Sexta Parte
1 LA ACCION PAULIANA CIVIL
A.- EFECTOS RETROACTIVOS DE LA DECLARACIÓN DE QUIEBRA DE TODO DEUDOR Es necesario distinguir entre actos a título gratuito y los demás actos y
contratos.
Según lo dispone el artículo 1318 (ex 74 de la LQ), “Son inoponibles a la masa los actos o contratos a título gratuito que hubiere ejecutado o celebrado el deudor desde los 10 días anteriores a la fecha de la cesación de pagos y hasta el día de la declaración de quiebra.
Si el acto o contrato fuere a favor de un descendiente, ascendiente o colateral dentro del cuarto grado, aunque se proceda por interposición de un tercero, los 10 días señalados en el inciso primero se extenderán hasta los 120 días anteriores a la fecha de cesación de pagos”.
¿Cuáles son los requisitos para intentar esta acción de inoponibilidad?
Debe atenderse en primer término a la naturaleza del acto, a título gratuito. En segundo lugar, hay que considerar la fecha en que se ejecutó, en período sospechoso, desde 10 días antes de la cesación de pagos hasta la declaratoria de quiebra o desde 120 antes de la cesación de pagos hasta la declaratoria de quiebra, en el caso de actos o contratos a favor de parientes.
En consecuencia, no son impugnables, por la revocatoria que estamos estudiando, los actos gratuitos celebrados antes del período sospechoso que hemos indicado.
Por lo tanto, probado que el deudor realizó un acto gratuito en el período indicado, al juez sólo le cabe decretar su revocación.
Características de la acción.- Las características son las siguientes:
a) Es una inoponibilidad de derecho. Esto no significa que no requiere
de declaración judicial, sino que, acreditados los requisitos de la acción, el juez está obligado a declararla. El tribunal no tiene facultad discrecional al respecto;
b) No exige atender a la buena o mala fe del o de ambos contratantes. Se diferencia de la acción pauliana en que no se basa en
una presunción de mala fe del deudor; se requiere sólo desprenderse gratuitamente de los bienes en el periodo sospechoso. El acto impugnado con esta acción no causa daño al tercero; éste nada paga, nada pierde al quedar igual que antes;
c) No requiere probar el perjuicio de los acreedores. La ley tampoco
ha requerido que se pruebe que el acto causa perjuicio a los acreedores, y ello es muy lógico, por cuanto es evidente que el acto, por el solo hecho de ser gratuito, causa perjuicio a los acreedores al separar un bien del patrimonio del deudor sin ninguna contraprestación. Se presume que lo causa;
d) Abarca todos los actos gratuitos en el periodo sospechoso. No
sólo los traslaticios de dominio. Se comprende el rigor de la norma, pues tales actos son los más sospechosos: no se concibe que un deudor al borde del colapso económico decida regalar sus bienes a terceros. Las
prendas e hipotecas pueden ser actos gratuitos u onerosos. Son actos gratuitos cuando las constituye un tercero sin remuneración o si el deudor las constituye después del nacimiento de la obligación.
En los casos en que los beneficiados con estos actos fueran los parientes a que se refiere el art. 1318 inc. 2° (ex 74), se amplía el periodo sospechoso a 120 días antes de la cesación de pagos y hasta la declaración de quiebra. En este caso los actos presentan caracteres de mayor irregularidad y podría prestarse para transferir bienes en perjuicio de los acreedores, incluso haciéndolo por interpósita persona.
2.- Inoponibilidad de los actos o contratos onerosos.-
Esta acción aparece contenida en el art. 1319 ( ex75) que expresa: “Con respecto a los demás actos o contratos ejecutados o celebrados por el deudor en cualquier tiempo, con anterioridad a la fecha de la declaración de quiebra, se observará lo prevenido en el artículo 2468 del Código Civil.
“Se presume que el deudor conocía el mal estado de sus negocios desde los 10 días anteriores a la fecha de cesación de pagos”.
Como lo dispone este precepto, la acción pauliana contemplada en el art.2468 del C.C. tiene plena aplicación cuando se declara la quiebra, para obtener la revocación de todos los actos y contratos celebrados por el deudor con anterioridad a la quiebra, excluyéndose solamente aquellos de que trata el artículo 74 de la ley.
Las características de la acción son las siguientes:
a) La acción se puede ejercer para anular los actos o contratos a título oneroso celebrados en todo tiempo, aun antes del periodo sospechoso, y los actos a título gratuito celebrados ante de los 10 días o 120 días del art.1318 (ex 74).
b) Se trata de una inoponibilidad de derecho y no hay innovación a las reglas generales de que el juez debe fallar conforme al mérito del proceso;
c) Exige los requisitos de la acción pauliana. Para estudiar los requisitos para que procesa la acción pauliana hay que distinguir actos a título oneroso y actos a título gratuito:
Actos a título oneroso. Para invalidar este tipo de negocios se requiere:
- Que estén de mala fe ambos contratantes, y
- Que se acredite perjuicio a los acreedores.
Se exige, en primer término, que ambos contratantes estén de mala fe, es decir, que ambos conozcan el mal estado de los negocios del deudor. Se entiende que se trata de una prueba difícil, por cuanto debe acreditarse un hecho interno, psicológico. En la práctica, deben probarse circunstancias que
configuren presunciones de mala fe. Por esa razón el inciso 2° del artículo 1319 (ex 75) estableció una presunción simplemente legal en contra del deudor, que consiste en presumir que éste está en conocimiento del mal estado de sus negocios desde los diez días anteriores a la cesación de pagos. Dice el artículo 1319 inciso 2°: “Se presume que el deudor conocía el mal estado de sus negocios desde los diez anteriores a la fecha de cesación de pagos”.
Debe acreditarse asimismo el perjuicio que este acto o contrato causa a los acreedores.
Actos a título gratuito. Para anularlos deben concurrir dos presupuestos:
- Que se pruebe la mala del deudor, y
- Que se pruebe perjuicio de los acreedores.
¿Cómo operan las dos acciones de nulidad que hemos estudiado? Del siguiente modo:
- Si el acto se realizó durante el periodo sospechoso, para anularlo
se invoca a la acción de inoponibilidad del artículo 1318.
- Si el acto se ejecutó antes del período sospechoso, el acto se
anula por medio de la acción pauliana.
B.- EFECTOS RETROACTIVOS DE LA DECLARACIÓN DE QUIEBRA DEl DEUDOR