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Número 421. Lunes 3 de Abril del afto económico de 1875-76. 38 céntimos de peseta.

Qal

BOLETIN OFICIAL

DE LA PROVINCIA DE ALBACETE.

Se publica los Lunes, Miércoles y Viérnes. Los suscrilores de esta Ciudad pa­

garán 2 pesetas al mes. Los de fuera 7,50 por un trimestre y 13,50 |)or medio año.

Los anuncios particulares que se quieran insertar en el BOLETIN, prévia li­

cencia del Señor Gobernador, pagarán 17 céntimos de peseta por línea.

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SECCION DE LA GACETA.

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS.

S. M. el Rey (Q. D. G.) y la Serenísima Se­

ñora Princesa de Asturias continúan en esta Corte sin novedad en su importante salud.

MINISTERIO DE LA GOBERNACION.

REAL ORDEN.

Remitido á informe de la Sección de Gober­

nación del Consejo de Estado el expediente pro­

movido por Francisco Piñol Alcoberro y José Mauri Pinol alzándose del fnllo por el que esa Comisión provincial les declaró soldados del primer reemplazo de 1874 por el cupo de Tevenys, la expresada Sección ha emitido en este asunto el siguiente dic­

tamen:

•Exemo. Sr.: Esta Sección há examinado el adjunto expediente relativo ál recürsó de alzada interpuesto ante ese Ministerio por Francisco Piñol Alcoberro y José. Mauri y Piñol contra'un acuer­

do de la Comisión provincial de Tariagona, que les declaró soldados de la primera reserva de 1874 al verificar la revisión de expedientes ordenada por el Real decreto de 30 de Abril y Real orden de 28 de Mayo ultimo.

Resultando (¡ue comprendidos estos mozos en la expresada reserva, fueron exceptuados del ser­

vicio por las corporaciones municipal y provincial, por estimar les correspondian los beneficios de la ley de 3 de Junio de 1868 sobre fomento de la población rural.

Revisados los expedientes con arreglo á las disposiciones de que se ha hecho mérito, la Co­

misión provincial (leclaró soldados á ios recurrentes por no comprenderles la excepción que les fué otorgada.

La Comisión provincial informa en pro de sus fallos, con los que está conforme el Gobernador, manifestando esta Autoridad y aquel cuerpo que no debería admitirse la alzada, puesto que los mo­

zos no se han presentado en Caja.

Visto el expediente:

Vistos el Real decreto de 30 de Abril y la Real orden circular de 28 de .Mayo últim o:'

Visto el art. 6.® de la ley de 3 de Junio de 1868:

Considerando que aquellas disposiciones pre­

vienen que las excepciones concedidas en las re­

servas que mencionan se revisen con arreglo al.

estado que tuviesen en los reemplazos de ijue pro­

cedan los mozos:

Considerando que el art. 6.° de la ley de'coloni- zacion agrícola dispone que los hijos de los pro­

pietarios, administradores ó mayordomos, á quienes cupiese la suerte de soldados después de dos años de residencia en la finca, sean destinados á la se­

gunda reserva, cuyo tiempo, como no puede ménos, empieza á contarse desde la fecha en que se otorga­

sen á la misma finca los beneficios de colonia rural:

Considerando que á las fincas que habitan los reclamantes se les concedieron dichos beneficios en 16 y 20 de Junio de 1874, y en 13 de Agosto siguiente, es decir, ménos de dos meses después, fueron exceptuados como hijos de colonos agrí­

colas, cuando evidentemente no les correspondía tal excepción por no hacer dos años que sus re­

sidencias habían sido declaradas colonias rurales:

Considerando que, según manifiestan el Gober­

nador y la Comisión provincial, los mozos de q^ue se trata no se han presentado á ingresar en Ca­

ja, en cuyo caso no debía admitirse el recurso de alzada, pues á los que faltan á los preceptos de la ley no puede esta misma ley ampararles;

La Sección opina que procede desestimar el re- cursci de alzada á que se refiere este expediente.»

Y habiendo tenido á bien S. M. el Rey (Q. D. G.) resolver de conformidad con el preinserto dictá- men, disponiendo asimismo que se publique esta resolución en la Ga c e t a para que sirva de regla general, de Real órden lo digo á V. S. para su conocimiento y demás efectos. Dios guarde á V. S.

muchos años. Madrid 20 de Enero de 1876.

ROMERO Y ROBLEDO.

Sr. Gobernador de la provincia de Tarragona.

MINISTERIO DE LA GUERRA.

• • • ■ CIRCULARES GENERALES.

■ Exemo. Sr.: Enterado S. M. el Rey(Q. D. G.) de varias consultas elevadas á este Ministerio res­

pecto de la situación en que deberán quedar al­

gunos individuos del llamamiento de 125.000 hom­

bres . que tienen recargo en el servicio por ha­

ber ingresado en él con la nota de prófugos, im­

puesta por las Diputaciones provinciales respec­

tivas, así como la de otros que por causas aje­

nas completamente á su voluntad han ingresado con gran retraso ó pueden - ingresar aun en las Cajas sin la expresada nota, se ha servido resol­

ver lo siguiente:

Artículo 1 Atendiendo á las especialísimas con­

diciones con que entró á servir el llamamiento citado, los prófugos procedentes de él, <|ue con arreglo al ari. 114 de la ley de reemplazos de­

berían servir su tiempo ordinario más el de re­

cargo en las guarniciones de Africa, lo extingui­

rán en la reserva.

Art. 2.” El tiempo ordinario se contará de 20 meses, ó sea desde el 30 de Agosto de 1874 has­

ta el 30 de Abril de 1876, que es el que han servido los que han cumplido exactamente con la ley.

Art. 3.* Los mozos de este llamamiento que hayan ingresado ó ingresen en lo sucesivo en las Cajas con retraso por motivos ajenos á su volun­

tad, y que no lleven por consiguiente la nota de prófugos, obtendrán desde luego la licencia ab­

soluta en las mismas Cajas ó depósitos, si aun no hubiesen sido destinados á cuerpo, como com­

prendidos en el Real decreto de 19 del actual.

De Real órden lo digo á V. E. para su cono­

cimiento y demás efectos. Dios guarde á V. E. mu­

chos años. Madrid 28 de Marzo de 1876.

Señor.

CEBADLOS.

fin de evitar dudas sobre el particular, S. M. el Rey (Q. D. G.) se ha servido disponer:

Primero. Los individuos que continúen en el Ejército activo serán considerados para el perci­

bo de sus haberes como si ingresaran de nuevo en él, y por lo tanto no tendrán derecho á los se­

ñalados en la ley de 17 de Febrero de 1873.

Segundo. Estos y los que ingresen voluntaria­

mente percibirán sobre el haber señalado por ór­

den de 9 de Mayo de 1874, los 25 céntimos de peseta diarios que se marcó en el art. 3." de la Real órden de 22 de Junio de 1875; y además 250 pe­

setas cada año, la mitad al firmar su compromi­

so y la otra miiad al terminar el año, con ar­

reglo á la órden de 5 de Febrero de 1874; pu- diendo contraer entónces nuevo compromiso con iguales condiciones, si en vista de sus anteceden­

tes les consideran sus Jefes acreedores á que se les conceda.

Tercero. Los Jefes de los cuerpos quedan au­

torizados para admitir el enganche y reenganche, exigiendo que los volutarios por ambos conceptos tengan la robustez, estatura y demás condicio­

nes necesarias para servir en el instituto y 20 años cumplidos sin pasar de 40.

Cuarto. El voluntario enganchado que le lo­

que cubrirjcupo por su pueblo terminará el año de compromiso, y entónces se le variará por una nota el concepto en (jue sirve y ernpezará á ex­

tinguir su nuevo empeño por el tiempo que se filie su quinta.

Quinto. El soldado que correspondiéndole pa­

sar á la reserva prefiera continuar en activo dis­

frutará tan sólo, además* del haber mencionado, el plus de 25 céntimos de peseta, dejanfio de per­

cibir este último en el caso de ser llamada al ser­

vicio la reserva á que pertenezca.

De Real órden lo digo á V. E. para su cono­

cimiento v demás electos. Dios guarde á V. E, muchos años. Madrid 29 de Marzo de 1876.

CEBADLOS.

Señor.

Rxemo. Sr.: En el art. 6.® del Real decreto de 3 del actual se previene que los individuos que quieran continuar en el servicio puedan ve­

rificarlo con las ventajas que la ley concede; y habiéndose recibido varias consultas sobre el mo­

do de aplicar los beneficios hasta ahora otorgados y los haberes que deberán disfrutar los que con­

tinúen ó ingresen voluntariamente en las filas, á

Exemo. Sr.: He dado cuenta á S. M. el Rey (Q. D. G.) de la comunicación de V. E. fecha 14 de Febrero último, en la que participa á este Ministerio que el Alférez graduado Sargento pri­

mero del regimiento infantería de Navarra, número 25, D. Joaquín Alarcon y Pequeño, desapareció de la ciudad de Barcelona en el mes de Diciem­

bre próximo pasado, llevándose algunos fondos de su compañía, y que habiendo sido capturado en Puigeerdá, ha vuelto á fugarse, sin que hasta la fecha se haya conseguido averiguar su paradero.

En su vista, y de conformidad con lo que V. E.

propone, S. M. ha tenido á bien disponer que el interesado sea dado de baja definitiva en el Ejér­

cito, y que se publique esta resolución en la Ga­

c e t a oficial, á fin de que, llegando á conocimien­

to de todas las Autoridades civiles y militares, no pueda aparecer en parte alguna con un carác­

ter que ha perdido con arreglo á Ordenanza y ór­

denes vigentes; quedando, no obstante, sujeto á la responsabilidad en que ha incurrido y al resul­

tado de la sumaria que se le instruye, si se pre­

sentare ó fuere habido.

De Real órden, comunicada por el Sr. Minis­

tro de la Guerra, lo digo á V. E. para su cono­

cimiento y efectos correspondientes. Dios guarde á V. E. muchos años. Madrid 4 de Marzo de 1876,

MARCELO DE AZCÁREAGA.

Sr. Directoi'general de Infantería.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(2)

BOLETIN OFICIAL.

MINISTERIO DE FOMENTO.

Dirección general de Instrucción pública.

Resultando vacante en la Facultad de Medi­

cina de la Universidad de Granada la cátedra de Fisiología, dotada con 3.000 pesetas, que según el art. 220 de la ley de 9 de Setiembre de 1857 y el 2."dei reglamento de 15 de Enero de 1870 corresponde al concurso, se anuncia al público, con arreglo á lo dispuesto en el art. 47 de dicho re­

glamento, á fin de que los Catedráticos que deseen ser trasladados á ella, ó estén comprendidos en el art. 177 de dicha ley ó se hallen excedentes, pue­

dan solicitarla en el plazo improrogable de 20 dias, á contar desde la publicación de este anuncio en la Gaceta .

Sólo podrán aspirar á dicha cátedra los Pro­

fesores que desempeñen ó hayan desempeñado en propiedad otra de igual sueldo y categoría, y ten­

gan el título de Doctor en Medicina y Cirugía.

Los Catedráticos en activo servicio elevarán sus solicitudes á esta Dirección general por con­

ducto del Decano de la Facultad ó del Director del Instituto ó Escuela en que sirvan, y los que no estén en el ejercicio de la enseñanza lo harán también á esta Dirección por conducto del Jefe del establecimiento donde hubieren servido üllima-

inente.

Según lo dispuesto en el art. 47 del expre­

sado reglamento, este anuncio debe publicarse en los Boletines oficiales de las provincias; lo cual se advierte para que las .iutoridades respectivas dis­

pongan que así se verifi que desde luego sin más aviso que el presente.

Madrid 15 de Marzo de 1876.—El Director general, Joaquin Maldohado Macanaz.

SECCION DE LA PROVINCIA.

DIPUTACION DE ALBACETE.

COMISION PROVINCIAL.

El dia 7 de Abril próximo, y hora de las doce de su mañana, celebrará vista pública esta Comisión para fallar el recurso de alzada que ha entablado D. Antonio Moreno contra el acuerdo en cuya vir­

tud el Ayuntamiento de La Roda le separó del car­

go de Médico titular, y el que ha formulado Don Manuel Lorenzo Rubio contra el acuerdo del Ayun*

tamiénto de Hellin negáudole indemuizacibn por los ddños y perjuicios que dice haber sufrido en el aprovechamiento de espartos de los montes de di­

cha villa, de que fué rematante en el penúltimo año forestal.

Y en obediencia de lo que se dispone en el ar­

tículo 64 de la Ley provincial vigente, se publi­

ca en este Boletín para conocimiento de las partes.

Albacete 31 de Marzo de 1876.—El Vice­

presidente interino, Pedro Ochando Chumillas. — El Secretario, Eustaquio García Fernandez.

AÑOS. PUEBLOS Y NOMBRES.

ALBACETE.

1873. Francisco Moreno Sánchez...

YESTE.

1875. Antonio López Rniz...

1.* 1874. Abelardo Juárez Cotillas...

Id. Vicente Gómez Fernandez...

Id. Felipe García Mota...

Id. Gregorio Foz Blazquez^...

Id. Bernabé Blazquez López...

Id. José Bermudez Lozano...

Id. Francisco Fernandez Alfaro...

Id. José Portaz...

id. Francisco García Molina...

2.* 1874. José Lozano Muñoz...

Id. Norberto García Gaspar...

Id. Leoncio Alarcon García...

Id. Tomás Blazquez García...

3.® Autorizar á los Sres. Manchón y Ochando í

ALEGACIONES.

Hijo de padre pobre sexagenario.

Tener un hermano en el servicio.

Hijo de padre pobre ¿impedido.

Tener un hermano en el servicio.

Tener á todos sus hermanos sirviendo.

Hijo de viuda pobre.

Hijo de viuda pobre.

Hijo de viuda pobre.

Hijo único de padi-e pobre y sexagenario, Hijo de madre célibe y pobre.

Hijo de viuda pobre.

Hijo de padre pobre y sexagenario.

Hijo de padre pobre y sexagenario.

Hijo de padre pobre y sexagenario.

Hijo de viuda pobre.

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que actúen, en reemplazo de los Sres. Cuenca y Serra, que también están fuera, los suplentes Se­

ñores Mañas Gallego y Meudez Santodomingo.

Día 22.

Presidencia del Sr. Castro.—Vocales asistentes: Se- ñorés Mendez y Mañas.

1.” Aprobar el acta de la sesión anterior.

2 .” Declarar soldado pendiente por el cupo de Cándete y reserva de 125.000 hombres, á José Vinader García.

5 Declai'ar soldado también pendiente por dicho cupo y reserva de 1874, á ¡Vlanuel Medina Benito.

4.” Confirmar los fallos en cuya virtud se ex­

ceptuaron, excluyeron ó eximieron del servicio los mozos que con expresión dé nombres, pueblos, reservas y alegaciones foi-muladas en su dia, se expresan á continuación:

Extracto de los acuerdos tomados por la Comi­

sión PROVINCIAL DURANTE EL MES DE SETIEMBRE ÚLTIMO. (1)

Día 21.

Presidencia del Sr. Castro.— Vocales asistentes: Se­

ñores Serray Ochando y Manchón.

1. ° Aprobar el acta de la sesión anterior.

2 . ® Confirmarlos fallos de las alegaciones pro­

puestas por los mozos de las reservas y puéblos que á contiuuacion se expresan:

(l) Véase el número 118 de este periódico oficial.

AÑOS. PUEBLOS Y NOMBRES. ALEGACIONES.

1873.

ALBACETE.

José Alcázar Ortega... Hijo de padre pobre impedido.

Id.

TARAZONA.

Antonio Sierra... Hijo de padre pobre impedido.

Id. Felipe Picazo... Hijo de viuda pobre.

Id. Ignacio Juncos... Hijo de viuda pobre.

Id. Sebastian Gontreras... Hijo de padre pobre y sexagenario.

Id. Pascual Caballero... Hijo de viuda pobre.

Id, Miguel Gómez... Hijo de padre pobre impedido.

Id. Juan Tébar... Hijo de padre pobre impedido.

Id. Andrés Cuartero. Hijo de padre pobre sexagenario.

1.* 1874.

YESTE.

Emilio Ruiz Fernandez... Defecto físico.

2." 1874. Gregorio García Peña... Defecto físico.

Día 23.

presidencia del 'Sr. Castro.— focales asistentes: Señores Mañas Gallego y Mendez Santodomingo.

1. ® Aprobar el acta de la sesión anterior.

2. ® Confirmar los fallos de las excepciones otorgadas en su dia á los mozos cuyos pueblos, leserv y alegaciones se expresan á continuación:

AÑOS. PUEBLOS Y NOMBRES. ALEGACIONES.

1873.

VILLA DE VÉS.

Miguel Coyel Martínez... Hijo de viuda pobre.

1.‘ 1874. Juan García y García... Tener á sus hermanos en el Ejército.

2 .“ 1874. Pedro Gómez López... Hijo de viuda pobre.

1

l . í 1874.

TARAZONA.

Manuel Risueño Gontreras... Hijo de padre pobre impedido.

Id. iMiguel López Alarcon... Hijo de viuda pobre.

Id. Juan Sahuquillo Picazo... Hijo de padre pobre y sexagenario.

Id. Juan Castillo Caballero... Tener un hermano en el servicio.

5.*^ Disponer que un maestro alarife tase el va­

lor de un sótano contiguo al Hospital civil que, para ensanche de este edificio, proyecta adquirir la Diputación.

Día 25.

Presidencia del Sr. Castro.— Vocales asistentes: Se­

ñores Mañas Gallego y Mendez Santodomingo.

1. " Aprobar el acta de la sesión anterior.

2. ° Acordar que se oficie al AlesSde dé' Hellia

para que el Ayuntárhiento tome acuerdo sobre a indemnizaeión que pretende el rematante que ¡|j de los aprovechamientos de espartos de dicha vi D. Manuel Lorenzo Rubio.

3. " Autorizar al Ayuntamiento de Ayna pa que enagene sin subasta ciertas maderas corta a furtivamente en aquellos montes de propios.

4. ® Resolver qué se oficie al A yuntam iento Ghíñéhilla para qtié informé sobífe el estado' áé

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(3)

BOLETIN OFICIAL.

ras

ara

breía de Mafia de la Concepción Heras, acogida en la Gasa d6' Misericordia.

5.® Dtsponei^ que vuelva* á admitida en di­

cho Asilo la-expósita Juana de San Felipe.

6’.“ Acordar que la expósita Juliana, laclada por la esposa de Germán López Bleda, siga en cortri^añíá de esta sin retríbueion alguna.

7 . " Disponer que se ejecuten por administración las obras necesarias para^ i’ecomponer parte del edi­

ficio Casa de Misericordia, presupuestadas en 549 pesetas 50 cuntimos.

8 . ” Resolver que se devuelva al Gobernador el espediente que la Superioridad remitió á informe, y en cuya virtud José López Segura, correspondien­

te al cupo de Paterna y reemplazo de 70.000 liom- bres, pide que se le exceptúe del servicio.

9 . “^ Adoptar igual acuerdo por lo que hace al expediente de Pantaleon Sánchez y López, quin­

to del mismo reemplazo por el cupo de Vianos, que también solicita se le dé de baja en el Ejército.

10. Di-ípoiier que se oficie á la Comisión pro­

vincial de .Madrid, significando que el Alcalde de Jorqüera ha manifestado ya al de la Corte los mo­

tivos que tuvo para alistar en el reemplazo de

‘ > 70.000 hombres al mozo Fernando González Gómez.

11. Acordar que se informe favorablemente cerca dcl Gapilan general de Valencia el expedien­

te incoado por Juan Oiaz Jiménez, que solicita pa­

sar á la compañía de sedentarios de esta provincia.

12. Disponer que se remita al Capitán gene­

ral de Aragón copia .'certificada del acuerdo en cu­

ya virtud se declaró soldado por el cupo de Cau- dete y reserva de 1875, á Joaquin Benito García.

13. Resolver que se oficie ai Alcalde de Maho- ra, manifestándole que el mozo Rafael Ruiz y Ruiz, alistado en dicho pueblo y en el de La Puebla de San Salvador para el reemplazo de 100.000 hom­

bres, debe serlo en este último tan sólo.

Dia 27.

Presidencia del Sr. Castro^— Vocales asistentes: Se­

ñores Serra y Mañas Gallego, 1 Aprobar el acta de la sesión anterior.

2. ® Declarar exceptuado por el cupo de Pétro- la y reemplazo de 70.000 hombres, á Antonio Mi­

lán Molina.

3. “ Declarar soldado que cubre plaza por el cupo de Villa de Vés y segunda reserva de 1874, á Antonio Pardo Ochando.

4 . ° Declarar soldado por el cupo de Caudete y citada reserva, á Manuel Molina Benito.

5 . “ Declarar soldado por el mismo cupo y re­

serva de 125.000 hombres, á José Vinader García.

6. ® Declarar pendiente el caso de Juan López Ballesíeros, que corresponde al cupo de Paterna y reemplazo de 70.000 hombres.

7. ” Disponer que los Vocales de la Comisión

^ satisfagan de su peculio 105 pesetas 38 céntimos á que asciende el déficit entre lo gastado y recau­

dado en el castillo de pólvora que se quemó duran­

te la féria á favor de los asilos de Beneficencia.

Dia 28.

Presidencia del Sr. Castro.— Vocales asistentes: Se­

ñores Serra y Mañas Gallego.

1. ® Aprobar el acta de la sesión anterior.

2 . ® Declarar soldado por el cupo de Veste y reserva de 1875, á Antonio Montanos Navarro.

5.® Declarar excluido por el cupo de Tarazona y segunda reserva de 1874, á Juan NanjasZamora.

4. ® Declarar exceptuado por el mismo cupo y reserva, á Juan Picazo Lajara.

5. ® Declarar también exceptuado por el mismo cupo y reserva, á José Serrano Igualada. ■

Dia 29.

Presidencia del Sr. Castro.^Vocales asistentes: Se­

ñores Serra y 3íañas Gallegó.

1. ® Aprobar el acta de la sesión anterior.

2 . ® Disponer que se anule el acuerdo en cuya virtud deben .subastarse los espartos de la dehesa Quebradas, correspondiente á los propios de Hellin, ya que prueba ser dueño de esta finca D. Antonio Lillo, vecino de la misma localidad, y que, dejando á salvo los derechos del Municipio, se comunique así á este para los debidos fines.

Dia 30.

Presidencia del Sr. Castro.— Vocales asistentes: Se­

ñores Serra y Mañas Gallego.

1. ® Aprobar el acta de la sesión anterior.

2 . ® Disponer que se remita á informe del Ayun­

tamiento de Tübarra la instancia en que D. An­

tonio Ochando, Alcalde que fué en 1872-73, pide que la actual Corporación realice los créditos de aquella época no cobrados.

5.® Aprobar los pliegos de condiciones bajo las cuales se han de subastar los aprovechamien­

tos de pastos correspondientes al próximo año fores­

tal en los pueblos que tienen montes de propios, que el anuncio se publique en el Boletínpara efec­

tuar el remate á los 15 dias, y que se autorice á los respectivos Alcaldes para que repitan el acto á los ocho sino se presentan postores.

4 . ® Disponer que se oficie al Gobernador de la provincia, para que el de Murcia haga conducir á esta capital á Pedro Fernandez Córdoba, mozo de la primera reserva de 1874 por el cupo de La Roda.

5 . ® Acordar que los Alcaldes de Viauos y Pe­

ñascosa, amplíen el expediente que han formado pa­

ra alistar en el de 70.000 hombres al mozo Basi­

lio Rodríguez.

6 . ® Disponer que el Ayuntamiento de Tobarra emita informe sobre la instancia de D. Manuel Ji­

ménez Losada y D. Antonio Ochando, que piden se apliquen á satisfacer obligaciones del tiempo en que fueron Alcaldes los intereses cobrados de las lámi­

nas de 80 por 100, respectivos á lósanos 1871-72 y 72-73.

7. ® Acordar que, con devolución del expedien­

te respectivo, se manifieste al Sr. Gobernador los motivos legales tenidos en cuenta para declarar sol­

dado por el cupo de Caudete y segunda reserva de 1874, á Antonio Martínez González, alistado ahora para el reemplazo de 70.000 hombres.

8 . ® Disponer que se remitan al Alcalde de

Fuente-albilla las cuentas municipales de 1865-66, y dos siguientes años, áfm de que los cuentadan­

tes solventen los reparos que merecen.

9 . ® Acordar que se informe favorablemente cer­

ca del Gobierno la instancia en que Bartolomé Al- badalejo, soldado por el cupo de Barráx en el reem­

plazo de 70 000 hombres, solicita la gracia de que se le exceptúe del servicio.

10. Autorizar á los expósitos Nicomedes y Ab- don de la Encarnación para sentar plaza de vo­

luntarios en el Ejército; y respecto á Manuel Mi- ralles Carrion, acogido también en la Casa de Misericordia, que se explore la voluntad de su madre.

11. Disponer que el expósito Benigno de la En­

carnación, laclado por Josefa Gómez permanezca como esta desea, en su compañía, sin retribución alguna.

12. Adoptar igual acuerdo por lo que hace á la expósita Ignacia de la Encarnación, laclada por Isabel Collado.

13. Resolver que el expósito Tomás de la En­

carnación, laclado por María Francisca Zamora, si­

ga asimismo en compañía de esta.

14. Disponer que el Ingeniero Jefe de mon­

tes emita informe sobre la conveniencia de subastar en el presente año forestal los aprovechamientos de espartos de los montes de propios correspondientes al inmediato, cuya petición formula el Municipio de Pozo-lorente.

15. .áprobar las cuentas de bagajes que re­

miten los Alcaldes de La Roda, Bonete y otros, y disponer que pasea á Contaduría para que el res­

pectivo importe de las mismas se tenga en cuenta á ménos cobrar de lo que adeudan ios Ayunta­

mientos por contingente provincial.

16. Confirmar los fallos en cuya virtud se exceptuaron, excluyeron ó eximieron en su dia del servicio los mozos que con expresión de reservas, pueblos y alegaciones se indican á conlinuiicion:

AÑOS. PUEBLOS Y NOMBRES. ALEGACIONES.

1873.

TARAZONA.

Francisco Simarro... Hijo de viuda pobre.

Id. Agustín Castillo... Hijo de padre pobre sexagenario.

1.* 1874. Francisco González Simarro. Hijo de padre pobre impedido.

Id. Felipe Serrano Romero... Hijo de viuJa pobre.

Id. Ramón López Garrido... Hijo de padre pobre é impedido.

1873.

VILLARROBLEDO.

Guillermo Tarancon Martínez. . . . Tener un hermano sirviendo.

Id. José Expósito Marcilla... Hijo de viuda pobre.

Id. Miguel Carretero Torres... Hijo de padre pobre impedido.

Id. Manuel Gómez Perez... Hijo de padre pobre sexagenario . Id. ' Angel Almansa Martínez... Hijo de padre pobre sexagenario.

Albacete 15 de Octubre de 1875.— El Vicepresidente, Ricardo Castro y Benitez.— El Secretario, Eustaquio Garda Fernandez,

ADMINISTRACION ECONÓMICA-

No satisfecha la misma de los resultados ob­

tenidos hasta ahora por los Comisionados de apre­

mio enviados á diferentes pueblos de la provincia, ha determinado relevarlos de dicho encargo.

Lo que se publica para que llegue á cono­

cimiento de los Ayuntamientos que se hallen en el expresado caso y se lo hagan saber á los in­

teresados.

Albacete l.®de Abril de iS7^.---Cayetano de las Cas a s.

contribuyentes y hacendados forasteros presenten en la Secretaría de este Municipio relaciones de cuantos bienes posean afectos á dicha contribu­

ción en el término de 30 dias, contados desde el en que aparezca inserto en el Boletín oficial; aper­

cibidos que si no las presentan en el plazo marcado se efectuará de oficio.

Genizate 20 de Marzo de 1876.—Alfonso Iba- ñez.— P. S. M., Pedro José Alarcon, Secretario.

AYUNTAMIENTOS.

GENIZATE.

D. Alfonso Ibañez, Alcalde constitucional de esta villa.

Hago saber: Que para proceder á la rectifica­

ción del amillaramiento de la riqueza inmueble de este término municipal y formar la base del re­

partimiento de la contribución territorial en el ejer­

cicio de 1876 á 77, es necesario que los vecinos

TESTE.

D. José Blazquez de la Parra, Alcalde constitucio­

nal de esta villa.

Hago saber: Que en los domingos diez y seis y veinte y tres de Abril próximo, de 11 á 12 de sus mañanas y en estas Salas Capitulares, ten­

drá lugar la subasta para el arrendamiento de los Baños de Tus, de estos propios, en la inmediata tem­

porada. En el primer domingo se admitirán las pro­

posiciones que cubran la cantidad de 218 pese­

tas 50 céntimos que arroja el último quinquenio, y en el segundo domingo las que se mejoren con el 10 por 100, caso de haber habido en el pri-

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(4)

BOLETIN OFICIAL.

mero posturas admisibles. Desde hoy queda de ma­

nifiesto en esta Secretaría el pliego de condicio­

nes que ha de regir en aquellos actos.

Yeste 26 de Marzo de 1876.— José Blazquez d él a P a r r a .^ V . S. M., José López Amo.

FUENTE-ÁLAMO.

D. Epifanio Tárraga, Alcalde constitucional de es­

ta villa.

Hago saber: Que en conformidad á lo que dis­

pone el art. 20 y siguientes del Real decreto de 23 de Mayo de 1845, los vecinos y hacendados forasteros presentarán en la Secretaría de este Ayun- tamienio relaciones duplicadas, en las que se ha­

ga constar las alteraciones que hayan experimen­

tado en sus respectivas riquezas, á fin de que la Junta pericial proceda á la formación del apéndi­

ce que ha de servir de base al repartimiento de la contribución de inmuebles en el próximo año económico de 1876 á 1877. Los contribuyentes que en el término de 20 dias, á contar desde el en que aparezca este anuncio en el Boletín ofi­

cial, no presenten dichas relaciones, incurri­

rán en la responsabilidad prevenida en el art. 24 del mencionado decreto y sufrirán los perjuicios consiguientes.

Fuente-álamo 23 de Marzo de 1876.— El Al­

calde, Epifanio Tárraga.—P. S. M., Joaquin Al­

cántara, Secretario.

CAUDETE.

D. Luis Pascual, Alcalde constitucional de esta villa.

Hagt) saber: Que por acuerdo del Ayuntamien­

to qure presido, se concede el término de quince dias para que los contribuyentes presenten en la Secretaría de esta Corporación las relaciones de al- y baja de su riqueza, á üu de que la Junta i/ericial pueda formar el apéndice al amillaramien- n o para el repartimiento de la contribución ter­

ritorial del año próximo económico de 1876 á 1877;

pues pasado dicho término no se admitirá recla­

mación alguna.

Cándete 28 de Marzo de 1876.— Luis Pascual.'

MONTALVOS.

D. Juan Olivares, Presidente de la Corporación’

municipal de este pueblo.

Hago saber: Que debiendo procederse á la rec­

tificación ó apéndice al amillaramiento de riqueza, la que ha de servir de base para el reparto de inmuebles, cultivo y ganadería en el próximo año de 1876 á 77, se invita á los contribuyentes de esta villa y hacendados forasteros para que presen­

ten en esta Secretaría las relaciones duplicadas y juradas de la variación de altas y bajas que ha­

yan sufrido; procurando verificarlo en el término de 30 dias, contados desde que aparezca este anun­

cio en el Boletín oficial, sin oirles después de agra­

vio por aquellas cantidades que de riqueza se les hayan imputado.

Montalvos 25 de Marzo de 1876.— El Alcal­

de, Juan Olivares.— P. S. M., Pedro María Mar­

tínez, Secretario interino.

D. Juan Olivares, Alcalde Presidente del Ayunta­

miento constitucional de esta villa.

Hago saber: Que terminado el repartimiento de consumos por el cupo total de este pueblo en el ejercicio corriente de 1875 á 76, en cumpli­

miento al artículo 222 de la Instrucción de 15 de Junio último, se halla expuesto en esta Secre­

taría por término de ocho dias para que los con­

tribuyentes puedan examinarlo y presentar sus reclamaciones, si vieren convenirles: y para que los hacendados forasteros con casa abierta pue­

dan apercibirse de ello, se anuncia en el perió­

dico oficial; advirtiéndoíes que trascurrido el tér­

mino citado, contado desde que aparezca inserto este anuncio, no serán oidas sus reclamaciones.

Montalvos 25 de Marzo de 1876. —El Alcalde, Juan O livares.^?. 8. M., Pedro María Martínez, Secietario interino.

POVEDILLA.

D. Manuel González, Alcalde constitucional de es­

ta villa.

Hago saber: Que terminado el cuaderno de uti­

lidades que ha de servir de base para el repar­

timiento municipal y provincial, correspondiente al presente año económico, se expone al público por término de ocho dias para oir reclamaciones, cu­

yo período dará principio desde el dia en que apa­

rezca este anuncio en el Boletín oficial; advir- tiendo que pasado dicho período no se admitirá ninguna.

Lo que para inteligencia de los contribuyentes se liace notorio.

Povedilla 17 de Marzo de 1876.— Manuel Gon­

zález.

D. Manuel González, Alcalde constitucional de es­

ta villa.

A los vecinos y hacendados forasteros hago saber: Que debiendo procederse á la formación del apéndice al amillaramiento que ha de servir de ba­

se para el repartimiento de la conlribucion de in­

muebles, cultivo y ganadería, correspondiente al próximo año económico de 1876 á 1877, presen­

tarán los propietarios que hayan tenido movimiento en sus riquezas relaciones por duplicado de las altas

y bajas que hayan ocurrido en el año anterior, con el propósito de evitar perjuicios y que la Junta marche rápidamente en los> trabajos que se le tie­

nen encomendados, para cuyo efecto dichas rela­

ciones .se presentarán en la Secretaría de este Ayun­

tamiento en el término de veinte dias, que darán principio desde el en que aparezca inserto este anuncio en el Boletín oficialde la provincia; pasa­

do el término prefijado no se admitirá ninguna.

Lo que se hace público para conocimien­

to de los propietarios que tegan fincas dentro de este término.

Bovedilla 24 de Marzo de 1876.— Manuel González.

FUENTE-ALBILLA.

D. José Jiménez Iniesta, Alcalde constitucional de esta villa.

Hago saber: Que con objeto de proceder á la rectificación de la riqueza que ha de servir de ba­

se al rejiai'tiinieiito de inmuebles, cultivo y ga­

nadería del próximo año económico de 1876-77, en indispensable que, lo mismo los vecinos que los hacendados forasteros, presenten en la Secretaría de este Ayuntamiento dentro del término de vein­

te dias, á contar desde el en que este edicto se publique eu el Boletín oficial de la provincia, relaciones por duplicado del movimiento que ha­

yan experimentado en su propiedad, si no quieren sufrir los perjuicios consiguientes.

Fuenle-albiila 27 de Marzo de 1876.— José Jiménez.— P. S. M., Ceferino Sánchez, Secretario.

JUZGADOS

ALBACETE.

D. Estéban Macragh y Molina, Juez municipal de esta cuidad é interino de primera instancia de la misma y su'partido, por hallarse usando de licencia cl propietario.

Por el pi-escnte edicío se hace saber: Que ha­

biendo fallecido intestada en esta capital Doña Ma­

ría de lo« Dolores Berro é Yañez Barnuevo el dia veinte y uno de Octubre último, natural que era de Barcelona y de esta vecindad, se llama álos que se crean con derecho á heredarla para que comparezcan en este Juzgado dentro del térmi­

no de treinta dias, contados desde la inserción eu el Boletín oficial de la provincia; pues así lo ten­

go acordado en el expediente de jurisdiccicn vo­

luntaria instado por D. Garlos García Gutiérrez, es­

poso que fué de aquella.

Dado en Albacete á veinte y siete de Marzo de mil ochocientos setenta y seis.— Estéban Macragh.

P. M. D. S. S., Benigno Sánchez.

IMPRENTA PROVINCIAL.

OBSKRVATORIO DE ARBAGETE.

--- --- ---

OBSERVACIONES METEOROLÓGICAS CORRESPONDIENTES Á LOS DIAS 27, 28, 29, 30 Y 31 DE MARZO DE 1876.

D IA S .

B A R Ó M E T R O

E N M I L Í M E T B O S Y K0 ® . T E R M Ó M E T R O S C E N T I G R A D O S .

T e m p e r a ­ t u r a m e d i a .

O s c ila c ió n .

P S I C R Ó M E T R O .

H U M E D A D R E L A T I V A ,

N u e v e i T r e s d e l a 1 d e m a ñ a n a . ¡ l a t a r d e .

D i r e c c i ó n d e l v i e n t o .

A l m ó m e t r o e n m i l í m e t r o s .

P l u v i ó m e - • t r o e n m i l í m e t r o s .

E S T A D O D E L CIELO.

A ltu r a m e ­ d i a .

O s c i l a c i o a ,

M á x im a a l s o l .

M ú i i m a á l a s o m b r a .

D i f e r e n c i a . M ín im a

a l a i r e .

I d e m d e l r e f l e c t o r .

D if e r e n c ia .

27 690,31 0,44 24,0 16,0 8,0 6,5 4,6

-

1,9 11,2 9,5 89 90 S.S.O. 4,20 » C u b . c o n v ie n to fuerte.

28 692,29 0,48 25,0 17,2 7,8 5,8 3,6 2,2 11,5 11,4 89 1 81 s . s . o . 4,48 N u b e s c o n id .

29 698,10, 1,48 21,0 14,0 7,0 4,5 3,1 1,4 9,2 ^ 9,5 88 : 89 S.S.O. 4,41 » R e v u e l t o c o n id .

30 695,72 1,08 19,5 13,5 6,0 0,5 — 1,2 1,2 7,0 ^ 15,0 88 1 79 S. E. 4,13 » C u b ie r to c o n a lg ú n hielo. 1

51 691,96 0,92 17,0 11,0 6,0 4,2 3,0 1,2 7,6 6.8 87 i 89

1

o . s . o . 4,69 1,512 I d . c o n v ie n t o fu e rte

P. 0 . del Catedrático encargado, Francisco Blanes.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

Referencias

Documento similar

Hago saber: Que debiendo procederse á la confección del apéndice al amillaramien- to que ha de servir de base á los reparti­ mientos de la contribución territorial por por rústica,