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La ambigüedad de la ciudadanía

In document de los inmigrantes (página 35-38)

2. CIUDADANÍA, INTEGRACIÓN Y PARTICIPACIÓN

2.1.1. La ambigüedad de la ciudadanía

bresía, membership) o la condición que define per- tenencia de un sujeto a una comunidad política.

En su acepción más restringida, ciudadanía se equi- para a nacionalidad, es decir, a la afiliación formal de personas a los Estados. Se trata, sin embargo, de una categoría multidimensional de la que cabe hablar en varios sentidos:

a) Ciudadanía en sentido formal o técnico jurídico, es decir, el estatus legal que se adquiere y pier- de de acuerdo con las normas de cada Estado y que va asociado a la titularidad y el ejercicio de los derechos ligados a la condición de miembro pleno de la comunidad.

b) Ciudadanía como estatus político o como título de poder, que hace del ciudadano cotitular de la soberanía y partícipe de las decisiones de la co- munidad política.

c) Ciudadanía como vínculo de identidad, de per- tenencia y de reconocimiento conectado a una identidad nacional (Lucas 2003a). En su acep- ción jurídica, la ciudadanía es una categoría tendencialmente estática y adscriptiva que está ligada a los privilegios de la membresía. Desde el punto de vista político, es concebida como un proceso o, más exactamente, como una praxis orientada a conformar la convivencia colectiva a través del ejercicio de los derechos democráti- cos de participación y comunicación. Finalmen- te, la ciudadanía mantiene una estrecha relación

con la formación de identidades colectivas, con frecuencia asumidas como prepolíticas, que marcan una barrera de exclusión frente a las identidades alógenas o anómicas.

Si bien es cierto que la ciudadanía ha adoptado modulaciones muy diversas a lo largo de su dila- tada historia, ha cumplido invariablemente una función de integración de sujetos semejantes en estructuras homogeneizadoras (Zapata-Barrero 2001b).

En cada una de sus etapas históricas, la semántica de la categoría ha connotado un privilegio, un lími- te jurídico, social, ético, político, económico o cul- tural frente a un otro no incluido en su campo de significación. Así ha sido también en la moderni- dad política, en cuyos orígenes la ciudadanía como pertenencia al burgo tuvo un papel liberador frente al estatuto de sujeción feudal. En el marco de las revoluciones liberales (más específicamente, de la Revolución francesa), la condición de citoyen, es decir, la ciudadanía entendida como pertenencia a la nación soberana, se afirmó frente al absolutismo monárquico con una impronta emancipadora, universalista e igualitaria de inspiración ilustrada parcialmente desmentida, de un lado, por la exclu- sión de determinadas clases de sujetos del disfrute de los derechos definidores de la condición de ciu- dadanía y, de otro, por el anclaje de la categoría en el marco territorial y cultural del Estado-nación. Se podría decir, a propósito de estos dos condicionan- tes, que el citoyen que se emancipó e igualó frente al soberano absoluto era, en realidad, el homme varón y propietario, es decir, el bourgeois, y que el homme abstracto no ligado a una identidad prima- ria era, en realidad, el citoyen francés.

La incorporación a la ciudadanía en sentido mo- derno es un proceso de formalización de los suje- tos individuales como titulares de iguales derechos que hace abstracción de las determinaciones que los cualifican en el interior de los subsistemas o ámbitos primarios de la existencia (Añón 1998). La titularidad de derechos frente a la autoridad políti- ca constituye el elemento distintivo de la nueva concepción de la relación de la persona con las ins- tituciones estatales que marca la divisoria concep- tual entre el ciudadano y el súbdito. Ahora bien, a pesar del acento democrático y republicano de la Déclaration, el sujeto presupuesto en las revolucio- nes liberales y, más tarde, en la codificación decimonónica, no es tanto el ciudadano cuanto el hombre privado, es decir, el titular de los derechos negativos o de libertad-autonomía (incluyendo la propiedad) llamado a desarrollar libremente sus actividades en un marco de seguridad jurídica, pro- tegido de las interferencias del poder público, y a participar en la configuración de las instituciones políticas precisamente por razón de la condición de propietario mediante dispositivos de exclusión de carácter económico como las tasas o el sufragio censitario. En este sentido la ciudadanía ha tenido, aun en su etapa moderna y contemporánea, una connotación excluyente. La paulatina extensión de los derechos ligados a la ciudadanía ha debido re- correr un dificultoso proceso de inclusión de indi- viduos o grupos (los carecientes, los trabajadores, las mujeres) que, a pesar de la abstracción (o, pre- cisamente, debido a la abstracción) de la con- dición ciudadana habían quedado excluidos de iure o de facto de su titularidad y disfrute.

Por otra parte, el concepto moderno de ciudadanía aparece vertebrado por la noción de soberanía y por la consolidación del proceso de construcción nacio- nal de los Estados europeos surgidos de Westfalia.

El desarrollo de la ciudadanía moderna entendida como pertenencia a una comunidad política nacio- nal ha seguido caminos diversos —el modelo fran- cés, de base civil, y el alemán, de base etnocultural y lingüística—, que determinan los dos principales modos de adquisición del estatus legal (ius soli e ius sanguinis). Si bien es cierto que cada uno de estos modelos dio un fundamento diverso a la ca- tegoría de ciudadanía, la construcción del Estado- nación llevó aparejada, en ambos casos, un proce- so de intensa homogeneización cultural de toda la población del territorio del Estado. De un modo u

otro, todos los Estados modernos han participado en este proceso de fabricación de la identidad na- cional a través de la creación de narrativas políti- co-fundacionales, la promoción (o imposición) de un idioma común y el fomento del sentimiento de per- tenencia y de lealtad hacia determinadas institu- ciones, tradiciones y prácticas (Gellner 1988;

Anderson 1991; Schnapper 1994). La tendencial fusión de nación, Estado y cultura, es decir, la iden- tificación de la comunidad política con la comuni- dad cultural, del demos con el etnos, sobre la que reposa la identidad nacional de los Estados moder- nos (Lucas 2001b) trajo consigo la negación del pluralismo cultural ya existente en el interior de los Estados y la correlativa asimilación de poblaciones con peculiaridades culturales y lingüísticas sujetas a la soberanía del Estado y ligadas al mismo por el vínculo de la nacionalidad, es decir, las minorías internas. Si bien las actuales democracias libera- les pluralistas dejan amplios espacios para la ex- presión pública y privada de diferencias culturales, la herencia histórica de este proceso de construc- ción nacional torna cuestionable la idea de que los Estados liberales son culturalmente neutrales (Kymlicka 2001).

El Estado moderno fusionó la visión culturalmente homogeneizante e identitaria de la ciudadanía con variantes más democráticas y pluralistas, resultan- tes de la evolución de las sociedades industriales del siglo XIX y de los procesos de contestación y lucha política de los sujetos y colectivos excluidos de la condición ciudadana. A mediados del siglo

XX, Marshall ([1950] 1998) trató de reformular la teoría de la ciudadanía moderna desde un punto de vista histórico-sociológico en un texto ya clásico

—y, en algún sentido, canónico— en el que, to- mando como referencia la experiencia británica, proponía una explicación del modo en que una ca- tegoría tradicionalmente excluyente se había trans- formado en un estatus dotado de contenidos sustantivos, capaz de trascender las tensiones aso- ciadas a la desigualdad de clase y de integrar a to- dos los miembros de la comunidad política. La tri- partición histórico-evolutiva de las diversas fases de la ciudadanía propuesta por Marshall (la ciudadanía civil, caracterizada por el reconocimiento de los derechos de libertad y autonomía personal; la ciu- dadanía política, ligada a la extensión de los dere- chos de participación pública; y, finalmente, la ciu- dadanía social, asociada al ingreso de los derechos

sociales en los ordenamientos jurídicos y a la edifi- cación de los sistemas de garantías de rentas y los servicios universales del Welfare state) arrojaba como resultado una redefinición de la ciudadanía, entendida, según Marshall, como el estatus de miembro pleno de la comunidad ligado a la titulari- dad de aquellas tres categorías de derechos, que no sólo superaba la lógica premoderna, sino que rever- tía la metáfora propuesta por Maine para describir el tránsito hacia la sociedad moderna como el paso del estatuto al contrato. Para Marshall, la fuerza inclusiva de la categoría de ciudadanía no reside tanto en su capacidad para nivelar las rentas o para acabar con las desigualdades económicas ligadas al desarrollo capitalista, cuanto en el hecho de que la igualdad de estatus no podía verse afectada adversamente por el contrato de trabajo. El estatus de ciudadano se articulaba, por tanto, sobre la base del carácter no económico de los derechos de ciu- dadanía y su independencia de la contribución al proceso productivo y de las contingencias que pu- dieran afectar a los individuos. En este perfil hasta entonces inédito de la categoría de la ciudadanía, que conectaba la membresía y la participación en la vida pública con el acceso a las condiciones ma- teriales de una vida digna, vio Marshall el vínculo de unión de la comunidad de iguales.

Aunque muchas de las tesis de Marshall mantie- nen hoy su vigencia, y algunas de ellas han cobra- do actualidad en el contexto de crisis y reestructu- ración de los Estados del bienestar europeos (Añón 2000, 2002), la concepción de la ciudadanía del sociólogo británico ha sido sometida a múltiples crí- ticas.

Algunos autores, entre ellos Giddens (1982), han reprochado a la construcción marshalliana su esquematismo evolutivo y su tendencia a soslayar las complejas dinámicas históricas de la lucha por la consecución de los derechos. Otros, tomando como referencia el retroceso actual de los sistemas de protección social, han imputado a Marshall su endeble capacidad predictiva en relación con el poder de los derechos asociados al estatus de ciu- dadanía para influir sobre la lógica competitiva del mercado y las desigualdades sociales (Zolo 1994), o han subrayado críticamente que la periodificación

de los tres estadios históricos de desarrollo de la ciudadanía se adecua únicamente a la experiencia de un sector de la población de las sociedades oc- cidentales, los varones trabajadores blancos (Fraser y Gordon 1994).

Algunas críticas que enlazan con el debate actual apuntan al vínculo entre ciudadanía y nacionalidad sobre el que se asienta la construcción de Marshall.

Por una parte, se ha subrayado la desatención de la teoría hacia aquellos que no tenían acceso a la ciudadanía, es decir, los extranjeros cuya fuerza de trabajo barato subsidió, en gran medida, la cons- trucción del Welfare state británico (Benhabib 2005). Por otra, se ha señalado que en la obra de Marshall se da una superposición, confusa en el plano jurídico y potencialmente regresiva en el pla- no político, del estatus de persona con el de ciuda- dano, y que esta noción ampliada de ciudadanía está en contradicción con el hecho de que los sis- temas constitucionales contemporáneos reconocen una buena parte de los derechos fundamentales a los no nacionales (Ferrajoli 1999a). Habría que añadir que la teoría de la ciudadanía analizada tie- ne como marco de referencia la comunidad nacio- nal y está concebida para una sociedad homogé- nea y no para sociedades culturalmente plurales como las actuales.1

El objetivo de la teorización marshalliana de la ciu- dadanía fue ofrecer una base teórica a los derechos sociales y a los sistemas de bienestar a la vista de la superación en sentido socialdemócrata de los vie- jos modelos liberal-democráticos que, en los años inmediatamente posteriores a la Segunda Guerra Mundial, tenía lugar en los países de capitalismo avanzado. La teoría de Marshall resulta en parte obsolescente en un escenario de incremento de la presión migratoria y de asentamiento de comuni- dades migrantes en los países centrales. Por una parte, en presencia de trabajadores extranjeros carentes de derechos, la ciudadanía no tiene la misma capacidad de actuar como antídoto de las desigualdades. Por otra parte, el nexo del estatus de ciudadanía con la nacionalidad (la estatalidad) tiende a perder relevancia y exclusividad (Zincone 2004). Si la crisis y reestructuración de los Estados de bienestar construidos después de la Segunda

1 Como señaló el propio Marshall ([1950] 1998: 24), la his- toria de la ciudadanía trazada en su clásico ensayo es na-

cional por definición.

Guerra Mundial y los correlativos procesos de frag- mentación social y dualización laboral han genera- do amplios debates sobre la redefinición de los me- canismos típicamente fordistas de inclusión social, la aceleración de las transformaciones políticas, económicas y culturales (que interpelan al paradig- ma del Estado-nación moderno y a la representa- ción simbólica tradicional de la pertenencia a la co- munidad política y cultural) han intensificado y ampliado el debate sobre la ciudadanía, desplaza- do, en los últimos años con particular intensidad, hacia el terreno de las identidades (Lucas y Naïr 1996). Entre estos procesos de cambio cabe seña- lar la emergencia de reivindicaciones nacionali- tarias en la Europa del Este tras el fin de la bipola- ridad, la globalización y la desterritorialización del poder económico, las reclamaciones identitarias de las minorías religiosas, étnicas, lingüísticas en otras áreas geográficas, así como las de los pueblos indí- genas; las demandas de mayor autogobierno de unidades políticas subnacionales, la integración de los Estados en entidades políticas supranacionales o posnacionales como la Unión Europea, la pro- gresiva emergencia de demandas de visibilidad pública y de reconocimiento de grupos sociales dis- criminados o subrepresentados en los ámbitos educativo, laboral y político, y la diversificación de los flujos migratorios.

Todos estos procesos, que atañen, por un lado, a la integración y la cohesión social en unas socie- dades culturalmente más plurales y socialmente más fragmentadas y, por otro, a las limitaciones del Estado-nación y de la democracia liberal para gestionar adecuadamente las múltiples formas de pluralismo existentes en las sociedades actuales (Añón 2001), han dado lugar a renovados deba- tes filosófico-políticos —por ejemplo, la contro- versia filosófico-política entre liberales y comu- nitaristas en sus diversas modulaciones—, y han sido también objeto de numerosos análisis de los que han surgido redefiniciones teóricas de la ciu- dadanía y de la política de inclusión.2 Ninguna de ellas elude analizar el modo en que la inmigración está transformando la concepción tradicional de la ciudadanía.

2.1.2 INMIGRACIÓN, CIUDADANÍA

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