Territorio tecpaneco
PRODUCCIÓN AGRÍCOLA EN CHIMALTENANGO EN
3. El astillero y las tierras municipales
La mayor parte de los municipios y las municipalidades del departamento poseían una porción de tierra comúnmente llamada astillero, la cual servía para extraer madera para la construcción de casas y para combustible. En Tecpán, sin embargo, parece ser que no estaba muy bien definida su extensión, pues en 1878 el Jefe Político manifestó en una reunión con los vecinos principales de Tecpán que debido a que la municipalidad no había precisado la extensión de éste, no se habían logrado tramitar algunas solicitudes sobre compra de terrenos en la localidad. Dicho funcionario pidió a la municipalidad que se preocupara de este asunto y que considerando el número de habitantes fijara un terreno apropiado.60
En ese mismo día, luego de discutir las dificultades de distancia, de camino y la calidad del terreno, los asistentes a la reunión destinaron para astillero el terreno llamado Chichabaj que constaba de ocho caballerías. La propiedad estaba situada al norte de Tecpán, a una legua de distancia, y lindaba al oriente y norte con los ejidos de Santa Apolonia y al sur con terrenos de Leoncio Echeverría. Por su parte, el Jefe Político advirtió que tanto en este terreno como en todos los demás que no estaban enajenados, no se cortara madera sin licencia escrita y conocimiento de la municipalidad. Se dijo que se tomara solamente la necesaria para construir las obras y casas de los vecinos, evitándose toda negociación, pues el astillero debía conservarse como una riqueza de la población.61
60 AGCA, Gobernación, Chimaltenango, L 28664, E 43, A 1878.
61 En ese mismo año se ordenó que Enrique Escofield, quien había comprado el terreno
El terreno de 33 caballerías fue medido hasta 1899 y titulado el siguiente año. Se repitió en ese entonces, por parte de la municipalidad, que este cotejo se hacía para garantizar el derecho de propiedad de los vecinos del pueblo y que la tarea le correspondía únicamente a ella como «legal» representante del pueblo. El alcalde Esteban Parada afirmó que los gastos de la mesura serían erogados de los fondos municipales e impondría arbitrios para tal caso si fuese necesario. La municipalidad pagó 2,400 pesos en los honorarios del ingeniero y dijo que también se encargaba de los demás gastos de tramitación y el pago de los mozos. Por su parte, el gobierno donó dicha propiedad al municipio y así no se presentaron mayores dificultades en toda la tramitación.62 En la medición del terreno estuvieron varios miembros de la municipalidad ladina, pero también los alcaldes indígenas Laureano Sacbajá y Estanislao Guantá, los regidores Ambrosio Díaz, Sebastián Guaján y Victoriano Buch. Este último, junto a otros individuos, fue la persona que en años pasados había tratado de titular de forma autónoma el astillero mencionado.
Cuando se midió el astillero se dijo que el terreno estaba cubierto de bosques, pero que en las inmediaciones de Chichicastenango vivían personas originarias de este lugar, quienes habían construido casas y tenían milpas. De esta manera, muchas tierras originalmente boscosas empezaron a ser cultivadas ya sea por tecpanecos o por personas originarias de otros municipios. En 1941, por ejemplo, más de una caballería en Soluyá y Potreríos, medida como astillero, ya había sido limpiada y estaba siendo utilizada como campo de cultivo por algunas personas de la localidad.63
lugar, pues eso perjudicaba la vertiente y la población. AGCA, Gobernación, Chimaltenango, L 28664, E 43, A 1878.
62 Ibidem, 1878.
63 AGCA, B, Gobernación, Chimaltenango, L 24356, A 1944. No está claro si las
personas que la cultivaban eran indígenas o ladinas. Los datos son tomados de una solicitud encabezada por José Cumes, quien representaba a 22 compañeros, que pedían se les arrendara 300 cuerdas en esos lugares, las cuales según ellos las habían usado «siempre». Lo más probable es que éstas eran personas de escasos recursos, pues a cada uno le habría tocado 13 cuerdas, lo cual era una superficie pequeña para sembrar suficiente maíz. AGCA, B, Gobernación, Chimaltenango, L 31894, E 42, A 1941.
Además del astillero, la municipalidad tenía el potrero Pachulali que constaba de 12.5 manzanas,64 otro pequeño lote de terreno en la aldea Paquip, ubicada en el límite norte del municipio, y las tierras llamadas La Vega del Xayá, compradas por la municipalidad en la década de los setenta a la viuda de Máximo Pinzón.65
Las tierras municipales útiles para siembras y el pastoreo de ganado fueron arrendadas en parte a los vecinos de Tecpán, ladinos e indígenas, así como otras áreas fueron usadas para las siembras de comunidad. En 1878 se dijo que la renta de las tierras sería aumentada a medio real por las necesidades económicas que tenía la municipalidad.66 En 1885, por otro lado, también se había puesto a licitación, bajo la base de cinco pesos, el terreno La Vega del Xaya útil para pastoreo de ganado.67 Además, la municipalidad subastaba cada año la utilización de una laguna congelada, «Laguna de Hielo», que existía en las frías montañas donde se ubicaba el astillero. Éste fue un rico recurso, donde un empresario extranjero pretendió establecer una fábrica de cerveza en
64 En 1877, la municipalidad reconocía que algunos terrenos de su propiedad estaban
en las manos de personas particulares. Se contaban entre ellos los potreros utilizados por Pedro Higueros y Francisco Juárez, en Chichabac; por José María Rodas en Pachupax; por Julián Rodas en Chuacanoa; por Ipolito Leguarca en Xesajcap; por Ricardo Rangel en Xecanac; por Félix y Rosa Jiménez y Gertrudis de León en Patunabaj, y Calixto Ovalle en Xepanil. En dicho año la municipalidad dijo que estas tierras no le reportaban utilidades ya que los poseedores eran los únicos que lucraban con dar pastaje a extraños no teniendo título ni acreditación legal para ello. En ese entonces se les pidió a esta personas que desocuparan los terrenos, pero no se sabe si acataron las órdenes, pues no hay evidencias de que la municipalidad después de 1877 tuviera terrenos a su nombre o cargo en los parajes mencionados. AMTG, Libro de Actas de Sesiones Municipales, A 1877.
65 AGCA, Protocolo del licenciado Marcial Prem, A 1878-1886.
66 En 1914 la municipalidad de Parramos también aumentó el precio de arrendamiento
de las tierras municipales de 6 a 25 pesos anuales la cuerda. Los vecinos levantaron una fuerte protesta y adujeron que ellos pagaban la contribución de caminos, de obras públicas, además del trabajo en las fincas, y por eso era injusto el aumento. AGCA, B, Gobernación, Chimaltenango, L 29758, julio, A 1924.
las últimas décadas del siglo XIX, pero que al final no tuvo éxito. Aunque el astillero ya se explotaba en el siglo XIX, no fue hasta 1911 que la municipalidad elaboró el reglamento para su aprovechamiento y de esta forma obtuvo mejores condiciones al vender la madera a los aserraderos de la región.68
El control de las tierras también reportó beneficios económicos para la municipalidad; eso fue evidente, y también importante para sus dirigentes, pues era una fuente de recursos que luego eran invertidos para prestar los servicios necesarios, pero también para construir obras suntuosas, así como desarrollar actividades ostentosas que la ideología y la banalidad de los liberales y sus epígonos en los departamentos y municipios hacían crear o construir.
La venta de la madera, la renta de las tierras cultivables y para potreros o pastaje de ganado, de los productos naturales como el hielo, la de locales municipales, la procreación de ganado y el cultivo de grandes extensiones de tierras municipales fueron parte de los beneficios que obtuvo la municipalidad de Tecpán y los ladinos que la dirigían. Por esos privilegios, como se verá, también se habló de la legitimidad de la municipalidad en el control de las tierras municipales.
Es importante afirmar que la municipalidad de Tecpán aprovechó estas tierras no sólo para hacer las siembras de comunidad, para que la
68 Los aranceles para extraer madera fueron elaborados sobre la base de la cantidad y
calidad que se extraía. También se prohibió cortar madera de ciprés delgada y se obligó a las personas a sembrar cinco árboles por uno derribado. Se dijo que el reglamento era para proteger el bosque y para incrementar las entradas de dinero en la municipalidad. AGCA, B, Gobernación, Chimaltenango, L 29213, junio, A 1911. Sobre el dinero que logró obtener la municipalidad con el corte industrial de madera véase el caso de la concesión dada a Guillermo Thom. AGCA, B, Gobernación, Chimaltenango, L 29323, E 8, A 1915. En otras regiones de Guatemala, como Totonicapán, la explotación de los bosques comunales fue regulada con otros criterios menos monetarizados; por ejemplo, se asignó una cantidad de árboles que podía talar cada familia de la localidad.