Comentario al discurso del Santo Padre a la Rota Romana del 27 de enero de 2007*
IV. Los sacramentales en el Libro de las Bendiciones (1984) El De Benedictionibus (DB) del nuevo Ritual romano fue promulgado por
decreto el 31 de mayo de 1984. El Bendicional en castellano apareció en 1986. Las bendiciones allí contenidas, dado que están oficialmente establecidas por la Iglesia, pertenecen al genero de los sacramentales; en cambio, otras menciones, no establecidas o instituidas oficialmente por la Iglesia, son ejercicios piadosos o pertenecientes a la devoción popular, pero no son sacramentales en sentido escrito.
Con respecto a la naturaleza de las bendiciones, el Ritual que tratamos se refiere, en primer lugar, a la bendición en sentido amplio, considerándola en la creación y en la encarnación redentora. Cristo es denominado la máxima bendición del Padre y se hace referencia a que apareció en el Evangelio bendi-
ciendo a lo hermanos, principalmente a los mas humildes24. Todo lo que Dios
ha creado nos muestra la bendición de Dios y nos invita e impulsa a bende- cirlo; lo cual vale principalmente después que el Verbo encarnado comenzó a santificar todas las cosas del mundo, gracias al misterio de su encarnación. Las bendiciones miran primariamente a Dios, cuya grandeza y bondad ensalzan; pero, en cuanto comunican los beneficios de Dios, miran también a los hom- bres, a los que Dios rige y protege con su providencia; pero también se dirigen
a las cosas creadas, con cuya abundancia y variedad Dios bendice al hombre25.
Y, seguidamente, se afirma que, en la Eucaristía, la Iglesia recibe la gracia y la
fuerza que hacen de ella misma bendición para el mundo26. Y la misma Iglesia
también, movida por la fuerza del Espíritu Santo, ha instituido diversas formas de bendecir, con las que invita a los hombres a alabar a Dios y los anima a pedir su protección.
Y, llegados a este punto, uniendo dos textos del Libro de las Bendiciones, podemos formular, a nuestro entender con plena fidelidad a la concepción de la Iglesia manifestada en el Ritual, una definición en sentido estricto, de esos sacra- mentales especiales que son las bendiciones. Podemos decir que son signos sa- grados, instituidos por la Iglesia imitando en cierto modo a los sacramentos, que
24. DB 3; cf. Hch. 3, 26; Mc. 10, 16; 6, 41; Lc. 24, 50, etc. 25. DB 7.
significan unos efectos, sobre todo de carácter espiritual, los cuales se alcanzan
gracias a la impetración de la Iglesia27.
Como vemos esta definición coincide con la de los sacramentales en gene- ral, y no es fácil de discernir lo que podríamos considerar como lo especifico de las bendiciones. Tal vez, dentro del texto mismo De Benedictionibus, convenga acudir a la estructura típica de ellas, para una mayor determinación. Al respecto, nos dice el Ritual que la celebración típica de la bendición consta de dos partes: la primera es la proclamación de la palabra de Dios, la segunda la alabanza de la bondad divina y la impetración del auxilio celestial. La primera parte tiende a que la bendición sea realmente un signo sagrado; por ello su centro es la indicada pro- clamación de la palabra de Dios. La segunda parte tiene por objeto alabar a Dios y obtener su ayuda por Cristo en el Espíritu Santo. El núcleo central de esta parte lo constituye la formula de bendición, u oración de la Iglesia, acompañada con frecuencia de un signo determinado. Y para fomentar la piedad de los presentes, puede añadirse la oración de los fieles, que normalmente precede a la formula de
bendición, y a veces la sigue28.
En cuanto al sujeto de las bendiciones, están, en primer lugar, los hombres –tanto los renacidos como los que han de renacer por la gracia–. Pero la Iglesia bendice también las cosas y lugares relacionados con la actividad humana o con la vida litúrgica e incluso con la piedad y devoción, pero teniendo siempre pre-
sentes a los hombres que utilizan aquellas cosas y actúan en aquellos lugares29.
En cuanto a lo que podríamos llamar la extensión o los limites del ámbito de las bendiciones, el Ritual, siguiendo el Concilio, considera que abarca todos los acontecimientos del mundo, todos los actos de la vida, el uso honesto de las cosas materiales, con la condición de que se trate de cosas, lugares o circunstan-
cias que no contradigan la norma o el espíritu del Evangelio30.
En cuanto al ministro, el Libro de las Bendiciones discierne lo que compe- te al Obispo, al párroco, a los presbíteros, a los diáconos y a los acólitos y lecto- res. Pero agrega que también los otros laicos, hombres y mujeres, pueden celebrar algunas bendiciones, ya sea en virtud de su propio cargo –como los padres con respecto a sus hijos–, ya sea en virtud de un ministerio extraordinario o alguna función peculiar en la Iglesia –como los religiosos o los catequistas–, según el
juicio del Ordinario del lugar31.
27. DB 9 y 10. 28. Cf. DB 20, 21 y 22. 29. Cf. DB 12. 30. Cf. DB 13 y 14. 31. Cf. DB 16 y 18.
En cuanto a los signos visibles que con frecuencia acompañan a las ora- ciones, ellos tienen la finalidad de evocar las acciones salvadoras del Señor, mostrar una cierta conexión con los principales sacramentos, y, de este modo, alimentar la fe de allí presentes, captando así su atención para que participen del rito. Los principales signos que se emplean son los siguientes: extensión, elevación o unión de las manos, imposición de las manos, aspersión del agua bendita –exhortando a los fieles a que renueven la fe de su bautismo– e incen- sación –signo de veneración y honor, que a veces simboliza la oración de la Iglesia–. Aunque estos signos, y principalmente el signo de la cruz, expresan una cierta evangelización, para hacer mas activa la participación y evitar el peligro de superstición, normalmente no está permitido dar la bendición de cosas y lugares con el solo signo externo, sin ningún acompañamiento de la palabra de Dios o
de alguna plegaria32.
En cuanto a las adaptaciones que competen a las Conferencias episcopales, a ellas les incumbe confeccionar un Ritual particular correspondiente a este titulo del Ritual romano, acomodándolo a las necesidades de cada lugar. Dicho Ritual podrá usarse después que las actas hayan sido aprobadas por la Sede Apostólica. Y, entre otras cosas, corresponde en esta materia a las Conferencias episcopales definir las adaptaciones, según los principios establecidos en el Ritual romano,
respetando la estructura propia de los ritos33.
En cuanto al plan de conjunto del Libro de las Bendiciones, en él se dis- tinguen cinco partes, subdivididas en capítulos, dentro de los cuales podemos encontrar diversas formulas y formularios.
La primera parte presenta las bendiciones que se refieren directamente a las personas, y allí se encuentran las bendiciones de las familias y sus miembros; las de los enfermos, misioneros, catequistas, peregrinos; las de las sociedades desti-
nadas a prestar ayuda en las necesidades públicas; y las de los viajeros34.
La segunda parte contiene las bendiciones que atañen a las construcciones y a las diversas actividades de los cristianos. Incluye, entre otros, las bendición de una nueva casa, de un nuevo seminario, de una nueva casa religiosa, de una nueva escuela o universidad, de una nueva biblioteca, de un nuevo hospital, de locales destinados a los medios de comunicación social, de instalaciones deportivas, de
32. Cf. DB 26 y 27.
33. Cf. DB 39; Sacrosanctum Concilium, 63, b); Código de Derecho Canónico, cáns. 838 §§ 2 y 3 y 1167 § 1.
34. En el Bendicional castellano encontramos en esta parte otro capítulo referido a las ben- diciones para lectores y acólitos, que, sin haber recibido la correspondiente institución, cumplen habitualmente esos oficios, tanto en las celebraciones de la Eucaristía como en las demás celebra- ciones litúrgicas.
algunos instrumentos técnicos, de instrumentos de trabajo, de los animales, los campos, los frutos nuevos, y la bendiciones de la mesa.
La tercera parte agrupa las bendiciones de las cosas que en las iglesias se destinan al uso litúrgico o a las practicas de devoción, tales como la bendición de una nueva pila bautismal, de un nuevo sagrario, de una nueva cruz, de las imágenes del Señor, de la Virgen María o de los santos, que se exponen a la ve- neración de los fieles; bendiciones de una campana, de un órgano, de los objetos destinados al uso litúrgico, del agua, de las estaciones del Vía Crucis; bendición de un cementerio.
En la cuarta parte se encuentran las bendiciones de objetos destinados a fomentar la devoción del pueblo cristiano: bendiciones del agua o de algunos otros elementos en honor a la Virgen María y de los santos, medallas, crucifijos, imágenes religiosas, que no se han de exponer en lugares sagrados; rosarios, es- capularios.
La quinta parte contiene bendiciones para diversas circunstancias, como la bendición en la acción de gracias por los beneficios recibidos y la bendición para diversas ocasiones, que son ritos genéricos.
Frente a todo este conjunto de ritos de bendición –al que las Conferencias Episcopales pueden agregar algunos pocos mas como la ha realizado la españo- la en su Bendicional–, cabe formular algunas observaciones: en primer lugar, se destaca la importancia dada la palabra de Dios y al lenguaje bíblico, así como el sentido prioritario de la acción de gracias a Dios que debe primar en las bendi- ciones, sobre la petición, y, aun con respecto a esta, no cabe duda que se deben buscar primero los dones espirituales o sobrenaturales que los beneficios mate- riales o de orden terreno-natural; quizá en el Libro de las Bendiciones no está tan definida la ordenación a preparar a los fieles para una fructuosa recepción de los sacramentos, así como tampoco par santificar las diversas circunstancias de la vida del hombre contemporáneo y no se ve un criterio objetivo de clasifica- ción suficientemente claro, fuera del libro primero, aunque reconocemos que no es fácil encontrar dicho criterio ante la multitud y diversidad de estos sacramen- tales; por ejemplo, no aparecen discernidas las que podríamos considerar como bendiciones constitutivas y las invocativas; además, aparecen un tanto mezcla- das aquellas bendiciones que se ordenan de modo directo a la gloria de Dios y el bien sobrenatural de los hombres y aquellas otras en las que esa finalidad ultima debe obtenerse a través del recto desempeño de las actividades laicales de los hombres en la sociedad civil. Esta bien destacada la centralidad de la per- sona, cuyo bien se busca siempre en las mismas bendiciones de los objetos que el hombre deberá usar; y, por otra parte, el capitulo primero del libro primero, dedicado a las bendiciones de las familias y de sus miembros, es, quizás, el mas rico de este Ritual.
Sin embargo, nos podemos preguntar la causa de que se desconozcan todos los otros ámbitos sociales en los que los hombres realizan sus actividades, lo que se suelen llamar las sociedades intermedias, como, por ejemplo en el orden territorial, el municipio, la provincia; y, en el orden laboral, los colegios profesionales, los gremios, las empresas, etc. Así como, en el orden jurídico-ca- nónico, la parroquia no designa primariamente un edificio, ni una demarcación territorial, sino una comunidad de fieles cristianos –actuales o potenciales–, así también en las sociedades antes mencionadas se designan, ante todo, comuni- dades humanas con fines lícitos, que carecen de toda la fuerza de impetración que les podría otorgar la Iglesia para la feliz logro de sus fines intermedios autónomos y, especialmente, para su recta ordenación al fin ultimo. E incluso podríamos notar el hecho de que toda la sociedad política nacional e interna- cional brilla por su ausencia en el Libro de las Bendiciones; a lo que podríamos agregar la misma ausencia de la bendición de la Iglesia para las asociaciones de tipo económico. Se podrá, ciertamente, argumentar que dichos ámbitos están descristianizados en el mundo presente, lo cual es muy cierto. Pero, ¿acaso los sacramentales de la Iglesia no pueden ser recibidos por los malos cristianos y por los no cristianos?, ¿acaso no se encierra en ellos una pedagogía que podría contribuir a la recristianización de dichos ámbitos?, ¿acaso las bendiciones no podrían estar precedidas de algún juramento o compromiso de observar una adecuada normativa, también a elaborar, que indicase la conducta cristiana en un ámbito determinado? Estos y otros muchos interrogantes nos quedan en esta línea de pensamiento, al constatar que no se cumple ni remotísimamente lo pedido por el Concilio de que todas las circunstancias de la vida y las activi- dades del los hombres sean santificadas por los sacramentales. De hecho, la inmensa mayoría de las actividades de la vida humana cotidiana hodierna, en una sociedad urbana –no agraria como la medieval–, industrial o postindustrial, tecnificada, y sobre todo, inficionada de secularismo, no esta santificada por los sacramentales de la Iglesia, salvo de un modo muy genérico. Podríamos pregun- tarnos si la Iglesia no debería irrumpir con sus bendiciones en esa misma socie- dad, incluso con una cierta omnipresencia, con intrepidez paulatina, como una forma de enfrentar tanto el secularismo como la injusticia presente en el mundo actual, y como una forma de trabajar por la paz y de aproximar a los hermanos separados y a los no cristianos.