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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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AÑO CXXIII La Uruca, San José, Costa Rica, miércoles 7 de junio del 2017La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 1° de febrero del 2016 Nº 107 — 28 Páginas

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA CONSTITUCIONAL ASUNTO: Acción de Inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA HACE SABER:

TERCERA PUBLICACIÓN

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, dentro de la acción de inconstitucionalidad número 17-006103-0007-CO que promueve Flory Candelaria Rojas Morales, se ha dictado la resolución que literalmente dice: “Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. San José, a las once horas y veintidós minutos de veintitrés de mayo de dos mil diecisiete. Se da curso a la acción de inconstitucionalidad interpuesta por Flory Candelaria Rojas Morales, mayor, soltera, portadora de la cédula de identidad N°

6-115-858, vecina de Boruca de Osa, Puntarenas, para que se declare inconstitucional el artículo 6° de la Ley N° 6172, Ley Indígena, por estimarlo contrario a los artículos 7° y 33 de la Constitución Política, 1° y 5° de la Convención Interamericana de Derechos Humanos y 3° del Protocolo de San Salvador. La norma dispone: “Artículo 6º. Ninguna persona o institución podrá establecer, de hecho o de derecho cantinas ni venta de bebidas alcohólicas dentro de las reservas indígenas. La presente ley anula la actual posesión y concesión de patentes de licores nacionales y extranjeros dentro de las reservas”. Se confiere audiencia por quince días a la Procuraduría General de la República. La norma se impugna en cuanto lesiona los principios de jerarquía normativa e igualdad y el derecho fundamental a la dignidad humana. Manifiesta la accionante que “...Los indígenas y los ciudadanos de raza blanca, o negra, o cualquier otra, somos iguales ante la ley”. No obstante, la disposición cuestionada establece una limitación en contra de los primeros que carece de sustento objetivo y que afecta, incluso, sus tradiciones religiosas. La norma cuestionada lesiona, no solo las disposiciones constitucionales citadas, sino también el artículo 1° de la Convención Interamericana de Derechos Humanos de San José y el Protocolo de San Salvador. Esta acción se admite por reunir los requisitos a que se refiere la Ley de la Jurisdicción Constitucional en sus artículos 73 a 79. La legitimación de la accionante para interponer la acción proviene del párrafo 1° del artículo 75 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional. El asunto previo es un proceso judicial que se tramita en el expediente N° 16-002203-1027-CA, en el cual se invocó la inconstitucionalidad de la norma como medio de amparar el derecho que se estima lesionado. Publíquese por tres veces consecutivas un aviso en el Boletín Judicial sobre la interposición de la acción. Efectos jurídicos de la interposición de la acción: Se recuerdan los términos de los artículos 81 y 82 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional que disponen lo siguiente

“Artículo 81. Si el presidente considerare cumplidos los requisitos de que se ha hecho mérito, conferirá audiencia a la Procuraduría General de la República y a la contraparte que figure en el asunto principal, por un plazo de quince días, a fin de que manifiesten lo que estimen conveniente. Al mismo tiempo dispondrá enviar nota al tribunal u órgano que conozca del asunto, para que no dicte la resolución final antes de que la Sala se haya pronunciado sobre la acción, y ordenará que se publique un aviso en el Boletín Judicial, por tres veces consecutivas, haciendo saber a los tribunales y a los órganos que agotan la vía administrativa que esa demanda ha sido establecida, a efecto de que en los procesos o procedimientos en

que se discuta la aplicación de la ley, decreto, disposición, acuerdo o resolución, tampoco se dicte resolución final mientras la Sala no haya hecho el pronunciamiento del caso. Si la acción fuere planteada por el Procurador General de la República, la audiencia se le dará a la persona que figure como parte contraria en el asunto principal.”,

“Artículo 82. En los procesos en trámite no se suspenderá ninguna etapa diferente a la de dictar la resolución final, salvo que la acción de inconstitucionalidad se refiera a normas que deban aplicarse durante la tramitación.”. Dentro de los quince días posteriores a la primera publicación del citado aviso, podrán apersonarse quienes figuren como partes en asuntos pendientes a la fecha de interposición de esta acción, en los que se discuta la aplicación de lo impugnado o aquellos con interés legítimo, a fin de coadyuvar en cuanto a su procedencia o improcedencia, o para ampliar, en su caso, los motivos de inconstitucionalidad en relación con el asunto que les interese. Se hace saber además, que de conformidad con los artículos 81 y 82 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y conforme lo ha resuelto en forma reiterada la Sala (resoluciones 0536-91, 0537-91, 0554-91 y 0881-91) esta publicación no suspende la vigencia de la norma en general, sino únicamente su aplicación en los casos y condiciones señaladas. Notifíquese. Ernesto Jinesta Lobo, Presidente.”

San José, 25 de mayo del 2017.

Gerardo Madriz Piedra,

( IN2017139672 ). Secretario

TRIBUNALES DE TRABAJO Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; soportando dos anotaciones de demanda ordinaria expediente número 06-000328- 0185, bajo las citas 567-08292-01-0001-001 y del expediente número 07-000087-0505-LA, bajo las citas 574-17296-01-0001- 001; a las diez horas treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil diecisiete (10:30 18/07/2017) (primer remate), y con la base de sesenta mil setecientos veinticinco dólares y cero centavos ($60.725), en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 126584-000, la cual es terreno de agricultura, potreros y bosques. Situada en el distrito Cote, cantón Guatuso de la provincia de Alajuela. Colinda:

al norte Julio Calderón; al sur Rubén Solano Araya; al este camino público con un frente de 562.93 metros y al oeste Rio Cotter. Mide:

seiscientos diecinueve mil sesenta y ocho metros con dieciocho decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas del cuatro de agosto del dos mil diecisiete (09:00 04/08/2017), con la base de cuarenta y cinco mil quinientos cuarenta y tres dólares con setenta y cinco centavos ($45.543.75) (rebajada en un 25%) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas del veintidós de agosto del dos mil diecisiete (09:00 22/08/2017), con la base de quince mil ciento ochenta y un dólares con veinticinco centavos ($

15.181,25) (un 25% de la base original). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecutivo hipotecario de sucesión de Lee Smith contra Monarch Caribean Holdings Limitada.

Expediente: 16-000035-1520-AG.—Juzgado Civil y Trabajo del

Fecha: 2017.06.06 15:12:33 -06'00'

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artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en El Boletín judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido, expediente número 17-000004-1516-LA.—

Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, 30 de mayo del año 2017.—Licda. Brenda Celina Calvo De La O, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140357 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Erick Rodolfo Segura Muñoz, mayor, cédula 1-0757-0607, casado, dependiente, vecino de La Unión, San Vicente, fallecido el 20 de setiembre del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones de trabajador fallecido sector privado bajo el número 16-000073-1449-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.). Por Marjorie Jiménez Morales a favor de Marjorie Jiménez Morales. Expediente N°

16-000073-1449-LA.—Juzgado Contravencional y Menor Cuantía de la Unión (Materia Laboral ),13 de octubre del año 2016.—Msc. María De Los Ángeles Solano Gamboa, Juez.—

1 vez.—Exonerado.—( IN2017140365 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Rodrigo Víquez Murillo, quien portó la cédula de identidad 01-0719-0781, quien residió en Guadalupe y falleció en fecha 30/12/2016. A quien se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones, bajo el número 17000830173LA- 7, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de. Expediente N°17000830173LA promovido por Stephanie Melissa Víquez Víquez, portadora de la cédula de identidad 01-1649-0785 a favor de sus causahabientes.—

Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 29 de mayo del año 2017.—Licda. Ileana García arroyo, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140656 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Francisco Javier Gutiérrez Ramírez, cédula número 5-0366- 0733, fallecido el 27 de agosto de 2016, quienes se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencia de devolución de trabajador fallecido, bajo 16-300132-0401-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente número 16-300132- 0401-LA a promovido por Tamara Corea Delgado, Angela Miriam Ramírez Cubillo y Ana Gabriela Castillo Espinoza.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Carrillo.—Licda. Ana Victoria Gómez Zúñiga, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140658 )

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Edgar Francisco Gómez Hidalgo, quien fue mayor, casado, de nacionalidad Costarricense, portó la cédula 103720027 y falleció el día 01 de agosto del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones bajo el número 16-003507-0173-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo.

Promovido por Dinorah María Hernández Sánchez a favor de sus causahabientes. Expediente N° 16-003507-0173-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 02 de noviembre del año 2016.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140660 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marlene Morera Salas, quien fue mayor, soltera, ama de casa, cédula 2-376-253, fallecida el 14 de marzo del año 2015, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector privado Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Sede Upala, (Materia

Agraria), 29 de mayo del 2017.—Licda. Rosaura Segnini Vargas, Jueza.—( IN2017140374 ).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rodolfo Andrés Barrantes Leandro, cédula de identidad N° 1-1502- 889, quien fue mayor, soltero, con último domicilio en Cartago, Lourdes de Agua Caliente, de la iglesia católica 300 metros al sur y 500 metros al noroeste, casa color amarilla a mano derecha y falleció el 19 de marzo del 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones sector privado bajo el N° 17-000300-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N°

17-000300-0641-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 29 de mayo del 2017.—Licda. Ana Laura Solís Mena, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140309 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Evelio Fallas Fallas, quien falleció el 20 de marzo del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 17-000088-1127-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Evelio Fallas Fallas a favor de María Hernández Campos. Expediente N°17-000088-1127-LA.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral),17 de mayo del año 2017.—

Lic. Oscar Mena Valverde, Juez.—1 vez.—( IN2017140349 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Kevin Josué Solano Flores, cédula 1-1603-0009, fallecido el 27 de marzo del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector privado bajo el número 17- 000040-1691-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Codigo de Trabajo. Expediente N° 17-000040-1691-LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Hatillo, (Materia Laboral), 23 de mayo del año 2017.—Msc. Carlos Andrés Aguilar Arrieta, Juez.—1 vez.—

Exonerado.—( IN2017140353 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Fernando Guevara Leal, fallecido el 20 de noviembre del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector público bajo el Número 17-000030-1691-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Expediente N° 17-000030-1691- LA.—Juzgado Contravencional y de Menor Cuantía de Hatillo, (Materia Laboral), 19 de mayo del año 2017.—Msc. Carlos Andrés Aguilar Arrieta, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140354 ).

A los causahabientes de quien en vida se llamó, quien fue Roger Alvarado Castro, domicilio La Garita de Alajuela, 500 metros al sur tajo el polvorón , cédula de identidad número 5-0165-0485, se les hace saber que: Marta María Porras Contreras, cédula de identidad o documento de identidad número 5-0222-0175, domicilio Colonia Puntarenas de Upala, en Urbanización Miravalles, 175 metros al norte de la Escuela Colonia Puntarenas, se apersonó en este Despacho en calidad de conyugue del fallecido, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el

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bajo el número 16-000614-0639-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Por el fallecimiento de Marlene Morera Salas, promovidas por Tania María Alfaro Morera. Expediente N° 16-000614-0639- LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de mayo del año 2017.—Msc. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140662 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Pilar Trinidad Sánchez Vindas quien fue mayor, casado, cédula de identidad 09-0042-0051 y falleció el 22 de octubre del año 2016. A quien se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones, bajo el número 16-000004-556-LA- 2, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Promovido por Teresa Bermúdez Mora, cédula de identidad 104080634 a favor de sus causahabientes. Expediente N°16-000004-556-LA-2.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de mayo del año 2017.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140666 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alice Maria Briceño Flores, quien fue mayor, casada, portador de la cédula de identidad número 5-257-462, fallecido el 08 de marzo del año 2017, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector privado bajo el número 17-000377-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Por el fallecimiento de Alice Maria Briceño Flores promovidas por Alice Maria Briceño Flores.

Expediente N° 17-000377-1022-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de mayo del año 2017.—Msc. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—

1 vez.—exonerado.—( IN2017140699 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Juan Rafael Peraza Zumbado, cédula 2-166-861, quien fue mayor, pensionado, vecino de Pueblo Nuevo de Alajuela, Urb.

El Progreso, y falleció el 11 de noviembre del 2016 fallecido, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest.

sector privado bajo el número 17-000359-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Gestionante Ana Alicia Beleida Peraza fallecido Juan Rafael Peraza Zumbado. Expediente N° 17- 000359-1022-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 15 de abril del año 2017.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—

Exonerado.—( IN2017140704 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Giselle López Brenes, 6-0140-0768, mayor, soltera, vecina de Desamparados, fallecida el 23 de enero del año 2017, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector público bajo el número 17-000314-0166-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Promovida por Olga Martha López Brenes a favor de los causahabientes de la fallecida Giselle López Brenes. Expediente N° 17-000314-0166-LA.—Juzgado de Trabajo del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Primera, 16 de mayo del año 2017.—Lic. Edwin Santamaría Fernández, Juez.—1 vez.—

Exonerado.—( IN2017140705 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Bayron Steve Arias Sirias, quien fue mayor, casado, operario de planta, cédula 2-769-208, fallecido el 12 de octubre del año 2012, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest.

sector privado bajo el número 17-000307-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Por el fallecimiento de Bayron Steve Arias Sirias promovidas por Jessica M. Quesada Gómez. Expediente N° 17-000307-1022-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 08 de mayo del año 2017.—Msc. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—

Exonerado.—( IN2017140706 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Edgar Rodríguez Guzmán, fallecido el 31 de enero del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest.

Sector privado bajo el número 17-000295-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Fallecido Edgar Rodríguez Guzmán, a favor de Jeannette Gerarda Chavarría Pérez. Expediente N° 17- 000295-1022-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 28 de abril del año 2017.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—

Exonerado.—( IN2017140707 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Brayan Arias Miranda, cédula 2-720-150, quien fue mayor, soltero, vecino de Alajuela, Guadalupe, de la entrada Calle Santa Fe, laboró para HFC Prestige Service Costa Rica Limitada, y falleció el 12 de febrero del 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector privado bajo el número 17-000283-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Por HFC Prestige Service Costa Rica Limitada a favor de Brayan Arias Miranda. Expediente N° 17-000283-1022-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de mayo del año 2017.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140708 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Randal Gerardo Moraga Campos, mayor, soltero, vecino de Tambor de Alajuela, laboraba para Corporación de Supermercados Unidos S.R.L., fallecido el 14 de febrero del año 2017, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el Número 17-000281-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Por Corporación de Supermercados Unidos S.R.L., a favor de Randal Gerardo Moraga Campos. Expediente N° 17-000281-1022-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 23 de mayo del año 2017.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Juez.—1 vez.—

Exonerado.—( IN2017140709 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Minor Gerardo Murillo Barrantes, quien portó la cédula de identidad número 2-674-301, mayor, soltero, vecino de Alajuela, falleció el 18 de febrero del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector público bajo el número 17- 000280-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Por Daisy Barrantes Rodríguez a favor de Minor Gerardo Murillo Barrantes.

Expediente N° 17-000280-1022-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de abril del año 2017.—Lic. Andrés Jiménez Vega, Juez.—1 vez.—

Exonerado.—( IN2017140710 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Armando José López Sequeira, quien en vida portó la cédula de identidad número 2-769-517, mayor, soltero, vecino de Alajuela y

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falleció el día 15 de enero del 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 17- 000192-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Por Yelba María López Sequeira a favor de Armando José López Sequeira.

Expediente N° 17-000192-1022-LA.— Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 03 de mayo del año 2017.—Lic. Andrés Jiménez Vega, Juez.—1 vez.—

Exonerado.—( IN2017140718 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Freddy Martín García Corrales, mayor, costarricense, soltero, cédula 1-0640-0592 y falleció el 04 de marzo del año 2017. A quien se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones, bajo el número 17-001271-0173-LA-1, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Promovido por Tarcila Corrales Fallas, cédula 1-0166-0812 a favor de sus causahabientes. Expediente N° 17-001271-0173-LA-1.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 01 de junio del año 2017.—Licda. Ileana García Arroyo, Juez.—1 vez.—

Exonerado.—( IN2017140742 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Javier Eduardo Marchena Marchena, fallecido el 06 de abril del año 2017, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig.

Prest. Sector privado bajo el número 17-000615-1021-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Por Maria Isabel Saenz Madrigal, cédula de identidad 1-541-502 a favor de Javier Eduardo Marchena Marchena. Expediente N° 17-000615-1021- LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Heredia, 02 de junio del año 2017.—Lic. Giovanni Morales Mora, Juez.—1 vez.—

Exonerado.—( IN2017140747 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Rafael Ricardo Chavarría Vargas, quien en vida portó la cédula de identidad número 1-815-610, mayor, casado(a), fallecido el 15 de mayo del año 2017, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector privado bajo el número 17-000569-1022- LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Por el fallecimiento de Rafael Ricardo Chavarría Vargas promovidas por Ofelia Maria Ávila Morales. Expediente N° 17-000569-1022-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 24 de mayo del año 2017.—Msc. Ignacio Saborío Crespo, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140752 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alvaro Antonio García Muñoz, quien en vida portó la cédula de residencia número 155809363130, mayor, en unión de hecho, maestro de obras, vecino de Alajuela y falleció el 08 de abril del año 2017, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest.

Sector privado bajo el número 17-000522-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Por Sandra Bravo Angulo a favor de Alvaro Antonio García Muñoz. Expediente N° 17-000522-1022-LA.—

Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de mayo del año 2017.—Lic. Andrés Jiménez Vega, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140756 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ramón Elí Conejo Oses, quien en vida portó la cédula de identidad número 2-0283-0533, mayor, casado, vecino de Alajuela y falleció el 29 de abril del año 2017, se consideren con

derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 17-000500-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Por María Iriabel Rojas Hernández portadora de la cédula de identidad 2-0275-0936 a favor de Ramón Elí Conejo Oses. Expediente N° 17-000500-1022-LA.—

Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 16 de mayo del año 2017.—Lic. Andrés Jiménez Vega, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140757 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Óscar Mario Jiménez Rodríguez, quien falleció el 21 de enero del año 2017, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 17-000453-1022- LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Óscar Mario Jiménez Rodríguez a favor de Ana Gloria Castro González Expediente N° 17-000453-1022-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 03 de mayo del año 2017.—Licda. Grace Agüero Alvarado, Jueza.—1 vez.—

Exonerado.—( IN2017140758 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Orlando Araya Vargas, quien en vida portó la cédula de identidad número 2-259-441, mayor, casado, vecino de Alajuela y falleció el 08 de febrero del 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias devolución de ahorro obligatorio, bajo el número 17- 000450-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Orlando Araya Vargas a favor de Leila Lascarez Chaves. Expediente N° 17-000450- 1022-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 17 de mayo del 2017.—Lic. Andrés Jiménez Vega, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140759 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Juan Luis de los Ángeles Ovares Alfaro, quien en vida portó la cédula de identidad número 6-123-415, mayor, casado, vecino de Alajuela y falleció el 19 de noviembre del año 2016, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 17-000420-1022-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Por María Eugenia Alfaro Araya, portadora de la cédula de identidad número 2-368-888 a favor de Juan Luis de los Ángeles Ovares Alfaro. Expediente N° 17-000420-1022-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 27 de abril del año 2017.—Lic. Andrés Jiménez Vega, Juez.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140760 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Jorge Alberto De Los Ángeles Tenorio Montero, mayor, Casado, Peón, con último domicilio en Cartago, Llano Grande, con cédula de identidad 3-0305-0788 y falleció el 17 de Diciembre de 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones sector privado bajo el número 17-000419- 1023-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo, promovido por Leda Virginia Del Socorro Leitón Amador, cédula de identidad 03-0288-0927. Expediente N° 17- 000419-1023-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía de Cartago, 31 de mayo del año 2017.—Licda. Giannina Lacayo Quirós, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140761 ).

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Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Silvia Herrán Sánchez, quien portó la cédula de identidad 01-0522- 0608, quien residió en Tibás y falleció en fecha 09/05/2017. A quien se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias consignación de prestaciones, bajo el número 17-001587-0173-LA-0, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Promovido por Orlando Gerardo Jiménez Lara, portador de la cédula de identidad 01-0582-0497, a favor de sus causahabientes. Expediente N° 17-001587-0173-LA.—Tribunal de Trabajo de Menor Cuantía del Segundo Circuito Judicial de San José, 30 de mayo del año 2017.—Licda. Ileana García Arroyo, Jueza.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017140771 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando servidumbre de acueducto y servidumbre de paso; a las quince horas y treinta minutos del diecisiete de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de trescientos ochenta y dos mil cincuenta y un dólares con cuarenta y cuatro centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 20248-F-000 la cual es terreno apartamento número 1: destinado exclusivamente al uso habitacional. Es una construcción de una planta, un altillo y un semisótano. Situada en el distrito 1-Escazú, cantón 2-Escazú, de la provincia de San José. Colinda: al norte, área común de tendederos y zonas verdes; al sur avenida Condominio Pamplona; al este, apartamento 2 y al oeste, calle acceso Condominio Pamplona. Mide: doscientos noventa y dos metros con sesenta y siete decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las quince horas y treinta minutos del tres de agosto del año dos mil diecisiete, con la base de doscientos ochenta y seis mil quinientos treinta y ocho dólares con cincuenta y ocho centavos y, para la tercera subasta se señalan las quince horas y treinta minutos del veintiuno de agosto del año dos mil diecisiete con la base de noventa y cinco mil quinientos doce dólares con ochenta y seis centavos.

Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra 3-101-46171 Sociedad Anónima. Exp. N° 16-001849-1204-CJ.—Juzgado de Cobro, Menor Cuantía y Contravencional de Grecia (Materia Cobro), 27 de enero del año 2017.—Lic. Paola Elena Rodríguez Godínez, Jueza.—( IN2017140345 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y cero minutos del cinco de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de ocho mil cuatrocientos cincuenta y cuatro dólares con sesenta y nueve centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número FFG316, marca Kia, estilo Río, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2014, color gris, vin KNADN412AE6299032, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del veinte de julio del año dos mil diecisiete, con la base de seis mil trescientos cuarenta y un dólares con cero dos centavos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y cero minutos del ocho de agosto del año dos mil diecisiete con la base de dos mil ciento trece dólares con sesenta y siete centavos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica S. A. contra Catalina del Milagro Gamboa Coto. Exp.

N° 17-000877-1200-CJ.—Juzgado de Cobro y Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Cobro), 04 de mayo del año 2017.—Lic. José Ricardo Cerdas Monge, Juez.—( IN2017140346 ).

En la puerta exterior de este Despacho; soportando contrato prendario bajo las citas 2013-00402466-002; a las catorce horas y treinta minutos del tres de agosto de dos mil diecisiete (2:30 pm / 03/08/2017), y con la base de cinco millones seiscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo:

placas número 850642, marca Toyota, estilo Yaris, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2011, color negro, vin JTDKW923305155406, cilindrada 1298 CC., combustible gasolina, motor Nº 2NZ5776286. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintitrés de agosto de dos mil diecisiete (2:30 p.m. /23/08/2017), con la base de cuatro millones doscientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del ocho de setiembre de dos mil diecisiete (2:30 pm / 08/09/2017) con la base de un millón cuatrocientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso monitorio de Jenny Patricia Soto Molina contra Mario Alberto Lanuza Sánchez. Exp. N° 14-006329-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 25 de mayo del año 2017.—

Licda. Marcela Brenes Piedra, Jueza.—( IN2017140376 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando reservas Ley Forestal: citas 0412- 00006577-01-0007-001; a las once horas y cero minutos del siete de setiembre del dos mil diecisiete y con la base de seis millones doscientos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Guanacaste, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 163121-000, la cual es terreno de pasto. Situada en el distrito 05 Líbano, cantón 08 Tilarán de la provincia de Guanacaste. Colinda: al norte Francisco Guzmán Alpízar; al sur calle pública; al este Eduardo Rojas Alfaro y al oeste calle pública y Félix Orlando Rodríguez Conejo. Mide: veintidós mil doscientos noventa y cuatro metros con setenta y tres decímetros cuadrados.

Para el segundo remate se señalan las once horas y cero minutos del veinticinco de setiembre del año dos mil diecisiete, con la base de cuatro millones seiscientos cincuenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y cero minutos del diez de octubre del dos mil diecisiete, con la base de un millón quinientos cincuenta mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Gerardo Antonio Rodríguez Bermúdez. Expediente: 17-- 000276-1765-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 25 de mayo del 2017.—Licda. Mayela Gómez Pacheco, Jueza.—( IN2017140377 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las nueve horas y treinta minutos del veintiséis de julio del año dos mil diecisiete, y con la base de dieciocho millones quinientos sesenta y cinco mil quinientos sesenta y siete colones con treinta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 181170-000 la cual es terreno para construir lote G-35.

Situada en el distrito 5-Agua Caliente, cantón 1-Cartago, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, lote 12 G Urbanización Jardines de Cartago; al sur, calle pública con 8 mts., de frente; al este lote 36 G Urbanización Jardines de Cartago y al oeste, lote 34 G Urbanización Jardines de Cartago. Mide: ciento sesenta metros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del once de agosto del año dos mil diecisiete, con la base de trece millones novecientos veinticuatro mil ciento setenta y cinco colones con cincuenta y un céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan

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las nueve horas y treinta minutos del veintinueve de agosto del año dos mil diecisiete con la base de cuatro millones seiscientos cuarenta y un mil trescientos noventa y un colones con ochenta y cuatro céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota:

Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Dulman Alexander de los Ángeles Cerdas Jiménez. Exp. N° 16-031215- 1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Segunda, 29 de mayo del año 2017.—Lic. Simón Bogantes Ledezma, Juez.—( IN2017140387 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las trece horas y veinte minutos del veintisiete de junio de dos mil diecisiete -01:20 p. m. 27/06/2017-, y con la base de sesenta y cuatro millones trescientos setenta y cuatro mil ciento veinte colones con cuarenta y cuatro céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, Partido de Alajuela, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número cuatrocientos ochenta y dos mil novecientos treinta y tres-cero cero uno-cero cero dos; la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 04 San Antonio, cantón 01 Alajuela de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte calle pública con un frente de 10 metros; al sur Salvador Arrieta Castillo; al este lote quince y al oeste lote diecisiete. Mide: doscientos metros con cero decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las trece horas y veinte minutos del doce de julio de dos mil diecisiete -01:20 p. m. 12/07/2017-, con la base de cuarenta y ocho millones doscientos ochenta mil quinientos noventa colones con treinta y tres céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y veinte minutos del veintiocho de julio de dos mil diecisiete -01:20 p. m. 28/07/2017- con la base de dieciséis millones noventa y tres mil quinientos treinta colones con once céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial).

Nota: en caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Dunia Yolanda Agüero Sequeira, Roosvelt Augusto Contreras Alfaro. Expediente: 16-007053-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 5 de mayo del 2017.—Licda.

Giannina Lacayo Quirós, Jueza.—( IN2017140388 ).

En la puerta exterior de este Despacho libre de gravámenes hipotecarios pero soportando servidumbre trasladada tomo 400, asiento 03843-01-0911-001, a las nueve horas y cero minutos del diecisiete de octubre del dos mil diecisiete y con la base de diez millones de colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:

finca inscrita en el Registro Público, Partido de San José, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 484352- 000, la cual es terreno de agricultura con una casa. Situada en el distrito Desamparados, cantón Desamparados de la provincia de San José. Colinda: al norte Sociedad Díaz Asociados e Hijos de Desamparados S. A.; al sur Sociedad Díaz Asociados e Hijos de Desamparados S. A.; al este Nelly Núñez Quirós y al oeste calle pública con 6.50 de frente. Mide: cien metros con dos decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del uno de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de siete millones quinientos mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cero minutos del dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete, con la base de dos millones quinientos mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco de Costa

Rica contra Ronald Alberto Jerez Hernández. Expediente N° 08- 011318-1012-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, 10 de mayo del 2017.—MscCristian Mora Costa, Juez.—( IN2017140406 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; pero soportando 1 servidumbre trasladada citas 262-00007272-01-0902-001 y 2 servidumbre de paso citas 451- 00016410-01-0002-001 y 468-00010831-01-0002-001; a las dieciséis horas y cero minutos del veintiocho de julio de dos mil diecisiete -4:00 p.m. 28/07/2017-, y con la base de cuarenta y siete millones novecientos sesenta y cuatro mil ochocientos noventa colones con ochenta y cinco céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: finca inscrita en el Registro Público, partido de Cartago, Sección de Propiedad, bajo el sistema de folio real, matrícula número 176.518-000 la cual es terreno de solar con una casa. Situada en el distrito 09 Santa Rosa, cantón 05 Turrialba, de la provincia de Cartago. Colinda: al norte, Rosa Garita Vargas; al sur, camino público con un frente de 34,94 cm; al este, Mauricio Arroyo Romero y al oeste, Rolando Pereira Romero. Mide: mil cincuenta y cinco metros con setenta y cinco decímetros cuadrados.

Para el segundo remate se señalan las dieciséis horas y cero minutos del diecisiete de agosto de dos mil diecisiete -4:00 p.m.

17/08/2017- con la base de treinta y cinco millones novecientos setenta y tres mil seiscientos sesenta y ocho colones con catorce céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las dieciséis horas y cero minutos del uno de setiembre de dos mil diecisiete -4:00 p.m. 01/09/2017- con la base de once millones novecientos noventa y un mil doscientos veintidós colones con setenta y un céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: En caso de que existan postores el día de efectuarse el remate y estos aporten la suma correspondiente en moneda diferente a la indicada -en el presente edicto-, se consigna que el tipo de cambio a utilizar será el correspondiente al día en que se realice la almoneda, según lo establezca el Banco de Costa Rica. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ivania Rocío Navarro Castillo. Exp. N° 17-003217-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 15 de mayo del año 2017.—Licda. Yanin Torrentes Ávila, Jueza.—( IN2017140409 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y quince minutos del veinte de junio de dos mil diecisiete, y con la base de ochocientos ochenta mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número MOT-273996, marca Jinan Qingqi, estilo QM 200 GY, categoría motocicleta, capacidad 2 personas, año 2009, color azul, vin LAEMNZ40X9B930291, cilindrada 200 CC. combustible gasolina, motor Nº K166FML30052929. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del siete de julio de dos mil diecisiete, con la base de seiscientos sesenta mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del veintiséis de julio de dos mil diecisiete con la base de doscientos veinte mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A.

contra Roy Segura Segura. Exp. N° 13-004825-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 28 de marzo del año 2017.—Licda. Zary Navarro Zamora, Jueza.—( IN2017140443 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las 11:15 horas del 22/06/17, y con la base de seiscientos noventa y tres mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas 883414, marca Hyundai, estilo Accent, categoría automóvil, capacidad 5 personas, serie KMHCG51BPXU001908, peso vacío 0, carrocería sedán, 4 puertas, peso neto 0 kgrms., tracción 4x2, peso bruto 1000 kgrms., número chasis KMHCG51BPXU001908, valor hacienda 1.040.000,00, año fabricación 1999, estado actual inscrito, longitud 0 mts., estado

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tributario pago, derechos de aduana, cabina desconocido clase, tributaria 1707806, techo no aplica, uso particular, peso remolque 0, valor contrato 1.000,00, color anaranjado, número registral 1, convertido n, moneda colones, vin KMHCG51BPXU001908. Para el segundo remate se señalan las 11:15 horas del 07/07/17, con la base de quinientos diecinueve mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las 11:15 horas del 24/07/17 con la base de ciento setenta y tres mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Hugo Zeledón Herrera. Exp. N° 16-020916-1338- CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 17 de enero del año 2017.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2017140446 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y quince minutos del veintiséis de junio de dos mil diecisiete y con la base de un millón treinta y cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo:

placa MOT 434713, marca Euromot, estilo GXT 200, chasís LV7MNZ40XEA008655, capacidad 2 personas, color rojo, año 2015, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las once horas y quince minutos del once de julio de dos mil diecisiete, con la base de setecientos setenta y cinco mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las once horas y quince minutos del veintiséis de julio de dos mil diecisiete, con la base de doscientos cincuenta y ocho mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra John Kenner Jirón Guzmán. Expediente:

16-018609-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 19 de enero del 2017.—

Licda. Brenda Vargas Quesada, Jueza.—( IN2017140448 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas cuarenta y cinco minutos del seis de julio del dos mil diecisiete, y con la base de novecientos cuatro mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:

vehículo placa MOT 425893, marca Katana, estilo SMX200, categoría motocicleta, capacidad 2 personas, año fabricación 2015, color blanco, vin LKXYCML43F0002399, N° motor LF163FMLF1002102, cilindrada 197 C.C. Para el segundo remate se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintiuno de julio del dos mil diecisiete, con la base de seiscientos setenta y ocho mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas cuarenta y cinco minutos del ocho de agosto del dos mil diecisiete con la base de doscientos veintiséis mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A.

contra Yaney del Carmen Traña Traña. Exp. N° 16-022168-1338- CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 25 de enero del año 2017.—Licda. Brenda Vargas Quesada, Jueza.—( IN2017140449 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas y treinta minutos del veinte de junio de dos mil diecisiete, y con la base de tres millones ciento treinta y dos mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: CL 211348, marca: Renault, estilo Kangoo Express, año: 2006, color: blanco, chasis VF1FC0JBF35099193, combustible, gasolina, capacidad 2 personas. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y treinta minutos del cinco de julio de dos mil diecisiete, con la base de dos millones trescientos cuarenta y nueve mil colones exactos (rebajada en un veinticinco

por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las nueve horas y treinta minutos del veinte de julio de dos mil diecisiete, con la base de setecientos ochenta y tres mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Adán Vinicio Miranda Alfaro. Expediente: 16-016275-1338-CJ.—

Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 12 de enero del 2017.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2017140450 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios pero soportando denuncia del O.I.J., bajo las citas 0800 00314208 001; a las catorce horas y quince minutos del veinte de julio de dos mil diecisiete, y con la base de un millón doscientos sesenta y ocho mil colones exactos , en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas número Mot 478380, marca Bajaj, estilo Boxer BM 150, categoría motocicleta, capacidad 2 personas, serie MD2A21BZ4GWA48069, carrocería motocicleta, tracción 2x2, año fabricación 2016, color negro, chasis MD2A21BZ4GWA48069, N°

motor PFZWFA33431, cilindrada 150 C.C., cilindros 1, potencia:

11 kw combustible: gasolina . Para el segundo remate se señalan las catorce horas y quince minutos del nueve de agosto de dos mil diecisiete, con la base de novecientos cincuenta y un mil colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las catorce horas y quince minutos del veinticinco de agosto de dos mil diecisiete con la base de trescientos diecisiete mil colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho.

La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Johnny Steven Mendoza Belmonte. Exp. N° 16-019988-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 01 de febrero del año 2017.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2017140451 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del cuatro de julio de dos mil diecisiete y con la base de noventa y ocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo:

placas número MOT-325599, marca Jialing, estilo JH150 GY-2, categoría motocicleta, capacidad 2 personas, año 2012, color azul, vin LAAAJKKV5C0000002, cilindrada 133 c.c., combustible gasolina, motor N° JL158FMI712A000020. Para el segundo remate se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del diecinueve de julio de dos mil diecisiete, con la base de setenta y tres mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y, para la tercera subasta se señalan las trece horas y cuarenta y cinco minutos del siete de agosto de dos mil diecisiete, con la base de veinticuatro mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra Bismar Espinoza Dávila. Expediente: 16-020869-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 06 de febrero del 2017.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—( IN2017140453 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las diez horas y cero minutos del cuatro de julio de dos mil diecisiete y con la base de cuatro millones doscientos ochenta y nueve mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo: placas 518819, marca: Nissan, estilo:

Pathfinder SE, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie:

JN1VDZR50Z0011630, carrocería: familiar, tracción: 4x4, N°

chasis: JN1VDZR50Z0011630, año fabricación: 2003, color: gris, vin: JN1VDZR50Z0011630 N° motor: VQ35843337A, cilindrada:

3498 cc, cilindros: 6, potencia: 0 KW, combustible: gasolina.

Para el segundo remate se señalan las diez horas y cero minutos

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del diecinueve de julio de dos mil diecisiete, con la base de tres millones doscientos dieciséis mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y cero minutos del siete de agosto de dos mil diecisiete, con la base de un millón setenta y dos mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se le informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.A. contra José Fabián Monestel Murillo. Expediente: 16-020069-1338-CJ.—

Juzgado Tercero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 3 de febrero del 2017.—M.Sc. Nidia Durán Oviedo, Jueza.—( IN2017140454 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las once horas y treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil diecisiete, y con la base de ochocientos dieciocho mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placas número MOT-436006, marca Freedom, estilo FR150T- 26B, categoría motocicleta, capacidad 2 personas, año 2015, color rojo, Vin LYDTCK505F1200421, cilindrada 149 c.c., combustible gasolina, motor Nº 157QMJ15010436. Para el segundo remate se señalan las once horas y treinta minutos del once de julio de dos mil diecisiete, con la base de seiscientos trece mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las once horas y treinta minutos del veintiséis de julio de dos mil diecisiete con la base de doscientos cuatro mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho.

La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Glenda Paola López Chavarría. Exp. N° 16-019999-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 19 de enero del año 2017.—Licda. Paula Morales González, Jueza.—( IN2017140457 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios y anotaciones judiciales; a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del tres de julio de dos mil diecisiete, y con la base de tres millones trece mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Vehículo placa BJB011, marca Hyundai, estilo Elantra, categoría automóvil, capacidad 5 personas, año 2001, color plateado, Vin número KMHDN41AP1U211978, cilindrada 1.500 CC, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del dieciocho de julio de dos mil diecisiete, con la base de dos millones doscientos cincuenta y nueve mil setecientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del tres de agosto de dos mil diecisiete con la base de setecientos cincuenta y tres mil doscientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho.

La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Melvin Martínez Tiburcio. Exp. N° 16-022031-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 31 de enero del año 2017.—Licda. María del Carmen Vargas González, Jueza.—( IN2017140458 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las nueve horas quince minutos del catorce de junio del año dos mil diecisiete, y con la base de seiscientos cincuenta y cinco mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:

vehículo placas MOT-319363, carrocería motocicleta, marca génesis, categoría motocicleta, estilo HJ1257, año 2011, color rojo,

cilindrada 125 cc, combustible gasolina. Para el segundo remate se señalan las nueve horas quince minutos del veintinueve de junio del año dos mil diecisiete, con la base de cuatrocientos noventa y un mil doscientos cincuenta colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las nueve horas quince minutos del catorce de julio del año dos mil diecisiete con la base de ciento sesenta y tres mil setecientos cincuenta colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este Despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S.

A. contra Roger Manuel Lara Lanza. Exp. N° 13-018715-1170- CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 13 de febrero del año 2017.—Licda. Carmen Laura Valverde Phillips, Jueza.—( IN2017140462 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes hipotecarios; a las diez horas y treinta minutos del once de julio de dos mil diecisiete, y con la base de sesenta y nueve millones noventa y tres mil quinientos setenta y cinco colones con diecinueve céntimos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Finca inscrita en el Registro Público, Partido de Heredia, Sección de Propiedad, bajo el sistema de Folio Real, matrícula número 148285-000 la cual es terreno para construir lote 13 bloque B con una casa de habitación. Finca se encuentra en zona catastrada. Situada en el distrito 02 San Josecito, cantón 05 San Rafael, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, lote 14; al sur, lote 12; al este, calle pública y al oeste, Gonzalo Rojas Villalobos y Bernal Rojas Villalobos. Mide: doscientos ocho metros con diez decímetros cuadrados. Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del uno de agosto de dos mil diecisiete, con la base de cincuenta y un millones ochocientos veinte mil ciento ochenta y un colones con treinta y nueve céntimos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las diez horas y treinta minutos del dieciocho de agosto de dos mil diecisiete con la base de diecisiete millones doscientos setenta y tres mil trescientos noventa y tres colones con ochenta céntimos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Nota: Se les informa a las personas jurídicas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser girado a favor de este despacho. La anterior debido a la restricción del artículo 805 párrafo segundo del Código de Comercio. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Crédito Agrícola de Cartago contra Marisol de los Ángeles Anchía Salazar.

Exp. N° 17-001166-1164-CJ.—Juzgado Especializado de Cobro de Cartago, 09 de mayo del año 2017.—Lic. Guillermo Ortega Monge, Juez.—( IN2017140481 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de junio de dos mil diecisiete, y con la base de seiscientos catorce mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente:

Vehículo placas número Mot-415606, marca Sukida, estilo SK 200 4, categoría motocicleta, capacidad 2 personas, año 2014, color rojo, Vin LP6PCM4B0E0300029, cilindrada 200 CC., combustible gasolina, motor Nº 163FMLE5105190. Para el segundo remate se señalan las catorce horas y treinta minutos del once de julio de dos mil diecisiete, con la base de cuatrocientos sesenta mil quinientos colones exactos (rebajada en un veinticinco por ciento) y para la tercera subasta se señalan las catorce horas y treinta minutos del veintiséis de julio de dos mil diecisiete con la base de ciento cincuenta y tres mil quinientos colones exactos (un veinticinco por ciento de la base inicial). Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Instacredit S. A. contra Keylor Felix Umaña Castrillo.

Exp. N° 16-018596-1338-CJ.—Juzgado Tercero Especializado de Cobro Primer Circuito Judicial de San José, 24 de enero del año 2017.—Lic. Henry Sanarrusia Gómez, Juez.—( IN2017140483 ).

En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las 11:00 horas del 22/06/17, y con la base de setecientos siete mil colones exactos, en el mejor postor remataré lo siguiente: vehículo placas MOT-445932, marca Freedom, estilo ZS 150-7, categoría motocicleta, capacidad: 2, personas serie

Referencias

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En la puerta exterior de este Despacho; libre de gravámenes prendarios; a las ocho horas y quince minutos del veintiséis de octubre de dos mil dieciséis, y con la base de novecientos

Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del siete de marzo del año dos mil diecisiete, con la base de treinta y un millones quinientos mil colones

Para el segundo remate, se señalan las catorce horas y treinta minutos del primero de setiembre del dos mil dieciséis, con la base de setecientos cincuenta mil colones

Para el segundo remate se señalan las diez horas y treinta minutos del tres de setiembre del dos mil trece, con la base de diecisiete millones setecientos mil colones

Para el Segundo remate se señalan las trece horas treinta minutos del veinte de octubre del dos mil diecisiete con la base de ciento sesenta y ocho millones ochocientos treinta

Para el segundo remate se señalan las nueve horas y cero minutos del nueve de setiembre del dos mil catorce, con la base de seis millones setecientos cincuenta mil

Para el segundo remate se señalan las ocho horas y cero minutos del ocho de agosto del dos mil dieciocho, con la base de dos millones ochenta y tres mil novecientos sesenta y

Para el segundo remate se señalan las catorce horas y cero minutos del diez de abril de dos mil dieciocho, con la base de tres millones setecientos cincuenta mil colones exactos