La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 29 de setiembre del 2014 Nº 186 — 32 Páginas AÑO CXX
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SECRETARÍA GENERAL CIRCULAR N° 153-2014
ASUNTO: Lista de abogadas y abogados suspendidos en el ejercicio de su profesión, actualizada al 28 de julio de 2014.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS SE LES HACE SABER QUE:
En cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones Nº 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico del citado Colegio Profesional.
LISTA DE ABOGADAS Y ABOGADOS SUSPENDIDOS EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN ACTUALIZADA
AL 28 DE JULIO DE 2014
NOMBRE DEL ABOGADO Nº
CARNÉ TIEMPO RIGE DEL HASTA
EL GACETA
Alvarado Cervantes Olman 4436 ***** 12/05/2011 ***** 91 del
12/05/2011 Alvarado Cervantes Olman 4436 2 años, tres meses
y 20 días 27/12/2013 15/04/2016 250 del 27/12/2013 Badilla Toruño Minor 8362 1 Año 06/02/2014 05/02/2015 247 del
21/12/2012 Barillas Jiménez Juan Alexis 11541 1 Año y 4 meses 04/09/2013 03/01/2015 169 del
04/09/2013 Cambronero Oviedo Marco 3912 3 meses 15/05/2014 14/08/2014 092 del
15/05/2014 Chacón Araya Guiselle 10087 3 años 04/03/2014 03/03/2017 44 del
04/03/2014 Cubillo Pacheco Luis Antonio 12673 2 años y 18 dias 22/08/2012 09/09/2014 161 del
22/08/2012 De León Quesada Lilliam
Vanessa 17669 ** 16/10/2013 ** 107 del
05/06/2014 Díaz Díaz Yosef Yamín c.c
Cohen Díaz Yosef Yamín 15276 6 años 15/05/2014 14/05/2020 092 del 15/05/2014 Di Bella Hidalgo Herbert 5869 12 Años 23/03/2007 22/03/2019 59 del 23-03-07 Echegaray Castellanos Edgar 2775 3 años y 6 meses 13/01/2012 12/06/2015 10 del
13/01/2012 Rojas Fallas Luis Alexánder 16985 8 años y 7 meses 11/03/2014 10/10/2022 49 del
11/03/2014 Fernández Vargas Bernardo Fidel 16131 3 años 13/10/2011 12/10/2014 197 13/10/2011 González Salas Gerardo Ant. 5454 28 años 20/06/2007 19/06/2035 118 del 20-6-07
Guerrero Jara Luis Gerardo 2316 * 27/12/2013 * 250 del
27/12/2013 Guevara Duarte Ricardo Alberto 11155 5 meses 24/08/2014 23/01/2015 048 del
08/03/2012 Guevara Duarte Ricardo Alberto 11155 2 meses 24/06/2014 23/08/2014 10 del
13/01/2012 Hernández Quirós Francisco
Javier 6526 5 meses 06/04/2014 05/09/2014 082 del
30/04/2013 Hernández Quirós Francisco
Javier 6526 4 meses 07/09/2014 06/01/2015 115 del
17/06/2013 Hernández Quirós Francisco
Javier 6526 7 meses 06/01/2015 05/08/2015 44 del
04/03/2014
Jara Guzmán Francisco Antonio 14599 * 11/03/2014 * 49 del
11/03/2014 Jiménez Castrillo José Luis 16220 3 años 27/12/2013 26/12/2016 250 del
27/12/2013
Jiménez Rodriguez Victorino 8040 * 06/07/2010 * 130 del
06/07/2010 López Elizondo Steve 9792 6 meses 06/07/2014 05/01/2015 199 del
18/10/2011 Marín Rojas Gillio 11441 30 años 11/03/2004 10/03/2034 50 del 11/03/04
Mata Araya Rodrigo 3134 ** 10/05/2013 ** 115 del
17/06/2013 Mora Guevara William 10370 3 años 22/08/2012 21/08/2015 161 del
22/08/2012 Nelson Ulloa Dyanna 13228 4 meses 15/05/2014 14/09/2014 092 del
15/05/2014
Núñez Mata Federico 15398 3 meses 26/02/2014 28/08/2014 ***
Peña Zúñiga Hugo Eduardo 6679 5 meses 16/05/2014 15/10/2014 093 del 16/05/2014
Pérez Fuentes José Gerardo 15079 ** 30/04/2014 ** 107 del
05/06/2014 Quesada Elizondo Carlos Luis 10740 5 meses 18/05/2014 17/10/2014 211 del
01/11/2013 Quesada Ugalde Iveth Emilia 12524 3 meses 04/06/2014 03/09/2014 92 del
15/05/2014 Ramírez Ulate Bernal 4547 3 años 01/11/2013 31/10/2016 211 del
01/11/2013 Robles Macaya Carlos Hernán 2416 24 Años 15/04/2005 14/04/2029 72 del 15/04/05 Rodríguez Bastos Fabio Evencio 3991 3 años 13/10/2011 12/10/2014 197 del
13/10/2011 Rodríguez Bastos Fabio Evencio 3991 4 meses 13/10/2014 12/02/2015 247 del
21/12/2012 Rojas Saborío Manuel David 15100 3 años y 3 meses 24/08/2012 23/11/2015 163 del
24/08/2012 NOMBRE DEL ABOGADO Nº
CARNÉ TIEMPO RIGE DEL HASTA
EL GACETA
Rojas Saborío Manuel David 15100 9 meses 24/11/2015 23/08/2016 107 del 05/06/2014 Salas Salazar Kenneth 1356 20 Años 11/03/2004 10/03/2024 50 del 11/03/04 Tenorio Castro Luis Gdo. 9850 6 Meses 14/03/2014 13/09/2014 152 del 05/08/04 Tenorio Castro Luis Gdo. 9850 3 años y 3 meses 14/09/2014 13/12/2017 59 del 23/03/07 Tenorio Castro Luis Gdo. 9850 4 años 14/12/2017 13/12/2021 135 del
14/07/2008 Tijerino Medina Yolanda
Margarita 10399 * 17/06/2013 * 115 del
17/06/2013 Valverde Segura Jorge E. 8540 3 años 24/04/2013 23/04/2016 193 del
08/10/2007 Vargas Barrantes Walter 11875 3 años 08/03/2013 07/03/2016 048 del
08/03/2013 Vargas Montero Carlos 9480 3 meses 05/06/2014 04/06/2014 107 del
05/06/2014 Vargas Rivera José Eduardo 13901 4 meses 05/06/2014 04/10/2014 107 del
05/06/2014 Villalobos Salas José Alberto 12163 21 meses 05/03/2014 04/12/2015 211 del
01/11/2013 Villalobos Salas José Alberto 12163 6 meses 05/12/2015 04/06/2016 250 del
27/12/2013 Villalobos Salas José Alberto 12163 8 meses 05/06/2016 04/02/2017 092 del
15/05/2014 NOMBRE DEL ABOGADO Nº
CARNÉ TIEMPO RIGE DEL HASTA
EL GACETA
* La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena impuesta en sede penal.
** La suspensión será hasta la revocación de medida cautelar o finalización del proceso penal.
*** Inhabilitación del ejercicio de la Abogacía y Notariado por Medida Cautelar Oficio 43-2014-JPPZ.
***** Suspendido hasta que cancele la multa máximo 12/05/2021.
San José, 28 de julio del 2014.
Silvia Navarro Romanini 1 vez.—(IN2014055603) Secretaria General
SALA PRIMERA
Al señor Alí Mahfouz Mofadhal, de domicilio ignorado, se hace saber que en diligencias de exequátur promovidas por Zindy Matilde Montero Madrigal, contra él, para obtener el exequátur de una sentencia dictada por el Tribunal del Distrito del Condado de Nye, Nevada, Estados Unidos de América, en proceso de divorcio seguido entre las mismas partes. La petición se apoya en el artículo 705 del Código Procesal Civil, y el exequátur tiene por objeto inscribir el divorcio en Costa Rica. La Sala procedió a nombrar un curador para que lo represente. Al efecto se ha dictado la resolución que dice: “NUE: 13-000166-0004-FA Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las ocho horas del veintisiete de agosto de dos mil catorce. Por comprobado que se efectuó el depósito de los honorarios del curador, Lic. William Sequeira Solís, cuanto por éste aceptado el cargo, acerca de la solicitud que formula la señora Zindy Matilde Montero Madrigal, tendiente a que se ponga el exequátur de ley a la ejecutoria de la sentencia de divorcio que acompaña, se concede audiencia por el plazo de diez días al señor Alí Mahfouz Mofadhal, a quien se le previene que en su primer escrito, debe indicar en el territorio nacional un medio adecuado al efecto, el cual, por ahora, puede ser el fax, el casillero electrónico debidamente habilitado para su recepción por el Departamento de Tecnología de Información del Poder Judicial, o por cualquier otra forma tecnológica que permita la seguridad del acto de comunicación, o bien un número de casillero en el Primer Circuito Judicial de San José, debiendo escoger entre ellos únicamente dos medios, con indicación de cuál de ellos se utilizará como principal.
Mientras no lo haga, cualquier resolución posterior que se dicte se tendrá por notificada con el solo transcurso de veinticuatro horas.
Igual consecuencia se producirá si el medio señalado fuere impreciso o incierto, o ya no existiere; o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al Despacho. En ambos casos, la
JORGE LUIS
VARGAS ESPINOZA (FIRMA)
(FIRMA)
Nombre de reconocimiento (DN):
serialNumber=CPF-02-0255-02 27, sn=VARGAS ESPINOZA, givenName=JORGE LUIS, c=CR, o=PERSONA FISICA,
ou=CIUDADANO, cn=JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA)
Fecha: 2014.09.26 15:22:57 -06'00'
omisión producirá las consecuencias de la notificación automática, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. Igualmente, por existir el interés de dos menores de edad, se tiene como parte al Patronato Nacional de la Infancia, a cuyo Representante Legal se concede audiencia por tres días y a quien se le previene, bajo los mismos efectos y advertencias, acatar la prevención hecha al citado padre de señalar medio o casillero para atender notificaciones. Tramítese el asunto con intervención del referido curador a quien se omite conferirle la audiencia en virtud de la contestación positiva que de las diligencias presentó. Se toma nota de los medios que el curador señala para recibir notificaciones. De conformidad con el artículo 263 del Código Procesal Civil, notifíquese al señor Alí Mahfouz Mofadhal la petición inicial y la presente resolución, por medio de un edicto que se publicará una vez en el Boletín Judicial. Luis Guillermo Rivas Loáiciga, Presidente.”
San José, 27 de agosto de 2014.
Welesley Henry Martínez
1 vez.—(IN2014058991) Notificador.
SALA CONSTITUCIONAL PRIMERA PUBLICACIÓN ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad.
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA HACE SABER:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 14-011146-0007-CO que promueve Manuel Emilio de la Trinidad Murillo Alfaro, se ha dictado la resolución que literalmente dice: «Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las nueve horas y treinta y siete minutos del dos de setiembre del dos mil catorce./Por disposición del pleno de la Sala Constitucional, se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Manuel Emilio de la Trinidad Murillo Alfaro, mayor, cédula de identidad 0105600841, casado una vez, Auditor de Tecnología de la Información, vecino de Heredia, para que se declare inconstitucional el Artículo 30 del Estatuto de Personal de la Universidad Estatal a Distancia, aprobado por el Consejo Universitario en sesión N° 464, Artículo VI, acuerdo N°
549 de 29 de noviembre de 1983, reformado en la sesión 1767, artículo IV inciso 3) de 24 de junio de 2005 y en la sesión N.1815, Artículo 2 inciso V de 2 de junio de 2006, por estimarlo contrario a los artículos 10, 33, 56 y 57 de la Constitución Política. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República.
La norma se impugna en cuanto la implementación de porcentajes diferenciadores para el reconocimiento de anualidades, deviene en un acto totalmente arbitrario e inconstitucional. El contenido del Artículo 30 impugnado, versa sobre una materia que no puede ser objeto de restricciones desproporcionadas e ilegítimas por parte de la Administración de la Universidad, pues imponen un trato desigual a todos aquellos funcionarios públicos que hayan adquirido derecho de anualidades como resultado de la labor desempeñada en cualquier otra institución del Estado. Por consiguiente, se violentan de manera categórica todos aquellos derechos que tutelan a dichos funcionarios y el salario correspondiente. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación proviene del accionante proviene del párrafo primero del artículo 75 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, en cuanto existe un recurso de amparo que se tramita en el expediente número 14-006509-0007- CO. En dicho expediente, por resolución número 2014-008793 de las catorce horas treinta minutos del diecisiete de junio del dos mil catorce se otorgó plazo al recurrente para interponer la acción de inconstitucionalidad. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en
dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas.
Notifíquese./Gilbert Armijo Sancho, Presidente».
San José, 05 de setiembre del 2014.
Gerardo Madriz Piedra
(IN2014059088) Secretario
TRIBUNALES DE TRABAJO Causahabientes
A los que en carácter de causahabientes de Carlos Faustino Pineda Durán, cédula 2-0369-0488, fallecido el día 17 de agosto del 2006, se les hace saber que Aurora Ávila Zamora, portadora de la cédula número 2-0429-0896, vecina de San Rafael de Guatuso de Alajuela se apersonó en este Despacho en calidad de esposa del fallecido a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Ahorros del Fondo de Capitalización Laboral. Por ello, se les cita y emplaza, para que dentro del improrrogable plazo de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de Devolución de Ahorros obligatorios del trabajador fallecido. Exp. N° 14-300014-324-LA.—
Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Guatuso.—
Lic. Alcibiades Jiménez García, Juez.—1 vez.—(IN2014058532).
A los que en carácter de causahabientes de Freddy Ruiz Calero, cédula 2-0426-0156, fallecido el día 25 de julio del 2014, se les hace saber que: Olga Marita Solís Conejo, portadora de la cédula número 5-0208-0773, vecina de San Rafael de Guatuso de Alajuela se apersonó en este Despacho en calidad de esposa del fallecido a fin de promover las presentes diligencias de Consignaciones de Ahorros del Fondo de Capitalización Laboral. Por ello, se les cita y emplaza, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias aquí establecidas a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de Devolución de Ahorros obligatorios del trabajador fallecido Freddy Ruiz Cabrera. Exp.
14-300017-0324-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Guatuso.—Lic. Alcibíades Jiménez García, Juez.—
1 vez.—(IN2014058533).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes Darlin Eduardo Vallejos Caravaca, cédula de identidad número 5-0295-0133, fallecido el seis de agosto del 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencia de consignación de prestaciones de trabajador fallecido, bajo el expediente número 14-300087-0401- LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Trabajo de
Menor Cuantía de Carrillo, a las diez horas veintiún minutos del doce de agosto del dos mil catorce.—Lic. José Manuel Sánchez Montero, Juez.—1 vez.—(IN2014058535).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales de la trabajadora fallecida Karen Johana Rodríguez López, quien fue mayor, soltera, vecina de Calle Fallas de Desamparados, laboraba como recepcionista en la empresa GEA de Costa Rica, cédula de residencia número 134000053001 y falleció el 13 de julio de 2014, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 14- 300144-0217-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 2 de setiembre de 2014.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2014058536).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del trabajador fallecido Albin Gerardo Arias Brenes, quien fue mayor, soltero, Guarda de Seguridad, vecino del Guazo de San Miguel de Desamparados, Calle Lajas, de la última parada 175 metros norte, cédula de identidad número 1-1164-0427, laboró para como Guarda de Seguridad para el Ministerio de Educación Pública, y falleció el 7 de diciembre del 2012, se consideren con derecho a las mismas, para que dentro del plazo improrrogable de ocho días posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho, en las diligencias aquí establecidas bajo el número 13-300148- 0217-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado Civil y de Trabajo del Tercer Circuito Judicial de San José, Desamparados, 24 de julio del 2013.—Dra. Leyla K. Lozano Chang, Jueza.—1 vez.—(IN2014058671).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de María Digna Torres Umaña, quien fue mayor, casada, y falleció el 11 de agosto del 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de devoluciones de ahorro obligatorio bajo el número 14-000190-1127- LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Proceso promovido por José Ángel Mora Torres a favor del mismo. Expediente Nº 14-000190-1127-LA.—Juzgado de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, Pérez Zeledón, 21 de agosto del 2014.—Lic. Óscar Mena Valverde, Juez.—1 vez.—(IN2014059001).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Fernando Sánchez Carro, quien fue mayor, soltero, cédula número 2-547-622 y fallecido el 15 de setiembre del 2005, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 14-000254-0307-CI, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Promovida por Fernando Sánchez Matamoros, cédula 2-245-774, por el fallecimiento de Fernando Sánchez Carro. Expediente Nº 14- 000254-0307-CI.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de agosto del 2014.—
Msc. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—(IN2014059002).
Se cita y emplaza a todos los causahabientes de quien en vida se llamó Miguel Ángel Zúñiga González, mayor, soltero, policía, vecino de Limón, portador de la cédula de identidad 7-0143-0283 y fallecido el 12 de octubre del 2011, para que comparezcan a este despacho dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, en defensa de sus derechos y de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en
el Boletín Judicial, libre de derechos. Diligencias de consignación de prestaciones del trabajador fallecido Miguel Ángel Zúñiga González, interpuestas por José Manuel Zúñiga González.
Expediente número 14-000257-1025-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Limón, 28 de agosto del 2014.—Lic. Carlos Enrique Campos Roblero, Juez.—1 vez.—(IN2014059005).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Roxana Oviedo Artavia; quien fue mayor, soltera, operaria, cédula de identidad número 2-426-509, laboró para Hitronicos de Costa Rica S. A., y falleció el 05 de mayo del 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 14-000557-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Roxana Oviedo Artavia a favor de Rosa Brunilda Artavia Solano. Expediente Nº 14- 000557-1022-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de julio del 2014.—Msc.
Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—(IN2014059006).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Francisco Ramírez Núñez, mayor, casado, bartender, vecino de la Trinidad de Alajuela, fallecido el 12 de enero del dos mil trece, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 14-000561-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. José Francisco Ramírez Núñez a favor de Ana Lidieth Solórzano Gómez. Expediente Nº 14-000561-1022-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de julio del 2014.—Lic. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—(IN2014059007).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Amado Soto Rodríguez, quien fue mayor, casado, oficial de seguridad, cédula número 2-298-027, fallecido el 13 de agosto del 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 14- 000564-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Amado Soto Rodríguez a favor de Cecilia Herrera Hidalgo. Expediente Nº 14-000564-1022-LA.—
Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de julio del 2014.—Msc. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—(IN2014059061).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Carlos Eduardo Vargas Mora, quien fue mayor, casado, pastelero, cédula 1-910-321, fallecido el 29 de junio del 2014, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 14-000567-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Por a favor de Carlos Eduardo Vargas Mora. Expediente Nº 14-000567-1022- LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 18 de julio del 2014.—Msc. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—(IN2014059062).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Brandon Monge Campos, quien fue mayor, soltero, cédula de identidad número 2-722-894, operador de monta carga, laboró para el Instituto Costarricense de Electricidad y fallecido el 23 de abril del año 2014 , se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la
publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Devolución de Ahorro Obligatorio, bajo el número 14- 000617-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000617-1022-LA Brandon Monge Campos a favor de Marta Eugenia Campos Fernández.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 26 de agosto del 2014.—Msc. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—
Exonerado.—(IN2014059066).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorro de trabajador fallecido de quien en vida se llamó Leonel Mora Vargas, mayor, costarricense, divorciado, de sesenta y tres años de edad, cédula Nº 1-0380-0744 , vecino de Guácimo, Las Colinas, trescientos cincuenta metros noroeste de la entrada de la escuela Las Colinas, casa de cemento color celeste, quien falleció el 24 de marzo del 2013, en Carmen Central San José, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto se apersonen al Despacho en su defensa. Diligencias de Devolución de Fondo de Capitalización Laboral y Prestaciones Legales de trabajador fallecido Nº 13-300080-0477-LA (80-13-3), gestionante Daly Estefany Mora Chinchilla causante Leonel Mora Vargas.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Guácimo, 04 de diciembre del 2013.—Lic. Marvin Gerardo Arce Castro, Juez.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014059070).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Melvin Castro Álvarez, mayor, cédula 0602130131, casado, vecino de Urbanización Los Targuases de Alajuela, casa 11E, laboraba en Bridgstone Firestone, fallecido el tres de agosto del dos mil catorce, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias Devolución de Ahorro Obligatorio, bajo el número 14-000685-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-000685-1022-LA. Fallecido Melvin Castro Álvarez, Gestionante Yorleni Araya Bastos.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de setiembre del 2014.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014059071).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Manuel de Jesús Campos Duarte, cédula 6-073-644, fallecido el día 13 de abril del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el expediente número 14- 001934-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-001934-0173-LA. Promovido por Tomasa de las Mercedes Camacho Mejía a favor de los causahabientes del fallecido.—
Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 05 de setiembre del 2014.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014059078).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Olman Rojas Redondo, cédula 1-330-254, fallecido el día 05 de julio del año 2013, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el expediente número 14- 001935-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14-001935-0173-LA. Promovido por, Idalie Espinoza Álvarez a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 05 de setiembre del 2014.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—
Exonerado.—(IN2014059079).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de, Giovanny Gerardo Jiménez Álvarez, cédula 1-1156-801, fallecido el día 24 de enero del año 2012, se consideren con
derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el expediente número 14-001948-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 14- 001948-0173-LA. Promovido por Stephanie Alejandra Zamora Montoya a favor de los causahabientes del fallecido.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 04 de setiembre del 2014.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—(IN2014059081).
A los causahabientes de quién en vida se llamó, Ronald Eduardo Torijano Rodríguez, quien fue mayor, casado, vecino de Tibás, con cédula de identidad número 1-603-655, se les hace saber que: Norma Rodríguez Arias, portadora de la cédula de identidad o documento de identidad número 1-269-439, vecina de Tibás, se apersonó en este Despacho en calidad de madre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones.
Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de Prestaciones del Trabajador fallecido Ronald Eduardo Torijano Rodríguez. Expediente número 14-002003-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, (oral-electrónico), 25 de agosto del 2014.—Licda. Ana Cecilia Brenes López, Jueza.—1 vez.—
Exonerado.—(IN2014059083).
A los causahabientes de quién en vida se llamó Francisco Eduardo Núñez Brenes, quien fue mayor, casado, vecino de San José, con cédula de identidad número 1-435-181, se les hace saber que: Yolanda Valerín Redondo, portadora de la cédula de identidad número 3-167-219, vecina de San José, se apersonó en este Despacho en calidad de viuda del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de Prestaciones del Trabajador fallecido Francisco Eduardo Núñez Brenes. Expediente número 14-002104-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, (oral-electrónico), 25 de agosto del 2014.—Licda. Ana Cecilia Brenes López, Jueza.—1 vez.—
Exonerado.—(IN2014059084).
A los causahabientes de quién en vida se llamó Álvaro Víquez Morales, quien fue mayor, casado, vecino de Santa Ana, con cédula de identidad número 1-493-612, se les hace saber que:
María Elena Pérez Buezo, portadora de la cédula de identidad número 1-593-628, vecina de Santa Ana, se apersonó en este Despacho en calidad de viuda del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Consignación de Prestaciones del Trabajador fallecido Álvaro Víquez Morales. Expediente número 14-002126-1178-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José (oral-electrónico), 25 de agosto del 2014.—Licda. Ana Cecilia Brenes López, Jueza.—1 vez.—
Exonerado.—(IN2014059086).
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL Remates
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (citas: 280- 00617-01-0915-001) y Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos (citas: 517-13644-01-0004-001); a las nueve horas y treinta minutos del cinco de enero de dos mil quince, y con la base de ochenta mil quinientos veintiocho dólares con cuarenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y cinco mil ochocientos noventa y cinco F cero cero cero la cual es finca filial primaria individualizada número ciento veinticuatro apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos plantas. Situada en el distrito 4-San Antonio, cantón 1-Alajuela, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, filial ciento veinticinco; al sur, filial ciento veintitrés; al este, área común destinada a acera con rampa para minusválidos, retiro de construcción y calle tercera, y al oeste, filial ciento veintidós. Mide:
doscientos dieciséis metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de enero de dos mil quince, con la base de sesenta mil trescientos noventa y seis colones con treinta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de febrero de dos mil quince con la base de veinte mil ciento treinta y dos colones con once céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Rainiero Eduardo Ramírez Sánchez.
Exp: 14-007373-1157- CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de setiembre del 2014.—Lic. Kenny Obaldía Salazar, Juez.—(IN2014061016).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (citas: 399- 07257-01-0842-001); a las quince horas y treinta minutos del uno de diciembre de dos mil catorce, y con la base de trescientos cuarenta mil ciento treinta y cuatro colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos mil cuatrocientos sesenta y cuatro - cero cero cero la cual es terreno con una casa lote 9-C. Situada en el distrito 3-Hospital, cantón 1-San José, de la provincia de San José.
Colinda: al norte, calle; al sur, Municipalidad de San José; al este calle y Municipalidad de San José y al oeste lote 8-C. Mide: ciento sesenta y un metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del diecisiete de diciembre de dos mil catorce, con la base de doscientos cincuenta y cinco mil cien colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del quince de enero de dos mil quince con la base de ochenta y cinco mil treinta y tres colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de AYM Súper Computadoras S. A. contra Ada Isabel de Jesús Cascante Mora. Exp. N° 14-007146-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 10 de setiembre del 2014.—Lic. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2014061017).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando gravámenes o afectaciones servidumbre trasladada citas: 338-04046-01-0900-001; a las once horas y cero minutos del treinta y uno de octubre de dos mil catorce, y con la base de once millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos veintiún mil cuarenta y ocho cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa, bloque D, lote 26. Situada en el distrito 3-La Trinidad cantón 14- Moravia de la provincia de San José. Linderos: norte, calle pública; sur, lote 21 D; este, lote 25 D; oeste, lote 27 D. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del diecisiete de noviembre de dos mil catorce, con la base de ocho millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del dos de diciembre de dos mil catorce con la base de dos millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de La Sabiduría de Pedro S. A. contra Eladio Chacón León. Exp. N°
14-010154-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 11 de julio del 2014.—Lic.
María Mora Saprissa, Jueza.—(IN2014061018).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios soportando reservas y restricciones citas: 406-06426- 01-0802-001 a las diez horas y cero minutos del diez de noviembre del año dos mil catorce, y con la base de dieciséis millones ciento cuarenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y ocho colones con setenta y cinco céntimos en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 82413-000 la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito Barranca, cantón Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Clara Monge Ulate; al sur, Elisa Venegas Porras; al este, Suces. Augusto Colombari S. A. y al oeste, calle pública con 10,01 m. lineales. Mide: ciento veintitrés metros con cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil catorce con la base de doce millones ciento ocho mil cuatrocientos noventa y cuatro colones con seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del once de diciembre del año dos mil catorce con la base de cuatro millones treinta y seis mil ciento sesenta y cuatro colones con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular de Desarrollo Comunal contra Sileny de Los Ángeles Ulate Bonilla. Exp. N° 10-031936- 1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 9 de setiembre del 2014.—Lic. Manuel Emilio Cortés Sánchez, Juez.—(IN2014061022).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada con las citas 303-00310-01-0038-001; a las catorce horas y quince minutos del veintitrés de octubre de dos mil catorce, y con la base de seis millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y ocho mil novecientos sesenta y nueve - cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa marcada con el número 349. Situada en el distrito Rincón de Sabanilla, cantón San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lotes 408 y 409; al sur, alameda siete; al este, medianería y lote 348 y al oeste, medianería y lote 350. Mide: ciento un metros con cincuenta y nueve decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del siete de noviembre de dos mil catorce, con la base de cinco millones cien mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del veinticuatro de noviembre de dos mil catorce con la base de un millón setecientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base
inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cristina Murillo Chacón contra Rafael Ángel Obando Pincay. Exp. N° 11-001084-0370-CI.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 19 de agosto del 2014.—
Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—(IN2014061023).
En la puerta exterior de este Despacho, al ser las diez horas y cuarenta y cinco minutos del quince de octubre de dos mil catorce se rematarán los siguientes bienes; primer finca: Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones;
y con la base de sesenta y cuatro mil cincuenta y nueve dólares con doce centavos, inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número 182792-000, la cual es terreno: de repastos lote 17, situada en el distrito: 4 Colorado, cantón: 7 Abangares de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte: lotes 2 y 3, sur: lote 7, este: lote 10 y 11, oeste: servidumbre agrícola. Mide: cinco mil metros con sesenta y dos decímetros cuadrados, plano: G-1288108- 2008. Para el segundo remate se fija la base en cuarenta y ocho mil cuarenta y cuatro dólares con treinta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se fija la base en dieciséis mil catorce dólares con setenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Segunda finca: Libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones bajo las citas: 293-05900-01-0901-001; con la base de sesenta y cuatro mil cincuenta y nueve dólares con doce centavos, inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 182793-000, la cual es terreno: de repastos lote 18, situada en el distrito: 4-Colorado, cantón: 7-Abangares de la provincia de Guanacaste. Linderos:
norte: servidumbre agrícola, sur: lote 8, este: lote 9, oeste: lotes 4 y 5. Mide: cinco mil un metros con seis decímetros cuadrados, plano:
G-1289704-2008. Para el segundo remate se fija la base en cuarenta y ocho mil cuarenta y cuatro dólares con treinta y cuatro centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se fija la base en dieciséis mil catorce dólares con setenta y ocho centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Para segundo remate, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del treinta de octubre de dos mil catorce y para el tercer remate, se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del catorce de noviembre de dos mil catorce. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Mabel de Los Ángeles Quesada Quirós. Exp. N° 13-001333- 1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 14 de agosto del 2013.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—(IN2014061024).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso; a las catorce horas y quince minutos del quince de octubre de dos mil catorce, y con la base de treinta y tres millones seiscientos diecisiete mil ochenta y tres colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 182001-000 la cual es terreno: de potrero. Situada en el distrito: 1-Santa Cruz, cantón:
3-Santa Cruz de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Hugo Jiménez Salazar, sur, servidumbre agrícola con frente de 139.29 metros, este, Agustina Ortiz Dinarte; oeste, Agustina Ortiz Dinarte.
Mide: cinco mil ciento siete metros cuadrados, plano: G-1435209- 2010. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del treinta de octubre de dos mil catorce, con la base de veinticinco millones doscientos doce mil ochocientos doce colones con ochenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos
del catorce de noviembre de dos mil catorce con la base de ocho millones cuatrocientos cuatro mil doscientos setenta colones con noventa y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Ana Rosibel Gutiérrez Ortiz. Exp. N° 13-001332-1206-CJ.—
Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 18 de agosto del 2014.—Lic. Evelyn Molina Zúñiga, Jueza.—(IN2014061026).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y treinta minutos del diez de noviembre del año dos mil catorce, y con la base de tres millones quinientos cincuenta mil seiscientos cinco colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y siete mil quinientos noventa y uno derecho cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Arenal, cantón Tilarán, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 12.00 metros de frente; al sur, Rosa Patricia Soto Villalobos y Milena Chavarría Villalobos; al este, Carlos Martínez Villalobos y al oeste, Azucena Martínez Villalobos. Mide: ciento setenta metros con treinta y cinco decímetros cuadrados, plano: G-0957541-2004. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del veinticinco de noviembre del año dos mil catorce, con la base de dos millones seiscientos sesenta y dos mil novecientos cincuenta y tres colones con setenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del diez de diciembre del año dos mil catorce con la base de ochocientos ochenta y siete mil seiscientos cincuenta y un colones con veinticinco céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de COOCIQUE R. L. contra Tristán Luis Chavarría Morales. Exp. N°
10-100825-0297-CI.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 27 de agosto del 2014.—
Lic. Elizabeth Rodríguez Pereira, Jueza.—(IN2014061049).
En la puerta exterior de este Despacho; soportando hipoteca a favor del Banco de Costa Rica, citas 0454-00018357-01-0002-001;
a las ocho horas y treinta minutos del once de noviembre de dos mil catorce, y con la base de un millón ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 149328-000 la cual es terreno lote 15 B, para construir. Situada en el distrito 04 Ulloa, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, calle pública con 6 metros de frente; al sur, Rodral Sociedad Anónima; al este, Rodral Sociedad Anónima, y al oeste, Rodral Sociedad Anónima;
noreste, lote 14 B; al noroeste, calle pública con 6 metros; al sureste, Rodral S. A., y al suroeste, lote 16 B. Mide: ciento veinte metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre de dos mil catorce, con la base de ochocientos diez mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del doce de diciembre de dos mil catorce con la base de doscientos setenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Banco Nacional de Costa Rica contra Alexander Carrillo Marchena. Exp. N° 13-002557-1158-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Heredia, 16 de setiembre del 2014.—Lic. Ricardo Chacón Cuadra, Juez.—(IN2014061071).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del cuatro de noviembre de dos mil catorce, y con la base de tres millones trescientos cuarenta y seis mil quinientos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: marca Toyota, estilo Echo, modelo Echo, año 2000, color verde, carrocería sedan dos puertas, categoría automóvil, vin y serie JTDAT1238Y0057891, tracción 4x2, motor número 1NZ1282528, cilindros 4, cilindrada 1500 c. c., combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de noviembre de dos mil catorce, con la base de dos millones quinientos nueve mil ochocientos setenta y cinco colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de diciembre de dos mil catorce con la base de ochocientos treinta y seis mil seiscientos veinticinco colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Evelyn Jiménez Gómez contra Jorge William Corrales Fernández. Exp. N° 10-020324- 1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 9 de julio del 2014.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—(IN2014061092).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, soportando servidumbre trasladada según citas 315- 3359-01-0901-001; a las diez horas y cero minutos del trece de octubre de dos mil catorce, y con la base de ochenta y cinco mil dólares exactos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, en lo sucesivo dólares, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia matrícula:
39394-F-000 la cual es terreno naturaleza: finca filial dos de dos plantas destinado a uso habitacional en proceso de construcción, situada en el distrito 4 Ulloa, cantón 1-Heredia de la provincia de Heredia. Linderos: norte, Francisco Córdoba Truque; sur, finca filial uno, este, área común libre; oeste, Residencial California Sociedad Anónima. Mide: ciento ochenta y un metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veintiocho de octubre de dos mil catorce, con la base de sesenta y tres mil setecientos cincuenta exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del doce de noviembre de dos mil catorce con la base de veintiún mil doscientos cincuenta exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de 3-101-507171 S. A., Administradora de Capitales GM MLK S. A. contra Corporación Inversiones Reales I.R. S. A., Luis Gilberto González Arce. Exp. N° 14-002996-1044- CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 8 de agosto del 2014.—Lic. Bolívar Arrieta Zárate, Juez.—(IN2014061096).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las once horas treinta minutos del cuatro de noviembre del dos mil catorce, y con la base de veinte mil doscientos diecisiete dólares con setenta y tres centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número sesenta y un mil ochenta y tres cero cero cero la cual es terreno para construir lote 3. Situada en el distrito 01 Filadelfia, cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, calle publica frente 8 M; al sur lote 7; al este lote 4 y al oeste lote 2. Mide: ciento cincuenta y nueve metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas treinta minutos del diecinueve de noviembre del dos mil catorce, con la base de quince mil ciento sesenta y tres dólares con treinta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas treinta minutos del cuatro de diciembre del dos mil catorce con la base de cinco mil cincuenta y cuatro dólares con cuarenta y tres centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Noemy de
los Ángeles Badilla Duarte, Zúñiga y Badilla S. A. Exp: 14-003617- 1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 3 de setiembre del 2014.—Licda.
Nidia Durán Oviedo, Jueza.—(IN2014061308).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de acueducto bajo las citas 0530-00004398-01-0002-001; a las catorce horas y cero minutos del diecinueve de noviembre del dos mil catorce, y con la base de veintiún millones ochocientos seis mil trescientos veintiocho colones con setenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, sección de propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento setenta y siete mil ciento treinta y tres cero cero cero la cual es terreno de potrero con una casa. Situada en el distrito 01 Cortes, cantón 05 Osa, de la provincia de Puntarenas.
Colinda: al norte, calle pública; al sur, quebrada en medio de Compañía Ganadera Herrera Pérez S. A.; al este, Erick Geovanny de La Trinidad Madrigal Rodríguez y al oeste, Erick Geovanny de La Trinidad Madrigal Rodríguez. Mide: Mil seiscientos sesenta y siete metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cuatro de diciembre del dos mil catorce, con la base de dieciséis millones trescientos cincuenta y cuatro mil setecientos cuarenta y seis colones con cincuenta y cinco céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de enero del dos mil quince con la base de cinco millones cuatrocientos cincuenta y un mil quinientos ochenta y dos colones con dieciocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Diogenes Madrigal Rodríguez, Mayela Rivera Jiménez. Exp. Nº 13-004570-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 8 de julio del 2014.—
Lic. Danny Alberto Gutiérrez Gómez, Juez.—(IN2014061351).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del catorce de octubre del año dos mil catorce, y con la base de trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos noventa mil trescientos noventa cero cero cero la cual es terreno de potreros.
Situada en el distrito San Pedro, cantón Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Efraín Antonio Monge Arguedas; al sur, calle pública; al este, Olivier Zúñiga Chaves y al oeste, Efraín Antonio Monge Arguedas. Mide: quinientos metros con cincuenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de octubre del año dos mil catorce, con la base de doscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del trece de noviembre del año dos mil catorce con la base de setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Águila Verde Sociedad Anónima contra Ramiro Mora Rodríguez.
Exp: 13-001386-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 28 de febrero del 2014.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—(IN2014061362).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas 0298- 00016984-01-0003-001; a las once horas y cero minutos del veintinueve de octubre de dos mil catorce, y con la base de siete millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: