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El mediador y las reglas de conversación en el análisis de Chilton y

5. Los fundamentos teóricos de la mediación: razones, proposiciones y propósitos

1.4. Acción comunicativa y mediación: perspectivas habermasianas

1.4.2. El mediador y las reglas de conversación en el análisis de Chilton y

Chilton y Cuzzo también proponen el uso de la teoría de la acción comunicativa como base teórica para la práctica de mediación71.

69 CARABANTE MUNTADA, “La teoría de la acción comunicativa como modelo de mediación”, cit., p. 46

70 CARABANTE MUNTADA, “La teoría de la acción comunicativa como modelo de mediación”, cit., p. 46

Los autores se refieren especialmente a los presupuestos de la argumentación analizados por Habermas en “Consciencia moral y acción comunicativa”72.

Según Habermas, los participantes en una interacción comunicativa aceptan, de forma implícita y compartida, unos presupuestos universales que les permiten llevar a cabo una conversación destinada a la obtención de acuerdos.

Un buen ejemplo de tales presupuestos, explica el pensador alemán, se encuentra en las reglas de conversación propuestas por Alexy73, a saber:

a. reglas de conversación lógicas y semánticas (por ejemplo: un hablante no puede contradecirse),

b. reglas necesarias para la búsqueda de la verdad (por ejemplo, el hablante debería afirmar sólo lo que efectivamente cree),

c. reglas necesarias para alcanzar un acuerdo motivado racionalmente (por ejemplo, todos deben poder participar en la discusión, cuestionar cualquier afirmación, hacer cualquier afirmación, etc.)74.

Chilton y Cuzzo formulan la hipótesis de que la dificultad en resolver un conflicto y reparar una relación deriva de la violación de algunos de los presupuestos descritos. En consecuencia, el mediador, si quiere obtener resultados positivos, debería conocerlos y velar para que se cumplan: “Por lo tanto el proceso de mediación se

convierte, para el mediador personalmente, en el compromiso de asegurar que todos esos presupuestos se establezcan, se cumplan y se persigan. El conocer esos

action as a theoretical framework for mediation practice”, Conflict Resolution Quarterly, Vol. 22, N. 3 (2005), pp. 325-348

72 HABERMAS, Jürgen, Consciencia moral y acción comunicativa, Barcelona: Ed. Peninsula, 1985 73 ALEXY, Robert, Teoría de la argumentación jurídica. La teoría del discurso racional como teoría

de la fundamentación jurídica, Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, 2007.

74 La formulación exacta de las reglas de conversación en cuestión es la siguiente:

Para la esfera lógico-semántica: (1.1) Ningún hablante debe contradecirse. (1.2) Todo hablante que aplica el predicado F a un objeto debe estar dispuesto a aplicar el predicado F a todo objeto que se parezca a a en todos los aspectos importantes. (1.3) Diversos hablantes no pueden emplear la misma expresión con significados distintos.

Para la esfera procedimental para la búsqueda de la verdad: (2.1) Cada hablante sólo puede afirmar aquello en lo que verdaderamente cree. (2.2) Quien introduce un enunciado o norma que no es objeto de la discusión debe dar una razón de ello.

Para la esfera de proceso que garantiza una comprensión motivada racionalmente: (3.1) Todo sujeto capaz de hablar y de actuar puede participar en la discusión. (3.2) a) Todos pueden cuestionar cualquier afirmación. b) Todos pueden introducir cualquier afirmación en el discurso. e) Todos pueden manifestar sus posiciones, deseos y necesidades. (3.3) A ningún hablante puede impedírsele el uso de sus derechos reconocidos en (3.1) y (3.2) por medios coactivos originados en el exterior o en el interior del discurso.

presupuestos puede proporcionar al mediador un práctico listado de áreas de potencial ruptura en el proceso, y le permite sugerir oportunidades o direcciones diferentes.”75.

Así las cosas, los autores proponen un programa de actuación del mediador articulado como sigue.

1. Para evitar la confusión que puede derivar de las contradicciones, el mediador debería fomentar la coherencia en el intercambio entre las partes, por ejemplo señalando la aparición de contenidos discordantes.

2. Para estimular la búsqueda de la verdad, el mediador debería animar a las partes para que hablen abiertamente y con honestidad, y para que dejen de lado las objeciones sin importancia o los temas que no están relacionados con el conflicto. Al mismo tiempo, el mediador debería estimular que las partes fundamenten con razones cualquier afirmación aparentemente inoportuna.

3. Para garantizar que todos los interesados puedan participar en la construcción del acuerdo, el mediador debería cuestionar sus propias convicciones acerca de la capacidad de las personas de participar personalmente en la conversación, sin asistencia de representantes.

Menos claro aparece el intento de los autores de utilizar las reglas procedimentales descritas por Alexy para garantizar una comprensión motivada racionalmente. Los autores las definen como “reglas de compromiso con una comunicación autentica y

honesta entre las partes”76.

Chilton y Cuzzo interpretan la regla “Todos pueden cuestionar cualquier afirmación” en el sentido de que el mediador tiene que asegurar que el cuestionar se mantenga justo/objetivo (fair), dado que la capacidad de las partes de preguntar y contestar es mermada por el conflicto. Por lo tanto, el mediador tendría que crear una zona de

75 Traducción mía, original en inglés: “The process of mediation then becomes, for mediators

personally, a commitment to ensure that these presuppositions are established, fulfilled and pursued. Knowing these presuppositions can give the mediator a practical checklist of potential areas of breakdown in the process, thereby allowing him or her to suggest opportunities or different directions.” Cfr. CHILTON/STALZER WYAN CUZZO, “Habermas's theory of

communicative action”, cit., p. 327-328

76 Traducción mía, original en inglés: “rules of engagement for authentic, honest communication

between parties”. Cfr. CHILTON/STALZER WYAN CUZZO, “Habermas's theory of communicative

seguridad, reforzando el valor intrínseco de las objeciones en su rol esclarecedor. Por ejemplo, el mediador podría intervenir preguntando si alguien tiene alguna duda, o preguntar acerca de un determinado tema, o recordar que preguntar sirve para entender mejor, etc.

En cuanto a la regla “Todos pueden introducir cualquier afirmación en el discurso”, los autores subrayan como, en un conflicto, las afirmaciones de las partes a menudo pueden interrumpir la conversación, y no estimularla. Por lo tanto, el mediador debería invitar a las partes a dejar de lado las afirmaciones rígidas y a plantear afirmaciones que hagan posible un desarrollo racional de la discusión, señalando las potencialidades positivas o negativas de una aserción. Por ejemplo, el mediador puede preguntar si alguien tiene ideas o puntos de vista diferentes acerca de una determinada cuestión.

Por lo que se refiere a la regla “Todos pueden manifestar sus posiciones, deseos y

necesidades”, Chilton y Cuzzo la interpretan como una pieza clave de una

comunicación efectiva. En el conflicto, explican los autores, las partes tienden a deshumanizar el adversario, lo que impide el pleno reconocimiento del otro y frena cualquier avance significativo. Es por ello que la expresión de sentimientos sería importante, en la mediación, ya que permite reconocer la riqueza y la unicidad del otro como ser humano. Dado que, en una situación de conflicto, las partes a menudo no se sienten suficientemente seguras como para expresar sus emociones, el mediador debería alentarles en este sentido, recordándoles la necesidad de asumir actitudes auténticas en la mediación: “Mencionando la necesidad inherente a las

personas de ser entendidas, e invitando las partes a manifestarla a través de actos de auto-expresión, el mediador se apoya en la presuposición de que a las personas les importa poder expresarse – esto es, ser capaces de revelar al otro sus verdaderas actitudes, sus deseos y sus necesidades”77. Por ejemplo, el mediador

podría preguntar a las partes cuáles son sus sentimientos con respecto a un determinado tema.

77 Traducción mía, original en inglés: “By naming the inherent need for people to be understood,

and then inviting the parties to carry out those acts of self-expression that reveal, the mediator calls forth the presupposition that people care about being expressive—being able to reveal their true attitudes, desires, and needs to the other.”. Cfr. CHILTON/STALZER WYAN CUZZO,

Finalmente, por lo que se refiere a la regla “A ningún hablante puede impedírsele el

uso de sus derechos reconocidos en (3.1) y (3.2) por medios coactivos originados en el exterior o en el interior del discurso”, los autores recuerdan la importancia de

evitar cualquier forma de coerción en el proceso de mediación, aunque para sí mismos los mediadores generalmente interpretan la ausencia de coerción en formas diferentes y más o menos rigurosas. Por ejemplo, el mediador podría hacer manifiestas eventuales coerciones, preguntando si existen temores o perplejidades en manifestar una idea o un punto de vista.

Según los autores, el uso de los presupuestos de argumentación de Habermas puede resultar de gran utilidad en la mediación, ante todo porque las partes los aceptarían implícitamente por su naturaleza de “seres comunicativos”. Además, el respeto de los presupuestos puede constituir la base de un acuerdo sobre la relación, más allá de que las partes hayan alcanzado un acuerdo sobre cuestiones sustantivas.

Potenciales aplicaciones pueden darse en el discurso de apertura del proceso, donde el mediador recuerda a las partes los presupuestos de la argumentación, o a lo largo del proceso, o en caso de “impasse”. Incluso cuando las partes deciden dejar la mediación e ir a juicio, según los autores, el mediador puede trabajar para que se restablezcan las condiciones de una “relación comunicativa”, tanto durante el proceso judicial como después de la sentencia.

El uso de las categorías habermasianas permitiría en definitiva lograr los objetivos de alcanzar acuerdos y reconstituir la relación entre las partes.

1.4.3. El actuar comunicacional del mediador: el planteamiento de Bonafé-

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