II. MARCO CONCEPTUAL E HISTÓRICO DE LA REPRESENTACIÓN DE INTERESES
2.5. Las organizaciones y su papel político: la vinculación orgánica de la
2.5.1. La participación de las organizaciones de interés en los sistemas
El protagonismo del pueblo es inherente a los regímenes democráticos siendo los ciudadanos los actores fundamentales. Ello implica que es a éstos a los que les corresponde ser partícipes de los asuntos públicos, por lo que atendiendo a esa prudencia, es lógico que existan instrumentos con los que poder canalizar la participación.
Uno de esos cauces sin duda lo componen hoy los partidos políticos que instrumentan principalmente la participación política y median entre la sociedad y el Estado transformando el pluralismo social en pluralismo político188. Mediante los cauces electorales son los partidos políticos los que copan, con los representantes designados por la sociedad, las instituciones democráticas.
En cualquier caso, los conceptos de representación y participación están estrechamente asociados a pesar de que algunas opiniones las pretendan presentar como una antinomia. Una de esas formas de participación es la elección de representantes políticos en las Asambleas parlamentarias. Es además la más sobresaliente, elemental y transcendental, pero en nuestros días no es la única.
Junto a los partidos políticos y desde que se superaron las imperfecciones del Estado liberal con su concepción “atomística” del ciudadano, han aparecido en la escena pública los grupos y organizaciones como actores de la vida social.
Aunque por fases, desde entonces hasta nuestros días, y más acusadamente desde finales de la segunda contienda mundial, las organizaciones de interés tienen un reconocimiento público e incluso se les ha concedido en determinados supuestos la capacidad de intervención sobre el proceso político.
186 FORSTHOFF, E., Sociedad industrial y Administración Pública, ENAP, Madrid, 1967, pág. 33.
187 A este fenómeno, como se verá, se le denomina “corporativismo democrático”.
Consiste en la integración de las organizaciones sociales en el Estado democrático.
188 CAMINAL BADIA, M. (Coord.), Manual de Ciencia Política, Tecnos; Madrid, 2006, pág. 342.
Después de la Segunda Guerra Mundial, en la Europa democrática los grupos de intereses socioeconómicos se convirtieron en un tema sugerente y tentador, al observarse particularmente su intervención en la vida política. Esto fue así al advertir los poderes políticos la trascendencia que los grupos iban adquiriendo por la fuerza social que representaban. Por ello en las democracias europeas estos mismos poderes públicos fueron diseñando modelos para, por un lado, controlar y por otro, hacer partícipes a los grupos mediante su colaboración en el sistema.
En este sentido es relevante conceder el reconocimiento que se merece a las tesis de TOCQUEVIILE, cuando observó que la asociación es la verdadera garantía de la libertad frente a la “tiranía de la mayoría” y uno de los medios para alcanzar la libertad política189.
Es lógico que ante la profusión de intereses que en las sociedades existen, se constituyan grupos que se aglutinen bajo ese interés común, y que a su vez quieran participar por medio de los mecanismos democráticos diseñados para lograr el cumplimiento de su misión.
Si bien la forma más distinguida de participación en los Estados democráticos es por medio de la elección de los representantes políticos en los Parlamentos, esa participación se ha visto necesariamente complementada por unos mecanismos que perfeccionan el parlamentarismo y en los que las organizaciones de interés disponen de un protagonismo especial, lográndose por este cauce una participación ciudadana más completa.
En definitiva, el Estado vino a reconocer la importancia de la sociedad civil, concediéndole a ésta un reconocimiento público (con una funcionalidad jurídico- política) complementaria a la representación en las Asambleas Legislativas, de tal manera que las demandas sociales comenzaron a hacerse presente con más fuerza que antes en el funcionamiento político.
Ese avance en la participación de los ciudadanos más allá de la elección en las Asambleas no es actual, se remonta al modelo del Estado social ante la previa ausencia de protagonismo de los grupos y al exceso de conflictividad entre las
189 “En nuestra época, la libertad de asociación se ha convertido en una garantía necesaria contra la tiranía de la mayoría”. TOCQUEVILLE, A., La Democracia en América, NOLLA, E.
(trad.), Aguilar, Madrid, 1990, pág. 186.
fuerzas sociales, y sus fines consistían en lograr un diálogo entre el poder y los ciudadanos.
En las democracias representativas después de la segunda contienda mundial el ejercicio del poder político está conectado con las posibilidades que para la participación de los ciudadanos en la vida política se permiten al margen del simple derecho al sufragio. Por ello, la participación dejando de lado el instrumento de los partidos políticos, está reconocida en los principales textos constitucionales de los países de nuestra órbita.
En este orden de cosas se han ido poco a poco articulando diferentes formas de cooperación en la mayoría de los países industrializados. En unos casos la colaboración primero se basó en formas de relación de los grupos con el poder y luego se fueron reconociendo instancias institucionalizadas para el despliegue de sus propuestas. De tal forma que en los Estados de bienestar, los pactos sociales y las políticas de corte keynesianas rompieron con las formas históricas de reivindicación social dominadas por los movimientos sindicales de lucha de clases. Pero como se ha adelantado, las formas de participación disímiles a los procesos electorales en los países democráticos ni reemplazaron ni reemplazan a la representación política, sino que por el contrario, la complementan.
En cualquier caso la consideración como actores políticos de las organizaciones de interés en las sociedades democráticas no está exenta de trabas.
Quizás la más destacada es la de su legitimidad para ser parte en el proceso de toma de decisiones, es decir, la justificación para participar. En este sentido, es necesario que cualquier asociación de interés que participe en el proceso político de toma de decisiones represente a los ciudadanos cuyos intereses dice representar.
Para la participación, cada Estado ha diseñado sus espacios para el acceso de las organizaciones a los centros de poder. Existen espacios no institucionalizados como son los casos de acuerdos espontáneos (colaboración momentánea) u otros institucionalizados, como comisiones, organismos consultivos u órganos reguladores. Entre esos cauces existe una institución que se ha ido generalizando para articular la representación de los intereses organizados, que se conoce como Consejos Económicos y Sociales o denominaciones parecidas y que se consideran en nuestros días con las
peculiaridades de cada lugar, como el espacio institucional propio de las organizaciones socioeconómicas más representativas.