Los defensores del libre comercio internacional defienden su postura basándose en que incrementa la eficiencia económica. Los argumentos más citados son:
• Las ganancias debidas a la especialización en la producción de productos en los que se tiene ventaja comparativa conduce a aumentar el bienestar.
• Un mercado más grande comporta mayor competencia entre productos, hecho que conduce a la reducción de precios y a la desaparición de los productores ineficientes.
• El consumidor dispone de más productos entre los que elegir.
• La competencia entre productores conduce a la reducción de precios y a que éste se sitúe ligeramente por encima del coste marginal de producción, conduciendo a la maximización del bienestar social.
Evidentemente, estos argumentos no son aceptados de forma general. Muchos expertos opinan, por ejemplo, que el libre comercio sin ningún tipo de control
una política de mercado libre es más evidente en el caso de los medicamentos innovadores, en que se dan un conjunto específico de condiciones. Por una parte, tienen características de bien público. Además, son bienes que requieren elevados costes hundidos para su producción y, finalmente, existe un problema de equidad o solidaridad internacional. Tal como se ha intentado argumentar, la opción más apropiada en esta compleja situación es la existencia de un determinado diferencial de precios entre mercados, que maximice el excedente que la empresa pueda obtener para recuperar su I+D y facilite el acceso a las poblaciones de países con menor poder adquisitivo. La relevancia del modelo de precios de Ramsey no es que dé la solución precisa a la determinación de los precios, si no que muestra como el establecimiento de precios distintos puede ser una opción beneficiosa para las empresas y para los consumidores en su conjunto. En un mercado tan intervenido como el de los medicamentos puede resultar difícil estimar la elasticidad de la demanda y, aún en el caso de que ello fuese posible, no está claro que a efectos normativos éste sea el criterio más adecuado para establecer el precio para cada país. Una alternativa sería la de que el excedente que pagase cada país sobre el coste marginal de producción – es decir, su contribución a la recuperación de la inversión en I+D – fuese proporcional a algún indicador de riqueza tal como el PIB. Después de todo, este es un criterio ya utilizado en la financiación de diversos organismos internacionales para calcular la cuota que le corresponde a cada país.
Sin embargo, éste o cualquier otro argumento que dé lugar a un diferencial de precios entre países no se puede sostenerse si se permite el comercio paralelo. Ello implica, o bien volver a alguna forma de segmentación del mercado internacional, o bien mantener un precio de mercado internacional único que haga irrelevante el comercio paralelo y, al mismo tiempo, instrumentar mecanismos para que la aportación a la I+D de cada país se ajuste a su capacidad económica. Esto podría lograrse, por ejemplo, mediante descuentos globales de las empresas farmacéuticas a los sistemas de salud y aseguradores sanitarios en general, aplicados al consumo realizado efectivamente por la población beneficiaria. Este mecanismo implicaría que el mayorista que se plantease comprar medicamentos en un país de precios bajos para venderlos en un país extranjero debería comprarlo al precio único internacional, lo que no limitaría su derecho a comprar y vender libremente, pero eliminaría el actual incentivo del comercio paralelo.
Lógicamente, una solución de este tipo no puede esperarse que la proporcione ninguna “mano invisible”, ni puede ser la decisión de un estado corrector de fallos de mercado, pues no existe ningún poder internacional con capacidad para imponerla a los países. La vía debería ser un acuerdo internacional entre países, promovido y garantizado por organismos internacionales como la Organización Mundial de Comercio.
La parte que puede sentirse perjudicada en un acuerdo de este tipo es la población de los países más ricos, que pueden preguntarse por qué han de pagar más de lo que pagan los consumidores en países más pobres por el mismo medicamento. La respuesta lógica es que con la discriminación de precios los países más ricos deberían pagar menos para que las empresas recuperasen su inversión en I+D que si se establece un precio único y los países más pobres no pueden acceder en absoluto al medicamento. Finalmente, estaría el problema de los ciudadanos pobres de los países ricos. Este es una cuestión que debería resolverse a través de algún sistema de
redistribución interna en el país, como es el establecimiento de un sistema nacional de salud financiado de acuerdo con la capacidad de pago de los individuos.
Las soluciones propuestas en este artículo pueden parecer irrealizables en este momento. Sin embargo, hay evidencia de que algunas iniciativas se están orientando en este sentido. Dos ejemplos de ello son:
1) La iniciativa de algunas empresas farmacéuticas de suministrar los tratamientos para el SIDA a precios especialmente bajos para países de África.
2) La decisión del gobierno español de diferenciar el precio controlado a que se venden un medicamento en España, del precio al que la empresa puede venderlo a un intermediario que pretenda venderlo a un tercer país para beneficiarse del arbitraje. Aunque estas iniciativas presentan múltiples dificultades, es indudable que será necesario desarrollar soluciones novedosas e imaginativas si se quiere evitar la situación ultrajante e intolerable de que una parte importante de la población mundial se vea privada de los beneficios de la innovación tecnológica en tratamientos sanitarios, sin que ello suponga siquiera una ventaja para la población de los países más desarrollados.
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