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Fundado el 14 de Enero de 1877

Registrado en la Administración de Correos el 1o. de Marzo de 1924

GUANAJUATO, GTO., A 15 DE JUNIO DEL 2010 NUMERO 95 AÑO XCVII

TOMO CXLVIII

S E G U N D A P A R T E

S U M A R I O :

GOBIERNO DEL ESTADO - PODER EJECUTIVO

RESOLUCION Gubernativa, correspondiente al expediente número 052/2009,

mediante la cual, se expropia el predio que ocupa el Asentamiento Humano Irregular

denominado "Plaza Martínez", del Municipio de Jerécuaro, Gto.

SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO

RESOLUCION correspondiente al expediente número (28)-67-L/96, mediante la cual,

se otorga a la C. Noemí Mendoza Gasca, el permiso para la venta de los lotes que

integran la Lotificación denominada "Santa Cruz I", ubicada en el Municipio de

Salvatierra, Gto.

RESOLUCION correspondiente al expediente número (28)-70-L/96, mediante la cual,

se otorga al C. Rodolfo Mendoza Grande, el permiso para la venta de los lotes que

integran la Lotificación denominada "Santa Cruz II", ubicada en el Municipio de

Salvatierra, Gto.

SECRETARIA DE GOBIERNO

DIRECCION GENERAL DE TRANSITO Y TRANSPORTE

DETERMINACION mediante la cual, se autoriza la modificación de ruta de las

concesiones que amparan los número económicos 1062, 1063, 1064 e

IR-1065, del Servicio Público de Transporte de Personas en la modalidad de Foráneo,

a favor de la persona jurídico colectiva denominada "Servicios de Pasaje Terrestre

del Bajío", S.A. de C.V., en el Municipio de Irapuato, Gto.

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DETERMINACION mediante la cual, se autoriza la modificación de ruta de la

concesión que ampara el número económico IR-0727, del Servicio Público de

Transporte de Personas en la modalidad de Foráneo, a favor del C. Gumaro Ayala

Miranda, en el Municipio de Irapuato, Gto.

PRESIDENCIA MUNICIPAL - CELAYA, GTO.

ACUERDO Municipal, mediante el cual, se desafectan del dominio público once

bienes inmuebles propiedad Municipal y se donan a favor del Gobierno del Estado a

través de la Secretaría de Educación de Guanajuato, inmuebles ubicados en el

Municipio de Celaya, Gto.

ACUERDO Municipal, mediante el cual, se aprueba el Presupuesto de Ingresos y

Egresos al Cierre del Ejercicio Fiscal 2009, del Municipio de Celaya, Gto.

PRESIDENCIA MUNICIPAL - IRAPUATO, GTO.

ACUERDO Municipal, mediante el cual, se desafecta del dominio público un bien

inmueble de propiedad Municipal, ubicado en la Manzana 36 del Fraccionamiento

"Los Reyes" y se dona a favor de la Junta de Agua Potable, Drenaje, Alcantarillado y

Saneamiento, del Municipio de Irapuato, Gto.

ACUERDO Municipal, mediante el cual, se desafecta del dominio público un bien

inmueble de propiedad Municipal, ubicado en la Calle Mariano J. García s/n, esquina

con la Calle Embotelladores, del Fraccionamiento denominado Unidad Habitacional

"San Miguelito II" y se dona a favor del Gobierno del Estado por conducto de la

Secretaría de Educación de Guanajuato, por encontrarse en función la Escuela

Primaria "Leona Vicario", inmueble ubicado en el Municipio de Irapuato, Gto.

PRESIDENCIA MUNCIPAL - OCAMPO, GTO.

ACUERDO Municipal, mediante el cual, se desafecta del dominio público el bien

inmueble propiedad Municipal, ubicado en Plaza de Guadalupe No. 1 y se dona a

favor del "Instituto México", A.C., inmueble ubicado en el Municipio de Ocampo, Gto.

PRESIDENCIA MUNICIPAL - SAN MIGUEL DE ALLENDE, GTO.

ACUERDO Municipal, mediante el cual, se aprueba la creación del Organismo

Descentralizado Instituto Municipal de Atención a la Juventud de San Miguel de

Allende, Gto.

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GOBIERNO DEL ESTADO - PODER EJECUTIVO

Visto el expediente número 052/2009 tramitado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Visitaduría Interna de la Secretaría de Gobierno, relativo a la expropiación del predio que ocupa el asentamiento humano denominado "Plaza Martínez", del Municipio de Jerécuaro, Guanajuato; y

-R E S U L T A N D O

Primero.- El Ayuntamiento de Jerécuaro, Guanajuato, como se hace constar con la certificación realizada por el ciudadano Francisco Montoya Aguilar, Secretario del Ayuntamiento, contenida en el oficio 078/2009 cero, setenta y ocho, diagonal, dos mil nueve, de fecha 9 nueve de octubre del año 2009 dos mil nueve, que en el libro número 1 uno, existe asentada el acta número 47 cuarenta y siete, que corresponde a la sesión ordinaria celebrada en fecha 28 veintiocho de abril del año 2009 dos mil nueve, en el punto número 9 nueve del orden del día, se acordó solicitar al Gobernador del Estado la expropiación del predio que ocupa actualmente el asentamiento humano irregular de referencia, acompañando los estudios técnicos necesarios, consistentes en el plano elaborado por la Dirección de Desarrollo Urbano del Municipio de Jerécuaro, Guanajuato; el cual contiene la poligonal envolvente del asentamiento, marcándose los puntos con sus coordenadas en un cuadro de construcción, en el que se señalan las superficies correspondientes a lotificación, vialidades y donación, por conducto del Presidente Municipal y Secretario del Ayuntamiento, quienes presentaron solicitud de regularización de fecha 21 veintiuno de octubre del año 2009 dos mil nueve. -Segundo.- Mediante Acuerdo de Radicación de fecha 26 veintiséis de octubre del año 2009 dos mil nueve, el Ejecutivo del Estado, ordenó la instauración del expediente respectivo, con el objeto de llevar a cabo la legalización del suelo urbano físicamente dividido en lotes en favor de los colonos poseedores y del Municipio de Jerécuaro, Guanajuato, aquellas superficies destinadas a vialidades, donación y equipamiento urbano en base a que la ordenación y regularización de los asentamientos humanos, además de ser funciones de coordinación con los Municipios, Entidades Federativas y Federación, son disposiciones legales de orden público, cuyo cumplimiento y ejecución se sustentan en causas de beneficio e interés social, como lo establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en los artículos 4º cuarto párrafo quinto, 27 veintisiete párrafo segundo y fracción VI sexta, la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, en el artículo 12 doce, la Ley General de Asentamientos Humanos en sus artículos 1º primero, 2º segundo fracción II segunda, 3º tercero, 5º quinto fracción IV cuarta, 33 treinta y tres fracciones VII séptima y VIII octava, y la Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de Guanajuato, artículos 4º cuarto fracción IV cuarta, 13 trece fracción II segunda y 119 ciento diecinueve, lo que justifica la causa de utilidad pública señalada en la Ley de Expropiación, de Ocupación Temporal y de Limitación de Dominio vigente para el Estado de Guanajuato. -Tercero.- En cumplimiento del acuerdo citado, se tuvieron por recabados los informes del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del correspondiente Partido Judicial sobre antecedentes registrales del inmueble materia de la expropiación, y del Municipio el valor fiscal del mismo. -Cuarto.- Las entidades públicas mencionadas rindieron sus respectivos informes que en lo general, concuerdan en los datos siguientes del inmueble: 1.- Que es propiedad de: A) Marcela Gómez de Rico, lo cual se acredita con la copia certificada emitida por la Licenciada Ma. Elena Aguilar Morales, Registrador

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Público de la Propiedad y del Comercio del Partido Judicial de Acámbaro, Guanajuato, en fecha 21 veintiuno de mayo del año 2009 dos mil nueve, de la escritura pública número 1250 mil doscientos cincuenta, de fecha 18 dieciocho de abril del año 1968 mil novecientos sesenta y ocho, realizada por el Licenciado Rufino Fuentes Sánchez, Juez Único Municipal actuando con Secretario en funciones de Notario Público por ministerio de Ley, mediante la cual adquirió el predio rústico denominado "El Órgano", con una superficie de 00-16-00 cero, cero hectáreas, dieciséis áreas, cero, cero centiáreas, de terreno de agostadero, con las siguientes medidas y colindancias: al Norte, 20.00 veinte metros punto cero, cero centímetros, con J. Ascensión Reyes, al Sur, 20.00 metros punto cero, cero centímetros, con Lino Loyola Guerrero, el vendedor; al Oriente, 80.00 ochenta metros punto cero, cero centímetros, con Lino Loyola Guerrero y Sara Hernández; y, al Poniente, 80.00 ochenta metros punto cero, cero centímetros, con Lino Loyola Guerrero, el vendedor. Escritura de propiedad que se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Partido Judicial de Acámbaro, Guanajuato, a solicitud de ciudadana Mrcela Gómez de Rico, bajo el número 457 cuatrocientos cincuenta y siete, folio 216 doscientos dieciséis, tomo XIII/I décimo tercero, diagonal, primero, del libro primero de propiedad, sección de dominio del Municipio de Jerécuaro, Guanajuato, de fecha 12 doce de enero del año 1998 mil novecientos noventa y ocho, y de conformidad con el Certificado de Libertad de Gravámenes, emitido por la Licenciada Ma. Elena Aguilar Morales, Registrador Público de la Propiedad y del Comercio del Partido Judicial de Acámbaro, Guanajuato, bajo el Folio Real R19*7845 letra erre, diecinueve, asterisco, siete mil ochocientos cuarenta y cinco, el no reporta gravamen alguno, y que corresponde a la misma partida registral por razón de su digitalización. El cual tiene un valor fiscal de $11,520.00 once mil quinientos veinte pesos 00/100 Moneda Nacional, por la superficie total, de conformidad con lo establecido en el oficio 028/2009 cero, veintiocho, diagonal, dos mil nueve, de fecha 11 once de mayo del año 2009 dos mil nueve, emitido por el Licenciado Juvenal Torres Zarraga, Director de Catastro e Impuestos Inmobiliarios. Siendo objeto de la presente expropiación una superficie de 00-14-42.73 cero, cero hectáreas, catorce áreas, cuarenta y dos punto setenta y tres centiáreas y, B) Francisco Martínez Martínez, lo cual se acredita con la copia certificada que emitió la Licenciada Ma. Elena Aguilar Morales, Registrador Público Suplente de la Propiedad y del Comercio del Partido Judicial Acámbaro, Guanajuato, de fecha 16 dieciséis de diciembre del año 2008 dos mil ocho, de la escritura pública número 1263 mil doscientos sesenta y tres, de fecha 1º primero de marzo del año 1988 mil novecientos ochenta y ocho, realizada por el Licenciado Ernesto García de Alba Cortés, Notario Público número 5 cinco, en legal ejercicio en el Partido Judicial de Acámbaro, Guanajuato, mediante la cual adquirió el lote de terreno denominado "La Loma", con una superficie de 04-03-74 cero, cuatro hectáreas, cero, tres áreas, setenta y cuatro centiáreas, con las siguientes medidas y colindancias: al Norte, 160.00 ciento sesenta metros punto cero, cero centímetros, con Francisco Martínez; al Sur, 138.00 ciento treinta y ocho metros punto cero, cero centímetros; al Oriente, en 2 dos líneas, la primera de 150.00 ciento cincuenta metros punto cero, cero centímetros, que sube de sur a norte y luego se inclina hacia el oriente con medida de 70.00 setenta metros punto cero, cero centímetros, colindando con Lino Loyola y arroyo de por medio; y, al Poniente, en 2 dos líneas de 56.50 cincuenta y seis metros punto cincuenta centímetros y 151.20 ciento cincuenta y un metros punto veinte centímetros, colindando con familia Plaza. Escritura de propiedad que se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Partido Judicial de Acámbaro, Guanajuato, a solicitud del ciudadana Francisco Martínez Martínez, bajo el número 150 ciento cincuenta, folio 92 noventa y dos, tomo IX noveno, del libro de propiedad y fideicomisos del Municipio de Jerécuaro, Guanajuato, de fecha 28 veintiocho de abril del año 1988 mil novecientos ochenta y ocho, y que de conformidad con el Certificado de Libertad de Gravámenes, de fecha 24 veinticuatro de agosto del año 2009 dos mil nueve, emitido por la Licenciada Ma. Elena Aguilar Morales, Registrador Público de la Propiedad y del Comercio del Partido Judicial de Acámbaro, Guanajuato, bajo el Folio Real R19*8658 letra erre, diecinueve, asterisco, ocho mil seiscientos cincuenta y ocho, el no reporta gravamen alguno, y que corresponde a la misma partida registral por razón de su digitalización. El cual tiene

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un valor fiscal de $3,103.60 tres mil ciento tres pesos 60/100 Moneda Nacional, por la superficie de 01-32.35 cero, una hectárea, treinta y dos áreas, treinta y cinco centiáreas, de conformidad con lo establecido en el oficio 027/2009 cero, veintisiete, diagonal, dos mil nueve, de fecha 11 once de mayo del año 2009 dos mil nueve, emitido por el Licenciado Juvenal Torres Zarraga, Director de Catastro e Impuestos Inmobiliarios. Siendo objeto de la presente expropiación una superficie de 00-55-51.48 cero, cero hectáreas, cincuenta y cinco áreas, cincuenta y uno punto cuarenta y ocho centiáreas. -2).- Que el asentamiento humano a regularizar ocupa una superficie 00-69-94.21 cero, cero hectáreas, sesenta y nueve áreas, noventa y cuatro punto veintiún centiáreas, con las siguientes medidas y colindancias: Al Norte.- Posicionándose en el vértice número 14 catorce, en dirección al sureste de 27.76 veintisiete metros punto setenta y seis centímetros, colindando con la privada Loma Bonita y Benito Tinajero de la misma colonia, se llega al vértice número 16 dieciséis. Al Sur.- Comenzando en el vértice número 36 treinta y seis, en 6 seis tramos de oriente a poniente, el primero con dirección sureste de 19.90 diecinueve metros punto noventa centímetros colindando con propiedad del ciudadano José Luz Arreola, el 2º segundo y 3º tercero dobla hacia el noroeste en 40.40 cuarenta metros punto cuarenta centímetros, luego al suroeste en 19.36 diecinueve metros punto treinta y seis centímetros, colindando con propiedad del ciudadano Gustavo Ávila y calle Mártires de Tacubaya de por medio, el 4º cuarto tramo al noroeste de 52.29 cincuenta y dos metros punto veintinueve centímetros, con calle Mártires de Tacubaya y Juan Piña Martínez, el 5º quinto de 6.05 seis metros punto cero, cinco centímetros en dirección noreste y el 6º sexto de 39.93 treinta y nueve metros punto noventa y tres centímetros, colindando en estos 2 dos tramos con Juan Piña Anaya, para llegar al vértice número 44 cuarenta y cuatro. Al Oriente.- Empezando en el vértice número 16 dieciséis, en 14 catorce tramos de norte a sur siendo con dirección suroeste en 35.87 treinta y cinco metros punto ochenta y siete centímetros, colindando con propiedad del ciudadano Miguel Monroy, dobla hacia el noroeste en 18.82 dieciocho metros punto ochenta y dos centímetros, dobla al suroeste en 16.04 dieciséis metros punto cero, cuatro centímetros, colindando con Rogelio Moreno, al sureste 20.10 veinte metros punto diez centímetros, con la ciudadana Marcela Gómez, al suroeste en 7.93 siete metros punto noventa y tres centímetros, con Antonio Estrada, al noroeste 25.38 veinticinco metros punto treinta y ocho centímetros, al suroeste 17.26 diecisiete metros punto veintiséis centímetros, al sureste 33.87 treinta y tres metros punto ochenta y siete centímetros, colindando con propiedad de la ciudadana Raquel Resendiz, calle Bodo y Arroyito de por medio, ala suroeste de 13.24 trece metros punto veinticuatro centímetros , al sureste 23.31 veintitrés metros punto treinta y un centímetros, con calle Bodo y Arroyito, dobla al suroeste en 12.84 doce metros punto ochenta y cuatro centímetros, colindando con José Tinajero, al noroeste 21.09 veintiún metros punto cero, nueve centímetros, 24.94 veinticuatro metros punto noventa y cuatro centímetros, colindando estos tramos con propiedad de Roberto Terrazas Sánchez y calle Mártires de Tacubaya de por medio, y por último tramo 41.23 cuarenta y un metros punto veintitrés centímetros, colindando con Jerónimo Arreola, se llega al vértice número 36 treinta y seis. Al Poniente.- Posicionándose en el vértice número 44 cuarenta y cuatro, con dirección de sur a norte, en 11 once tramos, hacia el noreste 19.98 diecinueve metros punto noventa y ocho centímetros, colindando con calle Leyes de Reforma, dobla hacia el sureste con 39.78 treinta y nueve metros punto setenta y ocho centímetros, con Antonia Loarca Morales, al noreste 23.07 veintitrés metros punto cero, siete centímetros, colindando con Carlos Ríos, quiebra al sureste 44.54 cuarenta y cuatro metros punto cincuenta y cuatro centímetros, con calle Mártires de Tacubaya, al noroeste 21.02 veintiún metros punto cero, dos centímetros, con calle Bodo y Arroyito, al suroeste 18.79 dieciocho metros punto setenta y nueve centímetros, con Juan Ramírez, al noroeste 10.31 diez metros punto treinta y un centímetros, con Esperanza Aguilar Martínez, al noreste 20.76 veinte metros punto setenta y seis centímetros, con Leticia Caballero, al noreste 10.07 diez metros punto cero, siete centímetros, con calle Bodo y Arroyito, y el tramo continúa al noreste con 74.63 setenta y cuatro metros punto sesenta y tres centímetros, colindando con varios lotes de la misma colonia y privada Loma Bonita de por medio, para terminar y cerrar con el vértice número 14 catorce.

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C O N S I D E R A N D O

La presente Administración Pública, acorde al Plan Nacional de Desarrollo y al Plan Básico del Gobierno Estatal 2006-2012 dos mil seis guión dos mil doce viene realizando acciones tendientes a la regularización de asentamientos humanos irregulares, para con ello incorporar a la legalidad inmobiliaria a un gran número de familias guanajuatenses poseedoras de lotes destinados a vivienda y que demandan su justa titulación. -Es indeclinable acelerar la regularización del suelo urbano en los Municipios del -Estado, con objeto de extinguir los problemas de inseguridad jurídica sobre la tierra en que viven los colonos que han venido poseyendo, en forma pública, pacífica, continúa y de buena fe, a fin de incorporarlos plenamente al desarrollo urbano mediante la coparticipación ciudadana en los programas de obra y servicios públicos.

-Para mejorar las condiciones de vida de los guanajuatenses de escasos recursos económicos y para garantizar su derecho a una vivienda digna y decorosa, se hace indispensable integrarlos al orden jurídico inmobiliario en la esquematización de sus respectivos centros de población, erradicando con ello la marginación social de los asentamientos humanos irregulares y ampliando los espacios de convivencia de la comunidad. -Para tal efecto, resulta imprescindible dar curso a la solicitud municipal de expropiación del predio que ocupa el asentamiento "Plaza Martínez" del Municipio de Jerécuaro, Guanajuato, por causa de utilidad pública, en las superficies de lotificación y en las de vialidades y que para precisión de las mismas 00-50-70.62 cero, cero hectáreas, cincuenta áreas, setenta punto sesenta y dos centiáreas, corresponden a lotificación; a vialidades 00-19-23.59 cero, cero hectáreas, diecinueve áreas, veintitrés punto cincuenta y nueve centiáreas; las áreas de vialidades, donación y equipamiento urbano destinadas al uso común a favor del Municipio.

-Se deberán de exceptuar de la expropiación de este predio, los lotes de terreno cuyas escrituras obren inscritas en el Registro Público de la Propiedad con anterioridad a la presente Declaratoria. -La indemnización correspondiente, se encuentra satisfecha de conformidad a lo dispuesto por el articulo 7º séptimo de la Ley de Expropiación, Ocupación Temporal y de Limitación de Dominio para el Estado de Guanajuato, por lo que respecta a la propietaria Marcela Gómez de Rico, con el documento de fecha 11 once de diciembre del año 2008, ratificado ante la Fe del Licenciado Adrián Velázquez Márquez, Notario Público número 9 nueve, en legal ejercicio en el Partido Judicial de Acámbaro, Guanajuato, el cual se encuentra suscrito por la misma bajo el nombre de M. Marcela Gómes Garduño, por lo que respecta al ciudadano Francisco Martínez Martínez, y toda vez que respecto del predio descrito en el Resultando cuarto, número 1 uno, inciso letra "B", celebró contrato de compraventa sin que el mismo se hubiese protocolizado, con el ciudadano Rogelio Piña Sánchez, la indemnización correspondiente se encuentra satisfecha al mismo, tal y como se acredita con el documento de fecha 3 tres febrero del año 2009 dos mil nueve, el cual se encuentra ratificado ante la Fe del Notario Público número 9 nueve, Licenciado Adrián Velázquez Márquez, en legal ejercicio en el Partido Judicial de Acámbaro, Guanajuato, suscrito, mismos que obran en el expediente de expropiación respectivo.

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-En virtud de que se trata de un asentamiento humano ya constituido, resulta innecesario determinar la aplicabilidad al presente caso de las disposiciones relativas a la reversión, toda vez que este ya esta formado desde hace más de 30 treinta años aproximadamente y con esta acción sólo se integra plenamente al orden jurídico, al otorgar la seguridad en la tenencia de la tierra a los colonos habitantes de este desarrollo.

En caso de existir lotes baldíos sin reclamar, deberán quedar en administración del Municipio en tanto resuelve el Estado y el propio Municipio para atender problemas sociales.

-Por lo antes expuesto y fundado en los artículos 4 cuarto párrafo quinto, 27 veintisiete párrafo segundo y fracción VI sexta, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1º primero, 2º segundo, fracción II segunda, 3º tercero, 5º quinto fracción IV cuarta, 33 treinta y tres fracciones VII séptima y VIII octava de la Ley General de Asentamientos Humanos, 12 doce de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, 23 veintitrés fracción II segunda, incisos d y e, y fracción IV cuarta inciso n de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado de Guanajuato, 1º primero, 2º segundo, 3º tercero, 4º cuarto, fracción V quinta, 5º quinto, 6º sexto, 18 dieciocho fracción I primera, 20 veinte, 21 veintiuno, y 29 veintinueve de la Ley de Expropiación, de Ocupación Temporal y de Limitación de Dominio para el Estado de Guanajuato, correlativos a los artículos 4º cuarto fracción IV cuarta, 13 trece fracción II segunda y 119 ciento diecinueve de la Ley de Desarrollo Urbano para el Estado de Guanajuato, se resuelve:

-PRIMERO.- Se declara de utilidad pública, de orden público e interés social, la satisfacción de las necesidades colectivas originadas por la creación de asentamientos humanos al margen de las leyes y reglamentos aplicables, realizando las acciones necesarias para reencauzar tales desarrollos al orden y la legalidad.

-SEGUNDO.- Se expropia a petición del Ayuntamiento de Jerécuaro, Guanajuato, el terreno descrito en el Resultando Cuarto, inciso segundo, cuya superficie es de 00-69-94.21 cero, cero hectáreas, sesenta y nueve áreas, noventa y cuatro punto veintiún centiáreas, con la finalidad de que esa acción legalizadora sea en beneficio de cada uno de los poseedores de los lotes que conforman el referido asentamiento y las áreas de vialidades, donación y equipamiento urbano a favor del Municipio.

-TERCERO.- Los lotes que se regularizan de conformidad al plano que sirvió de base a los trabajos técnicos efectuados en la presente causa son los siguientes:

-Manzana A.- Lotes: 13, 14, 15, 16 y 17 5

Manzana B.- Lotes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 9

Manzana C.- Lotes 10, 11 y 12 3

Total 17

CUARTO.- La indemnización correspondiente, se encuentra satisfecha de conformidad a lo dispuesto por el articulo 7º séptimo de la Ley de Expropiación, Ocupación Temporal y de Limitación de Dominio para el

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Estado de Guanajuato, por lo que respecta a la propietaria Marcela Gómez de Rico, con el documento de fecha 11 once de diciembre del año 2008, ratificado ante la Fe del Licenciado Adrián Velázquez Márquez, Notario Público número 9 nueve, en legal ejercicio en el Partido Judicial de Acámbaro, Guanajuato, el cual se encuentra suscrito por la misa bajo el nombre de M. Marcela Gómes Garduño, por lo que respecta al ciudadano Francisco Martínez Martínez, y toda vez que respecto del predio descrito en el Resultando cuarto, número 1 uno, inciso letra "B", celebró contrato de compraventa sin que el mismo se hubiese protocolizado, con el ciudadano Rogelio Piña Sánchez, la indemnización correspondiente se encuentra satisfecha al mismo, tal y como se acredita con el documento de fecha 3 tres febrero del año 2009 dos mil nueve, el cual se encuentra ratificado ante la Fe Notario Público número 9 nueve, Licenciado Adrián Velázquez Márquez, en legal ejercicio en el Partido Judicial de Acámbaro, Guanajuato, suscrito, mismos que obran en el expediente de expropiación respectivo.

-QUINTO.- Escritúrense a favor del Municipio de Jerécuaro, Guanajuato, las superficies de terrenos destinadas a vialidades, donación y equipamiento urbano.

-SEXTO.- Se exceptúan de la expropiación de este predio, los lotes de terreno cuyas escrituras obren inscritas en el Registro Público de la Propiedad con anterioridad a la presente Declaratoria.

SEPTIMO. No se escriturarán lotes con uso incompatible con el habitacional.

-OCTAVO.- Se deberán establecer convenios entre las autoridades municipales y colonos para que conjuntamente se lleve a cabo la introducción de los servicios públicos faltantes.

-NOVENO.- El Ejecutivo del Estado en caso de ser necesario, ejercerá las acciones pertinentes para la exacta cumplimentación de la presente Declaratoria de expropiación.

-DECIMO.- Los lotes baldíos no reclamados en un termino de 6 seis meses, contados a partir de la fecha de inicio de contratación para su titulación, quedarán en administración del Municipio en tanto resuelve el Estado y el propio Municipio para atender problemas sociales; en caso de su asignación, el importe de los mismos se destinará a obras para beneficio de la colonia.

-DÉCIMO PRIMERO.- Publíquese por una ocasión en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato y en el Tablero de avisos de la Presidencia Municipal correspondiente y notifíquese personalmente a los propietarios y/o a sus representantes legales en los domicilios que se tengan señalados para ello, en caso de que se desconozcan o no puedan ser localizados, surtirá efectos de notificación personal, la segunda publicación que de esta Declaratoria se lleve a cabo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato.

-DÉCIMO SEGUNDO.- Inscríbase en el Registro Público de la Propiedad del Partido Judicial respectivo la presente resolución.

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-Así lo declara y firma el Licenciado Juan Manuel Oliva Ramírez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, a los 18 dieciocho días del mes de diciembre del año 2009 dos mil nueve.

-LA PRESENTE HOJA DE FIRMAS FORMA PARTE INTEGRANTE DE -LA DEC-LARATORIA DE EXPROPIACION DICTADA EN EL EXPEDIENTE NÚMERO 052/2009 PARA LA REGULARIZACION DEL ASENTAMIENTO HUMANO DENOMINADO "PLAZA MARTÍNEZ" DEL MUNICIPIO DE JERÉCUARO, GUANAJUATO.

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V i s t o para resolver el expediente número (28)-67-L/96, donde se tramitó el permiso por la venta de los lotes que integran la Lotificación denominada «Santa Cruz I», propiedad de Noemí Mendoza Gasca, ubicado en el Municipio de Salvatierra, Guanajuato, y:

-R E S U L T A N D O :

PRIMERO.- Con fecha 12 doce de marzo de 1996 mil novecientos noventa y seis, la ciudadana Noemí Mendoza Gasca, solicito a la entonces Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Estado de Guanajuato, la aprobación de traza para llevar a cabo un fraccionamiento en un predio de su propiedad, denominado «Santa Cruz I». La titularidad de dicho inmueble se acreditó a través de la escritura pública 1510 mil quinientos diez, del 21 veintiuno de diciembre de 1993 mil novecientos noventa y tres, otorgada ante la fe del notario público número 1 uno, en legal ejercicio en el partido judicial de Salvatierra, Guanajuato, licenciado Efrén Guerrero Torres, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del citado partido judicial, bajo el número 857 ochocientos cincuenta y siete, del tomo XXI vigésimo primero del libro de propiedad y fideicomisos, del 21 veintiuno de septiembre de 1994 mil novecientos noventa y cuatro. -SEGUNDO.- Una vez que la propietaria cumplió con los requisitos de la Ley de Fraccionamientos y Conjuntos Habitacionales para el Estado de Guanajuato, el ingeniero Cristóbal Ascencio Hernández, entonces titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Estado de Guanajuato, mediante acuerdo número 58 cincuenta y ocho, de fecha 30 treinta de mayo de 1996 mil novecientos noventa y seis, tuvo a bien aprobar la traza del citado desarrollo, circunstancia que fue comunicada a la propietaria del predio, mediante oficio número 1275 mil doscientos setenta y cinco, del 6 seis de junio del mismo año. TERCERO.- A solicitud de la propietaria, la Secretaría de Desarrollo Social y Humano del Estado de Guanajuato, mediante oficio número DFDI/053/2004, de fecha 18 dieciocho de enero de 2005 dos mil cinco, aprobó la modificación de traza del proyecto original, circunstancia que fue comunicada a la propietaria en fecha 27 veintisiete de enero del mismo año. -CUARTO.- Mediante oficio número DFDI/057/2005, de fecha 18 dieciocho de enero del 2005 dos mil cinco, la Dirección de Fomento y Desarrollo Inmobiliario, de la Secretaría de Desarrollo Social y Humano del Estado de Guanajuato, proporcionó a la Secretaría de Finanzas y Administración los datos necesarios para el cálculo de las cargas fiscales correspondientes al desarrollo, mismas que fueron cubiertas en efectivo, según se desprende de las constancias que obran agregadas al expediente respectivo, cumpliendo la propietaria con lo dispuesto por las leyes fiscales. -QUINTO.- Que una vez que la propietaria cubrió el importe de las cargas fiscales correspondientes, mediante oficio DFDI/144/2005 de fecha 09 nueve de marzo de 2005 dos mil cinco, se otorgó licencia para la ejecución de las obras de urbanización del desarrollo, indicándole al fraccionador las especificaciones a que deberían sujetarse las mismas. -SEXTO.- Que en la lotificación que nos ocupa, no es exigible al fraccionador la donación de áreas de equipamiento urbano, de acuerdo a lo previsto por el artículo 86 ochenta y seis, fracción V quinta del Reglamento de la Ley de Fraccionamientos y Conjuntos Habitacionales para el Estado de Guanajuato. -SÉPTIMO.- En atención a la solicitud de la propietaria del desarrollo que nos ocupa, para obtener la autorización por la venta de los lotes que integran la Lotificación del desarrollo denominado «Santa Cruz I»,

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ubicado en el Municipio de Salvatierra, Guanajuato, personal adscrito a la Secretaría de Desarrollo Social y Humano del Estado de Guanajuato, procedió a efectuar la supervisión correspondiente en fecha 11 once de marzo del actual, dictaminándose que las obras de urbanización de la Lotificación en estudio se encuentran ejecutadas en su totalidad.

-C O N S I D E R A N D O :

I.- Que el Secretario de Desarrollo Social y Humano, es competente para otorgar la autorización por la venta de los lotes de Lotificaciones de predios con una superficie de hasta 10,000.00 m2

diez mil metros cuadrados, de acuerdo a lo previsto por el artículo 6 seis fracción VIII octava de la Ley de Fraccionamientos y Conjuntos Habitacionales para el Estado de Guanajuato; 86 ochenta y seis fracciones II segunda y III tercera segundo párrafo y 90 noventa fracción VII séptima, inciso D) de su Reglamento, en relación con lo establecido por el artículo Cuarto Transitorio de la Ley de Fraccionamientos para el Estado de Guanajuato y sus Municipios, así como lo dispuesto por el artículo 5 cinco del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social y Humano. -II.- Que la propietaria obtuvo la aprobación de traza y su modificación, además cubrió las cargas fiscales correspondientes, por lo que le fue otorgada la licencia para la ejecución de las obras de urbanización de la Lotificación respectiva, obras que se encuentran concluidas en su totalidad, como consta en el expediente respectivo.

-POR LO EXPUESTO Y FUNDADO, SE RESUELVE :

PRIMERO.- El Titular de la Secretaría de Desarrollo Social y Humano del Estado de Guanajuato, otorga a Noemí Mendoza Gasca, autorización por la venta de los lotes que integran la Lotificación denominada «Santa Cruz I» ubicada en el Municipio de Salvatierra, Guanajuato, mismos que a continuación se detallan:

• Lotes del 1 uno al 26 veintiséis, inclusive de la manzana A. • Lotes del 1 uno al 21 veintiuno, inclusive de la manzana B. • Lotes del 1 uno al 6 seis, inclusive de la manzana C.

Los lotes que integran la Lotificación de referencia, se destinaran a uso habitacional unifamiliar. SEGUNDO.- El predio a autorizar cuenta con una superficie total a lotificar de 9,620.39 m2 nueve

mil seiscientos veinte punto treinta y nueve metros cuadrados, equivalente al 100% cien por ciento, con las siguientes medidas y colindancias: al Norte 78.50 metros lineales, linda con Rodolfo Mendoza Grande; al Sur tres tramos y de este a oeste 68.22, 62.74 y 27.41 metros lineales, linda con calles Estrella, Alborada y Salamanca; al Este 131.88 metros lineales, linda con calle Zenit; y al Oeste 140.00 metros lineales, linda con varios propietarios. -TERCERO.- La superficie de la Lotificación en tratamiento se encuentra distribuida de la siguiente manera: A) Superficie vendible 8,061.22 m2 ocho mil sesenta y uno punto veintidós metros cuadrados,

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quinientos cincuenta y nueve punto diecisiete metros cuadrados, equivalente al 16.21% dieciséis punto veintiuno por ciento; C) Se encuentra integrada por 53 cincuenta y tres lotes en 3 tres manzanas; clasificándose como "Habitación Popular”. -Los lotes que integran el desarrollo de referencia, se destinarán exclusivamente a los usos ya descritos. -CUARTO.- En los contratos de compraventa o promesa de venta, se incluirán las cláusulas restrictivas necesarias para asegurar por parte de los compradores, que los lotes no se subdividirán en otros de dimensiones menores que los autorizados, y que los mismos se destinarán a los fines y usos para los cuales hubieran sido aprobados, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 41 cuarenta y uno de la Ley de Fraccionamientos y Conjuntos Habitacionales para el Estado de Guanajuato. -QUINTO.- A costa del solicitante, inscríbase este permiso en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del partido judicial que corresponda, y publíquese por dos veces en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, y en el diario de mayor circulación en el Municipio de Salvatierra, Guanajuato, con un intervalo de 5 cinco días entre cada publicación, de conformidad a lo estipulado por los artículos 66 sesenta y seis, 76 setenta y seis y 78 setenta y ocho de la Ley de Fraccionamientos y Conjuntos Habitacionales para el Estado de Guanajuato. -SEXTO.- Notifíquese personalmente al propietario, de acuerdo a lo previsto por los artículos 87 ochenta y siete y 88 ochenta y ocho de la Ley de Fraccionamientos y Conjuntos Habitacionales para el Estado de Guanajuato. -Así lo resolvió y firma el licenciado Miguel Márquez Márquez, Secretario de Desarrollo Social y Humano del Estado de Guanajuato, a los quince días del mes de abril del 2010 dos mil diez.

-La presente hoja de firmas corresponde a la Autorización por la venta de los lotes que integran la Lotificación del predio denominado «Santa Cruz I», ubicado en el Municipio de Salvatierra, Guanajuato.

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PRESIDENCIA MUNICIPAL - CELAYA, GTO.

LA CIUDADANA LIC. RUBI LAURA LOPEZ SILVA, PRESIDENTE DEL MUNICIPIO DE CELAYA, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO HACE SABER:

QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO QUE PRESIDO, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIEREN LOS ARTICULOS 115, FRACCION II INCISO B) DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; ARTICULO 117 FRACCION XII DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO; ARTICULOS 69 FRACCION IV, INCICOS F) Y G) 170, 171 FRACCION V, Y 177 DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL VIGENTE EN EL ESTADO DE GUANAJUATO; EN LA DECIMA QUINTA SESION ORDINARIA DE AYUNTAMIENTO, CELEBRADA EL 30 DE ABRIL DE 2010, EMITIO EL SIGUIENTE:

A C U E R D O

PRIMERO.- Se desafectan del Dominio Público los bienes inmuebles propiedad Municipal, siguientes:

• Inmueble propiedad del Municipio de Celaya, ubicado en calle Los Naranjos esquina calle Garambullo sin número en el Fraccionamiento Los Naranjos de esta ciudad, con una superficie de terreno de 4,048.45 M2. que mide y linda:Norte: 49.40 metros con calle Los Naranjos. Sur:

48.93 metros con calle Níspero. Oriente: 75.73 metros con propiedad Municipal. Poniente: 76.67 metros con calle Garambullo. En el que actualmente presta servicios de educación básica el Preescolar "Octavio Paz".

• Inmueble propiedad del Municipio de Celaya, ubicado en la calle Abedul sin número, en la colonia Los Girasoles de esta ciudad, con una superficie de terreno 2,007.74 M2. con las

siguientes medidas y linderos: Norte: 56.10 metros con el centro social. Sur: 55.50 metros con diversos propietarios. Oriente: 36.15 metros con la escuela primaria Federal "Juan Escutia". Poniente: 35.85 metros con calle Abedul. En el que actualmente presta servicios de educación básica el Preescolar "Rosa María Martínez Ríos".

• Inmueble propiedad del Municipio de Celaya, ubicado en la calle Juan Bautista Morales esquina calle Marte sin número, en la colonia Zona de Oro de Celaya de esta ciudad, con una superficie de terreno 2,000.00 M2. con las siguientes medidas y linderos: Norte: 44.73 metros

con calle Marte. Sur: 44.73 metros con propiedad particular. Oriente: 44.73 metros con calle Juan Bautista Morales. Poniente: 44.73 metros con propiedad municipal. En el que actualmente presta servicios de educación básica el Preescolar "José María Morelos y Pavón". • Inmueble propiedad del Municipio de Celaya, ubicado en la calle Ignacio Allende número 461,

zona centro de esta ciudad, con una superficie de terreno 1,450.50 M2. con las siguientes

medidas y linderos: Norte: 62.70 metros con el mismo Jardin de Niños Javier Bonilla Cortes. Sur: En cuatro líneas, la primera de 5.63 metros, la segunda ligeramente inclinada de Oriente a Poniente en 27.58 metros, dobla en línea de Norte a Sur en 4.99 metros, vuelve a doblar ligeramente inclinada de Oriente a Poniente en 23.59 metro todas ellas con propiedad particular. Oriente: 15.11 metros con calle Ignacio Allende. Poniente: 38.20 metros con varios propietarios. En el que actualmente presta servicios de educación básica el Preescolar "Javier Bonilla Cortes".

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• Inmueble propiedad del Municipio de Celaya, ubicado en calle Texcoco sin número, zona centro de esta ciudad, con una superficie de terreno 2,308.60 M2. con las siguientes medidas

y linderos: Norte: 49.56 metros con lotes 30, 31, 32, 33, 34 y 35. Sur: En dos líneas ligeramente inclinadas, partiendo de Oriente a Poniente la primera de 17.00 metros y la segunda de 44.50 metros con calle Texcoco. Oriente: 31.50 metros con calle Retorno de Texcoco. Poniente: 64.00 metros con calle Retorno de Texcoco. En el que actualmente presta servicios de educación básica el Preescolar "Netzahualcoyotl.

• Inmueble propiedad del Municipio de Celaya, ubicado en la calle Mármol sin número, en la Colonia San Juanico de esta ciudad, con una superficie de terreno 2,387.37 M2. con las

siguientes medidas y linderos: Norte: 50.00 metros con propiedad municipal. Sur: 49.00 metros con propiedad municipal. Oriente: 51.50 metros con calle Mármol. Poniente: 45.00 metros con propiedad municipal. En el que actualmente presta servicios de educación básica el Preescolar "Lic. Rosa González de Carmona".

• Inmueble propiedad del Municipio de Celaya, ubicado en la calle Galaxia esquina Calle Vesta en el Fraccionamiento Santa Anita de esta ciudad, con una superficie de terreno de 2,021.00 M2. que mide y linda: Norte: 38.63 metros con varios propietarios. Sur: Vértice del Triangulo.

Oriente: 100.45 metros con calle Vesta. Poniente: 93.45 metros con calle Galaxia. En el que actualmente presta servicios de educación básica el Preescolar "Héroes de Chapultepec". • Inmueble propiedad del Municipio de Celaya, ubicado en la Avenida Paseo de la Lluvia sin número en el Fraccionamiento Bosques del Sol de esta ciudad, con una superficie de terreno de 2,319.60 M2. que mide y linda: Norte: 59.00 metros con Av. Paseo de la lluvia. Suroeste:

90.00 metros con restricción de la Comisión Federal de Electricidad. Poniente: 73.75 metros con el Fraccionamiento Santa Bárbara. En el que actualmente presta servicios de educación básica el Preescolar "Bertha Von Glumer".

• Inmuebles propiedad del Municipio de Celaya, ubicados en la calle Fresnillo esquina calle Cuernavaca sin número, en la Colonia Independencia de esta ciudad, con una superficie de terreno 352.00 M2. con las siguientes medidas y linderos: Norte: 16.00 metros con calle

Fresnillo. Sur: 16.00 metros con lotes 12 y 13 de la manzana 9. Oriente: 22.00 metros con calle Cuernavaca. Poniente: 22.00 metros con lote 9. En el que actualmente presta servicios de educación básica el Preescolar "Revolución Mexicana".

• Inmueble propiedad del Municipio de Celaya, ubicado en Andador Apaseo el Alto esquina calle Tarimoro sin número, en la Colonia Guanajuato de esta ciudad, con una superficie de terreno 2,500.00 M2., con las siguientes medidas y linderos: Norte: 50.00 metros con propiedad

municipal. Sur: 50.00 Metros con Andador Apaseo el Alto. Oriente: 50.00 metros con propiedad municipal. Poniente: 50.00 Metros con calle Tarimoro. En el que actualmente presta servicios de educación básica el Preescolar "Ignacio Ramírez López".

• Inmueble propiedad del Municipio de Celaya, Inmueble ubicado en la calle Valle del Palmar sin número, en la Colonia Valle del Real de esta ciudad, con una superficie de terreno de 2,500.00 M2., con las siguientes medidas y linderos: Norte: 55.00 metros con calle Valle del

Palmar. Sur: 55.00 metros con calle Vereda Real. Oriente: 44.00 metros con lotes del 1 al 7 de la manzana XI. Poniente: 44.50 metros con propiedad municipal. En el que actualmente presta servicios de educación básica el Preescolar "Esperanza Franco Estrada".

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SEGUNDO.- Se otorga en donación a favor de Gobierno del Estado de Guanajuato, a través de la Secretaria de Educación de Guanajuato; los bienes inmuebles descritos en el Resolutivo Primero del presente Dictamen y de conformidad con el DECRETO 07-23-93 publicado el 23 de julio de 1993 en el Diario Oficial de la Federación; Inmuebles en los que se ubican las escuelas en las que prestan servicios de educación básica preescolar.

TERCERO.- En el supuesto de que los bienes donados se utilicen a un fin distinto al autorizado, o que no se inicie la obra en un plazo de un año y no se concluya en un plazo de dos años, los bienes donados revertirán a favor del Municipio, con todas sus mejoras y accesiones.

CUARTO.- Se instruye a la Tesorera Municipal, realice los movimientos necesarios en el Padrón de Bienes Inmuebles Propiedad Municipal.

QUINTO.- Se instruye al Director Jurídico, realice los trámites legales que en derecho procedan para la formalización en escritura pública de las presentes Donaciones, los gastos y costas que surgieran de las presentes donaciones será a cargo del Donatario.

SEXTO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento, realice las publicaciones a que haya lugar en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato.

SEPTIMO.- Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo establecido por el artículo 112 Fracción V de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato.

DADO EN LA RESIDENCIA DEL H. AYUNTAMIENTO EN LA CIUDAD DE CELAYA DEL ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS 30 TREINTA DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO 2010 DOS MIL DIEZ.

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LA CIUDADANA LIC. RUBI LAURA LOPEZ SILVA, PRESIDENTE MUNICIPAL DE CELAYA, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO HACE SABER:

QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO QUE PRESIDO, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIEREN LOS ARTICULOS 115, FRACCION IV, INCISO C) ULTIMO PARRAFO y 126, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; ARTICULO 121 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO; ARTICULOS 69 FRACCION IV, INCISO A), 197 y 201 DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO; EN LA DECIMO PRIMERA SESION ORDINARIA DEL H. AYUNTAMIENTO, CELEBRADA EL DIA 26 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 DOS MIL DIEZ, APROBÓ EL SIGUIENTE:

ACUERDO

PRIMERO.- Se aprueba el Presupuesto de Ingresos y Egresos al Cierre del Ejercicio Fiscal 2009, quedando de la siguiente manera:

CONCEPTO PRESUPUESTO INGRESOS IMPUESTOS $110’040,005 DERECHOS $45’828,705 CONTRIBUCIONES ESPECIALES $12’116,592 PRODUCTOS $25’822,920 APROVECHAMIENTOS $456’187,489 PARTICIPACIONES $286’878,484 INGRESOS REALES $936’874,195

REMANENTES AÑOS ANTERIORES $180’661,223

TOTAL INGRESOS+REMANENTES $1,117’535,418 CONCEPTO PRESUPUESTO EGRESOS NOMINA Y PRESTACIONES $278’995,096 OPERACION $134’794,769 SUBSIDIOS,AYUDAS,TRANSFERENCIAS $127’553,110 OBRA PUBLICA $378’990,489 BIENES INVENTARIABLES $23’623,526 DEUDA PUBLICA $14’267,240 EGRESOS REALES $958’224,231 EROGACIONES EXTRAORDINARIAS $40’000,000 TOTAL DE EGRESOS $998’224,231 DIFERENCIA INGRESOS-EGRESOS $119’311,187

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PAGINA 42 PERIODICO OFICIAL

PRESUPUESTO AL CIERRE DEL EJERCICIO 2009

NO. CUENTA NOMBRE PRESUPUESTO

5000 EGRESOS 998,224,231

5000-5200 SINDICOS Y REGIDORES 11,884,804

5000-5200-5200 GASTOS ADMINISTRATIVOS 9,579,306

5000-5200-5201 LIC. MARTHA REYNA ALONSO 134,781

5000-5200-5202 LIC. EDITH ROQUE MENDOZA 130,078

5000-5200-5203 PROF. ISIDRO GONZALEZ NIETO 132,184

5000-5200-5204 LIC. SARAI NUÑEZ CERON 133,205

5000-5200-5205 PROF.J.JESUS OJEDA GUZMAN 90,646

5000-5200-5206 ING.J.IGNACIO MURILLO GOMEZ 130,674

5000-5200-5207 DR.NOEL LUNA AGUIRRE 108,188

5000-5200-5208 LIC.LUIS FELIPE PESQUERA SANCHEZ 131,491

5000-5200-5209 ALEJANDRO PICHARDO SALINAS 132,904

5000-5200-5210 ING.JORGE LUIS JAMAICA MORENO 124,937

5000-5200-5211 LIC.KARINA CAMARENA REYNOSO 133,205

5000-5200-5212 LIC.J.LEOPOLDO MIRELES DURAN 133,204

5000-5200-5213 LIC.FCO.JAVIER GUIZA ALDAY 133,205

5000-5200-5214 LIC.IÑIGO RODRIGUEZ TALANCON 119,175

5000-5200-5215 ARQ. SERGIO HERNANDEZ CERVANTES 38,758

5000-5200-5216 LIC. MA ELENA RAMÍREZ MARTÍNEZ 38,036

5000-5200-5217 LIC. JUAN CARLOS GUILLÉN HERNÁNDEZ 43,155

5000-5200-5218 LIC. JORGE ALBERTO SERRANO MACHUCA 40,500

5000-5200-5219 ING.DANIEL MIRELES VASCO 35,870

5000-5200-5220 LIC. FABIOLA MATEOS CHAVOLLA 42,003

5000-5200-5221 C.MARTHA ANGELICA RAMÍREZ BARBA 42,152

5000-5200-5222 ING. BULMARO FUENTES LEMUS 42,691

5000-5200-5223 C.P. LUIS MANUEL CANO MEZA 40,407

5000-5200-5224 C. MA. GUADALUPE FERRER GUERRA 38,725

5000-5200-5225 ING. LEONARDO GUTIÉRREZ SILVA 39,426

5000-5200-5226 DRA. MA. GUADALUPE HERRERA AVILES 29,835

5000-5200-5227 DR. ERNESTO JAMAICA VERDUZCO 22,910

5000-5200-5228 PROF. RAUL CHAVEZ ALBA 43,155

5000-5300 DESARROLLO ECONÓMICO 5,325,354

5000-5300-5301 PROG.ATRACCIÓN DE INVERSIONES 3,287,205

5000-5300-5303 INNOVACIÓN TÉCNOLOGICA Y DE SERVICIOS 425,022

5000-5300-5304 CAPACITACIÓN EMPRESARIAL 326,689

5000-5300-5305 FINANCIAMIENTO A MIPYMES 493,514

5000-5300-5306 SISTEMA DE APERT.RAPIDA DE EMPRESAS 329,179

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5000-5400 DESARROLLO SOCIAL 65,391,082

5000-5400 DIRECCIÓN GENERAL 46,762,383

5000-5400-5401 GASTOS ADMINISTRATIVOS 3,111,587

5000-5400-5402 PROGRAMAS SOCIALES 39,984,113

5000-5400-5403 COPLADEM 631,053

5000-5400-5406 COORD.DE AGUIA POT., ALC.Y SANEAM.RUR 1,541,894

5000-5400-5407 PROGRAMA HABITAT 2009 1,493,736

5000-5401 COORD. DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA 2,085,664

5000-5401-5401 ATENCIÓN CIUDADANA 2,085,664 5000-5402 COORD. DE EDUCACIÓN 4,462,365 5000-5402-5401 GASTOS ADMINISTRATIVOS 1,082,928 5000-5402-5402 CENTROS CASSA 1,196,481 5000-5402-5404 BIBLIOTECAS MUNICIPALES 2,182,956 5000-5404 COORD. DE SALUD 3,339,938

5000-5404-5401 CLORACIÓN DEL AGUA AREA RURAL 417,828

5000-5404-5402 APOYO A CAMPAÑAS DE SALUD 619,420

5000-5404-5403 CONTROL Y FOMENTO SANITARIO 936,999

5000-5404-5404 PREVENCIÓN Y CONTROL DE RABIA 1,365,690

5000-5406 COORD. DE DESARROLLO RURAL 2,483,446

5000-5406-5401 GASTOS ADMINISTRATIVOS 783,900

5000-5406-5402 APOYO A COMUNIDADES RURALES 1,699,546

5000-5407 INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA 5,788,826

5000-5407-5401 GASTOS ADMINISTRATIVOS 1,976,118

5000-5407-5402 MTTO. GRAL . A ESPACIOS DEPORTIVOS 3,812,708

5000-5408 COORD. ADMINISTRATIVA 468,461

5000-5408-5401 GASTOS OPERATIVOS 468,461

5000-5500 PRESIDENCIA 13,028,217

5000-5500 SECRETARÍA PARTICULAR 5,339,677

5000-5500-5500 GESTIÓN CIUDADANA 2,051,484

5000-5500-5501 ATENCIONES DEL PRESIDENTE 2,649,095

5000-5500-5502 MODULO DE ATENCIÓN PERSONALIZADA 411,536

5000-5500-5503 PROGRAMA INFORME DE GOBIERNO 27,511

5000-5500-5504 PROGRAMA DE TRANSICIÓN 200,052

5000-5501 COMUNICACIÓN E IMAGEN 6,742,673

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15 DE JUNIO - 2010

PAGINA 44 PERIODICO OFICIAL

5000-5501-5503 EVENTOS ESPECIALES 1,771,798

5000-5503 INOVACIÓN GUBERNAMENTAL 945,867

5000-5503-5501 GASTOS ADMINISTRATIVOS 945,867

5000-5600 SECRETARIA DEL H. AYUNTAMIENTO 71,771,023

5000-5600 SRIA. DEL H. AYUNTAMIENTO 13,225,126

5000-5600-5600 SESIONES DE H.AYUNTAMIENTO 3,867,304

5000-5600-5601 COORDINACIÓN DE DELEGADOS 9,187,402

5000-5600-5605 PROG.SERV.MILITAR NACIONAL 170,419

5000-5601 DIRECCIÓN JURÍDICA 5,613,766

5000-5601-5601 CONTRATOS Y TITULACIÓN 3,079,875

5000-5601-5602 PROG. ATENCIÓN A PROCESOS LEGALES 2,533,891

5000-5602 VENTANILLA DE RELACIONES EXTERIORES 2,610,955

5000-5602-5601 PASAPORTES, AVISOS NOTAR.,REFORMAS 2,581,988

5000-5602-5602 ATENCIÓN A MIGRANTES 28,966

5000-5603 UNIDAD MPAL. DE PROTECCIÓN CIVIL 5,967,319

5000-5603-5601 PREVENCIÓN Y MITIGACION DE RIESGOS 3,087,473

5000-5603-5602 CAPACITACIÓN Y DIFUSIÓN 342,840

5000-5603-5603 ATLAS DE RIESGO 327,372

5000-5603-5604 SIMULACROS DE ACTUACIÓN DE LA CULTU 467,789

5000-5603-5605 SEÑALIZACIÓN DE AREAS DE RIESGO 478,408

5000-5603-5606 PROG.DE PREV.Y CTRL.DE INCENDIOS 1,263,438

5000-5604 JUZGADOS ADMINISTRATIVOS 1,442,203

5000-5604-5601 JUSTICIA EXPÉDITA 1,442,203

5000-5612 DIR. TRANSPORTE Y VIALIDAD 36,588,682

5000-5612-5601 INFRAESTRUCTURA E INGENIERIA VÍAL 5,745,334

5000-5612-5602 SERV.LICENCIAS E INFRACCIONES 6,097,364

5000-5612-5603 PROG.OPERATIVO DE TRANSITO Y VIAL 19,661,725

5000-5612-5604 SERVICIO ADMINISTRATIVO 5,084,259

5000-5613 INFOPOL 6,322,973

5000-5613-5601 CARRERA TÉCNICA 6,322,973

500-5650 UNIDAD MPAL DE ACCESO A INFORMACIÓN 1,225,558

5000-5650-5650 DIFUSIÓN DE LA UNIDAD DE ACCESO 998,123

(45)

5000-5700 OFICIALIA MAYOR 39,702,222

5000-5700 OFICIALIA MAYOR 7,946,286

5000-5700-5700 ADMINISTRACIÓN DE OFICIALIA MAYOR 7,508,484

5000-5700-5701 PROGRAMA ACCIÓN CIVICA 437,801

5000-5701 MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS PÚBLICOS 3,634,775

5000-5701-5701 ESTACIONAMIENTO PÚBLICO 1,614,193

5000-5701-5702 MANTENIMIENTO DE BIENES 2,020,582

5000-5704 RECURSOS HUMANOS 14,413,959

5000-5704-5701 ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS 2,298,136

5000-5704-5702 DESARROLLO HUMANO 2,877,211

5000-5704-5703 CULTURA LABORAL 1,174,643

5000-5704-5704 SERVICIO CIVIL DE CARRERA 243,291

5000-5704-5705 IMPUESTOS E INDEMNIZACIONES 7,820,679

5000-5706 JUBILADOS 13,119,674

5000-5706-5706 JUBILADOS 13,119,674

5000-5708 COORD.DE SERVICIO SOCIAL 587,529

5000-5708-5701 SERV.SOCIAL Y PRÁCTICAS PROFESIONALES 587,529

5000-5800 TESORERÍA 52,757,380

5000-5800 TESORERÍA 11,708,561

5000-5800-5800 SEGUIMIENTO POA 2009 Y OTROS PROG. 11,708,561

5000-5801 CONTABILIDAD 5,462,812

5000-5801-5801 CONTABILIDAD Y CONTROL PRESUPUESTAL 4,608,791

5000-5801-5802 CONTROL GASTOS DE COMBUSTIBLE 854,021

5000-5802 INGRESOS 7,582,063

5000-5802-5801 RECAUDACIÓN DE INGRESOS MUNICIPALES 7,582,063

5000-5803 IMPUESTO INMOBILIARIO 6,476,394

5000-5803-5801 GASTOS ADMINISTRATIVOS 1,890,955

5000-5803-5802 PROG. AVALUOS 1,080,476

5000-5803-5803 PROG.PROCEDIMIENTO ADMVO. DE EJECUCIÓN 853,573

5000-5803-5804 PROG. FRACCIONAMIENTOS 566,176

5000-5803-5805 RECAUDACIÓN DE PREDIAL 1,036,479

5000-5803-5806 PROG.TRASLADO DE DOMINIO 514,550

5000-5803-5807 PROG. VENTANILLA ÚNICA 199,465

(46)

15 DE JUNIO - 2010

PAGINA 46 PERIODICO OFICIAL

5000-5804 CATASTRO 5,360,675

5000-5804-5801 PROG.VENTANILLA ÚNICA 158,114

5000-5804-5802 PROG.GEOMÁTICA Y PROCESAMIENTO 1,241,766

5000-5804-5803 PROG.ACTUALIZACIÓN CATASTRAL 3,960,795

5000-5805 COMPRAS 1,422,431

5000-5805-5802 ACT. PADRÓN DE PROVEEDORES Y EMISION DE ORDENES 594,313 5000-5805-5803 PROY.LICITACIÓN DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES 550,869

5000-5805-5804 ADMINISTRATIVO 277,249

5000-5806 FISCALIZACIÓN 6,021,359

5000-5806-5802 COMERCIO EN LA VÍA PÚBLICA 1,544,036

5000-5806-5803 MERCADOS Y TIANGUIS 773,934

5000-5806-5804 ESTAB. COMERC.Y DE SERV.C/VTA. BEB.ALC. 2,269,083

5000-5806-5805 VINCULACIÓN Y COOP.INTERMUNICIPAL 1,434,306

5000-5808 INFORMÁTICA 4,906,692

5000-5808-5801 PROG.DE DESARROLLO INFORMÁTICO 2,903,714

5000-5808-5802 REDES Y TELECOMUNICACIONES 2,002,978

5000-5809 CONTROL PATRIMONIAL 3,816,392

5000-5809-5801 CONTROL DE ACTIVOS 1,118,214

5000-5809-5802 BIENES EN DESUSO 1,367,988

5000-5809-5803 BIENES INMUEBLES 1,050,483

5000-5809-5804 PROGRAMA RESCATE VEHÍCULAR 99,376

5000-5809-5805 PROG.RECUPERACIÓN DE PREDIOS MPALES. 180,330

5000-5900 CONTRALORÍA 6,346,965

5000-5900-5901 GASTOS ADMINISTRATIVOS 2,205,984

5000-5900-5902 AUDITORIAS 3,057,616

5000-5900-5903 PARTICIPACION SOC.Y PROCED.ADMVOS. 1,083,364

5000-6100 DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS 23,578,286

5000-6100-6100 PROGRAMA ANUAL DE OBRAS 4,282,639

5000-6100-6101 CONTROL TECNICO Y ADMVO. 3,320,054

5000-6100-6102 PROYECTOS Y PLANEACIÓN 1,840,898

5000-6100-6103 SUPERVISIÓN Y CONTROL 2,137,658

5000-6100-6104 SUPERINTENDENCIA DE MANTTO. 11,997,037

5000-6200 DESARROLLO URBANO 10,326,806

5000-6200-6201 DIRECCIÓN GENERAL 3,198,597

5000-6200-6202 DIRECCIÓN DE CONTROL DE DESARROLLO 1,993,287

5000-6200-6203 COORD.DE USO DE SUELO 709,051

5000-6200-6204 COORD.DE INSPECCIÓN 963,449 5000-6200-6205 DIRECCIÓN DE FRACCIONAMIENTOS 2,044,780 5000-6200-6206 ASENTAMIENTOS IRREGULARES 1,041,485 5000-6200-6207 COOR.CENTRO HISTÓRICO 376,159 5000-6300 SERVICIOS MUNICIPALES 69,632,496 5000-6300-6300 ADMINISTRACIÓN 6,984,131

(47)

5000-6300-6301 PROG.EQUIPAMIENTO FAFM 2009 1,571,616

5000-6300-6302 PROG.MANTTO.Y CONSERV.PQUE.LINEAL 526,552

5000-6300-6304 CELAYA VERDE 14,907,334

5000-6300-6305 RASTRO MUNICIPAL 6,329,689

5000-6300-6306 CELAYA ILUMINADA 7,637,422

5000-6300-6307 PANTEONES PÚBLICOS MUNICIPALES 2,607,248

5000-6300-6308 BARRIO LIMPIO 20,747

5000-6300-6309 GASTOS ADMINISTRATIVOS 1,291,325

5000-6300-6310 BARRIDO MECÁNICO 875,477

5000-6300-6311 SERV. DE RECOLECCIÓN DOMICILIARIA 17,042,203

5000-6300-6312 OPERACIÓN RELLENO SANITARIO 6,098,776

5000-6300-6314 LIMPIEZA DEL CENTRO HISTÓRICO 2,547,156

5000-6300-6315 INSPECCIÓN DE LIMPIA 266,197

5000-6300-6316 SERV. DE RECOLECCIÓN ESPECIAL 926,622

5000-6400 POLICÍA MUNICIPAL 135,847,047

5000-6400-6400 COMBATE A LA DELINCUENCIA 100,167,752

5000-6400-6401 PROG.OPERATIVO CENTRO DETENCION 173,998

5000-6400-6402 PROFESIONALIZACIÓN Y DIGNIFICACIÓN DEL POLICIA 2,084,078 5000-6400-6403 EQUIPAMIENTO Y TECNOLOGÍA FAFM 2009 18,469,973

5000-6400-6404 PROG.SUBSEMUN 3,333,333

5000-6400-6405 PROG.EQUIPAMENTO REC.SUBSEMUN 4,776,195

5000-6400-6406 PROG.SISTEMA DE INF MPAL.REC.SUBSEMUN 2,851,461 5000-6400-6407 PROG.PROFESIONALIZACION REC.SUBSEMUN 1,288,754

5000-6400-6410 REMANENTE SUBSEMUN 2008 2,215,790

5000-6400-6411 INTERESES SUBSEMUN 2008 485,713

5000-6500 SUBSIDIOS, TRANSFERENCIAS, AYUDAS 58,149,261

5000-6500-6500 SUBSIDIOS 4,765,101 5000-6500-6501 TRANSFERENCIAS 52,922,560 5000-6500-6502 AYUDAS 461,600 5000-6600 DEUDA PÚBLICA 14,267,240 5000-6600-6600 CÁPITAL 9,699,248 5000-6600-6601 INTERESES 4,567,991 5000-6650 EXTRAORDINARIOS 40,000,000 5000-6650-6650 EROGACIONES EXTRAORDINARIAS 40,000,000 5000-7000 OBRA PÚBLICA 378,990,489

5000-7000-7000 OBRA PÚBLICA RECURSO MPAL. 2009 37,278,967

5000-7000-7020 OBRA PÚBLICA RECURSOS MPAL.2008-04 20,862,079

5000-7000-8000 OBRA PÚBLICA RECURSOS FASIM 2008 26,193,827

5000-7000-8004 OBRA PÚBLICA RECURSOS FAISM 2009 30,872,793

5000-7000-8020 OBRA PÚBLICA RECURSOS FAISM AÑOS ANT.2007-03 18,135,149

5000-7000-9000 OBRA PÚBLICA RECURSOS FAFM 2008 24,326,180

5000-7000-9003 OBRA PÚBLICA RECURSOS FAFM 2009 46,254,792

5000-7000-9020 OBRA PÚBLICA RECURSOS FAFM AÑOS ANT.07-04 10,573,243

5000-7000-9050 PROGRAMA FEDERAL Y ESTATAL 2009 118,660,093

5000-7000-9060 PROG.FEDERAL Y ESTATAL 07-08 28,184,435

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15 DE JUNIO - 2010

PAGINA 48 PERIODICO OFICIAL

Documento que se anexa y se tiene por reproducido como si a la letra se insertare, y que forma parte del presente dictamen.

SEGUNDO.- Con fundamento en lo establecido por los artículos 68 y 69 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato, se aprueba la aplicación del Remanente del Ejercicio Fiscal 2009, por el importe total de $119’311,187.00 (CIENTO DIECINUEVE MILLONES TRESCIENTOS ONCE MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N.), al presupuesto del ejercicio fiscal 2010, en los conceptos y rubros que se desglosan conforme a la documentación enviada por la Presidente Municipal. Documento que se anexa y se tiene por reproducido como si a la letra se insertare.

TERCERO.- Se aprueba la integración al cierre del ejercicio 2009, de las aportaciones del Ramo 33 de acuerdo a la propuesta presentada en documento anexo.

CUARTO.- Se instruye a la Tesorería Municipal integre la información correspondiente de dicho documento, para su remisión al Congreso del Estado a través de la Secretaria del H. Ayuntamiento.

QUINTO.- Se instruye a la Secretaria del H. Ayuntamiento Remita copia certificada del presente Dictamen conjuntamente con su documento anexo al Congreso del Estado para los efectos de su competencia, conforme a lo establecido por el artículo 38 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de Guanajuato.

SEXTO.- Se instruye a la Secretaria del H. Ayuntamiento, dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 112 fracción V de la Ley Orgánica Municipal del estado de Guanajuato, en lo referente al presente dictamen.

SEPTIMO.- Se instruye a la secretaría del H. Ayuntamiento realice las publicaciones a que haya lugar en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato.

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PRESIDENCIA MUNICIPAL - IRAPUATO, GTO.

EL CIUDADANO LIC. JORGE ESTRADA PALERO, PRESIDENTE DEL MUNICIPIO DE IRAPUATO, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO, HAGO SABER:

QUE EL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIÓN II PRIMER PÁRRAFO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, 117 FRACCIÓN XII DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE GUANAJUATO; 69 FRACCIÓN II INCISO E) Y FRACCIÓN IV INCISOS F) Y G), 170 Y 177 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO, FACULTA AL AYUNTAMIENTO PARA ACORDAR EL DESTINO DE SUS BIENES INMUEBLES, DESAFECTAR AQUELLOS QUE SEAN DEL DOMINIO PÚBLICO DEL MUNICIPIO Y EMITIR RESOLUCIONES QUE AFECTEN SU PATRIMONIO, POR LO QUE EN SESIÓN DE AYUNTAMIENTO NÚMERO 22 ORDINARIA DE FECHA 07 DEL MES DE MAYO DE 2010, EN EL PUNTO 10 DEL ORDEN DEL DÍA SE APROBÓ POR UNANIMIDAD DE VOTOS, EL SIGUIENTE:

ACUERDO

I.- SE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO UN INMUEBLE DE PROPIEDAD MUNICIPAL, CON UNA SUPERFICIE DE 401.26 M2, IDENTIFICADO COMO FRACCIÓN DEL ÁREA

DONACIÓN, UBICADO EN LA MANZANA 36 DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO “LOS REYES” DE ESTA CIUDAD, CONTANDO CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y LINDEROS: AL NORTE: 14.64 MTS. CON AVENIDA LOS REYES;

AL SUR: 14.54 MTS. CON RESTO DEL ÁREA DE DONACIÓN, DONDES SE UBICAN LAS INSTALACIONES DE LA ESCUELA SECUNDARIA TÉCNICA NO. 32; AL ORIENTE: 27.46 MTS. CON RESTO DEL ÁREA DE DONACIÓN, DONDES SE UBICAN

LAS INSTALACIONES DE LA ESCUELA SECUNDARIA TÉCNICA NO. 32; Y AL PONIENTE: 27.43 MTS. CON RESTO DEL ÁREA DE DONACIÓN, DONDES SE UBICAN

LAS INSTALACIONES DE LA ESCUELA SECUNDARIA TÉCNICA NO. 32. II.- SE DONA EL TERRENO DESCRITO EN EL PÁRRAFO ANTERIOR A FAVOR DE LA JUNTA

DE AGUA POTABLE, DRENAJE, ALCANTARILLADO Y SANEAMIENTO DEL MUNICIPIO DE IRAPUATO, GTO., POR ENCONTRARSE EN FUNCIONAMIENTO LAS INSTALACIONES DE LA OFICINA DE ATENCIÓN A USUARIOS DE LA J.A.P.A.M.I.

III.- REVERTIR AL PATRIMONIO MUNICIPAL EL INMUEBLE CITADO CON ANTERIORIDAD, EN CASO DE QUE EL DONATARIO LE DIERE UN USO DIFERENTE AL AUTORIZADO. IV.- EL PRESENTE ACUERDO SURTIRÁ EFECTOS A PARTIR DEL CUARTO DÍA DE SU

PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO.

V.- DESE DE BAJA DEL PADRÓN INMOBILIARIO MUNICIPAL EL BIEN INMUEBLE OBJETO DEL PRESENTE ACTO DE DOMINIO.

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15 DE JUNIO - 2010

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EL CIUDADANO JORGE ESTRADA PALERO, PRESIDENTE DEL MUNICIPIO DE IRAPUATO, ESTADO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO, HAGO SABER:

QUE EL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115, FRACCIÓN II PRIMER PÁRRAFO DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, 117, FRACCIONES I Y II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO; 69, FRACCIÓN II, INCISO E), Y FRACCIÓN IV, INCISOS F) Y G), 170 Y 177 DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL, FACULTA AL AYUNTAMIENTO PARA ACORDAR EL DESTINO DE SUS BIENES INMUEBLES, DESAFECTAR AQUELLOS QUE SEAN DEL DOMINIO PÚBLICO DEL MUNICIPIO Y EMITIR RESOLUCIONES QUE AFECTEN SU PATRIMONIO, POR LO QUE EN SESIÓN 22 ORDINARIA DE FECHA 07 DEL MES DE MAYO DE 2010, EN EL PUNTO NÚMERO 7 DEL ORDEN DÍA SE APROBÓ POR MAYORÍA CALIFICADA DE VOTOS EL SIGUIENTE:

ACUERDO

I.- SE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO UNA FRACCIÓN DE UN BIEN INMUEBLE DE PROPIEDAD MUNICIPAL, UBICADO EN LA CALLE MARIANO J. GARCÍA S/N ESQUINA CON LA CALLE EMBOTELLADORES DEL FRACCIONAMIENTO DENOMINADO UNIDAD HABITACIONAL "SAN MIGUELITO II" DE ESTA CIUDAD, IDENTIFICADO COMO OTRA FRACCIÓN DEL ÁREA DE DONACIÓN CON FIGURA “IRREGULAR”, CUYA FRACCIÓN CUENTA CON UNA SUPERFICIE DE 4,604.74 M2., Y LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y

COLINDANCIAS:

AL NORTE: 33.59 METROS CON FRACCIÓN "A" DEL MISMO PREDIO; AL SUR: 69.63 METROS CON CALLE MARIANO ABASOLO;

AL ORIENTE: EN CUATRO TRAMOS, EN LÍNEA LIGERAMENTE CURVA HACIA EL SUR-ORIENTE, EL PRIMERO EN 10.00 METROS, EL SEGUNDO EN 10.60 METROS, EL TERCERO EN 10.00 METROS Y EL CUARTO EN 59.48 METROS CON CALLE EMBOTELLADORES; Y

AL PONIENTE: 112.39 METROS CON AVENIDA MARIANO J. GARCÍA.

II.- SE DONA EL TERRENO DESCRITO EN EL PÁRRAFO ANTERIOR A FAVOR DE GOBIERNO DEL ESTADO POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GUANAJUATO POR ENCONTRARSE EN FUNCIÓN LA ESCUELA PRIMARIA “LEONA VICARIO”.

III.- REVERTIR AL PATRIMONIO MUNICIPAL EL INMUEBLE CITADO CON ANTERIORIDAD, EN CASO DE QUE EL DONATARIO LE DIERE UN FIN DISTINTO AL AUTORIZADO, O BIEN, CUANDO LAS INSTALACIONES DEJEN DE SER UTILIZADAS POR LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GUANAJUATO.

IV.- EL PRESENTE ACUERDO ENTRARA EN VIGOR A PARTIR DEL CUARTO DÍA DE LA PUBLICACIÓN EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUANAJUATO.

V.- DAR DE BAJA DEL PADRÓN INMOBILIARIO MUNICIPAL EL BIEN INMUEBLE OBJETO DEL PRESENTE ACTO DE DOMINIO.

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15 DE JUNIO - 2010

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PRESIDENCIA MUNICIPAL - OCAMPO, GTO.

El Ciudadano C.P. Raúl Castillo López, Presidente Municipal de Ocampo, Guanajuato, a los habitantes del mismo hace saber:

Que el Ayuntamiento, en ejercicio de sus funciones y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 fracción II y IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 117 fracción XII de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato; 168 fracción II, 170, 171 fracción II y 185 A de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, en sesión ordinaria de Ayuntamiento número CI, de fecha 25 de septiembre de 2009 y en sesión ordinaria de Ayuntamiento numero 22, de fecha 25 de marzo de 2010, se aprobó los siguientes:

ACUERDOS

Primero: Se Autoriza la desafectación de terreno propiedad municipal del terreno ubicado en Plaza de Guadalupe no. 1 en esta cabecera con una superficie de 1562 m2 y con las siguientes medidas y

colindancias.

Al Norte: 53.10 m. linda en línea quebrada con los C.C. Luis Moreno y C. Crescencio Sustaita. Al Sur: 58.90 m. linda con su frente con Plaza de Guadalupe.

Al Este: 45.90. m. linda en línea quebrada con calle Hidalgo.

Al Oeste: 43.65 m. linda en línea quebrada con calle Venustiano Carranza y el C. Luis Moreno.

Segundo: Se Autoriza la donación del terreno descrito en el punto anterior a favor del Instituto México, A.C., y construcción sobre él edificada.

Tercero: En caso de que cambie de objeto o fin el inmueble donado revertirá a favor del patrimonio municipal.

Cuarto: Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, para los efectos del Articulo 185 A de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, mando se imprima, publique, circule y se le de el debido cumplimiento.

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