AÑO CXXIII La Uruca, San José, Costa Rica, viernes 10 de noviembre del 2017La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 1° de febrero del 2016 Nº 213 — 32 Páginas
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
JUZGADO NOTARIAL HACE SABER:
A Ruth Mary Salas Cedeño, mayor, es notaria pública, cédula de identidad N° 0110320486, de demás calidades ignoradas, que en proceso disciplinario notarial N° 17-000042-0627-NO, establecido en su contra por Instituto Nacional de Aprendizaje, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José a las catorce horas veintiséis minutos del veintiuno de febrero del dos mil diecisiete. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de Instituto Nacional de Aprendizaje contra Ruth Mary Salas Cedeño, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo ya citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por el(los) medio(s) señalado(s) por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional.
Asimismo, se le previene a cada parte, que, si no, escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados;
si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. “Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente
posible, particularmente recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) Lugar de trabajo. b) Sexo. c) Fecha de nacimiento.
d) Profesión u oficio. e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad.
f) Estado civil. g) Número de cédula. h) Lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que, si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. Tome nota la parte denunciada que, de conformidad con lo dispuesto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en voto 2010- 8722, y por el Tribunal Disciplinario Notarial en votos 265-2012 y 70-2015, es obligación de los notarios que ejercen como tales el tener actualizados sus datos personales en cuanto a las direcciones de oficina y lugar para atender notificaciones. Dicha notificación se hará por medio de Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San Jose o Juzgado Contravencional de Hatillo, según corresponda, quienes podrán notificarle en su oficina en San José, Tibás, San Juan, de la Gasolinera Texaco, cien metros oeste, cincuenta metros sur, cien metros oeste, ultima casa a la izquierda, o en su domicilio registral en San José, Hatillo, Alameda N° 1 norte, casa N° 440. Asimismo, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en el costado oeste del Mall San Pedro, Edificio Sigma, quinto piso.
Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil. Conforme al numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, remítase mandamiento a la Dirección de Servicios Registrales del Registro Nacional, para que, certifique si la parte denunciada tiene apoderado inscrito en ese Registro. En caso de tenerlo, remita copia literal certificada del poder en que así conste. Notifíquese.
M.Sc. Francis Porras León, Juez Tramitador. Juzgado Notarial.
A las once horas y veinticinco minutos del doce de setiembre del dos mil diecisiete. En razón de que han sido fallidos los intentos por notificarle a la licenciada Ruth Mary Salas Cedeño, cédula de identidad N° 0110320486, la resolución dictada a las catorce horas y veintiséis minutos del veintiuno de febrero de dos mil diecisiete, en las direcciones que reportó ante la Dirección Nacional de Notariado (folio 86), como tampoco en su último domicilio registral brindado al Registro Civil (folio 87); y en virtud de que carece de apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio 107), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle la citada resolución así como también la presente, por medio de edicto que se publicará
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Reyes González Morera, 0201860202, fallecido el 26 de setiembre del 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho, en las diligencias de Consig. Prest.
Sector Público bajo el número 17-000928-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial.
Establecidas por María Odilia del Carmen Mejía Soto, cédula 4-0069- 0628. Expediente N° 17-000928-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 1° de noviembre del 2017.—Licda. Ethel Duarte Hernández, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017183507 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Cristian Bogantes Herrera quien falleció el 17/-0/9-20, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución fondo capitalización laboral bajo el número 17-000006-1574-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N° 17-000006-1574-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Abangares (Materia Laboral), 21 de setiembre del 2017.—Licda. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2017183912 ).
Se citan y se emplazan a los que en carácter de causahabientes de las prestaciones y ahorros legales del fallecido Gerardo Alexis Navarro Montes, cédula número 1-0632-0407, se consideran con derecho a las mismas, para que dentro del improrrogable plazo de ocho días, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las Diligencias aquí establecidas bajo el número de expediente: 17-000006-1738-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido en el Artículo 85 del Código de Trabajo.—Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de Buenos Aires, 23 de octubre del 2017.—Lic. Roberto Hurtado Villalobos, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2017183913 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Minor Isidoro Gutiérrez Guerrero, quien falleció el 14 de mayo del 2017, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución fondo capitalización laboral, bajo el N° 17-000023-1574-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 17-000023-1574-LA. Minor Isidoro Gutiérrez Guerrero a favor de Melinda de los Ángeles Duarte Romero.—
Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Abangares (Materia Laboral), 21 de setiembre del 2017.—Licda. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017183915 ).
A los causahabientes de quién en vida se llamó Vladimir Ortiz Morales, quien fue mayor, soltero, trabajador de Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S.A PINDECO, domicilio Buenos Aires, del cruce de Olan, 150 metros este, cédula de identidad número 114450649, se les hace saber que: Fermín del Carmen Ortiz Gamboa, cédula de identidad o documento de identidad número 105350277, domicilio Buenos Aires, del cruce de Olan, 150 metros este, se apersonó en este Despacho en calidad de padre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial Libre de Derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Vladimir Ortiz Morales. Expediente número 17-000027- 1551-LA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Buenos Aires, (Materia Laboral), 9 de octubre del 2017.—Lic. Roberto Hurtado Villalobos, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017183916 ).
por una sola vez en el Boletín Judicial. Comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber a la parte que aquí se ordena notificar, que los hechos que se le atribuyen son: Haber supuestamente certificado una fotocopia que contenía una información alterada. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que atienda la defensa técnica de la parte acccionada supra referida. Notifíquese.
Lic. Francis Porras León Juez Tramitador Exonerado.—1 vez.—( IN2017183941 ).
TRIBUNALES DE TRABAJO Causahabientes
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ronald Estheven Rosales González, 0207460487, fallecido el 20 de julio del 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 17-000617-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 17-000617-0505-LA. Por a favor de Ronald Estheven Rosales González.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 7 de setiembre del 2017.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017183501 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de quien en vida fue William Castillo Segura 0203910222, fallecido el 06 de abril del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 17-000660- 0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 17- 000660-0505-LA. A favor de William Castillo Segura.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 19 de setiembre del 2017.—Lic. Vladimir Sibaja Ferreto, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017183503 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Timothy Harold Hodgson R182600007008, fallecido el 19 de noviembre del 2012, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 17-000812-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 17-000812-0505-LA. Por Lorena María Montero Flores correo electrónico gcvincenzi@abogados.
or.cr a favor de Timothy Harold Hodgson.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 19 de octubre del 2017.—Lic. Octavio Villegas Rojas, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017183504 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Morrison Jinato Vindas Vargas, cédula de identidad número 1-1435-0650, fallecido el 03 de octubre del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest.
sector privado bajo el Número 17-000925-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 17-000925-0505- LA. Promovido por Carlos Luis Vindas Alfaro a favor de Keysha Daniela Vindas Ortiz.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 1° de noviembre del 2017.—Licda. Ethel Duarte Hernández, Jueza.—
1 vez.—Exonerado.—( IN2017183505 ).
Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Rolando de Los Ángeles Fallas Araya, N° 0502380234, fallecido el 06 de febrero del 2017, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 17-000031-1574-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 17-000031-1574-LA. Por Maricel Ordoñez Moncada a favor de Rolando de Los Ángeles Fallas Araya.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Abangares (Materia Laboral), 25 de setiembre del 2017.—Licda. Mayra Yesenia Porras Solís, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017183936 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Domingo Flores Rodríguez, cédula de identidad 2-0162-0643 quien falleció el 22 de octubre del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio (aguinaldo), bajo el número 17-000049-1472-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Exp. N° 17- 000049- 1472-LA. a favor de María Antonia Madrigal Monge.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía De Orotina (Materia Laboral), 6 de noviembre del año 2017.—Lic. Pedro Ferrán Reina, Juez.—1 vez.—Exento.—( IN2017183942 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ronald Gerardo Solís Díaz, quien fue mayor, casado, vecino de Buenos Aires de Palmares, Alajuela, cédula de identidad 0104960411, quien laboró para Pazos y Pérez Espejos del Mundo Sociedad Anónima, y falleció el quince de mayo del dos mil diecisiete; se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 17-000120- 0694- LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Exp. N° 17-000120- 0694-LA. Proceso promovido por Donelia Vásquez Solano, del trabajador fallecido Ronald Gerardo Solís Diaz.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Laboral), 22 de agosto del 2017.—Licda. Sandra Pérez López, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2017183943 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Diego Jenaro Gamboa Quesada 0303630302, fallecido el 26 de setiembre del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 17-000126-1549-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Exp. N° 17-000126-1549-LA. Por a favor de Diego Jenaro Gamboa Quesada.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Siquirres (Materia Laboral), 25 de octubre del 2017.—Licda.
Sabina Hidalgo Ruiz, Jueza.—1 vez.—Exento.—( IN2017183945 ).
A los causahabientes de quién en vida se llamó Juan Guillermo Solís Rodríguez, quien fue mayor, casado, con domicilio en Heredia, cédula de identidad número 0700490520, se les hace saber que: Celenia María del Socorro Víquez Arias, cédula de identidad o documento de identidad número 0401020238, con domicilio en Heredia, se apersonaron en este Despacho en calidad de cónyuge supérstite de la persona fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se
apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese en el Boletín Judicial Libre de Derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Juan Guillermo Solís Rodríguez. Expediente número 17-000859-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 30 de noviembre del 2017.—Msc. Priscila Marín Leiva, Jueza.—
1 vez.—Exonerado.—( IN2017184012 ).
A los causahabientes de quién en vida se llamó Carlos Alberto Fernández Cascante, quien fue mayor, casado, con domicilio en Heredia, cédula de identidad N° 0102480055, se les hace saber que:
Marta Eugenia Mora Fernández, cédula de identidad o documento de identidad N° 0102960374, con domicilio en Heredia, se apersonaron en este Despacho en calidad de cónyuge supersitite de la persona fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Carlos Alberto Fernández Cascante, expediente N° 17-000888-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 30 de octubre del 2017.—Msc. Priscila Marín Leiva, Jueza.—1 vez.—
Exonerado.—( IN2017184014 ).
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL Remates
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 307- 03711-01-0002-001 y plazo de convalidación (rectificación de medida) citas: 2015-331539-01-0004-001; a las diez horas y cero minutos del diez de enero del dos mil dieciocho, y con la base de treinta mil dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número doce mil doscientos cuarenta cero cero cero, la cual es terreno de Solar con 1 casa. Situada: en el distrito 01 Cañas, cantón 06 cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte Pedro Montero; al sur, Audilio Porras; al este, Patrocinio Porras, y al oeste, Francisco Trejos Ugalde y calle pública. Mide: seiscientos cuarenta y siete metros cuadrados. Plano catastrado N° G-1827688-2015. Para el segundo remate, se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de enero del dos mil dieciocho, con la base de veintidós mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las diez horas y cero minutos del nueve de febrero del dos mil dieciocho con la base de siete mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Cañas contra Alfredo Marcial Ramón Guzmán Chaverri. Expediente N° 17-000340-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 24 de octubre del 2017.—Licda. Jenny Corrales Torres, Jueza.—( IN2017183570 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y quince minutos del veintiséis de enero de dos mil dieciocho, y con la base de cuatro millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 169435-000 la cual es naturaleza: lote dos, terreno para construir. Situada en el distrito 4-Lepanto cantón 1- Puntarenas de la provincia de Puntarenas. Linderos: norte, calle pública con diez metros sur, Lauro Morera Barquero; este, Alexander Morera Arauz; oeste, Alexander Morera Arauz. Mide: trescientos treinta y nueve metros con sesenta y siete decímetros cuadrados, plano:
P-1180611-2007. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del doce de febrero de dos mil dieciocho, con la base de tres millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del veintisiete de febrero de dos mil dieciocho con la base de un millón de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Carmen María Alvarado Salas. Exp. N° 15-001576-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz) (Materia Cobro), 23 de octubre del año 2017.—Lic. Luis Alberto Pineda Alvarado, Juez.—( IN2017183572 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del diecinueve de diciembre del dos mil diecisiete, y con la base de trece millones ochocientos ochenta y seis mil ochocientos noventa y cinco colones con cuarenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 377313-000, la cual es terreno para construir con una casa.
Situada: en el distrito 01 Aserrí, cantón 06 Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte lote 49; al sur lote 47; al este, calle pública, y al oeste, Jorge Acosta. Mide: ciento treinta metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del diecisiete de enero del dos mil dieciocho, con la base de diez millones cuatrocientos quince mil ciento setenta y un colones con cincuenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento). Para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del primero de febrero del dos mil dieciocho, con la base de tres millones cuatrocientos setenta y un mil setecientos veintitrés colones con ochenta y seis céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Xiomara Vargas Gutiérrez. Expediente N° 16-010955-1012-CJ.—
Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 20 de octubre del 2017.—Lic. Simón Bogantes Ledezma, Juez.—( IN2017183574 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del dieciocho de diciembre del año dos mil diecisiete, y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 510.823- 000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 13, Peñas Blancas, cantón 02, San Ramón, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al norte, José Alberto Rodríguez Castro; sur, Rafael Ángel Rodríguez Moya; este, calle pública con un frente de diez metros con veintitrés centímetros. Lineales: oeste, Rafael Ángel Rodríguez Moya. Mide: trescientos metros cuadrados. Plano: A-1671535-2013.
Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos
del dieciséis de enero del año dos mil dieciocho, con la base de un millón quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de enero del año dos mil dieciocho con la base de quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de El Lagarto Feliz Sociedad Anónima contra José Alberto Rodríguez Castro. Exp. N° 17-002474-1202- CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 19 de octubre del año 2017.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—( IN2017183576 ).
En la puerta exterior de este Despacho; a las quince horas y cero minutos del veintinueve de enero de dos mil dieciocho, y con la base de doscientos cincuenta y cuatro mil ochocientos sesenta dólares con sesenta y siete centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 289425-000 la cual es terreno con una casa de habitación.
Situada en el distrito San Isidro, cantón Alajuela, de la provincia de.
Colinda: al norte, calle pública; al sur, Municipalidad de Alajuela;
al este, Melson Francisco Paredes Rodríguez y al oeste, lote 19.
Mide: trescientos noventa y cinco metros con cincuenta y cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del trece de febrero de dos mil dieciocho, con la base de ciento noventa y un mil ciento cuarenta y cinco dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veintiocho de febrero de dos mil dieciocho con la base de sesenta y tres mil setecientos quince dólares con diecisiete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de financiera G&T Continental Costa Rica Sociedad Anónima contra Mayra Marlene Zamora Alvarado, Randall Contreras Montiel. Exp. N° 17-008785-1044- CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 26 de octubre del año 2017.—Licda. Maricela Monestel Brenes, Jueza.—( IN2017183645 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y treinta minutos del once de diciembre del dos mil diecisiete, y con la base de veinticuatro mil novecientos cuarenta y tres dólares con noventa centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas: CL-285178, marca: Mitsubishi, estilo: L-200, serie: MMBJYKL30GH011053, año: 2016, color: negro, combustible: diésel, cilindrada: 2477 cc. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y treinta minutos del diecisiete de enero de dos mil dieciocho, con la base de dieciocho mil setecientos siete dólares con noventa y dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y treinta minutos del uno de febrero del dos mil dieciocho, con la base de seis mil doscientos treinta y cinco dólares con noventa y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ejecución Prendaria de Banco Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Héctor Mauricio García Rivera. Expediente N°
16-006171-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de octubre del 2017.—
Msc. María Mora Saprissa, Jueza.—( IN2017183671 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos (una y cuarenta y cinco p.m.) del veintiocho de noviembre de dos mil diecisiete, , y con la base de tres millones ochocientos veintinueve mil doscientos ochenta y tres colones con veinte céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa BJP464 Marca:
Hyundai, Estilo: Accent, Categoría: automóvil, capacidad: 5
personas, carrocería: sedan 4 puertas, tracción: 4X2, año fabricación:
2001, color: azul, N.motor: no legible Marca: Hyundai, cilindrada:
1500 c.c, cilindros: 4, combustible: Gasolina, número serie, chasis y Vin: KMHCG41GP1U253507. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos (una y cuarenta y cinco p.m.) del catorce de diciembre de dos mil diecisiete, con la base de dos millones ochocientos setenta y un mil novecientos sesenta y dos colones con cuarenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos (una y cuarenta y cinco p.m.) del quince de enero de dos mil dos mil dieciocho con la base de novecientos cincuenta y siete mil trescientos veinte colones con ochenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Previo a realizar la publicación del edicto, deberá la parte actora de verificar los datos del mismo, en caso de existir algún error lo comunicará al despacho de inmediato para su corrección. Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Consultora Fecaro S.A contra Manuel Antonio Granados Estrada Exp. 17012718 1044CJ.—
Juzgado Primero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 21 de setiembre del 2017.—Licda. Audrey Abarca Quirós, Juez.—( IN2017183682 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones Ref: 00040913- 000 (citas: 390-02520-01-0807-001), servidumbre de paso (citas: 2010-165837-01-0003-001), servidumbre de paso (citas:
2010-349377-01-0005-001), servidumbre de paso (citas: 2014- 108384-01-0003-001), servidumbre de paso (citas: 2014-309552- 01-0002-001), servidumbre de paso (citas: 2015-02246-01- 0002-001), servidumbre de paso (citas: 2015-122743-01-0002- 001), servidumbre de paso (citas: 2016-20302-01-0002-001), servidumbre de paso (citas: 2016-125289-01-0002-001); a las ocho horas y treinta minutos del cuatro de diciembre de dos mil diecisiete, y con la base de nueve millones setecientos sesenta y seis mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento sesenta mil setecientos cuarenta y cinco cero cero cero la cual es de naturaleza: terreno para la agricultura. Situada en el distrito 3-Pocora, cantón 6-Guácimo, de la provincia de Limón.
Colinda: al norte, calle pública; al sur, Ivannia Francis Mata; al este, servidumbre de paso y al oeste, Ivannia Francis Mata. Mide:
ciento ochenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinte de diciembre de dos mil diecisiete, con la base de siete millones trescientos veinticuatro mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dieciocho de enero de dos mil dieciocho con la base de dos millones cuatrocientos cuarenta y un mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Gladys Victoria Gamboa Agüero, Luis Gerardo Corrales Benavides. Exp. N° 17-006476-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 30 de setiembre del año 2017.—
Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2017183702 ).
En la puerta exterior de este Despacho; pero soportando hipoteca de primer grado; a las nueve horas del uno de diciembre de dos mil diecisiete, y con la base de veinticinco millones doscientos veintiún mil ciento sesenta y cuatro colones con setenta y cuatro
céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 68910-000 la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 06 Guadalupe (Arenilla), cantón 01 Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Ana Lucia Morera Barquero, Pablo, Lucas, Ileana y Gabriela todos Rodríguez Morera; al este, calle pública y al oeste, Ana Lorena Marín Marín. Mide: doscientos noventa y ocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del diecinueve de diciembre de dos mil diecisiete, con la base de dieciocho millones novecientos quince mil ochocientos setenta y tres colones con cincuenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas del diecisiete de enero de dos mil dieciocho con la base de seis millones trescientos cinco mil doscientos noventa y un colones con dieciocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Michael Esteban Tames Sanabria. Exp. N° 17-005605-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 28 de setiembre del año 2017.—Licda.
Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2017183733 ).
A las 10:00 horas del 18 de diciembre del 2017, en la puerta exterior del local que ocupa este Despacho, de la manera que se dirá y con las bases que se indican a continuación, remataré las fincas inscritas en propiedad del partido de Alajuela, folio real matrículas números 398.190-000 y 463.415-001-002-003-004.
Primera: libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando condiciones bajo las citas 0280-00005615-01-0954-002, servidumbre de paso bajo las citas 0513-00013989-01-0001-001, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del banco actor, sea la base de ¢57.000.000,00, la finca número 398.190-000, que es terreno de repastos, agriculturas, con 3 casas de habitación y una construcción dedicada a empacadora, sito en Peñas Blancas de San Ramón, distrito trece del cantón dos de la provincia de Alajuela.
Linda al norte, Isaac Muñoz Quirós; al sur, calle pública con 177 metros 43 centímetros; al este, calle pública con 120 metros 82 centímetros, y al oeste, Antonio Madrigal Montes. Mide: catorce mil trescientos veinticuatro metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados, según plano N° A-0732833-2001. Segunda: Libre de gravámenes hipotecarios comunes y anotaciones, soportando reservas de la ley de aguas y ley de caminos públicos bajo las citas 0312-00002771-01-0080-001, servidumbre de paso bajo las citas 2010-00077543-01-0005-001, y con la base de la hipoteca de primer grado a favor del banco actor, sea la base de ¢8.000.000,00, la finca número 463.415-001-002-003-004, que es terreno para construir, sito en La Fortuna de San Carlos, distrito siete del cantón diez de la provincia de Alajuela. Linda al norte, calle pública, al sur, y al oeste, Inversiones Madrigal Jiménez AJF e Hijos S. A., y al este, servidumbre de paso de 6 metros de ancho, en Centro de Inversiones Madrigal Jiménez AJF e Hijos S. A. Mide: novecientos quince metros con dos decímetros cuadrados, según plano N° A-1217015-2008.
Para el segundo remate, y con la rebaja del 25% de la base original, sea la base de ¢42.750.000,00 para la finca número 398.190-000, y la base de ¢6.000.000,00 para la finca número 463.415-001-002- 003-004, se señalan las: 10:00 horas del 16 de enero del 2018. Para el tercer remate, ahora con la base del 25% de la base original, sea la base de ¢14.250.000,00 para la finca número 398.190-000, y la base de ¢2.000.000,00 para la finca número 463.415-001-002- 003-004, se señalan las: 10:00 horas del 31 de enero del 2018. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Antonio Madrigal Montes. Exp.
N° 12-100716-0297-CI.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Civil), 09 de octubre del año 2017.—Lic. Adolfo Mora Arce, Juez.—( IN2017183735 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Condiciones Ref 00050150-000 citas:
365-12059-01-0905-001, a las siete horas y cinco minutos del quince de febrero de dos mil dieciocho, y con la base de diez millones
setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y nueve mil cuatrocientos setenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito 01 Jacó, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, servidumbre de paso con 8.87 metros en frente; al sur, Francisco Herrera Alfaro; al este, Julia Oporto y al oeste, Francisco Herrera Alfaro. Mide: ciento cincuenta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y cinco minutos del dos de marzo de dos mil dieciocho, con la base de ocho millones sesenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y cinco minutos del diecinueve de marzo de dos mil dieciocho con la base de dos millones seiscientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Costa Rica contra Carlos Manuel Amador Oporta. Exp.
N° 17-000217-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 18 de octubre del 2017.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2017183736 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de diciembre del dos mil diecisiete, y con la base de treinta y un millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 208893-001-002, la cual es terreno para construir con dos locales comerciales, un pequeño apartamento y una casa de habitación. Situada en el distrito 06, Pital, cantón 10, San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Gonzalo Monge Herrera; sur, Fernando Gómez Alfaro; este, Francisco Villalobos;
y oeste, calle pública. Mide: cuatrocientos noventa y tres metros con veinte decímetros cuadrados. Plano: A-0538983-1984. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de enero del dos mil dieciocho, con la base de veintitrés millones quinientos ochenta y siete mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta y uno de enero del dos mil dieciocho con la base de siete millones ochocientos sesenta y dos mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Elías Murillo Pérez. Expediente N° 15-001391-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 17 de octubre del 2017.—Lic. Carlos Soto Madrigal, Juez.—( IN2017183737 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 299- 10295-01-0901-001; a las ocho horas y cero minutos del dieciséis de enero del dos mil dieciocho, y con la base de tres millones trescientos sesenta y seis mil doscientos ochenta y ocho colones con cincuenta y ocho céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número noventa y un mil setecientos noventa y uno cero cero uno, cero cero dos, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito primero Cañas, cantón sexto Cañas, de la provincia de Guanacaste.
Colinda: al norte, Tomas de Los Ángeles Bolívar Solano; al sur, camino público con 20.1 metros de frente; al este, Pedro Castro Secades, y al oeste, Tomas de Los Ángeles Bolívar Solano. Mide:
seiscientos ochenta y seis metros con cuarenta y seis decímetros cuadrados. Plano G-0246333-1995. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del treinta y uno de enero
del dos mil dieciocho, con la base de dos millones quinientos veinticuatro mil setecientos dieciséis colones con cuarenta y cuatro céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del quince de febrero del dos mil dieciocho, con la base de ochocientos cuarenta y un mil quinientos setenta y dos colones con quince céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gustavo Adolfo Briceño González. Expediente N° 17-000925-1205-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Cobro), 24 de octubre del 2017.—Lic. Jorge Zúñiga Jaen, Juez.—( IN2017183739 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones; a las once horas y cero minutos del veinte de diciembre de dos mil diecisiete, y con la base de ocho millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuarenta y un mil quinientos noventa y tres cero cero cero la cual es terreno lote 40 para construir. Situada en el distrito 01 Siquirres, cantón 03 Siquirres, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, lote 39; al sur, calle pública; al este, calle pública y al oeste, lote 36. Mide: doscientos metros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del dieciocho de enero de dos mil dieciocho, con la base de seis millones doscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del dos de febrero de dos mil dieciocho con la base de dos millones setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Xinia Maritza de La Trinidad Barboza Hernández. Exp.
N° 17-000462-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 6 de noviembre del año 2017.—Lic.
Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2017183796 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del dieciocho de enero de dos mil dieciocho, y con la base de cuarenta y nueve millones setecientos cincuenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento dieciocho mil cien cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa.- Situada en el distrito 01 Guápiles, cantón 02 Pococí, de la provincia de Limón. Colinda:
al norte, resto de Isabel Paniagua Solórzano; al sur, servidumbre de paso; al este, calle pública y al oeste, Carlos Luis Paniagua Solórzano.
Mide: trescientos setenta metros con treinta decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del dos de febrero de dos mil dieciocho, con la base de treinta y siete millones trescientos doce mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del diecinueve de febrero de dos mil dieciocho con la base de doce millones cuatrocientos treinta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso
ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Glen Alberto González Arguedas Exp:16-002688-1209-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Pococí (Materia Cobro), 6 de noviembre del 2017.—Lic. Johnny Esquivel Vargas, Juez.—( IN2017183797 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes pero soportando aviso catastral por discrepancias en las medidas con la finca colindante a las ocho horas treinta minutos del quince de diciembre del año dos mil diecisiete, y con la base de doscientos ochenta millones quinientos cincuenta y un mil cuatrocientos treinta y un colones con sesenta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 00045648-000 la cual es terreno de Naturaleza Inculto con 1 casa. Situada en el distrito 01 Heredia, cantón 01 Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, José A.
Herrera, José Quesada y otro; al sur, Arturo Lizano, Adelia Fonseca y otro; al este, Javier Jara y al oeste, calle pública con 13 m 376 mm. Mide: seiscientos tres metros con ochenta y cuatro decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del quince de enero del año dos mil dieciocho, con la base de doscientos diez millones cuatrocientos trece mil quinientos setenta y tres colones con setenta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de enero del año dos mil dieciocho con la base de setenta millones ciento treinta y siete mil ochocientos ochocientos cincuenta y siete colones con noventa céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en Proceso Ordinario Laboral de Juan Carlos Barceló del Toro contra Fábrica de Refrescos y Siropes Distribuidora La Flor S. A.
Exp.: 09-000460-0505-LA.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 6 de noviembre del 2017.—Licda. Ethel Duarte Hernández, Jueza.—
Exonerado.—( IN2017183836 ).
Al ser las quince horas del veintitrés de enero del dos mil dieciocho, en la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, con la base de diez millones quinientos cincuenta y seis mil cuatrocientos treinta y ocho colones y treinta y seis céntimos (¢10.556.438,36), sáquese a remate la finca hipotecada inscrita en Registro Público, Partido de Alajuela, 00434816-000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito Dos Ríos, cantón Upala, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Flor María López Campos; al sur, Ministerio de Educación Pública; al este, Flor María López Campos, y al oeste, con calle pública. Mide: dos mil ciento treinta y seis metros con veinte decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas del siete de febrero del dos mil dieciocho, con la base de siete millones novecientos diecisiete mil trescientos veintiocho colones con setenta y siete céntimos (¢7.917.328,77) (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercer remate, se señalan las quince horas del veintidós de febrero del dos mil dieciocho, con la base de dos millones seiscientos treinta y nueve ciento nueve colones con cincuenta y nueve céntimos (¢2.639.109,59) (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de Banco de Costa Rica contra Nicolás Baltodano Carrillo. Expediente N°
17-000032-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala (Materia Agraria), 1° de noviembre del 2017.—Msc. Silvia Elena Sánchez Aguilar, Jueza.—Exonerado.—( IN2017183838 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las dieciséis horas y cero minutos del doce de diciembre de dos mil diecisiete, con la base de ochocientos cuarenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y dos colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas N° BCB381, marca: Hyundai, estilo: Accent, categoría: Automóvil, capacidad: 5 personas, serie:
KMHCG51BP1U136013, carrocería: Sedan 4 puertas hatchback tracción: 4X2, número chasis: KMHCG51BP1U136013, año fabricación: 2001, color: Plateado vin: KMHCG51BP1U136013, N° motor: Ilegible, modelo: Euro, cilindrada: 1500 c.c cilindros:
4 potencia: 80 KW, combustible: gasolina. Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del diez de enero de dos mil dieciocho, con la base de seiscientos treinta y tres mil cuatrocientos ochenta y un colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veinticinco de enero de dos mil dieciocho con la base de doscientos once mil ciento sesenta colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).
Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Findirect Capital S. A. contra José Daniel Cerdas Lara. Exp. N° 17-007323-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 20 de octubre del 2017.—Licda. Karol Muñoz Barahona, Jueza.—( IN2017183841 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cuarenta minutos del doce de enero de dos mil dieciocho, y con la base de diez mil setecientos treinta y nueve dólares con ochenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placas número 783147. marca Mercedes Benz, estilo C 180 K, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2009, color blanco, Vin WDDGF46X79A223349, cilindrada 1800 cc., combustible gasolina, motor Nº 27195231143860. Para el Segundo remate se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del veintinueve de enero de dos mil dieciocho, con la base de ocho mil cincuenta y cuatro dólares con ochenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la Tercera subasta se señalan las catorce horas y cuarenta minutos del trece de febrero de dos mil dieciocho con la base de dos mil seiscientos ochenta y cuatro dólares con noventa y seis centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Desyfin S. A. contra Ricardo Ignacio Arronis Obando. Exp.: 17-009693-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 18 de setiembre del 2017.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza.—( IN2017183880 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del doce de diciembre de dos mil diecisiete (2:00 p.m. 12/12/2017) y con la base de noventa y tres mil novecientos treinta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 79.014-F-000, la cual es terreno finca filial primaria individualizada número seis apta para construir que se destinara a uso habitacional la cual podrá tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 07 Salitrillos, cantón 06 Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Flor, Ángela y Manuel Chinchilla Barboza; al sur, calle de acceso; al este, Finca Filial Siete y al oeste, Finca Filial Cinco. Mide: ciento veintiocho metros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de enero del dos mil dieciocho (2:00 p.m. 10/01/2018), con la base de setenta mil cuatrocientos cuarenta y siete dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinticinco de enero de dos mil dieciocho (2:00 p.m. 25/01/2018) con la base de veintitrés mil cuatrocientos ochenta y dos dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de
efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada en el presente edicto, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Finarte de Centroamérica S. A. contra 3-101-638413 Sociedad Anónima, Jorge Alonso Jiménez Rodríguez, Saray Lucrecia Salas Chacón.
Exp.: 17-002176-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 20 de octubre del 2017.—Licda. Yanín Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2017183886 ).
PRIMERA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbres trasladadas bajo las citas 173-01761-01-0002-001, 289-02332-01-0901-001 y 379-13405-01-0800-001, servidumbre dominante bajo las citas 381-05470-01-0002-001, servidumbre de paso bajo las citas 402- 08888-01-0004-001 y 424-00429-01-0004-001, y servidumbre de paja de agua bajo las citas 424-00429-01-0007-001;; a las diez horas y cero minutos del trece de diciembre de dos mil diecisiete, y con la base de treinta y un millón de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos ochenta y dos mil trescientos treinta y cuatro cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito Pozos, cantón Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública; al sur, Asociación de Desarrollo Específico Provivienda y Mejoramiento Habitacional de Santa Ana; al este, calle pública, y al oeste, Asociación de Desarrollo Específico Provivienda y Mejoramiento Habitacional de Santa Ana. Mide: Ciento veinte metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del dieciocho de enero de dos mil dieciocho, con la base veintitrés millones doscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del cinco de febrero de dos mil dieciocho con la base de siete millones setecientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de July Melissa Arias Cedeño contra Claudia Andrea Pérez Hincapié. Exp. N°
16-003037-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 1° de junio del 2017.—Lic. Tadeo Solano Alfaro, Juez.—( IN2017183904 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando dos servidumbres trasladadas, servidumbre de acueducto, servidumbre de aguas pluviales y servidumbre de líneas eléctricas y de paso; a las ocho horas y treinta minutos del seis de marzo del año dos mil dieciocho y con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos noventa y ocho mil nueve- cero cero cero, la cual es terreno de jardín con una casa. Situada en el distrito 1 Sarchí, cantón 12 Valverde Vega, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Víctor Manuel Barrantes Segura;
al sur, Antonio Zamora Santamaría, paja de agua en medio Luis Ángel Barrantes Segura; al este, servidumbre de paso con 23,51 metros lineales en medio Luis Ángel Barrantes Segura, y al oeste, Enrique Esquivel Salazar, Antonio Zamora Santamaría. Mide:
Cuatrocientos treinta y siete metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de marzo del año dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones ciento veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del trece de abril del año dos mil dieciocho con la base de un millón trescientos setenta y cinco mil colones
exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Víctor Manuel Del Socorro Barrantes Segura. Exp.
N° 17-001229-1203-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Cobro), 18 de octubre del 2017.—Licda. María Auxiliadora Cruz Cruz, Jueza.—( IN2017183927 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 435-08404-01-0148-001;; a las trece horas y treinta minutos del quince de enero de dos mil dieciocho, y con la base de veintiocho millones ochocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento ochenta y dos mil trescientos cincuenta y cinco cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 1 Parrita, cantón 9 Parrita, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Leonel Piedra González;
al sur, calle publica con un frente a ella de 22 punto cero uno metros lineales; al este, Fernando Chavarría Marín, y al oeste, Leonel Piedra González. Mide: Mil novecientos cuarenta metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del treinta de enero de dos mil dieciocho, con la base de veintiún millones seiscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del catorce de febrero de dos mil dieciocho con la base de siete millones doscientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Andry Zapata Calderón. Exp. N° 16- 001859-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 7 de setiembre del 2017.—Lic. Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2017183928 ).
En la puerta exterior de este Despacho; soportando reservas Ley de Aguas: 406-19980-01-0080-001 y reservas Ley de Caminos: 406-19980-01-0081-001; a las trece horas y quince minutos del doce de abril de dos mil dieciocho y con la base de ochenta millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ochenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y cuatro cero cero cero, la cual es terreno lote 64 terreno para agricultura. Situada en el distrito Tárcoles, cantón Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública;
al sur, lote 66; al este, parcela 63 y al oeste, parcela 65. Mide:
Ochenta y cuatro mil novecientos veintiocho metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y quince minutos del veintisiete de abril de dos mil dieciocho, con la base de sesenta millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las trece horas y quince minutos del catorce de mayo de dos mil dieciocho con la base de veinte millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Didier Guadalupe Rubí Arias, Inversiones Dicarfa de Orotina Sociedad Anónima.
Exp. N° 17-002325-1207-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Puntarenas, 17 de octubre del 2017.—Lic.
Alejandro Brenes Cubero, Juez.—( IN2017183962 ).