ÍNDICE DE FIGURAS
CAPÍTULO 2: RUTAS DEL COMERCIO EN LA ACTUALIDAD
2.3. Entre lo justo y lo injusto
2.3.1. La idea de lo justo tiene diversas significaciones
En la filosofía presocrática, la justicia consiste en que cada cosa ocupe el lugar que le corresponde en el Universo. Para Platón la idea se determinaba en su filosofía política en donde la justicia reside en que cada uno cumpla con la obligación que le corresponde. Dado el sistema social inmóvil y jerarquizado planteado por Platón en su idea del Estado ideal, esta propuesta de justicia dota de razón interna al sistema, al mismo tiempo que permite su justificación. (Platon, 1998)
En la filosofía política clásica Aristotélica se introdujeron las nociones de justicia distributiva y conmutativa: la primera consistente en regular la relación entre las partes y el todo, y la segunda en regular las relaciones entre las partes. Para los antiguos juristas romanos, la justicia significaba dar a cada quien lo que es suyo y lo que le pertenece, de acuerdo con la ley. San Agustín afirmo, que la justicia era dar a cada cual lo que se le debe, mientras que santo Tomás consideraba que la justicia consistía en dar a cada uno lo que le corresponde en cuanto a Derecho. En estas definiciones de justicia, utilizadas para dar sentido al concepto, la subjetividad es parte de los mismos, puesto que no responde a la pregunta ¿dar lo que corresponde o lo que se merece en cuanto a qué?, porque la impartición de justicia estaba diseñada de acuerdo al sistema en el que pertenecían; lo que lleva a reflexionar sus posturas.
Para los presocráticos y para Platón, la idea de ocupar un determinado lugar tanto en el Universo como en el Estado correspondía a actuar de acuerdo con la necesidad de estabilidad del sistema es decir, del Estado. Pero también los elementos ocupan esos determinados y fijos lugares a partir del mérito de cada cual y del puesto que estos ocupaban.
En la idea de justicia distributiva aristotélica se entiende como la habilidad de dar a cada quien atendiendo a sus requerimientos, donde se establece la proporción con que deben distribuirse las recompensas y los castigos, es decir, se reparten honores, fortuna y bienes.
Los primeros dos se obtienen a partir del mérito y los terceros a partir de la necesidad.
83 En la justicia conmutativa se reconoce como la distribución que regula la igualdad o proporción que debe haber entre las cosas, cuando se dan o cambian unas por otras, puesto que se intercambian bienes y servicios entre los miembros de la sociedad, los cuales tienen dos valores: el valor derivado del mérito empleado en ellos y también el valor de acuerdo a la necesidad de dichos bienes y servicios para los hombres. (Aristóteles, 2006).
De acuerdo con los antiguos romanos era dar a cada uno lo suyo y lo que le pertenece de acuerdo con la ley: aquel que actúa con mérito y cumple con la ley recibe su recompensa.
Así como aquel injuriado y necesitado de justicia recibe la suya.
La idea de justicia en la Historia está determinada por la estima que cada sistema histórico legal social tenga hacia el mérito, la necesidad o la capacidad. Entre los Estados, la justicia representa la equidad de trato político y económico entre ellos. Ahora bien, los derechos y deberes de los individuos frente al Estado están determinados por la idea de finalidad del Estado que se tenga. Así, un Estado cerrado o liberal dejará actuar a los ciudadanos sin interferencias inmediatas, siempre y cuando tengan el mérito de cumplir con las leyes establecidas. Por ende la equidad en la distribución de bienes y servicios está determinada por el mérito o la necesidad de los individuos, de acuerdo con el sistema económico existente.
Un sistema capitalista se alimenta del constante mérito y capacidad de hombres e instituciones para competir, mientras que un sistema socialista se fundamenta a partir de satisfacer necesidades básicas. La relación entre los Estados está determinada por estimaciones de mérito, necesidad o capacidad que se tengan unos a otros. Los Estados son desiguales por su capacidad militar, técnica, etcétera; son desiguales por sus méritos o desméritos históricos y sociales; y desiguales en cuanto a sus necesidades físicas o metafísicas. (Mendez Pinto, 2012, año VI, núm. 11, enero-junio). Es por tanto evidente que todas estas aplicaciones y atribuciones objetivas de justicia están invariablemente determinadas por el carácter subjetivo que siempre decreta y define a la justicia en sí misma.
Entre lo subjetivo y lo objetivo de la justicia de acuerdo a la sociedad moderna, Agnes Héller plantea el tema de la relación del concepto de justicia con los valores universalizados de la
84 modernidad, mostrando la relación peculiar que existe entre la justicia y la vida buena, es decir, entre la filosofía política y la ética; donde la justicia aparece como la condición previa de la vida buena, que sin embargo estaría situada más allá de su ámbito. Esta concepción de justicia defiende una versión de la idea de los derechos humanos naturales bajo el marco de un relativismo cultural moderado, que permita la pluralidad de los bienes dentro de los límites del bien compartido.
A partir de deducciones de la concepción de justicia el concepto ético político incompleto de justicia no defiende el mejor mundo moral posible, ni siquiera una sociedad justa, sino el mejor mundo sociopolítico posible que no es justo pero que opera por un procedimiento justo.
Todos los elementos del procedimiento justo han sido relacionado o deducidos de procedimientos justos tradicionales y contemporáneos, como el concepto formal de justicia, la regla de oro, la justicia dinámica, el recurso a los valores de la libertad y la vida, y el discurso como medio de zanjar los conflictos socio políticos (Heller, 1990)
La problemática originada de la moral natural, al menos en la modernidad, se resuelve en los valores universales de la libertad y la vida, de la igualdad y la razón. Esta moral natural es el fundamento que da razón de que se produzca un conflicto entre legalidad y moralidad, suscitándose la cuestión de la desobediencia a la ley, o la necesidad de soportar la ley aun cuando entra en conflicto con la propia moralidad o sentido de la justicia. De ahí la necesidad de distinguir entre las normas socio-políticas y las normas morales.
De acuerdo a la idea de Héller que todo el modelo no es más que una recomposición de las prácticas tradicionales y contemporáneas antes citadas y no una recomposición arbitraria. Es la única recomposición posible que incluye todos los componentes de la justicia, si la humanidad es pensada como un grupo social esencial (supremo) y si las relaciones humanas son relaciones de reciprocidad simétrica. El procedimiento justo no puede estar motivado por necesidades radicales, pues estas necesidades pueden ser ciegas y pueden expresarse en posturas irracionales. Y mucho menos puede un procedimiento justo ser racional, pues hay diferentes tipos de comprensión radical (actitud) y la decisión de optar por una particular
85 debe estar motivada por algo más que la racionalidad. Que de no ser implicado la racionalidad se caería en lo injusto.
Esta concepción de justo, tiene aplicaciones dentro del comercio, desde individuos hasta los propios estados, donde de acuerdo al mérito y necesidades, bajo un esquema de valores modernos de acuerdo a la apreciación de Agnes Héller, que se conjugan para dar resultados de satisfacción y beneficio como resultado del intercambio.
En un sentido teórico el intercambio es justo, pues cada quien intercambia cosas o bienes por el valor que estas representa, pero la problemática empieza cuando las necesidades, los méritos de los individuos se enfrentan en circunstancias particulares de sociedades o empresas con valores librecambistas que compiten en un mercado con reglas cambiantes y luchas de poder.
Desde la perspectiva mostrada las relaciones mercantiles internacionales librecambistas bajo un esquema de valores son esencial y moralmente dudosas, puesto que en ellas alguien gana y alguien pierde. Aun cuando estos intercambios sean libres y voluntarios, se crean desventajas. Es un hecho que el comercio genera enormes cantidades de riqueza y crea lazos entre todos los habitantes del planeta. En este contexto se plantean dos preguntas: ¿Por qué la gente de los países pobres sale perdiendo? ¿Porque las reglas que controlan el comercio favorecen con creces a los países ricos que fijan dichas reglas?
Respecto a las reglas de comercio actual y competitivo, las naciones que mayormente comercializan productos, teniendo dominio en el mercado fijan estándares de acuerdo a necesidades de su población, competitividad y la propia relación del estado elevando calidades y estándares en búsqueda de la modernidad, que en perspectiva con estados que no han desarrollado elementos de competencia podrían denominarse injustas. Existen dos elementos económicos que nos ayudan a identificar la orientación de lo justo a lo injusto en la comercialización en la sociedad moderna, de acuerdo a las teorías vista: los términos de intercambio de las naciones (ToT) y las multinacionales o consorcios transnacionales (TNCs)
86 Observando los términos de comercio o intercambio de las naciones6 se puede comprobar la variación de las proporciones de intercambio entre productos de exportación y los de importación. Los términos de comercio se calculan dividiendo en moneda nacional, el índice de precios de exportación entre el índice de precios de importación. Al aumentar el ToT en un país a consecuencia de un alza de precios de los artículos propios de exportación o por disminución de los artículos de importación, mejora su posición frente al comercio exterior, puesto que con un mismo volumen de exportación, aumenta la capacidad de importar mayor número de productos.
Sin embargo, debido a los factores anteriormente citados el ToT se ha empeorado continuamente en los países en desarrollo. Durante un largo período el ToT fue disminuyendo constantemente, puesto que estos países exportaban productos primarios cuyo desarrollo de precios frente al de los productos industriales era muy desfavorable.
Actualmente no solo los países exportadores de materias primas sufren las consecuencias de la falta de capacidad de adquisición de productos de exportación, precisamente los exportadores de productos procesados tienen ese problema. El hecho de que los precios de importación no disminuyen con la misma proporción, conduce a una caída de los precios de los productos de exportación. La consecuencia es la caída del ToT y por tanto una posición económica desfavorable, respecto al comercio exterior, que genera desigualdades así como sus políticas que tratan de resanar la problemática.
El entrelazamiento económico se lleva adelante tanto por actores estatales como por actores sociales. Al lado de las empresas transnacionales, quienes mediante su política económica
6 Los términos de intercambio son las relaciones de intercambio en el comercio entre países. Ellos se determinan por las variaciones de la estructura de precios de las exportaciones y de las importaciones.
La mayoría de ellos se establecen a través de la comparación de los índices de precios de las exportaciones y las importaciones. Los cambios de precios de los diferentes bienes o grupos de bienes se dan a través de la oferta y la demanda en los mercados internacionales y pueden ser explicados por la elasticidad de precio y de ingreso de los respectivos bienes. Si se deterioran los términos de intercambio para un país, éste deberá aumentar la cantidad de exportaciones para poder mantener el mismo nivel de importaciones
87 internacional influyen en el comercio global. Los actores en las relaciones internacionales también han cambiado en esta modernidad exponenciándose a términos macroeconómicos;
un gran representante de estos son los consorcios o empresas transnacionales que se han convertido en actores políticos, interviniendo en las decisiones políticas estatales.
Los consorcios transnacionales se caracterizan por mantener lugares de producción en varios países, de tal forma que puedan evadir restricciones comerciales. Puesto que los TNCs producen en localidades de bajos salarios y de mejor utilización de materias primas, pueden vender mejor sus productos en lugares donde se esperan las mejores ganancias. Puesto que los consorcios invierten de tal forma que su capital esté repartido en los cinco continentes, los actores estatales pierden cada vez más su influencia para la regulación de los mercados.
A través del control de cada uno de los pasos del proceso económico, o sea desde la explotación de las materias primas hasta la producción y mercadeo de los productos, los consorcios se pueden permitir fijar los precios de tal forma que no se guían por las leyes de oferta y demanda.
Mediante estrategias competitivas los consorcios presentan sus intereses en momentos decisivos de discusiones políticas, para poder llevar adelante el desajuste y la liberalización del mercado. Por tanto, los consorcios transnacionales son los que definen las decisiones de los gobiernos y las fusiones económicas supranacionales, de tal forma que la economía mundial está dominada por preferencias sociales y no estatales.
2.3.2. Análisis comparativo entre ideas de justicia de Rawls y David Harvey