PROSPECTO DE INVERSION CARTERA COLECTIVA CON PACTO DE
PERMANENCIA
“FONVAL GLOBAL ACCIONES”
ADMINISTRADO POR:
CORREVAL S.A. - SOCIEDAD COMISIONISTA DE BOLSA NIT 860.068.182-5
DOMICILIO PRINCIPAL: Bogotá DIRECCIÓN: Calle 34 No. 6-65 Piso 1.
Tabla de Contenido
1. ASPECTOS GENERALES... 3
1.1. DENOMINACIÓN Y NATURALEZA DE FONVAL GLOBAL ACCIONES... 3
1.2. SOCIEDAD ADMINISTRADORA ... 3
1.3. SEDE………...
3
1.4. DURACIÓN DE FONVAL GLOBAL ACCIONES ... 4
1.5. CARÁCTER DE LAS OBLIGACIONES ... 3
1.6. REVISOR FISCAL ... 3
2. POLÍTICA DE INVERSIÓN ... 4
2.2. OBJETIVO DE INVERSIÓN... 5
2.2.1. ACTIVOS ACEPTABLES PARA INVERTIR Y POLITICAS DE
DIVERSIFICACIÓN DEL PORTAFOLIO
2.2.2. DIVERSIFICACION DE ACTIVOS
2.2.3. LIMITES MAXIMOS Y MINIMOS DEL PORTAFOLIO.
2.2.4. ESTRATEGIA DE LIQUIDEZ DEL PORTAFOLIO.
2.3 POLITICA GENERAL DE RIESGO... 6
2.3.1. PERFIL DE RIESGO DEL INVERSIONISTA DEL PORTAFOLIO ... 7
3. VINCULACIÓN A FONVAL GLOBAL ACCIONES... 6
3.1. MONTO MÍNIMO PARA INGRESAR A FONVAL GLOBAL ACCIONES... 6
3.2. REDENCIÓN DE DERECHOS ...7
4. REMUNERACIÓN Y GASTOS ... 7
4.1. REMUNERACIÓN DE LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA ... 7
4.2 GASTOS A CARGO DE FONVAL GLOBAL ACCIONES Y PRELACION DE
PAGO DE LOS MISMOS ... 7
5. INFORMACIÓN ... 8
5.1 INFORMACION A DISPOSICIÓN DE LOS INVERSIONISTAS...9
5.2. PUBLICACIONES ... 9
5.3. RELACIÓN CON OTRAS ENTIDADES MATRICES O SUBORDINADAS DE
LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA ... 9
5.4. ESTADOS FINANCIEROS DE LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA ... 9
PROSPECTO DE INVERSIÓN 1. ASPECTOS GENERALES
1.1. DENOMINACIÓN Y NATURALEZA DE FONVAL GLOBAL ACCIONES
La cartera colectiva de que trata este Reglamento se denominará cartera col ectiva abierta con pacto de permanencia, FONVAL GLOBAL ACCIONES.
1.2. SOCIEDAD ADMINISTRADORA
La Sociedad Administradora CORREVAL S.A. Comisionista de Bolsa es responsable por las decisiones de inversión en relación con los Activos Admisibles en el “COMPARTIMENTO FONVAL GLOBAL ACCIONES” conforme a lo establecido en la ADENDA No. 1 del Reglamento.
1.3. SEDE
FONVAL GLOBAL ACCIONES tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C., en las oficinas de Correval S.A. ubicadas en la calle 34 No. 6-65 piso 1, pero podrá recibir y entregar recursos en cualquier ciudad del país en donde Correval S.A. tenga sucursales, así como en las ofic inas de los establecimientos de crédito con los cuales tenga suscrito contrato de uso de red de conformidad con el artículo 116 de la ley 510 de 1999 que modifica el Artículo 93 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y demás disposiciones pertinentes . Las entidades con las cuales Correval S.A. tiene suscrito contratos vigentes de uso de red de oficinas se podrán consultar en las oficinas de Correval S.A. o a través de la página de Internet www.correval.com. Sin perjuicio de que se puedan recibir y entregar recursos en establecimientos de crédito con quienes se tenga convenio para ello, la responsabilidad derivada en este Reglamento es exclusiva de Correval S.A..
1.4. DURACIÓN DE FONVAL GLOBAL ACCIONES
De conformidad con la Cláusula 1.4 del Reglamento, el Compartimento tendrá la misma fecha de vencimiento de FONVAL GLOBAL
1.5. CARÁCTER DE LAS OBLIGACIONES
Las obligaciones de la Sociedad Administradora relacionadas con la gestión del portafolio son de medio y no de resultado. Los aportes entregados por los inversionistas a FONVAL GLOBAL ACCIONES no son depósitos, ni generan para la Sociedad Administradora las obligaciones propias de una institución de depósito y no están amparados por el seguro de depósito del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras FOGAFÍN, ni por ninguno otro de dicha naturaleza. La inversión en FONVAL GLOBAL ACCIONES está sujeta a los riesgos de inversión derivados de la evolución de los títulos que componen el portafolio de la cartera colectiva.
1.6. REVISOR FISCAL
El revisor fiscal de Correval S.A. ejercerá las funciones propias de su cargo respecto de FONVAL GLOBAL. Los reportes o informes relativos a la cartera colectiva se deberán presentar de forma independiente a los referidos a la Sociedad Administradora.
La revisoría fiscal está conformada por todo el equipo técnico y humano elegido por la Sociedad Administradora para tal fin. Dicha revisoría debe ser dirigida por un revisor fiscal, que podrá ser una persona natural o jurídica, de conformidad con las disposiciones especiales sobre el particular. Los inversionistas podrán obtener la información de contacto del revisor fiscal a través del prospecto de inversión o de la ficha técnica de la cartera colectiva. El prospecto será entregado a los inversionistas en el momento de la vinculación, y, al igual que la ficha técnica, estará disponible para consulta en la página de Internet www.correval.com.
Parágrafo. La existencia de la revisoría fiscal no impide que la cartera colectiva contrate un auditor externo, con cargo a sus recursos, según las reglas que se establezcan en el presente Reglamento en cuanto hace a sus funciones y designación.
2. POLÍTICA DE INVERSIÓN 2.2. OBJETIVO DE INVERSIÓN
El objetivo de la cartera colectiva FONVAL GLOBAL ACCIONES es el incremento del capital en forma dinámica mediante la inversión mayoritaria en acciones inscritas y transadas en los mercados internacionales, directamente o a través de esquemas de inversión colectivas incluidos los fondos mutuos y los ETFs (Exchange Trade Funds).
La cartera buscara siempre una rentabilidad efectiva anual superior a la obtenida por el MSCI ACWI. Aunque las inversiones del fondo están mayoritariamente denominadas en dólares, el riesgo cambiario peso/dólar será neutralizado con coberturas.
2.2.1. ACTIVOS ACEPTABLES PARA INVERTIR Y POLITICAS DE DIVERSIFICACIÓN DEL PORTAFOLIO
Activos Admisibles en el Plan de Inversiones de Fonval Global Acciones
Los activos en los que deben invertirse los aportes recibidos en la CARTERA COLECTIVA son: 1. Participaciones en esquemas de inversión colectiva, fondos mutuos, y fondos que
representen o repliquen el comportamiento de índices de acciones, incluidos los Exchange Traded Funds (ETFs).
2. Acciones, certificados de depósitos negociables representativos de dichas acciones (ADRs y GDRs), acciones provenientes de procesos de privatización o con ocasión de la capitalización de entidades donde el Estado tenga participación.
3. Participaciones en esquemas de inversión colectiva, fondos mutuos y fondos que repliquen el comportamiento de índices de renta fija, incluidos los Exchange Traded Funds (ETFs). 4. Títulos, valores o participaciones emitidos, avalados, aceptados, garantizados u originados
por emisores nacionales inscritos en el RNVE.
5. Títulos de deuda emitidos, avalados o garantizados por gobiernos extranjeros o bancos centrales extranjeros, por entidades del exterior diferentes a bancos y por organismos
6. Derivados Financieros y Productos Estructurados, los cuales están definidos en el Capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. Específicamente, y según sea definido de manera particular en la política de inversión de los compartimentos de la cartera a los cuales sea aplicable, podrán adquirirse derivados financieros y productos estructurados, estandarizados o no estandarizados, con el lleno de los requisitos del mencionado capítulo XVIII de la Circular Básica Contable y Financiera. Las operaciones de cobertura no podrán superar el monto necesario para cubrir el cien por ciento (100%) de la posición descubierta del portafolio.
El portafolio estará diversificado por zonas geográficas, para lo cual se buscarán oportunidades de inversión en activos susceptibles de inversión transados en mercados ubicados en distint as regiones, como el mercado norteamericano (Estados Unidos y Canadá), europeo, asiático y emergente.
2.2.2. DIVERSIFICACION DE ACTIVOS
FONVAL GLOBAL Acciones podrá mantener por un período máximo de un mes, hasta el 40% del valor de sus activos en depósitos en cuentas bancarias corrientes o de ahorro de entidades financieras de Colombia o del Exterior y en operaciones de contracción ante el Banco de la República cuando se trate de recursos remunerados.
2.2.3. LIMITES MAXIMOS Y MINIMOS DEL PORTAFOLIO
Los límites establecidos en la siguiente tabla se medirán con respecto al valor de mercado de los activos y aplican exclusivamente para el Compartimento. El límite máximo por emisor es del diez por ciento (10%) del total de los activos del Compartimento.
Mínimo Máximo Clase Inversión Activos incluidos en el numeral 1 y 2 de la disposición 1.3. 51% Hasta 100% Activos incluidos en el numeral 3 y 5 de la disposición 1.3. Hasta 30% Activos incluidos en el numeral 4 de la disposición 1.3 Hasta 20% Activos incluidos en el numeral 6 de la disposición 1.3. Hasta 10%
2.2.4. ESTRATEGIA DE LIQUIDEZ DEL PORTAFOLIO.
Podrán realizarse inversiones con carácter temporal, cuyo principal objetivo será la administración de la liquidez del compartimento, que deberán ser realizadas en las siguientes clases de Valores y derechos:
i. Valores de contenido crediticio denominados en pesos colombianos o en otras unidades atadas a dicha moneda, como la UVR, inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores, que cuenten con una calificación mínima a largo plazo de “A” y a corto plazo de “DP2”, emitida por Duff & Phelps o su equivalente de otras entidades calificadoras. Operaciones de liquidez con los instrumentos descritos anteriormente. En todo caso, el vencimiento de los valores o de las operaciones de liquidez, contado a partir de la adquisición, deberá ser inferior a un año.
ii. Cuentas bancarias o depósitos en Pesos o en Dólares constituidas en ent idades financieras, nacionales o del exterior, calificadas con grado de inversión.
iii. Podrá realizar operaciones de contracción ante el Banco de la República de acuerdo con las políticas de tasas y montos establecidas por esta entidad.
FONVAL GLOBAL Acciones podrá mantener por un período máximo de un mes, hasta el 40% del valor de sus activos en depósitos en cuentas bancarias corrientes o de ahorro de entidades financieras de Colombia o del Exterior y en operaciones de contracción ante el Banco de la República cuando se trate de recursos remunerados.
En todos los casos, la Sociedad Administradora deberá cumplir con las disposiciones aplicables a las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia según la naturaleza, c lase o tipo de operación.
2.3. POLITICA GENERAL DE RIESGO
2.3.1. PERFIL DE RIEGO DEL INVERSIONISTA DEL PORTAFOLIO
Está dirigido a inversionistas con un perfil de riesgo agresivo que busquen oportunidades para lograr el crecimiento de capital por medio de la inversión en acciones del mercado global con cobertura del riesgo cambiario peso/dólar.
El inversionista debe ser consciente que al invertir en FONVAL Acciones GLOBAL se está asumiendo un riesgo de mercado alto ya que pueden presentar alta variabilidad. Dentro de un portafolio de inversión, FONVAL Acciones GLOBAL es un componente muy importante por la alta capitalización bursátil que presenta este mercado, es un elemento que agrega diversificación, por ser una de las principales fuentes de retorno y riesgo, ayudando a optimizar esta relación
3. VINCULACION A FONVAL GLOBAL ACCIONES. 3.1. MONTO MINIMO PARA INGRESAR A FONVAL GLOBAL ACCIONES.
El monto mínimo para ingresar a Fonval Global Acciones es de $ 1.000.000 (Un millón de pesos), con comisión sobre capital del 2%.
3.2 REDENCION DE DERECHOS
Plazo de Permanencia del Compartimento
El plazo de permanencia para este Compartimento es de quince (15) días. Disposición 4.2 Penalidades
La redención anticipada o parcial de los derechos generará a cargo del cliente y a favor de FONVAL GLOBAL una penalización de 0.4%
4. REMUNERACION Y GASTOS
4.1. REMUNERACION DE LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA EN RELACION AL PORTAFOLIO.
La Sociedad Administradora percibirá como remuneración una Comisión de Administración equivalente al dos por Ciento (2%) nominal anual, la cual se liquidará y causará diariamente pero se cancelará mes vencido a la Sociedad Administradora desde el primer día hábil del mes siguiente.
4.2. GASTOS A CARGO DE FONVAL GLOBAL ACCIONES Y PRELACION DE PAGO DE LOS MISMOS.
Estarán a cargo de FONVAL GLOBAL Acciones los siguientes gastos en el siguiente orden de importancia y prelación:
a) El costo del contrato de depósito y custodia de los valores que componen el portafolio de la cartera colectiva.
b) La remuneración de la Sociedad Administradora.
c) Los honorarios y gastos en que haya de incurrirse para la defensa de los intereses de la cartera colectiva, cuando las circunstancias así lo exijan.
d) El valor de los seguros y amparos de los activos de la cartera colectiva, distintos de la cobertura a que se refiere la cláusula 1.7 del presente Reglamento.
e) Los gastos bancarios que se originen en el depósito de los recursos de la cartera colectiva.
f) Los gastos en que incurra para la citación y celebración de las asambleas de los inversionistas.
g) Los impuestos y contribuciones de los activos de la cartera colectiva, los títulos o valores o los ingresos de la cartera colectiva.
h) Los honorarios y gastos causados por la revisoría fiscal de la cartera colectiva.
i) Los correspondientes al pago de comisiones relacionados con la adquisición o enajenación de activos y la realización de operaciones, así como la participación en sistemas de negociación, salvo las comisiones que cobre Correval S.A. a la cartera colectiva por la realización de estas operaciones.
j) Los intereses y demás rendimientos financieros que deban cancelarse por razón de operaciones de reporto o repo, simultáneas y transferencias temporales de valores y para el cubrimiento de los costos de operaciones de crédito que se encuentren autorizadas.
k) Cuando sea el caso, los honorarios y gastos causados por la auditoría externa de la cartera colectiva, los cuales tendrán que ser divulgados entre los inversionistas y el público en general.
Parágrafo Primero: Cualquier expensa no prevista como gasto a cargo de FONVAL GLOBAL Acciones estará por cuenta de la Sociedad Administradora.
Parágrafo Segundo. En caso de que un gasto sea compartido entre varios compartimentos, se deberá prorratear y distribuir proporcionalmente de acuerdo al valor de cada compartimento que comparta dicho gasto.
5. INFORMACIÓN
5.1 INFORMACION A DISPOSICIÓN DE LOS INVERSIONISTAS
De manera ordinaria, la Sociedad Administradora tendrá a disposición de los inversionistas la siguiente información:
11.2.1. EXTRACTO DE CUENTA
La Sociedad Administradora de FONVAL GLOBAL ACCIONES deberá entregar a los inversionistas un extracto de acuerdo a lo establecido en la Circular Externa 054 de 2007, por lo menos trimestralmente el cual deberá reflejar los aportes o inversiones y/o retiros realizados en la cartera colectiva, durante el período correspondiente, expresados en pesos y en unidades; así como lo siguiente:
a) Identificación del inversionista
b) Saldos inicial y final del período revelado.
c) El valor y la fecha de recepción de las inversiones iníciales o adicionales. d) Los rendimientos abonados durante el período.
e) La rentabilidad neta de la cartera colectiva.
f) Remuneración de conformidad con lo definido en el presente reglamento.
Los extractos deben remitirse por correo físico a la dirección de correspondencia que el inversionista haya indicado expresamente.
11.2.2. INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS
La Sociedad Administradora entregará a los inversionistas el informe de rendición de cuentas de FONVAL GLOBAL ACCIONES mediante el cual se dará una explicación detallada y pormenorizada acerca del desempeño de la cartera colectiva de acuerdo a lo estipulado en el numeral 5 de la circular externa 054 de 2007 de la Superintendencia Financ iera de Colombia.
Parágrafo. El informe de rendición de cuentas deberá hacerse cada seis (6) meses, con cortes a 30 de junio y 31 de diciembre. La realización del informe deberá efectuarse en un plazo máximo de quince (15) días comunes contados desde la fecha del respectivo corte.
11.2.3. FICHA TÉCNICA
Correval S.A. implementará la ficha técnica de conformidad con la circular externa 007 de 2005 de la Superintendencia Financiera de Colombia. La ficha técnica es un documento informativo
estandarizado para las carteras colectivas que contendrá la información básica de cada una de ellas.
La ficha técnica deberá actualizarse y publicarse mensualmente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al último día calendario del mes. La fecha de corte de la información será el último día calendario del mes anterior.
La publicación se hará en la página de Internet de la sociedad administradora (www.correval.com), como también se mantendrá a disposición de los inversionistas, a través de documentos impreso s que se encontrarán en cada una de las oficinas donde haya agencias o sucursales autorizadas, así como en las oficinas de los establecimientos de crédito con los cuales tenga suscrito contrato de uso de red.
5.2. PUBLICACIONES
La Sociedad Administradora efectuará la publicación de la información que deba revelar a los inversionistas de FONVAL GLOBAL ACCIONES en la página de Internet de la Sociedad Administradora Correval S.A. (www.correval.com), en las oficinas de Correval S.A. y en las oficinas de los establecimientos de crédito con los cuales Correval S.A. tenga suscrito contrato de uso de red, en las dependencias de la Superintendencia Financiera de Colombia y cuando sea necesario a través de publicación en el diario La República.
5.3. RELACIÓN CON OTRAS ENTIDADES MATRICES O SUBORDINADAS DE LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA
CORREVAL S.A., a la fecha de aprobación del presente prospecto no tiene una relación de subordinación o matriz con ninguna entidad con las cuales pudiera tener inversiones en el portafolio de inversiones de FONVAL GLOBAL ACCIONES. En caso de que ello se presentase en algún momento, Correval informará a la Superintendencia Financiera de Colombia del hecho y efectuará los ajustes pertinentes en los reglamentos como en los prospectos de inversión de las carteras colectivas que se estén administrando.
5.4. ESTADOS FINANCIEROS DE LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA
A través de página www.correval.com, los suscriptores de FONVAL GLOBAL ACCIONES y el público en general podrán acceder a los estados financieros actualizados de la Sociedad Administradora.
6 CONSTANCIAS CONSTANCIA
La Sociedad Administradora deja expresa constancia de los siguientes hechos:
1. Que el compartimento FONVAL GLOBAL Acciones de la CARTERA COLECTIVA ABIERTA CON PACTO DE PERMANENCIA POR COMPARTIMENTOS FONVAL GLOBAL, de que trata el presente Reglamento, se constituyó de acuerdo con lo establecido en el Decreto 2.175 de 2.007.
2. Que CORREVAL S.A. cumplió con el deber de remitir copia del Reglamento y de la información de que trata el parágrafo primero del artículo 16 del Decreto 2.175 de 2.007 a la Superintendencia Financiera de Colombia.
3. Que la Junta Directiva de CORREVAL S.A. Sociedad Comisionista de Bolsa previo cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento del Compartimento acordó adicionar, con efectos de reforma, la ADENDA No. 1 al Reglamento de la CARTERA COLECTIVA ABIERTA CON PACTO DE PERMANENCIA POR COMPARTIMENTOS FONVAL GLOBAL.
4. Que la Junta Directiva de CORREVAL S.A. Sociedad Comisionista de Bolsa resolvió en sesión no presencial del día 20 de enero de 2010, crear el compartimento “FONVAL GLOBAL Acciones” dentro de la CARTERA COLECTIVA ABIERTA POR COMPARTIMENTOS – FONVAL GLOBAL, regulado por el Reglamento del mismo, cuyas características y reglas particulares se expresan más adelante.
5. Que la creación del nuevo compartimento “FONVAL GLOBAL Acciones” en el Reglamento de la CARTERA COLECTIVA ABIERTA POR COMPARTIMENTOS – FONVAL GLOBAL consta en una adenda, denominada “ADENDA No. 1 del Reglamento”, la cual tiene por objeto regular, en lo pertinente, las características, reglas y demás condiciones aplicables a dicho Compartimento.