Sección III “La solución de la antinomia de la razón pura”
5. La solución de la antinomia y el peligro del escepticismo
Luego de haber estudiado detenidamente las múltiples facetas de la solución ideada por Kant para hacer frente a la antinomia, quisiera detenerme a analizar la importancia de esta solución y lo que la hace necesaria. En otras palabras, los peligros frente a los cuales la razón se encuentra al descubrir la antinomia, peligros que hacen necesaria la presentación de una solución; y no cualquier solución, sino una que suponga la disipación de la antinomia. A fin de poder considerar adecuadamente los motivos que hacen de esta solución una necesidad, considero conveniente comenzar analizando otras soluciones que encuentro posibles en apariencia.
Podemos pensar una primera solución siguiendo algunas indicaciones que diera Inwood sobre la lectura hegeliana de la antinomia kantiana. Según Inwood, la crítica hegeliana a la antinomia kantiana se centra en tres factores: el primero cosiste en el rechazo hegeliano a la postulación kantiana de un límite del pensamiento, contrapuesto a la posibilidad de pensar más allá de la insuficiencia de la intuición para ofrecer datos; el segundo consiste en el rechazo de Hegel a la posición kantiana consistente en no reconocer que la contradicción descubierta en la antinomia es propia de la cosa misma y atribuirla al sujeto; el tercero, el rechazo hegeliano a la dicotomía kantiana fenómeno-cosa en sí257.
Según Inwood, puede hacerse una crítica del tratamiento kantiano de la antinomia y del proyecto crítico que ésta impulsa tomando en cuenta estos tres factores. Inwood señala que la mera suposición dogmática de que las cosas no pueden ser en sí mismas contradictorias nos conduce a admitir que, sean cuales fueren nuestras aptitudes
absoluta” (A543/B571). Esto quiere decir que la interpretación idealista de la antítesis no afirma la
conformación de una serie completa de causas, sino tan sólo la posibilidad de un regreso a causas más
remotas. En el caso de la cuarta antinomia el principio regulativo indica que “todo, en el mundo sensible,
tiene una existencia empíricamente condicionada, y que en ninguna parte hay en él, en lo que respecta a ninguna propiedad, una necesidad incondicionada; que no hay ningún miembro de la serie de condiciones del cual no se deba esperar siempre la condición empírica en una experiencia posible, y [del cual no se deba] buscarla, en la medida en que se pueda;” (A561/B589). Kant habla un poco más adelante de un “regressus empírico ilimitado en la serie de los fenómenos” (A563/B591).
epistemológicas, éstas poseen un límite, caen en contradicción y su conocimiento no es de las cosas en sí mismas.
Dicho de manera más clara, según Kant, la antinomia pone a la razón frente a una contradicción que sólo puede ser superada una vez que se establece el distingo entre fenómeno y noúmeno, atribuyendo la contradicción no al objeto mismo de conocimiento, sino estableciendo un límite del conocimiento y atribuyendo la contradicción al sujeto mismo en tanto excede los legítimos límites epistemológicos de sus facultades.
Ahora bien, según Inwood, si suprimiéramos el presupuesto de que el objeto mismo no puede ser contradictorio, cabría la posibilidad de admitir que conocemos un objeto en sí mismo (el mundo) que es él mismo contradictorio. Esto suprimiría la necesidad de establecer una distinción entre fenómeno y noúmeno y de determinar un límite a nuestras facultades epistemológicas.
Esta lectura de la crítica hegeliana a la antinomia kantiana nos indica un camino posible de resolución de la antinomia: el proyecto crítico kantiano se hace necesario por la
suposición dogmática de que el objeto no puede ser en sí mismo contradictorio. Eso
obligaría a asumir que la contradicción descubierta es imputable a nuestras facultades. Frente a este posicionamiento dogmático, cabría preguntarse: ¿por qué no admitir que el objeto de la cosmología sea en sí mismo contradictorio? De modo tal que los enunciados enfrentados no harían más que brindar un conocimiento acorde al objeto en cuestión y harían innecesaria la adopción de la distinción fenómeno-noúmeno.
Así, la antinomia no exigiría una resolución y la razón no debería atravesar el proceso crítico de sus aptitudes epistemológicas. Sin embargo, los motivos por los que Kant rechazaría semejante tratamiento de la antinomia son evidentes y sólidos. Suponer que el objeto de conocimiento pueda ser contradictorio implica dejar de lado a la lógica formal o general como criterio formal de la verdad de todo conocimiento. Kant debería, entonces, o bien renunciar a la lógica como criterio formal de la verdad o bien emprender la tarea de conformar una lógica paraconsistente. Ambas cuestiones parecen estar lejos de las intenciones y posibilidades históricas de Kant. Con lo cual, la admisión de un objeto en sí mismo contradictorio debe ser rechazada.
Podemos pensar una segunda solución más cercana a las intenciones de Kant y, de hecho, parcialmente sugerida por el texto kantiano. Al menos en dos ocasiones Kant
sugiere que la razón podría pretender imponer forzosamente la paz entre los adversarios enfrentados. En A464/B492 Kant indica que la razón no puede simplemente obligar a las partes a hacer la paz, pues el objeto en disputa es de su primordial importancia: esto quiere decir que ella misma está profundamente interesada en conocer el resultado del combate dialéctico. En A501/B529 se presenta a la razón –en tanto juez del supremo tribunal– llamando a las partes enfrentadas a silencio. Aquí la situación es un poco diferente, pues el tribunal ya tiene un dictamen basado en la prueba producida en el proceso judicial. Las legítimas pruebas ofrecidas por las partes indican que las pretensiones enfrentadas son ambas ilegítimas e infundadas. En otras palabras, que las afirmaciones contrapuestas son ambas falsas. Y, por tanto, legítimamente, la razón debe dictaminar que ambas posiciones son falsas, ilegítimas y que las pretensiones invocadas deben ser desestimadas. Llamemos a esta solución tentativa estrategia de censura.
Como vemos, la estrategia de censura se podría implementar ya que sería el producto concienzudo de la razón luego de analizar la prueba legítimamente producida e invocada258. Las consecuencias inmediatas de tal censura serían: (1) determinar que no hay conocimiento teórico posible en lo que respecta al objeto de la cosmología; (2) clausurar dicho terreno de presunto conocimiento teórico a futuras intervenciones; (3) llamar a silencio a ambas partes enfrentadas, desautorizando todo pronunciamiento sobre el objeto de estudio. Aunque aquí describimos a la razón ocupando el lugar de un juez autoritario, estas disposiciones adoptadas estarían en concordancia con los resultados hasta aquí alcanzados en la investigación de la antinomia y fundadas en ellos.
Por otra parte, la estrategia de censura no supondría la disipación de la contradicción. La razón, como juez y parte del proceso en cuestión, advierte de manera innegable estar forzada a declarar falsas ambas posiciones, al mismo tiempo que reconoce que los enunciados enfrentados son contradictorios y, por tanto, uno de ellos debe ser verdadero. La censura, el llamado a silencio de las partes, no supone la desaparición de la
258 La propuesta de Guyer es similar a esta estrategia de censura. Guyer considera que el tratamiento no
dogmático de la antinomia debe ser metodológico. Según este abordaje, la antinomia conduce a la indecidibilidad de las cuestiones allí tratadas y, por tanto, sería resuelta analizando los límites de lo confirmable empíricamente. Es decir, la antinomia debería trazar únicamente el límite de lo cognoscible y lo abordable científicamente, conduciendo a una modestia epistemológica, cfr. Guyer, Kant and the claims of
contradicción, sino simplemente la renuncia a la pretensión epistemológica en dicho terreno y la intención de controlar los posibles efectos nocivos de la antinomia.
Creo que lo que hace insuficiente a esta presunta estrategia resolutiva es, precisamente, el no poder hacer frente a ciertos efectos nocivos de la antinomia. La antinomia como una contradicción a la que la razón pura llega por sí misma al pretender tener conocimiento de lo incondicionado en el terreno de la cosmología racional pone a la razón frente al peligro del escepticismo259. No nos referimos al método escéptico ponderado y utilizado por Kant en la investigación de la antitética de la razón pura, sino al escepticismo como “un principio de ignorancia artificial y científica que socava los fundamentos de todo conocimiento para no dejarle en ninguna parte, hasta donde sea posible, ninguna confianza ni seguridad” (A424/B451)260
.
Entiendo que la antinomia nos podría poner frente al peligro del escepticismo expresado bajo tres formas. Un primer escepticismo teórico-metafísico, según el cual se declararía la incapacidad de conocer teóricamente el objeto de esta disciplina metafísica.
259 Con respecto al peligro del escepticismo en referencia a la antinomia, Kant indica que en virtud de la
antinomia la razón “es inducida a la tentación, ya de entregarse a una desesperanza escéptica, ya de adoptar un empecinamiento dogmático, poniéndose rígidamente en la cabeza ciertas afirmaciones, sin prestar oídos ni hacer justicia a los fundamentos de la parte contraria. Las dos [posiciones] son la muerte de una filosofía sana, sin bien aquélla podría llamarse también, en verdad, la eutanasia de la razón pura” A407/B434. Aquí nos ocupamos prioritariamente de la “desesperanza escéptica”. Consideramos que éste es el peligro decisivo para exigir una resolución de la antinomia. El empecinamiento dogmático, en cambio, podría subsanarse por medio de la estrategia de censura.
También indica Kant que la razón se enreda “consigo misma en un conflicto interminable, mientras se tomen los objetos en el espacio y en el tiempo por cosas en sí mismas, y no por meros fenómenos, lo cual era inevitable antes de la época de la crítica pura de la razón, de modo que tesis y antítesis se aniquilaban sin cesar la una a la otra alternativamente y debieron precipitar a la razón en el escepticismo más falto de esperanza, lo cual debió tener un triste resultado para la metafísica, porque si ella no puede satisfacer ni siquiera en los objetos de los sentidos su exigencia referente a lo incondicionado, no se podía ni aun siquiera pensar en un tránsito a lo suprasensible, tránsito en el cual consiste, sin embargo, el fin último de ella”
Progresos, AA XX: 287-288.
En BXXXIV Kant menciona al escepticismo como uno de los peligros en que puede caer la razón especulativa.
Por su parte, Forster entiende que la Crítica de la razón pura es un libro fundamentalmente sobre metafísica. Y que el peligro que habría impulsado a Kant a llevar a cabo su proyecto crítico habría sido el escepticismo. Dicho escepticismo se habría presentado bajo dos formas y en dos períodos distintos. A mediados de década de 1760, Kant habría advertido el peligro de un escepticismo pirrónico (equipolencia entre enunciados contrapuestos, i.e. antinomia). En 1772, Kant habría reconocido el peligro del escepticismo humeano, referido a la imposibilidad de juicios sintéticos a priori. Ambos posicionamientos escépticos serían distintos, pero tendrían en común plantear una seria objeción a la posibilidad de la metafísica. El temor sobre el escepticismo en metafísica es el impulso para el desarrollo del idealismo trascendental, como solución conjunta de ambos problemas: cfr. Forster, Kant and Skepticism, pp. 14-15, 44-45.
260 Allison sostiene que Kant se vale del método escéptico para evitar el dilema entre escepticismo y
Un segundo escepticismo práctico-metafísico, de acuerdo con el cual no se podría abordar el estudio positivo de los objetos metafísicos por vía de la filosofía práctica. Un tercer escepticismo teórico integral, según el cual se cerniría una amenaza sobre todo conocimiento teórico.
A fin de comprender acabadamente el significado de estas amenazas, consideremos nuevamente la estrategia de censura. Hemos visto que la censura que impondría la razón llamando a silencio a las partes no supondría una disipación de la contradicción. Sólo establecería una prohibición de pronunciarse sobre el presunto objeto de conocimiento de la cosmología racional. En lo que respecta exclusivamente al escepticismo teórico-metafísico, esta solución no se diferencia en gran medida de la solución negativa efectivamente implementada por Kant. Esta solución negativa consistía en demostrar que los juicios enfrentados son opuestos falsos, rechazándose así las pretensiones de ambas partes. En lo que respecta a las aptitudes para brindar conocimiento teórico en el terreno de la cosmología, tanto la estrategia de censura como la solución por disipación de la antinomia dan una respuesta negativa. Esto hace pensar que no es el escepticismo teórico-metafísico el que inclina la balanza en favor de una u otra solución261.
En lo que respecta al escepticismo práctico-metafísico, la estrategia de censura no hace mayores aportes. No resuelta la contradicción, los conceptos cosmológicos no podrían ser abordados por medio de la filosofía práctica, pues persisten como contradictorios. Frente a esto, la solución negativa (disipación) de Kant se complementa con su solución positiva. Las afirmaciones formuladas en los propios términos del realismo trascendental se rechazan; pero las posiciones consideradas en la tercera y cuarta antinomia se reinterpretan. Se descubre, así, un nuevo sentido de estos enunciados por medio del cual se puede hacer a ambas afirmaciones verdaderas, aunque en diferentes respectos. El conocimiento de las condiciones incondicionadas inteligibles no puede alcanzarse en el terreno teórico; pero, al menos, tales conceptos no son en sí mismos contradictorios y pueden ser abordados desde
261 Guyer admite que su solución metodológica de la antinomia sería, en cierto respecto, escéptica: consiste en
la limitación de las posibilidades del conocimiento sobre dicho objeto de investigación. Sin embargo, entiende el autor, tal solución no sería escéptica en lo que refiere a los restantes conocimientos que pudieran tener un buen fundamento, cfr. Guyer, Kant and the claims of knowledge, p. 387. Esto implicaría que la propuesta de Guyer sólo se limita a comprometerse con un escepticismo teórico-metafísico. Sin embargo, como mostraremos en seguida, toda solución que no suponga la disipación de la contradicción conlleva el peligro de un escepticismo teórico-integral. Por su parte, Allison entiende que decretar al problema de la antinomia como irresoluble supondría adoptar un escepticismo dogmático, cfr. Allison, “Kant’s refutation of realism”, p. 244.
la filosofía práctica, sin implicar contradicción alguna con el orden natural. Esto inclina la balanza en favor de la solución negativa frente a la estrategia de censura.
Por último, debe considerarse el escepticismo teórico integral. ¿Por qué la antinomia podría implicar un escepticismo más allá del estricto terreno de la cosmología? ¿Y qué queremos decir, precisamente, al hablar de un escepticismo teórico integral? En primer lugar, con esta expresión queremos designar una posición escéptica que no se acote al terreno del conocimiento teórico en metafísica, sino del conocimiento teórico en general. En segundo lugar, una razón lógica da los motivos para que se tema que la antinomia pueda conducirnos a semejante escepticismo.
La lógica establece la regla ex contradictione sequitur qoudlibet. Según esta regla, de una contradicción se sigue o se deduce cualquier cosa262. Las contradicciones a las que legítimamente habría llegado la razón pura, la pondrían en posición de hacer legítimamente cualquier deducción deseada (invocando la regla mencionada). Ahora bien, no sólo la razón podría deducir voluntariamente cualquier enunciado, sino que podríamos temer que la antinomia tuviera un influjo subrepticio e inadvertido sobre el resto de las disciplinas teóricas a priori. La contradicción que haría posible deducir legítimamente cualquier enunciado podría tener una influencia nociva no advertida sobre el resto del terreno del conocimiento teórico263. En otras palabras, si la razón pura genera por sí misma una contradicción, si se ve obligada a afirmar que juicios contradictorios son falsos, violando los principios de la lógica general, ¿cómo no temer que esta influencia nociva se encuentre expandida a otras ramas del conocimiento? ¿Cómo garantizar que la naturaleza contradictoria de la razón no haya jugado algún papel decisivo en el desarrollo de
262 Esto se demostraría: 1) A ^ ¬A 2) A 3) A v B 4) ¬A 5) B
Es decir, (A ^ ¬A) → B. Por otra parte, semejante condicional sería siempre verdadero, pues su antecedente – conformado por una contradicción– sería siempre falso.
263 Kant se preocupa en reiterados pasajes de la Crítica de la razón pura por aquello que subrepticiamente
podría conducirnos a errores (A791/B819; A6/B10 entre otros). Entendemos que las contradicciones que la razón pura produce bien podrían causar subrepticiamente errores.
principios aparentemente certeros de otras disciplinas científicas teóricas supuestamente bien afianzadas? 264
Frente a esta amenaza, la estrategia de censura se muestra impotente. Ella deja latente la contradicción, de la que emana esta amenaza desmedida, con la que no podemos sino caer en un escepticismo integral respecto del conocimiento teórico a priori. Es en este punto donde la solución kantiana muestra, a nuestro criterio, todo su potencial; lo que la hace necesaria, ineludible.
La disipación de la contradicción supone suprimir el peligro del escepticismo teórico integral. La razón no renunciará a una posición escéptica respecto del conocimiento
teórico en metafísica. En todo caso, la estrategia de censura y de disipación son, en este
respecto, igualmente escépticas. Pero la estrategia de disipación de la contradicción sí supone un posicionamiento radicalmente diferente frente al peligro del escepticismo teórico
integral. Con esta estrategia la razón descubre no estar comprometida con una
contradicción. La contradicción se desvanece y, con ella, sus posibles efectos nocivos en otros terrenos teóricos. En otras palabras, desaparecida la contradicción, se desvanece también el temor de deducir o de haber deducido a partir de ella principios que podrían estar jugando un papel en otros campos disciplinares, el peligro de la nociva influencia que ella podría tener de forma inadvertida en otras disciplinas.
Así, puede apreciarse la necesidad de la solución kantiana. La disipación de la antinomia nos pone a resguardo del peligro del escepticismo teórico integral. Aunque Kant pareciera ocuparse en la antinomia fundamentalmente del conocimiento teórico sobre cuestiones metafísicas, la amenaza del escepticismo teórico integral –que no puede ser evadida por medio de la estrategia de censura– parecería jugar un papel relevante en la diagramación de la solución definitiva a la antinomia. En otras palabras, la solución
264 Creo que se podría pretender objetar nuestra posición diciendo que a diferencia de lo que ocurre en la
metafísica, las restantes disciplinas en las que hay conocimiento teórico se sostienen o bien en la experiencia o bien en las formas puras de la intuición (lo que permite tener conocimiento sintético a priori indudable en virtud de la construcción de su objeto en la intuición). Por ejemplo, en el caso de la geometría. No obstante, el problema planteado excede la certeza que puede ofrecer la construcción del objeto en la intuición de acuerdo con el concepto. Se trata de una regla lógica que permite legítimamente inferir cualquier enunciado a partir de una contradicción. Con lo cual, si la contradicción no se disipa, la razón pura estaría autorizada a tales inferencias. Por otra parte, la aritmética, geometría y demás disciplinas científicas presuponen principios lógicos. Si esta regla permite inferir cualquier clase de enunciados, ¿cómo podemos saber si en las restantes