MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS
DELEGACIONES ESTATALES
Con fundamentó en lo dispuesto por los artículos 17 y 19 de la
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 14 y 17,
fracción III del Reglamento
Interior
de este
Órgano
Administrativo Desconcentrado, he tenido a bien expedir el:
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS
DELEGACIONES
México, D.F., a 24 de noviembre de 2006.- El Director en Jefe del
Registro
Agrario
Nacional,
Act. Rolando Ocampo Alcantar
.-
I N D I C E
PAG.
I. PRESENTACION 5
II. MARCO LEGAL 7
III. OBJETIVO GENERAL 14
IV. PROCEDIMIENTOS, OBJETIVOS, FUNDAMENTO JURIDICO, POLITICAS Y DIAGRAMAS
DE FLUJO 16
1. EVALUACION MENSUAL A LAS DELEGACIONES. (CERTIFICADO ISO:9001-2000) 17
2. SISTEMA DE INFORMACION TELEFONICA A USUARIOS RANTEL. (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
25
3. SOLICITUD DE INSCRIPCION DE LA DESIGNACION DE SUCESORES DE EJIDATARIO O COMUNERO (DEPOSITO DE LISTA). (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
34
4. SOLICITUD DE APERTURA DE LISTA DE SUCESION DE EJIDATARIO O COMUNERO. (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
41
5. SOLICITUD DE INSCRIPCION DE TRANSMISION DE DERECHOS POR SUCESION. (CON ALCANCE A EJIDOS REGULARIZADOS). (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
49
6. SOLICITUD DE EXPEDICION DE CONSTANCIAS DE INSCRIPCION Y DE VIGENCIA DE DERECHOS. (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
58
7. PROGRAMA DE CERTIFICACION DE DERECHOS EJIDALES Y TITULACION DE SOLARES URBANOS, CON ALCANCE A LA EXPEDICION DE TITULOS Y CERTIFICADOS. (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
66
8. SOLICITUD DE EXPEDICION DE COPIAS CERTIFICADAS DE DOCUMENTOS AGRARIOS. (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
75
9. SOLICITUD DE INSCRIPCION DEL ACUERDO DE ASAMBLEA DE LA ELECCION, O REMOCION Y REORGANIZACION DE LOS ORGANOS DE REPRESENTACION Y VIGILANCIA DEL EJIDO O DE LA COMUNIDAD. (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
81
10. SOLICITUD DE INSCRIPCION DEL ACUERDO DE ASAMBLEA DEL REGLAMENTO INTERNO DEL EJIDO O EL ESTATUTO COMUNAL DE LA COMUNIDAD Y SUS MODIFICACIONES. (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
89
11. SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DEL ACUERDO DE ASAMBLEA DE LOS DIVERSOS ACUERDOS DEL EJIDO O LA COMUNIDAD. (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
12. SOLICITUD DE INSCRIPCION DEL ACUERDO DE ASAMBLEA DEL RECONOCIMIENTO DE AVECINDADOS. (EJIDO Y COMUNIDAD). (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
105
13. SOLICITUD DE EXPEDICION DE TITULOS DE PROPIEDAD DERIVADOS DE LA ADOPCION DE DOMINIO PLENO SOBRE PARCELAS. (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
111
14. SOLICITUD DE RECTIFICACION DE ASIENTOS REGISTRALES. (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
119
15. SOLICITUD DE INSCRIPCION DEL ACUERDO DE ASAMBLEA DE LA DELIMITACION, DESTINO Y ASIGNACION DE LAS TIERRAS EJIDALES COMUNALES. (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
128
16. SOLICITUD DE REPOSICION DE CERTIFICADOS PARCELARIOS DE DERECHOS SOBRE TIERRAS DE USO COMUN Y TITULOS DE PROPIEDAD DE ORIGEN PARCELARIO Y DE SOLAR URBANO. (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
138
17. SOLICITUD DE INSCRIPCION DE DIVERSOS CONTRATOS CELEBRADOS POR EJIDATARIOS O COMUNEROS, (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
146
18. SOLICITUD DE INSCRIPCION DE ENAJENACION DE DERECHOS, SOBRE TIERRAS DE USO COMUN. (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
153
19. INSCRIPCION DE RESOLUCIONES JUDICIALES ADMINISTRATIVAS Y SENTENCIAS. (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
161
20. CONSULTA DE DOCUMENTOS EN EL ARCHIVO AGRARIO EN DELEGACIONES. (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
167
21. COMITE DE EVALUACION OPERATIVA. 173
22. APLICACION DE ENCUESTAS DE SATISFACCION DEL USUARIO. 179
23. DESTRUCCION DE DOCUMENTOS INSERVIBLES Y CANCELADOS. 185
El Manual de Procedimientos de las Delegaciones Estatales ha sido elaborado, por la Dirección General de Delegaciones en coordinación con las Direcciones Generales del RAN., con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido por el Artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 18 fracción VI del Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional, así mismo para hacer más eficientes las actividades que realizan las Delegaciones Estatales.
El presente Manual de Procedimientos tiene como propósito fundamental, servir como un instrumento de apoyo jurídico-administrativo para las Unidades Administrativas de Oficinas Centrales y Delegaciones Estatales del Registro Agrario Nacional, al ofrecer en forma sistemática los pasos a seguir, las instancias que participan y el marco legal que fundamenta su actuación, para el desarrollo adecuado de las actividades propias de las atribuciones de las Delegaciones Estatales, tomando en cuenta los procedimientos que ya han sido certificados bajo la norma ISO-9000, con la cual se brinda mayor transparencia, eficiencia y confiabilidad, en el servicio o trámite que se atiende, así como el proceso interno que materializa el servicio o trámite de que se trate, además de estar equiparados con los servicios o trámites registrados ante COFEMER.
Es importante mencionar que en este documento, se tiene especial cuidado en la instrumentación de las normas que son aplicables a cada uno de los procedimientos los cuales se encuentran certificados y se toman en consideración las acciones de Simplificación Administrativa.
Como todo proceso dinámico, los procedimientos que son materia de este manual son revisados y actualizados permanentemente para incorporar al mismo las modificaciones que puedan registrarse en el marco normativo aplicable.
Dichos procedimientos son de observancia obligatoria en las Unidades Administrativas del Registro Agrario Nacional y tienen por objeto establecer las políticas de carácter general que deberán seguirse en las Delegaciones Estatales, siendo sus titulares los responsables de su difusión y estricto cumplimiento.
Ley de Organizaciones Ganaderas D.O.F. 6-I-1999
Estatuto Organico de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra
D.O.F. 12-VI-2000 Ultima Reforma D.O.F. 28-II-2002 Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural
D.O.F. 4-I-1996 Aclaracion D.O.F. 11-I-1996
Acuerdo por el que se crea la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra, con el fin de realizar un Programa Nacional y prever la Disponibilidad de espacios para el debido crecimiento urbanístico de las poblaciones.
D.O.F. 8-XI-1974 Abrogado D.O.F. 12-VI-2000 Por
el Estatuto Orgánico de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra Ultima Reforma D.O.F. 28-II-2002
Acuerdo por el que se da a conocer el logotipo de identificación del Registro Agrario Nacional, Órgano Desconcentrado de la Secretaría de la Reforma Agraria.
D.O.F. 15-IV-1997 Abrogado D.O.F. 1-XI-2001
Acuerdo por el que se crean doce Representaciones Regionales y dos Representaciones Especiales de la Secretaria de la Reforma Agraria.
D.O.F. 27-IV-1998 Derogado D.O.F. 6-XII-2006
Acuerdo por el que se modifica la estructura orgánica de las represtaciones regionales, especiales y estatales de la Secretaria de la Reforma Agraria, las que se adscriben a la Oficialia Mayor
Acuerdo que autoriza la emisión de títulos de propiedad sobre terrenos nacionales con firmas digitalizadas del Secretario de la Reforma Agraria y del Subsecretario de Ordenamiento de la Propiedad Rural.
D.O.F. 28-VI-1999 Abrogado D.O.F. 8-III-2004
Declaratoria de vigencia de la Norma NMX-S-017-1996-SCFI Señales y Avisos para
Protección Civil, Colores, Formas y Símbolos a utilizar D.O.F. 16-VII-1997
Abrogado D.O.F. 17-IX-2003
Norma Oficial Mexicana NOM-003-SEGOB/2002. Señales y Avisos para Protección Civil, Colores, Formas y Símbolos a utilizar
Ley de Distritos de Desarrollo Rural
D.O.F. 28-I-1998 Abrogada 7-XII-2001 Por la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
Ley de Organizaciones Ganaderas D.O.F. 6-I-1999
REGLAMENTOS
Reglamento de la Parcela Escolar
D.O.F. 10-VI-1944 Abrogado D.O.F. 2-XII-1997 Por el Decreto que abroga diversas disposiciones aplicables en materia federal y para el Distrito Federal.
Reglamento del cuerpo consultivo Agrario D.O.F. 3-IX-1980
En virtud de las Reformas al Reglamento Interior de la Secretaría de la Reforma Agraria, publicadas el 30-III-1998 se extinguió el Cuerpo Consultivo Agrario; sin embargo, se sigue aplicando para la substanciación de los expedientes que deben integrarse en cumplimiento de las resoluciones derivadas de procedimientos jurisdiccionales o administrativos.
Reglamento de la Ley de Fomento Agropecuario
D.O.F. 23-XI-1981 Fe de erratas D.O.F. 25-II-1982
Aplicable en términos de lo dispuesto en el Artículo Sexto Transitorio de la Ley Agraria, que derogó la Ley de Fomento Agropecuario a excepción de las disposiciones que rigen el fideicomiso de riesgo compartido (F.I.R.C.O.)
Reglamento Interior de los Tribunales Agrarios
D.O.F. 13-V-1992 Ultima Reforma D.O.F. 7-III-2003
Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares Urbanos
D.O.F. 6-I-1993
Reglamento de la Ley de Asociaciones Ganaderas
D.O.F. 23-VIII-1993 Abrogado por el Reglamento de la Ley de
Organizaciones Ganaderas. D.O.F. 24-XII-1999
Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales
D.O.F. 12-I-1994 Ultima Reforma D.O.F. 29-08-2002
Reglamento Interior de la Secretaría de la Reforma Agraria
D.O.F. 11-VII-1995 Ultima Reforma D.O.F. 30-III-1998
Reglamento Interior de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra D.O.F. 4-I-1996 Aclaración D.O.F. 9-XI-1995
Estatuto de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural D.O.F. 12-VI-2000 Aclaración D.O.F. 11-I-1996
Ultima Reforma D.O.F. 28-II-2002
Reglamento Interior de la Procuraduría Agraria D.O.F. 28-XII-1996
Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional D.O.F. 9-IV-1997
Reglamento de la Seguridad Social para el Campo
D.O.F. 30-VI-1997 Abrogado 1-XI-2002 Por el Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.
Reglamento de la Ley Agraria para fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina D.O.F. 8-V-1998
Reglamento del Registro Público de la Propiedad Federal D.O.F. 4-X-1999
DECRETOS
Decreto por el que se reestructura la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra, como Organismo Público Descentralizado de carácter técnico y social, con personalidad jurídica y patrimonio propio, ampliando sus atribuciones y redefiniendo sus objetivos.
D.O.F. 8-XI-1974 Ultima Reforma D.O.F. 2-VI-2004
Decreto por el que los Titulares de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal y Servidores Públicos hasta el nivel de Director General en el Sector Centralizado o equivalente en el Sector Paraestatal, deberán rendir al separarse de empleos, cargos, o comisiones, un informe de los asuntos de su competencia y entregar los recursos financieros, humanos y materiales que tengan asignados para el ejercicio de sus atribuciones legales a quienes los sustituyan en sus funciones.
D.O.F. 2-IX-1988 Abrogado D.O.F. 14-IX-2005.
Por el decreto para realizar la entrega-recepción del informe de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión.
Decreto que regula el Programa de Apoyo directos al Campo denominado PROCAMPO D.O.F. 25-VII-1994 Fe de erratas D.O.F. 26-IX-1994
Decreto por el que se aprueba el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 D.O.F. 30-V-2001
Decreto por el que se aprueba el Programa Sectorial Agrario 2001-2006 D.O.F. 4-II-2002
ACUERDOS
Acuerdo por el que se crea el Comité para la Regularización de la Tenencia de la Tierra, con el fin de realizar un programa nacional y prever la disponibilidad de espacios para el debido crecimiento urbanístico de las poblaciones.
D.O.F. 8-Xl-1974 Abrogado D.O.F. 12-VI-2000 Por el Estatuto Orgánico de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra
Ultima Reforma D.O.F. 28-II-2002
Acuerdo que establece los distritos para la impartición de la Justicia Agraria, fija el número y la competencia territorial de los tribunales unitarios
D.O.F. 16-VI-1992 Reforma 8-VII-1992
Acuerdo que determina la competencia territorial de los distritos para la impartición de la Justicia Agraria, fija el número y establece la Sede de los Tribunales Unitarios.
D.O.F. 29-IX-1993 Reforma 29-XI-1996 Aclaración 28-X-1997
Acuerdo por el que se crea la Comisión Nacional de Desarrollo Integral y Justicia Social para los Pueblos Indígenas
D.O.F. 19-1-1994 Ultima Reforma D.O.F. 29-III-2001
Acuerdo por el que se establece el Registro de Consultores y Peritos de la Procuraduría Agraria D.O.F. 24-V-1995 Abrogado D.O.F. 5-IX-2002 Por el acuerdo que abroga el diverso de dos de mayo de mil novecientos noventa y cinco, publicado el día veinticuatro del mismo mes y año, por el que se establece el Registro de Consultores y Peritos de la Procuraduría Agraria.
Acuerdo mediante el cual se crea el Comité Sectorial de Información Agraria D.O.F. 10-VI-1996 (Fecha de Expedición)
Acuerdo por el que se constituye el Consejo Nacional Consultivo del Sector Agrario D.O.F. 23-XII-1996
Acuerdo de adscripción de las Unidades Administrativas de la Procuraduría Agraria D.O.F. 24-I-1997
Acuerdo por el que se da a conocer el logotipo de identificación del Registro Agrario Nacional. Órgano Desconcentrado de la Secretaría de la Reforma Agraria.
D.O.F. 15-IV-1997
Acuerdo por el que se da a conocer el logotipo de identificación de la Secretaría de la Reforma Agraria
D.O.F. 5-VIII-1997 Abrogado D.O.F. 1-XI-2001
Acuerdo por el que se da a conocer el logotipo de identificación del Sector Agrario D.O.F. 5-VIII-1997 Abrogado D.O.F. 1-XI-2001
Acuerdo de adscripción de las unidades administrativas de la Secretaría de la Reforma Agraria D.O.F. 27-IV-1998
Acuerdo por el que se crean doce representaciones regionales y dos representaciones especiales de la Secretaría de la Reforma Agraria
D.O.F. 27-IV-1998
Acuerdo por el que se delegan en los Titulares de las Representaciones Regionales, especiales y estatales de la Secretaría de la Reforma Agraria, la facultad de expedir copias certificadas de los documentos y constancias que obren en las oficinas de dichas representaciones
D.O.F. 5-VI-1998
Acuerdo por el que se delegan diversas facultades en las Unidades de Asuntos Jurídicos de las representaciones regionales y especiales de la Secretaría de la Reforma Agraria
D.O.F. 6-VIII-1998
Acuerdo por el que se delegan facultades a las representaciones regionales y especiales y al Director General de Ordenamiento y Regularización de la Secretaría de la Reforma Agraria.
D.O.F. 6-VIII-1998
Acuerdo que establece los lineamientos generales para la aplicación del Programa de Ahorro de Energía en inmuebles de la Administración Pública Federal.
D.O.F. 16-III-1999 Ultima Reforma D.O.F. 27-VI-2003
Acuerdo que autoriza la emisión de Títulos de Propiedad sobre terrenos nacionales con firmas digitalizadas del Secretario de la Reforma Agraria y del Subsecretario de Ordenamiento de la Propiedad Rural.
D.O.F. 8-III-2004
CIRCULARES Y OFICIOS
Circular que contiene las normas que deberán ser observadas por Delegaciones y Núcleos agrarios para el aprovechamiento de recursos no renovables, determinar el fondo común, sus depósitos y manejos.
D.O.F. 18-VII-1986 Fe de erratas D.O.F. 6-III-1987
Oficio-circular que fija las normas a que se sujetará la Administración de los bienes muebles y el manejo de almacenes.
D.O.F. 21-VI-1988 Abrogado D.O.F. 3-IX-2001
Por las Normas para la Administración y baja de bienes muebles de las dependencias de la Administración Publica Federal.
Oficio-circular No.001 de la Oficialía Mayor de la Secretaría de la Reforma Agraria mediante el cual da a conocer los lineamientos y normas que regulan el Ejercicio de las asignaciones autorizadas. D.O.F. 11-VI-1995 (Fecha de Expedición)
Oficio-circular por el que se dan a conocer los lineamientos por los que se establece un mecanismo de información con base en indicadores de gestión conforme a los cuales las representaciones, delegaciones, y oficinas con que cuentan las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, así como la Procuraduría General de la República en el exterior, deberán reportar sus erogaciones, actividades y el cumplimiento de los programas a su cargo.
Acuerdo que tiene por objeto fijar los montos máximos de rentas que las dependencias, la Procuraduría General de la República, las unidades administrativas de la Presidencia de la República y las entidades de la Administración Pública Federal podrán pactar, durante el ejercicio fiscal 2006, en los contratos de arrendamiento que celebren en su carácter de arrendatarias para continuar con la ocupación de inmuebles arrendados, así como establecer los parámetros y condiciones para la contratación de nuevos arrendamientos.
D.O.F. 29-XII-2005
DOCUMENTOS NORMATIVOS ADMINISTRATIVOS
Normas técnicas para la delimitación de las tierras al interior del ejido.
D.O.F. 25-IX-1992 Ultima Reforma D.O.F. 2-III-1995
Normas técnicas para la localización, deslinde y fraccionamiento de las zonas de urbanización de ejidos y comunidades, de su ampliación y de sus reservas de crecimiento.
D.O.F. 11-V-1994
Norma oficial mexicana MX-5-017-SCFI-1996. Señales y Avisos para Protección Civil, Colores, Formas y Símbolos a Utilizar.
D.O.F. 16-VII-1997 Abrogado D.O.F. 17-IX-2003
Norma Oficial Mexicana NOM-003-SEGOB/2002. Señales y Avisos para Protección Civil, Colores, Formas y Símbolos a utilizar
Manual de Organización General de la Procuraduría Agraria. D.O.F. 11-I-1999
Manual de Organización General de la Secretaría de la Reforma Agraria. D.O.F. 24-II-1999
Manual de Organización General del Registro Agrario Nacional D.O.F. 25-II-2000
OTRAS DISPOSICIONES
Condicionas Generales de Trabajo de la Secretaría de la Reforma Agraria. D.O.F. 17-I-1997 (Fecha de Expedición)
Programa Agropecuario y de Desarrollo Rural. D.O.F. 11-VII-1997
Aviso mediante el cual se da a conocer a los interesados que la documentación original para el control de la tenencia de la tierra ejidal y comunal que obraba en la Secretaría de la Reforma Agraria podrá ser consultada en el Registro Agrario Nacional.
El presente Manual de Procedimientos de las Delegaciones Estatales del Registro Agrario Nacional, tiene por objeto establecer políticas de carácter general y específico que deberán observarse en relación con el proceso jurídico aplicable en la materia, además de servir como una herramienta de apoyo administrativo a los funcionarios y empleados involucrados en las funciones conferidas en el Manual de Organización, sujetos a este proceso, tanto en Oficinas Centrales como en las Delegaciones Estatales.
PROCEDIMIENTOS, OBJETIVOS, FUNDAMENTO JURIDICO,
POLITICAS Y DIAGRAMAS DE FLUJO
EVALUACION MENSUAL A LAS DELEGACIONES
(CERTIFICADO ISO: 9001-2000)
OBJETIVO
“Establecer por el Director en Jefe las políticas para llevar a cabo el proceso de Evaluación Mensual Programática de las Delegaciones Estatales del Registro Agrario Nacional, correspondiendo a la Dirección General de Delegaciones, coordinar, supervisar y evaluar su cumplimiento, a través de la Dirección de Evaluación Operativa”
FUNDAMENTO JURIDICO
Observar y aplicar lo establecido en los artículos 3°, 18 y 24 fracción V del Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional publicado en el Diario Oficial de la Federación del 09/04/1997.
POLITICAS
a) La Dirección General de Delegaciones a través de la Dirección de Evaluación Operativa será la responsable de vigilar y aplicar las políticas y funciones del Modelo de Evaluación Mensual a las Delegaciones, así como liberar la evaluación.
b) Las Delegaciones Estatales serán las encargadas de enviar y proveer la información de la evaluación a la Dirección General de Delegaciones.
c) Las Delegaciones Estatales tienen el 2º lunes de cada mes para requisitar los formatos electrónicos ubicados en la Dirección General de Delegaciones,
http://delegaciones.ran.gob.mx, conforme a las políticas establecidos.
d) La Dirección General de Delegaciones será la encargada de dar a conocer los resultados de la evaluación, al Director en Jefe, a los Directores Generales y a las Delegaciones Estatales, indicando la ruta de localización en Intranet de los resultados de la evaluación.
e) El Director en Jefe y el Director General de Delegaciones serán los encargados de extender mensualmente un reconocimiento a los primeros 5 lugares y de igual forma exhortar a los 5 últimos lugares a mejorar.
f) Las Delegaciones Estatales serán responsables de integrar el Comité de Evaluación Operativa que será el eje para el procedimiento de evaluación.
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES OFICINAS CENTRALES
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS DELEGACIONES ESTATALES PROCEDIMIENTO
EVALUACION MENSUAL A LAS DELEGACIONES
(Certificado ISO: 9001-2000)
AREA Y/O PUESTO
ACTIV.
NUM.
DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD
Delegaciones Estatales 1 Requisita el 2° lunes de cada mes los formatos electrónicos ubicados en la página de la Dirección General de Delegaciones, conforme a los lineamientos establecidos en el Modelo de Evaluación del ejercicio correspondiente.
Subdirección de Programación y Evaluación
2 Recaba de las Direcciones Generales los avances del POA y los entrega a la Dirección General de Delegaciones para que sea turnada a la Dirección de Evaluación Operativa.
Departamento de Seguimiento y Evaluación
3 Obtiene los datos del Sistema de Control de Gestión (SICOGE) y elabora el reporte de acuerdo al Modelo de Evaluación y lo deposita en la ruta de red correspondiente.
Dirección General de Delegaciones
4 Obtiene la información de los Programas Especiales, genera reportes de acuerdo al Modelo de Evaluación y los deposita en la ruta de red correspondiente.
Subdirección de Seguimiento y Evaluación de Proyectos de Operación
5 Integra los reportes en el formato de evaluación, procesa la información, genera el Reporte de Evaluación y lo envía a la Dirección de Evaluación Operativa.
Dirección de Evaluación Operativa
6 Revisa el Reporte de Evaluación.
¿Existen observaciones?
7 Si - Regresa reporte a la Subdirección de Seguimiento y Evaluación de Proyectos de Operación (ver actividad No.5).
8 No – Autoriza o libera la evaluación mediante su firma y envía a la Dirección General de Delegaciones para su Vo.Bo.
Director General de Delegaciones
9 Firma con su Vo.Bo. una vez que la Evaluación cumple satisfactoriamente, y devuelve a la Dirección de Evaluación Operativa, con observaciones y recomendaciones para la Delegaciones.
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES OFICINAS CENTRALES
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS DELEGACIONES ESTATALES PROCEDIMIENTO
EVALUACION MENSUAL A LAS DELEGACIONES
(Certificado ISO: 9001-2000)
AREA Y/O PUESTO
ACTIV.
NUM.
DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD
Dirección de Evaluación
Operativa 10 Coloca dicha evaluación en la ruta de red correspondiente, así como las observaciones y recomendaciones del Director General de Delegaciones.
Dirección General de Delegaciones
11 Difunde, mediante oficio, a las Delegaciones la ruta en donde se localizan los resultados de la evaluación.
12 Notifica los resultados de la evaluación al Director en Jefe y a los Directores Generales
Director en Jefe y Director General de Delegaciones
13 Extienden mensualmente en conjunto un reconocimiento a los primeros 5 lugares y de igual forma exhorta a los 5 últimos lugares a mejorar.
Subdirección de Seguimiento y Evaluación de Proyecto de Operación.
14 Realiza seguimiento a las observaciones y recomendaciones de su competencia, apoyados en el Programa de Supervisión.
DIAGRAMA DE FLUJO
EVALUACION MENSUAL A LAS DELEGACIONES (CERTIFICADO ISO: 9001-2000)
DELEGACIONES ESTATALES SUBDIRECCION DE PROGRAMACIÓN Y EVALUACION DEPARTAMENTO DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES A 1 2 RECABA DE LAS DIRECCIONES GENERALES LOS AVANCES DEL POA Y LOS ENTREGA A LA DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES PARA QUE SEA TURNADA A LA DIRECCION DE EVALUACION OPERATIVA
REQUISITA EL 2° LUNES DE CADA MES LOS FORMATOS ELECTRONICOS UBICADOS EN LA PAGINA DE LA DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES, CONFORME A LOS LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS EN EL MODELO DE EVALUACION DEL EJERCICIO CORRESPONDIENTE.
OBTIENE LOS DATOS DEL SISTEMA DE CONTROL DE GESTION (SICOGE) Y ELABORA EL REPORTE DE ACUERDO AL MODELO DE EVALUACION Y LO DEPOSITA EN LA RUTA DE RED CORRESPONDIENTE 4 3 OBTIENE LA INFORMACION DE LOS PROGRAMAS ESPECIALES, GENERA REPORTES DE ACUERDO AL MODELO DE EVALUACION Y LOS DEPOSITA EN LA RUTA DE RED CORRESPONDIENTE. INICIO
DIAGRAMA DE FLUJO
EVALUACION MENSUAL A LAS DELEGACIONES (CERTIFICADO ISO: 9001-2000)
SUBDIRECCION DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE PROYECTOS DE OPERACION DIRECCION DE EVALUACION OPERATIVA DIRECTOR GENERAL DE DELEGACIONES
DIRECTOR EN JEFE Y DIRECTOR GENERAL DE DELEGACIONES A 5 6 REVISA EL REPORTE DE EVALUACION
INTEGRA LOS REPORTES EN EL FORMATO DE EVALUACION, PROCESA LA INFORMACION, GENERA EL REPORTE DE EVALUACION Y LO ENVIA A LA DIRECCION DE EVALUACION OPERATIVA. 10 9
COLOCA DICHA EVALUACION EN LA RUTA DE RED CORRESPONDIENTE, ASI COMO LAS OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES DEL DIRECTOR GENERAL DE DELEGACIONES. DIFUNDE, MEDIANTE OFICIO, A LAS DELEGACIONES LA RUTA EN DONDE SE LOCALIZAN LOS RESULTADOS DE LA EVALUACION. 7 11 13 14 FIN ¿EXISTEN OBSERVACIONES? SI NO REGRESA REPORTE A LA SUBDIRECCION DE SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE PROYECTOS DE OPERACION AUTORIZA O LIBERA LA EVALUACION MEDIASNTE SU FIRMA Y ENVIA A LA DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES PARA SU Vo.Bo. 8
FIRMA CON SU VO. BO UNA VEZ QUE LA EVALUACION CUMPLE SATISFACTORIAMENTE Y DEVUELVE A LA DIRECCION DE EVALUACION OPERATIVA, CON OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES PARA LAS DELEGACIONES. 12 NOTIFICA LOS RESULTADOS DE LA EVALUACION AL DIRECTOR EN JEFE Y A LOS DIRECTORES GENERALES REALIZA SEGUIMIENTO A LAS OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES DE SU COMPETENCIA, APOYADOS EN EL PROGRAMA DE SUPERVISION. EXTIENDE MENSUALMENTE EN CONJUNTO UN RECONOCIMIENTO A LOS PRIMEROS 5 LUGARES Y DE IGUAL FORMA EXHORTA A LOS 5 ULTIMOS LUGARES A MEJORAR.
SISTEMA DE INFORMACION TELEFONICA A
USUARIOS RANTEL
OBJETIVO
Corresponde al Director en Jefe establecer las políticas para la administración de la línea telefónica RANTEL, que el Registro Agrario Nacional pone a disposición de la ciudadanía para atender, informar y orientar a los usuarios, desde cualquier parte de la República Mexicana, sobre los servicios que ofrece.
FUNDAMENTO JURIDICO
Observar y aplicar lo dispuesto por los artículos 6° y 8° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículos 148 y 151 de la Ley Agraria en Vigor; y los Artículos 5° y 97 del Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional.
POLITICAS
La Dirección General de Delegaciones será la responsable de elaborar y aplicar el presente procedimiento para informar y orientar al usuario respecto de los servicios que presta el RAN y en la información particular que este requiera se asignara el personal de apoyo necesario para esa Dirección.
a) La Dirección de Evaluación Operativa será la encargada de que la información proporcionada por el usuario vía telefónica sea capturada en el Sistema de RANTEL.
b) Proporcionar la información requerida al usuario y posteriormente registra el seguimiento o actuación.
c) Elaborar el “reporte Mensual RANTEL”, por Delegación y por tipo de llamada a más tardar el día 5 del mes siguiente; así como el “Reporte de Estándares de Servicio”.
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES OFICINAS CENTRALES
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS DELEGACIONES ESTATALES PROCEDIMIENTO
PROCEDIMIENTO PARA EL SISTEMA DE INFORMACION TELEFONICA A USUARIOS RANTEL
(CERTIFICADO ISO: 9001-2000)
AREA Y/O PUESTO
ACTIV.
NUM.
DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD
Usuario 1 Llama al 01-800-800-726-835, solicitando información sobre los servicios que ofrece el Registro Agrario Nacional o información sobre un trámite en particular.
Dirección General de Delegaciones
2 Atiende y registra la llamada.
3 Orienta si el usuario solicita información sobre los servicios que ofrece el Registro Agrario Nacional y registra en la pantalla RANTEL PRINCIPAL.
4 Solicita los datos de identificación del servicio si el usuario requiere información sobre un trámite en particular, para conocer el status del trámite que requiere.
Usuario 5 Proporciona los datos de identificación del trámite del cual desea información
Dirección General de Delegaciones
6 Captura los datos en la pantalla RANTEL PRINCIPAL para conocer el status del trámite e indica al usuario que vuelva a llamar más tarde, mientras se realiza la investigación, este tiempo depende de la información solicitada.
7 Llama a la Delegación Estatal al Jefe de Área de Atención al Público o al área responsable de los trámites dependientes de la Subdelegación Técnica y solicita el status requerido por el usuario.
Subdelegación Técnica 8 Investiga sobre el status solicitado e informa a la Dirección General de Delegaciones.
Dirección General de Delegaciones
9 Recibe la información solicitada y registra en el Sistema de Almacenamiento de Datos y Seguimiento, la información está disponible para cuando el usuarios vuelva a llamar.
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES OFICINAS CENTRALES
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS DELEGACIONES ESTATALES PROCEDIMIENTO
SISTEMA DE INFORMACION TELEFONICA A USUARIOS RANTEL
(CERTIFICADO ISO: 9001-2000)
AREA Y/O PUESTO
ACTIV.
NUM.
DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD
Dirección General de Delegaciones
11 Proporciona la información requerida al usuario y posteriormente registra el seguimiento o actuación.
Dirección General de Delegaciones
12 Elabora el Reporte mensual por Delegación y por tipo de llamada, al finalizar cada mes (a más tardar el día 5, del mes siguiente) y lo entrega a la Dirección de Evaluación Operativa.
13 Elabora, mensualmente, el “Reporte de Estándares de Servicio” para evaluar el desempeño del proceso.
DIAGRAMA DE FLUJO
SISTEMA DE INFORMACION TELEFONICA A USUARIOS RANTEL (CERTIFICADO ISO: 9001-2000)
USUARIO DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES
A
1
2
ATIENDE Y REGISTRA LA LLAMADA. LLAMA AL 01-800-800-726-835,
SOLICITANDO INFORMACION SOBRE LOS SERVICIOS QUE OFRECE EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL O INFORMACION SOBRE UN TRAMITE EN PARTICULAR.
ORIENTA SI EL USUARIO SOLICITA INFORMACION SOBRE LOS SERVICIOS QUE OFRECE EL REGISTRO AGRARIO NACIONAL, Y REGISTRA EN LA PANTALLA RANTEL PRINCIPAL.
SOLICITA LOS DATOS DE IDENTIFICACION DEL SERVICIO SI EL USUARIO REQUIERE INFORMACION SOBRE UN TRAMITE EN PARTICULAR PARA CONOCER EL STATUS DEL TRAMITE QUE REQUIERE.
3
4
INICIO
5
PROPORCIONA LOS DATOS DE IDENTIFICACION DEL TRAMITE DEL CUAL DESEA INFORMACION
DIAGRAMA DE FLUJO
SISTEMA DE INFORMACION TELEFONICA A USUARIOS RANTEL (CERTIFICADO ISO: 9001-2000)
DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES SUBDELEGACION TECNICA USUARIO
B 6
CAPTURA LOS DATOS EN LA PANTALLA RANTEL PRINCIPAL PARA CONOCER EL STATUS DEL TRAMITE E INDICA AL USUARIO QUE VUELVA A LLAMAR MAS TARDE, MIENTRAS SE REALIZA LA INVESTIGACION, ESTE TIEMPO DEPENDE DE LA INFORMACION SOLICITADA.
LLAMA A LA DELEGACION ESTATAL AL JEFE DE AREA DE ATENCION AL PUBLICO O AL AREA RESPONSABLE DE LOS TRAMITES DEPENDIENTES DE LA SUBDELEGACION TECNICA Y SOLICITA EL STATUS REQUERIDO POR EL USUARIO. 7 A 8 RECIBE LA INFORMACION SOLICITADA Y REGISTRA EN EL SISTEMA DE ALMACENAMIENTO DE DATOS Y SEGUIMIENTO, LA INFORMACION ESTA DISPONIBLE PARA CUANDO EL USUARIOS VUELVA A LLAMAR.
LLAMA PARA CONOCER LA RESPUESTA A SU PETICION DE TRAMITE
9
10
INVESTIGA SOBRE EL STATUS SOLICITADO E INFORMA A LA DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES.
DIAGRAMA DE FLUJO
SISTEMA DE INFORMACION TELEFONICA A USUARIOS RANTEL (CERTIFICADO ISO: 9001-2000)
DIRECCION GENERAL DE DELEGACIONES
11
ELABORA EL REPORTE MENSUAL POR DELEGACION Y POR TIPO DE LLAMADA, AL FINALIZAR CADA MES (A MAS TARDAR EL DIA 5, DEL MES SIGUIENTE), Y LO ENTREGA A LA DIRECCION DE EVALUACION OPERATIVA. PROPORCIONA LA INFORMACION REQUERIDA AL USUARIO Y POSTERIORMENTE REGISTRA EL SEGUIMIENTO O ACTUACION. B 12 FIN ELABORA, MENSUALMENTE, EL “REPORTE DE ESTANDARES DE SERVICIO” ASI MISMO PARA EVALUAR EL DESEMPEÑO DEL PROCESO
SOLICITUD DE INSCRIPCION DE LA DESIGNACION DE
SUCESORES DE EJIDATARIO O COMUNERO
(DEPOSITO DE LISTA)
(CERTIFICADO ISO: 9001-2000)
OBJETIVO
Resguardar e inscribir el documento a través del cual el ejidatario o comunero en un acto personalísimo y en entera libertad designa a quien debe sucederle en sus derechos sobre la parcela y en los demás inherentes a su calidad agraria.
FUNDAMENTO JURIDICO
Observar y aplicar lo establecido en los artículos 17 y 107 de la Ley Agraria publicada en el Diario Oficial de la federación el 26/02/1992; y los artículos 25 fracción V, 84, 85 y 88 del Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional publicado en el Diario Oficial de la Federación del 09/04/1997.
POLITICAS
La Dirección General de Delegaciones será la responsable de vigilar la operación y aplicación de este procedimiento.
a) La solicitud deberá presentarse en escrito libre, anexando el comprobante de pago de derechos, Certificado de Derechos Agrarios y/o Certificados Parcelarios, Resolución Judicial o Administrativa y/o Constancia de Vigencia de Derechos emitida por el Registro Agrario Nacional, con el que acredite los derechos como ejidatario o comunero e identificación oficial.
b) Cuando la solicitud sea presentada incompleta o le falte algún documento, se deberá indicar al usuario en ese momento los requisitos mínimos indispensables para su atención.
c) Es responsabilidad del Registrador la emisión de la Calificación Registral, en sentido positivo o negativo en cada uno de los documentos y actos jurídicos presentados.
d) Será facultad del Ejidatario o Comunero designar a la persona que deba sucederle en sus derechos agrarios y en los demás inherentes a su calidad de ejidatario.
e) La Lista de Sucesión se podrá elaborar ante el registrador, quien verificará la autenticidad de la firma y la huella digital del ejidatario.
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
AREA ADMINISTRATIVA: DELEGACIONES
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS DELEGACIONES ESTATALES PROCEDIMIENTO
SOLICITUD DE INSCRIPCION DE LA DESIGNACION DE SUCESORES DE EJIDATARIO O COMUNERO (DEPOSITO DE LISTA) (CERTIFICADO ISO:9001-2000).
AREA Y/O PUESTO
ACTIV.
NUM.
DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD
Usuario 1 Llena solicitud y entrega documentación, en la ventanilla de atención al público Subdelegación Técnica.
Subdelegación Técnica 2 Recibe solicitud y documentación, asigna No. Folio y No. de solicitud y turna al registrador.
Subdelegación de Registro 3 Recibe y el registrador revisa la vigencia de los derechos del ejidatario en el SDI, en el SIRAN o el padrón de ejidatarios
¿Existe Vigencia de Derechos?
4 No - Elabora oficio de negación, se le hace del conocimiento al usuario que no tiene derechos vigentes y se procede a la devolución de la documentación al usuario. (pasa a la actividad No.8)
5 Si - Registra en el SIRAN asignando No. de sobre, el registrador se entrevista con el usuario para formalizar el deposito de lista de sucesión recabando firma y huella del ejidatario y firma del registrador, se cierra el sobre en presencia del ejidatario, se firma el sobre por el ejidatario con su huella, firma del registrador fecha y hora de recepción y se emite constancia de sucesión, revisa y firma el registrador.
¿Existe alguna inconsistencia?
6 Si - Registrar en el RC-8.0-CIC-17 “ Registro de Producto No Conforme” (regresa a la Actividad No. 5).
7 No - Entrega al usuario y el sobre se guarda en la bóveda de la Delegación.
Usuario 8 Recibe oficio de negación o constancia de sucesión
DIAGRAMA DE FLUJO
SOLICITUD DE INSCRIPCION DE LA DESIGNACION DE SUCESORES DE EJIDATARIO O COMUNERO (DEPOSITO DE LISTA) (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
USUARIO SUBDELEGACION TECNICA SUBDELEGACION DE REGISTRO
SOLICITUD EN ORIGINAL INICIO SICOGE, SIRAN RECIBE Y EL REGISTRADOR REVISA LA VIGENCIA DE LOS DERECHOS DEL EJIDATARIO EN EL SDI, EN EL SIRAN O EL PADRON DE EJIDATARIOS SDI, SIRAN OFICIO DE NEGACION ELABORA OFICIO DE NEGACION, SE LE HACE DEL CONOCIMIENTO, AL USUARIO QUE NO TIENE DERECHOS VIGENTES Y SE PROCEDE A LA DEVOLUCION DE LA DOCUMENTACION AL USUARIO. 1 RECIBE SOLICITUD Y DOCUMENTACION, ASIGNA No. FOLIO Y No. DE SOLICITUD Y TURNA AL REGISTRADOR. LLENA SOLICITUD Y ENTREGA DOCUMENTACION EN LA VENTANILLA DE ATENCION AL PUBLICO SUBDELEGACION TECNICA ¿EXISTE VIGENCIA DE DERECHOS?
A
SI NO1
2
3
4
DIAGRAMA DE FLUJO
SOLICITUD DE INSCRIPCION DE LA DESIGNACION DE SUCEOSRES POR EJIDATARIO/COMUNERO (DEPOSITO DE LISTA) (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
SUBDELEGACION DE REGISTRO USUARIO
A
CONSTANCIA DEPOSITO DE LISTA SIRAN ¿EXISTE ALGUNA INCONSISTENCIA? REGISTRAR EN EL RC-8.0-CIC-17 REGISTRO DE PRODUCTO NO CONFORME ENTREGA AL USUARIO Y EL SOBRE SE GUARDA EN LA BOVEDA DE LA DELEGACIONRECIBE OFICIO DE NEGACION O CONSTANCIA DE SUCESION NO SI 1
5
6
7
8
FIN REGISTRA EN EL SIRAN ASIGNANDO No. DE SOBRE, EL REGISTRADOR SE ENTREVISTA CON EL USUARIO PARA FORMALIZAR EL DEPOSITO DE LISTA DE SUCESION RECABANDO FIRMA Y HUELLA DEL EJIDATARIO Y FIRMA DEL REGISTRADOR, SE CIERRA EL SOBRE EN PRESENCIA DEL EJIDATARIO, SE FIRMA EL SOBRE POR EL EJIDATARIO CON SU HUELLA, FIRMA DEL REGISTRADOR Y SE EMITE CONSTANCIA DE SUCESION, REVISA Y FIRMA EL REGISTRADORSOLICITUD DE APERTURA DE LISTA DE SUCESION DE
EJIDATARIO O COMUNERO
OBJETIVO
Otorgar certeza jurídica a petición de quien acredite tener interés jurídico y demás que hubiere tenido el ejidatario o comunero fallecido, y ante la presencia de por lo menos dos testigos, el Registro Agrario Nacional proceda a la apertura del sobre y expida la constancia que proceda para acreditar los derechos del sucesor.
FUNDAMENTO JURIDICO
Observar y aplicar los artículos 17 y 107 de la Ley Agraria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26/02/1992 y Artículos 86 y 87 del Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional publicado en el Diario Oficial de la federación el 09/04/1997.
POLITICAS
La Dirección General de Delegaciones será responsable de vigilar la operación y aplicación de este procedimiento.
a) La solicitud deberá presentarse en escrito libre, anexando el comprobante de pago de Derechos, Acta de Defunción del Titular del Derecho, identificación oficial del solicitante, documento por el cual acredite tener interés jurídico en la sucesión y dos testigos con identificación oficial.
b) Si la solicitud es presentada incompleta o le falta algún documento, se deberá indicar al usuario en ese momento los requisitos mínimos indispensables para su atención.
c) Es responsabilidad del Registrador la emisión de la calificación registral, en sentido positivo o negativo de cada uno de los documentos y actos jurídicos presentados.
d) El trámite será de resolución inmediata. El registrador ante la presencia del interesado y de por lo menos de dos testigos de asistencia, abrirá el sobre e informará el nombre de la persona designada.
e) Si existiera aviso de fedatario público sobré una Lista de Sucesión, el registrador solicitará copia de ella, en cuyo caso, será valida la fecha posterior y, previo cumplimiento de las formalidades a que se refiere el Articulo 86 del Reglamento Interno del Registro Agrario Nacional.
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
AREA ADMINISTRATIVA: DELEGACIONES
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS DELEGACIONES ESTATALES PROCEDIMIENTO
SOLICITUD DE APERTURA DE LISTA DE SUCESION DE EJIDATARIO O COMUNERO (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
AREA Y/O PUESTO
ACTIV.
NUM.
DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD
Usuario 1 Llena solicitud y entrega documentación, en la ventanilla de atención al público subdelegación Técnica.
Subdelegación Técnica 2 Recibe al usuario y a sus dos testigos, le solicita acredite su interés jurídico y documentación necesaria, asigna No. de folio y No. de solicitud y turna a la Subdelegación de Registro.
Subdelegación de Registro 3 Recibe el registrador y revisa que exista el depósito de la lista de sucesores.
¿Existe sobre?
4 No - Levanta acta administrativa de apertura firma solicitante, los dos testigos y el registrador y se entrega al usuario. (Pasa actividad 9).
5 Si - Obtiene sobre de la bóveda procede a la apertura de la lista de sucesión, levanta testimonio (acta) de la apertura, elabora constancia (oficio) de respuesta se firma da estatus en el SIRAN, en el padrón de ejidatarios y el control de aperturas, revisa y entrega constancia al usuario y guarda el expedientillo en la bóveda, el registrador también puede dar alta y baja en el SIRAN.
¿Existe alguna inconsistencia?
6 Si - Registra en el RC-8.0-CIC-17 “Registro de Producto No Conforme”. ( regresa a la actividad No. 5)
Subdelegación Técnica 7 No - Recibe el expediente para alta y baja en el SIRAN y devuelve el expediente a la Subdelegación de Registro.
Subdelegación de Registro 8 Recibe el registrador expediente o acta administrativa de apertura y lo guarda en la bóveda.
Usuario 9 Recibe documentos relativos a la apertura u oficio de respuesta negativa.
DIAGRAMA DE FLUJO
SOLICITUD DE APERTURA DE LISTA DE SUCESION DE EJIDATARIO O COMUNERO (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
USUARIO SUBDELEGACION TECNICA SUBDELEGACION DE REGISTRO
SOLICITUD EN ORIGINAL INICIO SICOGE , SIRAN RECIBE EL REGISTRADOR Y REVISA QUE EXISTA EL DEPOSITO DE LA LISTA DE SUCESORES
LEVANTA ACTA ADMINISTRATIVA DE APERTURA FIRMA SOLICITANTE, LOS DOS TESTIGOS Y EL REGISTRADOR Y SE ENTREGA AL USUARIO (VER ACTIVIDAD NO.9)
1 RECIBE AL USUARIO Y A
SUS DOS TESTIGOS, LE SOLICITA ACREDITE SU INTERES JURIDICO Y DOCUMENTACION NECESARIA, ASIGNA NO. DE FOLIO Y NO. DE SOLICITUD Y TURNA A LA SUBDELEGACION DE REGISTRO. LLENA SOLICITUD Y ENTREGA DOCUMENTACION EN LA VENTANILLA DE ATENCION AL PUBLICO (SUBDELEGACION TECNICA) ¿EXISTE SOBRE? A SI NO
1
2
3
4
DIAGRAMA DE FLUJO
SOLICITUD DE APERTURA DE LISTA DE SUCESION DE EJIDATARIO O COMUNERO (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
SUBDELEGACION DE REGISTRO SUBDELEGACION TECNICA
CONTROL DE APERTURAS
A
PADRON DE EJIDATARIOS ACTA SIRAN REGISTRAR EN EL RC-8.0-CIC-17 “REGISTRO DE PRODUCTO NO CONFORME NO SI5
6
7
B SIRANRECIBE EXPEDIENTE PARA ALTA Y BAJA EN EL SIRAN Y DEVUELVE EL EXPEDIENTE A LA SUBDELEGACION DE REGISTRO
¿EXISTE ALGUNA INCONSISTENCIA? OBTIENE SOBRE DE LA BOVEDA PROCEDE A LA APERTURA DE LA LISTA DE SUCESION, LEVANTA TESTIMONIO (ACTA) DE LA APERTURA, ELABORA CONSTANCIA (OFICIO) DE RESPUESTA FIRMA DA ESTATUS EN EL SIRAN, EN EL PADRON DE EJIDATARIOS Y EL CONTROL DE APERTURAS, REVISA Y ENTREGA CONSTANCIA AL USUARIO Y GUARDA EL EXPEDIENTILLO EN LA BOVEDA, EL REGISTRADOR TAMBIEN PUEDE DAR ALTA Y BAJA EN EL SIRAN
DIAGRAMA DE FLUJO
SOLICITUD DE APERTURA DE LISTA DE SUCESION DE EJIDATARIO O COMUNERO (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
SUBDELEGACION DE REGISTRO USUARIO
B RECIBE EL REGISTRADOR EXPEDIENTE O ACTA ADMINISTRATIVA DE APERTURA Y LO GUARDA EN LA BOVEDA 1
9
8
FIN BOVEDA RECIBE DOCUMENTOS RELATIVOS A LA APERTURA U OFICIO DE RESPUESTA NEGATIVASOLICITUD DE INSCRIPCION DE TRANSMISION DE DERECHOS
POR SUCESION (CON ALCANCE A EJIDOS REGULARIZADOS)
OBJETIVO
Realizar e inscribir el traslado de derechos de cuando a la muerte del titular del derecho el Registro Agrario Nacional a peticion quien acredite ser el sucesor preferente y expedir a su favor la constancia o certificado parcelario.
FUNDAMENTO LEGAL
Observar y aplicar los artículos 17,18 y 107 de la Ley Agraria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26/02/1992 y los artículos 25 fracción II inciso n), 36 fracción V del Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional publicado en el Diario Oficial de la federación el 09/04/1997.
POLITICAS
a) La Dirección General de Delegaciones será la responsable de vigilar la operación y aplicación de este procedimiento.
b) La solicitud deberá por escrito libre, anexando el comprobante de pago de Derechos, Acta de Defunción del titular del derecho, Acta de Nacimiento o Matrimonio del sucesor, Constancia de Sucesión o Apertura de Lista en su caso, Certificado Parcelario y/o uso común e identificación oficial del sucesor.
c) En caso de que la solicitud sea presentada incompleta o le falte algún documento, se deberá indicar al usuario en ese momento los requisitos mínimos indispensables para su atención.
d) Será responsabilidad del Registrador la emisión de la calificación registral, en sentido positivo o negativo de cada uno de los documentos y actos jurídicos presentados.
e) Cumplir con la ultima voluntad del extinto ejidatario, registra a petición de quien acredite legalmente conforme a la Ley Agraria ser Sucesor Preferente el Traslado de Derecho que perteneció al fallecido titular.
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
AREA ADMINISTRATIVA: DELEGACIONES
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS DELEGACIONES ESTATALES PROCEDIMIENTO
SOLICITUD DE INSCRIPCION DE TRANSMISION DE DERECHOS POR SUCESION (CON ALCANCE A EJIDOS REGULARIZADOS) (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
AREA Y/O PUESTO
ACTIV.
NUM.
DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD
Usuario 1 El usuario llena solicitud y entrega documentación, en la ventanilla de Atención al Público. Subdelegación Técnica.
Subdelegación Técnica 2 Recibe solicitud y documentación, asigna no folio, no. de solicitud, turna a la subdelegación de Registro.
Subdelegación de Registro 3 Recibe el registrador y revisa que el promovente acredite su interés jurídico de ser el sucesor preferente en el SDI, SIRAN, en el expediente general del PROCEDE, en el padrón de ejidatarios, en la lista de sucesión y en el libro de registro de enajenaciones y trasmisiones y revisa que existan los certificados parcelarios a nombre del finado.
¿Es el sucesor preferente?
4 No.- elabora oficio de respuesta negativa o se previene acuerdo y se turna a la Subdelegación Técnica (pasa a la actividad 12).
Si - ¿Existe certificado parcelario?
5 No - existen los certificados se revisa en el ADDAT que parcela es y que tenga derechos de uso común, se solicita expediente individual, se procede a generar el complemento del finado y se íntegra al expediente.
6 Si - califica el expediente, da de baja en el SIRAN los documentos anteriores e inscribe a quien acredite ser el sucesor preferente, cancela certificados y turna mediante oficio a la Subdelegación Administrativa.
Subdelegación Administrativa
7 Solicita al Departamento de Titulación y Catastro Rural los preimpresos correspondientes e imprime los nuevos certificados.
¿Están correctos los certificados?
Subdelegación de Registro 8 No - registrar en el RC-8.0-CIC-17 “Registro de Producto No Conforme” (pasa a la actividad No. 7).
Si los Certificados originales sufren deterioro o tienen defectos, errores materiales y/o de concepto se deberá aplicar el procedimiento “Destrucción de Documentos Inservibles y Cancelados”.
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
AREA ADMINISTRATIVA: DELEGACIONES
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS DELEGACIONES ESTATALES PROCEDIMIENTO
SOLICITUD DE INSCRIPCION DE TRANSMISION DE DERECHOS POR SUCESION (CON ALCANCE A EJIDOS REGULARIZADOS) (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
AREA Y/O PUESTO
ACTIV.
NUM.
DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD
Subdelegación Administrativa 9 Si - los certificados son los correctos, turna los nuevos certificados mediante oficio al Departamento de Titulación y Catastro Rural.
Subdelegación Técnica Departamento de Titulación y Catastro Rural
10 Recibe documentación, imprime planos de los certificados, rubrica, turna al Subdelegado Técnico para rubrica y se elabora registro interno para la entrega de documentos y envía al Delegado para su firma.
Oficina del Delegado 11 Recibe, firma oficio y certificado y los turna a la Subdelegación Técnica.
Subdelegación Técnica 12 Recibe oficio de respuesta, certificado de transmisión por sucesión u oficio de respuesta negativa da de baja la cédula, pone folio y sello y se entrega al usuario y guarda el expediente en la bóveda
Usuario 13 Recibe oficio de respuesta, Certificado de Transmisión por Sucesión u oficio de respuesta negativa.
DIAGRAMA DE FLUJO
SOLICITUD DE INSCRIPCION DE TRANSMISION DE DERECHOS POR SUCESION (CON ALCANCE A EJIDOS REGULARIZADOS) (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
USUARIO SUBDELEGACION TECNICA
SUBDELEGACION DE REGISTRO
SOLICITUD EN ORIGINAL
OFICIO RESPUESTA
RECIBE SOLICITUD Y DOCUMENTACION, ASIGNA No FOLIO , No. DE SOLICITUD Y TURNA A LA SUBDELEGACION DE
REGISTRO 2
LLENA SOLICITUD Y ENTREGA DOCUMENTACION , EN LA VENTANILLA DE ATENCION AL PUBLICO (SUBDELEGACION TECNICA)
1 INICIO
RECIBE EL REGISTRADOR, REVISA QUE EL PROMOVENTE ACREDITE SU INTERES JURIDICO Y SER EL SUCESOR PREFERENTE EN EL SDI, SIRAN, EN EL EXPEDIENTE GENERAL DEL PROCEDE, EN EL PADRON DE EJIDATARIOS, EN LA LISTA DE SUCESION YEN EL LIBRO DE REGISTRO DE ENAJENACIONES Y TRANSMISIONES Y REVISA QUE EXISTAN LOS CERTIFICADOS
PARCELARIOS A NOMBRE DEL FINADO
¿ES EL SUCESOR PREFERENTE ?
CALIFICA EL EXPEDIENTE, DA DE BAJA EN EL SIRAN LOS DOCUMENTOS ANTERIORES E INSCRIBE
A QUIEN ACREDITE SER SUCESOR PREFERENTE, CANCELA CERTIFICADOS Y TURNA MEDIANTE OFICIO A LA SUBDELEGACION ADMINISTRATIVA
3 5 NO SI ELABORA OFICIO DE RESPUESTA NEGATIVA O SE PREVIENE ACUERDO Y SE TURNA A LA SUBDELEGACION TECNICA 6 4 SIRAN SICOGE, SIRAN SDI, SIRAN
EXISTEN LOS CERTIFICADOS SE REVISA EN EL ADDAT QUE PARCELA ES Y QUE TENGA DERECHOS DE USO COMUN, SE SOLICITA EXP.
INDIVIDUAL SE PROCEDE A GENERAR EL COMPLEMENTO DEL FINADO Y SE INTREGRA
EXPEDIENTE NO ¿EXISTE CERTIFICADO ? PARCELARIO? A 1
DIAGRAMA DE FLUJO
SOLICITUD DE INSCRIPCION DE TRANSMISION DE DERECHOS POR SUCESION (CON ALCANCE A EJIDOS REGULARIZADOS) (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
SUBDLEGACION ADMINISTRATIVA SUBDELEGACION DE REGISTRO SUBDELEGACION TECNICA DEPARTAMENTO DE TITULACION Y CATASTRO
CERT. PARCELARIO CERTIFICADO PARCELARIO OFICIO 10
RECIBE DOCUMENTACION, IMPRIME PLANOS DE LOS CERTIFICADOS, RUBRICA, TURNA AL SUBDELEAGDO TECNICO PARA RUBRICA; SE ELABORA REGISTRO INTERNO PARA LA ENTREGA DE DOCUMENTOS Y ENVIA
AL DELEGADO PARA SU FIRMA SOLICITA AL DEPARTAMENTO DE
TITULACION Y CATASTRO LOS PREIMPRESOS CORRESPONDIENTES E
IMPRIME LOS CERTIFICADOS 7
TURNA LOS NUEVOS CERTIFICADOS MEDIANTE OFICIO AL DEPARTAMENTO DE TITULACION Y
CATASTRO 9 ¿ESTAN CORRECTOS LOS CERTIFICADOS? SI NO
REGISTRAR EN EL RC-8.0-CIC-17 "REGISTRO DE PRODUCTO NO CONFORME" SI LOS CERTIFICADOS ORIGINALES SUFREN DETERIORO O TIENEN DEFECTOS, ERRORES MATERIALES Y/O DE CONCEPTO SE DEBERA PLICAR
EL PROCEDIMIENTO "DESTRUCCION DE DOCUMENTOS INSERVIBLES Y CANCELADOS"
8 1
DIAGRAMA DE FLUJO
SOLICITUD DE INSCRIPCION DE TRANSMISION DE DERECHOS POR SUCESION (CON ALCANCE A EJIDOS REGULARIZADOS) (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
OFICINA DEL DELEGADO SUBDELEGACION TECNICA USUARIO
RECIBE OFICIO DE RESPUESTA, CERTIFICADO DE TRANSMISION POR SUCESION U OFICIO DE RESPUESTA NEGATIVA DA DE BAJA LA CEDULA, PONE FOLIO Y SELLO Y SE ENTREGA AL USUARIO Y GUARDA EL EXPEDIENTE EN
LA BOVEDA
RECIBE OFICIO DE RESPUESTA, CERTIFICADO DE TRANSMISION POR SUCESION U OFICIO DE RESPUESTA
NEGATIVA
FIN 11
12 13
RECIBE Y FIRMA OFICIO Y CERTIFICADO Y TURNA A LA SUBDELEGACION TECNICA SICOGE BOVEDA A 2
SOLICITUD DE EXPEDICION DE CONSTANCIAS DE
INSCRIPCION Y DE VIGENCIA DE DERECHOS
OBJETIVO
El Registrador Integral en ejercicio de la fe pública registral, haga constar los Derechos que derivan de actos y documentos inscritos en el Registro Agrario Nacional relativos a la propiedad ejidal o comunal, los relacionados con su organización social y económica, así como a Terrenos Nacionales certificados de inafectabilidad agrícola y ganadera, Títulos de Colonos, Sociedades Rurales, Sociedades Mercantiles o Civiles propietarios de tierras agrícolas, ganaderas o forestales.
FUNDAMENTO JURIDICO
Observar y aplicar lo establecido por los artículos 150 y 151 de la Ley Agraria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26/04/1992, y los artículos 5 y 97 del Reglamento Interior del Registro Agrario Nacional publicado en el Diario Oficial de la Federación el 09/04/1997.
POLITICAS
a) La Dirección General de Delegaciones será responsable de vigilar la operación y aplicación de este procedimiento.
b) La solicitud debe presentarse por escrito libre anexando el comprobante de pago de Derechos, copia del acta de defunción (en caso de fallecimiento) e identificación oficial.
c) En caso de que la solicitud sea presentada incompleta o le falte algún documento se deberá indicar al usuario en ese momento los requisitos mínimos indispensables para su atención.
d) El Registro Agrario Nacional hará plena existencia de un hecho, un derecho o calidad de una persona de acuerdo a la Ley Agraria, basado en los asientos que obran en el Registro Agrario Nacional mismos que de forma veraz sabe y le constan al servidor público que mediante un acto jurídico y de acuerdo a las facultades conferidas a este por ministerio de ley da fe. en documento expedido.
e) Las constancias que se emitan, deben ser suscritas por el Jefe de Departamento de Registro y Asientos Jurídicos, y en ausencia de este, por el Delegado.
f) Cualquier constancia que se emita directamente por el Delegado conforme a lo expuesto anteriormente debe verificarse por el Subdelegado de Registro con apoyo del personal a su cargo, que la información registral de la Dirección General de Registro, sea la misma que posea la Delegación Estatal que corresponda.
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO AREA ADMINISTRATIVA:
DELEGACIONES
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS DELEGACIONES ESTATALES PROCEDIMIENTO
SOLICITUD DE EXPEDICION DE CONSTANCIAS DE INSCRIPCION Y VIGENCIAS DE DERECHOS (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
AREA Y/O PUESTO ACTIV.
NUM. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD
Usuario 1 Llena solicitud y entrega documentación, en la ventanilla de atención al público Subdelegación Técnica.
Subdelegación Técnica 2 Recibe, asigna número de folio, número de solicitud y turna ala Subdelegación de Registro para el registrador.
Subdelegación de Registro 3 Recibe la Información e investiga en el SDI, SIRAN, en el ADDAT y en el padrón de Derechos Agrarios la Vigencia de los Derechos y los Sucesores Registrados.
¿Existen Derechos?
4 No - Elabora contestación negativa, se rubrica y se turna al Delegado o en su caso firma el Registrador y turna la Subdelegación Técnica (pasa a la actividad No.8 o No.10 Según corresponda)
5 Si - Elabora Constancia de Vigencia de Derecho y Oficio de entrega, revisa y rubrica, se recaban rubricas.
¿Existe alguna inconsistencia?
6 Si - Registra en el RC-8.0-CIC-17 “Registro de Producto No Conforme” (regresa a la actividad No.5).
7 No - Turna constancia, oficio de entrega o contestación a la Oficina del Delegado para firma ò en su caso firma el Registrador y turna ala Subdelegación Técnica (pasa ala activad No.10).
Oficina del Delegado 8 Recibe constancia, oficio de entrega o contestación, revisa y firma y la turna a la Subdelegación de Registro.
Subdelegación de Registro 9 Recibe constancia o contestación y la turna a la Subdelegación Técnica para folio y sello.
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO AREA ADMINISTRATIVA:
DELEGACIONES
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS DELEGACIONES ESTATALES PROCEDIMIENTO
SOLICITUD DE EXPEDICION DE CONSTANCIAS DE INSCRIPCION Y VIGENCIAS DE DERECHOS (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
AREA Y/O PUESTO ACTIV.
NUM. DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD
Subdelegación Técnica 10 Recibe constancia o contestación se sella y da No. de oficio y se entrega al usuario.
Usuario 11 Recibe constancia o contestación
DIAGRAMA DE FLUJO
SOLICITUDDE EXPEDICION DE CONSTANCIAS DE INSCRIPCION Y VIGENCIAS DE DERECHOS (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
USUARIO SUBDELEGACION TECNICA SUBDELEGACION DE REGISTRO
2
1
SCOGE SIRAN
3
SOLICITUD LLENA SOLICITUD Y ENTREGA DOCUMENTACION, EN LA VENTANILLA DE ATENCION AL PUBLICO (SUBDELEGACION TECNICA)RECIBE, ASIGNA No. DE FOLIO, No. DE SOLICITUD Y LO TURNA ALA SUBDELEGACION DE REGISTRO PARA EL REGISTRADOR
RECIBE LA INFORMACION E INVESTIGA EN EL SDI, SIRAN, EN EL ADDAT Y EN EL PADRON DE DERECHOS AGRARIOS LA VIGENCIA DE LOS DERECHOS Y LOS SUCESORES REGISTRADOS. ¿EXISTEN DERECHOS? NO SI
4
5
INICIO SDI CONSTESTACION ELABORA CONTESTACION NEGATIVA, SE RUBRICA Y SE TURNA AL DELEGADO O EN SU CASO FIRMA EL REGISTRADOR Y TURNA A LA SUBDELEGACION TECNICA (PASA A LA ACTIVIDAD NO.8 O NO. 10 SEGUN CORRESPONDA). A 1 CONSTANCIAS ELABORA CONSTANCIA DE VIGENCIA DE DERECHO Y OFICIO DE ENTREGA, REVISA Y RUBRICA, SE RECABAN RUBRICAS, 2DIAGRAMA DE FLUJO
SOLICITUDDE EXPEDICION DE CONSTANCIAS DE INSCRIPCION Y VIGENCIAS DE DERECHOS (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
SUBDELEGACION DE REGISTRO OFICINA DEL DELEGADO SUBDELEGACION TECNICA USUARIO
NO SI
6
10
7
FIN8
RECIBE CONSTANCIA, OFICIO DE ENTREGA O CONTESTACION, REVISA Y FIRMA Y LA TURNA A LA SUBDELEGACION DE REGISTRO A REGISTRAR EN EL RC-8.0-CIC-17 “REGISTRO DE PRODUCTO NO CONFORME”11
¿EXISTE ALGUNA INCONSISTENCIA 1 RECIBE CONSTANCIA O CONTESTACION SE SELLA Y DA NO. DE OFICIO Y SE ENTREGA AL SOLICITANTE RECIBE CONSTANCIA O CONTESTACION RECIBE CONSTANCIA O CONTESTACION Y LA TURNA A LA SUBDELEGACION TECNICA PARA FOLIO Y SELLO9
1 2 3 TURNA CONSTANCIA, OFICIO DE ENTREGA O CONTESTACION A LA OFICINA DEL DELEGADO PARA FIRMA Ò EN SU CASO FIRMA EL REGISTRADOR Y TURNA A LA SUBDELEGACION TECNICA (PASA ACTIVIDAD NO.10)PROGRAMA DE CERTIFICACION DE DERECHOS EJIDALES Y
TITULACION DE SOLARES URBANOS, CON ALCANCE A LA
EXPEDICION DE TITULOS Y CERTIFICADOS
(CERTIFICADO ISO: 9001-2000)
OBJETIVO
Dar certidumbre jurídica a la tenencia de la tierra a través de la entrega de certificados parcelarios y/o certificados de derechos de uso común, o ambos según el caso, así como de los títulos de solares a favor de los individuos con derechos que integran los núcleos agrarios que así lo aprueben y soliciten.
FUNDAMENTO LEGAL
Observar y aplicar lo establecido por los artículo 56 de la Ley Agraria y Reglamento de la Ley Agraria en Materia de la Certificación de Derechos Ejidales y Titulaciòn de Solares.
POLITICAS
a) La Dirección General de Delegaciones será la responsable de vigilar la operación y aplicación de este procedimiento.
b) Se debe presentar la siguiente documentación:
• Solicitud
• Actas de Asamblea “Convocatoria (s)” y en su caso acta de no verificativo
• Carpeta básica 1) Resolución Presidencial, 2) Acta de Posición y Deslinde, 3) Plano Definitivo.
• Acta de conformidad de linderos, en caso Vo.Bo. del municipio.
• Copia del acta de elección del órgano ejidal.
• Planos tipo “A” ,
• Expedientes individuales 1) Acta de nacimiento o constancia de identidad, 2) Identificación oficial, 3) Constancia de posesión de solar, 4) Plano tipo “B” .
• Plano de área parcelada
• Medios magnéticos.
c) Si el expediente presentado esta incompleto se debe notificar a la Procuraduría Agraria.
d) La revisión de los requisitos se realiza en el momento que el usuario presenta su solicitud y se atienden todas las dudas, quedando como registro la solicitud presentada. En este proceso una de las entradas es por parte de la Procuraduría Agraria (PA), por lo que antes de ingresar la solicitud formalmente se somete a una revisión previa entre la PA y el RAN, una vez pasada esta etapa comienza el proceso formal en el RAN y su ingreso formal a través de la Unidad de Atención al Público.
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO
AREA ADMINISTRATIVA: DELEGACIONES
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS DELEGACIONES ESTATALES PROCEDIMIENTO
PROGRAMA DE CERTIFICACION DE DERECHOS EJIDALES Y TITULACION DE SOLARES URBANOS (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
AREA Y/O PUESTO
ACTIV.
NUM.
DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD
Procuraduría Agraria 1 Entrega expediente procede, en la ventanilla de Atención al Público Subdelegación Técnica.
Subdelegación Técnica Departamento de Titulación y Catastro Rural
2 Recibe expediente coteja y valida documentación que este completa, libera acuse de recibo.
3 Asigna No. de folio y No de solicitud.
4 Codifica y organiza expediente y registra en el sistema de captura F02 – ampliado.
5 Elabora y/o validan cédulas individuales de parcelas y solares, se identifican y se asignan claves únicas catastrales y emite dictamen técnico, se turna expediente a la Subdelegación de Registro.
Subdelegación de Registro 6 Recibe y turna al registrador y califica expediente.
¿La calificación Positiva o Negativa?
7 Negativa – Emite calificación (-)o acuerdo de prevención a la Subdelegación. Técnica. (pasa a la actividad No.16).
8 Positiva – Emite calificación (+), se califica el ADDAT y expedientes individuales y se realiza la inscripción, se requisitán cédulas de datos, se turna expediente a la Subdelegación Administrativa.
Subdelegación Administrativa 9 Imprime folio de la inscripción elabora certificados parcelarios y/o uso común y títulos de solares urbanos, los revisa elabora oficio y los turna con oficio al registrador.
DESCRIPCION DEL PROCEDIMIENTO AREA ADMINISTRATIVA:
DELEGACIONES
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LAS DELEGACIONES ESTATALES PROCEDIMIENTO
PROGRAMA DE CERTIFICACION DE DERECHOS EJIDALES Y TITULACION DE SOLARES URBANOS (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
AREA Y/O PUESTO
ACTIV.
NUM.
DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD
Subdelegación de Registro 10 No - Registra en el RC-8.0-CIC-17 “Registro de Producto No Conforme” (pasa a la actividad No. 9). Si los certificados o títulos originales sufren deterioro o tienen defectos, errores materiales y/o de concepto se debe aplicar el procedimiento “Destrucción de Documentos Inservibles y Cancelados”.
11 Si - Recibe y elabora oficio de respuesta, rubrica y se turna al Departamento. de Titulación y Catastro Rural para impresión de planos y revisión.
Departamento de Titulación y Catastro Rural
12 Recibe expedientes individuales para cotejo de certificados imprime planos en certificados y/o títulos y se turnan a la Subdelegación de Registro.
Subdelegación de Registro 13 Recibe el Registrador los documentos para su rubrica y turna a la Subdelegación Técnica.
Subdelegación Técnica 14 Recibe certificados y títulos revisa, rubrica y turna a la oficina del Delegado para firma.
Oficina del Delegado 15 Recibe certificados y títulos firma y turna a la Subdelegación Técnica.
Subdelegación Técnica 16 Recibe los certificados para su guarda en bóveda, los títulos los envía a la dirección de Registro Público de la Propiedad y de Catastro del Gobierno del Estado para su inscripción y posteriormente guarda en bóveda, también recibe la calificación negativa o acuerdo de prevención para entregar a la Procuraduría Agraria.
Procuraduría Agraria 17 Recibe calificación negativa o acuerdo de prevención.
DIAGRAMA DE FLUJO
PROGRAMA DE CERTIFICACION DE DERECHOS EJIDALES Y TITULACION DE SOLARES URBANOS (CERTIFICADO ISO:9001-2000)
PROCURADURIA AGRARIA DEPARTAMENTO DE TITULACION Y CATASTRO RURAL SUBDELEGACION DE REGISTRO
CEDULAS DICTAMEN TECNICO
CALIFICACION EXPEDIENTE
CEDULAS DE DATOS
ASIGNA No. DE FOLIO Y No DE SOLICITUD 2 ENTREGA EXPEDIENTE PROCEDE, EN LA
VENTANILLA DE ATENCION AL PUBLICO (SUBDELEGACION TECNICA) PARA EL DEPARTAMENTO DE TITULACION Y
CATASTRO RURAL 1 INICIO
CODIFICA Y ORGANIZA EXPEDIENTE Y REGISTRA EN EL SISTEMA F02 - AMPLIADO ¿CALIFICACION POSITIVA O NEGATIVA ? 3 5 6 NEGATIVA POSITIVA
RECIBE LA Y TURNA AL REGISTRADOR Y CALIFICA EXPEDIENTE
7
SCPP
EMITE CALIFICACION POSITIVA, SE CALIFICA EL ADDAT Y EXPEDIENTES INDIVIDUALES Y SE REALIZA LA INSCRIPCION, SE REQUISITAN CEDULAS DE DATOS, SE
TURNA EXPEDIENTE A LA SUBDELEGACION ADMINISTRATIVA
8 ELABORA Y/O VALIDA CEDULAS INDIVIDUALES
DE PARCELAS Y SOLARES, SE IDENTIFICAN Y SE ASIGNAN CLAVES UNICAS CATASTRALES Y EMITE DICTAMEN TECNICO, SE TURNA EXPEDIENTE A LA SUBDELEGACION DE
REGISTRO
EMITE CALIFICACION NEGATIVA O ACUERDO DE PREVENCION A
LA SUB DEL TECNICA 4
SICOGE, SIRAN
RECIBE EXPEDIENTE COTEJA Y VALIDA DOCUMENTACION QUE ESTE COMPLETA,
LIBERA ACUSE DE RECIBO
A