UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ
FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN
TRABAJO DE SUFICIENCIA PROFESIONAL
PRESENTADO POR:
BACH. GRACIELA YRMA ÑAUPARI PALACIOS
HUANCAYO –2019
GESTIÓN DE TESORERÍA: INSTITUTO PEDAGÓGICO NACIONAL MONTERRICO
PARA OPTAR EL TITULO DE LICENCIADA EN ADMINISTRACIÓN
A mi Madre
Por darme la vida, ser un gran ejemplo de superación, por el tiempo y dedicación que invirtió en mi con su apoyo incondicional, por darme educación y siempre estar ahí para mí.
AGRADECIMINETO
A las Instituciones y personas que colaborado directa e indirectamente en el logro de mis objetivos y en el desarrollo de este trabajo.
DEDICATORIA A DIOS
Quien me ha protegido con su manto, brindándome salud y el conocimiento necesario para llevar a cabo con éxito este trabajo.
2.1. Definición 7
2.2. Sistema Nacional de Tesorería 8
2.2.1 Definición y conformación 8
2.3. Funciones de la Tesorería 17
CAPÍTULO III SISTEMA DE TESORERÍA DEL INSTITUTO PEDAGÓGICO
NACIONAL DE MONTERRICO – IPNM 19
3.1. Bases Legales 19
3.2. De los Órganos de Gobierno 19
3.2.1. El Consejo Directivo 19
3.2.2. Del Consejo Directivo 20
3.2.3. La Dirección General 20
CONCLUSIONES 29
SUGERENCIAS 29
BIBLIOGRAFÍA 30
Anexo 1 32
Anexo 2 40
Anexo 3 42
Anexo 4 46
INTRODUCCIÓN 4
RESUMEN 5
CAPÍTULO I ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 5
1.1 Definición 5
1.2. Funciones de la Administración Pública 5
1.3. El SIAF 6
1.3.1 El SIAF, “medio oficial para registros financieros del sector público” 6
1.3.2 La nueva funcionalidad Multifinance 6
1.3.3 Incorporación del PCA “Programación de Compromiso Anual” 6
1.3.4. Operaciones a realizar con el SIAF 7
CAPÍTULO II GESTIÓN DE TESORERÍA GUBERNAMENTAL 7
INTRODUCCIÓN
Mediante este informe hago de conocimiento a la Facultad de Administración de Empresas de la Universidad Nacional del Centro del Perú, mis experiencias en la carrera profesional, que es lo que he aprendido en las aulas universitarias y llevadas a la práctica día a día en las cuales se presentan problemas complejos de carácter administrativo, por lo que se tiene que tomar decisiones estratégicas, para poder dar las mejores soluciones inmediatas gracias a la especialidad que he elegido ya que el tiempo es el peor enemigo en la administración pública. Para esto ponemos en marcha todos los conocimientos adquiridos en la Administración de Empresas.
Recién egresada de la universidad tengo la oportunidad de pertenecer a al Instituto Pedagógico Nacional Monterrico a la cual pertenezco por más de 30 años; primero como Técnico Administrativo “D” hasta llegar a la más alta escala en la Ley de Trabajadores 276. Es por eso que en el año 2017 me proponen pasar al D.L.10570 Personal CAS, como Tesorera de esta institución en la que tengo múltiples responsabilidades asignadas de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización y Funciones (MOF) y la Ley del Sistema Nacional de Tesorería.
Según el Art. 1° del Estatuto del Instituto Pedagógico Nacional Monterrico [IPNM] (2018) se establece que dicha institución está facultada para ejercer en la formación de profesionales en Ciencias de la Educación con rango universitario. Asimismo, está habilita para brindar especialización y mejora docente relacionada con la promoción social y la investigación educativa.
En el Art. 5° se hace mención a las atribuciones que cuenta el IPNM, de las cuales se destaca que; dicha institucion cuenta con la autonomia para establecer y elaborar sus propias normas academicas (IPNM, 2010).
Así mismo doy gracias a la oportunidad que me concedió el instituto Pedagógico Nacional Monterrico a la misma que hago llegar mi agradecimiento por ser parte de esta institución ya que sin esta oportunidad no hubiera sido posible la realización de este informe.
RESUMEN
El tema de este informe es: Gestión de Tesorería del: Instituto Pedagógico Nacional Monterrico.
El informe tiene 03 (tres capítulos) el primero referido a la Administración Pública, el segundo a la Gestión de Tesorería Gubernamental y el tercero corresponde al Sistema de Tesorería del Instituto Pedagógico Nacional
Monterrico
La Dirección General de Tesoro Público formula anualmente las estrategias de Gestión Integral de Activos y Pasivos Financieros del Sector Publico; siendo la Gestión de Tesorería el encargado de velar que los Fondos Públicos se manejen de forma eficiente con el objetivo de que se garantice la disponibilidad de los mismos.
Los documentos que respaldan las operaciones de los ingresos y egresos son: boletas, tickets de notas de abonos facturas, notas de débito y crédito, notas de cargo, comprobantes de pago, váuchers, estados bancarios y declaraciones juradas. Al final del informe se han publicado las conclusiones alcanzadas y algunas referencias necesarias.
CAPÍTULO I ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
1.1 Definición
Según Salas (2012) la administración pública es la organización que el estado designa para atender y resolver las demandas sociales, mediante la transformación de los recursos públicos a través de la producción de servicios, regulaciones y bienes.
1.2. Funciones de la Administración Pública
Salas (2012) menciona las siguientes funciones:
• Limitativa: Confina algunos derechos o haberes. Facilita licencias y/o permisos para diferentes actividades.
• Prestacional: Garantiza un interés general correspondientes al servicio público, con el objetivo de satisfacer necesidades de la comunidad.
• Fomento: Plasma acciones con el objetivo de incitar a hacer actividades que le proporcionen interés al público.
1.3. El SIAF
El Sistema Integral de Administración Financiera (SIAF) tiene como objetivo principal gestionar y supervisar las operaciones administrativas (gastos o ingresos) de todas las entidades públicas a nivel nacional. Es importante estar en constante actualización sobre este sistema porque ayudará a la buena administración financiera. Además, el SIAF sirve para que los funcionarios públicos hagan el uso correcto de los recursos del estado peruano.
1.3.1 El SIAF, “medio oficial para registros financieros del sector público”
Según el Art. 10° inciso 2 de la Ley N° 28112, el SIAF tiene como función el registro, el procesamiento y la generación de información correspondiente a la Administración Financiera del Sector Publico (Congreso de la Republica, 2003).
1.3.2 La nueva funcionalidad Multifinance
Es una herramienta virtual que permite a los usuarios consultar información especifica de ordenes de compra y servicios expedidos por entidades del sector público a proveedores nacionales. Así mismo, otorga facultad a las Medianas y Pequeñas Empresas de transferir sus derechos de cobro a las entidades bancarias, y pueden monitorear el estado de compras y/o órdenes de servicio. Este servicio ha sido diseñado para ser utilizada por las instituciones financieras del Perú, encargadas de brindar prestamos financieros a empresas estatales (ALIDE, 2019).
1.3.3 Incorporación del PCA “Programación de Compromiso Anual”
Es una herramienta de planificación de gasto público, para respaldar la compatibilidad del presupuesto multianual autorizado. Para que se ejecute el PCA, es necesario un documento que certifique el gasto. Esto quiere decir que
en dicho documento se detallaran las necesidades y obligaciones. Asimismo, dicho presupuesto otorgado solo puede ser utilizado durante ese año y de ser el caso que no se utilice todo, este será devuelto. (R&C Consulting, 2018)
1.3.4. Operaciones a realizar con el SIAF
Estas operaciones se denomina códigos de registro que como su nombre lo indica registra las transacciones correspondientes a los ingresos y egresos.
Dentro de ellas podemos encontrar:
• Encargo interno: No viáticos.
• Encargo interno para viáticos.
• Gastos – Fondos fijo de caja chica.
• Gasto – Encargo: Lo utilizan las UE que dan encargos a las empresas que no tienen el SIAF.
• Encargo Otorgado: Se usa para encargos otorgados por las UE a empresas que tienen el SIAF (R&C Consulting, 2018).
CAPÍTULO II GESTIÓN DE TESORERÍA GUBERNAMENTAL
2.1. Definición
La gestión financiera pública es el elemento central para alcanzar las metas de desarrollo propuestas por el país, por lo que una buena gestión está directamente relacionada con el buen manejo del sistema. El país debe tener suficientes recursos financieros para cumplir con sus funciones. Estos recursos son diversos: dinero, bienes muebles e inmuebles, inversiones, etc. Para obtener recursos económicos, el estado ha realizado una actividad denominada
"finanzas".
En este caso las entidades estatales deben comprender que para lograr una estabilidad económica significativa es necesario establecer unos cimentos que sean la base de sus acciones y las personas que dirigen estas entidades llámense funcionarios y especialistas de las áreas de la administración pública deben tener conocimiento de las finanzas y de leyes para lograr con éxito un buen manejo de finanzas.
2.2. Sistema Nacional de Tesorería 2.2.1 Definición y conformación
De acuerdo al Art. 3° de la Ley 28693 se define tesorería como el conjunto órganos, procedimientos, normas, técnicas, instrumentos y herramientas creados para administrar los fondos públicos de los organismos y entidades públicas. Se encuentra conformado por el MEF en el nivel Central y por Unidades Ejecutoras en el nivel operativo o descentralizado (Congreso de la República, 2006).
A. Entidades.
Se le confía una práctica sistemática para administrar los fondos (gastos e ingresos) que administra. Tiene las siguientes funciones:
• Centralizar y orientar la correcta gestión de los fondos adquiridos
• Coordinar de manera eficaz, eficiente la gestión de tesorería con las áreas usuarias llámese Recursos Humanos, Logística, etc.
• Formular directivas y procedimientos administrativos.
• Verificar el uso correcto de los recursos del estado a través de medidas de seguimiento.
B. Fondos públicos:
Según el Art. 10° de la Ley N°28693 los fondos públicos se obtienen como resultado de la prestación de bienes y producción de servicios realizados por las unidades ejecutoras generando así recursos tributarios y no tributarios
(Congreso de la República, 2006)
Los fondos públicos son para la atención de los gastos de las entidades públicas independientemente de la fuente de financiamiento: Recursos Ordinarios (otorgados por el Ministerio de Economía previa la presentación del Plan de Presupuesto Anual) o los Recursos Directamente Recaudados (son los ingresos de la Unidad Ejecutora por diferentes rubros).
Administración de los Fondos Públicos:
• Todos los fondos que vienen de los tributos son administrados y registrados por la DNTP (Congreso de la República, 2006).
• Así mismo, aquellos fondos públicos provenientes de los servicios y bienes bajo autorización y en rango de Ley son administrados y registrados por las entidades que los generan y por las unidades ejecutoras (Congreso de la República, 2006).
C. Caja Única, Cuenta Principal y Posición de Caja de la DNTP
En el Art. 13° de la Ley N°28693, se manifiesta que la Caja Única de la DNTP se encuentra formada por su Cuenta Principal, así como, por otras cuentas financieras de su pertenencia. Por otro lado, es importante precisar que las cuentas bancarias pertenecientes a EsSalud y a otras instituciones públicas o privadas no conforman la Caja Única (Congreso de la República, 2006).
En el Art. 15° inciso 1 y 2 de la presente Ley; se manifiesta que la cuenta bancaria de la DNTP se encuentra registrada a su nombre como una cuenta ordinaria en el Banco de la Nación. Así mismo la DNTP da por autorizado la apertura de subcuentas que tengan por finalidad el registro de los movimientos bancarios (Congreso de la República, 2006).
D. Elaboración y programación del Presupuesto de Caja
El artículo 20 de la Ley N ° 28693 establece que el plan de caja a nivel central es un procedimiento para determinar las condiciones para la administración de fondos de la DNTP. Por otro lado, el artículo 22 define el
“presupuesto de caja del gobierno nacional” como una herramienta de gestión financiera que determina mensualmente el nivel de liquidez con base en los fondos financieros públicos (Congreso de la República, 2006).
F. Ejecución financiera del ingreso
En el Art.° 24 de la Ley N°28693 se determinan los ingresos, los cuales se sujetan a lo siguiente:
• Es aquella disposición que faculta su entrada o recaudo, la que también exige un tratamiento legal para estas disposiciones.
• Tener los datos suficientes y correctos del adeudado y la obligación del pago.
• Liquidación cuentas por cobrar.
Recaudación o percepción de Fondos Públicos:
• Constancia de que se han recibido los fondos o se ha acreditado el depósito o abono en la cuenta correspondiente.
• Normas y directivas para el ingreso o la recaudación la DNTP es la encargada de emitir dichas normas.
• Tiempo determinado para realizar el Depósito destinado a los Fondos Públicos: se provee de un periodo de 24 horas.
G. Ejecución financiera de los gastos:
Del Compromiso
El compromiso es el acuerdo entre la empresa y el proveedor para compra de un bien o un servicio.
Luego de realizar el compromiso correspondiente, no es conveniente modificar los datos relacionados con RUC, salvo que exista un error mayor al ingresar los datos en el sistema. En este caso, se debe realizar una solicitud al Ministerio de Economía antes del próximo mes. Dentro de 5 días hábiles.
Del devengado:
Corresponde la segunda fase del SIAF. En el Art. 28° de la Ley N°28693 se determina que el devengado es el deber de cancelación del endeudamiento, sin que se excedan los limites correspondientes al “Calendario de Compromisos”. En el Art. 31° se determinan los términos para el registro y formalización en donde se considera que este puede efectuarse en un plazo posterior al compromiso, si se llevo a cabo el registro en un periodo de 90 días en el SIAF-SP (Congreso de la República, 2006).
Del giro y pago:
Los pagos se efectuarán de acuerdo al presupuesto disponible en Caja.
La DNTP es el encargado de establecer las normas y directivas de cómo realizar las operaciones y dar los plazos de pagadero, por los diferentes medios como; transferencia electrónica, cheques, entre otros.
Se debe girar un cheque o una carta orden a nombre del emisor, como una factura, una orden de venta, una valoración u otro certificado de pago aprobado por la SUNAT confirmada y acumulada durante la fase de compromiso.
Los giros de cheques y / o pedidos deben ser producidos, registrados y transmitidos mediante el SIAF en un periodo de 5 días hábiles posteriores a la recepción de los giros correspondientes.
Los compromisos, devengos y transferencias se envían al MEF a través del SIAF para su evaluación y aprobación. Luego de aprobar cualquiera de estas tres etapas, el MEF enviará la aprobación a través del SIAF.
Los comprobantes de retenciones se elaboran para proveedores cuyo monto a recaudar excede el monto sujeto de la retención de impuestos según la ley vigente. Solo aquellos contribuyentes o proveedores con comprobantes exoneración de impuestos pueden quedar exentos de retención. Previo a la fase de pago se realiza un control con el objetivo de conocer si el proveedor se encuentra sujeto a retención de impuestos, todo esto si cuenta con el numero del Código de Cuneta Interbancario (CCI).
Financiamiento Bancario y Financiero:
Cada año la DNTP requiere facilidades a las financieras de cubrir déficits estacionales para que asegure una adecuada atención de sus deberes, para que se lleve a cabo esa operación es hasta el último día de diciembre (Congreso de la República, 2006).
Letras del Tesoro Público:
La DNTP tiene la autoridad para colocar y emitir con el objetivo de lograr un financiamiento temporal, las Letras del TP.
Servicios Bancarios: La DNTP cancela los servicios que brindan las entidades bancarias con el objeto de que el sistema financiero opere en todo el territorio nacional. En este sentido el Banco de la Nación del Perú tiene prohibido cobrar por el mismo concepto en la cuenta bancaria de la unidad ejecutora y entidades correspondientes del mismo en relación de dependencia en el banco Art. 48 (Congreso de la República, 2006).
Procedimiento de la Documentación Sustentatoria:
En el Art. 51° de la Ley N°28693 se establece que los medios que sustenten la entrada y salida de dinero deben ser conservados de tal manera que se garantice su seguridad y legibilidad con el objetivo de que se sustenten (Congreso de la República, 2006).
Cambio de personal responsable de la gestión de fondos públicos:
Cuando el servidor responsable de la gestión de fondos y valores sea debidamente revocado, suspendido temporalmente o separado por orden de resolución administrativa o judicial, el Director de Administración o cualquier persona que asuma deberá asegurarse de que la persona sea nombrada. En circunstancias apropiadas, la sustitución se realizará mediante oportunidades adecuadas para entregar formalmente las acciones del fondo y los valores al sustituto (Congreso de la República, 2006).
Tomar medidas preventivas en la gestión de fondos públicos.
Sistema Nacional De Endeudamiento
En el Art. 4° de la Ley N°28563 se define este sistema como el conjunto de procesos, normas e instituciones orientadas a administrar con prudencia las deudas del Sector Publico, así como a llevar a cabo una labor eficiente (Congreso de la Republica, 2012).
La DNTP:
Las primordiales atribuciones de la DNTP son:
• Realizar la programación, el convenio y el pago por concepto de deuda del Gobierno Nacional y sus garantías o avales.
• Hacer frente al endeudamiento de las entidades nacionales.
• Portarse a manera de agente financiero del Gobierno Nacional; haciendo gestión en el ámbito de finanzas por intermediación del MEF.
• Las entidades del “sector público” se encuentran completamente prohibidas de hacer gestiones con respecto a su endeudamiento.
Suma Máxima de concertaciones de endeudamiento público:
Este monto establece un tope superior para la sistematización del endeudamiento que el GN apruebe en el año fiscal que corresponde; la cual se ejecuta al acatamiento de los ordenamientos que están escritos en la Ley anual y demás normas que da el órgano rector.
Sistema Nacional De Contabilidad
Conforme al Art. 3° de la Ley N°28708 se establece que el mismo son el conjunto de normas, principios, políticas y procedimientos contable que se aplican al sector privado y público (MEF, 2010). A traves de estos se ejecuta el registro contable de todos los hechos economicos, financieros y patrimoniales tanto del sector publico y privado, cumpliendo la normativa contable nacional e internacional.
Integrantes del Sistema Nacional de Contabilidad
En la Ley N° 28112 Art.° 41°, se establece los órganos que la conforman: En primer lugar, se encuentra a la “Dirección Nacional de Contabilidad Publica”
quien es el órgano rector, otro integrante es el Consejo Normativo de Contabilidad y el ultimo integrante son las entidades del sector público u oficinas de contabilidad (Poder Legislativo, 2003).
La Dirección Nacional de Contabilidad pública –DNCP:
Es el que dirige del Sistema Nacional de Contabilidad, dando disposiciones, normas, directivas de contabilidad (Poder Legislativo, 2003).
Documentación sustentatoria:
Los documentos que sustentan las operaciones administrativas y
financieras se han registrado conforme con la normativa que tienen incidencia contable.
Participación del Banco de la Nación (BN)
El BN, que pertenece al ámbito económico y financiero, tiene autonomía propia. Asimismo, las leyes que la rigen son en base a su estatuto. El objetivo es administrar fondos públicos y con un capital inicial de Mil Millones Soles, pagado por el Estado.
H. Funciones y Facultades:
• Autorizar permanentemente el manejo de las operaciones propias de las subcuentas bancarias perteneciente al Tesoro Público; recaudar los fondos y recursos que gestionan las instituciones estatales.
• Es la entidad que financia al estado.
• Participar en actividades de comercio exterior en representación del Estado Peruano;
• El Banco recauda en su totalidad los fondos y recursos que adquieren las administraciones tributarias por concepto de todos impuestos recaudados por las autoridades fiscales, entre otros (MEF, 2019).
I. Intereses y comisiones:
El banco recibirá las siguientes atribuciones por sus servicios prestados:
• Recibirá una comisión hasta del 0.55% del total de la recaudación todos los meses por manejar la tesorería del Estado.
• Así mismo, la el BN recibirá un porcentaje de comisiones e interés por los préstamos de efectivo que realice a terceros.
Ley contra la evasión fiscal y la formalización económica
El objetivo es tener una economía formal y estable evitando la evasión, en este sentido las entidades hasta el momento vienen contribuyendo con la formalización mediante pagos y cobros.
J. Medios de pago para evitar la evasión fiscal y formalizar la economía:
Medios de Pago
En el Art. 5° conforme a lo establecido por el Art. 3° de la Ley N°29972 se decretan los siguientes medios de pago:
Depósitos a cuentas bancarias, transferencias, giros, tarjetas bancarias de crédito o débito otorgadas en el Perú, ordenes de pago y cheques bancarios emitidos bajo en amparo del Art. 190° de la “Ley de Títulos y Valores” en donde se decreta que los cheuques no deben ser negociables e intransferibles (SUNAT, 2012).
Obligaciones de los Notarios, Jueces de Paz, contratantes y funcionarios de Registros Públicos.
En la Ley N°29972 Art. 7° se establece que los Notarios o Jueces deberán:
a. En la escritura pública, figurara el Monto de Pago utilizado, siempre en los documentos de transferencia (bienes muebles) ver que las partes inserten la cláusula que señale el medio de pago. El Notario, Juez de Paz o
funcionario público que evada la normatividad será sancionado respectivamente (SUNAT, 2012).
La SUNAT, deberá tener conocimiento sobre las acciones adoptadas sobre el incumplimiento de las normas de bancarización, por parte del colegio de notarios, abogados, Poder Judicial.
Efectos tributarios:
En el Art. 8 de la Ley N°29972 se establece que; en las transacciones que no existan medio de pago no tendrá ningún derecho a disminuir costos, gastos o créditos, a dar compensaciones ni mucho menos solicitar, entre otros.
Para los fines especificados en el párrafo anterior también debemos tener en cuenta lo siguiente:
a. Los gastos y / o costos que hayan sido reducidos por el estándar de devengo deberán ser pagados cuando se realice el pago correspondiente Si el crédito o saldo fiscal es favorable, se deberá reclamar la forma de pago cuando se realice el pago correspondiente al negocio en el que se generan los derechos.
La SUNAT, de acuerdo al artículo 33° del Código tributario, emitirá y recaudará impuestos para limitar los beneficios (SUNAT, 2012).
Impuesto a las Transacciones Financieras De la creación del impuesto:
• Los pagos a una empresa del Sistema Financiero, tienen mecanismos para pago de impuestos caso el 18% del IGV a la factura.
• La obtención de certificados bancarios, cheques de caja, cheques de viajero u otros instrumentos financieros.
De las exoneraciones:
Es necesario considerar la diferencia entre el no afectado y las exenciones, una exención es la exención o desgravación de la carga tributaria
b.
mediante la cual, se busca reducir parcial o totalmente el monto de la obligación tributaria. La diferencia radica en que el hecho imponible se materializa u ocurre en la exención, pero mediante norma se libera total o parcialmente la carga tributaria por un período de tiempo determinado y que son transitorias, de acuerdo con lo establecido en el Código de impuestos. Respecto a la no afectación, el hecho imponible no se materializa (MDARCOR & ASOCIADOS, 2020).
El órgano administrativo tributario y su finalidad recaudatoria:
Funciones de la SUNAT.
Libros y registros:
La SUNAT facultará de establecer los registros y libros conforme a resolución de la superintendencia. A la actualidad una gran parte de entidades electrónicas están llevando libros electrónicos que cada mes son revisados y verificados por SUNAT.
Aplicación del Código Tributario:
Es el conjunto de disposiciones y normas que se encarga de regularizar los tributos ente ellos los impuestos (IGV, Renta de 4° categoría, Renta de 5°
categoría, ONP, Fondo de pensiones, Contribuciones EsSalud, entre otros,
2.3. Funciones de la Tesorería
A continuación, se detallan las funciones específicas que debe cumplir la tesorería:
a. Dirigir y planificar desde la programación, pasando por la ejecución y posterior evaluación, todos los procesos técnicos del Sistema de Tesorería Nacional.
b. Llevar un registro de los ingresos y egresos de financiamiento del sector público.
c. Administrar y custodiar los activos líquidos del fondo fijo de la Caja chicha d. Realizar pagos por conceptos diversos, convenios bancarios y cuentas de
caja, como actividades de control permanente.
e. Mantener el registro, control y custodia de documentos, cartas fianza u otros documentos que representen valor económico.
f. Brindar información sobre los ingresos económicos que genera el ministerio, así como recaudarlos y depositarlos.
g. Proponer, formular, ejecutar y mantener actualizados todos los manuales, normas y directivas con la finalidad de desempeñar mejor sus funciones.
h. Y otras funciones que le sean competentes.
CAPÍTULO III SISTEMA DE TESORERÍA DEL INSTITUTO PEDAGÓGICO NACIONAL DE MONTERRICO – IPNM
El IPNM es reconocido como un centro de educación superior con cursos universitarios, por lo que su objetivo es la formación de profesionales de las ciencias de la educación, la profesionalización y perfeccionamiento docente, seguida de la promoción social y la exploración educativa.
Una de sus características es que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, lo que permite la formulación y aprobación de sus reglamentos y normas. En este sentido, encontramos los "Estatutos Sociales" y el "Manual de Organización", que son fundamentales para el normal funcionamiento de la organización. (IPNM, 2008).
3.1. Bases Legales
Este trabajo se basa en documentos normativos:
• Ley N°23733 “Ley Universitaria”
• Decreto Supremo N°009-2005-ED
• Ley N°28044 “Ley de educación y sus reglamentos”
• Estatuto del IPNM
3.2. De los Órganos de Gobierno 3.2.1. El Consejo Directivo
Es el órgano superior de gobierno del IPNM. La directora General ocupa el más alto cargo seguida de la directora académica. Así mismo, lo conforman los directores de las oficinas de “Administración y planeamiento”, los subdirectores de las escuelas profesionales, un subdirector elegido por los centros, un profesor y dos estudiantes delegados (IPNM, 2008).
3.2.2. Del Consejo Directivo Sus funciones:
• Especificar y definir los objetivos y políticas de la organización.
• Certificar el estatuto que rige al IPNM
• Afirma el plan anual de operación y desarrollo.
• Certificar los estados financieros, el proyecto de presupuestos y el balance anual.
• Aprobar los nombramientos dentro de la institución
• Aprobar las actividades de estudio.
• Determinar la cantidad de vacantes anuales para nuevos alumnos.
• Otorgar Título Profesional a los egresados de sus carreras de educación.
• Gestionar convenios nacionales e internacionales (IPNM, 2008).
3.2.3. La Dirección General
Es el responsable de la conducción del instituto.
A. De la Dirección General:
• Es el representante del instituto ante otras autoridades,
• Tiene como función convocar y presidir las asambleas del personal administrativo y docente,
• Se encarga de convocar y presidir todas las sesiones del consejo directivo dentro de la institución,
• Aprueba políticas para la formación docente,
• Da a conocer ante el concejo directivo los objetivos y políticas de la institución,
• Se encarga de dirigir las actividades económicas, administrativas y académicas del IPNM,
• Refrenda los certificados y títulos profesionales, así como emite su resolución,
• Suscribe los diplomas, certificados, constancias y demás documentos emitidos por la Institución,
• Junto con la Dirección de Administración autoriza los gastos del IPNM, Demas Funciones (IPNM, 2008).
B. Secretaria II
• Se encarga de mantener el archivo físico y digital de la dirección general,
• Redacta memos, solicitudes y cartas para las diferentes instituciones,
• Coordina con otras instancias presentes en la institución acerca de los trámites administrativos (IPNM, 2008).
C. La Secretaría General
Se encarga de los trámites documentarios, archivos y TICS.
• Supervisa y administra el sistema de procesamiento de documentos del IPMN,
• Coordina la preparación, revisión y posterior entrega de los documentos administrativos y académicos.
• Se encarga de organizar el proceso de registro para la matrícula, admisión y titulación,
• Tiene como función brindar orientación en los diferentes tramites administrativos para obtener el título y otros trámites que se requieran,
• Suscribe certificados, credenciales, títulos y sílabos,
• Lleva un registro de todos los títulos emitidos el instituto en el libro institucional destinado para este fin,
• Mantiene actualizado la información del alumnado todos los semestres,
• Transcribe, archiva y registra las actas del Consejo Institucional
• Entre otras (IPNM, 2008).
D. Del Auxiliar de Sistema Administrativo
• Se encarga de contestar los teléfonos y sus respectivos anexos,
• Brinda información clara y precisa a los individuos que lo requieran,
• Emite, recibe y da seguimiento a las documentaciones administrativas,
• Lleva a cabo el registro e ingreso de los documentos asegurándose que estos cumplan con una serie de requisitos previamente establecidos por la institución,
• Brinda orientación a los en la gestión de tramites fuera y dentro del instituto,
• Los casos que no le competen o requieran una especial atención son derivados al área de Secretaria General, Entre otros (IPNM, 2008).
De la Oficinista II
• Tiene como función organizar y entregar la documentación oficial a la MED y/o DRELM y otros que lo requieran,
• Se encarga de archivar y hacer el rastreo de los documentos del IPNM,
• Es el encargado de recepcionar los títulos que han sido registrados en la DRELM y realiza el fotocopiado y archivo de los mismos para ser entregados al área de Secretaria General,
• Realiza el trámite del duplicado de carnets solicitados,
• Elabora la constancia de los titulados,
• Brinda información a las partes interesadas acerca de los procesos atendidos: certificados, y constancias (IPNM, 2008).
E. Del Régimen Administrativo
Se encarga de llevar el correcto proceso de la elaboración y planificación de los gatos institucionales (IPNM, 2008).
De La Dirección De La Oficina
• Evalúa, Ejecuta y elabora el PIO del IPNM,
• Evalúa, Ejecuta y elabora el PODI,
• Evalúa, planifica y formula el presupuesto del inicio de año,
• Monitorea y brinda orientación sobre la ejecución y conformación de comisiones del instituto para impulsar el desarrollo del mismo,
• Estudia la estructura organizacional del IPNM,
• Se encarga de formular y/o mantener actualizada la normativa organizacional del IPNM: MOF, TUPA y MAPRO, Otras funciones designadas por la Dirección General, Entre otros (IPNM, 2008).
Del Asistente De La Oficina
• Se encarga de organizar información suficiente para formular, programar, evaluar y ejecutar el POI del Instituto,
• Es el encargado de recepcionar, clasificar y mantener actualizado los archivos de la oficina,
• Así mismo, desempeña otras funciones designadas por la Dirección de la Oficina (IPNM, 2008).
F. La Oficina de Administración
Evalúa, ejecuta y conduce la economía y financiamiento de la economía del instituto (IPNM, 2008).
F.1. De la dirección de la oficina
• Se encarga d evaluar, formular, ejecutar y llevar el monitoreo del PO (Palan Operativo),
• Se encarga de dirigir, organizar, coordinar y monitorear las funciones que desarrolla,
Puede representar a la Dirección General en los eventos a los cuales tenga autorización,
• Se encarga de promover, coordinar y apoyar las capacitaciones de los colaboradores a su mando, Entre otros (IPNM, 2008).
F.2. Del Asistente Administrativo I
• Es el encargado realizar el cobro correspondiente a la matrícula y otros programas, centros y proyectos pertenecientes al IPNM,
• Lleva la administración de la caja chica,
• Realiza diversos pagos con la cuenta del IPNM,
• Mantiene actualizado la “base de datos” para seguros y matriculas del personal y el alumnado,
• Mantiene el registro correspondiente a la cuenta bancaria del IPNM, Así mismo, desempeña otras funciones (IPNM, 2008).
F.3. Del Especialista Administrativo II
• Se encarga de dirigir, planificar, coordinar y evaluar los trabajos del personal,
• Ayuda a evaluar, ejecutar y planificar las acciones del PO,
• Controla y conduce la aplicación educada de acciones y normas del personal,
• Resuelve reclamos y otros asuntos que le compete, Entre otros (IPNM, 2008).
F.4. Del Asistente Administrativo I
• Se encarga de mantener actualizado la documentación del personal del IPNM,
• Se encarga de elaborar los propósitos de resolución que se relacionan al personal y el otorgamiento de los beneficios.
Así mismo, desempeña otras funciones que le ordene el jefe de personal (IPNM, 2008)
F.5. Del Técnico Administrativo II
• Se encarga de verificar y llevar el control de asistencias y el tiempo de permanencia del personal dentro del IPNM,
• Se encarga de elaborar el consolidado del mes de descuentos de acuerdo a las faltas (no asistir al IPNM) del todo personal y sus respectivas tardanzas,
• Ente otros (IPNM, 2008).
G. Del Contador II
• Guía el desarrollo correspondiente al sistema de contabilidad,
• Elabora los estados financieros del IPNM
• Esclarece la información contable, financiera y técnica,
• Todos los meses elabora la información contable y financiera,
• Se encarga de dirigir, organizar, controlar y evaluar el correcto funcionamiento del sistema de Contabilidad,
• Así mismo, desempeña otras funciones delegadas por la “Dirección de Administración” (IPNM, 2008).
H. Del Técnico Administrativo II
• Se encarga de realizar la revisión y el control previo de los documentos sustentadores de las ordenes se servicio y de compra,
• Elabora el registro administrativo del devengado y fases de compromiso en el sistema SIAF,
• Se encarga de clasificar adecuadamente y en orden las ordenas de compra, y otros formularios (IPNM, 2008).
I. Del Tesorero II
Se encarga de planificar y dirigir la evaluación, ejecución y programación de los procesos técnicos del IPNM.
• Registre los ingresos y gastos por fuente de financiación del instituto.
• Custodiar y Gestionar la caja chica.
• Realizar el pago de varios artículos, haz recuentos de efectivo y ten control permanente.
• Llevar el registro, control y custodia de documentos de valores, cartas fianza u otros documentos de contenido monetario.
• Coordinar las acciones que correspondan a los procedimientos de ejecución coercitiva del Instituto.
• Requerir a los departamentos del Ministerio la suficiente información para adoptar medidas cautelares destinadas a proteger los intereses y recursos del instituto.
• Las demás funciones correspondientes a la oficina de administración (IPNM, 2008).
J. Del Asistente Administrativo I
• Maneja la disposición del fondo para realizar los pagos con disposición de efectivo,
• Realiza los pagos de servicios del IPNM,
• Se encarga de entregar las boletas de pago a los colaboradores del IPNM,
• Brinda apoyo en actividades de recaudar, custodiar y mantener el registro contable de las operaciones financieras (IPNM, 2008).
K. Del Recaudador
• Efectúa el cobro que recauda la Institución diariamente,
• Realiza el reporte diario para después entregarlo a tesorería,
• Así mismo, realiza otras funciones delegadas por tesorería (IPNM, 2008).
L. Unidad de Abastecimiento y Servicios Auxiliares
Del Especialista en Abastecimiento II
• Se encarga de supervisar el optimo uso del mobiliario, equipos, maquinaria e inmuebles.
• Provee servicios y bienes para el correcto funcionamiento del IPNM,
• Mantiene actualizado el inventario del IPNM,
• Controla los bienes que ingresan y salen del IPNM,
• Mantiene actualizado el inventario de las oficinas, Entre otras funciones (IPNM, 2008).
CONCLUSIONES
1. La administración pública es un ente del Estado que observa detalladamente las demandas sociales, por las que tiene que satisfacer, haciendo una transformación correcta de los recursos públicos, la cual tienen que estar modificadas a la realidad al momento de fabricar o hacer la adquisición de bienes o servicios.
2. El departamento de gestión financiera consta de los siguientes departamentos:
• Sistema de presupuesto público nacional.
• Sistema de tesorería
• Sistema Nacional de Deuda Pública Sistema de contabilidad nacional.
• Sistema Nacional de Abastecimiento
• Sistema de gestión de inversiones y planificación plurianual.
• Gestión de recursos humanos.
3. Para que el Área de Tesorería esté bien organizado, es necesario emitir instrucciones, reglamentos y auditorías oportunas para administrar los fondos públicos recibidos, así como los pagos realizados por la institución dentro del plazo establecido y de conformidad a las normas y procedimientos establecidos.
4.
SUGERENCIAS
Entre las sugerencias que puedo aportar para la realización de una buena Gestión de Tesorería son:
• Implementar un sistema de CG (control interno) ayudará a reducir el riesgo de corrupción y mejora los procedimientos establecidos en el sistema administrativo nacional.
• Establecer mecanismos efectivos que ayuden a aumentar la transparencia y la rendición de cuentas.
• Desarrollar una estrategia transversal interna dirigida a prevenir la corrupción.
• Establecer lineamientos para el monitoreo de los riesgos fiscales.
• A través del SIAF autorizar las operaciones de pagaduría.
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Anexo 1
DIRECTIVA Nº 001-2019-MINEDU/IPNM/DA
“NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA CONSTITUCION, CONTROL, USO Y REPOSICION DEL FONDO PARA CAJA CHICA”
Anexo 2
PROCEDIMIENTO DE DEVOLUCION DE DINERO RECAUDADO EN EL SECTOR PÚBLICO
Anexo 3
DIRECTIVA N° 003-2018- IPNM-DOA-UAF
PROCEDIMIENTOS PARA LA CAPTACIÓN Y REGISTRO DE RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS DEL
INSTITUTO PEDAGÓGICO NACIONAL MONTERRICO
Anexo 4
Glosario de términos