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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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AÑO CXX La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 24 de febrero del 2014 Nº 38 — 20 Páginas

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

CIRCULAR Nº 6-2014 Para: Todas las Autoridades Judiciales, Instituciones, Abogados y Público en General. De: Alfredo Jones León, Director Ejecutivo.

Asunto: Tabla de honorarios de Peritos, Ejecutores, honorarios para peritos en Trabajo Social y Psicología, honorarios para peritos Actuarios Matemáticos y traductores en idiomas, Servicios Médicos Forenses y Especialidades Médicas, tarifas de los Médicos por Honorarios.

Fecha: 21 de enero de 2014.

El Consejo Superior en sesión celebrada el 3 de setiembre de 2009, artículo LIII dispuso que la Dirección Ejecutiva proceda actualizar anualmente las diferentes tablas de honorarios. Por lo anterior, a partir del 1° de enero del 2014, regirá la siguiente tabla de honorarios de Peritos Ejecutores, Servicios Médicos Forenses y Especialidades Médicas, tarifas de los Médicos por Honorarios, honorarios para peritos en Trabajo Social y Psicología y los honorarios para peritos

Actuarios Matemáticos y traductores en idiomas:

I.—Actualización de la Tabla de Honorarios de Peritos

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

VARGAS

ESPINOZA

(FIRMA)

serialNumber=CPF-02-0255-0227, sn=VARGAS ESPINOZA, givenName=JORGE LUIS, c=CR, o=PERSONA FISICA, ou=CIUDADANO, cn=JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Fecha: 2014.02.21 17:36:15 -06'00'

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II.—Actualización de la Tabla de Honorarios para Ejecutores

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IV.—Honorarios para peritos Actuarios Matemáticos y Traductores de Idiomas

V.—Honorarios por Servicios Médicos Forenses y Especialidades Médicas y las Tarifas de Médicos por Honorarios a) Actualización de Tabla de Honorarios por Servicios Médicos Forenses y Especialidades Médicas:

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b) Actualización de Tarifas de Médicos por Honorarios:

San José, 21 de enero del 2014.

Alfredo Jones León,

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del uno de noviembre de dos mil trece, en que se otorgó plazo para formalizarla correspondiente Acción de Inconstitucionalidad contra la normativa impugnada. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción, para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso solo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. Gilbert Armijo Sancho, Presidente a. í.

San José, 23 de enero del 2014.

Gerardo Madriz Piedra

(IN2014008301) Secretario

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 13-015303-0007-CO que promueve Asociación Costarricense de la Judicatura, se ha dictado la resolución que literalmente dice: «Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las nueve horas y treinta y seis minutos del veintitrés de enero del dos mil catorce. Se da curso a la acción de inconstitucionalidad promovida por la Asociación Costarricense de la Judicatura, representada por su apoderado especial judicial Jonatan Picado León, para que se declare inconstitucional el inciso g) del artículo 2o. de la Ley de Protección al Trabajador, número 7983 de 16 de febrero del 2000, por estimarlo contrario a los artículos 167 y 177 de la Constitución Política. Se confiere audiencia por quince días a la Corte Suprema de Justicia, la Procuraduría General de la República, la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUPEN) y al Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF). La norma se impugna en cuanto fue aprobada sin consulta a la Corte Suprema de Justicia y, en el evento de que se considerase consultada lo fue de un proyecto que no incluía esa norma, el cual, la Corte contestó negativamente a la Asamblea Legislativa por causa de la afectación económica del Fondo de Jubilaciones y Pensiones de los servidores y servidoras judiciales, por afectar el principio de división de poderes y el presupuesto constitucionalmente dado al Poder Judicial; a lo anterior, se añade que la Asamblea no hizo votación especial para apartarse del criterio de la Corte Suprema; además, se reclama que por vía legal se estableció la supervisión por órganos del Poder Ejecutivo, de creación legal, sobre el Poder Judicial, de rango constitucional, y se distraen fondos de ese Poder y del Fondo de Pensiones para contribuir a los gastos de la SUPEN. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación a la accionante proviene del párrafo segundo del artículo 75 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional y la jurisprudencia de esta Sala (ver sentencia 2010001625 de 9:30 horas de 27 de enero de 2010). Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción,

SALA CONSTITUCIONAL TERCERA PUBLICACIÓN

ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA HACE SABER:

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 13-013955-0007-CO que promueve Flor de María Zamora Vargas y otro, se ha dictado la resolución que literalmente dice: Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las quince horas y treinta y seis minutos del veintiuno de enero del dos mil catorce. Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Flor de María Zamora Vargas, cédula de identidad número 104760581, y Leda Montoya Jiménez, cédula de identidad número 106580134, para que se declaren inconstitucionales los artículos 4 y 26 del Reglamento para la autorización, reconocimiento y compensación del tiempo extraordinario en la Dirección General de Migración y Extranjería, Decreto Ejecutivo Nº 33791-G del 22 de marzo de 2007, por estimarlos contrario a los artículos 56, 57 y 58 de la Constitución Política y a los principios constitucionales de reserva de ley y de legalidad. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República, al Ministro de Gobernación y Policía y al Ministro de la Presidencia. Las normas se impugnan en cuanto prevén la compensación en tiempo, por el trabajo laborado en jornada extraordinaria, en lugar de la remuneración económica impuesta por el artículo 58 de la Constitución Política, que establece, expresamente, que el trabajo en horas extraordinarias deberá ser remunerado con un cincuenta por ciento más de los sueldos o salarios estipulados. Indican que el artículo 4 del Reglamento para la autorización, reconocimiento y compensación del tiempo extraordinario en la Dirección General de Migración y Extranjería prevé que si no fuera posible realizar el pago en dinero por el trabajo laborado en jornada extraordinaria, entonces ésta podrá compensarse en tiempo, y el artículo 26 de ese mismo cuerpo normativo impone la obligación del jefe inmediato de establecer los mecanismos necesarios para efectuar tal compensación. Señalan que, con sustento en tales disposiciones normativas, de rango reglamentario, la Dirección General de Migración y Extranjería ha venido denegado el pago de la correspondiente contra prestación en dinero por el trabajo realizado en jornada extraordinaria, y, en su lugar, se ha pretendido imponer o forzar la compensación en tiempo, pese que ni el artículo 58 de la Constitución Política, ni el Código de Trabajo o alguna otra norma de rango legal, prevén tal posibilidad. Lo que afecta, negativamente, su salario mensual, salario escolar y aguinaldo, e infringe su derecho a recibir un salario justo y equitativo como contraprestación a su trabajo efectivo. Señalan que en la acción de inconstitucionalidad que se tramitó en expediente 11-008931-0007-CO y en la que se declaró la inconstitucionalidad el artículo 30 de ese mismo reglamento que excluía del pago en dinero por concepto de jornada extraordinaria, a los servidores que percibieran un porcentaje de su salario por disponibilidad-, esta Sala ya se pronunció y reconoció el derecho fundamental de los funcionarios de la Policía Profesional de Migración a recibir un salario como contraprestación laboral por el tiempo efectivo de trabajo, respecto del tiempo extraordinario que se trabaje después de concluida su jornada ordinaria de 12 horas. También se indicó que en esta materia operaba el principio de reserva de ley. Sin embargo, con la normativa que se impugna en esta acción se pretende restringir o limitar el disfrute de tal derecho fundamental, mediante una norma de rango reglamentario, con lo que se infringen los artículos 56, 57 y 58 de la Constitución Política, así como los principios constitucionales de reserva de ley y de legalidad. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación a las accionantes proviene del recurso amparo que se tramita en expediente número 13-011396-0007-CO, en el cual se emitió resolución número 2013014521 de las nueve horas cinco minutos

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ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas treinta minutos del nueve de abril de dos mil catorce y con la base de siete millones quinientos noventa y ocho mil cuatrocientos cincuenta y tres colones con treinta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número treinta y un mil novecientos ochenta y tres cero cero cero la cual es terreno de repastos. Situada en el distrito 05 Paquera, cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Daniel Robinson Baruch; al sur, calle pública; al este, calle pública y al oeste, Plaza Coronado Realty Company Sociedad Anónima. Mide: doce mil ochocientos noventa y nueve metros con veinticuatro decímetros cuadrados plano P-0329060-1978. Para el Segundo remate se señalan las ocho horas treinta minutos del seis de mayo de dos mil catorce, con la base de cinco millones seiscientos noventa y ocho mil ochocientos treinta y nueve colones con noventa y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas treinta minutos del veintitrés de mayo de dos mil catorce con la base de un millón ochocientos noventa y nueve mil seiscientos trece colones con treinta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Building For Rent Sociedad Anónima contra Christian José Campos Vega. Exp.: 13-006964-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro

Primer Circuito Judicial de San José, 15 de enero del 2014.—

Licda. Melania Jiménez Vargas, Jueza.—(IN2014009271).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisión número de sumaria 12-601073-0500-TC del Juzgado de Tránsito de Pavas; a las ocho horas y treinta minutos del uno de abril de dos mil catorce y con la base de trece mil ochocientos setenta y dos dólares con treinta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo marca Nissan estilo Pathfinder LE, categoría automóvil, capacidad cinco personas, carrocería station wagon o familiar, tracción 4x4, año dos mil seis, color verde, chasis VSKJVWR51Z0043249, número de motor YD25641868A, combustible diesel, cilindrada 2.488 centímetros cúbicos, placas seiscientos treinta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y seis. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de abril de dos mil catorce, con la base de diez mil cuatrocientos cuatro dólares con veintinueve centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del doce de mayo de dos mil catorce con la base de tres mil cuatrocientos sesenta y ocho dólares con nueve centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Andrés Navarrete Rodríguez. Exp.: 12-013828-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro

Primer Circuito Judicial de San José, 09 de enero del 2014.—

Licda. Yesenia Zúñiga Ugarte, Jueza.—(IN2014009822).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando medianería bajo las citas 320-3801-01-0925-001 y plazo de convalidación (rectificación de medida) bajo las citas 494-12567-02-0003-001; a las catorce horas y quince minutos del veinticuatro de abril de dos mil catorce, y con la base de diez millones cuatrocientos veinticinco mil veinte colones con para que en los procesos o procedimientos en que se discuta la

aplicación de lo cuestionado, no se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Este aviso sólo afecta los procesos judiciales pendientes en los cuales se discuta la aplicación de lo impugnado y se advierte que lo único que no puede hacerse en dichos procesos, es dictar sentencia o bien, el acto en que haya de aplicarse lo cuestionado en el sentido en que lo ha sido. Igualmente, lo único que la acción suspende en vía administrativa es el dictado de la resolución final en los procedimientos tendentes a agotar esa vía, que son los que se inician con y a partir del recurso de alzada o de reposición interpuestos contra el acto final, salvo, claro está, que se trate de normas que deben aplicarse durante la tramitación, en cuyo caso la suspensión opera inmediatamente D. entro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. Gilbert Armijo Sancho, Presidente a. í.

San José, 24 de enero del 2014.

Gerardo Madriz Piedra

(IN2014008305) Secretario

TRIBUNALES DE TRABAJO

Remates

PRIMERA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas del once de marzo del dos mil catorce (primer remate), y con la base que se indica, en el mejor postor remataré lo siguiente: computadora marca Compaq, modelo CO10154, serie 948BE64MG132, y computadora portátil marca Compaq serie CRVSA02PI-75, no se pudo verificar el estado de las mismas por no estar en uso, cada una con una base de ¢50.000,00; tres sillas metálicas, color negro, forradas en vinil, y cinco sillas metálicas forradas en tela, en regular estado, con una base cada una de ¢10.000,00; escritorio de madera color negro, de 1.20 metro de alto y 1.50 metro de largo, de dos gavetas, con una base de ¢75.000,00; fax marca Panasonic modelo KXFT21, serie IHAFA566787 con una base de ¢50.000,00; archivador metálico en color beige, de dos gavetas con base de ¢15.000,00; archivador de madera color caoba, de dos gavetas, en regular estado, con base de ¢15.000,00; mesa forrada en melamina, color café, estilo semi triangular, en buen estado, para seis puestos con una base de ¢25.000,00; librero en melamina, color negro, de cuatro compartimientos, en buen estado con una base de ¢25.000,00; Minicomponente marca RCA, modelo RS2025, con capacidad para tres discos compactos con una base de ¢50.000,00. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del quince de abril del dos mil catorce, con la base rebajada en un veinticinco por ciento y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del treinta de abril del dos mil catorce con la base de un veinticinco por ciento de la base inicial. Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso comisión de Jessenia Córdoba Obregón contra Soluciones Prácticas de Mercadeo S. A. Exp. 03-000128-0418-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial

de San José (Oral-Electrónico), 13 de enero del 2014.—M.Sc.

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centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta cinco minutos del doce de mayo de dos mil catorce con la base de mil doscientos noventa y un dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Merlin Dunkley Patterson en expediente N° 13-020054-1170-CJ.—

Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 13 de enero del 2014.—Lic. Minor Antonio

Jiménez Vargas, Juez.—(IN2014009836).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 0402-00000355-01-0827-001; a las nueve horas y cero minutos del veintinueve de abril de dos mil catorce, y con la base de cuarenta y nueve mil doscientos cuarenta y dos dólares con ochenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 79883-000 la cual es terreno para construir lote 15. Situada en el distrito 01 Jacó, cantón 11 Garabito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, suroeste, calle pública con 12 m; al sur, noroeste, lote 14 con 20.20 m; al este, noreste, L-13 con 8 m y L-17 con 4m y al oeste, sureste L-13 con 18,82 m. Mide: doscientos treinta y tres metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del catorce de mayo de dos mil catorce, con la base de treinta y seis mil novecientos treinta y dos dólares con trece centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintinueve de mayo de dos mil catorce con la base de doce mil trescientos diez dólares con setenta y un centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Marc Joseph Montaldi. Exp: 13-013604-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer Circuito

Judicial de San José, 10 de enero del 2014.—Lic. María Mora

Saprissa, Jueza.—(IN2014009842).

En la puerta exterior de este Despacho, soportando gravámenes de reservas y restricciones; servidumbre de acueducto, servidumbres de líneas eléctricas y de paso, servidumbre de vista, servidumbre ecológica y limitaciones, servidumbre de paso, a las nueve horas treinta minutos del veintiuno de abril de dos mil catorce y con la base de veintidós millones dos mil cuatrocientos veinte colones sin céntimos (¢22.002.420), en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y tres mil quinientos ochenta y dos - cero cero cero (00143582-000), la cual es terreno de naturaleza: Terreno de potrero. Situada en el distrito Sardinal, cantón Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Hacienda El Porvenir S. A. y lote 11 con servidumbre de paso; al sur, lote 37, este, lote 40 con servidumbre en medio y oeste, Sounds of the Jungle S. A. Mide: siete mil trescientos treinta y cuatro metros con catorce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas treinta minutos del cinco de mayo de dos mil catorce, con la base de dieciséis millones quinientos un mil ochocientos quince colones sin céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento de la base) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas treinta minutos del diecinueve de mayo de dos mil catorce con la base de cinco millones quinientos mil seiscientos cinco colones sin céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso hipotecario de Municipalidad de Carrillo contra Villa Sea Lion PGCC LC Once S. A. Exp.: 11-100118-0401-CI.—Juzgado

Civil de Menor Cuantía de Carrillo, 5 de febrero del 2014.—Lic.

Amadita Barrantes Delgado, Jueza.— (IN2014009904).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando condiciones referencias IDA-ley 2825 citas 379-10062-01-0966-001; a las ocho horas y treinta minutos del seis de mayo de dos mil catorce, y con la base de seis millones cuatrocientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido ochenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:

Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número veinte mil setecientos noventa y cinco cero cero cero la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito uno Limón, cantón uno Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, alameda; al sur, lote 334; al este lote 385 A y al oeste, alameda Tintorera. Mide: doscientos catorce metros con un decímetro cuadrado, según plano catastrado número L-0370579-1979. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del doce de mayo del dos mil catorce, con la base de siete millones ochocientos dieciocho mil setecientos sesenta y cinco colones con sesenta y seis céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de noviembre del dos mil trece con la base de dos millones seiscientos seis mil doscientos cincuenta y cinco colones con veintitrés céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica S. A., contra Francisco Otto Edwards Walter. Exp.: 13-011306-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro

Primer Circuito Judicial de San José, 13 de enero del 2014.—Lic.

Carlos Manuel Contreras Reyes, Juez.—(IN2014009827).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y treinta minutos del catorce de marzo del año dos mil catorce y con la base de veintidós millones cincuenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento veintinueve mil setecientos setenta y uno cero cero cero la cual es terreno naturaleza: terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Cañas, cantón 06 Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Carlos Manuel Wong Li; al sur, Carlos Manuel Wong Li; al este, Carlos Manuel Wong Li y al oeste, calle pública. Mide: doscientos dos metros con veinte decímetros cuadrados. Plano: G-0804572-2002. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del treinta y uno de marzo del año dos mil catorce, con la base de dieciséis millones quinientos cuarenta y un mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintitrés de abril del año dos mil catorce con la base de cinco millones quinientos trece mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Municipalidad de Cañas contra Wilberth Bolívar Barahona. Exp.: 13-000548-1205-CJ.—Juzgado

de Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 03 de diciembre del 2013.—Lic.

Franz Loney Castro Solís, Juez.—(IN2014009835).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones así como condiciones por ley N° 5064; a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del uno de abril de dos mil catorce, y con la base de cinco mil ciento sesenta y seis dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Limón, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 59988-000 la cual es terreno para vivienda lote 360 454. Situada en el distrito 04 Matama, cantón 01 Limón, de la provincia de Limón. Colinda: al norte, Elizabeth Marleny Miller Miller; al sur, José Hidalgo; al este, Sabas Armando Pomares y al oeste, calle pública. Mide: ciento sesenta y siete metros con ochenta decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas cuarenta y cinco minutos del veinticuatro de abril del dos mil catorce, con la base de tres mil ochocientos setenta y cuatro dólares con cincuenta

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por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza de Pérez Zeledón contra Adrián Mora Fernández, María de los Ángeles Mora Solano, Martín Mora Fernández. Exp.: 13-009287-1164-CJ.—Juzgado Especializado de

Cobro Judicial de Cartago, 07 de febrero del 2014.—Licda. Marcela

Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014009913).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, pero soportando infracción boleta 1074187, sumaria 11-601388-491-TC del Juzgado de Tránsito de Desamparados; a las once horas y quince minutos del once de marzo de dos mil catorce, y con la base de dos millones setenta y ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: placa 874927, Hyundai Accent, capacidad 5 personas, sedán 4 puertas, año 1997, color blanco, motor 1500, 04 cilindros, gasolina. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del veintiséis de marzo de dos mil catorce, con la base de un millón quinientos cincuenta y ocho mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del diez de abril de dos mil catorce con la base de quinientos diecinueve mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A., contra Luis Fernando Segura Ortega. Exp.: 13-001685-1170-CJ.—Juzgado

Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 09 de enero del 2014.—Lic. Minor Antonio Jiménez

Vargas, Juez.—(IN2014009943).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 324-03453-01-0901-001; a las siete horas y treinta minutos del siete de marzo del año dos mil catorce, y con la base de quinientos cincuenta y dos mil doscientos cincuenta y cinco colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número cuarenta y tres mil cuatrocientos setenta - cero cero cuatro la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, Ana Cristina Torres Villegas; al sur, avenida 15; al este, María Cecilia Eras Chavarría y al oeste, Iglesia de Dios Vivo Columna y Apoyo de La Verdad La Cruz del Mundo. Mide: ochocientos ochenta y seis metros con cincuenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las siete horas y treinta minutos del veinticuatro de marzo del año dos mil catorce, con la base de cuatrocientos catorce mil ciento noventa y un colones con ochenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las siete horas y treinta minutos del ocho de abril del año dos mil catorce con la base de ciento treinta y ocho mil sesenta y tres colones con noventa y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Banco Nacional de Costa Rica contra María Cecilia Montero Eras. Exp.: 09-000327-0944-CI.—Juzgado de

Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 05 de diciembre del 2013.—Lic. Allan

Montero Valerio, Juez.—(IN2014009997).

En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas: 0391-00014111-01-0907-001; a las diez horas y cero minutos del siete de marzo del año dos mil catorce, y con la base de treinta y seis millones novecientos cincuenta y cuatro mil ochocientos treinta y un colones con treinta y tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y siete mil veintiocho cero cero cero la cual es terreno para construir lote 8. Situada en el distrito 01 Liberia, cantón 01 Liberia, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 19,53 metros; al sur, calle pública con 19,53 metros; al este, Gualberto Ugarte Leiva de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real,

matrícula número setenta y dos mil cuatrocientos ochenta cero cero cero la cual es terreno agric-ctr poblac - sector 3-lote 156. Situada en el distrito 02 Jiménez, cantón 07-Golfito, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, Emilio Murillo; al sur, calle pública; al este, Elizabeth Castro y al oeste, Emilio Murillo. Mide: ochocientos metros cuadrados. Plano: P-0811939-1989. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veintiuno de mayo de dos mil catorce, con la base de cuatro millones ochocientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del cinco de junio de dos mil catorce con la base de un millón seiscientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Cooperativa de Ahorro y Crédito Alianza de Pérez Zeledón contra Christian Eduardo Montenegro Chacón. Exp.: 13-000763-1201-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional

de Golfito, 20 de diciembre del 2013.—Licda. Natalia Ramírez

Anderson, Jueza.—(IN2014009911).

En la puerta exterior de este Despacho, 1) soportando plazo de convalidación (Ley de Informaciones Posesorias) bajo las citas tomo 2012 asiento 58558, reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos bajo las citas tomo 2012 asiento 58558; a las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil catorce, y con la base de trece millones setecientos cuarenta y seis mil quinientos veintisiete colones con setenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos treinta y siete mil ochocientos sesenta y uno cero cero cero la cual es terreno agricultura y café. Situada en el distrito (04) Cachí, cantón (02) Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Hugo Solano Sánchez y Teodoro Solano Sánchez, ambos en parte; al sur, Francisco Loría Solano, Miguel Loría Solano ambos en parte; al este, Miguel Loría Solano y al oeste, Fernando Solano González. Mide: doce mil doscientos doce metros con sesenta y seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del ocho de abril de dos mil catorce, con la base de diez millones trescientos nueve mil ochocientos noventa y cinco colones con ochenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de mayo de dos mil catorce con la base de tres millones cuatrocientos treinta y seis mil seiscientos treinta y un colones con noventa y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). 2) soportando reservas y restricciones bajo las citas tomo 406 asiento 18433; a las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de marzo de dos mil catorce, y con la base de trece millones ochocientos siete mil ochocientos doce colones con sesenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cuarenta y un mil cuarenta y cuatro-cero cero uno y cero cero dos la cual es terreno con patio y una casa. Situada en el distrito (04) Cachí, cantón (02) Paraíso, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Antonio Solano Fernández; al sur, Antonio Solano Fernández; al este, Antonio Solano Fernández y al oeste, calle pública con 18 metros con sesenta y tres céntimos. Mide: doscientos treinta y un metros con noventa decímetros cuadrados. Para el Segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del ocho de abril de dos mil catorce, con la base de diez millones trescientos cincuenta y cinco mil ochocientos cincuenta y nueve colones con cincuenta y dos céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del dos de mayo de dos mil catorce con la base de tres millones cuatrocientos cincuenta y un mil novecientos cincuenta y tres colones con diecisiete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata

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a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Odili Cruz Calderón. Exp. N° 13-001840-1206-CJ.—

Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, 7 de noviembre del 2013.—Lic. Luis Alberto Pineda

Alvarado, Juez.—(IN2014010011).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de acueducto y de paso de A y A; a las ocho horas y treinta minutos del diez de marzo de dos mil catorce, y con la base de dieciséis millones trescientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° F0006583-000 la cual es terreno apartamento 2 D. Situada en el distrito 05 Zapote, cantón 01 San José, de la provincia de San José. Colinda: al norte, áreas comunes; al sur, calle pública; al este, apartamento 2-C, y al oeste, áreas comunes. Mide: Setenta y tres metros con veinte decímetros cuadrados, según el plano catastrado SJ-cero ocho seis seis siete seis ocho- dos mil trece. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticinco de marzo de dos mil catorce, con la base de doce millones doscientos veinticinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del nueve de abril de dos mil catorce con la base de cuatro millones setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Elenar Sociedad Anónima contra Ana Griselda Francisco González. Exp. N° 12-015752-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro

Judicial de Cartago, 31 de octubre del 2013.—Lic. Gabriela Mora

Vargas, Jueza.—(IN2014010021).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y cero minutos del quince de mayo del año dos mil catorce, y con la base de seiscientos treinta mil doscientos setenta y un colones con setenta céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo: Placa: BBS-141, marca: Hyundai, modelo: Accent, año: 199, color: Plateado, carrocería: Sedán 4 puertas. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del treinta de mayo del año dos mil catorce, con la base de cuatrocientos setenta y dos mil setecientos tres colones con setenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de junio del año dos mil catorce con la base de ciento cincuenta y siete mil quinientos sesenta y siete colones con noventa y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Eduardo Herrera Madrigal contra Alexandra James Stewart, Thelma Flor Gómez Mora. Exp. N° 14-000010-1208-CJ.—Juzgado de

Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 24 de enero del 2014.—Lic. Francis Porras

León, Juez.—(IN2014010023).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de paso; y con la base de cuatro millones setecientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: 1) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 216667-000 la cual es terreno lote 2 terreno para construir. Situada en el distrito 03 Capellades, cantón 06 Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 1; al sur, José Miguel Garita Gómez; al este, José Miguel Garita Gómez, y al oeste, servidumbre de paso con 19 metros 55 centímetros de frente. Mide: doscientos treinta y cinco metros cuadrados. Para el y al oeste, calle pública con 26,09 metros. Mide: quinientos siete

metros con setenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: G-0969171-1991. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinticuatro de marzo del año dos mil catorce, con la base de veintisiete millones setecientos dieciséis mil ciento veintitrés colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del ocho de abril del año dos mil catorce con la base de nueve millones doscientos treinta y ocho mil setecientos siete colones con ochenta y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Manuel Vindas Bustos, Seidy Guzmán Villegas. Exp.: 13-002362-1205-CJ.—Juzgado de

Cobro, Menor Cuantía y Tránsito del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, Liberia, 11 de noviembre del 2013.—Lic. Allan

Montero Valerio, Juez.—(IN2014010026).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones, servidumbre sirviente y servidumbre de paso; a las ocho horas y cero minutos del veintiséis de marzo de dos mil catorce, y con la base de diecinueve millones seiscientos cuarenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento treinta y un mil ciento ochenta y dos cero cero cero la cual es terreno para construir, situada en el distrito: 05 Curubandé, cantón: 01 Liberia de la provincia de Guanacaste. Linderos: norte, Carretera Interamericana con un frente de 90,53 metros; sur, Wendy Tayler Clarke; este, Wendy Tayler Clarke, oeste, Evaristo Loáiciga Delgado. Mide: Cinco mil treinta y un metros con cuarenta decímetros cuadrados, plano: G-0776626-2002. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del diez de abril de dos mil catorce, con la base de catorce millones setecientos treinta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y cero minutos del seis de mayo de dos mil catorce con la base de cuatro millones novecientos diez mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra Lenin Gerardo García Guido, Wendy Tayler Clarke. Exp. N° 13-001233-1206-CJ.—Juzgado de Cobro y Tránsito del Segundo Circuito

Judicial de Guanacaste, 6 de setiembre del 2013.—Lic. Claudio

José Morera Salas, Juez.—(IN2014010007).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando Reservas Ley Aguas y Reservas Ley Caminos; a las quince horas y cero minutos del ocho de abril de dos mil catorce, y con la base de treinta millones colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número ciento cincuenta y ocho mil doscientos veintiocho-cero cero cero la cual es terreno de potrero. Situada en el distrito 01 Cañas, cantón Cañas, de la provincia de Guanacaste. Colinda: norte, Víctor Chan; sur, resto reservado de Pedro Fernández Martínez; este, Carretera Interamericana, y oeste, Guillermo Corella Achio. Mide: Cinco mil metros cuadrados, plano: G-1142333-2007. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del dos de mayo de dos mil catorce, con la base de veintidós millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del diecinueve de mayo de dos mil catorce con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado

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filial cuatro; al sur, servidumbre existentes; al este, Francisco Pérez y Alymansa S. A., y al oeste, zona común de acceso de vehículos y peatones. Mide: Doscientos veintiún metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del veintiocho de marzo del año dos mil catorce, con la base de setenta y siete millones cuatrocientos cincuenta y siete mil trescientos seis colones con cincuenta y siete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del veintidós de abril del año dos mil catorce con la base de veinticinco millones ochocientos diecinueve mil ciento dos colones con diecinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Coci Closet Ibérica S. A. Exp. N° 11-018697-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito

Judicial de San José, 15 de enero del 2014.—Lic. Yanin Torrentes

Ávila, Jueza.—(IN2014010047).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas y restricciones citas 335-18421-01-0002-001; a las diez horas y treinta minutos del ocho de abril de dos mil catorce, y con la base de sesenta y cuatro mil seiscientos diez dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 49448-001 y 002 la cual es terreno de pastos. Situada en el distrito 04 Belén, cantón 05 Carrillo, de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte, calle pública con 91 m 5 cm frente; al sur, Carretera Interamericana 83 m 32 cm; al este, Eufrosinia Méndez Méndez, y al oeste, calle pública frente de 2 m 63 cm. Mide: Mil trescientos veinte metros con trece decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del veinticuatro de abril de dos mil catorce, con la base de cuarenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y siete dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del nueve de mayo de dos mil catorce con la base de dieciséis mil ciento cincuenta y dos dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Yohna I. Y. N S. A. contra Carolina López Ruiz, Darío Rodríguez Ruiz. Exp. N° 13-013213-1044-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Primer

Circuito Judicial de San José, 9 de enero del 2014.—Lic. María

Mora Saprissa, Jueza.—(IN2014010099).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada; a las catorce horas y treinta minutos del veintiocho de marzo de dos mil catorce, y con la base de veintidós millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 501736-000 la cual es terreno lote 39, terreno de solar. Situada en el Distrito 02 San Miguel, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Pinares de Jericó M B C Sociedad Anónima; al sur, Pinares de Jericó M B C Sociedad Anónima; al este, Temporalidades de la Arquidiócesis de San José, y al oeste, calle pública con 18 metros. Mide: Mil ciento setenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de abril de dos mil catorce, con la base de dieciséis millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del siete de mayo de dos mil catorce con la base de cinco millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo contra Mary Johana Ruidias Quevedo. Exp. N° 13-010861-1164-CJ.—Juzgado Especializado de

Cobro Judicial de Cartago, 21 de enero del 2014.—Lic. Marcela

Brenes Piedra, Jueza.—(IN2014010108). segundo remate con la base de tres millones quinientos veinticinco

mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta con la base de un millón ciento setenta y cinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Asimismo, con la base de ocho millones ochocientos cuarenta y un mil seiscientos doce colones con veintiocho céntimos, libre de gravámenes hipotecarios en el mejor postor remataré lo siguiente: 2) Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago , Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 115142-000 la cual es terreno para construir con una casa. Situada en el distrito 03 Capellades, cantón 06 Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al noreste, Carlos Cisneros Cedeño; al noroeste, Cecilia Jiménez; al sureste, Juan Miranda, y al suroeste, calle pública con 16 metros de frente. Mide: doscientos sesenta y cuatro metros con cinco decímetros cuadrados. Para el segundo remate con la base de seis millones seiscientos treinta y un mil doscientos nueve colones con veintiún céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta con la base de dos millones doscientos diez mil cuatrocientos tres colones con siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Para tales efectos se señalan las dieciséis horas y cero minutos (4:00 p. m.) del siete de mayo del año dos mil catorce (primer señalamiento), para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos (4:00 p. m.) del veintidós de mayo del año dos mil catorce y para el tercer señalamiento se señalan las dieciséis horas y cero minutos (4:00 p. m.) del seis de junio del año dos mil catorce. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Leonardo Manuel Aguilar Jiménez. Exp. N° 11-009711-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial

de Cartago, 16 de diciembre del 2013.—Lic. Tatiana Meléndez

Herrera, Jueza.—(IN2014010031).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 303, asiento 15978-01-0901-001; a las once horas y cero minutos del trece de marzo del año dos mil catorce, y con la base de cuarenta y un mil seiscientos ochenta y seis unidades de desarrollo, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos cuarenta y cuatro mil trescientos cincuenta y siete cero cero cero la cual es terreno de forma irregular construido con una casa. Situada en el distrito 03 San Juan de Dios, cantón 03 Desamparados, de la provincia de San José. Colinda: al sur, Anabelle Valverde Fallas, casa de bloques con un retiro aproximado de dos metros; al oeste, calle pública con un frente a ella de veintitrés metros ochenta y un centímetros; al noreste, Edwin Valverde Fallas, casa de bloques con un retiro aproximado de tres metros. Mide: Trescientos seis metros con veintisiete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veintiocho de marzo del año dos mil catorce, con la base de treinta y un mil doscientos sesenta y cuatro punto cincuenta unidades de desarrollo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del veintidós de abril del año dos mil catorce con la base de diez mil cuatrocientos veintiún punto cincuenta unidades de desarrollo (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Eddy Narciso Valverde Fallas. Exp. N° 12-035506-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito

Judicial de San José, 14 de enero del 2014.—Lic. Yanin Torrentes

Ávila, Jueza.—(IN2014010043).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada al tomo: 364, asiento: 9783; a las nueve horas y cero minutos del trece de marzo del año dos mil catorce, y con la base de ciento tres millones doscientos setenta y seis mil cuatrocientos ocho colones con setenta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 29881-F-000 la cual es terreno finca filial tres destinada a uso habitacional de dos plantas en proceso de construcción. Situada en el distrito 03 Pozos, cantón 09 Santa Ana, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca

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el sistema de Folio Real, matrícula número cuatrocientos treinta mil ciento catorce cero cero cero la cual es de naturaleza: Lote 43 terreno para construir con una casa de habitación. Situada en el distrito 03 Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, lote 44; al sur, lote 42; al este calle pública, y al oeste, Inversiones Reguelli S. A. Mide: Ciento cincuenta y siete metros con setenta y dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos (antes meridiano) del ocho de mayo de dos mil catorce, con la base de cincuenta y seis mil cuatrocientos treinta y siete dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos (antes meridiano) del veintitrés de mayo de dos mil catorce con la base de dieciocho mil ochocientos doce dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Roan Rag AMMG S. A. contra Lilliana Lorena Marín Chacón. Exp. N° 13-012229-1157-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Judicial

del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 6 de febrero del 2014.—

Msc. Juan Carlos Castro Villalobos, Juez.—(IN2014010117). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando demanda penal a citas 800 106540; a las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintiocho de mayo del año dos mil catorce, y con la base de veintinueve millones novecientos treinta y cinco mil cuatrocientos cincuenta y seis colones con treinta y seis céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 272067 submatrícula cero cero cero la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Ramón Borbón Rodríguez; al sur, Blancona Sociedad Anónima; al este, quebrada en medio Juan Roberto Mora Gómez, y al oeste, calle pública con un frente de trece metros cincuenta centímetros. Mide: Ochocientos nueve metros con veinticuatro decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del doce de junio del año dos mil catorce, con la base de veintidós millones cuatrocientos cincuenta y un mil quinientos noventa y dos colones con veintisiete céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cuarenta y cinco minutos del veintisiete de junio del año dos mil catorce con la base de siete millones cuatrocientos ochenta y tres mil ochocientos sesenta y cuatro colones con nueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa Rica contra José Andrés Segura Angulo. Exp. N° 13-001768-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito

Judicial de la Zona Sur, 10 de febrero del 2014.—Lic. Christian

Enrique Zamora Pérez, Juez.—(IN2014010129).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y quince minutos del doce de mayo de dos mil catorce, y con la base de dos millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 516202- derechos 001 y 002, la cual es naturaleza: terreno de repasto. Situada en el distrito 01 Colón, cantón 07 Mora, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Enrique Alpízar Mendoza y Rogelio Hernández Agüero; al sur, Capoem de Belén y Danilo Mélico Alpízar Aguilar y Sonia María Fernández Marín; al este, calle pública y Danilo Mélico Alpízar Aguilar; y al oeste, Enrique Alpízar Mendoza y quebrada Ticufres. Mide: ocho mil trescientos noventa y cuatro metros con cuarenta y ocho decímetros cuadrados. Plano: SJ-0553017-1999. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del veintisiete de mayo de dos mil catorce, con la base de un millón quinientos mil colones exactos En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes

hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del tres de junio del año dos mil catorce, y con la base de veintitrés millones ochocientos cuarenta mil ochenta y ocho colones con setenta y siete céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número trescientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y cuatro cero cero cero la cual es terreno con una casa de habitación. Situada en el distrito 01 San Isidro de El General, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, calle pública con un frente de 4.42 metros y lote segregado; al sur, Isidro Vargas Porras y Katherine Calvo Fernández; al este, Virgilio Zúñiga Valverde y Katherine Calvo Fernández, y al oeste, Cosme Zúñiga Fallas. Mide: Mil doscientos cuarenta y cinco metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de junio del año dos mil catorce, con la base de diecisiete millones ochocientos ochenta mil sesenta y seis colones con cincuenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del tres de julio del año dos mil catorce con la base de cinco millones novecientos sesenta mil veintidós colones con diecinueve céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Hubert Salazar Araya. Exp. N° 13-006306-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito

Judicial de la Zona Sur, 28 de enero del 2014.—Lic. Christian

Zamora Pérez, Juez.—(IN2014010111).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando folio reconstru ref: odec 16236-jode 20 MY 85 citas tomo 270, asiento 08190 y servidumbre de paso citas tomo 569 asiento 37745; a las quince horas y cero minutos del veinticuatro de julio del año dos mil catorce, y con la base de veintinueve millones ochocientos treinta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número quinientos ochenta y cuatro mil novecientos ochenta y siete cero cero cero la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 03 Daniel Flores, cantón 19 Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Jaime Luis Rojas Varela; al sur, calle pública con un frente de 14 metros 96 centímetros; al este, Arcelio Gerardo Badilla Alvarado, y al oeste, Jaime Luis Rojas Varela. Mide: Novecientos cuarenta y un metros con seis decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y cero minutos del ocho de agosto del año dos mil catorce, con la base de veintidós millones trescientos setenta y dos mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y cero minutos del veinticinco de agosto del año dos mil catorce con la base de siete millones cuatrocientos cincuenta y siete mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Juan Luis Vargas Fallas. Exp. N° 13-006577-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía

del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur, 21 de enero del

2014.—Lic. Eileen Chaves Mora, Jueza.—(IN2014010112). En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada (Citas: 0251-00000081-01-0901-001); a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos (antes meridiano) del veintitrés de abril de dos mil catorce, y con la base de setenta y cinco mil doscientos cincuenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo

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