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GESTIÓN INDIRECTA CON CONTROLES EX ANTE:

2.6. Pliego de Condiciones y Especificaciones Técnicas

El Pliego de Condiciones (en los contratos de servicios) y las especificaciones técnicas (en los contratos de suministro y de obras) facilitan instrucciones y orientación a los contratistas para que presenten una oferta que responda a todos los requisitos técnicos y administrativos, y sirva a continuación de mandato para el contratista durante la ejecución del proyecto. El Pliego de Condiciones o las especificaciones técnicas forman parte del expediente de licitación y constituirán un anexo del contrato resultante.

La preparación minuciosa del Pliego de Condiciones o de las especificaciones técnicas es sumamente importante para el éxito del proyecto. Es preciso garantizar que el proyecto ha sido concebido

38El Tribunal General de la UE es competente para controlar los actos de la Comisión Europea destinados a producir efectos jurídicos frente a terceros [en virtud de los artículos 256 y 263 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)].El Tribunal General de la UE es competente para conocer de los litigios relativos a la indemnización por daños y perjuicios causados por la Comisión Europea en materia de responsabilidad no contractual (en virtud de los artículos 256, 268 y 340 del TFUE).El plazo para interponer un recurso de anulación ante el Tribunal General de la UE contra las decisiones de la Comisión Europea empieza a correr desde el momento de la publicación de la medida, o desde su notificación al demandante o, a falta de notificación, desde la fecha en que dicha persona tuvo conocimiento de la medida,

adecuadamente, que el trabajo se llevará a cabo en los plazos previstos y que no se malgastarán los recursos. El esfuerzo adicional que supone la fase de preparación del proyecto redundará en un ahorro de tiempo y de dinero en las fases posteriores del ciclo del proyecto.

El Pliego de Condiciones y las especificaciones técnicas deberán permitir a los candidatos y licitadores concurrir en igualdad de condiciones, sin que puedan tener por efecto crear obstáculos injustificados a dicha competencia. Deberán ser claros, no discriminatorios y proporcionados al objetivo o al presupuesto del proyecto. Especificarán lo que se espera de los servicios, suministros u obras objeto del contrato. Especificarán lo que se espera de los servicios, suministros u obras objeto del contrato. También especificarán los requisitos mínimos cuya inobservancia implica la desestimación de la oferta. Incluirán lo siguiente:

el grado de calidad;

a)

el impacto climático y ambiental (por ejemplo, se procurará garantizar que las especificaciones tengan en cuenta los últimos avances en la materia);

b)

para las compras destinadas a ser utilizadas por personas físicas, los requisitos del «diseño para todos» (accesibilidad de las personas con discapacidad, aspectos ambientales, etc., en consonancia con los últimos avances), salvo en casos debidamente justificados;

c)

los niveles y procedimientos de evaluación de la conformidad, incluidos los aspectos ambientales;

d)

rendimiento o uso del suministro;

e)

la seguridad o las dimensiones, incluidos, para los suministros, la denominación de venta y el manual de instrucciones y, para todos los contratos, la terminología, los símbolos, los ensayos y métodos de ensayo, el embalaje, el marcado y etiquetado (incluido el etiquetado ambiental, por ejemplo sobre el consumo energético), los procesos y métodos de fabricación.

f)

El Pliego de Condiciones y las especificaciones técnicas deberán ser claros y concisos. Las especificaciones técnicas no podrán aludir a determinadas marcas y tipos, ni limitar la competencia por ser demasiado específicas.

El Pliego de Condiciones o las especificaciones técnicas serán elaborados por el Órgano de Contratación. Si la Comisión Europea es el Órgano de Contratación, la práctica habitual es consultar y obtener la aprobación del país socio y, en su caso, de las demás partes interesadas en el Pliego de Condiciones o las especificaciones técnicas, para reforzar la responsabilización y la calidad. Dada la complejidad técnica de muchos contratos, la preparación del expediente de licitación (especialmente de las especificaciones técnicas o del Pliego de Condiciones) podrá necesitar la asistencia de uno o varios técnicos especialistas externos. Cada especialista deberá firmar una declaración de objetividad y confidencialidad (véase el anexo A3).

Una vez finalizados los expedientes de licitación, la licitación se iniciará lo antes posible. El Pliego de Condiciones o las especificaciones técnicas contenidas en el expediente de licitación, que constituyen la base para el plan de trabajo del proyecto, deberán reflejar la situación existente en el momento de

iniciarse los proyectos para evitar el esfuerzo considerable que supondría volver a diseñar el proyecto durante la fase inicial.

La estructura general del Pliego de Condiciones para servicios recoge los principios de gestión del ciclo del proyecto. Se trata de garantizar que se abarquen todas las cuestiones de forma sistemática, y que los factores clave relacionados con la claridad de los objetivos y la sostenibilidad se examinen detalladamente. En el anexo B8 figura un modelo de Pliego de Condiciones en el que se indican las informaciones detalladas mínimas que deben suministrarse en cada apartado.

Para los contratos de servicios basados en honorarios, las secciones del Pliego de Condiciones incluyen las partidas del presupuesto asignado. Se trata de los honorarios, única parte del presupuesto sujeta a la competencia (salvo si se prevé un componente de precio global, que también estará sujeto a la competencia). Los servicios se prestan sobre la base de una tarifa diaria fija por los días de trabajo de los expertos según lo dispuesto en el contrato. El presupuesto incluye asimismo una provisión fija para imprevistos, que cubre todos los gastos corrientes contraídos por el contratista que no están incluidos en los honorarios. El apartado sobre imprevistos deberá especificar el tipo de gastos que pueden incluirse para la comprobación de los gastos. El Pliego de Condiciones también prevé la comprobación de los gastos. El Órgano de Contratación fijará los presupuestos para imprevistos y comprobación de los gastos. Dichos presupuestos deberán ajustarse a los requisitos del Pliego de Condiciones y calcularse cuidadosamente. Salvo que se especifique, con carácter excepcional, en el Pliego de Condiciones, la utilización de la provisión asignada para imprevistos no requerirá una autorización previa del Órgano de Contratación.

El Pliego de Condiciones y las especificaciones técnicas no podrán divulgarse a terceros y deberán mantenerse confidenciales hasta que se pongan simultáneamente a disposición de los licitadores como parte del procedimiento.

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