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La arremetida latifundista de Mariano Melgarejo y la acción de los apoderados 1860-

LOS APODERADOS GENERALES: LUCHA LEGAL Y CONFLICTOS POR LA TIERRA (1825-1899)

3. La arremetida latifundista de Mariano Melgarejo y la acción de los apoderados 1860-

Se tiene noticias de que las primeras ventas de tierras comunales se realizaron una vez terminada la guerra de la independencia como gratificación a los vencedores aunque no se sabe su importancia y lugar. A pesar de ello, según Erwin Greishaber (1991), durante el primer periodo republicano las comunidades sobrevivieron y su población aumento debido a la contracción económica urbana existiendo pocos problemas entre comunidades y haciendas. Herbert Klein (1991) indica que la población comunaria mantuvo una actitud pacífica logrando evitar los embates capitalistas. Por su parte, Gustavo Rodríguez (1991) y Erick Langer (1991) subrayan que el Estado, a partir de su política fiscal, mantuvo un comportamiento colonial que favoreció la supervivencia e integridad territorial de las comunidades en este periodo13. Sin embargo, los estudios de Raúl Calderón (1991) muestran que, a pesar del vigor de la comunidad, esta no estuvo libre de los ataques lanzados por los hacendados, vecinos de pueblos, autoridades locales así como de las propias comunidades en su lucha por linderos. El mismo autor dice que las comunidades lograron resistir estos embates a

13 Erick Langer “Persistencia y cambio en las comunidades indígenas del sur de Bolivia en el siglo XIX”

en: Data Nro 1. Revista del Instituto de Estudios Andinos y amazónicos. La Paz, 1991. Gustavo Rodríguez Ostria.” Entre reformas y contrarreformas: las comunidades indígenas en el valle bajo Cochabambino, Ibid.

11 través de diversos métodos entre ellos los reclamos legales sin desestimar la importancia de algunos levantamientos.14

La relativa “pax-comunal” entró en crisis a partir de lo que hemos identificado como una segunda etapa en la cuestión agraria. A partir de la década de 1860, el conflicto por la tierra sale de la “relativa calma” ante el ataque inescrupuloso de personajes como el presidente Mariano Melgarejo (1864-1871). Con el fin de disminuir el déficit fiscal este personaje emprendió la primera gran embestida contra la propiedad comunal bajo la legalidad que supuestamente le otorgaba una ley promulgada por el presidente Ballivián en 1842 por la cual se declaró que los indígenas eran meros “enfiteutas”. Esta ley dice lo siguiente:

“Son de la propiedad del Estado las tierras que poseen los originarios, no debiendo considerarse estos, sino una especie de enfiteutas que pagan cierta cantidad al señor del dominio directo del usufructo y cuando fenecida la familia de los poseedores , queden vacantes dichas tierras, toca al gobierno que representa al Estado y a cuyo cargo corre la recaudación , adjudicarlas a otro indígena y solo a el pertenece también el derecho de recoger las que hayan sido usurpadas, para darles igual destino que a las vacantes” 15.

Mediante el decreto del 20 de marzo de 1866 y, basados en la figura de la enfiteusis, se estableció expresamente que el indígena que luego del término de 60 días después de notificado, no recabase su titulo de propiedad abonando la suma de 25 a 100 pesos quedaría privado de la propiedad sobre su fundo rústico. El articulo 5 de este decreto ordena que el indígena que no cumpliese con aquellas prescripciones “será privado del beneficio y su terreno se enajenara en pública subasta”. El gobierno de

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Erwin Greishaber “Resistencia indígena a la venta de tierras comunales en el departamento de La Paz.1881-1920, Klein Herbert “La estructura de las haciendas a fines del siglo XIX: las provincias del norte del lago Titicaca” y Raúl Calderón “Conflictos sociales en el altiplano paceño entre 1830 y 1860. En: Data. Revista del Instituto de Estudios Andinos y Amazónicos .La Paz, 1991.

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12 Melgarejo queda lejos de alcanzar sus objetivos fiscales pero logró erosionar las relaciones entre el Estado y las comunidades.16

Melgarejo no actúa solo. Detrás de la emergencia por conseguir mayores fondos para el Estado existió una renovada visión con respecto a las tierras de comunidad que paradójicamente respondía a la nueva situación económica del país con el resurgimiento paulatino de la minería y la pugna entre las políticas proteccionistas y el emergente librecambio. Surgen así figuras como las de Jorge Mallo, Miguel Maria Aguirre, Melchor Urquidi, José Vicente Dorado y Pedro Vargas quienes, rescatando las ideas liberales de los libertadores, sostuvieron que la contribución indigenal debía abolirse porque constituía un resabio del odioso pasado colonial que discriminaba a una categoría de ciudadanos sólo por su raza al ser un impuesto personal y no un impuesto a la producción. Pero quien fue más lejos en sus ideas fue José Vicente Dorado un intelectual racista que en 1864 publicó un estudio sobre la pertinencia de la venta de las tierras comunales. Según Dorado, estas debían pasar a la propiedad de emprendedores terratenientes, portadores de un espíritu “progresista e ilustrado” propio de la raza blanca abogando por su desaparición:

“Arrancar (dice Dorado) esos terrenos de manos del ignorante indígena atrasado, sin medios, y pasarlos a la emprendedora, activa e inteligente

raza blanca, ávida de propiedades y fortuna, llena de ambición y de necesidades, es efectuar la conversión más saludable en el orden social y económico de Bolivia”. 17

Dorado propuso el reparto con pleno derecho de propiedad de las tierras de comunidad entre sus miembros. Los terrenos sobrantes debían repartirse-según Dorado-

16 Alejandro Antezana .Estructura agraria en el siglo XIX. La Paz, CID, 1992. 17

13 entre los forasteros sin tierras. El autor hace hincapié en el problema de las desigualdades dentro de la comunidad al existir las categorías de originarios y forasteros. Por ello, pidió que se corrija esa situación mediante una revisita. Esta medida, unida a la conversión del tributo personal en territorial, no sólo tornaría a los indígenas en industriosos mestizos sino que también permitiría la libre venta de sus propiedades a los “emprendedores” hacendados blancos. Dentro de este contexto, ya con anterioridad a las leyes de Melgarejo se promulgó sin éxito, durante el gobierno de Achá, una ley agraria (1963) que propugnaba la subdivisión de las tierras comunales y su distribución entre las unidades domésticas indígenas. Según el plan, los indios comprarían o venderían las tierras a voluntad motivados por los incentivos del mercado. El decreto de 1863 nació muerto y es abrogado ese mismo año.18

Volviendo a las medidas de Melgarejo, lo cierto es que muchas de las zonas altiplánicas, especialmente en el departamento de La Paz, fueron afectadas por las compras que de manera legal o fraudulenta hicieron los miembros de su círculo de allegados que, al calor del debate interno, convirtieron grandes extensiones de tierras en haciendas. En las áreas del lago Titicaca, a pesar de la resistencia de los comunarios, se lograron rematar comunidades enteras, muchas de las cuales se anexaron a las haciendas ya existentes. El proceso de desestructuración comunal impactó la región altiplánica de manera desigual y parecía obedecer a la menor o mayor capacidad económica y organizativa de los comunarios para responder a la ley ya sea comprando la tierra, ya sea rechazando los procedimientos, o sometiéndose a la expoliación impositiva del Estado. Por ejemplo, en los valles y en los Yungas, ante la notificación oficial, los indígenas de algunas comunidades se limitaron a pagar de inmediato sin

18 Brooke Larson. “Bolivia, Pactos peligrosos, indios insurgentes” En: Brooke Larson, Indígenas, Elites y

14 mayor resistencia. Igual situación se dio en las comunidades del departamento de Oruro y en algunas regiones de Omasuyus y Larecaja.

La memoria presentada al Congreso de 1870 por el ministro de hacienda informa que en toda la República, desde marzo de 1866 hasta diciembre de 1869 se remataron 356 comunidades indígenas y 159 terrenos sobrantes.19 El malestar surgió en las comunidades más afectadas del departamento de La Paz. En este contexto los apoderados actuaron con rapidez dirigiéndose nuevamente a las autoridades a partir de los medios legales. Como ejemplo, se encuentra el caso de los comunarios de Achocalla cercanos a la ciudad de La Paz. Estos se lamentaron por el decreto expedido manifestando a través de su apoderado:

“Que mis representados han visto con mucho dolor y sentimiento el decreto expedido por V.E en el que ordena la venta de los terrenos de comunidad, más para conseguir la suspensión de este mandato, han instruido mis ponderantes que toque todos los medios posibles para lograr el fin que se han propuesto (...) Los indígenas del cantón Achocalla han poseído y poseen los terrenos de comunidad a consecuencia de grandes sacrificios y a costa de grande erogaciones (....) “.20

Para defender sus tierras los apoderados sacaron a relucir la importancia de la prestación de sus servicios al Estado y el pago del tributo al mismo. El 10 de agosto de 1868 los representantes de varias comunidades de los ayllus de San Pedro, en las cercanías a la ciudad de La Paz, presentaron una petición al “Excelentísimo Señor Presidente de la República Gral Mariano Melgarejo”. En ésta alegaban que, si se los convertía en peones de hacienda, el Estado no contaría con este valioso beneficio:

19 Tomás Huanca. “Los procesos de desestructuración en las comunidades andinas a fines del siglo XIX..

Altiplano lacustre”: En: Coloquio Estado y Nación en los Andes .Cusco, Centro Bartolomé de Las Casas, 1994.

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15 “Los comunarios de San Pedro a cuyo nombre hablamos prestan

servicios importantes por su calidad de comunarios, y que si llegaran a ser colonos de propiedad particular, el gobierno se vería sin los agentes necesarios de que disponer libremente y obligados quizá a ocupar violentamente a peones de hacienda”.21

Detallan también los diferentes cargos que ocupaban en servicio del gobierno como postillones, en la limpieza de los caminos, en la vigilancia del orden público, en las fiestas públicas, enfatizando en la puntualidad en el pago de sus tributos. Los comunarios concluyen su petición reiterando su preocupación al gobierno advirtiendo que, si en caso de que lleguen “a pertenecer a la propiedad privada”, a ninguno de ellos se les podría exigir esos servicios al Estado porque estarían “ocupados en el servicio de sus patrones respectivos”.22

En este ambiente de malestar causado por la usurpación indiscriminada de tierras se produjeron, paralelamente a la lucha legal, varios levantamientos indígenas en Huaycho, Ancoraimes, Taraco y Tiquina (1869-1870). Como se verá en siguiente capítulo, los grupos de oposición al régimen de Melgarejo, conjuntamente con los apoderados indígenas del departamento de La Paz, organizaron una alianza estratégica para derrocar de manera conjunta al tirano. De esta manera, los apoderados aparecieron por primera vez de manera pública participando de un conflicto político nacional. Se dice que alrededor de 20.000 campesinos estuvieron presentes en la derrota de Melgarejo en enero de 1871 y su posterior fuga de la ciudad de La Paz.