá el Primer Ministro. A continuación, los partidos que formen parte de la coalición serán los mínimos indispensables para formar mayoría, pero a la vez los que tengan mayor afinidad con el partido mayoritario. Si existe un partido que proporcione suficientes escaños para conformar mayoría absoluta y el mismo posee una distancia ideológica pequeña con el partido con mayoría relativa, bastará con aquel para conformar el Gobierno. No existe mayor incentivo para conformar un gabinete absolutamente plural, cuya conformación sea proporcional a la que se observa en el Parlamento. Ello ocurre, evidentemente, dado el deseo de los partidos políticos de maximizar su poder. Mientras mayor cantidad de puestos posea un partido en el Gabinete, mayor será su poder. Ello implica, a la vez, la necesidad de contar con la menor cantidad posible de partidos en el Gabinete por parte de los partidos que formarían parte del mismo.
Por otro lado, cuando existe una gran polarización, sea en el Parlamento o en el electorado, es poco probable que las coaliciones se mantengan. La inestabilidad es potencialmente posible si es que además el partido mayoritario pierde el respaldo electoral del que gozaba cuando fueron elegidos sus representantes. De hecho, en estas circunstancias los gobiernos duran muy poco, dada la pérdida de la confianza parlamentaria una vez que la coalición se rompe en el Parlamento.
En el régimen italiano por ejemplo, es muy común que los gabinetes carezcan de estabilidad, situación que se ve agravada por la existencia de un esquema de bicameralismo perfecto, en el cual ambas cámaras ejercen facultades de control político directo, situación que a su vez no encuentra un correlato claro en el esquema político italiano. Por otro lado, el Primer Ministro, para la plena asunción de su cargo, requiere necesariamente la confianza parlamentaria.
Lo antes señalado es a lo que la doctrina llama Voto de Investidura y se configura en la obligación del Primer Ministro de presentarse ante las Cámaras y solicitar la confianza parlamentaria una vez que ha sido nombrado por el Presidente de la República. El riesgo que corre el Gobierno Italiano a este nivel, dado el considerable multipartidismo existente, es la posibilidad de una dimisión no bien haber sido asumido el cargo, con todas las consecuencias políticas que esto acarrearía, máxime si esa confianza debe ser otorgada no por una, sino por dos cámaras17
Asimismo, es importante tomar en cuenta que, en general, el Poder Ejecutivo goza de la denominada iniciativa legislativa, que se traduce en la posibilidad de presentar proyectos de ley al Parlamento. El multipartidismo reduce plausiblemente la posibilidad de pronosticar el éxito de una iniciativa
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17 LOEWENSTEIN, Karl - Op. Cit., p. 265. También: De VERGOTTINI, Giusseppe - Derecho Constitucional Comparado. Madrid: Espasa - Calpe, 1983, p. 474-475.
legislativa determinada. Semejante situación se agrava – como lo hemos indicado líneas arriba - si es que el sistema mantiene un régimen bicameral que no tiene un debido correlato en la representación electoral.