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Policía y fuerzas de seguridad

La ausencia continuada de investigaciones eficaces y la larga duración de los procedimientos en varios casos de uso excesivo de la fuerza por parte de la policía contra romaníes suscitaron preocupación. En julio, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos resolvió que Eslovaquia no había investigado debidamente las denuncias sobre malos tratos infligidos por la policía a un hombre romaní bajo custodia en 2010.

En agosto, el gobierno anunció que se reformaría la Ley sobre la Policía para que el Departamento de Control y Servicio de Inspección pasara a depender de la Fiscalía General, en lugar de pertenecer al Ministerio del Interior, a fin de incrementar su independencia. Sin embargo, al terminar el año no se había establecido un mecanismo de rendición de cuentas de la policía que fuera completamente independiente y transparente.

Al final del año había varias investigaciones pendientes sobre malos tratos policiales a romaníes. En noviembre, la investigación del Departamento de Control y Servicio de Inspección sobre el presunto uso excesivo de la fuerza por parte de la policía durante una operación efectuada en el asentamiento romaní de Vrbnica en abril de 2015 dio lugar a la presentación de cargos penales contra el agente que estaba al mando de la operación. No obstante, el Departamento concluyó que no había pruebas suficientes para acusar a otros agentes de policía implicados, y las familias romaníes recurrieron la decisión en diciembre.

En marzo se suspendió la investigación del Departamento sobre la conducta de la policía durante una operación efectuada en un asentamiento romaní de Moldava nad Bodvou en junio de 2013. Las víctimas, respaldadas por el Centro Europeo de Derechos de los Romaníes y el Centro por los Derechos Humanos y Civiles, recurrieron contra esta decisión; el asunto estaba

pendiente ante el Tribunal Constitucional al final del año.

En abril fue anulada la absolución de 10 agentes de policía acusados de someter a malos tratos a seis niños romaníes en una comisaría de policía de Košice en 2009, tras un recurso interpuesto por la fiscalía, y la causa se remitió de nuevo al Tribunal de Distrito.

Derecho a la educación

En enero entró en vigor una reforma de la Ley Escolar que prohibía matricular en escuelas “especiales” a niños y niñas de entornos sociales desfavorecidos basándose únicamente en sus circunstancias socioeconómicas.

A pesar de ello, seguía siendo desproporcionado el porcentaje de niños y niñas romaníes en escuelas y clases “especiales” para alumnado con “discapacidad mental leve”, y también sufrían segregación étnica en las escuelas y clases de educación general. A pesar de seguir en curso el procedimiento de infracción abierto por la Comisión Europea contra Eslovaquia en 2015 por

incumplimiento de la prohibición de la discriminación contenida en la directiva sobre igualdad racial de la UE en relación con el acceso de la comunidad romaní a la educación, no hubo señales de que el gobierno hubiera adoptado medidas efectivas para prevenir el problema o abordarlo. Así lo subrayaron tanto la Comisión Europea, en su evaluación anual de los planes de integración de la comunidad romaní, como el Comité de la ONU sobre los Derechos del Niño.

El 6 de octubre, el Tribunal de Distrito de Bratislava desestimó una causa de interés público iniciada en 2015 por el Centro por los Derechos Humanos y Civiles contra el Ministerio de Educación y el ayuntamiento de Stará Ľubovňa por la segregación del alumnado romaní en una escuela de primaria. El Centro presentó un recurso contra la decisión; la causa seguía pendiente al finalizar el año.

Esterilización forzada

En febrero, el Tribunal de Distrito de Košice II resolvió que el Hospital Universitario Louis Pasteur de Košice había practicado ilegalmente una esterilización forzada a una mujer romaní en 1999. La mujer había sufrido la intervención sin su consentimiento informado tras un parto por cesárea. Los tribunales eslovacos tardaron más de 10 años en resolver la causa y concedieron a la víctima 17.000 euros en concepto de indemnización. Al finalizar el año estaba pendiente la resolución de un recurso presentado por el hospital.

SEGURIDAD Y MEDIDAS

ANTITERRORISTAS

En enero entraron en vigor disposiciones antiterroristas introducidas en la

Constitución, el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal y varias leyes más. Incluían la ampliación a 96 horas del periodo máximo de detención sin cargos de las personas sospechosas de delitos de terrorismo.

PERSONAS REFUGIADAS Y

SOLICITANTES DE ASILO

A pesar de haber dado máxima prioridad en su agenda a la “migración sostenible” durante su presidencia de la UE, Eslovaquia continuó oponiéndose a las cuotas obligatorias de reubicación de refugiados y refugiadas desde otros Estados miembros de la UE, aunque se mostró dispuesta a aceptar voluntariamente a 100 procedentes de Grecia e Italia antes del fin de 2017. Sólo tres familias habían sido reubicadas desde Grecia al terminar el año.

DISCRIMINACIÓN

En agosto, el Centro Nacional Eslovaco de Derechos Humanos y la Inspección Estatal de Comercio concluyeron que los propietarios de una casa de huéspedes en Bratislava habían discriminado a tres estudiantes turcos, al rechazar sus

“no aceptar a personas de Turquía ni de países árabes por razones de seguridad”.

El primer ministro Fico continuaba asociando públicamente a las personas musulmanas y refugiadas con el terrorismo y empleaba una retórica contraria a las personas migrantes. El Partido Popular Nuestra Eslovaquia organizó marchas contra la comunidad romaní y la inmigración en enero, marzo, junio, julio y octubre.

ESLOVENIA

República de Eslovenia Jefe del Estado: Borut Pahor Jefe del gobierno: Miro Cerar

Los procedimientos de asilo funcionaban con lentitud. Se reformó la Ley de Protección Internacional para introducir procedimientos acelerados en la frontera. Persistió la discriminación de la comunidad romaní.

PERSONAS REFUGIADAS Y

SOLICITANTES DE ASILO

Antes del cierre de la ruta de los Balcanes occidentales en marzo, 99.187 personas refugiadas y migrantes entraron en Eslovenia, la gran mayoría de camino a Austria. Solicitaron asilo 1.308 personas, en su mayoría de nacionalidad siria, afgana e iraquí. A partir del cierre de esta ruta, las personas que entraban en Eslovenia y no solicitaban asilo eran recluidas en el Centro para Extranjeros de Postojna, incluso si eran menores de edad. En julio, las autoridades ofrecieron alojamiento alternativo a los menores no acompañados.

Los procedimientos de asilo funcionaban con lentitud, en parte por falta de capacidad de las autoridades para tramitar las solicitudes. A lo largo del año, más de 100 solicitantes de asilo, incluidos menores no acompañados, esperaron más de seis meses a conocer la decisión en primera instancia sobre sus solicitudes.

En marzo, la Asamblea Nacional reformó la Ley de Protección Internacional para

introducir procedimientos acelerados de asilo destinados a quienes expresaran su intención de solicitarlo en la frontera de Eslovenia o en las zonas de tránsito de aeropuertos y puertos. La reforma incluía también la supresión del derecho de las personas beneficiarias de protección internacional a recibir una ayuda económica de 288 euros el primer mes.

Al término del año, Eslovenia había recibido a 124 solicitantes de asilo,

reubicados desde Grecia e Italia en virtud del plan de reubicación de la UE, del total de 567 que se había comprometido a aceptar antes del fin de 2017.

DISCRIMINACIÓN

En abril, la Asamblea Nacional aprobó la Ley de Protección contra la Discriminación, que ponía el derecho interno en consonancia con la legislación de la UE contra la

discriminación. Esta ley representó un hito en la lucha contra la discriminación por motivos como la identidad de género, la expresión de género, la condición social o la salud, y vino a reforzar el mandato y la autonomía como organismo independiente del Defensor del Principio de Igualdad, cargo especial destinado a prevenir y erradicar la

discriminación con funciones como examinar casos y ofrecer ayuda a las víctimas de discriminación.

Personas “borradas”

Persistieron las violaciones de derechos humanos que sufrían desde hacía tiempo los “borrados”, personas procedentes de otras ex repúblicas yugoslavas que habían dejado de ser residentes permanentes en Eslovenia. Desde que expiró la Ley sobre la Condición Jurídica en 2013 no se ofrecían a los “borrados” que quedaban nuevas opciones para recuperar su condición jurídica y los derechos correspondientes.

En noviembre, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos desestimó la demanda presentada contra Eslovenia por algunos “borrados” cuya condición jurídica ya había sido regulada. Sin embargo, al final del año seguían pendientes ante el Tribunal varios

asuntos más relacionados con los derechos humanos de los “borrados”.

Romaníes

La comunidad romaní seguía sufriendo en su mayoría discriminación y exclusión social. Muchos de sus miembros vivían en asentamientos segregados, sin un alojamiento adecuado ni seguridad de tenencia y sin acceso a agua, electricidad, saneamiento y transporte público. Al expirar el Programa Nacional de Acción para la inclusión de la comunidad romaní en 2015, el gobierno había iniciado un proceso para adoptar un nuevo conjunto de medidas. Sin embargo, no había adoptado aún una estrategia nacional integral para la mejora de la situación de los romaníes, como había recomendado la comisión parlamentaria de derechos humanos.

DERECHOS DE LESBIANAS, GAYS,

BISEXUALES, TRANSGÉNERO E

INTERSEXUALES

En abril, el Parlamento aprobó la Ley de Asociaciones, que reconocía a las parejas del mismo sexo idénticos derechos que los derivados del matrimonio, pero no garantizaba su derecho a adoptar y a acceder a servicios de reproducción asistida.

NOVEDADES JURÍDICAS,

CONSTITUCIONALES E

INSTITUCIONALES

En noviembre se reformó la Constitución para incorporar el derecho al agua potable. En virtud de esta reforma, los recursos hídricos deberían destinarse principalmente al suministro de agua potable a la población y a llevar el agua a sus hogares. La Constitución ya establecía que esos recursos hídricos eran un bien público que no podía transformarse en mercancía.

ESPAÑA