El proceso de restitución de tierras, aplicado desde 2012, continuó avanzando con lentitud en lo referente a la devolución a sus legítimos ocupantes de tierras que habían sido objeto de apropiación indebida durante el conflicto. Según la Unidad de Restitución de Tierras —de carácter estatal— hasta el 5 de diciembre, los jueces de restitución de tierras se habían pronunciado en una serie de casos de campesinos que reclamaban unas 62.093 hectáreas, y de una comunidad afrodescendiente y cuatro comunidades indígenas que reclamaban 131.657 hectáreas.
Los activistas sobre los derechos a la tierra continuaron siendo víctimas de amenazas y homicidios.9 El 11 de septiembre, el líder afrodescendiente Néstor Iván Martínez murió abatido a tiros por unos atacantes no identificados en el municipio de Chiriguaná, departamento del Cesar. Néstor Iván Martínez participaba activamente en campañas de defensa del medio ambiente y de los derechos sobre las tierras, y también había hecho campaña contra actividades mineras.
El 29 de enero, el Congreso aprobó la Ley 1776, que creaba grandes proyectos agroindustriales denominados Zonas de Interés de Desarrollo Rural, Económico y Social (ZIDRES). Sus detractores sostenían que dichos proyectos podrían socavar los derechos sobre la tierra de las comunidades rurales.
En febrero, la Corte Constitucional decretó la inconstitucionalidad de la legislación que estipulaba que no se aceptarían
reclamaciones de restitución de tierras en las áreas denominadas Proyectos de Interés Nacional y Estratégicos (PINES). La Corte resolvió que dichas tierras podían ser expropiadas por el Estado, pero que los reclamantes tendrían derecho a una audiencia formal sobre la expropiación y a la indemnización establecida por los tribunales. El 9 de junio, la Corte Constitucional hizo pública su sentencia de diciembre de 2015 que anulaba tres resoluciones de la Agencia
Nacional de Minería y del Ministerio de Minas y Energía que habían declarado Áreas de Reserva Estratégica Minera (AEM) 20 millones de hectáreas de tierra, que incluían territorios indígenas y de afrodescendientes. La Corte dictó que la delimitación de cualquier AEM dependería del
consentimiento previo de las comunidades indígenas y afrodescendientes que habitaran en esas áreas.
VIOLENCIA CONTRA MUJERES Y NIÑAS
Se siguieron denunciando delitos de violencia sexual cometidos por todas las partes en el conflicto. Hasta el 1 de diciembre, la Unidad de Víctimas había registrado, desde 1985, más de 17.500 víctimas de delitos contra la integridad sexual relacionados con el conflicto.
En marzo, la ONG Mesa de seguimiento a los Autos 092 de 2008 y 009 de 2015 de la Corte Constitucional publicó un informe sobre el estado de aplicación de ambos autos. Los autos hacían hincapié en la prevalencia de la violencia sexual contra las mujeres relacionada con el conflicto y ordenaban al Estado combatir esos delitos y llevar ante la justicia a los sospechosos de ser penalmente responsables. El informe determinaba que, pese a que el Estado había hecho algunos avances a la hora de investigar dichos delitos, no había actuado de manera efectiva para garantizar el derecho de las supervivientes a la verdad, la justicia y la reparación. La gran mayoría de los sospechosos de ser penalmente responsables de esos delitos no había comparecido ante la justicia al concluir el año.
En agosto, el gobierno promulgó el Decreto 1314, por el que se creaba una comisión para desarrollar un programa integral de Garantías para la Mujeres Lideresas y Defensoras de los derechos Humanos, que incluiría mecanismos de prevención y protección.
En junio, la Fiscalía General de la Nación dictó una resolución para adoptar un protocolo de investigación de los delitos de violencia sexual.
ESCRUTINIO INTERNACIONAL
En marzo, el alto comisionado de las Naciones Unidas para los derechos humanos publicó un informe en el que felicitaba al gobierno y a las FARC por los avances realizados en aras de alcanzar un acuerdo de paz. No obstante, afirmaba sobre los grupos paramilitares (a los que se refería en el informe como “grupos armados posdesmovilización”): “socavan
constantemente los derechos humanos y la seguridad ciudadana, la administración de justicia y la construcción de paz, incluyendo la restitución de tierras. La desarticulación de grupos que mantienen control sobre tierras despojadas a través del uso de la violencia o las amenazas constituye un desafío permanente para la paz”.
En sus observaciones finales sobre Colombia, publicadas en octubre, el Comité contra la Desaparición Forzada, de la ONU, reconocía los esfuerzos de las autoridades colombianas y destacaba la reducción de casos de desaparición forzada durante los años precedentes. Aun así, expresaba preocupación por que Colombia siguiera sin reconocer la competencia del Comité contra la Desaparición Forzada para recibir y examinar comunicaciones presentadas por las víctimas o en nombre de éstas, así como por la falta de avances significativos en la investigación de dichos delitos.
En noviembre, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU destacó la notable reducción del impacto del conflicto sobre la población civil. Sin embargo, expresó preocupación por las violaciones de derechos humanos que se seguían cometiendo, incluidas las privaciones arbitrarias de la vida, las desapariciones forzadas, la tortura y la persistencia de la impunidad. Asimismo, expresó preocupación por los abusos cometidos por “grupos armados ilegales surgidos de la desmovilización de organizaciones paramilitares” y por las denuncias de connivencia entre algunos de estos grupos y agentes estatales.
1. Colombia: El acuerdo de alto el fuego y cese de hostilidades de manera bilateral es un avance histórico (AMR 23/4311/2016) 2. Colombia: Fin de negociaciones sobre conflicto trae esperanzas de
paz (noticia, 25 de agosto)
3. Colombia: El histórico acuerdo de paz debe garantizar la justicia y el fin de los abusos contra los derechos humanos (noticia, 26 de septiembre)
4. El Premio Nobel de la Paz demuestra que Colombia no debe cerrar la puerta a la esperanza de una paz con justicia (noticia, 7 de octubre) 5. Colombia: Las fuerzas de seguridad deben abstenerse de usar fuerza
excesiva durante las protestas de comunidades rurales (AMR 23/4204/2016)
6. Colombia: El ELN debe liberar a los periodistas (AMR 23/4134/2016) 7. Amenazas de muerte contra defensores y defensoras de los derechos
humanos y contra sindicalistas (AMR 23/3837/2016) 8. La actividad paramilitar amenaza una comunidad de paz (AMR
23/4998/2016)
9. Amenazas de muerte contra líderes afrodescendientes (AMR 23/3938/2016)