AÑO CXXIV La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 18 de abril del 2018La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 1° de febrero del 2016 Nº 67 — 40 Páginas
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA CONSTITUCIONAL
GONZALEZ (FIRMA) ESCALANTE GONZALEZ (FIRMA)
Fecha: 2018.04.17 14:45:19 -06'00'
Administración Pública es un diferendo de legalidad (véase el voto número 2016-013207).
2) Autonomía de la CCSS: considera el accionante que en el Decreto impugnado, el Poder Ejecutivo impone a la CCSS la obligación futura de atender personas que puedan desarrollar enfermedades (degenerativas o cáncer) al ingerir agua contaminada. Al respecto, la PGR en su informe considera que dicho alegato resulta improcedente por cuanto, el decreto no tiene relación con la fijación de fines, metas o medios para la CCSS para realizarlos, ni tampoco le impone atender personas enfermas, obligación per se, ni tampoco interfiere en la administración de la seguridad social o su presupuesto. Además, que en un futuro personas enfermas puedan ingerir agua contaminada. De todo lo cual esta Sala no encuentra la violación alegada, básicamente porque se considera que la PGR lleva razón en sus argumentaciones, en este caso, el reglamento en sí mismo no contiene ninguna disposición que contravenga la autonomía constitucional de la CCSS, su obligación de atender personas enfermas ya se tiene per se, y que haya personas enfermas por ingerir agua contaminada es un hecho futuro incierto, que no violenta dicha autonomía.
3) Reserva legal: el accionante considera que, como el decreto impugnado regula derechos fundamentales, ello está reservado a la ley, además, violenta el principio de división de Poderes, toda vez que el Poder Ejecutivo, vía decreto, reguló materia reservada al legislador, en asuntos que atentan contra la vida de las personas. Al respecto, la PGR en su informe considera que dicho alegato resulta improcedente, pues el Poder Ejecutivo se encuentra legitimado para dictar un rfr1gl�m��t;Q: que desarrolle la Ley General de Salud o cualquier otra norma de rango similar. Así el decreto 39144 se fundamentó en las disposiciones de varias leyes,
San José, 5 de abril del 2018.
Roberto Vinicio Mora Mora, Secretario a. í
O. C. Nº DG279122017.—1 vez.—( IN2018232665 ).
JUZGADO NOTARIAL HACE SABER:
A: Mario Alberto Sandoval Pineda, mayor, notario público, cédula de identidad Nº 1-0548-0307, de demás calidades ignoradas;
que en proceso disciplinario notarial Nº 14-000584-0627-NO establecido en su contra por Raúl Francisco Mora González, se ha dictado la sentencia Nº 12-2018 que en lo conducente dice:
“Resultando: I.—…, II.—…, III.—…, IV.—…; Considerando: I.—
…, II.—…; Por tanto: Se declaran sin lugar las excepciones opuestas por la Defensa Pública de falta de derecho, falta de legitimación activa y pasiva, falta de interés y la de prescripción de la acción disciplinaria y con lugar el proceso disciplinario notarial establecido por Raúl Francisco Mora González contra el notario Mario Alberto Sandoval Pineda imponiéndole la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial, en el entendido de que dicha suspensión se mantendrá vigente hasta la inscripción final del testimonio correspondiente a la escritura que aquí interesa. la sanción se mantiene en el tiempo, hasta por un plazo máximo de diez años de conformidad con el Voto Nº 3484 de la Sala Constitucional de las doce horas del ocho de julio del año mil novecientos noventa y cuatro, tome nota la Dirección Nacional de Notariado para lo que corresponda. Dicha sanción, regirá, al amparo del artículo 161 del Código Notarial, ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Firme esta resolución, deberá comunicarse al Archivo Notarial, el Registro Civil, el Registro Nacional y la Dirección Nacional de Notariado. Publíquese el edicto respectivo.
Licda. Grace Hernández Herrera, Jueza”, y la providencia que dice:
“Juzgado Notarial, a las ocho horas y veinte minutos del seis de febrero del dos mil dieciocho. De conformidad con lo dispuesto por el numeral 263 del Código Procesal Civil, reformado por el artículo 19 de la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Oficiales, aplicado supletoriamente por disposición del artículo 163, párrafo 2° del Código Notarial, notifíquese al notario Mario Alberto Sandoval Pineda, la presente resolución, así como la parte dispositiva de la sentencia Nº 12-2018, dictada a las ocho horas y treinta y cinco minutos del dieciséis de enero del dos mil dieciocho por medio de edicto que se publicará por una vez en el Boletín Judicial. Notifíquese. Lic. Francis Porras León, Juez Tramitador”.
San José, 06 de febrero del 2018.
Lic. Francis Giovanni Porras León Juez Tramitador
1 vez.—O. C. Nº DG279122017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—
( IN2018232654 ).
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial Nº 14-000874- 0627-NO, de Dirección Nacional de Notariado contra Cintya Bustos Cordero, cédula de identidad Nº 3-0351-0289, este Juzgado mediante resolución Nº 08-2018 de las diez horas y veintiséis minutos del quince de enero del dos mil dieciocho, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de diez años de suspensión en el ejercicio de la función notarial, sanción que correrá a partir de
la firmeza de la sentencia emitida por el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur número cuatro-dos mil trece. Se hace saber que dicha sentencia penal adquirió firmeza el día dieciocho de julio del dos mil catorce.
San José, 06 de febrero del 2018.
Lic. Francis Giovanni Porras León Juez Tramitador
1 vez.—O. C. Nº DG279122017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—
( IN2018232657 ).
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000744- 0627-NO, de Registro Civil contra Rafael Valverde Ramírez (cédula de identidad 1-0966-0378), este Juzgado mediante resolución N°
20-2018 de las dieciséis horas y veinticuatro minutos del diecinueve de enero de dos mil dieciocho, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese
San José, 28 de febrero del 2018
Lic. Francis Porras León Juez
1 vez.—O.C. N° DG279122017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—
( IN2018232662 ).
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000745-0627- NO, de Registro Civil contra Rafael Valverde Ramírez, (cédula de identidad Nº 1-0966-0378), este Juzgado mediante resolución N° 21- 2018 de las dieciséis horas y cuarenta y uno minutos del diecinueve de enero de dos mil dieciocho, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de un mes de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Notifíquese.
San José, 28 de febrero del 2018.
Lic. Francis Porras León, Juez Tramitador 1 vez.—O.C. Nº DG279122017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—
( IN2018232663 ).
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial Nº 11-000566- 0627-NO, de Diana Alejandra Piedra Guzmán contra José Fernando Jiménez García, cédula de identidad Nº 1-0849-0268, este Juzgado mediante resolución Nº 469-2014, de las once horas y treinta minutos del veintinueve de setiembre del dos mil catorce, la cual fue confirmada por el Tribunal Notarial mediante Voto Nº 0322-2017 de las diez horas veinticuatro minutos del veintiuno de diciembre del dos mil diecisiete, en vista que se encuentra firme se dispone comunicar al citado notario la corrección disciplinaria de tres años de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial.
San José, 19 de febrero del 2018.
M.Sc. Francis Porras León Juez
1 vez.—O. C. Nº DG279122017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—
( IN2018233067 ).
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, Que en el proceso disciplinario notarial N° 12-000336- 0627-NO, de Archivo Notarial contra José Eduardo Quesada Loría, (cédula de identidad N° 3-0279-0301), este Juzgado mediante resolución N° 353-2017, de las nueve horas y cuarenta y ocho minutos del treinta de agosto del dos mil diecisiete, la cual fue
confirmada por el Tribunal Notarial mediante voto N° 01-2018, de las diez horas del doce de enero del dos mil dieciocho, en vista que se encuentra firme se dispone comunicar al citado notario la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial.
San José, diecinueve de febrero del dos mil dieciocho.
M.Sc. Francis Porras León Juez
1 vez.—O. C. Nº DG279122017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—
( IN2018233069 ).
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial N° 15-000596-0627- NO, de Archivo Notarial contra Carlos Alberto Víquez Ramírez (cédula de identidad Nº 1-0889-0333), este Juzgado mediante resolución de las quince horas y cuarenta y nueve minutos del once de enero de dos mil dieciocho, dispuso lo siguiente: se corrige error material que se aprecia en edicto del veintisiete de octubre del dos mil diecisiete, publicado en Boletín Judicial N° 4 del once de enero del dos mil dieciocho, en el sentido que se consignó erróneamente el número de cédula del denunciado Carlos Alberto Víquez Ramírez, siendo el correcto 1-0889-0333. Se dispone la publicación del presente pronunciamiento, mediante edicto en el Boletín Judicial por una sola vez. Asimismo, se ordena comunicar lo dispuesto al Archivo Notarial, Dirección Nacional de Notariado, Registro Civil y Registro Nacional. Asimismo, se dispone que la sanción impuesta al notario Carlos Alberto Víquez Ramírez, cédula de identidad Nº 1-0889-0333, regirá ocho días naturales después de la publicación en el Boletín Judicial de la presente aclaración pues la misma contiene un dato esencial que es el número de cédula del Notario denunciado y así se resuelve para proteger su derecho de defensa así como saber con exactitud a partir de cuándo rige su sanción. Notifíquese. M.Sc.
Francis Porras León, Juez Tramitador.
San José, 11 de enero del 2018.
M.Sc. Francis Porras León, Juez Tramitador
1 vez.—O.C. Nº DG279122017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—
( IN2018233070 ).
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial N° 16-000134-0627- NO, de archivo notarial contra Alejandra Jaén Hernández (cédula de identidad 1-0802-0353), este Juzgado mediante resolución N° 15- 2018 de las diez horas y diez minutos del dieciocho de enero de dos mil dieciocho, dispuso imponerle al citado notario la corrección disciplinaria de seis meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial, de conformidad con el artículo 161 del Código Notarial. Juzgado Notarial. Notifíquese.
San José, 26 de febrero del 2018
Lic. Francis Porras León Juez
1 vez.—DG279122017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—
( IN2018233071 ).
A la Dirección Nacional de Notariado, al Archivo Notarial, al Registro Nacional y al Registro Civil, y a toda la ciudadanía en general, que en el proceso disciplinario notarial N° 17-000637-0627- NO, de Registro Civil contra Raúl Alberto Espinoza Ortega (cédula de identidad N° 5-0236-0632), este Juzgado mediante resolución N° 0050-2018 de las quince horas veintiocho minutos del treinta y uno de enero del dos mil dieciocho, dispuso imponerle al citado Notario la corrección disciplinaria de dos meses de suspensión en el ejercicio de la función notarial. Rige ocho días naturales después de su publicación en el Boletín Judicial. Juzgado Notarial.
San José, diecinueve de febrero del dos mil dieciocho.
M.Sc. Francis Porras León Juez
1 vez.—O. C. Nº 279122017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—
( IN2018233080 ).
TRIBUNALES DE TRABAJO Remates
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; con la base de ocho millones quinientos cuarenta y un mil seiscientos cincuenta y nueve colones (¢8.541.659) -valor municipal-, dentro del expediente número 14-000540-0641-LA, donde figura como actor Rodolfo Efraín Córdoba Paniagua cédula de identidad número 0700650433 contra Efraín Jesús De La O De La O, cédula de identidad número 0601110350 y Corporación de Seguridad de Loa Sociedad Anónima personería jurídica número 3101552370 sáquese a remate el bien embargado en autos: el inmueble finca número 70929-001 del Partido de Cartago, situada en el distrito 1- El Tejar, 8- El Guarco: con los siguientes gravámenes:
Hipoteca en primer grado a favor de Banco Crédito Agrícola de Cartago citas 2011-203203-01-0002-001, practicado número 800-158795-01-001-01 y practicado número 800-468697-01- 0001-001- se le hace saber a los postores que el derecho que se remata de la finca corresponde al número 001 a nombre del señor Efraín de la O de la O. Para tal efecto se señalan las trece horas del diecisiete de mayo de dos mil dieciocho. De no haber postores, para llevar a cabo el segundo remate, se señalan las trece horas del treinta y uno de mayo de dos mil dieciocho, con la base de seis millones cuatrocientos seis mil doscientos cuarenta y cuatro colones con veinticinco céntimos (rebajada en un 25%).- De no apersonarse rematantes, para el tercer remate, se señalan las trece horas del catorce de junio de dos mil dieciocho, con la base de dos millones ciento treinta y cinco mil cuatrocientos catorce colones con setenta y cinco céntimos (un 25% de la base original).—Juzgado de Trabajo de Cartago.—Licda. Silvia Patricia Quesada Alpízar, Jueza.—O. C. Nº 364-12-2017.—
Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018233969 ).
En la puerta exterior de este Despacho; a las 8:30 horas del viernes cuatro de mayo del año en curso, y con la base de ochocientos noventa mil colones, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placa: 232078, marca: Isuzu, estilo: Trooper, categoría: automóvil, capacidad: cinco personas, número de chasis:
JACUBS7DP7100087, año: 1994, color: gris, VIN: no indicado, cilindrada: 2600 cc, combustible: gasolina, motor: 267595. Para el segundo remate se señalan las 8:30 horas del viernes dieciocho de mayo del año en curso, con la base de seiscientos sesenta y siete mil quinientos colones (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las 8:30 horas del jueves treinta y uno de mayo del año en curso, con la base de doscientos veintidós mil quinientos colones (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio.
Se remata por ordenarse así en proceso Or.S.Pri. Prestac. Laborales de Elsa del Socorro Centeno Gómez contra Martina Centeno Reyes.
Exp. N° 14-300027-0403-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Abangares (Materia Laboral), 04 de abril del año 2018.—Licda. Maureen Ortiz Cerdas, Jueza.—O.C. N° 364-12- 2017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018233970 ).
Causahabientes
Lic. David Ricardo Matarrita Madrigal, Juez del Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Garabito, Jacó (Materia Laboral); fallecido Marvin Jesús Aguirre Chacón, cédula Nº 1-1339-0080, quien laboro para Constructora Fernández, soltero, vecino Herradura, parcela 7, casa color celeste a mano derecha hacia la playa y falleció el veintisiete de abril del dos mil dieciséis. Se cita y emplaza a sus causahabientes por medio de Edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, a efecto de que se apersonen al proceso para hacer valer sus derechos dentro del plazo de ocho días, bajo apercibimiento de que, si no, lo hicieren, el dinero que por ese concepto se obtenga se entregará a quienes de conformidad con lo establecido en artículo 85, 548 y 550 incisos
4 y 5 del Código de Trabajo sean beneficiarios. Publíquese el edicto de Ley, 21 de setiembre del año 2017, bajo el expediente N° 16-300045-0445-LA donde se dictaron las resoluciones que literalmente dicen: Lo anterior se ordena así en proceso consig.
prest. sector privado de Ana María Chacón Blanco; expediente Nº 16-300045-0445-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Garabito, Jacó (Materia Laboral), 21 de marzo del 2018.—Lic. David Ricardo Matarrita Madrigal, Juez.—1 vez.—O.
C. DG279122017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018232666 ).
A los causahabientes de quién en vida se llamó: Edwin Rafael Gómez Díaz, quien fue costarricense, operario en construcción, vecino de Limón, Barrio Cristóbal Colón, 25 metros al este de la Guardia Civil, con cédula de identidad Nº 0700780407, quien falleció el 20 de marzo del 2017, se les hace saber que: María Leonor Díaz Montero, se apersonó en este Despacho en calidad de madre de la persona fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido. Expediente Nº 17-000970-0679-LA.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 12 de febrero del 2018.—Lic. Luis Martínez Castro, Juez.—1 vez.—O. C.
Nº DG279122017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018232669 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Brayan de Jesús Fernández Granados, mayor, cédula Nº 6-0356- 0156, casado, fallecido el 22 de febrero del 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones de trabajador fallecido, bajo el Nº 18-000037-1418-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. expediente N° 18-000037-1418-LA.
Establecido por Kerelyn Rodríguez Reyes, causante: Brayan de Jesús Fernández Granados.—Juzgado de Trabajo de Osa, 05 de Abril del 2018.—Licda. Nancy García Sánchez, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº DG279122017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018232682 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Allan Sánchez Madrigal, cédula número seis-doscientos quince- cero sesenta y cinco (6-0215-0065), quien fue mayor, divorciado, vecino de Pérez Zeledón, laboró para La C.C.S.S, y falleció el 19 de febrero del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones de trabajador fallecido bajo el Nº 18-000143-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo, expediente N° 18-000143-1125-LA. Fallecido Allan Sánchez Madri a favor de.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia laboral), 05 de marzo del 2018.—Lic. Allan Montero Valerio, Juez.—1 vez.—O.C.
Nº DG279122017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018232685 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de: Édgar Fallas Herrera, fallecido el dieciocho de junio del dos mil diecisiete, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 18-000311-0679-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 18-000311-0679-LA. Por Haysel Fallas Betancourt. Fallecido: Édgar Fallas Herrera.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, 22 de marzo del 2018.—Lic. Ernesto Torres Torres, Juez.—1 vez.—O. C.
Nº DG279122017.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018232689 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Pablo Moreira Araya, cédula de identidad N° 4-193-781, quien en vida fue mayor, soltero, supervisor de calidad, vecino de San Juan, Santa Bárbara de Heredia, laboró para la empresa Liga Agrícola Industrial de la Caña de Azúcar (LAICA), cédula jurídica N° 3-107-042036 y falleció el 19 de enero del año 2018, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig.
prest. sector privado bajo el Número 18-000444-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 18-000444-0505-LA. A favor de Joselyn Jovana Vargas Mora, cédula N° 4-216-911, Olga María Araya Araya, cédula N° 4-126-244 y Ania María Chinchilla Marchena, cédula N°
6-270-656.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 02 de abril del 2018.—Licda. Séier Villegas Méndez, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
DG279122017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018233095 ).
ADMINISTRACIÓN JUDICIAL Remates
SEGUNDA PUBLICACIÓN
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios y anotaciones; a las dieciséis horas y cero minutos del dos de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de veinte millones setecientos veintiséis mil setenta y seis colones con noventa y dos céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Puntarenas, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número cincuenta y seis mil trescientos cincuenta y uno cero cero cero, la cual es terreno de agricultura RN. 69-1. Situada en el distrito 4-Laurel, cantón 10-Corredores, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte, calle pública; al sur Mario Felipe Ramos Rodríguez; al este, Eulalio Mesen Chavarría y Mario Felipe Ramos Rodríguez, y al oeste, Pito y Alba S. A. Mide: ochocientos sesenta y seis metros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del veintiuno de mayo del dos mil dieciocho, con la base de quince millones quinientos cuarenta y cuatro mil quinientos cincuenta y siete colones con sesenta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las dieciséis horas y cero minutos del cinco de junio del dos mil dieciocho con la base de cinco millones ciento ochenta y un mil quinientos diecinueve colones con veintitrés céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coopealianza R.L contra Marco Alonso Paniagua Paniagua. Expediente N°
17-006141-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 07 de febrero del 2018.—Msc. Eileen Chaves Mora, Juez.—1 vez.—( IN2018233309 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada inscrita al tomo 0268, asiento 00001957, consecutivo 01, secuencia 0901, subsecuencia 001; servidumbre de oleoducto y de paso de Recope inscrita al tomo 0511, asiento 00006404, consecutivo 01, secuencia 0001, subsecuencia 001; servidumbre de aguas pluviales inscrita al tomo 2014, asiento 00190396, consecutivo 01, secuencia 0395, subsecuencia 001; servidumbre de aguas pluviales inscrita al tomo 2014, asiento 00190396, consecutivo 01, secuencia 0395, subsecuencia 001; servidumbre de acueducto y de paso de a y a, inscrita al tomo 2016, asiento 00374121, consecutivo 01, secuencia 0142, subsecuencia 001; a las catorce horas y treinta minutos del doce de junio del año dos mil dieciocho, y con la base de ochenta y nueve millones setecientos noventa y dos mil seiscientos ochenta y seis colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente:
Se hace saber: Que en este Despacho se tramita el proceso consignación de prestaciones de quien en vida se llamó Mauren Rojas Orozco, mayor, estado civil casada, costarricense, cédula número uno-seiscientos setenta y uno quinientos cuarenta y dos, vecina de vecino de San Rafael de Platanares, 500 metros al suroeste del Ebais, Barrio Los Róger. Se cita a las personas consignatarias, legatarias, acreedoras y en general a todas las personas interesadas, para que dentro del plazo de ocho días contados a partir de la publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus derechos, con el apercibimiento a aquéllos que crean tener derecho a los dineros recabados, de que, si no se apersonan dentro de ese plazo, aquélla pasará a quien corresponda. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. consignación de prestaciones del trabajador fallecido Mauren Cecilia Rojas Orozco. Expediente N° 17-000162-1125-LA.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 13 de febrero del año 2018.—Lic.
José Celso Fernández Delgado, Juez.—1 vez.—DG279122017.—
Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018233073 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ana Yudel Matarrita Granados 0502370928, fallecida el 30 de abril del año 2006, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Nº 17-000218-0868-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial, expediente N° 17-000218-0868-LA.
Por a favor de Ana Yudel Matarrita Granados.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Nicoya) (Materia laboral), 04 de diciembre del 2017.—Licda. Nedyn Barrantes Jiménez, Jueza.—1 vez.—O.C. Nº DG279122017.—
Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2018233077 ).
A los causahabientes de quién en vida se llamó José Gabriel Guillén Meza, quien fue mayor, soltero, de 24 años de edad, Técnico en Informática, vecino de Puriscal, Cerbatana, de la escuela, 100 metros sur, 200 metros este, casa color amarilla mano derecha, casa del abuelo, con mallas color verde, cédula de identidad número 1-1558-0887, se les hace saber que Minor Guillén León, cédula de identidad número 0107190765, vecino de Santiago de Puriscal, de la parada de taxis, 400 metros oeste, por calle cementada sexta casa mano derecha, color papaya columna en ladrillo, se apersonó en este Despacho en calidad de Padre del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de consignación de prestaciones. Por ello se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del código de trabajo. Nota: publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido José Gabriel Guillén Meza.
Expediente N° 18-000038-1529-LA.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia de Puriscal, (Materia Laboral), 05 de abril del 2018.—Licda. Charlyn Miranda Arias, Jueza.—1 vez.—O. C. N°
DG279122017.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018233089 ).
Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jenny Luz de la Trinidad Arrieta Alvarado 0203830417, fallecida el 26 de noviembre del año 2017, se consideren con derecho para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. sector público bajo el número 18-000059-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo.
Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 18-000059- 0639-LA., por Miguel Ángel Flores Valverde a favor de, Jenny Luz de la Trinidad Arrieta Alvarado.—Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 14 de marzo del 2018.—Lic. Mario José Rojas Soro, Juez.—1 vez.—O. C. N° DG279122017.—
Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2018233090 ).
decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y treinta minutos del veintidós de mayo de dos mil dieciocho, con la base de ciento siete mil quinientos treinta y ocho dólares con sesenta y seis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y treinta minutos del seis de junio de dos mil dieciocho con la base de treinta y cinco mil ochocientos cuarenta y seis dólares con veintidós centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Fiduciaria Brunca S. A. contra Constructora Dibarra S. R. L., Digna Isabel Del Socorro Barrantes Barrantes, Heiner Gerardo Barrantes Barrantes.
Exp. N° 17-012157-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 07 de marzo del año 2018.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2018233432 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2012- 01925-01-0001-001; a las ocho horas y treinta minutos del nueve de julio del año dos mil dieciocho, y con la base de ocho millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 525780-000, la cual es terreno para construir, lote 3. Situada en el distrito: 12 Monterrey, cantón: 10- San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: norte, Deusdedit Hidalgo Méndez y Blanca Picado Miranda; sur, Rolando Alvarado Salazar; este, calle pública con un frente de 52.26 metros lineales, oeste, Deusdedit Hidalgo Méndez. Mide: Dos mil setecientos cincuenta y ocho metros cuadrados, plano: A-1789808-2014. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y treinta minutos del veinticuatro de julio del año dos mil dieciocho, con la base de seis millones de colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y treinta minutos del diez de agosto del año dos mil dieciocho con la base de dos millones de colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Mayra Inés Quirós Herrera contra Yéssica Candy Murillo Hidalgo. Exp. N° 17-005493-1202-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de Alajuela (Materia Cobro), 19 de marzo del 2018.—Licda. Dinia Peraza Delgado, Jueza.—( IN2018233470 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las catorce horas y cero minutos del veintiuno de mayo de dos mil dieciocho, y con la base de treinta y ocho millones quinientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número setenta y cuatro mil novecientos setenta-cero cero cero la cual es naturaleza: terreno solar con 1 casa. Situada en el distrito (03) Carmen, cantón (01) Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda:
al norte, Inversiones Lotes y Casas S. A.; al sur, Inversiones Lotes y Casas S. A.; al este, Inversiones Lotes y Casas S. A., y al oeste, calle publica con 10 metros. Mide: Doscientos ochenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del cinco de junio de dos mil dieciocho, con la base de veintiocho millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de junio de doscientos uno con la base de nueve millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Instacash Sociedad Anónima contra Ana Idalia Solano Rivas. Exp. N° 17-010882-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 2 de abril del 2018.—Licda.
Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2018233490 ).
Finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 111369-F-000 la cual es terreno finca filial primaria individualizada número once apta para construir que se destinará a uso habitacional la cual podre tener una altura máxima de dos pisos. Situada en el distrito 03 La Trinidad, cantón 14 Moravia, de la provincia de San José. Colinda: al norte, finca filial diez; al sur, finca filial doce;
al este, Alicia Isabel Barquero González e Iris Milena Gutiérrez Villafuerte, y al oeste, área común libre destinada a acceso. Mide:
Doscientos cuarenta metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintisiete de junio del año dos mil dieciocho, con la base de sesenta y siete millones trescientos cuarenta y cuatro mil quinientos catorce colones con cincuenta céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del doce de julio del año dos mil dieciocho con la base de veintidós millones cuatrocientos cuarenta y ocho mil ciento setenta y un colones con cincuenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Joseling Ivania Rivas Salgado. Exp. N° 18-002455-1763-CJ.—
Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 03 de abril del 2018.—Licda. Lissette Córdoba Quirós, Jueza.—( IN2018233419 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servid. de paso ref.: 2994 239 001, citas: 0328-00017331-01-0901-001; a las catorce horas y cero minutos del dieciséis de mayo del dos mil dieciocho y con la base de cinco millones quinientos setenta y cinco mil quinientos veinte colones con tres céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 493976-000, la cual es terreno para construir lote 416. Situada en el distrito 0 Pavas, cantón 01 San José de la provincia de San José.
Colinda: al norte Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al sur Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo; al este Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo y al oeste alameda 8. Mide:
noventa y un metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del treinta y uno de mayo del dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones ciento ochenta y un mil seiscientos cuarenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del quince de junio del dos mil dieciocho, con la base de un millón trescientos noventa y tres mil ochocientos ochenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Vanessa María Céspedes Brenes. Expediente: 16-025952-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 15 de febrero del 2018.—Licda. Tatiana Meléndez Herrera, Jueza.—( IN2018233428 ).
En la puerta exterior de este Despacho, soportando servidumbre trasladada bajo las citas 0366-00003792-01-0900-001;
a las trece horas y treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil dieciocho, y con la base de ciento cuarenta y tres mil trescientos ochenta y cuatro dólares con ochenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número doscientos veintinueve mil novecientos veintiséis-cero cero cero la cual es naturaleza: Terreno de cultivos con una construcción y una casa. Situada en el distrito (04) Cirri Sur, cantón (06) Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, en parte calle pública con un frente de 30 metros 94 decímetros lineales y en parte con Volmar Carvajal Castro; al sur, calle pública con un frente a ella de 102 metros 54 centímetros lineales; al este, Adrián Vargas Ulate y Carlos López Carranza, y al oeste, Herca Llanera S.
A. Mide: Nueve mil setecientos sesenta y un metros con veintinueve
Morales Hidalgo; al sureste, Orozco y Brenes S. A. y al suroeste, servidumbre de paso 7.50 metros Flor María Hidalgo Jiménez.
Mide: trescientos cuarenta y seis metros con veintitrés decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del uno de junio del año dos mil dieciocho, con la base de veintinueve millones novecientos sesenta y cinco mil seiscientos noventa y cuatro colones con un céntimo (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del dieciocho de junio del año dos mil dieciocho con la base de nueve millones novecientos ochenta y ocho mil quinientos sesenta y cuatro colones con sesenta y siete céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra José Gerardo Fernández Hidalgo, expediente Nº 16-015683-1012-CJ.—
Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 16 de febrero del 2018.—Lic.
Alonso Chaves Ledezma, Juez.—( IN2018233574 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando prohibiciones articulo 16 ley 7599 citas: 493-16237-01- 0007-001; a las nueve horas y cero minutos del dieciocho de mayo del año dos mil dieciocho, y con la base de diecinueve millones setecientos sesenta y tres mil ciento sesenta y siete colones con setenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 586592- 000 la cual es terreno agrícola. Situada en el distrito 3-Llano Bonito, cantón 20-León Cortes, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Juan Bautista Quirós Jiménez; al sur, Juan Bautista Quirós Jiménez; al este, servidumbre agrícola compartida en medio Juan Bautista Quirós Jiménez y al oeste, Juan Bautista Quirós Jiménez. Mide: cinco mil trescientos veinticinco metros con catorce decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del cuatro de junio del año dos mil dieciocho, con la base de catorce millones ochocientos veintidós mil trescientos setenta y cinco colones con setenta y ocho céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del diecinueve de junio del año dos mil dieciocho con la base de cuatro millones novecientos cuarenta mil setecientos noventa y un colones con noventa y tres céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Kayllen Vanessa Campos Azofeifa. Notifíquese.
Exp. N° 15-006747-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro, Segundo Circuito Judicial de San José, 02 de febrero de 2018.—
Lic. Carlos Marín Angulo, Juez.—1 vez.—( IN2018233578 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas del seis de junio del dos mil dieciocho, y con la base de ciento cuarenta y un mil novecientos ochenta y seis dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 47647-F-000, la cual es terreno finca filial diez de 2 plantas destinada a uso habitacional totalmente construido. Situada en el distrito 07 Purral, cantón 08 Goicoechea, de la provincia de San José. Colinda: al norte, en parte Castillo y Chinchilla S. A. y Rafael Rodríguez Rodríguez; al sur, Área Común Libre; al este, Finca Filial Once, y al oeste, Finca Filial Nueve. Mide: doscientos sesenta y un metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas del veintiuno de junio del dos mil dieciocho, con la base de ciento seis mil cuatrocientos ochenta y nueve dólares con cincuenta centavos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas del seis de julio del dos mil dieciocho, con la base de treinta y cinco mil cuatrocientos noventa y seis dólares con cincuenta centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco BAC San José Sociedad En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes
hipotecarios, a las ocho horas y quince minutos del treinta y uno de mayo de dos mil dieciocho, y con la base de ciento diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número ciento setenta y ocho mil ciento cuarenta y dos - cero cero cero (178142-000) la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 2-Mercedes, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda:
al norte, Rodrigo Quirós Hernández; al sur, Allan Zumbado; al este, calle pública y al oeste, Inversiones E.F.E. S. A. Mide: novecientos cuarenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las ocho horas y quince minutos del quince de junio de dos mil dieciocho, con la base de ochenta y dos millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las ocho horas y quince minutos del dos de julio de dos mil dieciocho con la base de veintisiete millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.
La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Anita Yolanda Oviedo Herrera, Erick Eduardo Martínez Oviedo, Fabyola Martínez Oviedo, Pizzería Brasas S. A., expediente Nº 18- 001437-1158-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia (Materia cobro), 09 de marzo del 2018.—Lic. German Valverde Vindas, Juez.—( IN2018233491 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y quince minutos del diez de julio de dos mil dieciocho y con la base de catorce millones veintiún mil ciento catorce colones con setenta y un céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número ciento sesenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta y tres-cero cero cero, la cual es terreno para construir con una casa.
Situada en el distrito Turrialba, cantón Turrialba de la provincia de Cartago. Colinda: al norte alameda con 8 m. de frente; al sur lote 33;
al este lote 44 y al oeste alameda con 16 m. de frente. Mide: ciento veintiocho metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y quince minutos del veintiséis de julio de dos mil dieciocho, con la base de diez millones quinientos quince mil ochocientos treinta y seis colones con tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y quince minutos del trece de agosto de dos mil dieciocho, con la base de tres millones quinientos cinco mil doscientos setenta y ocho colones con sesenta y ocho céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Asociación Solidarista de Colaboradores de Pipasa y Afines ASECARGIL contra Andrea De Los Ángeles Calderón Mora. Expediente: 17-008722-1158- CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía de Heredia, (Materia Cobro), 19 de marzo del 2018.—Lic. Pedro Javier Ubau Hernández, Juez.—( IN2018233536 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando compromisos ref:2375-121-001, citas 305-14807-0901-023, a las once horas y cero minutos del diecisiete de mayo del año dos mil dieciocho, y con la base de treinta y nueve millones novecientos cincuenta y cuatro mil doscientos cincuenta y ocho colones con sesenta y nueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matricula Nº 207011-000 la cual es terreno una casa de habitación. Situada en el distrito 2-Cot, cantón 7-Oreamuno, de la provincia de Cartago. Colinda:
al noreste, Flor María Hidalgo Jiménez; al noroeste, Runia
veinte de junio de dos mil dieciocho con la base de dos millones quinientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Silvana Ramírez Morfin, expediente Nº 17-014702-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela (Materia cobro), 22 de enero del 2018.—Licda. Priscilla González Seravalli, Jueza.—( IN2018233627 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las ocho horas y cero minutos del veintiuno de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de seis millones seiscientos cuarenta y un mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N°
426690-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 05 San Jerónimo, cantón 06 Naranjo, de la provincia de Alajuela.
Colinda: al noreste, Elía María Bonilla Chacón; al noroeste, Ronald Bonilla Jiménez; al sureste, servidumbre de paso con 20,00 metros de frente, Elía María Bonilla Chacón, y al suroeste, Elía María Bonilla Chacón. Mide: ciento ochenta y cuatro metros con noventa decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las ocho horas y cero minutos del cinco de junio del dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones novecientos ochenta mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las ocho horas y cero minutos del veinte de junio del dos mil dieciocho, con la base de un millón seiscientos sesenta mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Doris Eugenia Molina Bonilla y Rafael Antonio Cerdas Castro.
Expediente N° 17-016524-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 17 de enero del 2018.—Msc. Cinthia Pérez Moncada, Jueza.—( IN2018233631 ).
En la puerta exterior de este despacho al ser las diez horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de junio de dos mil dieciocho, libre de gravámenes hipotecarios y con la base de nueve millones quinientos setenta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número doscientos uno mil seiscientos treinta y uno cero cero uno, cero cero dos la cual es terreno naturaleza: Terreno para construir Bloque C lote 12. Situada en el distrito 4-Ulloa, cantón 1-Heredia, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, avenida a Heredia; al sur, lote 13-C; al este, lote 11-C y al oeste, calle pública.
Mide: ciento nueve metros con veintiséis decímetros cuadrados.
Para el segundo remate se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del tres de julio de dos mil dieciocho, con la base de siete millones ciento ochenta mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de julio de dos mil dieciocho con la base de dos millones trescientos noventa y tres mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra María Vanessa Rodríguez Guerrero.
Exp. N° 17-009424-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil Anónima contra Randall Rodrigo Rodríguez Rodríguez. Expediente
N° 17-012173-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de marzo del 2018.—Licda. Karina Quesada Blanco, Jueza.—( IN2018233595 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las diez horas y cero minutos del diez de mayo de dos mil dieciocho, y con la base de seis mil seiscientos noventa y cuatro dólares con ochenta y ocho centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas BFP818, marca: JAC, capacidad: 5 personas, categoría: automóvil, año: 2013, carrocería:
sedán 4 puertas, color: gris, tracción: 4x2. Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos del veinticinco de mayo de dos mil dieciocho, con la base de cinco mil veintiún dólares con dieciséis centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del once de junio de dos mil dieciocho con la base de mil seiscientos setenta y tres dólares con setenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José Sociedad Anónima contra Bayron Enrique Guzmán Jiménez, expediente Nº 17-012222-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 14 de marzo del 2018.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2018233599 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las quince horas y treinta minutos del quince de mayo de dos mil dieciocho, y con la base de dieciocho mil cuatrocientos setenta dólares exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:
Vehículo placas N° BML821, marca: Citroen, estilo: C-Elysee, categoría: automóvil. capacidad: 5 personas, año: 2017, carrocería:
Sedan 4 puertas, color: gris, tracción: 4X2. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del treinta de mayo de dos mil dieciocho, con la base de trece mil ochocientos cincuenta y dos dólares con cincuenta y ocho centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del catorce de junio de dos mil dieciocho con la base de cuatro mil seiscientos diecisiete dólares con cincuenta y dos centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:
Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José Sociedad Anónima contra María Fernanda Corrales Vásquez. Exp. 17-012550-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 3 de abril del 2018.—Licda.
Marcela Brenes Piedra, Jueza.—1 vez.—( IN2018233604 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (citas: 404- 00107-01-0918-003), condiciones (citas: 404-00107-01-0928- 003), reservas y restricciones (citas: 404-00107-01-0938-004), servidumbre de paso (citas: 2014-116166-01-0005-001), a las once horas y quince minutos del veintiuno de mayo de dos mil dieciocho, y con la base de diez millones doscientos setenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos diecisiete mil doscientos setenta y siete cero cero cero la cual es de naturaleza:
terreno para construir. Situada en el distrito 9-La Palmera, cantón 10- San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Alejandra Ramírez Morfin; al sur, calle pública; al este, José Antonio Orozco Álvarez y al oeste, servidumbre de paso. Mide: ciento cuarenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del cinco de junio de dos mil dieciocho, con la base de siete millones setecientos seis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del
Cartago. Colinda: al norte, Soledad Fernández Porras; al sur, Deudedit Muñoz Méndez; al este, Álvaro González, y al oeste, calle pública con un frente de 10 metros lineales. Mide: doscientos quince metros con veintiún decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las trece horas y treinta minutos (01:30 p. m.) del veintiocho de mayo del dos mil dieciocho, con la base de veintiocho mil quinientos dólares exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las trece horas y treinta minutos (01:30 p. m.) del doce de junio del dos mil dieciocho, con la base de nueve mil quinientos dólares exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Agrícola Cartago Mil Novecientos Cincuenta y Uno Sociedad Anónima contra Tres Ciento Uno Seiscientos Cinco Mil Novecientos Veinte. Expediente Nº 17-010976-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 16 de marzo del 2018.—Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2018233654 ).
En la puerta exterior de este Despacho, soportando hipoteca de primer grado citas: 2013-107591-01-0001-001, así como servidumbre trasladada citas: 366-14792-01-0908-001, a las nueve horas y treinta minutos del quince de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 117802, la cual es terreno de pastos con una casa. Situada: en el distrito 3-Capellades, cantón 6-Alvarado, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, El Semillero de Cartago S. A.; al sur, El Semillero de Cartago S. A.; al este, calle pública con 37 m 78 cm, y al oeste, Ignacio Ruiz Gómez. Mide: quince mil seiscientos ocho metros con treinta y un decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del treinta de mayo del dos mil dieciocho, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del catorce de junio del dos mil dieciocho, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Agrícola Cartago Mil Novecientos Cincuenta y Uno Sociedad Anónima contra Aníbal Eduardo de los Ángeles Barquero Castro. Expediente Nº 17-012429-1164-CJ.—
Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 19 de marzo del 2018.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2018233655 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes prendarios, a las nueve horas y treinta minutos del cuatro de junio del dos mil dieciocho (09:30 a. m. 04/06/2018), y con la base de nueve millones seiscientos ocho mil colones exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Vehículo: placa: CL-217308, marca:
Toyota, estilo: Land Cruis, capacidad: 3 personas, año: 2007, color: beige, vin: JTELB71J907063141, Nº motor: 1HZ0540201, cilindrada: 4164 C.C., combustible: diesel. Para el segundo remate, se señalan las nueve horas y treinta minutos del diecinueve de junio del dos mil dieciocho (09:30 a. m. 19/06/2018), con la base de siete millones doscientos seis mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las nueve horas y treinta minutos del cuatro de julio del dos mil dieciocho (09:30 a. m. 04/07/2018), con la base de dos millones cuatrocientos dos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica.
Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela
(Materia Cobro), 19 de febrero del año 2018.—Msc. Kenny Obaldía Salazar, Jueza.—( IN2018233633 ).
En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las quince horas y cero minutos del diecisiete de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de seis millones seiscientos veintitrés mil cuatrocientos cuarenta y ocho colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula N° 38921-000, la cual es terreno para construir y café. Situada en el distrito Vuelta de Jorco, cantón Aserrí, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Gerardo Castro Corrales; al sur, calle pública; al este, Marina Monge Chavarría, y al oeste, Odette Fallas Monge. Mide: quinientos treinta y seis metros con sesenta y tres decímetros cuadrados. Para el segundo remate, se señalan las quince horas y cero minutos del uno de junio del dos mil dieciocho, con la base de cuatro millones novecientos sesenta y siete mil quinientos ochenta y seis colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento), y para la tercera subasta, se señalan las quince horas y cero minutos del dieciocho de junio del dos mil dieciocho, con la base de un millón seiscientos cincuenta y cinco mil ochocientos sesenta y dos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Popular y de Desarrollo Comunal contra Fanny Victoria Fallas Monge. Expediente N° 17- 011337-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, (Sección Tercera), 06 de febrero del 2018.—Msc. Cristian Mora Acosta, Juez.—( IN2018233646 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre trasladada (citas: 404- 00107-01-0918-003), condiciones (citas: 404-00107-01-0928- 003), reservas y restricciones (citas: 404-00107-01-0938-004), servidumbre de paso (citas: 2014-116166-01-0005-001); a las once horas y quince minutos del veintiuno de mayo de dos mil dieciocho, y con la base de diez millones doscientos setenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Nacional, provincia de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula número quinientos diecisiete mil doscientos setenta y siete-cero cero cero, la cual es de naturaleza:
Terreno para construir. Situada en el distrito 09 La Palmera, cantón 10 San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Alejandra Ramírez Morfin; al sur, calle pública; al este, José Antonio Orozco Álvarez y al oeste, servidumbre de paso. Mide: ciento cuarenta y dos metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del cinco de junio de dos mil dieciocho, con la base de siete millones setecientos seis mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del veinte de junio de dos mil dieciocho con la base de dos millones quinientos sesenta y ocho mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Silvana Ramírez Morfin. Expediente Nº 17-014702-1157-CJ.—Juzgado de Cobro y Civil de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, (Materia Cobro), 22 de enero del 2018.—Licda. Priscilla González Seravalli, Jueza.—( IN2018233648 ).
En la puerta exterior de este Despacho, libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre trasladada citas: 297- 05911-01-0901-001, a las trece horas y treinta minutos (01:30 p. m.) del diez de mayo del dos mil dieciocho, y con la base de treinta y ocho mil dólares exactos, en el mejor postor, remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula Nº 68837-000, la cual es terreno para construir con una casa. Situada:
en el distrito 1-Turrialba, cantón 5-Turrialba, de la provincia de