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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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AÑO CXXIII La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 30 de agosto del 2017La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 1° de febrero del 2016 Nº 164 — 24 Páginas

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN HUMANA DEL PODER JUDICIAL TERCERA PUBLICACIÓN

El Consejo de la Judicatura, la Dirección de Gestión Humana del Poder Judicial y la Escuela Judicial, abren concurso para la selección de postulantes al programa de Formación Inicial para Aspirantes a la Judicatura (FIAJ):

El Temario de la prueba de conocimientos se encuentra disponible en la dirección electrónica: en la dirección http://www.

poder-judicial.go.cr/gestionhumana/index.php/mscj-temarios y para empleados judiciales: http://intranet/gestionhumana/index.

php/mscj-temarios I. Requisitos:

Generales:

✓ Incorporado e incorporada al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.

Específicos:

Además de los requisitos generales, las personas que oferten deben cumplir con los requerimientos que establece el Manual de Clasificación de Puestos y demás disposiciones vigentes del marco jurídico costarricense y contar con lo siguiente:

II. Documentos a presentar:

✓ Bachiller de secundaria.

✓ Licenciatura en Derecho.

✓ Incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas.

✓ Si no labora en el Poder Judicial, aportar la cuenta cliente del Banco de su elección.

Otros:

✓ Encontrarse al día con las obligaciones en el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.

✓ Cumplir con lo establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Carrera Judicial, el Reglamento de Carrera Judicial y demás disposiciones vigentes.

✓ Es indispensable que las personas que resulten elegibles en los concursos y que lleguen a ocupar cargos en la Judicatura, realicen los cursos definidos por la institución para cada categoría y materia que se imparten por la Escuela Judicial (entre otros Sistema de Gestión, Depósitos Judiciales) y los cursos virtuales en materia de equidad de género, accesibilidad, servicio público de calidad, sistema de gestión, hostigamiento sexual y acoso psicológico en el trabajo. Además, deberán mostrar dominio en cuanto al empleo de paquetes informáticos básicos de oficina y de uso institucional.

✓ Las personas que participen en este concurso se dan por enteradas de que la información que se suministre podrá ser utilizada para hacer uso de las herramientas físicas o tecnológicas con que se disponga, para validar y/o ampliar la información que se aporte. Lo cual se encuentra conforme al “Protocolo para el acceso, uso y consulta a la plataforma

de información policial para las autoridades”, aprobado por la Corte Suprema de Justicia el 20 de enero de 2015 y publicado en el Boletín Judicial N° 49 del 11 de marzo de 2015. A estos efectos aceptará el consentimiento informado adscrito a la oferta de servicios.

✓ Las personas oferentes que participan en el concurso de juez y jueza 1, deben asumir las funciones propias del Servicio de Facilitadores y Facilitadoras Judiciales, como parte de sus funciones regulares.

✓ La información que se obtenga de las valoraciones realizadas en las áreas de medicina, psicología y trabajo social, tanto en los concursos ordinarios como en la evaluación de los períodos de prueba cuando las personas resulten nombradas en propiedad se registrarán en el expediente de cada persona oferente y la misma podría ser del conocimiento de los órganos superiores en aquellos casos que se considere pertinente para mejor resolver. Por lo tanto, se libera del secreto profesional, salvo las disposiciones contenidas en los Códigos de Ética de los respectivos Colegios Profesionales de cada disciplina y se autoriza a los y las profesionales de la Unidad Interdisciplinaria para el traslado de la información según sea requerida por los Órganos encargados del proceso de nombramiento dentro de la judicatura.

✓ El Consejo de la Judicatura en la sesión 21-16 del 14 de junio de 2016, artículo XVIII, dispuso que las personas oferentes que resulten elegibles deberán de gestionar la firma digital por su cuenta.

III.—Procedimiento para remitir los atestados en formato electrónico.

1. Escanear documentos y crear un archivo digital el cual se requiere que sea indispensablemente en formato PDF, con un máximo tres megas.

Ingresar a la dirección electrónica: http://pjenlinea2.

poderjudicial.go.cr/ghenlinea/ y para empleados judiciales:

https://sjoaplcon03/ghenlinea2/

2. En el menú de inscripción, seleccionar la opción “buzón para agregar atestados”.

3. En “selección tipo de atestado”, seleccionar “documento”.

4. En “archivo a adjuntar”, elegir “examinar”, debe buscar el archivo digital PDF que contiene los documentos escaneados y adjuntarlos.

5. En la barra superior, presionar “subir atestados”.

6. Los documentos quedan agregados en forma automática en un buzón que será revisado por la Sección Administrativa de la Carrera Judicial.

IV. Condiciones del concurso:

✓ Relación entre las personas participantes y el Poder Judicial: La relación entre las personas participantes y el Poder Judicial es contractual, no laboral. Las personas que resulten escogidas que laboren para el Poder Judicial deberán tramitar un permiso sin goce de salario por el tiempo de duración del Programa.

✓ Beneficios que le brinda el Programa: Instrucción gratuita;

entrega de materiales sin costo alguno; acceso a bibliotecas de la institución y a aquellas pertenecientes a instituciones con las que se tenga convenio; utilización del laboratorio de cómputo y de todas las instalaciones y servicios destinados para la capacitación de las personas usuarias de la Escuela Judicial; entrega de un subsidio mensual por un monto de 500.000 colones durante los doce meses de duración del Programa.

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2. Inteligencia integradora: capacidad mental para buscar e identificar información relevante, integrarla y organizarla en un cuerpo coherente de conocimientos para identificar y programar las actividades requeridas para alcanzar un objetivo determinado.

3. Creatividad: capacidad para generar con regularidad nuevos enfoques, aportes y respuestas con soluciones innovadoras y válidas a problemas y situaciones de la labor judicial, mediante combinaciones nuevas y apropiadas de elementos con diferentes perspectivas y paradigmas.

4. Comunicación escrita: habilidad para transmitir información, ideas y criterios a través de la escritura, aplicando la terminología adecuada y adaptándola a los procedimientos del sistema judicial, de manera que sea comprensible e unívoco, así como la habilidad para comprender los mensajes escritos y los documentos técnicos elaborados por otras personas que tengan relevancia para desempeñar su labor.

5. Capacidad para dirección y toma de decisiones:

habilidad para proponer, canalizar y fomentar de forma ágil la resolución de situaciones propias de los procesos judiciales mediante un enfoque proactivo y eficiente que se adecue tanto a las exigencias presentes como a aquellas que surjan con posterioridad. Demanda un nivel de autoridad racional y objetiva en el cual se ponderen todos los aspectos pertinentes que permitan gestionar la toma de decisiones propicias según cada circunstancia.

6. Inteligencia emocional: la inteligencia emocional es el conjunto de conocimientos, capacidades y actitudes necesarias para comprender, expresar y regular de forma apropiada los fenómenos emocionales. Estas habilidades y competencias determinan la conducta de un individuo, sus reacciones y sus estados mentales, y puede definirse como la capacidad de reconocer nuestros propios sentimientos y los de las demás personas, de motivarnos y de manejar adecuadamente las relaciones.

7. Trabajo en equipo: capacidad de promover, fomentar y mantener relaciones de colaboración eficientes con miembros del ámbito judicial así como otros grupos de trabajo que resulten pertinentes con la integración de esfuerzos comunes que garanticen el óptimo desarrollo de la práctica judicial.

8. Objetividad: capacidad de emitir una resolución objetiva, basada en los elementos normativos, probatorios y demás aspectos de los procedimientos, desligándose de sus convicciones personales y valoraciones subjetivas.

9. Se recibirá recurso de revisión respecto a los resultados de las pruebas, siempre y cuando se compruebe que él o la participante seleccionó la opción correcta en el solucionario y esta se calificó como respuesta incorrecta.

✓ Entrevista: Quienes tengan posibilidad de quedar elegibles se someterán a una entrevista con dos integrantes del Consejo de la Judicatura, la cual versará sobre la organización del Poder Judicial, la actividad jurisdiccional en general y específica del área a la que se aspira, aspectos del sistema jurídico costarricense y sobre la cultura jurídica de la persona aspirante.

✓ Experiencia profesional: Se califica a partir de la fecha de Incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.

Si como profesional en Derecho, posee experiencia laboral externa al Poder Judicial, se deberá aportar en formato electrónico, lo siguiente:

❖ Abogado(a) litigante: Declaración jurada no protocolizada sobre los periodos que fungió como profesional en derecho y comprobante de Tributación Directa especificando el área en la cual cotizo, además, de cualquier otro documento que compruebe en forma idónea dicha experiencia.

❖ Empresa o institución: Constancia emitida por ésta que especifique:

Reconocimiento de dos puntos en Carrera Judicial por la aprobación del Programa FIAJ al igual que se realiza con el Programa de Formación General Básica de la Escuela Judicial.

Siempre que no tenga un posgrado universitario.

Compromisos de la persona participante:

✓ Conocer y aceptar todas las condiciones del programa y firmar el contrato de formación.

✓ Cumplir el calendario asignado: la fase teórico-práctica que inicia el 06 de agosto de 2018 y la práctica tutelada concluye el 6 de agosto de 2019.

✓ Realizar el Programa con resultados óptimos según los criterios de evaluación formulados por la Escuela Judicial y aprobados por el Consejo de la Judicatura.

✓ Aprobar cada uno de los módulos y talleres, asistir a las sesiones presenciales, a la práctica tutelada y a todas las actividades y visitas programadas.

✓ Durante la ejecución del Programa de formación, no podrá realizar actividades de abogacía y/o notariado. No podrá aceptar nombramientos interinos o en propiedad dentro o fuera del Poder Judicial.

✓ Durante los tres años siguientes a la aprobación del Programa, deberá estar disponible para laborar en el Poder Judicial en caso de ser nombrado o nombrada.

✓ El incumplimiento de los deberes asumidos por la persona participante, según el Programa y el contrato, darán lugar a la rescisión unilateral y forzosa de la relación contractual. En tal caso, deberá devolver los subsidios recibidos, con intereses al tipo legal, y deberá pagar cualquier otro gasto generado a la institución.

✓ En caso de no aprobar el Programa o de retiro injustificado, deberá pagar lo establecido en el punto anterior.

✓ Rendir una garantía a satisfacción de la institución.

✓ Suscribir una póliza de seguro estudiantil.

✓ Los demás que determine la Escuela Judicial para lograr los objetivos del programa.

V. Criterios de selección:

✓ La selección para el Programa de Formación Inicial para Aspirantes a la Judicatura, se realizará por prelación de notas y únicamente se seleccionarán a 19 personas candidatas.

✓ De conformidad con lo establecido en el artículo 30 bis del Reglamento de Carrera Judicial, serán seleccionados en el Programa, los aspirantes que obtengan una nota igual o superior al 75.

✓ Las personas que ganaron el examen y no queden seleccionadas para este programa, quedaran con el espacio reservado para la próxima promoción.

VI. De los componentes por valorar:

✓ Examen: Los y las aspirantes deben someterse a una prueba escrita de conocimientos por competencias profesionales, ante el tribunal examinador, con un valor de 50% de la nota final, y a ocho pruebas que valorarán competencias profesionales, con un valor de 50% de la nota final.

No se admitirá aspirantes que se presenten después de iniciada la prueba. Para realizar las evaluaciones se les entregará un sobre con la totalidad de las pruebas. Estas deberán ser realizadas y extraídas del sobre, una a la vez, en un tiempo determinado.

Asimismo, una vez finalizada debe ser colocada nuevamente en el sobre. El orden de las pruebas no debe ser alterado o mantener más de una, fuera del sobre. El incumplimiento de esta disposición, será motivo de anulación de la prueba.

Las siguientes son las competencias profesionales a evaluar:

1. Capacidad cognitiva: capaz de identificar un problema y evaluar las causas profundas que lo provocan; busca soluciones eficientes y realistas mediante la identificación de información relevante; formula hipótesis; evalúa las consecuencias y programa las actividades requeridas para alcanzar un objetivo determinado con el fin de generar alternativas de solución, utilizando un enfoque sistemático.

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1. El o los puestos desempeñados.

2. Requisitos y especialidad del o de los puestos profesionales.

3. La fecha de rige y vence de los períodos laborados.

4. Si durante su permanencia solicitó o no permisos sin goce de salario. En caso de que los haya disfrutado, se debe señalar el período.

5. El motivo de salida.

6. Si hubo o no pago de prestaciones y, en caso afirmativo, con cuál ley.

En concordancia con lo establecido en el artículo 38 del Reglamento de Carrera Judicial, a aquellas personas que ya cuenten con elegibilidad y que participen en un concurso de una misma categoría y materia, se les considerará la experiencia ya acreditada, sin variar la fecha establecida conforme al numeral anterior. Se podrá computar nueva experiencia únicamente si ya ha superado el plazo de dos años desde el anterior corte.

✓ Promedio académico: Para promediar este componente, debe remitir en formato electrónico la certificación de notas de la carrera universitaria.

✓ Publicaciones: La guía para la calificación de las personas participantes en la Carrera Judicial contempla, únicamente, el reconocimiento de ensayos y libros atinentes a la disciplina del Derecho, previo estudio y reconocimiento de la Unidad de Componentes Salariales del Departamento de Gestión Humana del Poder Judicial.

✓ Docencia: Únicamente se reconocerá la docencia universitaria.

La persona interesada debe remitir en formato electrónico, la constancia con membrete emitida por la universidad donde fue docente, en la cual especifique el nombre del curso, el cuatrimestre o semestre, según el caso, y el año cuando la impartió.

✓ Postgrado: Se reconocerán dos puntos por la especialidad, por la aprobación del Programa de Formación General básica para Jueces y Juezas o especialidad universitaria; tres puntos por la maestría y cinco puntos por el doctorado. El tope máximo en este rubro es de cinco puntos y no es acumulativo, el o los títulos deberán remitirse en formato electrónico.

✓ Capacitación recibida: Se reconocerán los certificados de capacitación en la Carrera Judicial, que provengan de la Escuela Judicial o cualquier órgano auxiliar de capacitación autorizado o supervisado por ésta, además, los centros de educación superior público o privado reconocido y avalado por el Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada y los que procedan de un centro encargado de la formación profesional dentro de un Colegio Profesional. Así como, los del ámbito internacional, los certificados deben respaldarse por un organismo al que pertenezca Costa Rica o por un centro de enseñanza superior autorizado en el país de origen y cualquier otro certificado emitido por una institución del Estado siempre y cuando sea atinente a la Judicatura.

✓ Evaluaciones médicas, de trabajo social y psicológicas: A quienes tengan posibilidad de quedar elegibles, se les realizarán evaluaciones médicas, de trabajo social y psicológicas, cuyos resultados serán parte integral del proceso de selección. La información derivada de su participación en este concurso será utilizada por los órganos decisorios.

✓ Promedio final de elegibilidad:

Para las personas candidatas seleccionadas en el Programa de Formación Inicial para Aspirantes a la Judicatura (FIAJ):

Para ser consideradas elegibles, las personas deberán aprobar el FIAJ. En este caso, el resultado obtenido en este Programa se ponderará con la nota de la prueba de aptitud y conocimientos más los componentes correspondientes a la entrevista, promedio académico, experiencia, publicaciones, docencia, posgrado y cursos de capacitación.

✓ Conclusión del concurso: El concurso se dará por finalizado conforme lo disponga el Consejo de la Judicatura.

VII. De la sanción, solicitudes de exclusión y reprogramaciones.

De la sanción: En concordancia con lo establecido en el artículo 75 de la Ley del Sistema de Carrera Judicial, todas aquellas personas oferentes que se inscriban en este concurso y no se

presenten a realizar el examen o se presenten después de iniciada la prueba, o se le anule el examen, serán descalificadas una vez que se de por concluido el concurso, por lo que no podrán participar en el siguiente. Esta disposición aplica para aquellas personas participantes que no aprueben el FIAJ o que no superen el 70 en su promedio final. Asimismo, la persona que no apruebe el FIAJ, sea expulsado o abandone el curso por razones injustificadas, no podrá volver a cursarlo en las tres promociones posteriores a aquella en que sucedió el incumplimiento.

✓ Exclusión: No se aceptarán solicitudes de exclusión del concurso, excepto en casos muy calificados. El Consejo de la Judicatura valorará los motivos de fuerza mayor siempre y cuando estén debidamente justificados.

✓ Reprogramación: Proceden en casos calificados debidamente justificados, cuya valoración le corresponderá al Tribunal Examinador, para lo cual debe remitir en formato electrónico(escaneado) la solicitud y comprobantes que acrediten su gestión en los cinco días hábiles posteriores a la fecha del examen.

No se aceptarán solicitudes de reprogramación por asuntos de trabajo, salvo en casos emergentes que serán valorados por el Tribunal Examinador.

VIII. De las notificaciones. La Sección Administrativa de la Carrera Judicial y la Escuela Judicial utilizarán el correo electrónico para todos los efectos como único medio de notificación. Para ello, deberá indicar correctamente este medio, mantenerlo habilitado y en óptimas condiciones las veinticuatro horas, ya que, una vez comprobada la entrega electrónica, se dará por notificado el asunto, de lo contrario, se exime de toda responsabilidad a esta Sección y a la Escuela Judicial, por lo que se tendrá por realizada la notificación, veinticuatro horas después de dictada la resolución. Cualquier cambio que realice concerniente al medio electrónico señalado, debe ser comunicado oportunamente a esta oficina al correo electrónicocarrera-jud@poder-judicial.go.cr

Consultas: Escuela Judicial: a los teléfonos 2267-1535 / 2267-1527 o a los correos electrónicos escuelajudicialFIAJ@

poder-judicial.go.cr; abarbozae@poder-judicial.go.cr Sección Administrativa de la Carrera Judicial, ubicada en el cuarto piso del edificio del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), horario de atención de 7:30 a.m. a 12 md. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m., de lunes a viernes o a los teléfonos 2295-3781 / 2295-3918 o al correo electrónico carrera-jud@poder-judicial.go.cr.

Este concurso vence el 01 de setiembre del 2017.

Para trámite personal hasta las 4:30 p. m. y para la inscripción por medios electrónicos, se habilita las 24 horas de la fecha indicada.

Roxana Marlene Arrieta Meléndez.—( IN2017 ).

SALA CONSTITUCIONAL ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA HACE SABER:

TERCERA PUBLICACIÓN

Para los efectos de los artículos 88 párrafo segundo y 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la acción de inconstitucionalidad que se tramita con el número 16-008899-0007-CO promovida por Emilia Molina Cruz contra la decisión del Presidente de la Asamblea Legislativa registrada en el acta de la sesión plenaria ordinaria N° 35 referida del 28 de junio de 2016. Mediante esta decisión se designó a una diputada miembro del Partido Liberación Nacional para sustituir a una legisladora perteneciente al Movimiento Libertario, en la Comisión Permanente Especial de la Mujer, se ha dictado el voto N° 2017-011407 de las diez horas y dieciocho minutos de diecinueve de julio de dos mil diecisiete, que literalmente dice:

“Se declara con lugar acción y en consecuencia se anula el Acto del Presidente de la Asamblea Legislativa, recogido en el Acta de Sesión ordinaria número 35 de 28 junio de 2016 del Plenario Legislativo, mediante el cual se informó y aprobó lo referente a la reposición por renuncia de una legisladora integrante de la Comisión Permanente Especial de la Mujer así como la permuta acordada entre los Partidos Liberación Nacional y Movimiento Libertario para ocupar dicho puesto.

De conformidad con el artículo 91 de la Ley de la Jurisdicción

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Constitucional, se dimensionan los efectos de esta declaratoria de inconstitucionalidad para que sus efectos no afecten la validez de los acuerdos tomados por dicha comisión.

Publíquese la sentencia íntegramente en el Boletín Judicial y reséñese en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese. La Magistrada Hernández López salva el voto y rechaza de plano la acción por falta de legitimación.”

Se hace saber que la anulación, inconstitucionalidad o eliminación indicada, rige a partir del momento que se indica en la parte dispositiva del voto.

San José, 21 de agosto del 2017.

Gerardo Madriz Piedra, Secretario Exonerado.—( IN2017162388 ).

SEGUNDA PUBLICACIÓN

Para los efectos del artículo 90 párrafo primero de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el número 13-004102-0007-CO promovida por, José Eduardo Cordero Gamboa, Marco Antonio Cordero Gamboa, Rigoberto García Córdoba contra el Primer Párrafo del Artículo 29 del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social, y el Artículo XI de la sesión número 8590 de la junta directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social celebrada el 12 de julio del 2012, se ha dictado el voto número 2017-013335 de las once horas y un minuto de veintitrés de agosto de dos mil diecisiete, que literalmente dice:

«Se declara sin lugar la acción».

San José, 23 de agosto del 2017.

Gerardo Madriz Piedra Secretario 1 vez.—Exonerado.—( IN2017162759 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y treinta minutos del diecinueve de setiembre de dos mil diecisiete y con la base de un millón seiscientos doce mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:

Vehículo: Placas N° Mot-405930, Marca Suzuki, estilo GS150R, categoría motocicleta, capacidad 2 personas, año 2014, color blanco, vin MB8NG49E2E8100447, cilindrada 150 cc, combustible gasolina, motor Nº G423181085. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del cuatro de octubre de dos mil diecisiete, con la base de un millón doscientos nueve mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de octubre de dos mil diecisiete con la base de cuatrocientos tres mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:

Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.

Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de E Credit Soluciones S. A contra José Miguel Vega Quirós. Exp. N°

17-001789-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 14 de marzo del 2017.—

Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2017162833 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del dieciocho de octubre del año dos mil diecisiete y con la base de doscientos cuarenta y nueve mil veinte dólares con nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00075525-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03 La Asunción, cantón 07 Belén, de la provincia de Heredia. Colinda: al noreste, casa 33 Residencial Doña Claudia en medio de servidumbre; al noroeste, calle pública; al sureste, Cariari Contry Club S. A., Campo de Golf y al suroeste, lote 31, Residencial Doña Claudia. Mide: setecientos

trece metros con cincuenta decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de ciento ochenta y seis mil setecientos sesenta y cinco dólares con siete centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la Tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete con la base de sesenta y dos mil doscientos cincuenta y cinco dólares con dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Anmecar S. A. Exp.: 15-001814-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 14 de agosto del 2017.—M.Sc. Jennifer Ocampo Cerna, Jueza.—( IN2017162835 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del diez de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de veinticinco millones trescientos sesenta y seis colones con tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 68070-001-003 cero cero uno, cero cero tres la cual es terreno con una casa de habitación y apartamento. Situada en el distrito Concepción, cantón La Unión, de la provincia de Cartago.

Colinda: al norte, calle pública con 8.99 metros de frente; al sur, Miguel Díaz Hernández; al este, Ramiro Díaz Alvarado y al oeste, Ana Lía Díaz Alvarado. Mide: cuatrocientos treinta y dos metros con veintinueve decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del treinta de octubre de dos mil diecisiete, con la base de dieciocho millones setecientos cincuenta mil doscientos setenta y cuatro colones con cincuenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del catorce de noviembre de dos mil diecisiete con la base de seis millones doscientos cincuenta mil noventa y un colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ibirme S. A., contra Leidy Diana Díaz Ballestero. Exp.: 17-010853-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de agosto del 2017.—Licda. Joyce Magaly Ugalde Huezo, Jueza.—( IN2017162841 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del veintidós de setiembre del año dos mil diecisiete, y con la base de doce millones ciento noventa y cuatro mil cuatrocientos sesenta y seis colones con ochenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta y cinco mil treinta y tres cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, José Luis Mora Mora; al sur, Bienes Raíces Caracoli Sociedad Anónima;

al este, Quebrada Bonita y al oeste, Quebrada Bonita. Mide: mil cincuenta y nueve metros con seis decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de octubre del año dos mil diecisiete, con la base de nueve millones ciento cuarenta y cinco mil ochocientos cincuenta colones con dieciséis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de octubre del año dos mil diecisiete con la base de tres millones cuarenta y ocho mil seiscientos dieciséis colones con setenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).

Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Coopealianza contra Esteisy María Hernández Mora,

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Marino Evangelista Hernández Ureña. Exp.: 17-002168-1200-CJ.—

Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón (Materia Cobro), 17 de julio del 2017.—Msc. Johana Arce Hidalgo, Jueza.—( IN2017162849 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del veinte de setiembre del dos mil diecisiete y con la base de catorce millones quinientos noventa y siete mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número seiscientos cuatro mil ciento treinta cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno de solar y para construir. Situada en el distrito 01 San Ignacio, cantón 12 Acosta, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Alexander Gerardo Fallas Arias y Juan Bautista Fallas Hidalgo; al este, Temporalidades de La Arquidiócesis de San José y Alexander Gerardo Fallas Arias y Juan Bautista Fallas Hidalgo y al oeste, Alexander Gerardo Fallas Arias y Juan Bautista Fallas Hidalgo.

Mide: Trescientos quince metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cinco de octubre del dos mil diecisiete, con la base de diez millones novecientos cuarenta y siete mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintitrés de octubre del dos mil diecisiete con la base de tres millones seiscientos cuarenta y nueve mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:

Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.

L contra Carlos Ricardo Cárdenas Román. Exp. N° 17-001678-1200- CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 12 de julio del 2017.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—( IN2017162850 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando medianería citas 0320-00013231-01- 0920-001, serv. y condic. ref. 2743 061 001, citas 0320-0013231- 01- 921-001; a las catorce horas y treinta minutos del diecisiete de octubre de dos mil diecisiete, y con la base de cuarenta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 276830 derechos 001 y 002, la cual es terreno p/construir c/1 casa 172. Situada en el distrito 10 Hatillo, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda:

al norte, Invu; al sur, alameda N9 7m 88 cm fte; al este, Invu, y al oeste, acera c/fte 16 m 95 cm. Mide: Ciento cuarenta y dos metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del uno de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de treinta mil dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil diecisiete con la base de diez mil dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de María De Los Ángeles Bravo Bravo contra Elisa María Fonseca Calderón. Exp. N° 14- 002764-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 16 de agosto del 2017.—

Lic. Greivin Gerardo Fallas Abarca, Juez.—( IN2017162854 ).

En la puerta exterior de este Despacho, al ser a las trece horas veinte minutos del catorce de noviembre del dos mil diecisiete, al mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y cuatro mil ochocientos treinta y siete cero cero cero, con la base de noventa y ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas 0297-00012013-01-0933-002, las citas 0341-00009020-01-0900- 001, y las citas 0341-00009020-01-0901-001; la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Agropecuaria Icaro del Pacífico S. A.; al sur, calle pública con frente de 12.20

metros; al este, Sandra Núñez Sequeira y al oeste, Agropecuaria Icaro del Pacífico S. A. Mide: quinientos sesenta y cuatro metros con noventa y siete decímetros cuadrados. Para un segundo remate, será la base de setenta y tres millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, con la base de veinticuatro millones quinientos mil colones exactos (un 25% de la base original). Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y cuatro mil quinientos ochenta y tres cero cero cero, con la base de doce millones de colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, la cual es terreno para agricultura. Situada en el distrito 04 Lepanto, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Idania González Chacón; al sur, Fernando Ajú Rojas; al este, calle pública y al oeste, Idania González Chacón. Mide: diez mil ciento nueve metros con cero decímetros cuadrados. Para un segundo remate, será la base de nueve millones de colones exactos (rebajada en un 25%). De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, con la base de tres millones de colones exactos (un 25% de la base original). Para el segundo remate se señalan las trece horas veinte minutos del veintinueve de noviembre del dos mil diecisiete y, para la tercera subasta se señalan las trece horas veinte minutos del quince de diciembre del dos mil diecisiete. Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Caja de Préstamos y Descuentos de los Empleados del Poder Judicial contra Claudio José Morera Salas, Idania González Chacón. Exp.:

17-009116-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de agosto del 2017.—

Lic. Edgar Echegaray Rodríguez, Juez.—( IN2017162870 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión bajo expediente 15-600166- 0403-TR del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Abangares; a las siete horas y treinta minutos del diecisiete de octubre del año dos mil diecisiete, y con la base de veintitrés mil seiscientos sesenta y siete dólares con cuarenta centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa CL 282397, marca: Toyota, estilo: Hilux, categoría: carga liviana, capacidad: 5 personas, serie:

MR0FR22G4F0781590, carrocería: camioneta pick-up caja abierta o cam-pu, tracción: 4x4, número chasis: MR0FR22G4F0781590, año fabricación: 2015, color: blanco, vin: MR0FR22G4F0781590, N°

motor: 2KDS375598, cilindrada: 2500 c.c. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del uno de noviembre del año dos mil diecisiete, con la base de diecisiete mil setecientos cincuenta dólares con cincuenta y cinco centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del dieciséis de noviembre del año dos mil diecisiete con la base de cinco mil novecientos dieciséis dólares con ochenta y cinco centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:

Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.

Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Saúl Gerardo Cárdenas Dijeres, Wimax.Cr.Com S.A. Exp. N° 17-000745-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia (Materia Cobro), 23 de agosto del 2017.—

Licda. Jenny Corrales Torres, Jueza.—( IN2017162894 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas 364- 18036-01-0900-001 (que pesan sobre todos los inmuebles), en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Nacional, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula 142572-000, que se describe así:

naturaleza: terreno para construir, situada en el distrito 01 Nicoya cantón 02 Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, con Atilano López Marchena; sur, con calle pública con un frente de ocho metros, este, con otra finca de, Luis Alfonso Salazar Rojas, oeste, con otra finca de Luis Alfonso Salazar Rojas. Mide:

doscientos sesenta y un metros con treinta y cinco decímetros cuadrados. Plano: G-0861761-2003. Con las siguientes bases para remate: Primer remate: seis millones cuatrocientos tres mil setenta

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y cinco colones. Segundo remate: cuatro millones ochocientos dos mil trescientos seis colones con veinticinco céntimos (rebajada en un 25%). Tercer remate: un millón seiscientos mil setecientos sesenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (un 25% de la base original). 2) Finca inscrita en el Registro Nacional, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula 142573-000, que se describe así: naturaleza: terreno para construir, situada en el distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Atilano López Marchena, sur, con calle pública con un frente de ocho metros, este, con otra finca de Luis Alfonso Salazar Rojas; oeste, con otra finca de Luis Alfonso Salazar Rojas. Mide: doscientos setenta y dos metros con ochenta y cinco decímetros cuadrados. Plano: G-0861763-2003.

Con las siguientes bases para remate: Primer remate: seis millones seiscientos ochenta y cuatro mil ochocientos veinticinco colones.

Segundo remate: cinco millones trece mil seiscientos dieciocho colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un 25%). Tercer remate: un millón seiscientos setenta y un mil doscientos seis colones con veinticinco céntimos (un 25% de la base original).

3) Finca inscrita en el Registro Nacional, partido de Guanacaste, Sección de propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula 142574-000, que se describe así: naturaleza: terreno para construir, situada en el distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Atilano López Marchena, sur, con calle pública con un frente de ocho metros; este, con otra finca de Luis Alfonso Salazar Rojas, oeste, con otra finca de Luis Alfonso Salazar Rojas. Mide: doscientos ochenta y cuatro metros con cuarenta decímetros cuadrados. Plano: G-0861765-2003. Con las siguientes bases para remate: Primer remate: seis millones novecientos sesenta y siete mil ochocientos colones. Segundo remate: cinco millones doscientos veinticinco mil ochocientos cincuenta colones (rebajada en un 25%). Tercer remate: un millón setecientos cuarenta y un mil novecientos cincuenta colones (un 25% de la base original). 4) Finca inscrita en el Registro Nacional, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula 142575-000, que se describe así: naturaleza:

terreno para construir, situada en el distrito 01 Nicoya cantón 02 Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Atilano López Marchena; sur, con calle pública con un frente de ocho metros, este con otra finca de Luis Alfonso Salazar Rojas, oeste, con otra finca de, Luis Alfonso Salazar Rojas. Mide: doscientos noventa y cinco metros con noventa y cinco decímetros cuadrados.

Plano: G-0861767-2003, con las siguientes bases para remate:

Primer remate: siete millones doscientos cuarenta y nueve mil cientos setenta y cinco colones. Segundo remate: cinco millones cuatrocientos treinta y seis mil ochocientos ochenta y un colones con veinticinco céntimos (rebajada en un 25%). Tercer remate: un millón ochocientos doce mil doscientos noventa y tres colones con setenta y cinco céntimos (un 25% de la base original). 5) Finca inscrita en el Registro Nacional, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula 142576- 000, que se describe así: naturaleza: terreno para construir, situada en el distrito 01 Nicoya, cantón 02 Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Atilano López Marchena; sur, con calle pública con un frente de ocho metros; este con otra finca de Luis Alfonso Salazar Rojas; oeste, con otra finca de Luis Alfonso Salazar Rojas. Mide: trescientos siete metros con treinta decímetros cuadrados, Plano: G-0861769-2003. Con las siguientes bases para remate: Primer remate: siete millones quinientos veintiocho mil ochocientos cincuenta colones. Segundo remate:

cinco millones seiscientos cuarenta y seis mil seiscientos treinta y siete colones con cincuenta céntimos (rebajada en un 25%). Tercer remate: un millón ochocientos ochenta y dos mil doscientos doce colones con cincuenta céntimos (un 25% de la base original).

6) Finca inscrita en el registro nacional, partido de Guanacaste, sección de propiedad, bajo el sistema de Folio Real matrícula 142577-000, que se describe así: naturaleza: terreno para construir, situada en el distrito 01 Nicoya cantón 02 Nicoya de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Atilano López Marchena; sur, con calle pública con un frente de catorce metros con cincuenta centímetros y otra Finca de Luis Alfonso Rojas Salazar; este, con otra finca de Luis Alfonso Salazar Rojas; oeste: con otra finca de Luis Alfonso Salazar Rojas. Mide: cuatrocientos catorce metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Plano: G-0859864- 2003. Con las siguientes bases para remate: Primer remate: diez millones cientos sesenta y seis mil doscientos setenta y cinco colones. Segundo remate: siete millones seiscientos veinticuatro mil setecientos seis colones con veinticinco céntimos (rebajada en

un 25%). tercer remate: dos millones quinientos cuarenta y un mil quinientos sesenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos (un 25% de la base original). Señalamientos: Para tal efecto se señalan las catorce horas y quince minutos del veintiséis de octubre de dos mil diecisiete. De no haber postores, para llevar a cabo el Segundo remate, se señalan las catorce horas y quince minutos del diez de noviembre de dos mil diecisiete. De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas y quince minutos del veintisiete de noviembre de dos mil diecisiete. Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Rosalía Vargas Pacheco. Exp.: 12-000154-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, Santa Cruz (Materia Cobro), 24 de agosto del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2017162895 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de setiembre de dos mil diecisiete, y con la base de cinco millones seiscientos sesenta y un mil cuatrocientos setenta y cuatro colones con ochenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:

Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 139286- 000 la cual es terreno naturaleza: Terreno para construir, situada en el distrito 01 Hojancha cantón 11 Hojancha de la provincia de Guanacaste, finca ubicada en zona catastrada, linderos: Norte: Calle publica; sur, Franklin González Vásquez; este, William González Salazar, oeste, Giselle González Salazar. Mide: Dos mil novecientos cuarenta y siete metros con catorce decímetros cuadrados. Plano:

G-0926345-2004. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del tres de octubre de dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones doscientos cuarenta y seis mil ciento seis colones con quince céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veinte de octubre de dos mil diecisiete con la base de un millón cuatrocientos quince mil trescientos sesenta y ocho colones con setenta y dos céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).

Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza de Pérez Zeledón contra Edwin Francisco Salazar Mejía y William Antonio de Jesús González Salazar. Exp. N° 16-001565-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 03 de agosto del 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2017162908 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas 387-17656-01-0803-001, condiciones bajo las citas 387-17656-01- 0973-002, Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos bajo las citas 478-17385-01-0317-001; a las ocho horas y cero minutos del nueve de octubre del año dos mil diecisiete, y con la base de siete millones seiscientos mil seiscientos ochenta y cuatro colones con treinta y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 356.317-000, la cual es terreno asentamiento campesino llano azul -lote 35- granja familiar. Situada en el distrito 01, Upala cantón 13, Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 34-A; sur, calle pública; este, lote 36; oeste, calle pública.

Mide: mil cuatrocientos noventa y cinco metros con setenta y siete decímetros cuadrados. Plano: A-0393722-1997. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del veinticinco de octubre del año dos mil diecisiete, con la base de cinco millones setecientos mil quinientos trece colones con veinticuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del nueve de noviembre del año dos mil diecisiete con la base de un millón novecientos mil ciento setenta y un colones con ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza

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de Pérez Zeledón Responsabilidad Limitada contra Heracio de La Trinidad Obando Suárez. Exp. N° 16-001624-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 4 de agosto del 2017.—Licda. Ana Córdoba Artavia, Jueza.—( IN2017162909 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo citas:

304-11214-01-0901-001, servidumbre trasladada bajo citas: 307- 01067-01-0920-001, servidumbre trasladada bajo citas: 307-01067- 01-0921-001, servidumbre trasladada bajo citas: 307-01067-01- 0922-001, servidumbre trasladada bajo citas: 307-01067-01-0923- 001, servidumbre trasladada bajo citas: 307-01067-01-0924-001, reservas Ley Forestal bajo citas: 432-17179-01-0004-001, reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos bajo citas: 432-17179- 01-0005-001, servidumbre de acueducto y de paso de a y a citas:

575-38270-01-0004-001; a las once horas y cuarenta minutos del ocho de noviembre de dos mil diecisiete, y con la base de doscientos diez mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:

finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 93244-F- cero cero cero la cual es terreno finca filial primaria individualizada setenta y cuatro apta para construir que se destinará a uso residencial la cual podrá tener una altura máxima de cuatro pisos. Situada en el distrito 03 Santiago, cantón 05 San Rafael, de la provincia de Heredia.

Colinda: al norte, área común; al sur, filial ochenta y cinco; al este, filial setenta y cinco, y al oeste, área común del condominio principal.

Mide: ciento setenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cuarenta minutos del veintitrés de noviembre de dos mil diecisiete, con la base de ciento cincuenta y siete mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cuarenta minutos del doce de diciembre de dos mil diecisiete con la base de cincuenta y dos mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Páramo de Desamparados S.A. contra Dental Solutions del Este S.A. Exp. N° 17-006908-1170- CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 09 de agosto del 2017.—Licda. María Del Carmen Vargas González, Jueza.—( IN2017162919 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios a las nueve horas y cero minutos del diez de octubre del dos mil diecisiete y con la base de doscientos cinco mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 362259-000 la cual es terreno para construir lote N° 2 con casa de habitación. Situada: en el distrito 01 San Vicente, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José.

Colinda: al noreste; calle con frente 9-22 centímetros; al sureste;

Inmobiliaria Díaz S. A.; al noroeste; lote 3 de Ulises Zúñiga B y al suroeste; Enrique Romero Alonso. Mide: doscientos cincuenta y ocho metros con cuarenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiséis de octubre del dos mil diecisiete, con la base de ciento cincuenta y tres mil setecientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del diez de noviembre del dos mil diecisiete con la base de cincuenta y un mil doscientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Moravia contra Alejandro José Azofeifa Sánchez. Expediente N°

15-035050-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 09 de agosto del 2017.—Licda. Gabriela Campos Ruiz, Jueza.—( IN2017162944 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; para llevar a cabo el segundo remate del vehículo que se dirá, se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de octubre del dos mil diecisiete y con la base de un millón novecientos

ochenta y siete mil quinientos colones exactos, concretamente en el mejor postor se rematará lo siguiente: Vehículo placas 860923, marca Hyundai, estilo Accent, categoría automóvil, capacidad cinco personas, año 2002, sedan dos puertas hatchback, color dorado, tracción 4x2, motor de 1500 c.c. gasolina. Para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de noviembre del año dos mil diecisiete con la base de seiscientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se aclara que no se señala fecha para la primera subasta, al haberse realizado ya la misma, sin haber postores. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Autos Grecia Sociedad de Responsabilidad Limitada contra María Gabriela Rodríguez Sequeira. Exp. N° 14-001249-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 01 de agosto del 2017.—Licda.

María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2017162956 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veinticuatro de octubre del dos mil diecisiete, y con la base de siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placa: MRM091, marca: Toyota, estilo:

RAV 4, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería:

todo terreno 4 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2003, color: azul. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del ocho de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de cinco millones doscientos cincuenta mil colones exactos, y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de un millón setecientos cincuenta mil colones exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Autos Grecia S.R.L. contra Marta Eugenia Angulo Madrigal. Expediente N° 15-002751-1204- CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 14 de julio del 2017.—Licda.

Patricia Cedeño Leitón, Jueza.—( IN2017162959 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las ocho horas y cero minutos del seis de noviembre del dos mil diecisiete y con la base de dieciséis mil cuatrocientos ochenta y ocho dólares con diecisiete centavos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo placas Nº 709693, marca Mitsubishi, estilo Montero GLX TDI, categoría automóvil, capacidad 7 personas, año 2008, color plateado, vin JMYLRV96W8J000787, cilindrada 2835 cc, combustible diesel, motor Nº 4M40HH8484. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de doce mil trescientos sesenta y seis dólares con trece centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del seis de diciembre del dos mil diecisiete, con la base de cuatro mil ciento veintidós dólares con cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A. contra Diego Armando Gutiérrez Gutiérrez.

Expediente Nº 17-001292-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 11 de julio del 2017.—Lic.

Douglas Quesada Zamora, Juez.—( IN2017162962 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las diez horas del treinta de octubre del año dos mil diecisiete y con la base de veinticuatro mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N°

5472-F-000, la cual es terreno habitación familiar N° 18. Situada en el distrito 07 Uruca, cantón 01 San José, de la provincia de San José.

Colinda: al norte, área común de calle; al sur, Condominio Santander S.

A.; al este, casa N° 17 y al oeste, casa N 19. Mide: Ciento veinte metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas del catorce de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de dieciocho mil dólares exactos y para la tercera subasta se señalan las diez horas del veintinueve de noviembre del dos mil diecisiete con la base de seis mil dólares exactos. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Promérica de Costa Rica S. A. contra

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Grupo Tyros AKS S. A. y Katherina Ávila Valverde Exp. N° 17-000497- 1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 07 de agosto del 2017.—Licda. Hazel Murillo Parajón, Jueza.—( IN2017162963 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de setiembre de dos mil diecisiete, y con la base de dieciséis mil cuatrocientos cincuenta y ocho dólares con cincuenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo CL 360919, marca: Toyota, estilo: Hilux SRV, categoría: carga liviana, capacidad 5 personas, año: 2017, tracción: 4X4. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del once de octubre de dos mil diecisiete, con la base de doce mil trescientos cuarenta y tres dólares con noventa y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta de octubre de dos mil diecisiete con la base de cuatro mil ciento catorce dólares con sesenta y cuatro centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera CAFSA S.A. contra Michel Mondragón Mora. Exp. N° 17-003284-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 07 de agosto del 2017.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2017162965 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del diecisiete de octubre del dos mil diecisiete y con la base de diecinueve mil setecientos noventa y un dólares con setenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número BDY789, marca Chevrolet, estilo Sonic LT., categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2013, color blanco, vin 3G1J85CC6DS572634, cilindrada 1600 cc., combustible Gasolina, motor Nº LDE123345588. Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y cero minutos del uno de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de catorce mil ochocientos cuarenta y tres dólares con setenta y nueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las catorce horas y cero minutos del dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete con la base de cuatro mil novecientos cuarenta y siete dólares con noventa y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:

Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.

Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Gestionadora de Crédito SJ S. A contra Franco Michel Camareno Hernández. Expediente N° 14-007884-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 22 de agosto del 2017.—

Lic. Diego Ángulo Hernández, Juez.—( IN2017162968 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del dieciocho de octubre del año dos mil diecisiete, y con la base de cuarenta y cinco millones cuatrocientos ochenta y seis mil cuatrocientos noventa y dos colones con cuarenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 199470-000 cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 05 Cartago, cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Municipalidad de Cartago; al sur, Fernando Ramírez Bonilla y Fernando Masís Brenes; al este, calle pública con 16.92 metros de frente, y al oeste, Inmobiliaria La Cruz S.A. Mide: quinientos setenta y seis metros con sesenta y nueve decímetros cuadrados.

Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del dos de noviembre del año dos mil diecisiete, con la base de treinta y cuatro millones ciento catorce mil ochocientos sesenta y nueve colones con treinta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del diecisiete de noviembre del año dos mil diecisiete con la base de once millones trescientos setenta y un mil seiscientos veintitrés colones con once céntimos (un veinticinco

por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alicia Bolívar Hidalgo. Exp. N° 13-009954-1012-CJ.—

Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 24 de agosto del 2017.—Licda. María Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza.—( IN2017162976 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada bajo las citas 0334-00017015-01-0901-001, servidumbre de paja de agua bajo las citas 0467-00019204-01-0004-001, demanda ordinaria bajo las citas 0800-00243409-01-0001-001, demanda ordinaria bajo las citas 0800-00243411-01-0001-001; a las nueve horas y cero minutos del veintitrés de octubre del dos mil diecisiete y con la base de treinta y cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N°

172846-001 y 002 la cual es terreno de potrero hoy con una casa de habitación construida, finca se encuentra en zona catastrada. Situada en el distrito Concepción, cantón San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 20 metros 39 centímetros de frente; al sur, Multiinka de Costa Rica S. A.; al este, Julio López Peña y al oeste, Ministerio Manantial Abierto de Costa Rica y Kenia María Barrantes Quirós. Mide: Mil ciento setenta metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de veinticinco millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de noviembre del dos mil diecisiete con la base de ocho millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Cesar Antonio Carvajal Naranjo, Manuela Guillén Salazar. Exp. N° 17-005352-1765-CJ. Notifíquese.—

Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 27 de junio del 2017.—Lic. Iván Tiffer Vargas, Juez.—( IN2017162977 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando hipoteca de primer grado citas 2013- 268240-01-0003-001; servidumbre traslada citas 269-01568-01- 0901-001; a las once horas y cero minutos del nueve de octubre de dos mil diecisiete y con la base de un millón de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 1-174903-000 cero cero cero la cual es terreno con casa. Situada en el distrito Mercedes Sur, cantón Puriscal, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Carlos Hidalgo Morales; al sur, Ricardo Hidalgo Flores; al este, calle pública a Mercedes y al oeste, Carlos Hidalgo Morales. Mide:

Doscientos veintidós metros con dieciocho decímetros cuadrados.

Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiséis de octubre de dos mil diecisiete, con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del trece de noviembre de dos mil diecisiete con la base de doscientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.

La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Miguel Vinicio Díaz Campos contra Asdrúbal Vega Vega. Exp. N°17-010478-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Joyce Magaly Ugalde Huezo, Jueza.—( IN2017162993 ).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando prohib y condic Ref.: 02615 89 001 citas 0309-00013781-01-0901-032 y reservas y restricciones citas 0309-00013781-01-0902-007; a las nueve horas y cero minutos del veinte de octubre del año dos mil diecisiete, y con la base de doce mil dólares exactos, en el mejor postor remataré

Referencias

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En escritura número veinticinco-tomo tres, otorgada ante esta Notaría en San José, a las ocho horas con treinta minutos, del día primero de setiembre del año dos mil diez,

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Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del primero de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de setecientos cincuenta mil colones

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Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de setiembre del dos mil catorce, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil

Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del ocho de agosto del dos mil dieciocho, con la base de dos millones ochenta y tres mil novecientos sesenta y

Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de abril de dos mil dieciocho, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos