5. EL DERECHO DE LAS VÍCTIMAS DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO A LA
5.4. Las acciones en materia de empleo
5.4.2. PROGRAMAS DE INSERCIÓN PROFESIONAL
5.4.2.1. Empleo por cuenta ajena
5.4.2.1.1. EL ANTECEDENTE DE LOS FONDOS DE PROMOCIÓN DE EMPLEO
Estos programas se contemplan dentro de las medidas sociales y de fomento al empleo, y responden a la actuación coordinada de las Administraciones estatal, autonómica y local, así como de entidades públicas y privadas y del Fondo Social Europeo y, por último, también de organismos públicos especializados, como el Instituto de la Mujer.
En la década de los años 80, ya quedó patente la ineficacia del Instituto Nacional de Empleo para fomentar y promocionar el empleo de los colectivos desempleados, lo que motivó la creación de los Fondos de Promoción de Empleo, concebidos para cumplir la misión de la que no fue capaz el INEM: la recolocación de los excedentes de
los sectores industriales en reconversión (naval, siderúrgico integral y línea blanca). Estos Fondos de Promoción de Empleo constituyen el antecedente histórico en nuestro país de los Programas de Empleo actuales.
En su origen, los Fondos de Promoción de Empleo rechazaron el sistema que desarrollaba el INEM como macroorganismo de fomento al empleo, alejado de la problemática y del contexto social, económico y político del desempleado, por lo que sus medidas no eran efectivas por no adaptarse a las necesidades concretas de cada desempleado.
Adoptaron un modelo de acercamiento al problema real de la falta de empleo por micro demarcaciones geográficas próximas al domicilio de los excedentes– desempleados. En dicha demarcación geográfica se fomentaba, en primer lugar, la instalación de empresas y la inversión, ayudados por entidades estatales y autonómicas; en segundo lugar, se trabajaba sobre los desempleados, que recibían formación profesional (que organizaban los propios Fondos de Promoción de Empleo, en colaboración con el INEM, y subvencionados en cofinanciación por el Fondo Social Europeo, el Gobierno central y el autonómico); esta formación se proporcionaba a los desempleados en función de la demanda del mercado laboral de la zona y previo estudio del mismo, creándose al efecto tres programas distintos de inserción profesional: el Programa de Adaptación, cuyo objeto era la adecuación inmediata al nuevo puesto de trabajo del personal destinado a él, y su adaptación al mismo se realizada en el mismo puesto de trabajo y en los locales de la empresa recolocadora; el Programa de Formación Especifica, mediante el cual se reciclaba al trabajador para el desempeño de un puesto de trabajo concreto y terminaba el programa con la incorporación del trabajo a su nuevo puesto de trabajo; y el Programa de Reciclaje, que tenía por objeto adaptar a los trabajadores integrados en él a una profesión distinta de la que le era habitual, previa consulta con las empresas de la zona , y en función de dicha estimación se realizaban cursos dentro de dicho programa que aún sin estar conectados a un puesto de trabajo concreto fomentaban su obtención, consiguiéndose de esta forma un más alto nivel profesional de los trabajadores menos cualificados. Por último, los Fondos de Promoción de Empleo también hacían las veces de agencia de recolocación, buscando el empleo y comprometiéndolo aún antes de comenzar la formación del trabajador, diseñando en muchos casos la formación a la carta, según las necesidades de cada empresa.
5.4.2.1.1.1. Programas para el fomento del empleo, por cuenta ajena, en vigor, aprovechables para la inserción laboral de la mujer víctima de violencia de género
a) Los talleres de formación e inserción laboral (planes integrales de empleo) 1) OBJETO.– Destinado a encontrar empleo a colectivos
desfavorecidos, en el que se trabaja con cada desempleado de forma individual creando un itinerario especial de inserción para dicho trabajador.
Este método de inserción aunque no es especifico para atender la necesidad de empleo de la mujeres víctimas de violencia de género, está dividido en modalidades que se agrupan en función de los colectivos desfavorecidos a los que afecta, entre los que se encuentran con carácter genérico las mujeres; de esta manera, dentro de esta modalidad, podemos encuadrar la inserción laboral de las mujeres maltratadas por violencia de género. Otra modalidad a la que también es adaptable la inserción laboral que perseguimos es la referida al grupo de personas con riesgo de exclusión social, siempre que los servicios sociales puedan emitir certificado de dicha situación, lo cual no será difícil ya que las situaciones de hecho de violencia de genero son conocidas y tratadas según nuestra legislación especifica por dichos servicios.
2) MÉTODO.– El personal técnico que desarrolla este programa trabaja a dos niveles independientes y especializados; los insertores laborales son los encargados de buscar las empresas adecuadas para la recolocación del trabajador y el orientador laboral queda encargado del contracto con el trabajador, analizando su situación concreta y su problemática en conexión con los servicios sociales.
3) FORMACIÓN.– individual para cada trabajador y se desarrolla en los talleres de formación de los servicios públicos de empleo o en locales dependientes del Departamento competente en materia de educación. b) Iniciativa Equal
1) OBJETO.– La promoción de nuevos métodos de lucha contra las discriminaciones y las desigualdades de toda clase en relación con el mercado de trabajo, en particular las que se basan en el sexo, la raza o el origen étnico, la religión, la edad o la orientación sexual. Este Proyecto presta especial atención al descubrimiento de nuevos métodos de trabajo que hagan eficaz el propósito de integración en el
mercado de trabajo de aquellas personas cuya situación de discriminación y desigualdad les impide su incorporación en igualdad de condiciones con otros trabajadores a procesos de integración en el mercado de trabajo o políticas generales de fomento de empleo, por ello el tratamiento especializado de este colectivo es la única solución para su integración efectiva.
Para cumplir este objeto, los proyectos deben tener un contenido innovador, diseñado y desarrollado a través de la cooperación entre entidades de distinta naturaleza que en la medida de sus posibilidades, capacidad e interés, acuden a colaborar en el desarrollo de un proyecto concreto, utilizando los recursos disponibles para la búsqueda de nuevas formas de lucha para la consecución de la integración laboral del colectivo concreto de que se trate y los grupos protegidos son, como hemos visto, aquellos más afectados por la discriminación y la desigualdad en el mercado de trabajo que debe el que se intente promocionar perfectamente determinado.
El elemento básico de esta iniciativa comunitaria lo constituye la innovación de métodos operativos para la inclusión en el mercado de trabajo del colectivo sobre el que se actúe, con la aportación en los proyectos de nuevas soluciones diferentes a las ya existentes en el territorio o población de actuación para la consecución del objetivo, por ello la determinación de su organización, mecanismos de gestión, prestación de servicios y los métodos e instrumentos a utilizar no están prefijados y deben crearse para el proyecto concreto.
Se trata por tanto de la reunión de esfuerzos para la búsqueda de soluciones eficaces que se basa en la libertad de acción y en la creación de métodos especiales que van a responder a las necesidades concretas del colectivo a promocionar y de las características y contexto que les rodea.
La inserción laboral de las mujeres víctimas de la violencia de genero resulta perfectamente encuadrable dentro de la iniciativa EQUAL, y conviene trabajar con intensidad a través de este instrumento en el que el método no se encuentra prefijado, por lo que permite una adaptación diferente y un programa distintito para cada microzona en la que se trabaje, lo que sin duda le hará más eficaz. Por ello es conveniente la apertura por zonas territoriales concretas de proyectos que promocionen esta área temática, con el convencimiento de que la inserción laboral de la mujer victima de la violencia de género es un paso adelante para la erradicación de esta lacra social.
2) MÉTODO.– La puesta en funcionamiento de esta herramienta comunitaria requiere la puesta en marcha de un mecanismo de coordinación de los esfuerzos de distintos actores, que pueden ser entidades tanto públicas como privadas estas últimas sin ánimo de lucro.
El modelo de trabajo está basado en el trabajo asociado de instituciones de distinta naturaleza que, en la medida de sus capacidades e intereses, van a trabajar en beneficio del Proyecto, manejando los recursos disponibles siempre al servicio de la búsqueda de nuevas formulas de lucha para la integración en el mercado de trabajo de colectivos críticos.
El organismo de toma de decisiones es la Agrupación de Desarrollo, que funciona como un Consejo Rector, en el que participan todas las entidades integradas en el Proyecto.
La dotación financiera de la Comisión Europea para España de la iniciativa EQUAL, fue inicialmente de 515,4 millones de euros y para la segunda convocatoria – en la que nos encontramos y que finaliza en 2006– asciende a 258,6 millones de euros; el importe de la cantidad asignada para el área temática a la que puede adscribirse la inserción laboral de la mujer maltratada es de 49,1 millones de euros.
3) FORMACIÓN.– Se desarrollara en los talleres de formación de los servicios públicos de empleo o en locales dependientes del Departamento competente en materia de educación, y en cualquier centro de formación asignado por la Dirección General de Formación. La estructura formativa de cada programa se tendrá que construir para cada proyecto, ya que no se encuentra prefijada por la Iniciativa EQUAL, por lo que el tratamiento podrá ser individual o colectivo. c) Otros planes generales de inserción
Existen, además de los programas especializados expuestos, otros generales como el Plan de Formación Profesional Ocupacional, que va dirigido a trabajadores y trabajadoras desempleados, y a través de el se intenta proporcionar al trabajador una formación adecuada de acuerdo con las necesidades del mercado de la Comunidad Autónoma de que se trate; y el programa de Formación Profesional Ocupacional Semipresencial, que va destinado a desempleados en general y cuya particularidad consiste en que la formación del trabajador se realiza una parte a distancia, otra presencial en un centro formativo y otra en un centro de trabajo.
d) Estos planes generales, por su utilidad no deben, en modo alguno, ser infravalorados; no obstante, debemos ser conscientes de que el camino más eficaz para la inserción profesional de las víctimas de violencia de género se encuentra en los programas especializados, por la concentración de esfuerzos hacia una fin muy concreto y porque los métodos utilizados son los más adecuados a las necesidades del este colectivo, precisado de un tratamiento individualizado y cualificado profesionalmente, ya que su situación –incluso anímica y psicológica-, no es la de un trabajador «normal», por lo que conviene tener presente que en el trabajo de integración podemos encontrar al sujeto receptor de la acción no demasiado receptivo, ni activo y, en ocasiones –incluso– la mujer puede hallarse poco dispuesta a colaborar, por lo que será menester un adecuado apoyo psicológico paralelo y coordinado con los técnicos de empleo.
5.4.2.2. Empleo por cuenta propia
El art. 22 LOIVG establece que «En el marco del Plan de empleo del Reino de España, se incluirá un programa de acción específico para las víctimas de violencia de género inscritas como demandantes de empleo». Su apartado 2 añade que «Este programa incluirá medidas para favorecer el inicio de una nueva actividad por cuenta propia».
Se trata con ello de favorecer la actividad emprendedora de las víctimas de violencia de género, como medida de inserción o reinserción laboral. La inserción, a su vez, dotará a la víctima que lo requiera de la necesaria independencia económica, así como todo un nuevo entorno de actividades y relaciones. No se nos oculta, sin embargo, la especial dificultad del objetivo: a los tradicionales obstáculos que ha de sortear cualquier mujer con iniciativa emprendedora se suman los derivados del proceso de «reconstrucción vital» que debe acometer la víctima de violencia de género.
Veamos cuáles son las medidas puestas en práctica para ello y qué recomendaciones pueden derivarse para su eventual mejora.
5.4.3. MEDIDAS ADOPTADAS PARA FAVORECER LA ACTIVIDAD POR