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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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AÑO CXXIII La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 26 de octubre del 2017La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 1° de febrero del 2016 Nº 202 — 36 Páginas

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL SEGUNDA PUBLICACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Penales del año 1999, 2009, 2010,2011,2012,2014 del Tribunal de juicio de Heredia.

La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: P 12 H 99 Expedientes: 1

Paquetes: 1 Año: 1999

Asunto: Abusos Deshonestos 1. Expediente con sentencia de prescripción en firme.

Remesa: P 16 H 09 Expedientes: 1

Paquetes: 1 Año: 2009

Asunto: Conducción Temeraria 1. Expediente con sentencia de sobreseimiento unipersonal en firme.

Remesa: P 17 H 10 Expedientes: 3

Paquetes: 1 Año: 2010

Asunto: Conducción Temeraria 2, Expedientes con sentencia absolutoria unipersonal en firme. Hurto simple 1. Expediente con sentencia de sobreseimiento unipersonal en firme.

Remesa: P 12 H 11 Expedientes: 4

Paquetes: 1 Año: 2011

Asunto: Agresión con armas y daños 1. Expediente con sentencia absolutoria unipersonal en firme. Portación Ilícita de arma permitida 1. Lesiones Culposas 1. Daños 1. Expedientes con sentencia de sobreseimiento definitivo en firme.

Remesa: P 9 H 12 Expedientes: 1 Paquetes: 1 Año: 2012

Asunto: Querella 1. Expediente con sentencia de sobreseimiento definitivo por extinción de la acción penal en firme.

Remesa: P 7 H 14 Expedientes: 2 Paquetes: 1 Año: 2014

Asunto: Injurias y Calumnias 1. Agresión con arma y Hurto Agravado 1. Expedientes con sentencia de sobreseimiento en firme.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el

Boletín Judicial.

San José, 11 de octubre de 2017.

MBA. Dinorah Álvarez Acosta Subdirectora Ejecutiva Exonerado.—( IN2017175625 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional para la Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 02-2011, celebrada el 19 de setiembre del 2011, artículo IV y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 93-11, celebrada el 3 de noviembre del 2011, artículo LXIII, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa del año 1991 al 2014 de Dirección de Planificación. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: A 48 S 91 Paquetes: 413 Libros: 22 Año: 1991-2014

Asunto: 144 paquetes de consecutivo de informes de las secciones del Departamento Planificación con diversas oficinas judiciales (2011-1995); 198 paquetes de correspondencia enviada y recibida con diversas oficinas judiciales (2013-1991); 2 paquetes de control de bienes del Departamento de Planificación con diversas oficinas judiciales (2011-1999); 5 paquetes de ejecución del Presupuesto del Departamento de Planificación (2011-1999); 3 paquetes de solicitudes de mobiliario y equipo a través de requisiciones (2011-1999); 2 paquetes de control de bienes del Departamento de Planificación (2011); 4 paquetes de s solicitud de trabajos, publicaciones e impresos (2014-2007); 2 paquetes de solicitud de transporte administrativo/vehículo (2014-2010); 2 paquetes de control de horas extra (2007-2005); 6 paquetes de informe sobre vacaciones colectivas y disponibilidad (2012- 1997); 3 paquetes de control de vacaciones (2013-2007); 2 paquetes de informe sobre jueces suplentes (2011-1997); 18 paquetes de consecutivo de informes de plazas nuevas y extraordinarias (2013-1999); 4 paquetes de informe trimestral por materia penal y no penal (2008-2000); 8 paquetes de comunicación de acuerdos de presupuesto y de estudios de plazas (2007-2000); 5 paquete de transferencias y modificaciones presupuestarias (2007-1998); 4

(2)

Remesa: 20929 Expedientes: 1 Paquetes: 1

Año: 1987

Asunto: Civiles. 1 Consignación de Alquiler Remesa: 20930

Expedientes: 8 Paquetes: 1

Año: 1988

Asunto: Civiles. 3 Consignación de Alquiler, 1 Ejecución de Sentencia, 1 Información Fuera de Juicio, 2 Interdicto, 1 Ordinario. Remesa: 20931

Expedientes: 5 Paquetes: 1

Año: 1989

Asunto: Civiles. 3 Consignación de Alquiler, 2 Información Fuera de Juicio

Remesa: C 138 S 96 Expedientes: 3

Paquetes: 1 Año: 1996

Asunto: Civiles. 3 Ejecutivo Simple Remesa: C 44 S 10

Expedientes: 671 Paquetes: 15 Año: 2010

Asunto: Civiles. 546 Desahucio, 117 Consignación de Alquileres, 2 Fijación Alquileres, 6 Prevención de Desalojo.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el

Boletín Judicial.

San José, 11 de octubre de 2017.

MBA. Dinorah Álvarez Acosta, Subdirectora Ejecutiva Exonerado.— ( IN2017175629 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 03-2006 de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en sesión N° 73-06 celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII y sesión 83-06, celebrada el 2 de noviembre del 2006, artículo XLIV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Laborales de los años 2005 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014 del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de Escazú. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: L 29 S 05 Expediente: 1

Paquetes: 1 Año: 2005

Asunto: Laboral: Infracción a la Ley de Trabajo y Seguridad Social 1.

Remesa: L 35 S 07 Expediente: 6

Paquetes: 1 Año: 2007

Asunto: Laboral: Infracción a la Ley de Trabajo y Seguridad Social 6.

paquetes de solicitud de plazas (2007-2005); 1 paquete de control de incapacidades (2011-2014). 22 libros de SEINTEX con diferentes despachos judiciales (1998). Es importante indicar que los informes, si bien es cierto han cumplido lo que la tabla de plazos establece, esta Dirección mantiene respaldos de todos los informes desde 1983 a la actualidad, por lo que se adjunta el siguiente documento como parte de la información que el Archivo de la Dirección de Planificación custodia en sus repositorios.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el

Boletín Judicial.

San José, 11 de octubre de 2017.

MBA. Dinorah Álvarez Acosta, Subdirectora Ejecutiva Exonerado.—( IN2017175626 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2015, celebrada el 12 de agosto del 2015, artículo V y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión Nº 79-15, celebrada el 03 de setiembre del 2015, artículo XCI., se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Documentación Administrativa de los años 2008 al 2016 del Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía Heredia. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: A 3 H 08 Agendas: 1 Ampos: 47

Año: 2008 a 2016

Asunto: Documentación Administrativa: Reportes y Registros: 47 ampos (2008 al 2016) y 1 Agenda (2014).

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el

Boletín Judicial.

San José, 11 de octubre de 2017.

MBA. Dinorah Álvarez Acosta, Subdirectora Ejecutiva Exonerado.—( IN2017175628 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 103-2016, del 24-05-2016 artículo CI. Consejo Superior Nº 51-16 del 24 de mayo, art CI., se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de expedientes civiles de los años 1985, 1986, 1987, 1988, 1989, 1996 y 2010 del Juzgado Civil de Menor Cuantía Segundo Circuito Judicial San José. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Remesa: 20927 Expedientes: 1 Paquetes: 1

Año: 1985

Asunto: Civiles. 1 Consignación de Alquiler, Expedientes: 1

Paquetes: 1

Año: 1986

(3)

Remesa: L 31 S 08 Expediente: 36 Paquetes: 1

Año: 2008

Asunto: Laboral: Infracción a la Ley de Trabajo y Seguridad Social 23. Consignación de Prestaciones 13.

Remesa: L 32 S 09 Expediente: 64 Paquetes: 1 Año: 2009

Asunto: Laboral: Infracción a la Ley de Trabajo y Seguridad Social 34. Consignación de Prestaciones 30.

Remesa: L 30 S 10 Expediente: 43 Paquetes: 1 Año: 2010

Asunto: Laboral: Infracción a la Ley de Trabajo y Seguridad Social 28. Consignación de Prestaciones 15.

Remesa: L 32 S 11 Expediente: 55 Paquetes: 1 Año: 2011

Asunto: Laboral: Infracción a la Ley de Trabajo y Seguridad Social 37. Consignación de Prestaciones 18.

Remesa: L 30 S 12 Expediente: 57 Paquetes: 1 Año: 2012

Asunto: Laboral: Infracción a la Ley de Trabajo y Seguridad Social 31. Consignación de Prestaciones 26.

Remesa: L 28 S 13 Expediente: 44 Paquetes: 1 Año: 2013

Asunto: Laboral: Infracción a la Ley de Trabajo y Seguridad Social 23. Consignación de Prestaciones 20. Solicitud de arraigo laboral 1.

Remesa: L 27 S 14 Expediente: 24 Paquetes: 1 Año: 2014

Asunto: Laboral: Infracción a la Ley de Trabajo y Seguridad Social 2. Consignación de Prestaciones 22.

Remesa: L 27 S 15 Expediente: 6

Paquetes: 1 Año: 2015

Asunto: Laboral: Infracción a la Ley de Trabajo y Seguridad Social 2. Consignación de Prestaciones 4.

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el

Boletín Judicial.

San José, 11 de octubre de 2017.

MBA. Dinorah Álvarez Acosta, Subdirectora Ejecutiva Exonerado.—( IN2017175630 ).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y para el caso específico el acuerdo de la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 03-2006 de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 73-06

celebrada el 28 de setiembre del 2006, artículo LIII, para el caso de los asuntos laborales. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión Nº 01-2014, celebrada el 14 de marzo del 2014, artículo VIII, y la aprobación del Consejo Superior en Sesión Nº 47-2014, del 21 de mayo del 2014, artículo XXXI, para el caso de asuntos de tránsito. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta Nº 01-2016 de fecha 04 de mayo de 2016, artículo II y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 51-16 celebrada el 24 de mayo de 2016, artículo XCV, se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que se procederá a la eliminación de Expedientes Laborales de los años 1996 al 1997 1999 al 2015 expedientes de transito 1999 al 2007, expedientes violencia domestica del año 2009 al 2014 del Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de la Cruz. La documentación, se encuentra remesada y custodiada en ese Despacho.

Expedientes Laborales: Remesa: L 20 G 96 Expedientes: 1

Paquetes: 1 Año: 1996

Asunto: Laboral varios: 1 Ordinario. Remesa: L 21 G 97

Expedientes: 2 Paquetes: 1 Año: 1997

Asunto: Laboral varios: 2 Ordinarios. Remesa: L 21 G 99

Expedientes: 5 Paquetes: 1 Año: 1999

Asunto: Laboral varios: 5 Ordinarios. Remesa: L 19 G 00

Expedientes: 2 Paquetes: 1 Año: 2000

Asunto: Laboral varios: 2 Ordinarios. Remesa: L 20 G 01

Expedientes: 8 Paquetes: 1 Año: 2001

Asunto: Laboral varios: 8 Ordinarios. Remesa: L 21 G 02

Expedientes: 16 Paquetes: 1 Año: 2002

Asunto: Laboral varios: 16 Ordinarios. Remesa: L 19 G 03

Expedientes: 5 Paquetes: 1 Año: 2003

Asunto: Laboral varios: 5 Ordinarios. Remesa: L 18 G 04

Expedientes: 6 Paquetes: 1 Año: 2004

Asunto: Laboral varios: 5 Ordinarios y 1 Infracción Ley CCSS.

Remesa: L 17 G 05 Expedientes: 1

Paquetes: 1

Año: 2005

(4)

Remesa: L 13 G 06 Expedientes: 9

Paquetes: 1 Año: 2006

Asunto: Laboral varios: 6 Ordinarios, 2 Infracción Ley CCSS y 1 Infracción a la Ley Laboral.

Remesa: L 15 G 07 Expedientes: 5

Paquetes: 1 Año: 2007

Asunto: Laboral varios: 4 Ordinarios y 1 Infracción Ley CCSS.

Remesa: L 18 G 08 Expedientes: 5

Paquetes: 1

Año: 2008

Asunto: Laboral varios: 3 Infracción Ley CCSS y 2 devoluciones de ahorros.

Remesa: L 17 G 09 Expedientes: 15 Paquetes: 1 Año: 2009

Asunto: Laboral varios: 9 Infracción a la Ley Laboral, 3 Infracción Ley CCSS y 3 devoluciones de ahorros. Remesa: L 15 G 10

Expedientes: 5 Paquetes: 1 Año: 2010

Asunto: Laboral varios: 3 Infracciones Ley CCSS, 1 devolución de ahorros y 1 consignación de prestaciones.

Remesa: L 14 G 11 Expedientes: 3

Paquetes: 1 Año: 2011

Asunto: Laboral varios: 3 devoluciones de ahorros. Remesa: L 14 G 12

Expedientes: 4 Paquetes: 1 Año: 2012

Asunto: Laboral varios: 3 devoluciones de ahorros y 1 infracción Ley CCSS.

Remesa: L 14 G 13 Expedientes: 13 Paquetes: 1 Año: 2013

Asunto: Laboral varios: 10 infracciones Ley CCSS. 2 Infracciones Ley Laboral y 1 devoluciones de ahorros.

Remesa: L 14 G 14 Expedientes: 8

Paquetes: 1

Año: 2014

Asunto: Laboral varios: 5 Infracción a la Ley CCSS, 3 devoluciones de ahorros.

Remesa: L 14 G 15 Expedientes: 5

Paquetes: 1 Año: 2015

Asunto: Laboral varios: 1 Consignación de prestaciones, 2 devoluciones de ahorros,1 Infracción Ley CCSS y 1 reclamo de FCL. Expedientes Tránsito Remesa: W 1 G 99 Expedientes: 3 Paquetes: 1 Año: 1999 Asunto: Tránsito Remesa: W 2 G 00 Expedientes: 124 Paquetes: 1 Año: 2000 Asunto: Tránsito Remesa: W 2 G 01 Expedientes: 131 Paquetes: 2 Año: 2001 Asunto: Tránsito Remesa: W 2 G 02 Expedientes: 109 Paquetes: 1 Año: 2002 Asunto: Tránsito Remesa: W 2 G 03 Expedientes: 155 Paquetes: 2 Año: 2003 Asunto: Tránsito Remesa: W 3 G 04 Expedientes: 132 Paquetes: 2 Año: 2004 Asunto: Tránsito Remesa: W 3 G 05 Expedientes: 92 Paquetes: 1 Año: 2005 Asunto: Tránsito Remesa: W 1 G 06 Expedientes: 76 Paquetes: 1 Año: 2006 Asunto: Tránsito Remesa: W 1 G 07 Expedientes: 70 Paquetes: 1 Año: 2007 Asunto: Tránsito

Expedientes Violencia Doméstica Remesa: V 7 G 09

Expedientes: 110 Paquetes: 2 Año: 2009

Asunto: Violencia doméstica Remesa: V 6 G 10

Expedientes: 182 Paquetes: 2 Año: 2010

Asunto: Violencia doméstica Remesa: V 7 G 11

Expedientes: 180 Paquetes: 2 Año: 2011

(5)

Remesa: V 1 G 14 Expedientes: 150 Paquetes: 2 Año: 2014

Asunto: Violencia doméstica

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín Judicial.

San José, 11 de octubre de 2017.

MBA. Dinorah Álvarez Acosta, Subdirectora Ejecutiva Exonerado.— ( IN2017175631 ). Remesa: V 6 G 12 Expedientes: 189 Paquetes: 2 Año: 2012

Asunto: Violencia doméstica Remesa: V 3 G 13

Expedientes: 120 Paquetes: 2 Año: 2013

Asunto: Violencia doméstica

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial y para el caso específico: De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 03-2006 de fecha 01 de setiembre del 2006, artículo I y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 83-06, celebrada el 02 de noviembre del 2006, artículo XLIV. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en Acta N° 01-2014 de fecha 14 de marzo del 2014, artículo IX y el acuerdo del Consejo Superior en Sesión N° 34-14, celebrada el 22 de abril del 2014, artículo L. De la Comisión Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (C.I.S.E.D.) en sesión N° 01-2014, celebrada el 14 de marzo del 2014, artículo VIII, y la aprobación del Consejo Superior en Sesión N° 47-2014, del 21 de mayo del 2014, artículo XXXI; se hace del conocimiento de las instituciones públicas, privadas y del público en general, que procederá a la destrucción de expedientes penales, contencioso administrativo y tránsito de los despachos que a continuación se detallan. Los expedientes se encuentran remesados en el Archivo Judicial.

(6)
(7)
(8)
(9)
(10)

Si algún interesado ostenta un interés legítimo y desea conservar alguno de estos documentos, deberá hacerlo saber a la Dirección Ejecutiva, dentro del plazo de ocho días hábiles, luego de la primera publicación de este aviso. Publíquese por tres veces en el Boletín

Judicial.

San José, 11 de octubre del 2017.

MBA Dinorah Álvarez Acosta Subdirectora Ejecutiva Exonerado.—( IN2017175632 ).

(11)

SALA CONSTITUCIONAL ASUNTO: Acción de inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA HACE SABER:

SEGUNDA PUBLICACIÓN

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 14-012592-0007-CO, promovida por Asociación Nacional de Empleados Judiciales contra el inciso primero del artículo 34, el artículo 40 y el transitorio III, todos, del Código Procesal Contencioso Administrativo, Ley número 8508, por estimarlos contrarios a los principios de seguridad jurídica, de razonabilidad y proporcionalidad, y de progresividad de los derechos sociales y al artículo 34 de la Constitución Política, se ha dictado el voto número 2017-015945 de las once horas y cuarenta minutos de cuatro de octubre de dos mil diecisiete, que literalmente dice:

«Se declara sin lugar la acción. Los Magistrados Rueda Leal, Hernández López y Araya García dan razones diferentes. Los Magistrados Estrada Navas y Garro Vargas consignan nota.»

San José, 05 de octubre del 2017.

Gerardo Madriz Piedra, Juez

Exonerado.—( IN2017175627 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Francisco González González, mayor, soltero, de nacionalidad Costarricense, portó la cédula de identidad N° 1-0466-0284, con el mismo domicilio, quien falleció el día 22 de noviembre de 2016. A quien se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones, bajo el número 170002290173LA-8, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 170002290173LA-8. Promovido por Flor González Herrera c. c. Flor González González, cédula N° 1-0407-0016 a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 26 de enero del 2017.—Lic. Luis Diego Vargas Vargas, Juez.—1 vez.— Exonerado.—( IN2017178429 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Eli Álvaro Salvatierra Blanco, quien portó la cédula de identidad número 1-0868-0652 quien falleció el día 28 de mayo del año 2015, quien fue de nacionalidad costarricense, soltero. A quien se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias consignación de prestaciones, bajo el número 170016180173-2, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Promovido por María Graciela Blanco Sánchez, portadora de cédula de identidad número 1-0462-0278 a favor de sus causahabientes. Expediente N° 170016180173-2.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 05 de junio del año 2017.—Lic. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.— Exonerado.—( IN2017178436 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Anthony Francisco Cascante Brenes, cédula de identidad: 01-1186-0012, costarricense, soltero, quien falleció el día 19/12/2016. A quien se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de

prestaciones, bajo el número 170018600173-0, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 170018600173-0 Promovido por Vivian Vanessa Sibaja Mora, cédula de identidad 01-1293-0943 a favor de sus causahabientes.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 27 de junio del 2017.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.— Exonerado.—( IN2017178441 ).

A los causahabientes de quien en vida se llamó Luis Fernando Coronado Salazar, quien fue mayor, soltero, abogado y notario, domicilio en San José, Guadalupe, El Carmen, cédula de identidad número 5-172-409, se les hace saber que Silvia Ana Cecilia Coronado Salazar, cédula de identidad número 5-152-483, domiciliada en San José, Guadalupe, El Carmen, se apersonó en este Despacho en calidad de hermana del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el

Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del

trabajador fallecido Luis Fernando Coronado Salazar. Expediente N° 16-000160-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 05 de julio del 2016.—Lic. Alexander Contreras Barrantes, Juez.—1 vez.— Exonerado.—( IN2017178464 ).

A los causahabientes de quien en vida se llamó, Víctor Manuel Brenes Delgado, quien fue mayor, masculino, soltero en Unión de hecho, domicilio Turrialba, cédula de identidad número 0302470273, se les hace saber que María Alicia Meléndez Sandoval, en calidad de madre en ejercicio de la patria potestad de la menor de edad Ada Belén Brenes Meléndez, cédula de identidad o documento de identidad número 0303030341, domicilio Turrialba, se apersonó en este Despacho en calidad de madre de la menor de edad hija de la persona fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el

Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del

trabajador fallecido, expediente número 16-000514-1001-LA-3.— Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Turrialba (Materia Laboral), 20 de febrero del 2017.—Lic. José Luis Serrano Méndez, Juez Laboral.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017178466 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 387-18119-01-0871-001; a las ocho horas y treinta minutos del veinte de noviembre del año dos mil diecisiete, y con la base de veintitrés mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y ocho mil setecientos cinco cero cero cero la cual es terreno para construir lote 8. Situada en el distrito primero (Bagaces), cantón cuarto de Bagaces, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Brida Bustos Bermúdez; al sur, calle pública; al este, Pastor Antonio López Victoria, y al oeste, Adilia García López. Mide: Doscientos metros cuadrados. Plano catastrado N° G-836274-1989. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de diciembre del año dos mil diecisiete, con

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la base de diecisiete mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de diciembre del año dos mil diecisiete con la base de cinco mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Nuria Oviedo Rojas contra Adriana Alvarado Ordoñez. Exp. N° 15-001694-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 22 de setiembre del 2017.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2017178831 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y cero minutos del trece de noviembre del año dos mil diecisiete, y con la base de dos millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y cinco mil ciento treinta y cuatro cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 San Miguel, cantón 06 Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Desarrollos Agro Ecológicos La Gotera Sociedad Anónima; al sur, carretera Interamericana con un frente de 15 metros lineales; al este, Desarrollos Agro Ecológicos La Gotera Sociedad Anónima, y al oeste, Desarrollos Agro Ecológicos La Gotera Sociedad Anónima. Mide: Doscientos cincuenta metros con cero decímetros cuadrados. Plano: G-1477594-2011. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de noviembre del año dos mil diecisiete, con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del catorce de diciembre del año dos mil diecisiete con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Francibel Q.M S. A. contra Desarrollo Agro Ecológicos La Gotera S. A. Exp. N° 17-000857-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 18 de setiembre del 2017.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2017178845 ).

A las ocho horas del diecisiete de enero de dos mil dieciocho, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, soportando Reservas y Restricciones al tomo 322, Asiento 05885, Consecutivo 01, Secuencia 0909, Subsecuencia 001 y al tomo 322, asiento 05969, Consecutivo 01, Secuencia 0910, Subsecuencia 001 y sin más gravámenes y con la base de ciento nueve millones sesenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor, se rematará la finca inscrita en el Partido de Limón, matricula número veintidós mil ciento cuarenta y cinco-cero cero cero, que es terreno de agricultura lote 1-18, sito en Roxana, distrito cuarto del cantón segundo Pococí de la provincia de Limón, que mide veintisiete mil doscientos ochenta y seis metros con dos decímetros cuadrados y que linda al norte con calle, al sur con Miguel Zúñiga Jiménez, al este con Findencio Gómez y al oeste con calle y Miguel Zúñiga Jiménez, según el Plano Catastrado Nº L-0638047-2000. En el caso de resultar fracasado ese primer remate, para llevar a cabo una segunda subasta pero con la base de ochenta y un millones setecientos noventa y ocho mil colones exactos, (incluida la rebaja del veinticinco por ciento de la base anterior) se señalan las ocho horas del primero de febrero de dos mil dieciocho. De ser fracasado también el segundo señalamiento, para llevar a cabo la tercera subasta se señalan las ocho horas del dieciséis de febrero de dos mil dieciocho, esta vez con la base de veintisiete millones doscientos sesenta y seis mil colones exactos, (es decir un veinticinco por ciento de la base original). Se advierte además que de conformidad con el artículo 25 de la Ley

Cobro Judicial, si al tercer remate no hubiere postores, el bien se tendrá por adjudicado al ejecutante, por el veinticinco por ciento de la base original. Lo anterior se remata por haberse ordenado así en proceso ordinario (ejecución de sentencia) Nº 11-000001-0507-AG de Carlos Chaverri Negrini contra Paulina Rojas Umaña y otros.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Guápiles, 19 de octubre del 2017.—Lic. Rónald Rodríguez Cubillo, Juez.—Exento.—( IN2017178882 ).

En la puerta exterior de este Despacho, a las nueve horas del ocho de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de veintidós millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de acueducto según citas: 504-13750-01-0004-001 y anotación de demanda ordinaria según citas 800-322748-01-0001- 001, se rematará el bien dado en garantía, sea la finca de Alajuela, matrícula número ciento veintiocho mil ciento ochenta-cero cero cero (128180-000), naturaleza: El terreno a rematar, cuenta con árboles de ciprés, zacate, pasto para ganado, varios invernaderos, una casa deshabitada, tres plantas de café, una mata de chayote sin producción, una mata de chile sin producción y tres plantas de frambuesa, vegetación virgen. (ver acta de reconocimiento judicial agregada al expediente electrónico en fecha 29/07/2016) situada en el distrito catorce Sarapiquí, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela, linderos: norte, Jaime Alfaro Murillo; sur, calle pública, Daniel Jiménez, Instituto Costarricense de Electricidad y Junta Administrativa de la escuela de los Ángeles de la Colonia de Río Cuarto de Grecia, este, Instituto Costarricense de Electricidad y Junta Administrativa de la escuela de los Ángeles de la Colonia de Río Cuarto de Grecia, oeste, Río Sardinal y Junta Administrativa de la escuela de los Ángeles de la Colonia de Río Cuarto de Grecia. Mide: cuatrocientos setenta mil veinticinco metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados, según plano número A-1189336-2007. De no haber postores, para llevar a cabo el Segundo remate, con la base rebajada en un veinticinco por ciento, sea la suma de dieciséis millones quinientos mil colones, se señalan las nueve horas del veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete. De no apersonarse postores, para el Tercer remate, con el veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de cinco millones quinientos mil colones, se señalan las nueve horas del once de diciembre del dos mil diecisiete. Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Emmanuel Gatgens Madrigal contra Las Colinas de Tirimbina S. A. Exp.: 15-008322-1157-CJ.— Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 20 de octubre del 2017.—Licda. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.— Exonerado.—( IN2017178883 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones según citas 0326-03778-01-0901-001 y con la base de ciento seis millones quinientos trece mil seiscientos colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número treinta y nueve mil novecientos ochenta y ocho derechos 001, 002, 003, 004, situada en el distrito tercero Sierpe, cantón quinto Osa de la provincia de Puntarenas. Linda: norte, Inversiones Bejuco S. A., sur, Inversiones Bejuco S. A., este, Inver Bejuco S. A. Milla Marítima, oeste, calle pública 1156 m 8 cm., según plano P-0322417-1978, posee una extensión: quinientos treinta y dos mil quinientos sesenta y ocho metros cuadrados, propiedad de Carlos Luis, Mariliana y Darío Antonio todos apellidos Barrantes González, el remate se verificará en la puerta exterior de este Despacho a las ocho horas del primero de diciembre de dos mil diecisiete. Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ordinario en ejecución de sentencia de Carlos Luis

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Barrantes González contra Carlos Eduardo Ugalde Gamboa. Exp.: 94-000134-0419-AG (interno 134-3-94).—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de la Zona Sur (Corredores), 11 de octubre de 2017.—Licda. Maricel Zamora Arias, Jueza.— Exonerado.—( IN2017178890 ).

En la puerta exterior de este Despacho, a las nueve horas del ocho de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de veintidós millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de acueducto según citas: 504-13750-01-0004-001 y anotación de demanda ordinaria según citas 800-322748-01-0001-001, se rematará el bien dado en garantía, sea la finca de Alajuela, matrícula número ciento veintiocho mil ciento ochenta-cero cero cero (128180-000), naturaleza: terreno de tacotal y potreros, situada en el distrito catorce Sarapiquí, cantón primero Alajuela, de la provincia de Alajuela, linderos: norte, Jaime Alfaro Murillo; sur, calle pública, Daniel Jiménez, Instituto Costarricense de Electricidad y Junta Administrativa de la Escuela De Los Ángeles De La Colonia De Río Cuarto De Grecia; este, Instituto Costarricense de Electricidad y Junta Administrativa de La Escuela de Los Ángeles de La Colonia de Río Cuarto de Grecia, oeste, río Sardinal y Junta Administrativa de La Escuela de Los Ángeles de La Colonia de Río Cuarto de Grecia. Mide: Cuatrocientos setenta mil veinticinco metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados, según plano número A-1189336-2007. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, con la base rebajada en un veinticinco por ciento, sea la suma de dieciséis millones quinientos mil colones, se señalan las nueve horas del veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete. de no apersonarse postores, para el tercer remate, con el veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de cinco millones quinientos mil colones, se señalan las nueve horas del once de diciembre del dos mil diecisiete. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. Lo anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Emmanuel Gatgens Madrigal contra Las Colinas de Tirimbina S. A. Exp. N° 15-008322-1157-CJ.—Juzgado Agrario del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de octubre del 2017.—Licda. Zoila Flor Ramírez Arce, Jueza.—Exento.—( IN2017178897 ).

En la puerta exterior de este Despacho, a las diez horas y treinta minutos del quince de noviembre del dos mil diecisiete, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca 1: libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 303-08638-01-0901-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajo las citas: 447-17922-01-0001-001 y con la base de cinco millones doscientos ochenta y tres mil setecientos cuarenta y cuatro colones con cuarenta y un céntimos. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 207631-000 la cual es terreno de potrero lote A. Situada en el distrito 01 Puerto Viejo, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Juan Carlos Ugalde González; al sur, lote B; al este, Organización de Estudios Tropicales y al oeste, calle pública con 24 metros 99 centímetros de frente. Mide: mil cincuenta metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados. Finca 2: libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 303-08638-01-0901-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso bajo las citas: 447-17922-01-0001-001 y con la base de cinco millones ciento cuarenta y siete mil ciento ochenta y ocho colones con noventa y ocho céntimos. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 207632-000 la cual es terreno de potrero lote B. Situada en el distrito 01 Puerto Viejo, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote A; al sur, lote C; al este, Organización de Estudios Tropicales y al oeste, calle pública con 20 metros de frente. Mide: mil veintitrés metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Finca 3: libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas: 303-08638-01-0901-001, servidumbre

de líneas eléctricas y de paso bajo las citas: 447-17922-01-0001-001 y con la base de cinco millones trescientos veintiséis mil noventa y dos colones con treinta y ocho céntimos. Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 207634- 000 la cual es terreno de potrero lote D. Situada en el distrito 01 Puerto Viejo, cantón 10 Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote C; al sur, Mercedes González Esquivel; al este, Organización de Estudios Tropicales y al oeste, calle pública con 19 metros de frente. Mide: mil diecisiete metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del treinta de noviembre del año dos mil diecisiete, con la base de tres millones novecientos sesenta y dos mil ochocientos ocho colones con treinta céntimos primera finca, tres millones ochocientos sesenta mil trescientos noventa y uno colones con setenta y tres céntimos segunda finca, tres millones novecientos noventa y cuatro mil quinientos sesenta y nueve colones con veintiocho céntimos tercera finca (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete con la base de un millón trescientos veinte mil novecientos treinta y seis colones con diez céntimos primera finca, un millón doscientos ochenta y seis mil setecientos noventa y siete colones con veinticuatro céntimos segunda finca, un millón trescientos treinta y uno mil quinientos veintitrés colones con nueve céntimos tercera finca (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Liliana María González Villegas, expediente Nº 14-027040-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 18 de setiembre del 2017.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza.—( IN2017178898 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condición resolutoria citas: 01-0003-001, reservas y restricciones citas: 337-16857-01-0900-001; a las nueve horas y treinta minutos del veinte de noviembre del año dos mil diecisiete, y con la base de veinticuatro millones setecientos mil trescientos setenta colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta mil ochocientos ocho cero cero cero la cual es terreno de charral y tacotales. Situada en el distrito 05 Curubandé, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Álvaro Montero Ortiz; al sur, Hipólito Baltodano; al este, Renán Agüero Sole, y al oeste, camino público. Mide: mil trescientos veintidós metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Plano: G-0497708-1983. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de diciembre del año dos mil diecisiete, con la base de dieciocho millones quinientos veinticinco mil doscientos setenta y ocho colones con seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de diciembre del año dos mil diecisiete con la base de seis millones ciento setenta y cinco mil noventa y dos colones con sesenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Maikol Danny Zúñiga Rodríguez y Maximiliano Zúñiga Rodríguez. Exp. N° 17-001598-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia (Materia Cobro), 10 de octubre del 2017.—Lic. Jorge Zúñiga Jaén, Juez.—( IN2017178957 ).

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En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y cero minutos del cinco de diciembre de dos mil diecisiete -11:00 a.m 05/12/2017-, y con la base de dieciocho mil setecientos setenta y dos dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas: 879890, marca: Hyundai, estilo: Elantra GL, categoría: Automóvil, capacidad: 5 personas, año: 2012, color: Azul, vin: KMHDG41EACU119366, N° Motor: G4NBBU303836, cilindrada: 1800 cc, combustible: Gasolina. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiuno de diciembre de dos mil diecisiete -11:00 a. m. 21/12/2017-, con la base de catorce mil setenta y nueve dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintitrés de enero de dos mil dieciocho -11:00 a. m. 23/01/2018- con la base de cuatro mil seiscientos noventa y tres dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José Sociedad Anónima contra Michael Sánchez Fallas. Exp. N° 17-001244-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 11 de octubre del 2017.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2017178994 ).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del veintiuno de noviembre del año dos mil diecisiete, y con la base de cinco millones trescientos noventa y siete mil quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 473.175-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 07 La Fortuna, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Eufanio Castro Calderón; sur, Fulvio Gamboa Murillo; este, servidumbre de paso con un frente a ella de 30 m. 01 cm. lineales; oeste, Eufanio Castro Calderón. Mide: ochocientos noventa y ocho metros cuadrados. Plano: A-1425186-2010. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del seis de diciembre del año dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones cuarenta y ocho mil ciento veinticinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de diciembre del año dos mil diecisiete con la base de un millón trescientos cuarenta y nueve mil trescientos setenta y cinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Pedro Quesada Solís contra Miguel Ángel Castro Núñez. Exp. N° 17-002502-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 19 de setiembre del año 2017.—Licda. Lilliam Álvarez Villegas, Jueza.—( IN2017178997 ).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las dieciséis horas y cero minutos del cuatro de diciembre de dos mil diecisiete, y con la base de noventa mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuarenta y seis mil doscientos seis-F-cero cero cero la cual es terreno de naturaleza finca filial primaria individualizada número once apta para construir que se destinara a casa de habitación la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 1-Jacó, cantón 11-Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al noreste, Municipalidad de Garabito; al noroeste, finca filial primaria individualizada número doce; al sureste, finca filial primaria individualizada número diez y al suroeste, calle de uso común del condominio. Mide: trescientos cuatro metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veinte de diciembre de dos mil diecisiete, con la base de sesenta y siete mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del dieciocho de enero de dos mil dieciocho con la

base de veintidós mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Carlos Luis Rojas Quirós contra Johnny Alexander Segura Aguilar. Exp. N° 17-001553-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 10 de octubre del año 2017.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017179016 ).

En la puerta exterior de este despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones inscrita bajo las citas 320-03385-01-0905-003 y practicado inscrito bajo las citas 800-204966-01-0001-001; a las diez horas y treinta minutos del diez de noviembre del año dos mil diecisiete, y con la base de un millón setecientos sesenta mil doscientos catorce colones con diez céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 80147-000, la cual es terreno construir, proyecto habitacional María Agüero. Situada en el distrito 2. Batán, cantón 5-Matina, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote 41-C Siriam Esquivel Elizondo, Roy Offer Ally; al sur, lote 43-C de Residenciales de Sarapiquí S. A.; al este, calle pública y al oeste lote 10-C José Miguel Cerda Cerda, Luz Marina Rivera Rivera. Mide: doscientos setenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veintisiete de noviembre del año dos mil diecisiete, con la base de un millón trescientos veinte mil ciento sesenta colones con cincuenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del siete de diciembre del año dos mil diecisiete con la base de cuatrocientos cuarenta mil cincuenta y tres colones con cincuenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Comisión Nacional de Préstamos para la Educación contra Reina de los Ángeles Carballo Carballo. Exp. N° 15-024657-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, (Sección Tercera), 14 de setiembre del año 2017.—Licda. Mayela Gómez Pacheco, Jueza.—( IN2017179058 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada bajo el tomo 303 asiento 00016975-01-0901-001, medianería bajo el tomo 303 asiento00016975-01-0902-001, condiciones Ref. 2331 323 001 bajo el tomo 303, asiento 00016975-01-0903-002; a las catorce horas y treinta minutos del seis de diciembre del año dos mil diecisiete, y con la base de dieciocho millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número setenta y ocho mil novecientos diecisiete cero cero uno, cero cero dos, cero cero tres la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 02 Rincon de Sabanilla, cantón 09 San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, alameda 7; al sur, lotes 298 y 299; al este, lote 324 y al oeste, lote 322. Mide: noventa y un metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintidós de diciembre del año dos mil diecisiete, con la base de catorce millones veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintidós de enero del año dos mil dieciocho con la base de cuatro millones seiscientos setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805

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párrafo segundo del Código de Comercio. se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Arnoldo Hernández Arce. Exp. N° 16-024163-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 09 de octubre del año 2017.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2017179069 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y quince minutos del cuatro de diciembre de dos mil diecisiete, y con la base de dos millones treinta y siete mil ochocientos sesenta y cinco colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: BBY884, marca Chevrolet, estilo Optra, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2005, color negro, Vin KL1JD51605K171780, cilindrada 1600 cc, combustible gasolina, motor Nº F16D3347521K. Para el Segundo remate se señalan las diez horas y quince minutos del veinte de diciembre de dos mil diecisiete, con la base de un millón quinientos veintiocho mil trescientos noventa y ocho colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las diez horas y quince minutos del dieciocho de enero de dos mil dieciocho con la base de quinientos nueve mil cuatrocientos sesenta y seis colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Molino Monte Sociedad de Responsabilidad Limitada contra Gloriana de los Ángeles Orozco Méndez. Exp.: 16-007732-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 02 de octubre del 2017.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Jueza.—( IN2017179101 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 270-008080-01-0901-001; a las nueve horas y treinta minutos del quince de noviembre de dos mil diecisiete y con la base de ciento tres millones cuarenta mil ochenta y cinco colones con cincuenta y ocho céntimos, para la finca 1-00146111-000 y con la base de sesenta y nueve millones seiscientos cuarenta y dos mil quinientos diecisiete colones con noventa y seis céntimos la finca 1-137955-000 soportando hipoteca de primer grado citas 0509-1-137955-00006085-01- 0509-00006085-01-0001-001: y servidumbre trasladada 265-06556-01-0901-001 en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 1-00146111-000, 1-0137955-000, la cuales es describen así: finca matrícula 1-00146111-000 terreno con una casa, taller, garaje y oficina. Situada en el distrito 11 San Rafael Abajo, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Edgar Omar Jiménez Valverde; al sur, Vidal Retana Castro; al este, calle pública con 10.39 metros de frente y al oeste, Vidal Retana Castro. Mide: seiscientos un metro con setenta y un decímetros cuadrados. Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 1-0137955-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 06 San Francisco de Dos Ríos, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con 11 m, 74 cm; al sur, Lindo Bios; al este, Damaris Alleth y al oeste, Marco Tulio Vargas. Mide: doscientos ochenta y un metros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de diciembre de dos mil diecisiete, para la finca 1-00146111-000 con la base de setenta y siete millones doscientos ochenta mil sesenta y cuatro colones con trece céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la finca 1-0137955-000 con la base de cincuenta y dos millones doscientos treinta y un mil ochocientos ochenta y ocho colones con cuarenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiuno de diciembre de dos mil diecisiete, para la finca 1-00146111-000 con la base de veinticinco millones setecientos sesenta mil veintiún

colones con treinta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial) y para la finca 1-0137955-000 con la base de diecisiete millones cuatrocientos diez mil seiscientos veintinueve colones con cuarenta y nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Laguna Dorada Sociedad Anónima. Exp.: 13-002171-1164-CJ.— Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 17 de octubre del 2017.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2017179102 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del quince de noviembre del año dos mil diecisiete y con la base de nueve millones ochocientos ochenta y nueve mil sesenta y cuatro colones con veintidós céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número FRC032, marca Nissan, estilo QASHQAI, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2015, color gris, Vin SJNFBAJ11FA124881, cilindrada 2000 cc combustible gasolina, motor Nº MR20298459W. Para el Segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta de noviembre del año dos mil diecisiete, con la base de siete millones cuatrocientos dieciséis mil setecientos noventa y ocho colones con diecisiete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la Tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciocho de diciembre del año dos mil diecisiete con la base de dos millones cuatrocientos setenta y dos mil doscientos sesenta y seis colones con seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ana Catalina Obando Faerron. Exp.: 17-008843-1764-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 19 de setiembre del 2017.—Lic. Melvin Cavero Araya, Juez.—( IN2017179134 ).

En la sala número puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre sirviente bajo las citas 264-1295-01-0902-002; servidumbre dominante bajo las citas 338-3633-01-0903001; y medianería bajo las citas 355-16056-01-0914-001; a las quince horas treinta minutos del once de diciembre del año dos mil diecisiete, y con la base de dos millones cuatrocientos once mil cuatrocientos cuarenta y un colones con ochenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 530246- 001; 002 y 003 la cual es terreno para construir, lote número 696-9. Situada en el distrito 09-Pavas, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, INVU; al sur, zona verde-Ascensión Esquivel; al este, INVU y al oeste, INVU-medianería. Mide: ciento treinta y seis metros con setenta y nueve decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las quince horas treinta minutos del nueve de enero del año dos mil dieciocho, con la base de un millón ochocientos ocho mil quinientos ochenta y un colones con treinta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas treinta minutos del veinticuatro de enero del año dos mil dieciocho con la base de seiscientos dos mil ochocientos sesenta colones con cuarenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra María de los Ángeles Marín Redondo. Exp.: 17-000580-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 10 de octubre del 2017.— Licda. Lissette Córdoba Quirós, Jueza.—( IN2017179153 ).

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PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 0307-00014172-01-0901-001, a las catorce horas y cero minutos del veintiséis de marzo del dos mil dieciocho y con la base de doscientos cinco mil dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y siete mil cuarenta y nueve cero cero cero, la cual es terreno de repastos. Situada: en el distrito 05 Paquera, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Playa Naranjo S. A.; al sur, calle pública con un frente de 135.26 metros; al este, M.B.S.A S. A., y al oeste, M.B.S.A S. A. Mide: veinte mil metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de abril del dos mil dieciocho, con la base de ciento cincuenta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de abril del dos mil dieciocho, con la base de cincuenta y un mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Eduardo Charpantier Lobo contra Charles William Kopp, único apellido. Expediente Nº 13-004587-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 09 de octubre del 2017.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza.—( IN2017179179 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones, a las nueve horas y treinta minutos del dieciséis de enero del dos mil dieciocho, y con la base de veintiún millones novecientos catorce mil treinta y seis colones con ochenta céntimos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y ocho mil novecientos diecinueve cero cero cero, la cual es terreno de agricultura con una casa. Situada: en el distrito 04 Roxana, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Daniel Valladares; al sur, Claudio Valerín; al este, José Mendozay, y al oeste, calle pública. Mide: cuatro mil quinientos setenta y ocho metros con tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta y uno de enero del dos mil dieciocho, con la base de dieciséis millones cuatrocientos treinta y cinco mil quinientos veintisiete colones con sesenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del quince de febrero del dos mil dieciocho, con la base de cinco millones cuatrocientos setenta y ocho mil quinientos nueve colones con veinte céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Distribuidora Valladares S. A., Inversiones Montiel Valladares de Costa Rica S. A., Jesús Fernando Montiel Valladares, José Alejandro Montiel Rojas. Expediente Nº 17-002255-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 10 de octubre del 2017.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2017179241 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones y plazo de convalidación (rectificación de medida); a las quince horas y cero minutos del doce de enero de dos mil dieciocho, y con la base de veintitrés millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos treinta y cinco mil cuatrocientos noventa y ocho-cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno de potrero y casa.

Situada en el distrito 08 Canalete, cantón 13 Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, quebrada; al sur, calle pública; al este, Pedro Alvarado Chavarría y al oeste, quebrada y Paulino Álvarez Álvarez. Mide: nueve mil ciento ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del veintinueve de enero de dos mil dieciocho, con la base de diecisiete millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del trece de febrero de dos mil dieciocho con la base de cinco millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Benigno Alexis Ulate Salas y Benigno Ramón Ulate Murillo. Exp.: 17-002574-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí, (Materia Cobro), 23 de octubre del 2017.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2017179242 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando citas: 800-290366-01-0001-001, a las catorce horas del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, y con la base de treinta y ocho millones quinientos sesenta y dos mil ochocientos colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cero cero dos uno ocho siete cero cero, derechos cero cero tres, cero cero cuatro, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 03 Pozos, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de. Colinda: al norte, Melitina Navarro; al sur, destinado a calle pública; al este, Rosibel Orozco, y al oeste, Eliécer Guerrero. Mide: doscientos noventa y dos metros con diecinueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas del seis de diciembre del dos mil diecisiete, con la base de veintiocho millones novecientos veintidós mil cien colones (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas del veintiuno de diciembre del dos mil diecisiete, con la base de nueve millones seiscientos cuarenta mil setecientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso abreviado de Virgilio Murillo Monge contra Zelmira García Cedeño. Expediente Nº 14-000192-0182-CI.—Juzgado Tercero Civil de San José, 04 de octubre del 2017.—Licda. Angelica Delgado Madrigal, Jueza.—( IN2017179275 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, a las catorce horas y treinta y cinco minutos del trece de noviembre del dos mil diecisiete, y con la base de once millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número trescientos ochenta y un mil trescientos doce- cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno con una casa y patio. Situada: en el distrito 02 Santiago, cantón 02 San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Juan Jesús Jiménez Quirós; al sur, calle pública con un frente a ella de veintitrés metros con un centímetro; al este, Juan Jesús Jiménez Quirós, y al oeste, Carmen Chavarría Ruiz. Mide: doscientos ochenta y seis metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta y cinco minutos del veintiocho de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de ocho millones cuatrocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta y cinco minutos del catorce de diciembre del dos mil diecisiete, con la base de dos millones ochocientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de

Referencias

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Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del primero de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de setecientos cincuenta mil colones

Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de setiembre del dos mil trece, con la base de diecisiete millones setecientos mil colones

Para el Segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del veinte de octubre del dos mil diecisiete con la base de ciento sesenta y ocho millones ochocientos treinta

Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de setiembre del dos mil catorce, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil

Juzgado Notarial.- A las catorce horas y cuarenta y uno minutos del veinticinco de abril de dos mil dieciocho.- En razón de que han sido fallidos los intentos por notificarle a

Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del ocho de agosto del dos mil dieciocho, con la base de dos millones ochenta y tres mil novecientos sesenta y