VI. TIPOS HISTÓRICOS DE CONSEJOS ECONÓMICOS Y SOCIALES
6.2. Experiencias consultivas en la Europa contemporánea
Durante el siglo XIX, particularmente en su segunda mitad, arraigaron en algunos Estados de Europa Occidental corrientes ideológicas cuyos seguidores trabajaron intensamente para dar voz a las fuerzas económicas en los procesos políticos de decisión económica.
Una de esas corrientes, la del sindicalismo utópico francés, fue protagonista de uno de los primeros hitos contemporáneos de instituciones con algún parecido con los actuales Consejos Económicos y Sociales. Ese antecedente, fue la Comisión de Gobierno para los trabajadores, presidida por BLANC, y creada y disuelta en 1848417.
Esta Comisión, también conocida bajo el nombre de Comisión de Luxemburgo por tener su sede en el palacio parisino donde hasta 1848 tuvo su sede la Cámara de los Pares418, se compuso por representantes del Gobierno, de los trabajadores y de los empresarios.
Una de las competencias de esta Comisión fue el estudio y debate de los proyectos de reformas sociales que posteriormente pasaban a discutirse en la Asamblea Nacional. Fue una especie de comisión consultiva del trabajo, que dio bastantes frutos en el ámbito socio-laboral, como demuestran sus trabajos sobre la disminución de la jornada de trabajo o la creación de un registro de contratos.
Años más tarde, en 1869, se creó en Italia por Real Decreto de 5 de agosto, el Consejo de la Industria y del Comercio, institución que sirvió para dar respuesta a los asuntos419 que le sometía el Ministerio de Agricultura, Industria y Comercio, del
417 Muy descriptivo es la obra de GASCÓN Y MARÍN J., PÉREZ SERRANO, N., ZUMALACÁRREGUI Y PRAT, J. M., La crisis europea de 1848, aspectos, político, social y económico, Real Academia de Ciencias Morales y Políticas, Madrid, 1949.
418 La Cámara de los Pares fue la Cámara Alta en Francia entre 1814 y 1848.
419 En particular los relacionados con las reformas en la legislación comercial, de los programas de las Cámaras de Comercio, de los proyectos sobre tratados comerciales, de navegación y sobre las tarifas ferroviarias. También dispuso el Consejo del poder de iniciativa, limitado en general, a la opción de proponer al Ministro las investigaciones y las medidas que considerase adecuadas para el aumento de la industria y del comercio nacional. VECCHIO G., “Il Consiglio del´industria e del comercio e la rappresentanza degli interessi fra ´800 e ´900”, en Economia e Corporazioni. Il governo degli interessi nella
cual dependía. Función consultiva para la que contaba con catorce miembros elegidos entre las personas más instruidas en comercio, industria y doctrina económica, y también con otras seis personas con cargo político420. Este órgano de la Administración italiana una vez se consumó la reforma operada por el Real Decreto de 11 de marzo de 1886 incorporó una mayor representación incluyendo los dieciocho representantes de las Cámaras de Comercio y Artes, seis asociaciones del ámbito industrial y comercial y dos representantes de organizaciones de trabajadores con personalidad jurídica421.
De nuevo en Francia, algunos años más tarde, se creó un órgano consultivo en el que tuvieron presencia algunos de los representantes de las organizaciones sociales. Por medio del Decreto de 22 de enero de 1891 se estableció un Consejo Superior del Trabajo, que dentro de los sesenta miembros que desde un primer momento participaron en el mismo, comenzó tras su reforma de 27 de enero de 1904 a tener representación tanto de las organizaciones de patronos como de organizaciones obreras422.
Por su parte, el Real Decreto de 7 de abril de 1892 creó en Bélgica el Consejo Superior de Trabajo, órgano que contó con la presencia de sesenta miembros nombrados todos por el Rey y con una distribución paritaria entre los empresarios, empleados y expertos.
Un antecedente capital fue también el Consejo Económico creado en Prusia con una clara intención de alejarse de los postulados liberales423, por la Ordenanza del rey Guillermo I del 17 de noviembre de 1880. El Consejo lo formaron setenta y cinco miembros nombrados por el Rey por un período de cinco años. Esos miembros se dividían en dos: por un lado, treinta miembros, la mitad de los storia d´Italia dal medievo all´età contemporánea, a cura di Cesare Mozzarelli, Giuffrè, Milán, 1988, pág. 305.
420 Art. 3 del Real Decreto de 5 de agosto de 1869.
421 VECCHIO G., “Il Consiglio del´industria e del comercio…”, op.cit., pág. 310.
422 Por mandato del Decreto de 27 de enero de 1904, los cincuenta miembros que en un primer momento fueron designados por el Gobierno pasaron a ser designados, por parte iguales, tanto por los empresarios como por los trabajadores. Los otros diez miembros eran miembros por razón de su cargo.
423 WOLFE, J. H., “Corporatism in German political life: functional representation in the GDR and Bavavia”, HEISLER, M. O. (Dir.), Politics in Europe. Structures and processes in some postindustrial democracies, Mckay, Nueva York, 1974, pág. 324.
cuales se reservaba a obreros y artesanos designados libremente por el Ministro competente y, cuarenta y cinco delegados elegidos de entre las listas establecidas por las Cámaras de Comercio, de Industria y de Agricultura. Tal y como expuso BISMARCK en el discurso inaugural del Consejo, este órgano tenía por misión emitir opinión sobre los textos legislativos de carácter económico, y defender pública y libremente los intereses de las diversas corporaciones424, aunque lo que el “Canciller de Hierro” realmente pretendía de esta institución, era fundar un simple consejo de expertos425.
Ya a comienzos del siglo XX, más concretamente el 29 de junio de 1902, se instauró en Italia el Consejo Superior del Trabajo, incardinado en el Ministerio de Agricultura, Industria y Comercio, con tareas exclusivamente consultivas y con el propósito de convertirse en un “Parlamento del trabajo”426. Estuvo compuesto por cuarenta y tres miembros, algunos designados por el Gobierno y otros, por organizaciones socioeconómicas427, si bien, su reorganización por Real Decreto de 27 de octubre de 1922 dio un giro significativo al Consejo, al hacerse presente exclusivamente los intereses socioeconómicos y especialmente los patronales428. Este organismo suprimido por MUSSOLINI en 1923, tuvo una elevada contribución social: logró mejorar la legislación en materia social y, consecuencia de ello, legitimó la presencia de las organizaciones de trabajadores en las instituciones del Estado.
424 PRÉLOT, M., La Représentation professionnelle dans la constitution de Weimar et le conseil économique national, Tesis Doctoral de 29 de enero de 1924, Ediciones Spes, París, 1924, págs. 35-36.
425 LATAUD, C., y POUDENX, A., La représentation professionnelle. Les Conseils Économiques en Europe et en France, Marcel Rivière, París, 1927, pág. 81.
426 VECCHIO G., Il Consiglio superiore del lavoro (1903-1923), a cura di Giorgio Vecchio, F. Angeli, Milán, 1988.
427 De los cuarenta y tres miembros, veintinueve eran elegidos entre miembros del Parlamento, dirigentes de la Administración Pública, también representantes elegidos por las Cámaras de Comercio, de las Asociaciones Agrícolas, la Sociedad de Ayuda Mutua, la Liga de Cooperativas, la Asociación de Cooperativas de Bancos; y catorce de los asientos eran elegidos a propuesta de Ministro de Agricultura, Industria y Comercio, a razón de dos expertos en economía y estadística; cinco fabricantes y empresarios de los sectores agrícolas, industriales y comerciales; dos trabajadores y capataces de las minas de Sicilia y Cerdeña; un trabajador de puerto de mar y cuatro entre campesinos y trabajadores.
428 GUTIÉRREZ NOGUEROLES, A., op.cit., pág. 55.