AÑO CXXVII La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 1° de febrero del 2016La Uruca, San José, Costa Rica, jueves 11 de febrero del 2021 Nº 29 — 28 Páginas
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA CONSTITUCIONAL ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad
A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA HACE SABER:
SEGUNDA PUBLICACIÓN
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 20-012532-0007-CO que promueve Asociación Pro Derechos de Consumidores, Contribuyentes, Asegurados, Administrados y Propietarios, se ha dictado la resolución que literalmente dice: «Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las once horas veinte minutos del tres de febrero de dos mil veintiuno. /Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Otto Claudio Guevara Guth en su condición personal y como apoderado de la Asociación Pro Derechos de Consumidores, Contribuyentes, Asegurados, Administrados y Propietarios (APRODECAP), para que se declaren inconstitucionales los artículos 135 de la Convención Colectiva de los trabajadores de JAPDEVA, del período 2016-2018 homologada por el Departamento de Relaciones de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), mediante resolución N° DRT-494-2016 y los artículos 24, 37, 56 y 56 Bis del Reglamento de Fondo de Capital y Ahorro de los Trabajadores de JAPDEVA, número 33 del 14 de agosto de 2007, por estimarlos contrarios a los artículos 33, 46, 57, 68, 176 y 180 de la Constitución Política. Manifiesta el accionante que en la Convención Colectiva de JAPDEVA vigente al día de hoy, el Fondo de Ahorro y Capital está regulado en el artículo 135 y establece que JAPDEVA se compromete a aportar mensualmente un 6% del total de la planilla de los trabajadores protegidos por esa Convención y que los trabajadores aportarán un cinco por ciento de su salario mensual. Impugna también los artículos 24, 37, 56 y 56 bis del Reglamento de Fondo de Capital y Ahorro de los Trabajadores de JAPDEVA. Según expresa el actor, las normas cuestionadas son discriminatorias y lesionan el principio de igualdad. El Fondo creado y mantenido a lo largo de los años y diversas Convenciones colectiva negociadas, es una norma de carácter programático. Sus disposiciones están totalmente parcializadas hacia la atención de fines que, objetivamente, no tienen relación alguna con el giro de actividades de JAPDEVA y, además, establece que para el cumplimiento de los mismos buscará financiamiento de JAPDEVA. Las normas también violan los principios de razonabilidad y proporcionalidad. La disposición de que parte del Fondo creado se financie con aportes por parte de JAPDEVA es inconstitucional y constituye una desviación de fondos públicos. Ese aporte es injustificable pues no hay ninguna razón que ampare el beneficio laboral para un grupo de personas. Se trata de un fondo financiado con fondos públicos, pero gestionado con fines estrictamente privados. El artículo 135 establece un abanico de privilegios, entre los cuales destacan: programas de vivienda, programas vacacionales, promoción de microempresas, adquisición de vehículos, promoción de cooperativas de servicios de los trabajadores, entre otros. Los recursos del fondo también pueden utilizarse para otorgar préstamos a los trabajadores que sean “sujetos de crédito”, préstamos que pueden ser de diferentes tipos: para vivienda, para remodelación de vivienda, para asuntos personales, para emergencias, para estudios académicos, etc. Las normas que crean beneficios o privilegios injustificados e ilegítimos son
inconstitucionales. Las normas también son contrarias al principio de equilibrio presupuestario. JAPDEVA es una institución autónoma con patrimonio propio y goza de independencia administrativa según su Ley Orgánica. Su objetivo, como lo dice su nombre, es promover a través de sus actividades e inversiones de su patrimonio, el desarrollo económico de la vertiente atlántica. Sin embargo, se ha generado una distorsión en el destino de los fondos públicos con el aporte que hace al Fondo. El artículo 176 constitucional señala que la gestión de la administración pública en relación a la ejecución presupuestaria debe ser sostenible, transparente y responsable. La norma convencional así como las reglamentarias impugnadas, son contrarias al principio constitucional de legalidad presupuestaria, ligado a su vez, a los principios de razonabilidad, proporcionalidad, austeridad y eficiencia en el uso de fondos públicos, pues prevé el desembolso de recursos públicos para satisfacer los intereses particulares de sus empleados y, en algunos casos, de sus hijos (as) y cónyuges, sin que dicha contraprestación signifique una mejora en el servicio o una ventaja de algún tipo para el interés público en general. Por último, las normas impugnadas violentan el principio de protección de los consumidores, pues son estos lo que terminan costeando los privilegios y beneficios indebidos. En el caso bajo análisis, es clara la incidencia en las tarifas, pues para poder cumplir con el aumento acordado en el año 2002, JAPDEVA realizó una solicitud de ajuste tarifario a la ARESEP. Si bien dicha solicitud fue rechazada, lo cierto es que los aportes del 5% que sí han sido realizado a lo largo de los años, desde la creación del Fondo, también ha tenido incidencia en las tarifas, que afectan a los consumidores finales. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República, al Secretario General del Sindicato de Trabajadores de JAPDEVA (SINTRAJAP) y a la Presidencia Ejecutiva de la Junta e Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica JAPDEVA). Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación del accionante proviene del artículo 75, párrafo 2° de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, en tanto alega venir en defensa de intereses difusos como son el correcto uso de fondos públicos. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción. Efectos jurídicos de la interposición de la acción: Se recuerdan los términos de los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que disponen lo siguiente “Artículo 81. Si el Presidente considerare cumplidos los requisitos de que se ha hecho mérito, conferirá audiencia a la Procuraduría General de la República y a la contraparte que figure en el asunto principal, por un plazo de quince días, a fin de que manifiesten lo que estimen conveniente. Al mismo tiempo dispondrá enviar nota al tribunal u órgano que conozca del asunto, para que no dicte la resolución final antes de que la Sala se haya pronunciado sobre la acción, y ordenará que se publique un aviso en el Boletín
Judicial, por tres veces consecutivas, haciendo saber a los tribunales
y a los órganos que agotan la vía administrativa que esa demanda ha sido establecida, a efecto de que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de la ley, decreto, disposición, acuerdo o resolución, tampoco se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Si la acción fuere planteada por el Procurador General de la República, la audiencia se le dará a la persona que figure como parte contraria en el asunto principal.”, “Artículo 82. En los procesos en trámite no se suspenderá ninguna etapa diferente a la de dictar la resolución final, salvo que la acción de inconstitucionalidad se refiera a normas que deban aplicarse durante la tramitación.”. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán
ALVAREZ (FIRMA)
sn=SALAS ALVAREZ, givenName=RICARDO, c=CR, o=PERSONA FISICA, ou=CIUDADANO, cn=RICARDO SALAS ALVAREZ (FIRMA) Fecha: 2021.02.10 16:27:15 -06'00'
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Miguel Ángel Gerardo Mora González 0602010582, fallecido el 13 de setiembre del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 18-001262-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-001262-0643-LA. Por Eladio Eliécer Araya Mena a favor de Miguel Ángel Gerardo Mora Gonzalez.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 21 de enero del 2021.—Licda. Jesica Marcela Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021525910 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Roberto Núñez Bogantes 0603160947, fallecido el 05 de octubre del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 19-001058- 0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 19-001058-0643-LA. por Eunice Bogantes Cascante a favor de Roberto Nuñez Bogantes.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 22 de enero del año 2021.—Licda. Jesica Marcela Cordero Azofeifa, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JHA.—( IN2021525916 ).
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL
Remates
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En este Despacho, con una base de veinte millones cuatrocientos noventa mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número veintiséis mil setecientos sesenta y cuatro, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 01 Puntarenas, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Finca ubicada en zona catastrada. Colinda: al norte, Avenida Tercera; al sur, Miguel Sanchun Cárdenas; al este, Rosa María Jiménez; y al oeste, Lilliam Frias González. Mide: ochenta y tres metros cuadrados. Situada en el distrito, cantón, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte; al sur; al este y al oeste. Mide: metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del diecisiete de marzo del dos mil veintiuno con la base de quince millones trescientos sesenta y siete mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de marzo del dos mil veintiuno con la base de cinco millones ciento veintidós mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda Ahorro y Préstamo contra Karen Vanessa Quirós Bosques. Expediente N° 19-005824-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 30 de junio del 2020.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2021525170 ).
En este Despacho, con una base de ocho millones ochocientos ochenta y nueve mil ochocientos treinta y cinco colones con setenta y nueve céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: QRS511, Marca: Chevrolet, Estilo: Spark LT, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 personas, Serie: KL1CJ6DA8KC740498, carrocería: Sedan 4 puertas hatchback, tracción: 4x2, año fabricación: 2019. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del uno de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del nueve de marzo apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la
fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber, además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Para notificar al Secretario del Sindicato General del de Trabajadores de JAPDEVA (SINTRAJAP) y a la Presidencia Ejecutiva de la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA), se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica (Limón), despacho al que se hará llegar la comisión por medio del sistema de fax. Esta autoridad deberá practicar la notificación correspondiente dentro del plazo de cinco días contados a partir de la recepción de los documentos, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad por desobediencia a la autoridad. Se le advierte a la autoridad comisionada, que deberá remitir copia del mandamiento debidamente diligenciado al fax número 2295-3712 o al correo electrónico: informes-sc@ poder-judicial.go.cr, ambos de esta Sala y los documentos originales por medio de correo certificado o cualquier otro medio que garantice su pronta recepción en este Despacho. Notifíquese con copia del memorial de esta acción. Expídase la comisión correspondiente. Notifíquese. / Fernando Castillo Víquez, Presidente.».
San José, 03 de febrero del 2021.
Luis Roberto Ardón Acuña, Secretario a. í. O.C. Nº 364-12-2021.—Sol. Nº 68-2017-JA.—( IN2021525090 ).
JUZGADO NOTARIAL HACE SABER
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, que en el Proceso Disciplinario Notarial N° 17-001065-0627-NO, de Registro Civil contra Dinorah Obando Hidalgo (cédula de identidad 1-471-948), este Juzgado mediante resolución N° 512-2020 de las ocho horas veinticinco minutos del veinte de agosto del dos mil veinte (folio 23), dispuso imponerle a la parte denunciada la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Juzgado Notarial. Notifíquese.
San José, 07 de octubre del 2020.
Dra. Ingrid Palacios Montero, Jueza
1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2021525903 ).
TRIBUNALES DE TRABAJO
Causahabientes
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Roger Medina Medina con cédula de identidad número 0502170288, fallecido el cinco de junio del dos mil dieciocho, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consignación de Prestaciones bajo el Número 18-000830-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-000830-0679-LA. Por Transportes del Atlántico Caribeño S. A. a favor de José Róger Medina Medina.—Juzgado de Trabajo Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 12 de marzo del 2019.—Licda. Andrea Méndez Garita, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021525907 ).
de dos mil veintiuno, con la base de seis millones seiscientos sesenta y siete mil trescientos setenta y seis colones con ochenta y cuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del diecisiete de marzo de dos mil veintiuno, con la base de dos millones doscientos veintidós mil cuatrocientos cincuenta y ocho colones con noventa y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alejandra María Quirós Solís. Expediente N° 20-000326-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 20 de noviembre del 2020.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Tramitador.—( IN2021525354 ).
En la puerta exterior de este Despacho, con una base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada correspondiente a las citas: 366-13060-01-0900-001, servidumbre trasladada correspondiente a las citas: 366-13060-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número trescientos cincuenta y un mil novecientos siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir. Situada en el Distrito 7-Uruca, Cantón 1-San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte Cristóbal Colon S A; al sur Urbanizadora Carranza S A; al este, calle publica frente 20m y al oeste Urbanizadora Carranza S A y otro. Mide: quinientos veintitrés metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas cero minutos del quince de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintiuno con la base de doce millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del siete de abril de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Régimen de Mutualidad del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica contra Manuel de la Fuente Fernández. Expediente Nº 20-008619-1170-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 04 de diciembre del año 2020.—Licda. Licda. Jacqueline María Peraza Fallas, Jueza Tramitadora.—( IN2021525355 ).
En este Despacho, con una base de quince millones seiscientos dieciséis mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 303-15185-01-0901-033; sáquese a remate la finca del Partido de San José, matrícula número doscientos cuarenta y un mil ochenta y siete, derecho cero cero cero, la cual es terreno para la agricultura. Situada en el distrito 1-San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón de la provincia de San José. Colinda: al norte: calle pública, Lilliam Fonseca Fallas y Juan Rafael Prado Carvajal; al sur: Faustino Barboza Porras, Inversiones Mariel del Sur S. A. y calle pública; al este: Inversiones Mariel del Sur S. A., Lilliam Fonseca Fallas y calle pública; y al oeste: calle pública, Faustino Barboza Porras y Temporalidades de La Diócesis de San Isidro del General. Mide: siete mil cuatrocientos cinco metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del veinticinco de febrero de dos mil veintiuno. De no haber postores el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del cinco de marzo de dos mil veintiuno, con la base de once millones setecientos doce mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del quince de marzo de dos mil veintiuno, con la base de tres millones novecientos cuatro mil colones exactos (25% de la base original).
Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Alejandro Padilla Mena contra Inversiones Mariel Del Sur Sociedad Anónima, Jesús De La Trinidad Ávila Umaña. Expediente N° 20-001563-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, (Pérez Zeledón), 09 de diciembre del 2020.—Franz Castro Solís, Juez Tramitador.—( IN2021525356 ).
En este Despacho, con una base de trece mil cuatrocientos treinta y siete dólares con cuarenta y ocho centavos, libre de gravámenes prendarios y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placa: BDY 898, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, número de chasis: KMHCT41DBEU489452, año fabricación: 2014, color: celeste, número motor: G4FCDU368149, cilindrada: 1600 c.c., combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del catorce de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del veintidós de abril del dos mil veintiuno con la base de diez mil setenta y ocho dólares con once centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del treinta de abril del dos mil veintiuno con la base de tres mil trescientos cincuenta y nueve dólares con treinta y siete centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho.. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Steven Rodolfo Villalobos Azofeifa contra Andrés Guillermo Arrones Aguilar. Expediente N° 18-005937-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), 02 de febrero del 2021.—José Ricardo Cerdas Monge, Juez Tramitador.—( IN2021525357 ).
En la puerta exterior de este Despacho, con una base de siete millones doscientos cincuenta y ocho mil trescientos cincuenta y siete colones con treinta y ocho céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas: BRZ987, marca: Chery, estilo: QQ 1 0 Lux, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: LVVDB12B1KB011232, carrocería: sedán 4 puertas hatchback, tracción: 4x2, número chasis: LVVDB12B1KB011232, año fabricación: 2019, color: blanco, vin: LVVDB12B1KB011232, N. motor: SQR371FBHKA52018, cilindrada: 1000 c.c, cilindros: 3, combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las diez horas cero minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas cero minutos del doce de marzo de dos mil veintiuno con la base de cinco millones cuatrocientos cuarenta y tres mil setecientos sesenta y ocho colones con tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas cero minutos del veintidós de marzo de dos mil veintiuno con la base de un millón ochocientos catorce mil quinientos ochenta y nueve colones con treinta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. “Se recuerda a las partes en el proceso lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 159 del Código Procesal Civil y a saber “El postor, para participar, debe depositar el cincuenta por ciento (50%) de la base, en efectivo, mediante entero bancario a la orden del tribunal, cheque certificado de un banco costarricense o cualquier mecanismo tecnológico debidamente autorizado que garantice la eficacia del pago y señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el comprador no paga la totalidad de lo ofrecido deberá depositarla dentro del tercer día; si no lo hiciera, se declarará insubsistente la subasta” El destacado no es del original, para lo cual deberán tomar las previsiones necesarias,
caso contrario se proseguirá con la diligencia señalada”. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Mario Alcides Castellón Cáceres, expediente N° 20-000042-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 25 de noviembre del año 2020.—Rónald Gerardo Chacón Mejía, Juez Tramitador.—( IN2021525360 ).
En este Despacho, con una base de dieciséis mil ciento veintidós dólares con diecisiete centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: BHL080, marca: Chevrolet, estilo: Cruze LS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KL1PJ5C0DK004843, carrocería: Sedan 4 puertas, tracción: 4x2, año fabricación: 2013. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del cinco de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las once horas treinta minutos del quince de marzo del dos mil veintiuno, con la base de doce mil noventa y un dólares con sesenta y tres centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las once horas treinta minutos del veintitrés de marzo del dos mil veintiuno, con la base de cuatro mil treinta dólares con cincuenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Omar Gerardo de los Ángeles Camacho Vásquez. Expediente N° 20-003789-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 09 de diciembre del 2020.—Licda. Gabriela Rojas Astorga, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021525361 ).
En este Despacho, con una base de cinco millones ochocientos sesenta y siete mil treinta y cinco colones con ochenta y dos céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 344-04140-01-0900-001; sáquese a remate la finca del Partido de Puntarenas, matrícula número cuarenta y ocho mil ciento ochenta y dos, derecho cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Quepos de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte: calle pública con un frente de 9 metros 7 centímetros; al sur: Ana Zoila Gatgens Maikall; al este: calle pública con un frente de 16 metros 38 centímetros; y al oeste: Ana Zoila Gatgens Maikall. Mide: ciento cincuenta y nueve metros con ochenta y nueve decímetros cuadrados. Para tal efecto se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinte de julio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veintinueve de julio de dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones cuatrocientos mil doscientos setenta y seis colones con ochenta y siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del nueve de agosto de dos mil veintiuno con la base de un millón cuatrocientos sesenta y seis mil setecientos cincuenta y ocho colones con noventa y seis céntimos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Víctor Julio De Jesús Camacho Segura. Expediente N° 21-000448-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 1° de febrero del 2021.—Luis Carrillo Gómez, Juez Decisor.—( IN2021525363 ).
A las nueve horas del nueve de abril del dos mil veintiuno, en la puerta principal del edificio que ocupa los Tribunales de Justicia del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, San Carlos, al mejor postor, libre de gravámenes prendarios y con la base de veintiún mil cuatrocientos dos dólares con noventa centavos, remataré: El vehículo EE 035489, Marca Same, año 2017. En caso de resultar fracasado el primer remate, para la segunda subasta y con la rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma
de dieciséis mil cincuenta y dos dólares con dieciocho centavos, se señalan las nueve horas del veinte de abril del dos mil veintiuno. En la eventualidad de que en el segundo remate tampoco se realicen posturas para el tercer remate y con la base del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de cinco mil trescientos cincuenta dólares con setenta y dos centavos, se señalan las nueve horas del veintinueve de abril del dos mil veintiuno. Lo anterior, por estar así ordenado en Proceso de Ejecución Prendaria del Banco Nacional de Costa Rica contra Donald González González. Expediente Nº 20-000200-1202-CJ.—Juzgado Agrario del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 18 de diciembre de 2020.— Lic. William Arburola Castillo, Juez Agrario.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021522364 ).
En este Despacho, con una base de ciento cincuenta y cinco millones cuatrocientos doce mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones citas: 286-01621-01-0908-007 y servidumbre de paso citas: 568-91822-01-0004-001; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 23513-006. Que se describe así: naturaleza: terreno de agricultura. Situada en el distrito: 06-Nosara, cantón: 02-Nicoya, de la provincia de Guanacaste. Linderos: al norte, Marita López, Río Nosara, Eduardo Alfaro; al sur, Jairo Bermúdez, Ana Aragón; al este, servidumbre agrícola; y al oeste, Wilmer López, calle pública, Eduardo Alfaro y Marielos Herrera Rodríguez. Mide: cincuenta mil quinientos trece metros con tres decímetros cuadrados. Plano: no se indica. Para tal efecto, se señalan las nueve horas treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del ocho de junio del dos mil veintiuno, con la base de ciento dieciséis millones quinientos cincuenta y nueve mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil veintiuno, con la base de treinta y ocho millones ochocientos cincuenta y tres mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio dinerario de José Albin Sequeira Villagra contra Juan José Anahy López Castillo. Expediente N° 15-002573-1206-CJ.— Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 19 de enero del 2021.—Licda. Lizeth Gómez Gómez, Jueza Tramitadora.—( IN2021525368 ).
En este Despacho, con una base de setenta y nueve mil trescientos dólares exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando advertencia administrativa, inmovilización por error interno y demanda ordinaria (ver exp.adm.301-2005. Resol. De las 14:00 horas del 02-11-2005. D.R.P., ver Expediente N° 301-2005); sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número 173054- 001 y 002, la cual es terreno lote 31-C terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 1-San Pablo, cantón 9-San Pablo, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 70-C sur, calle pública con 14 metros 28 centímetros de frente este, lote 32-C oeste, calle pública con 16 metros de frente mide: doscientos treinta y seis metros con cincuenta y seis decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas y cero minutos del nueve de agosto del año dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas y cero minutos del dieciocho de agosto del año dos mil veintiuno con la base de cincuenta y nueve mil cuatrocientos setenta y cinco dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veintiséis de agosto del año dos mil veintiuno con la base de diecinueve mil ochocientos veinticinco dólares exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco
Nacional de Costa Rica contra Oscar Guillermo Fernández Salgado, Silvia María Monestel Mora. Expediente N° 09-000700-1012-CJ.— Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 25 de enero del año 2021.—Cristian Mora Acosta, Juez Tramitador.—( IN2021525374 ).
En este Despacho, con una base de trece millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento sesenta y nueve mil cuatrocientos veintitrés, derecho 000, la cual es terreno construido finca se encuentra en zona catastrada. Situada en el distrito 01 Quepos, cantón 06 Quepos, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Asociación Pro Desarrollo del cantón de Aguirre; al sur, calle pública; al este, Asociación Pro Desarrollo del cantón de Aguirre y al oeste, Asociación Pro Desarrollo del cantón de Aguirre. Mide: ciento noventa y cinco metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del nueve de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del diecisiete de agosto de dos mil veintiuno con la base de diez millones ciento veinticinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de agosto de dos mil veintiuno con la base de tres millones trescientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Francisco Vásquez Rivas, expediente N° 20-009161-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 02 de febrero del año 2021.—Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2021525380 ).
En este Despacho, con una base de ochenta y un millones quinientos treinta y tres mil ochocientos cuarenta y tres colones con cuarenta y ocho céntimos, soportando hipoteca de primer y segundo grado según citas 2013-00333014-01-0001-001 y 2015-00363139-01-0003-001 respectivamente y servidumbre trasladada citas 0365-00008079-01-09000-001, sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 571018-000, derecho 000, la cual es terreno para construir lote 8 bloque M. Situada en el distrito 09 Pavas, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 9.55 metros; al sur lote 22 M y lote 7 M; al este, calle pública con un frente de 9.55 metros y lote 7 M y al oeste lote 9m. y calle pública con un frente de 2.12 metros. Mide: doscientos cuatro metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del tres de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del once de marzo de dos mil veintiuno con la base de sesenta y un millones ciento cincuenta mil trescientos ochenta y dos colones con sesenta y un céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno con la base de veinte millones trescientos ochenta y tres mil cuatrocientos sesenta colones con ochenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de San José contra Leonel Eduardo Salas Leal. Expediente N° 20-000609-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 20 de noviembre del año 2020.—Yesenia Auxiliadora Hernández Ugarte, Jueza Tramitadora.—( IN2021525386 ).
En este Despacho, con una base de dieciséis millones trescientos siete mil setecientos cincuenta y nueve colones con cincuenta y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios,
pero soportando reservas Ley Aguas citas: 312-02576-01-0003-001; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número 29373, derecho 000, la cual es terreno para agricultura. Situada: en el distrito 3-Canoas, cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Aniceto Ríos; al sur, faja fronteriza con Panamá y Martín Mitre; al este, faja fronteriza con Panamá y Martín Mitre, y al oeste, calle pública con ciento doce metros de frente. Mide: cuarenta y nueve mil ochocientos sesenta y nueve metros con treinta y nueve decímetros cuadrados. Plano: P-0005604-1973. Identificador predial: 610030029373. Para tal efecto, se señalan las ocho horas y treinta minutos del doce de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas y treinta minutos del veinte de abril del dos mil veintiuno, con la base de doce millones doscientos treinta mil ochocientos diecinueve colones con sesenta y nueve céntimos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiocho de abril del dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones setenta y seis mil novecientos treinta y nueve colones con ochenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Alejandro Jesús Chaves Chaves. Expediente N° 19-002774-1201-CJ.—Juzgado de Cobro de Golfito, 14 de agosto del 2020.—Eida Virginia Madrigal Camacho, Jueza Tramitadora.—( IN2021525387 ).
En este Despacho, con una base de tres millones trescientos veintiséis mil ochenta y cinco colones con ochenta y siete céntimos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones 16-601418-0607-TC 201652200261 y colisiones 17-000960-0607-TR 201752200115; sáquese a remate el vehículo CL-271287, Marca: JAC, Estilo: Camión, Categoría: carga liviana, Capacidad: 3 personas, Serie: LJ11KEBD8D1001842, carrocería: arenero, tracción: 4x2, número chasis: LJ11KEBD8D1001842, año fabricación: 2013, color: blanco, Vin: LJ11KEBD8D1001842, N° motor: 87362820, marca: Cummins, modelo: HFC1050KD, cilindrada: 2771 c.c., cilindros: 4, potencia: 77 Kw, combustible: diesel. Para tal efecto se señalan las once horas veinticinco minutos del veintitrés de junio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas veinticinco minutos del uno de julio del dos mil veintiuno, con la base de dos millones cuatrocientos noventa y cuatro mil quinientos sesenta y cuatro colones con cuarenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas veinticinco minutos del nueve de julio del dos mil veintiuno, con la base de ochocientos treinta y un mil quinientos veintiún colones con cuarenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Cooperativa Nacional de Educadores R.L. contra Maximiliano Frank Rodríguez Hernández. Expediente N° 19-010324-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 02 de febrero del 2021.—Licda. Anny Hernández Monge, Jueza Decisora.—( IN2021525392 ).
En este Despacho, con una base de sesenta y seis millones seiscientos sesenta y nueve mil seiscientos noventa y tres colones con cuarenta y tres céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando; sáquese a remate la finca del Partido de Cartago, matrícula Nos. 105173-001 y 002, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número cuarenta y nueve, apta para construir, que se destinará a uso habitacional, la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 01 El Tejar, cantón 08 El Guarco de la provincia de Cartago. Colinda: al norte: calle de acceso; al sur: común libre destinada a juegos infantiles; al este: filial primaria individualizada número cuarenta y ocho; y
al oeste: filial primaria individualizada número cincuenta. Mide: ciento cuarenta y un metros con cero decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del doce de marzo de dos mil veintiuno, con la base de cincuenta millones dos mil doscientos setenta colones con siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de marzo de dos mil veintiuno, con la base de dieciséis millones seiscientos sesenta y siete mil cuatrocientos veintitrés colones con treinta y cinco céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa Nacional de Educadores R.L., contra Johanna De Los Ángeles Molina Solís y Jorge Vinicio Coto Torres. Expediente N° 20-002499-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 27 de noviembre del 2020.— Víctor Obando Rivera, Juez Tramitador.—( IN2021525393 ).
En este Despacho, con una base de doscientos cuarenta y nueve mil ochocientos sesenta y ocho dólares con dos centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando condición Ref:0893 350 007 (citas: 319-08126-01-0901-001); sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula N° 46706-F, derecho 000, la cual es terreno naturaleza: Finca filial catorce apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos (futura finca matriz). Situada en el distrito 2-San José, cantón 1-Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle del Condominio; al sur, área verde común; al este, calle del condominio, y al oeste, finca filial quince. Mide: seiscientos treinta y un metros con treinta decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del veintiocho de junio del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del seis de julio del dos mil veintiuno con la base de ciento ochenta y siete mil cuatrocientos un dólares con dos centavos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del catorce de julio del dos mil veintiuno, con la base de sesenta y dos mil cuatrocientos sesenta y siete dólares con un centavos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Orlando Calzada Miranda contra Ana Bolena Topacio Catorce Sociedad Anónima. Expediente Nº 20-007526-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 06 de enero del 2021.—Msc. Angie Rodríguez Salazar, Jueza.—( IN2021525491 ).
En este Despacho, con una base de dos millones ochocientos treinta y dos mil setecientos treinta colones con setenta y seis céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos cincuenta y tres mil ciento noventa y tres, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: Agricultura. Situada en el distrito 2-San Miguel, cantón 6-Naranjo de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte: Francisco Ángel Hidalgo Chacón; al sur: Víctor Arguello Ramírez; al este: Hidalgo Peraza y Hermanos; y al oeste: calle pública con 64,08 mts. Mide: siete mil cuatrocientos trece metros con cuarenta y nueve decímetros cuadrados. Plano: A-0737745-1988. Para tal efecto, se señalan las once horas treinta minutos del dieciocho de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del ocho de abril de dos mil veintiuno, con la base de dos millones ciento veinticuatro mil quinientos cuarenta y ocho colones con siete céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del veintidós de abril de dos mil veintiuno, con la base de setecientos ocho mil ciento ochenta y
dos colones con sesenta y nueve céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Didier Carrillo Arguello. Expediente N° 20-014507-1157-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 26 de enero del 2021.—Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2021525497 ).
En este Despacho, con una base de veintiocho millones setecientos veintisiete mil cuatrocientos nueve colones con treinta y cuatro céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 246183, derecho 000, la cual es terreno para construir lote 2. Situada en el Distrito 3-Potrero Cerrado, Cantón 7-Oreamuno, de la Provincia de Cartago. Colinda: al norte lote 3 de María De Los Ángeles Asenjo Brenes; al sur lote 1 de María De Los Ángeles Asenjo Brenes; al este, calle publica y al oeste calle pública. Mide: dos mil metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del cinco de abril de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del trece de abril de dos mil veintiuno con la base de veintiún millones quinientos cuarenta y cinco mil quinientos cincuenta y siete colones con cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del veintiuno de abril de dos mil veintiuno con la base de siete millones ciento ochenta y un mil ochocientos cincuenta y dos colones con treinta y tres céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional De Costa Rica contra Agrícola Asbre Sociedad Anónima, María De Los Ángeles Asenjo Brenes. Expediente Nº: 20-004025- 1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 12 de enero del año 2021.— Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza Decisora.—( IN2021525520 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En este despacho, con una base de ocho millones cuatrocientos quince mil doscientos cincuenta y nueve colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 214242-000, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 6-San Rafael, cantón 2-San Ramon, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, lote 1; al sur, resto de finca y en parte calle publica con frente de 38.03 metros y Juan Jara; al este, resto de finca y al oeste, Juan Jara y en parte calle pública con frente a ella de 18.64 metros. Mide: tres mil quinientos noventa metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del veintisiete de mayo de dos mil veintiuno con la base de seis millones trescientos once mil cuatrocientos cuarenta y cuatro colones con veinticinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del cuatro de junio de dos mil veintiuno con la base de dos millones ciento tres mil ochocientos catorce colones con setenta y cinco céntimos (25% de la base original), así mismo y con una base de ocho millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 214241-A-000, la cual es terreno de agricultura. Situada en el distrito 6-San Rafael, cantón 2-San Ramón, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Juan Jara y otro; al sur, Bernardo Jara; al este, Crisonomo Vargas y calle de Serv. y al oeste, Juan Jara. Mide: siete mil setecientos tres metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas cero minutos del diecinueve de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas cero minutos del veintisiete de mayo de dos mil veintiuno con la base de seis millones de colones exactos (75% de la base
original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas cero minutos del cuatro de junio de dos mil veintiuno con la base de dos millones de colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Bernardo Jara Vargas contra Todo lo puedo en Cristo S. A. Expediente N° 20-002472-1203-CJ.—Juzgado de Cobro del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón), 19 de enero del año 2021.—Licda. Jennsie Montero López, Jueza.—( IN2021525618 ).
En este despacho, con una base de cinco millones novecientos cuarenta mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 01-0001-001; servidumbre de ancla citas: 2011-322597-01-0002-001; servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 01-0001-001; servidumbre de ancla citas: 2013-11830-01-0002-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 504796-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito: 02-Florencia, cantón: 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Herminio Ávila Alpízar; al sur, Herminio Ávila Alpízar; al este, calle pública con un frente a ella de 12.15 metros lineales y al oeste, Herminio Ávila Alpízar. Mide: doscientos noventa y ocho metros cuadrados. Plano: A-1606185-2012 metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del veintinueve de octubre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del nueve de noviembre de dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones cuatrocientos cincuenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del diecisiete de noviembre de dos mil veintiuno, con la base de un millón cuatrocientos ochenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Colaboradores de Pipasa y afines contra María Gabriela Ugalde Pérez. Expediente N° 20-005084-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 22 de enero del año 2021.—Lic. Giovanni Vargas Loaiza, Jueza Decisor.—( IN2021525621 ).
En este Despacho, con una base de un millón setecientos cincuenta y cinco mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo: CL 205315, marca: Toyota, estilo: Hilux DX, categoría: carga liviana, carrocería: camioneta Pick-Up caja abierta o Cam-Pu, tracción: 4x2, serie: 8AJER32G004002426, año de fabricación 2006, color: gris, N° motor: 2KD9409841, cilindra: 2494 cc, combustible: diesel. Para tal efecto, se señalan las catorce horas cero minutos del diez de mayo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las catorce horas cero minutos del dieciocho de mayo del dos mil veintiuno, con la base de un millón trescientos dieciséis mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las catorce horas cero minutos del veintiséis de mayo del dos mil veintiuno, con la base de cuatrocientos treinta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Emerick Andrey Araya Soto contra Jenny Margot Arce Cabezas. Expediente N° 20-012374-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de diciembre del 2020.—Sofía Ramírez Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021525693 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete millones ciento noventa y cuatro mil quinientos diez colones con noventa y ocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones inscrita al tomo 0398, asiento 00008265, consecutivo 01, secuencia 0906, subsecuencia 001; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número cuatrocientos seis mil seiscientos setenta y uno, derecho 000, la cual es terreno con 3 casas. Situada en el distrito 07 Patarrá, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Jorge Arturo Campos Valverde; al sur, Segura Mora Sandra María; al este, calle pública; y al oeste, Sandra María Segura Mora. Mide: seiscientos cincuenta metros con noventa y ocho decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las quince horas treinta minutos del quince de abril del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas treinta minutos del veintitrés de abril del dos mil veintiuno con la base de doce millones ochocientos noventa y cinco mil ochocientos ochenta y tres colones con veinticuatro céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiuno con la base de cuatro millones doscientos noventa y ocho mil seiscientos veintisiete colones con setenta y cuatro céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Marvin Gerardo Meléndez Venegas. Expediente N° 19-006463-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 13 de enero del 2021.—Licda. Mileidy María Calvo Quesada, Jueza Tramitadora.—( IN2021525694 ).
En este Despacho, en la puerta exterior, con una base de veintisiete millones veinticinco mil doscientos veintiocho colones con siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 103924-001, 002, la cual es terreno inculto con 1 casa. Situada en el distrito 1-Guadalupe, cantón 8-Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Bernardo Durán; al sur, Alfredo Hernández; al este, calle pública con 6,70 metros; y al oeste, Maruja Calderón. Mide: ciento sesenta y un metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las diez horas treinta minutos del veinticinco de marzo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las diez horas treinta minutos del nueve de abril de dos mil veintiuno con la base de veinte millones doscientos sesenta y ocho mil novecientos veintiún colones con cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las diez horas treinta minutos del veinte de abril de dos mil veintiuno con la base de seis millones setecientos cincuenta y seis mil trescientos siete colones con un céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Claudia Milagros Molina Laguna, Mario Alexis Vargas Carmona. Expediente N° 20-001888-1763-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 08 de enero del año 2021.—Maureen Cecilia Vargas Solano, Jueza Tramitadora.—( IN2021525695 ).
En este Despacho, con una base de diecisiete mil trescientos veinte dólares con veintinueve centavos, libre de gravámenes pero soportando denuncia de tránsito al tomo 800, asiento 00612327, secuencia 001; sáquese a remate el vehículo JYF125, marca Mitsubishi, estilo Lancer GLS, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2017, color rojo, Vin JMYSTCY4AHU000293, cilindrada 2000 c.c., combustible gasolina, N° motor 4B11RQ7525. Para tal efecto se señalan las once horas treinta minutos del quince de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas treinta minutos del veintitrés
de marzo del dos mil veintiuno con la base de doce mil novecientos noventa dólares con veintiún centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas treinta minutos del siete de abril del dos mil veintiuno con la base de cuatro mil trescientos treinta dólares con siete centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco LAFISE S. A. contra José David Quirós López. Expediente N° 20-004541-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 09 de diciembre del 2020.—Mayra Vanessa Guillén Rodríguez, Jueza Decisora.—( IN2021525713 ).
En este Despacho, con una base de ciento treinta y siete mil setecientos setenta y cuatro dólares con cinco centavos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando anotación de arrendamiento citas: 2019-492600-01-0001-001; sáquese a remate la finca del partido de Cartago, matrícula número 150410-F-000, la cual es terreno finca filial número 1 de dos niveles que se destinará a uso residencial en proceso de construcción. Situada en el distrito 4-San Rafael, cantón 3-La Unión, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 11E; al sur, calle pública; al este, finca filial 2; y al oeste, lote 18 E. Mide: ciento ochenta y dos metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las trece horas treinta minutos del tres de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las trece horas treinta minutos del once de marzo del dos mil veintiuno con la base de ciento tres mil trescientos treinta dólares con cincuenta y cuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las trece horas treinta minutos del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno con la base de treinta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y tres dólares con cincuenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Davivienda Costa Rica S. A. contra Carolina de Los Ángeles Alegría Sánchez. Expediente N° 19-012471-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 25 de noviembre del 2020.—Pilar Gómez Marín, Jueza Tramitadora.—( IN2021525714 ).
En la puerta exterior de este Despacho; a las trece horas y treinta minutos del nueve de setiembre del dos mil veintiuno , en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento diez mil trescientos cuarenta y tres-cero tres-cero tres-cero la cual es terreno para construir, libre de gravámenes; y con la base de setenta y ocho mil dólares exactos, situada en el Distrito San Miguel, Cantón Santo Domingo, de la Provincia de Heredia. Colinda: al norte calle pública con 174 m 69cm; al sur Emilio Sánchez; al este Luis Zamora y al oeste, calle pública con 79m 93cm. Mide: diecisiete mil quinientos sesenta y ocho metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. 2) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta mil ochocientos cuarenta y dos-cero cero cero la cual es terreno con una casa y un local, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones 373-00950-01-0901-001 Finca Referencia 1608-495-001; y con la base de treinta y nueve mil dólares exactos, situada en el Distrito Germania, Cantón Siquirres, de la Provincia de Limón. Colinda: al norte carretera a Limón con 57mts; al sur Río Las Vueltas; al este José Fco. Guzmán Calvo y al oeste Situs Leoys Thompson. Mide: ocho mil novecientos nueve metros con treinta y siete decímetros cuadrados. 3) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y tres mil ochocientos veintitrés-cero cero cero la cual es terreno para construir, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones
382-08617-01-0900-001. Finca Referencia 00006931- 001; y con la base de treinta y cinco mil dólares exactos, Situada en el Distrito Germania, Cantón Siquirres, de la Provincia de Limón. Colinda: al norte carretera a Limón con 71,76 mts; al sur Río Las Vueltas; al este y al oeste José Fco. Guzmán Calvo. Mide: siete mil novecientos treinta metros con quince decímetros cuadrados. 4) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y siete mil ciento noventa y ocho-cero cero cero la cual es terreno para construir, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones 402-14961-01-0822- 001. Finca Referencia 00006931-001; y con la base de noventa y ocho mil dólares exactos, situada en el Distrito Germania, Cantón Siquirres, de la Provincia de Limón. Colinda: al Norte José Fco Guzmán Calvo; al sur Río Las Vueltas; al este, carretera a Limón-San José con 120 metros y al oeste Río Las Vueltas. Mide: veintiún mil novecientos treinta y cuatro metros con cincuenta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veinte de setiembre del dos mil veintiuno, de la siguiente forma: 1) Finca H- 110343-000:, con la base de cincuenta y ocho mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento). 2) Finca L-40842-000:, con la base de veintinueve mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento).-3) Finca L-43823-000, con la base de veintiséis mil doscientos cincuenta dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento). 4) Finca L-57198-000: con la base de setenta y tres mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento). Y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del veintiocho de setiembre del dos mil veintiuno de la siguiente forma: 1) Finca H-110343-000:, con la base de diecinueve mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) Finca L-40842-000:, con la base de nueve mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 3) Finca L-43823-000, con la base de ocho mil setecientos cincuenta dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 4) Finca L-57198- 000:, con la base de veinticuatro mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial).. Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Armando Carrasco Álvarez contra Corporación Alarve de San José Sociedad Anónima, Elvia Elizabeth Tencio Jiménez. Expediente Nº:17-007369-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 25 de enero del año 2021.—Mónica Fallas Mesén, Jueza Tramitadora.—( IN2021525741 ).
En este Despacho, con una base de seis millones ochenta y cuatro mil cuatrocientos colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placas N° BHH227, Marca: Hyundai, Estilo: Terracan, Categoría: automóvil, Capacidad: 7 personas, año 2001, color: blanco, Vin: KMHNN81WP1U021694, cilindrada: 2500 c.c., combustible: diésel, Motor Nº D4BH1381515. Para tal efecto se señalan las ocho horas treinta minutos del dos de marzo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del diez de marzo del dos mil veintiuno, con la base de cuatro millones quinientos sesenta y tres mil trescientos colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciocho de marzo del dos mil veintiuno, con la base de un millón quinientos veintiún mil cien colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Polasi JDS Corporación de Inversiones Sociedad Anónima contra Frank Morales Salazar, Jacqueline Elizabeth Chamorro Urbina. Expediente Nº 17-002029-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 08 de enero del 2021.—Lic. Víctor Obando Rivera, Juez Decisor.—( IN2021525742 ).