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Poder y libertad: una teoría política

76 BERNARD BAILYN

Ahora bien, ¿cóm o había sido logrado esto? ¿En qué estri­ baba el secreto de este éxito de la constitución británica? Reside en su especial capacidad de equilibrar y regular las fuerzas ele­ mentales que actúan en el seno de la sociedad. Era sabido corrien­ temente — y expresado en clisés tan familiares, protestaba un virginiano, “ que el más simple sabihondo, el más cabal aficionado en política puede saberlo de memoria desde hace mucho” , 14 que la sociedad inglesa constaba de tres órdenes o clases sociales, cada una con sus propios derechos y privilegios, y cada una represen­ tando en sí misma los principios de una ciertá forma de gobierno: la realeza, cuya forma natural de gobierno es la monarquía: la nobleza, cuyo forma natural es la aristocracia; y el pueblo, cuya forma es la democracia. En el mejor de los mundos, según se sa­ bía desde Aristóteles, cada una de estas formas de gobierno era capaz, independientemente, de crear las condiciones necesarias pa­ ra la felicidad humana, pero en la realidad todas ellas, si no en­ contraban barreras, tendían a degenerar en formas opresoras de gobierno — tiranía, oligarquía o demagogia— acrecentando sus propios derechos a expensas de los de los demás y, por lo tanto, en­ gendrando no ya felicidad y libertad para todos, sino miserias para la mayoría. En Inglaterra, sin embargo, estos sectores de la socie­ dad, cada uno independientemente peligroso, entraban a formar parte del gobierno de tal manera que quedaban eliminados los peligros implicados en cada sector aislado. Participaban simultá­ neamente, por así decirlo, en una equilibrada distribución del po­ der. Las funciones, las facultades del gobierno se hallaban distri­ buidas entre estos componentes de la sociedad de modo tal que ninguno de ellos dominara a los restantes. En tanto que cada

cíales, de las leyes y libertades fundamentales de Inglaterra. . . por lo que, más bien, parece un conjunto de antiguos privilegios extraídos del de­ recho común, ratificados por el sufragio del pueblo y proclamados por éí como sus derechos reservados. En resumen, la constitución del gobierno inglés e s . . . el fundamento del derecho inglés, el convenio, la norma per­ manentemente en vigencia sobre la cual ningún hombre ni grupo de hombres que no sea el conjunto puede arrogarse una justa superioridad” . Había una respuesta obvia, aclaraba el autor, a la cuestión de si “ las tres ramas [del Parlamento] son la constitución, o si no se halla circunscripto a algunas normas establecidas previamente a su existencia, de las cuales no debe apartarse” . Si el Parlamento llegase a sancionar una ley que modificara la constitución, argumentaba el autor con palabras que antici­ paban tanto las famosas contradicciones de James Otis como los funda­ mentos últimos de la oposición norteamericana al Parlamento, “ ¿debe el pueblo, si no está conforme con la m odificación, creerse obligado a aca­ tar semejante ley? Pese a la veneración que en justicia merece una ley del Parlamento, la notoria sabiduría del Parlamento británico difícilmente admitiría esta suposición” . (La bastardilla es nuestra.)

11 [Robert Cárter Nicholas], Considerations on the Present State of Virginia Examined ([W illiam sburg], 1774), en la edición de Earl G. Swem

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integrante permaneciera dentro de sus propios límites y se mantu­ viera atento para contrarrestar todos los esfuezos de los demás por trascender sus propias esferas, habría un equilibrio estable de fuerzas contrapuestas, cada una de las cuales, al proteger sus pro­ pios derechos contra la extralimitación de las otras, contribuía a la preservación de los derechos de todos.

Tal era la justificación teórica, aceptada universalmente en el siglo XVIII, de la célebre constitución “ mixta” de Inglaterra.13 Era una división de poderes que ante los ojos de las colonias, co ­ mo de la mayor parte de Europa, aparecía como “ un sistema de sabiduría y sagacidad consumadas” . Pero si la teoría era notoria y unánimemente aprobada por todos, no sucedía lo mismo con el funcionamiento de su mecanismo. No se veía claramente de qué manera los tres órdenes sociales entraban en relación con las di­ versas ramificaciones del gobierno. La nitidez de la concepción moderna de una división tripartita de las funciones gubernamen­ tales, entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, no era c o ­ nocida por los colonos (el término “ legislativo” , por ejemplo, era usado para designar la totalidad del gobierno, como también el poder encargado de hacer las leyes), y, en todo caso, no se es­ peraba que el equilibrio constitucional surgiera de una correspon­ dencia simétrica entre los estratos sociales y los poderes del go­ bierno: no se concebía que cada clase dominara solamente una

13 Sobre los orígenes y evolución de esta teoría de la constitución inglesa, véase Corinne C. Weston, English Constitudonal Theory and the House of Lotís, 1556-1832 (Londres, 1965), donde se aduce que, aunque la idea del gobierno mixto databa de mucho tiempo atrás, adquirió su forma inglesa clásica en His Mafesties Answer to the XIX. Propositions of Both Houses of Parliament, de Carlos I (Londres, 1642). Antes de la apa­ rición d e aquel folleto, “ la expresión ‘ tres estados’ había sido empleada oficialmente y popularmente para designar a los señores espirituales, los señores temporales y los comunes” (p. 3 1 ). Una ejemplar exposición de este concepto transmitido a las colonias a comienzos del siglo xvm se ha­ llará en The Spectator, N9 287 (29 de enero, 1 7 1 1 /1 2 ), donde se inves­ tigan los orígenes de la idea en la Antigüedad clásica y se pone el énfasis sobre el poder preservador de la libertad que posee el hecho de dividir el gobierno entre personas “ de distintos rangos e intereses, pues si perte­ necen a la misma categoría, el gobierno no se diferencia mucho del despo­ tismo de una sola persona” . La seguridad se fundaba en un gobierno en el cual el poder se dividiera entre “ personas tan apropiadamente diferen­ ciadas que, al atender a los intereses particulares de sus distintos rangos, atendiesen a los de todo el conjunto del pueblo” . Sobre el concepto de la teoría de la constitución mixta com o expresión del giro fundamental registrado en la evolución intelectual desde el escolasticismo medieval al moderno empirismo, véase "W. H . Greenleaf, Order, Empiricism and Poli­ n e s . . . 1500-1700 (Londres, 1964), cap. ix. Véase también Stanley Pargellis, “ The Theory of Balanced Government” , en Conyers Read (com p .), The Consti- tution Reconsidered (Nueva Y ork, 1938), pp. 37-49; y más adelante, cap. VI, sec. 39