Nú m e r o
69. VIÉRNES 8 DE JUNIO DE 1877. 25
CÚNTS. DE PESETA.BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE ALBACETE.
f l -
Se publica los Lunes, Miércoles y Viernes.—Los suscrilores de esta Ciudad pagarán:
Por un trimestre 4 pesetas, por un semestre 7, por un año 12‘50.— Los de fuera pagpa-
rán: Por un trimestre 5 pesetas, por un semestre 9, por un año 15. : . r, , n- j t i i
Los edictos y sentencias de los Juzgados y Tribunales, que no sean de oficio, pagarán 10 cents, de peseta por línea. Las reclamaciones á D. Rafae berna, ueclor e a mpren a.
Los anuncios particulares que so quieran insertar en e! Bo le tín, previa licencia del Sr. Gobernador, pagarán: De una á seis líneas, 1.‘ v e z , 1 peseta; de 7 á 15 id. 1,50;
de 16 á 30 id. 2; de 30 en adelante, precio convencional; por cada repetición, la mitad.
SECCION DE LA GACETA.
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS.
S. M. el R
ey(Q. D. G-.) y
S.A. R.
la Serma. Sra. Princesa de Asturias con
tinúan en esta Corte sin novedad en su importante salud.
S E C C IO N DE LA P R O V I N C I A .
G O B I E R N O C I V I L .
CIRCULAR NÚMERO 105.
El Exemo. Sr. Subsecretario del Ministerio de la Gobernación, con fecha 24 de Mayo último,
me dice lo que sigue:
«El Exemo. Sr. Ministro de Hacienda, en 47 de! actual, dice á este Ministerio lo siguiente:—
Exemo. Sr.: De tal manera se generalizan y se repiten las quejas de las Administraciones econó
micas y Delegaciones del Banco de España, por el desamparo en que las Autoridades locales de
jan á los comisionados y agentes de la recauda
ción de contribuciones cuando tienen que acudir á ellas en demanda de auxilio para resistir las agresiones de los deudores morosos ó para llevar adelante los procedimientos marcados en la Ins
trucción de 5 de Dicienibre de 4869; y son de tanta monta los perjuicios que de todo esto se si
guen al Erario público, y tan trascendentales las complicaciones que se promueven para resolver la cuestión económica en general, que habiendo dado cuenta de tan importante asunto al Rey (Q. D. G.), se ha servicio disponer S. M. me di
rija á V. E ., como tengo la honra de verificar
lo, encareciéndole la urgencia de que por el Mi
nisterio de su digno cargo se haga entender á los Alcaides que la estricta observancia de los precep
tos que en la referida Instrucción les conciernen, no pueden de modo alguno eludirla, y que toda trasgresion ó falta de celo por su parte producirá, tan pronto como sea conocida, el correctivo que con arreglo á las leyes proceda imponer. De Real órden lo participo á V. E., rogándole se sirva dar cuenta á este Departamento de la resolución que adopte, para que obre los efectos consiguientes.»
Lo que he dispuesto hacer público en este pe
riódico oficial; previniendo al propio tiempo á los Sres. Alcaldes que, si dejan de prestar á los agen
tes de recaudación cuantos auxilios les reclamen para el mejor desempeño de su cometido, les exi- gii'é, sin contemplación alguna, la más estrecha res
ponsabilidad.
Albacete 5 de Junio de 4877.
El Gobernador, Francisco del Villar y Bustos.
CIRCULAR NUMERO 106.
No habiendo cumplido los Sres. Alcaldes de los pueblos que á continuación se expresan cuan
to se les ordenó por este Gobierno en las circu
lares insertas en los Boletinesoficiales, números 24 y 52, correspondientes á los dias 25 de Febre
ro y 50 de Abril últimos, para que en virtud de lo prevenido en el aiT. 9 .“ de la ley de 4.° de Agosto próximo pasado procedieraná establecer con
ferencias agrícolas dominicales, dando cuenta de los acuerdos adoptados por los Ayuntamientos en este asunto; y habiendo dejado trascurrir con exce
so el plazo que para su cumplimiento se conce
dió en la última de las circulares citadas, he dis
puesto que en el improrogable término de 45 dias manifiesten si han cumplido este servicio; pues de no hacerlo así, quedan incursos desde luego en el máximum de la multa que determina el art. 475 de la ley Municipal vigente.
Albacete 5 de Mayo de 4877.
El Gobernador,
Francisco del Villar y Bustos.
PUEBLOS
Abengibre.
Alatóz.
Aibatana.
Alborea.
Alcadozo.
Alcalá del Júear.
Alcaráz.
Ayna.
Balsa de Vés.
Ballestero.
Barráx.
Bogarra.
Carcelén.
Casas-lbañez.
Casas de Lázaro.
Casas de Vés.
Cenizale.
Cotillas.
Elche de la Sierra.
Fuensanta.
Golosalvo.
Hellin.
Herrera (La) Hoya-Gonzalo.
Yeste.
Jorquera.
Lezuza.
QUE SE CITAN.
Masegoso.
Minaya.
Montalvos.
Moo te-alegre.
Motilleja.
Muñera.
Navas de Jorquera.
Ontúr.
Paterna.
Peñas de San Pedro.
Peñascosa.
Pozo-hondo.
Pozo-lorente.
Pozuelo.
Recueja.
Robledo.
Roda (La).
Sao Pedro.
Socobos.
Tarazona.
Valdeganga.
Villa de Vés.
Víanos.
Villapalacios.
Villaverde.
Viveros.
Señas personales.
Edad 25 años, naturaleza Grao (Valencia), es
tado soltero, oficio marinero, pelo negro, color moreno, ojos pardos, nariz regular, barba poca, estatura baja.— Se matriculó en 40 de Mayo de 4865 y pasó á campaña por tres años en 29 de Mayo de 4874.
CIRCULAR NÚMERO 107.
Para dar cumplimiento á una Real órden ex
pedida por el Ministerio de Marina, con referen
cia á la de 47 de Febrero de 4875, y comuni
cada al Exemo. Sr. Ministro de la Gobernación con fecha 24 del próximo pasado Mayo, los seño
res Alcaldes, Guardia civil y demás dependientes de mi autoridad procederán á la busca y captu
ra del marinero de segunda clase, Ramón Albert, sentenciado en consejo de guerra por el delito de primera deserción.
Albacete 7 de Junio de 4877.
El Gobernador,
Francisco del Villar y Bustos.
DON FRANCISCO DEL VILLAR Y BUSTOS,
GOBERNADOR CIVIL DE ESTA PROVINCIA..
Hago saber: Que según noticias recibidas á las tres de la^ mañana de hoy, se ha presentado un grupo de 26 á 30 hombres en el sitio denomina
do el «Estrecho», entre las estaciones de Tobarra y Pozo-Cañada, con intento de inutilizar la via férrea.
En el momento de estar destrozando el puen
te, del que habían levantado una escarpia, bastó á estorbar tan criminal propósito la intimación de una pareja del benemérito cuerpo de la Guardia ci
vil, la cual puso en precipitada fuga á los mal
hechores, después de roto el fuego por árabas par
tes, y del que resultó levemente herido uno de los guardias. De acuerdo con la Autoridad militar he adoptado inmediatamente las medidas oportunas pa
ra la persecución y captura de aquellos, y al efec
to han salido ya fuerzas de caballería del Ejército y de la Guardia civil.
La indignación producida al conocer el horri
ble atentado, me prueba de una manera evidente que no hallarán nunca eco hechos parecidos entre los sensatos habitantes de esta provincia, cuya ad
hesión á la Monarquía representada en nuestro Au
gusto Soberano D. Alfonso XII, y á las institu
ciones vigentes, son la garantía más segura de la tranquilidad pública.
Pero decidido por mi parte á mantener el ór
den y á reprimir enérgicamente cualquier trastor - no que á la sombra de este suceso aislado pudiera cometerse, teniendo en cuenta lo determinado en el art. 5.“ de la ley de 47 de Abril de 4824, he dispuesto io siguiente:
Artículo único. Se señala el término improro
gable de 24 horas para la dispersión de los crimi
nales y su restitución al hogar respectivo, y de no verificarlo se entenderá que hacen resistencia á las Autoridades y fuerzas del Ejército, y en tal concepto serán juzgados militarmente con arreglo á los preceptos de la citada ley de 17 de Abril de 4821, y considerados como autores de los delitos comprendidos en el art. 5.“ de la misma y en el 184 y siguientes del Código penal.
Albacete 6 de Junio de 1877.
El Gobernador, Frandisco del VlUar y Bustoe.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
BOLETIN OFICIAL.
CONTADURIA DE LOS FO N D O yE L PRESUPUESTO^ PROVINCIAL
Mes de Junio del ano económico de 1876 á 1877.
Distribución de fondos por capítulos y artículos pnra satisfacérmelas obligaciones, formada por la Con^
taduria de fondos provinciales, conforme á lo prevenido en el articulo 57 de la ley de presupues
tos y contabilidad provincial de. 20 de Setiembre’de 1865, y al 95 del regla;rpento para su eje
cución, de la misma fecha, para los efectos que determina el articulo 85 dé ‘íá ley provincial de 20 de Agosto de 1870.
SECCSON PR IM E R A .— Gastos obligatorios.
CAPITULO I.—AdinínistraeioD provincial.
Persoaai de ias oíicinas ile la Diputación. . Material de las mismas.oíicinas.. . Sueldos del Depositario y Archivero. . . . . Graliticaeion .al Seci;etario de la Junta de Agri
cultura. . . . ' ...
Material para la Secretaría de dicha Junta. . .
CAPITULO IL—Servicios generales.
Gastos de reservas... r . Gastos de bagajes. . .
Gastos de calamidades públicas. . . ‘ , . . .
CAPITULO III.—Obras públicas de carácter obligatorio.
Personal 'de conservación iíé 'cárreteras.^ . . ., Material de id. id! i . ' ; ^ n o : . ■. ’.
.pastos de reparación de carreteras.. . . .
■ ' - ..II
; CAPÍTULO V .—Instrucción pública. - • U Persónal y material de Iá Jüm i pbovincial de ins-;'
iruccion primaria* . . . .í ,:-!,, . , , , Supippientü |d^„fondo,s. al .Instituto ile segúnda;^
Idem id. á la Escuela Normal de MaéSlros..
Idem id. á la id. de Maestras !. . . .Sueldo del Inspector ííe Instrucción primaria. . Gastos de Biblioteca, . . . •...
*' CAPÍTULO "VI.—fieúelice&eia. " ’
Sueldos íiei Ádministra'doT, Met^cos y*^cstancias ' de enfermos en ó tr ís ‘'pTírvindaS:** ! ; ■ . .
Para gnstos ,del Hospital. . . . /. . . . Para, idvi.de,la pasa je,,M¡ser,ijCordia'.,, . . . . Para id. de la Ca^a de Expósitos y Maternidad..
- ' CAPÍTULO VIL . . ;
Gastos de cárceh?s\ uud .
CAPÍTULO V n t.—Im pre^stos.
‘ • i ' jii -r 1.1
Único. I Para ios que puedan ;pcurnr,.¡d(!. ,d¡rhiO,icarácter.
, I
SEOaON yoiiiiij’Aiuos.‘ i CAPÍTULO lV,-t^Otros gastos^' ai
Cu íc o.' ' Gastos-dé'interés p r o V ' í n c ' i a í , . . .
‘ 'T‘ ' *'• • •- ''b.'-'l’’ / -• [.
SECCION TERCERA;**-ifiESÜL'PÁ‘s;ipoír!hDicioN.
■■ i:. ■(- ('i ,1.
. , ' I CAPITULO UNÍCO.—Ejercicios cerrados.
, • 'níri'; /
: ‘ ! ." i. Obligaciones pendientesiíde-pago ppocedcníes de , I’ , táei'ciciüs anteriores...
- ü ' i ■! ' . r J t i i i-i';
: -'.r/'iJ-;., ..I . í. „:
TOt^L ; por artículos.
Pesetas.
17
I.‘
í . ‘
3.100 677,09 50’0,01 444,46
208,37 438;37 2.083.37
3.254 873,17
■•2‘17;75‘
• ' 1
^‘.'924,Í'8' 8 0 2 .4 r
* * ' *
166,74
•2Üi87
1.110,87 4.6^71.74 0.578*^5 6.980,75
total por Capítulos.
Pesetas.
TOTAL 'por' secciones.
Pesetas.
4.721,56
2.750,11
4.404,92,
5:510,09
18.981,53 L*. /
639,32
r 1. •
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1.641,74'
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26.222,98 26.222,98
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58,437,49. 58.437,49 ‘ 58.437.40 TOTAL . . . . 122.070.42
ciaies, jóse m ana López... i
La Diputacion^provmciaL. (MI ;sesion_ dei primero (Je Junio de mil ochocientos setenta y siete, acor- fondos„proyinciaIes.—Él Secretario, P. O., Agustín
A ¥U N T A .^'IIK N T 0S .: • •
■ ■ LEZUZA. , .
D. Pedro López Alfaro^i Alcalde .constilucionaj de esia villa. • .
‘ ■ *. 1: . f • ‘s 'é ' /
Hago sa|)er:,Que., nij> habiéndose p'*osentado gre- mio.aiguno^ ¡,^|¡fnbip^^ac,(ji’dado á proponei' su
éncí^ézamié'hío 'parcial á las 'especies-sujetas á la C()hlnbüoion. de consumos de esté'dislntb rriunici- pal para hacer efectivo el cupo y récargos en el ,añ() . j i r ó i l i ñ ó t e dé 1 87 7 -7 8 , siendo el áe-
¿u'ñiío líiéJit)‘adoptdíin él am éndo.'cón Venta'libre ó venta exclusiva de las especies',r'sb' anuncia la subasta de ellas bajo'cl tipH'y'HonrJicroiírís' qiib'cous-
de tnaniüesto.
en la Secretaría del Ayuntamiento; cuya subasta tendrá efecto en estas Salas Consistoriales, en dos remates, los dias 10 y 17 del presente mes, de diez á doce de sus mañanas. En el primer remate se admitirán posturas t^ue cubran el precio del tipo 'continuando la licitación con pujas á la llana. Ea el
segundo sólo se adrnilirá la mejora del 5 por JQo sobre el resultado del primero y después las pu
jas á la liana.
Lezuza 5 de Junio de 1877.—El Alcalde, Pe
dro López.
D. Pedro López Alfaro, Alcalíle constilucional de esta villa.
Hago saber: Que terminado el contrato del Fa
cultativo titular de Medicina y Girujía de esta vi- lia, so llalla vacante dicha plaza, la cual se anun
cia por término de 20 dias, á eoníar desde la íq-
§ei‘cion del presente edicló en e! Boletín óficial
de la provincia, para su provisión, bajo las con
diciones acordadas en ei expediente que se ha
lla de manifiesto en la Secretaría de este Ayun- I tamicnto. Lo que se anuncia al público para co-
j
nocimiento de los que quieran interesarse,i
Lezuza 3 de Junio de 1877.— El Alcalde, Pe-j
dro l^p ez.37.409,95
HOYA-GONZALO.
I i ,, • I .
D. Francisco OiTiz Rodríguez, Alcalde constitucio
nal de esta villa. . •
Hago saber: Que la Junta pericia! de amilla- ramienlos para la contribución territorial ha da
do por concluido el apéndice que ha de servir de base para la del año económico entrante de 1877 á 78, el que estará de manifiesto en la Sala Ca
pitular para que puedan enterarse de las altas y bajas que lo constituyen y oir las reciaraacioaes que se presenten en el término de 15 dias, á con- tar desde la fecha de este anuncio.
Hoya-Gonzalo 3 de Junio de 1877.*—El Al
calde, Francisco Or/iz.— P. S. M., Juan Ramírez.
Dpn Frahcisco Ortiz Rodríguez, Alcalde constitu
cional y Presidente del Ayunlaraiento de esta villa.
Hago saber: Que por virtud de acuerdo del Ayuntamiento y adjuntos, y n'o habiendo tenido efecló los conciertos parciales' ya intentados, se sacati á pública subasta'para cubrir el Cncabe- zamieiitó del añó próximo de 1877 á 78 los derechos de consumo con venta libre, bajo el tipo de 10-395 pesetas 20 cénti'mos á que asciende aquel y los'recar^ós autorizados, y con sujeción al pliego dé' condicioiiés qué sé halla de mani- fiésto en la Secréfaría del Muniéipio. Dibha subas
ta constará de dos remates, íjue tendrán lugar en lóá domingos 10 y 17 de' este mes, de' once 'á doce de sus mañanas. En el primero serán admisibles faS'prciposicioties que cubran él lipó*, y ‘eh é’í segun
do se admitirá la mejora dé! 5 ])or 1;00 soíre el resuítadó del prirrtéro, y despueb' pujés á la lla
n a. Si él primer remate resultase sin efecto por falta deriícitadores, se celebrará fel segundo cómo primero, teniendo én tal caSo lugar el tercero Ú doiíüpgo siguiente inmediáio en la 'Sala Capitular á las horas indicadas. Todo lo que se hace pú- blifco llamahdb liértadores.
Hoya-Gonzalo 3 'de Junio de 1877.—El Alcal- de;'Fran¿¿sco O m z.— P. S. M., Jtian Ramírez.
AÉBATANA.
D. Francisco Tenés Huerta, Teniente Alcalde en
cargado aiccidentalmente de la jurisdicción de esta villa.
Hago saber: Que teniendo acordado ei Ayijo- íamienlo de mi presidencia sacar á pública su
basta" el servicio municipal de
pesos
’y medidas para el próximo ejercicio económico de 1877 f 78, se anuncia, la (expresada subasta, que len- diá lugar.,en, dos remales, señalando para ello los l^.del ,mes aiitual, de diez á doce doBiblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
B O L E T IN O F IC IA L .
Pe*
de
Pe-
10-
süs mañanas, bajo el tipo de 125 pesetas y plie
go de condiciones que se halla de manifiesto en la Secretaría de la Sala Capitular, donde se ce
lebrarán las subastas.
Albatana 4 de Junio de 1 877.— Francisco Tenés.
BAKRÁX.
D. José Garví, Alcalde constitucional de esta villa.
Hago saber: Que por acuerdo del Ayuntamien
to se saca á pública subasta el arbitrio del cuar
to del matadero para el año económico de 1877-78, bajo el tipo y pliego de condiciones que obran en la Secretaría del Ayuntamiento.
Se verificarán dos remates, que tendrán lugar en los dias 10 y 17 del corrieate, y hora de las diez de su mañana.
Barráx 4 de Junio de 1877.—José Garvi.
D. José Garví, Alcalde constitucional de esta villa.
Hago saber: Que por acuerdo del Ayuntamien
to se saca á pública subasta el arbitrio de pesos y medidas de use voluntario para el año econó
mico de 1877-78, bajo el tipo de 1.012 pesetas y pliego de condiciones que se halla de manifies
to en la Secretaría del Ayuntamiento.
Los dos remates de instrucción tendrán lugar en las Salas Consistoriales en los dias 10 y 17 del corriente, y hora délas once de su mañana.
Barráx 4 de Junio de 1877.—José Garví.
CASAS DE VÉS.
D. Tomás Ochando, Alcalde constitucional de es
ta villa.
Hago saber: Que el dia 10 del presente mes, á las M de su mañana, se celebrará en la í^ala Capitular el segundo remate del arriendo á la exclusiva de las especies de consumos de carnes de pelo y lana, carnes de cerda y aceites de co
mer y arder; advirliendo que no se han rectifi
cado los precios, pero que en este remate se ad
mitirán proposiciones que cubran las dos terce
ras partes de la cantidad lijada á cada especie por base en el primer remate, debiendo celebrar el ter
cero, en su caso, el dia 17 del propio mes, y hora indicada, para admitir en él proposiciones en ba
ja de los precios á que han de venderse las es
pecies.
Casas de Vés 4 de Jupio de 1877.—Tomás Ochando.— P. A. D. A., Pedro Mañez, Secretario.
D. Tomás Ochando, Alcalde constitucional de es
ta villa.
Hago saber: Que no habiéndose presentado li- citador al primer remate del arriendo á la libre venta de las especies de consumos de aguardiente, vino, vinagre, jabón duro ó blando, sal y cerea
les, en el segundo, considerado como primero, que se celebrará el domingo 10 del presente mes, y hora de once á doce de .la mañana, se admi
tirán proposiciopes que cubran las dos terceras par
tes de la cantidad fijada á cada especie por ba
se en el primer remate; debiéndose celebrar el tercero, que se considerará como segundo, el do
mingo 17 de! propio mes y hora designada.
Casas de Vés 4 de Junio de 1877.—Tomás Ochando.— P. A. D. A., Pedro Mañez, Secretario.
JU Z G A D O S -
ALBACETE.
D. Cristóbal Perez Monte, Juez de primera instan
cia de esta ciudad y su partido.
Por el presente primer edicto se hace saber:
Que por el Exemo. Sr. D. José de Salamanca y Mayol, vecino de Madrid, y en su nombre por su apoderado D. Segundo Brú y Martínez,*se ha j>re- Sfciitado en este Juzgado el oportuno escrito solici
tando se declare al [irimero como dueño en pleno domiaio de las fincas siguientes:
1. * Una haza, de diez almudes, apeo real, sita en la denominada de Melcgriz viejo, enclavada en la labor titulada Casa-Gonzalez, del término de esta ciudad, lindante por Saliente, Poniente y Norte con majuelo uel Exemo. Sr. D. José de Salamanca y Mediodía herederos de Dorotea Diaz.
2 . “ Un majuelo, de doscientas vides, situado á la inmediación de la aldea Gasa-Gonzalez, del tér
mino de esta ciudad, que su cabida es de dos cele
mines de apeo real, equivalentes á once áreas, se
senta y síele centiáreas y sesenta y un decímetros, que linda por Saliente con otra de Asensio Hodri- guez, Mediodía haza de D. Pedro González, Ponien
te la de D. José Alfaro y Norte la de Antonio Mar
tínez.
3. * Una casa, con la era y egidos que á ella corresponden, sita en la aldea de Gasa-Gonzalez, del término de esta ciudad, marcada con el núme
ro ochenta y cinco, cuya medida superficial de todo asciende á cuatrocientas varas cuadradas, y linda por su lado izquierdo y espalda con otra de José Alfaro y por el derecho con la entrada de servi
dumbre común que tiene' para varios dueños.
4 * Una haza, de cuarenta almudes, apeo real, equivalentes á catorce hectáreas, una área, trece centiáreas y ochenta decímetros, situada en el mon
te tilulado de Los Llanos y paraje denominado la Cal
zada,de la redonda deesta ciudad, que linda áSfiliente con el carril 11 uñado de los Lobos, Mediodía el -cer
ro de Chinchilla, Poniente el camino que conduce al Salobral y Norte la referida Calzada, ó sea e!
camino-vereda que dirige á la aldea de Los Llanos.
5 . ^ Una haza cebada!, de un almud de cabida, equivalente á treinta y cinco áreas, dos centiáreas y ochenta y cuatro decímetros, situada á la inme
diación de la aldea titulada Casa-Gonzalez, del tér
mino de esta capital, que liúda por Saliente y Me
diodía Antonio Martínez, Poniente Manuel Martí
nez y Norte los herederos de D. Julián Zamora.
6 . * Una suerte de tierra, compuesta de cinco celemines de apeo real, equivalentes á veintinueve áreas, diez y nueve centiáreas y tres decímetros, de los cuales tres celemines se hallan plantados de viña con cuatrocientas treinta vides, situada á la inmediación de la aldea Gasa-Gonzalez; linda por Saliente con haza de D. Manuel González, por Po
niente con majuelo de Antonio Martínez, Mediodía con otra de Pedro González y Norte con haza del mismo Antonio Martínez.
7. * Una huerta, con su noria y balsa, situada en la aldea de Gasa-Gonzalez, del término de esta ciudad, de caber tres almudes y cuatro celemines de tierra apeo real, equivalentes á una hectárea, veintiocho áreas, cuarenla y tres centiáreas y se
tenta y seis decímetros; linda por Saliente con el camino que conduce al Pasico; Mediodía, Poniente y Norte haza del clero de Chinchilla.
8 . ' Una suerte, inmediata á la aldea Casa-Gon
zalez, término de esta capital, de caber cuatro al
mudes, un celemín y tres cuartillos, equivalentes á una hectárea, cincuenta áreas y treinta y tres centiáreas; linda por Saliente ci D. José de Sala
manca, Mediodía camino de Los Llanos, Poniente f)eto de los dos camioos y Norte camino de Albacete.
9. ‘ Un cebadal, titulado de la Era, en el Salo
bral, término de esta ciudad, de caber seis almu
des, un celemín y un cuartillo, equivalentes á dos hectáreas, diez y siete áreas, cuarenta y seis cen
tiáreas y ochenta y dos decímetros; linda por Sa
liente Campo-Santo, Mediodía camino do Pozo-Ca
ñada, Poniente era del D. José Salamanca y Norte camino que conduce á Chinchilla.
JO. Un cebadal, entendido por el Campo-San
to, en el Salobral, término de esta ciudad, de ca
ber cuatro almudes, un celemín y dos cuartillos, equivalentes á una hectárea, cuarenta y ocho áreas y ochenta y siete centiáreas; linda por Saliente dicho Campo-Santo, Mediodía haza del Sr. de Sa
lamanca, Poniente y Norte camino de Ghinoliilla.
11. Una suerte de tierra, con su era y po
zo, sita en el Salobral, de caber dos almudes y tres celemines, ó sean ochenta y siete áreas, cin
cuenta y siete centiáreas y once decímetros; lin
dante por Saliente con tierra de D. Miguel Agraz j y cebadal del Campo-Santo, del Sr. de Salaman
ca, Mediodía camino del Salobral á Pozo-Cañada, Poniente Asensio Bodriguez y Norte dicho ceba
dal del Campo-Santo.
12. Una tierra, denomínala Campal, á la iz
quierda del camino de Chinchilla, cu el Salobral, término de esta ciudad, de caber cinco almudes y un celemín, equivalentes á una hectárea, ochen
ta áreas, noventa y ’ocho centiáreas y tres de
címetros, que linda á Salienie D. Julián Zamo
ra, Mediodía dicho camino, Poniente D. Paulino Saavedra y Norte camino de la Humosa;
15. Una tierra, dmomiiiada de los Pasos, en el Salobral, término de esia ciudad, de caber diez y uueve almudes, cinco celemines y dos cuar
tillos, equivalentes á seis hectáreas, noventa y siete áreas y sesenta y cinco centiáreas, que lin
da A Saliente lomas de 1)'. José de Salamanca, .Mediodía D. José Yañez Bnrnuevo, Ponienle ca
mino de Piníferos y Norte Asensio Bodriguez.
14. Una tierra, llamada Mojon, en el Salo
bral, término de esta ciudad, de caber seis al
mudes. un celemín y tres cuartillos, equivalen
tes á dos hectáreas, veinte áreas, treinta y ocho centiáreas y setenta y dos decímetius, que lin
da á Saliciite y Norte D. Francisco López, Me
diodía I). Julián Zamora y l^onieute camino de las Peñas.
15. Una haza, titulada ile la Galera del Pa
tojo, que tiene de cabida tres almudes y tres ce
lemines, equivalentes á una hectárea, veintidós áreas, cincuenta y nueve centiáreas y noventa y cinco decímetros, situada en el término mu
nicipal de esta ciudad, en el Salobral, lindante por Saliente con terreno de los .Montoyas, por Me
diodía los de Julián Moreno y otro, por Ponien
te y Norte con terreno de !). Francisco Gómez.
16. Una tierra, llamada Vallejo del Corral, si
tuada en el Salobral, término municipal de esta ciudad; tiene de cabida veintiséis almudes, equi
valentes á nueve hectáreas, diez áreas, setenta y tres centiáreas y noventa y siete decímetros:
linda por todas parles con lerreno de lomas de D. José de Salamanca, lindando también por Sa
liente con terreno de D. Alfonso Ballesteros y por Norte herederos de D. Fi'anciséo Gómez.
17. Una tierra, llamada cl Pozo del Colegial, sita en el Salobral, término de esta ciudad, que tiene de cabida veintisiete almudes, equivalentes á nueve hectáreas, cuarenta y cinco áreas, seten
ta y seis centiáreas y ochenta y un decímetros, lindante por Saliente, Mediodía y Norte con ter
reno de lomas de D. José' de Salainanca y por Poniente camino de Pozo-Cañada.
18. Una tierra, denominada los Bodrigones, en el Salobral, término de esta ciudad, de caber do
ce almudes, tres celemines y dos cuartillos, equi
valentes á cuatro hectáreas, veintinueve áreas, nueve centiáreas y ochenta y tres decímetros; lin
da á Saliente Doña Dolores Bcnilez, Mediodía el Sr. Salamanca, Poniente D. Paulino Saavedra y Norte Juan Ramón Lozano.
19. Una tierra, llamada la Garita, situada en e! Salobral, término municipal de esta ciudad, que tiene de cabida diez almudes y cuatro celemines, equivalentes á tres hectáreas, setenta y tres áreas, sesenta y tres centiáreas y sesenta y ocho decí
metros; lindante por Saliente y Mediodía con ca
mino de Pozu-Cañada, ¡lor Poniente con terreno de lomas de D. José de Salamanca y por Nor
te con terreno de los Benilez.
20. Una tierra, denominada Panseco, en el Sa
lobral, término de esta ciudad, de caber siete al
mudes y dos cuartillos, equivalentes á dos hectá
reas, cuarenta y ocho áreas, once centiáreas y ochenta y un decímetros; linda por Saliente he
rederos de Alfonso Moreno, Mediodia Asensio Ro
dríguez, Poniente camino de Albacete á la Fuen
te del Charco y Norte Gabriel López.
21. Una tierra, llamada Era de Combro, en el Salobral, término de esta ciudad, de caber dos ai- ' mudes y dos celemines, equivalentes á ochenta ' y una áreas, setenta y tres centiáreas y treinta decímetros; linda á Saliente y Mediodía herederos de Juan López, Ponienle y Norte Asensio Rodrí
guez.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
B O L E T IN O F IC IA L . 22. Una tierra, llamada Huerta de la Arme
ra, situada en el Salobral, término municipal de esta ciudad, que tiene de cabida diez y ocho al
mudes, equivalentes h seis hectáreas, treinta áreas, cincuenta y una centiáreas y veintiún decímetros;
linda por Saliente con terrenos de Julián Moreno, por Mediodía y Poniente los de D. Rafael Alva- rez Mendizábai y por Norte herederos de D. Fran
cisco Gómez.
23. Una tierra, llamada Huerta de las Bor
las, situada en el Salobral, término municipal de esta ciudad; tiene de cabida cinco almudes y dos cuartillos, equivalentes á una hectárea, setenta y ocho áreas, seis centiáreas y doce decímetros; lin
da por Saliente casa del D. José de Salamanca, por Mediodía la calle de las Viñas y por Ponien
te y Norte camino de las Peñas.
24. Una tierra, conocida por Honrubia, situa
da en el Salobral, término municipal de esta ciudad, que tiene de cabida trece almudes, equivalentes á cuatro hectáreas, cincuenta y cinco áreas, trein
ta y seis centiáreas y noventa y ocho decímelros, lindante por Saliente con terrenos de D. Miguel Agraz, por Mediodía con los do D. José Alfaro, por Poniente con los de los herederos de D. Fran
cisco Gómez y por Norte con camino del Pozuelo.
25. Una haza, llamada Cantorral, sita en el camino de Pazo-hondo, de caber diez almudes, cua
tro celemines y dos cuartillos, equivalentes á tres hectáreas, setenta y seis áreas, cincuenta y cin
co centiáreas y cincuenta decímetros; linda á Sa
liente Ü. Paulino Saavedra, Mediodía esta hacien
da, Poniente dicho camino y Norte los Montoyas y otros.
26. Una suerte de tierra, sita en el Salobral, denominada Hazas Reunidas, de caber sesenta y dos almudes y tres celemines, equivalentes á veintiuna hectáreas, ochenta y nueve áreas, veintisiete cen- tiáreas y ochenta y un decímetros; lindante por Saliente con el canal. Mediodía con tierras de Asen- sio Rodríguez, ü . Manuel Domingo y D. Fran
cisco Manuel Gómez, Poniente camino del Salo
bral á la Fuente del Charco, el mismo Sr. de Salamanca y Pedro José Gornez y Norte herede
ros de D. José Alfaro.
27. Una haza, titulada la Grande de las Ta- layueías, sita en el Salobral, de caber sesenta y ocho almudes, equivalentes á veintitrés hectáreas, ochenta y una áreas, noventa y tres centiáreas y cuarenta y seis decímetros; lindante por Salien
te con el camino de la Florida á Albacete, Me
diodía D. Rafael Alvarez Mendizábai, Poniente he
rederos de la Sra. Condesa de Villaleal y Nor
te Isabel Villalba, José Padilla y otros.
28. Una huerta, titulada de Asensio, sita en el Salobral, que tiene de cabida diez y ocho al
mudes y cinco celemines, equivalentes á seis hec
táreas, cincuenta y nueve áreas, setenta cenliá- reas y veinticuatro decímetros; lindant'.* por Sa
liente con los herederos de D. Julián Zamora, Me
diodía L). José Alfaro y Poniente D. .Miguel Agráz.
29. Una haza, denominada Ánima del Hospi
tal, sita en la pedanía del Salobral, de caber treinta y ocho almudes y cinco celemines, equivalentes á trece hectáreas, sesenta áreas, veinte y siete centiáreas y catorce decímetros; lindante por Sa
liente con tierras de Don Francisco Manuel Gó
mez y Asensio Rodríguez, Mediodía D. José Ya- ñez Barnuevo, Poniente el canal y Norte tierras de dicho Asensio Rodríguez: atraviesa á esta fin
ca el camino del Salobral á la Fuente del Charco.
30. Una haza, sita en el camino de Orán, pe
danía del Salobral, que tiene de cabida once al- Bíudes y cuatro celemines, ó sean cuatro hectá
reas, ocho áreas, sesenta y seis centiáreas y cin
cuenta y dos decímetros; linda por Saliente y Me
diodía con tierras de D. Francisco Manuel Go
rnez, Poniente otras de Asensio Rodríguez y Nor
te camino del Salobral á Orán.
31. Una casa decampo, con parador, llama
da Cuarto de Zagarraga, sita en la pedanía del Salobral, término municipal de esta ciudad; ca
rece de número de órden de población y com
prende una extensión de doscientas cuarenta va
ras superficiales; linda por Saliente, ó sea la iz-
I
quierda, con el camino que desde el Salobral conduce á dicho cuarto; por Mediodía, ó sea su fren
te, con tierras que pertenecieron á la testamen
taría de Asensio Martínez; por Poniente, ó sea á la derecha, con casa de los Sres. Montoyas, y por Norte, ó sea la espalda, con camino de Po
zo-hondo.
32. Una casa, situada en la huerta del ha
za titulada de Molina, en la pedanía del Salobral, término municipal de esta ciudad; tiene balsa y balsón y comprende una extensión de sesenta varas superficiales, no tiene número de orden de pobla
ción y linda por todas partes con terrenos de la lestamenlaría de Asensio Martínez.
33. Tres trozos de tierra, que forman una sola finca, denominados Hazas Reunidas, en la la
guna, sitas en la pedanía del Salobral, que tienen de cabida cuarenta y seis almudes y un cele- min, equivalentes á diez y seis hectáreas, diez y siete áreas, catorce centiáreas y sesenta y siete de
címetros; lindante por Saliente con el canal, Me
diodía D. Manuel Domingo y Ginés Picazo, Po
niente Asensio Rodríguez y Norte D. José Alfaro y D. Manuel Domingo.
34. Una labor, denominada la Rascuña, situa
da eo e! paraje de los Molinos, término de esta ciudad, que se compone de un sólo trozo; tiene de cabida trescientos quince almudes y cuatro ce
lemines, equivalentes á ciento diez hectáreas, cin
cuenta y siete áreas, treinta y una centiáreas y cuarenta decímetros. Dentro del terreno de dicha labor se encuentra enclavada la casa destinada al servicio de la misma, que también lleva el nom
bre de la Rascuña. A la inmediación de dicha casa, por el lado de Oriente, hay una era desti
nada á la trilla de las mieses, y dicha casa ca
rece de número de órden. Linda toda la labor: por Saliente con camino que desde el molino llamado de Blas dirige á la aldea de Calabazas y con ter
reno de los herederos de la Exema. Sra. Con
desa de Villaleal, Mediodía con el rio titulado del Salobral, Poniente dichos terrenos del Sr. Sala
manca y Norte con los de D. Antonio López Ruiz.
35. Un bancal, de caber ocho celemines, si
to en el puente de la Cortesa y el malecón real, Undante por Saliente con tierras de Juan Martí
nez, Mediodía con otras de Alvaro Lujan, por Po
niente con terrenos del Sr. Salamanca y por Nor
te con el camino.
36. Una haza, de caber treinta y siete al
mudes, dos celemines y dos cuartillos, equivalen
tes á trece hectáreas, diez áreas, sesenta y tres centiáreas y ochenta y seis decímetros, en los al
tos llamados de Escucha, de la redonda de esta ciudad; que linda por Este y Sur con tierras de Félix Molina, por Oeste carril del Molinico y por Norte Juan Martínez.
37. Una haza, llamada del Pico, situada en la labor de la Bacariza, término municipal de esta ciudad, que tiene de cabida seis almudes y dos cuar
tillos, equivalentes á dos hectáreas, trece áreas, ocho centiáreas y siete decímetros; lindante por Saliente con tierras de Manuel Rulz, por Medio
día con haza llamada de Gómez, perteneciente á Vicente Molina, y por Poniente y Norte con ca
mino de Albacete.
38. Una haza, que constituye los verdes de la casa de la Hacienda de la B.acariza, de caber cinco celemines, equivalentes á veintinueve áreas, diez y nueve centiáreas y dos decímetros, situada en el término de esta ciudad de Albacete; linda al Este camino de Los Llanos, Sur tierra de Félix Molina y el haza llamada del Estercolero, propia de los herederos de Juan Molina é Isabel Morote, Oeste egidos de la misma casa y Norte camino de la Era.
39. Un trozo de tierra, que constituye la era y egidos de la casa de la Bacariza, de caber un almud, un celemin y tres cuartillos, equivalentes á cuarenta y cinco áreas, veintitrés centiáreas y se
senta y tres decímetros, situada en el término mu- Díclpal de esta ciudad; lindante por Saliente con tierra de Alfonsa Martínez y Manuel Ruiz, Mediodía con la expresada Alfonsa Martínez, Poniente con el camino de Los Llanos y por Norte el haza llamada de Gómez, propia de los herederos de Juan Molina.
40. Una haza, de caber ochenta y dos almu
des y cinco celemines, equivalentes á veintinueve hectáreas, cincuenta y dos centiáreas y treinta y un centímetros, enclavada en la labor denominada la Bacariza, situada en el camino que desde U misma labor conduce á Albacete, término munici
p al de esta ciudad; Undante por Saliente Este con el camino del Salobral y haza de los herede
ros de Juan Molina, que toca al mismo camino Poniente Oeste camino de Albacete, Sur ó Mediodía dichos lierederos y Norte tierras de José Vidal, si
tuada en el camino de la Cañada del Salobral.
41. Una haza, llamada del Horno dél a Inés, de caber diez y nueve almudes, equivalentes á seis hectáreas, sesenta y cinco áreas, cincuenta y cuatro centiáreas y cincuenta y cuatro decímetros, enclavada en la labor denominada la Bacariza, tér
mino municipal de esta ciudad; lindante por Sa
liente con tierras de D. Francisco Bastida, Medio
día camino de Los Llanos, Poniente Félix Molina y Norte tierras de Manuel Ruiz.
42. Una haza, situada á la derecha del camino que desde esta ciudad se lleva al caserío del Salo
bral, en el paraje llamado Hoya del Junco y ter
renos de la labor de Bacariza, que tiene de cabida diez y seis almudes, un celemín y un cuartillo, equivalentes á cinco hectáreas, sesenta y siete áreas, setenta y cinco centiáreas y veintisiete decímetros;
linda por Saliente con dicho camino del Salobral, Mediodía haza de Santiago Montesinos, Poniente y Norte con otra del D. José de Salamanca.
43. Una haza, que tiene de cabida siete al
mudes y dos cuartillos, equivalentes á dos hectá
reas, cuarenta y ocho áreas, once centiáreas y ochenta y un decímetros, situada eu el carril que desde la aldea de la Bacariza dirige á la de la Pulgosa; lindante por Saliente con otra haza de los herederos de Dorotea Díaz, Mediodía con la de los de Molina, Poniente con el camino que conduce á Los Llanos y Norte los citados herederos de Juaa Molina.
En su consecuencia, se convoca á las perso
nas ignoradas á quienes pueda perjudicar la ins
cripción de dominio de las fincas anteriormente des
lindadas en el Registro de la propiedad de esta ciudad, á fin de que en el término de ciento ochen
ta dias, á contar desde la inserción de este edicto en el Boletín oficial de esta provincia, deduzcan en este Juzgado el derecho de que se crean asis
tidas y ofrezcan las pruebas conducentes en justi
ficación del mismo; prevenidas, que si dejan aquel trascurrir sin presentar su reclamación y aducir dichas pruebas, les parará el perjuicio que haya lugar y se dará al expediente que se instruye con tal motivo la tramitación que corresponda, sin más citarles ni oirles, según así lo tengo mandado eu providencia de veinticuatro del actual, recaidi al expresado escrito.
Dado en Albacete á veintiséis de Mayo de mil ochocientos setenta y siete.—^Cristóbal Perez Mon^
te.— P. M. de S. S ., José Serna y Olivas.
HELLIN.
D. Francisco Martínez Hernández, Juez de primera instancia de esta villa de Heliin y su partido.
Por el presente cito, llamo y emplazo á Joa
quín Molina Martínez, natural de Cieza, vecino de Blanca, de oficio carpintero, de treinta y cinco años de edad, para que dentro del término de los quince dias siguientes á la inserción de este edicto se pre
sente en este Juzgado para notificarle, citarle y emplazarle de la sentencia recaída en la causa se
guida al mismo; apercibido que de no hacerlo le parará el perjuicio que haya lugar.
Dado en Heliin á veinte y siete de Mayo de mil ochocientos setenta y siete.—Francisco nez.— P. S. M., Miguel Navarro Martínez.
IMPRENTA PROVINCIAL.
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