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RELACIONES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO CON OTRAS DISCIPLINAS

In document Derecho Administrativo Vol 1 (página 160-163)

LAS RELACIONES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO CON DISCIPLINAS DIVERSAS

4. RELACIONES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO CON OTRAS DISCIPLINAS

a) Con la sociología

y

en particular con las Ciencias Sociales

Los fenómenos administrativos son fenómenos sociales y, por lo tanto, interesan al sociólogo, principalmente en relación con el desenvolvimiento de las sociedades y de la realización de todos los fines sociales. La consideración normativa del Estado no debe excluir el campo de conocimientos que ofrece la realidad sociológica como sustentadora del orden jurídico.

Las actividades de la administración pública se vinculan a todas las acti- vidades sociales. El derecho es producido por la sociedad y se encamina a la realización de fines o propósitos sociales. La administración pública aparece en el centro de la vida social para orientarla y satisfacer sus necesidades.

La acción de la administración pública y del Derecho administrativo corren parejas con el desarrollo de la vida social y su complejo de problemas socia- les, económicos, jurídicos y filosóficos. La legislación administrativa debe corresponder a este estadio social con las nuevas soluciones exigidas por los

profundos cambios que se operan en la sociedad.

b) Con la economía

La economia política es una de las disciplinas que tiene mayores rela- ciones con el derecho administrativo, por la intervención necesaria del Estado en la vida económica nacional y porque afectan al propio régimen patrimo-

DERECHO TIVO 157 nial y financiero del Estado con las relaciones económicas. Numerosas insti- tuciones administrativas tienen un contenido económico. Todo problema de derecho administrativo es, en principio, además de un problema constitucio- nal, un problema esencialmente económico. No se concibe un buen adminis- trativista sin una sólida cultura económica.

Algunos autores como Agustín A. Gordillo nos hablan de un Derecho

adm inistratiuo de la economía (B. A., ediciones Macchi, 1967) y otros como

Julio H. G. Olivera del Derecho económico (Buenos Aires, 195L 1 ) ; pero sin

aparecer, en lo general, como materias suficientemente desarrolladas. Además como casi todo el derecho administrativo es de contenido económico, es tarea difícil, precisar los límites de este conocimiento, que se confunde con sus temas muy diversos. Es indudable el predominio de la economía, que es la única que puede dar una base científica a nuestra materia.

e) Con la estadística

Al gobernante capacitado se le llama estadista, precisamente porque no actúa a ciegas, sino apoyado en las realidades de un país. Los actos adminis- trativos, como actos de la vida nacional, deben ser estimados estadísticamente. El propio Estado se ve obligado a establecer organismos administrativos, como la Dirección de Estadística que maneja censos, catastros, estadísticas sociales de todo género. Los grandes problemas de un país son tremendas realidades

que deben ser consideradas cuantitativa y cualitativamente, a través de los Censos, registros, catastros, estimaciones económicas, etc. La estadística obliga al funcionario a no improvisar soluciones y a caminar con paso firme en la materia administrativa.

d) Con otras ciencias

No hay conocimiento que no interese al derecho administrativo, siendo tan amplia la acción administrativa y llevándose a todos los campos de la acción humana, es lógico suponer que todo conocimiento es una buena apor- tación para identificar un problema y encontrar su solución.

e) Con la geografía

La geografía le fija al derecho administrativo el campo de su aCCIOn, los límites de las normas jurídicas y bases científicas para la elaboración de una adecuada política. La geopolítica relaciona el medio geográfico con el horn-

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f) Con la historia

El derecho administrativo tiene su propia historia, que es la historia de todas las instituciones políticas. Los grandes principios de derecho constitu-

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cional no son invenciones ocasionales, son el resultado de grandes movimien- tos sociales, violentos y pacíficos, que culminan con la adopción de un

sistema normativo) que consagra la libertad del hombre y los medios para

su eficacia.

Con las ciencias matemáticas) físicas y naturales

El mundo social que nos rodea necesita aprovechar todo conocimiento científico para fundar debidamente una política administrativa. Las ciencias naturales permiten al Estado encauzar su acción sobre bases ciertas de cono- cimiento de los hechos naturales.

Los puntos de contacto del derecho administrativo con la historia, la economía, la estadística y la sociología, son numerosos y ofrecen sugestivas consideraciones en la formación de los planes y programas sobre todo en materia presupuestal y otras actividades del Gobierno. "Con la economía, puesto que lo económico constituye elemento administrativo, tanto en el

aspecto económico público, como en el económico social, hasta tal punto, que se ha visto cómo se ha de hacer objeto especial de la ciencia de la ad- ministración, lo económico social y como en el derecho administrativo existe una parte dedicada al estudio de las normas relativas a la ingerencia de la administración pública en el cumplimiento del fin económico, en tanto no se autonomice su estudio en el derecho económico."

La Ciencia moderna a través de diversas disciplinas, como la Cibernética, la Tecnología, la Ecología y otras proporciona medios técnicos para el des- arrollo de la administración pública. Véase al respecto la nueva "Ley sobre el registro de la transferencia de tecnología y el uso y explotación de patentes

y marcas" de D. O. F. del 30 de diciembre de 1972, que es un paso impor- tante en la vida económica nacional.

CAPíTULO III

LAS FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO

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