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4. La dimensión sociológica del modelo neoliberal

5.1 Planteamientos teóricos de la legislación laboral

5.1.2 El modelo neoliberal

Con el inicio del periodo neoliberal en los años 70 se producen dos tipos de fenómenos que tienen sus consecuencias en el papel del Estado como institución socio-económica central: por un lado, en oposición al anterior modelo social, el Estado retoma su papel instrumental como organizador y garantizador del sistema de mercado, abandonando cada vez más la función de protección social; por otro lado, el Estado es desplazado como institución socio-económica central por instituciones y agentes supra-estatales que adquieren en dicho periodo preminencia y poder, desafiando la soberanía de los Estados sobre todo en el ámbito económico. Se produce una

“respuesta ofensiva del Estado neoliberal (que combina su doble componente de «Estado de mercado» comprometido con las exigencias de las fuerzas dominantes en el mercado y de «Estado de seguridad» que articula programas disciplinarios y punitivos respecto de las/os trabajadoras/es precarias/os y desempleados y en relación a los pobres o en situación de exclusión social) a la inseguridad social que ha inundado el estrato más bajo y débil de la estructura de clases, causada ante todo por la fragmentación del trabajo asalariado y su desestabilización creciente. La misma extensión de la precariedad laboral supone una devaluación y desestabilización de la posición socio-jurídica de las clases trabajadoras o subalternas” (Monereo, 2014: 68)

El desplazamiento del Estado como institución socio-económica central

A partir de los 60 se produce el auge de la globalización con el establecimiento de una economía cada vez más internacionalizada, interconectada y con unos agentes e instituciones que superan ampliamente el marco estatal. Esta economía globalizada ya no puede ser controlada ni regulada por un sistema internacional de Estados, por lo que a partir de las décadas posteriores las instituciones supra-estatales creadas en los acuerdos de Bretton Woods pasan a adquirir especial protagonismo en detrimento del papel de los Estados. Para los años 80, en pleno auge del modelo neoliberal, las instituciones supra- estatales ya han sustituido en buena parte las funciones atribuidas hasta entonces al Estado, sobre todo aquellas referidas a la regulación y posibilitación del desarrollo del sistema económico. En el marco de una economía cada vez más globalizada, el desarrollo de ésta sólo es posible a través de instituciones de alcance internacional o global.

Las nuevas instituciones supra-estatales (Fondo Monetario Internacional, Organización Mundial del Comercio, Banco Mundial, Unión Europea, Banco Central Europeo, etcétera) pasan a adquirir la función de promover y organizar la economía globalizada, estableciendo leyes, acuerdos, tratados y ajustando los desequilibrios económicos peligrosos para la estabilidad económica global. En este marco el Estado sigue manteniendo parte de sus funciones, sobre todo las referidas a la economía nacional y como institución intermediaria con las instituciones supra-estatales. En cambio, el

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Estado se queda sólo como única institución socio-económica que ejerce la función de protección social y laboral, precisamente en un contexto de mermada soberanía económica y dificultades crecientes para la financiación estatal.

En esta situación el Estado se sitúa en la tensión entre promover la competitividad por un lado, lo que en teoría le permitiría alcanzar tasas de crecimiento económico necesarias para financiarse, y proteger a la sociedad de las consecuencias perversas del sistema económico por el otro. A esto le añadimos el papel de las instituciones supra- estatales que, en su función de desarrollar y posibilitar la economía globalizada, fuerzan a los estados a renunciar a parte de su soberanía y capacidad para asegurar unas condiciones mínimas de bienestar.

“La existencia de normas laborales como instrumentos de acción sindical, tanto en su vertiente nacional como en la internacional, ha dejado de ser el contrapeso entre capital y trabajo. Las crisis de los ordenamientos laborales (flexibilidad, desregulación, pérdida de protección social…) fruto del chantaje de las políticas de ajuste y, en muchos casos, de gobiernos débiles y corruptos al servicio de las políticas ultraliberales, son un paso más hacia la construcción de una globalización sin reglas” (de la Fuente y Hernández, 2006: 198)

En esta nueva división de funciones bajo el modelo neoliberal, nos encontramos con que instituciones supra-estatales no democráticas con gran capacidad y recursos han adquirido la función de promover la sociedad de mercado, sin tener que dar cuenta de las perversas consecuencias sociales de sus medidas ante ningún electorado. Como venimos señalando, sus medidas a menudo son opuestas a la función de protección social ejercida únicamente por el Estado, única institución democrática y cuyo poder para garantizar el bienestar de su ciudadanía es reducido continuamente. En estas circunstancias históricas se produce una reconfiguración del papel del Estado y de sus funciones ejercidas, lo que constituye una de las características principales del periodo neoliberal.

Reajuste en las funciones del Estado: el regreso de las funciones posibilitadoras

En relación a los mismos factores y condiciones que han provocado el desplazamiento del Estado por las instituciones supra-estatales, también se ha producido un desplazamiento en las funciones ejercidas por el Estado. A partir de los 80, y con el

«dogma neoliberal» como proceso central, los Estados han asumido de forma principal

las funciones de posibilitar las mejores condiciones de inversión para el capital privado, entendiendo que ello permitirá alcanzar altas tasas de crecimiento económico que servirán para solucionar importantes problemas socio-económicos como el paro, la pobreza, la desigualdad, etc., y para financiar al Estado, permitiendo precisamente la posibilidad de ejercer la función de protección social.

Con este objetivo, tanto los Estados como las instituciones supra-estatales han venido transformando la estructura jurídica hacia unas formas cada vez más convenientes para los inversores de capital. El reverso de estas políticas y medidas ha sido su impacto en las condiciones de bienestar de la población, capaz de explicar tendencias como los bajos salarios, el desempleo y la precarización laboral. La «doctrina neoliberal» presupone teóricamente que el libre mercado tiende hacia el armónico equilibrio por sí sólo, lo cual solucionará a medio plazo los problemas socio-económicos que en principio pueda generar.

Precisamente muchas de las transformaciones acontecidas persiguen el objetivo del liberalismo decimonónico, esto es, la implantación del libre mercado como mecanismo

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social central que regule todo el sistema socio-económico, pero esta vez la estrategia no pasa por la reivindicación del laissez-faire, sino por todo lo contrario: la intervención continua del Estado para posibilitar las condiciones que posibilitan la pervivencia del sistema capitalista. Las principales transformaciones en materia jurídica en el periodo neoliberal son las siguientes:

 Reducción impositiva: todo el sistema fiscal ha evolucionado en las últimas décadas en una dirección opuesta a la que se desarrolló durante el periodo de bienestar. Las principales transformaciones en esta materia se refieren a la reducción de la progresividad fiscal, la eliminación parcial de impuestos asociados al capital (como el de patrimonio o los referidos a las herencias), la creación de subterfugios (como las SICAV) para reducir al mínimo los impuestos a pagar o para eludir directamente el pago de impuestos mediante paraísos fiscales. Recordemos la importancia de la curva de Laffer como justificación teórica económica para el cambio de rumbo en la política fiscal hegemónica.  Mercantilización: en busca de nuevos destinos de inversión, diferentes ámbitos sociales hasta entonces ajenos al sistema de mercado han pasado a ser mercantilizados con la supuesta mayor eficiencia económica del sector privado como justificación teórica. Además, la expansión del mecanismo de mercado ha permitido crear una mayor dependencia social del mercado, lo que tiene efectos disciplinarios para trabajadoras y trabajadores. La mercantilización del suelo construible es un ejemplo de un ámbito cuya mercantilización ha generado dos efectos: primero ha permitido el desarrollo de negocios muy rentables para determinados inversores y empresarios que a la larga ha provocado destructivas burbujas inmobiliarias en varios países con repercusiones sociales severas; y segundo, al incrementar espectacularmente los precios de una necesidad básica como es la vivienda, ha aumentado la dependencia del/la trabajador/a respecto al mercado de trabajo, intensificándose su disciplinamiento.

 Privatización: en sintonía con la mercantilización de cada vez más ámbitos sociales, se ha producido una paulatina privatización de los entes públicos que en el modelo anterior ofrecían servicios básicos. Ello ha permitido el trasvase de ingentes cantidades de recursos públicos a manos privadas posibilitando con ello importantes beneficios para el capital, lo cual permite a priori incrementar el crecimiento económico y alimenta la perspectiva de cierta bonanza económica.

 Desregulación económica: con el objetivo de establecer las condiciones que permitan el desarrollo de un libre mercado auto-regulado se han eliminado las trabas que obstaculizan las inversiones del capital desregularizando gran parte de aquellas medidas que protegían a la sociedad, al medio-ambiente o a la propia economía de los peligrosos desequilibrios económicos. Gracias a este tipo de medidas se ha favorecido la apertura económica de los estados a la economía globalizada. Lo que empezó con la reducción de aranceles se manifiesta en la actualidad en forma de grandes tratados de libre comercio, como el TTIP, que eliminan de un asalto las diversas normas y leyes que regulan el comercio, la producción y el consumo.

 Regulación laboral: el Estado ha realizado cambios transcendentales en legislación laboral que han transformado severamente las condiciones de trabajo desde el modelo anterior al actual. Cambio que se ha traducido en el paso de un modelo laboral estable, seguro, con salarios aumentando al ritmo del crecimiento económico a un modelo flexible o precario, competitivo y con salarios estancados o a la baja47 . Con la competencia

internacional generada por la globalización, los Estados del primer mundo han

47 Se produce un “abandono del modelo socio-económico fordista en favor de la construcción de la era de la normalización (jurídica e institucional) del trabajo precario y fragmentado (bajo el eufemismo del «trabajo flexible» subyace la «re-mercantilización» del trabajo, la «infraclase» y el «subempleo»), donde a menudo parece pesar más las obligaciones exigibles que los derechos, y la sanción que el apoyo público y la exclusión sobre la integración de las clases subalternas de la sociedad” (Monereo, 2014: 68).

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emprendido una carrera a la baja en condiciones laborales que se ha reflejado también en el incremento de la precariedad (en busca de un modelo laboral flexible que sea más competitivo) y en la caída y/o estancamiento de los salarios. El objetivo es reducir los costes y condiciones laborales para maximizar la rentabilidad del capital con lo cual se intenta atraer inversoras extranjeras. El mecanismo es el mismo que antes: generar en la mayor medida posible la rentabilidad del capital a costa de eliminar las medidas que protegían mínimos de bienestar de la clase trabajadora.

 Reducción de los derechos de ciudadanía: como resultado de la mercantilización y de la privatización de cada vez más ámbitos sociales, con los problemas de financiación como factor justificador y con el objetivo de evitar el «efecto-renta» (que las/os trabajadoras/es accedan a ciertos niveles de bienestar que les permitan rechazar puestos de trabajo con condiciones odiosas ofrecidos por el mercado laboral), el modelo neoliberal ha mermado los servicios y derechos básicos garantizados por el Estado. Recordemos que ciertas garantías de bienestar ofrecidas por el Estado pueden suponer que impere el efecto-renta entre la ciudadanía.

 Refuerzo del derecho a la propiedad privada: a partir de los años 80 se han generado condiciones sociales que incrementan la amenaza contra la propiedad privada, como es el caso de la reaparición e incremento de importantes tasas de pobreza en el seno de las sociedades ricas. El Estado se ha reforzado en su carácter represivo para hacer frente aquellas capas de la población cuyas condiciones económicas de escasez provocan que desafíen la propiedad privada en forma de delitos tan comunes como el robo. La legislación de leyes más represivas y defensoras de la seguridad y de la propiedad privada, además de la ampliación legal de la seguridad privada, son fenómenos que apuntan en esta dirección.

Precisamente en relación a las reformas laborales efectuadas bajo el modelo neoliberal podemos encontrar factores que consideramos centrales en la formación de las tendencias estudiadas. Nos estamos refiriendo a aquellas políticas que han promocionado la

flexibilidad laboral48. Otro elemento central de la intervención estatal en el ámbito laboral ha sido la promoción de la «empleabilidad» como remedio para el cada vez mayor desempleo. El planteamiento de la empleabilidad, de forma similar a las concepciones desarrolladas bajo la perspectiva de la «exclusión» (véase supra: 4.3.2), permite enfocar en éstos la problematización del desempleo, achacando a características individuales de los parados la persistencia de las altas tasas de desempleo y ocultando con ello las carencias estructurales que el mercado capitalista de trabajo asalariado sufre. Rara vez se plantean medidas que incidan en la estructura económica capitalista, que simplemente adolece de una incapacidad estructural para ofrecer el número de empleos por las/os trabajadoras/es demandadas/os, lo que posibilita su naturalización e impide su crítica.

De manera similar, las anteriormente mencionadas políticas de fomento de empleo han servido para financiar de manera pública la contratación privada de fuerza de trabajo mediante mecanismos como las exenciones fiscales, lo cual vuelve a resultar en una ventaja para los empleadores. Por lo tanto, si la flexibilidad, la empleabilidad y el fomento

48 “La política de flexibilidad laboral al servicio del crecimiento y del mantenimiento del empleo ha sido la principal razón político-jurídica explicativa y justificadora de las sucesivas «reformas del mercado de trabajo». Tales reformas vienen afectando a todas y cada una de las fases de gestión de la relación laboral, tanto en el momento de acceso –flexibilidad «de entrada»: modalidades de extinción– como en el momento de financiación –flexibilidad «de salida»: régimen de extinción–, pasando por el incremento de la flexibilidad de gestión «interna» –régimen modificativo o novatorio de la relación laboral por necesidades de la empresa–. El objetivo de la flexibilidad es la eliminación de todas aquellas limitaciones para que los empresarios utilicen y gestionen la mano de obra de manera ágil. (…) se concreta básicamente en ampliar el margen de actuación de que dispone el empresario a la hora de buscar la rentabilidad de las inversiones que realiza en personal” (Monereo et al, 2011: 28).

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del empleo han sido las tónicas dominantes en las reformas laborales de las últimas

décadas, que se legislan para el beneficio directo de las condiciones de la empleadora (la capitalista) a menudo en perjuicio del/la trabajador/a (con la precariedad como consecuencia central), es difícil negar el carácter instrumentalizado del Estado neoliberal en favor de la clase capitalista.

Monereo nos señala aspectos importantes del nuevo Estado que surge para supera a los Estados de Bienestar:

“En la nueva forma política de «Estado de Mercado» los gobiernos asumen políticas «pro- mercado» y de compromiso activo con las condiciones materiales y jurídicas de la competencia económica; y los Estados más débiles ven condicionada su política económica y social por las fuerzas operantes en el mercado y por las grandes potencias mundiales. La sociedad del trabajo se había fabricado conforme a criterios de racionalidad y eficiencia. En la sociedad del riesgo, el trabajo como empleo deviene en un bien escaso, y paulatinamente en un «empleo débil» (ocupado por un trabajador «flexible»). Se produce, así, un cambio axial en la nueva modernidad” (Monereo, 2014: 66).

Pese a la consolidación del modelo neoliberal, cabe destacar que no se ha producido una desaparición del Estado de Bienestar, sino su subordinación a los intereses del sistema económico capitalista. El Estado de Bienestar pervive como institución con la fundamental función de proteger a la sociedad, al medio ambiente y a la propia economía capitalista de los excesos y desequilibrios del libre mercado, función que sigue siendo necesaria para posibilitar la viabilidad del sistema capitalista.

En resumen, durante el periodo neoliberal se producen una serie de transformaciones que permiten la viabilidad del sistema capitalista a través de nuevas

funciones posibilitadoras ejercidas no solamente por el Estado, sino también por las

nuevas instituciones supra-estatales. En esta situación el Estado sufre un desplazamiento en su centralidad como institución socio-económica, y otro desplazamiento en sus funciones internas.