5.3 Propuesta
5.3.1 Propuesta
126 impuesto a la renta elevado ya que preferirá pagar la cuota del banco por la adquisición de su nueva vivienda antes que pagar su impuesto. Anteriormente era deducible el gasto por endeudamiento por vivienda, sin embargo, ahora no.
127 Fuente: Elaboración propia
A continuación, mostramos nuestra propuesta consolidada.
• La circuntancia de cada contribuyente es distinta, por tanto consideramos que este item es importante debido que se debe contemplar que los gastos de una persona que tiene carga familiar es mayor a la de una que viva soltera.Se porpone entonces realizar la deducción del 15% de los gastos por dicho concepto
• Vivimos en tiempos acelerados y nadie esta libre de contraer enfermedades o tener algún accidente, por tanto, consideramos que se le debe reconocer al contribuyente un porcentaje del 15% en gastos por accidentes(del total) en la deducción del cálculo del IR.
• Proponemos que el porcentaje de deducción sera 50% sobre el gasto total . Siendo necesario para su aplicación la demostración mediante documentos
sustentatorios
• Los desastres naturales se dan debido a cambios climáticos y más que nada a la desidia del ser humano con el ambiente; sin embargo no podemos precisar cuando se dará ni en que magnitud afectará. Por tanto, consideramos que los gastos incurridos por estos daños deben ser considerados en un 30% de su total para la deducción del Impuesto a la renta .
Desastres Naturales
Enfermeda des terminales:
Carga familiar Accidentes
128
“DECRETO LEGISLATIVA QUE MODIFICA LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA”
“Artículo 1.- Objeto”
El siguiente decreto tiene por finalidad amplificar los alcances tributarios, incrementar la recaudación e “incentivar la formalización a través de la modificación de la tasa del impuesto a la renta.
“Artículo 2.- Definición”
Para efecto del siguiente decreto legislativo se vinculará por Ley al Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N° 179-2004-EF y normas modificatorias.
“Artículo 3”. - Modificación del artículo 46:
Artículo 46°. – (…)
Adicionalmente a(…), se podrán deducir como gasto los importes pagados hasta 4 UIT, sin perjuicio ni omisión de lo estipulado previamente en el DL 1258, los gastos por conceptos de:
a) Gastos por salud en clínicas:
Solo será deducible del gasto el 30% del importe total incurrido y siendo que el acreedor del gasto sea el mismo contribuyente
129 b) Gastos por educación:
Solo será deducible del gasto el 30% del importe total incurrido y siendo que el acreedor del gasto sea el mismo contribuyente o un familiar de primer grado de consanguineidad
c) Intereses por préstamos hipotecarios:
Solo será deducible del gasto el 30% del importe total incurrido y siendo que el acreedor del gasto sea el mismo contribuyente
d) Recreación:
Solo será deducible del gasto el 15% del importe total incurrido y siendo que el acreedor del gasto sea el mismo contribuyente. Solo se considerará hoteles, restaurantes y viajes turísticos
e) Gastos incurridos por desastres Naturales:
Solo será deducible del gasto el 30 % del importe total incurrido y siendo que el acreedor del gasto relacionado al desastre natural sea el mismo contribuyente y/o su familia
f) Gastos incurridos por enfermedades terminales:
Solo será deducible del gasto el 50 % del importe total incurrido y siendo que el afectado sea el contribuyente o un familiar hasta de segundo grado de consanguineidad.
g) Gastos por accidentes:
Solo será deducible del gasto el 15% del importe total incurrido y siendo que el acreedor del gasto sea el mismo contribuyente o un familiar hasta de segundo grado de consanguineidad
130 h) Gastos por carga familiar:
Solo será deducible del gasto el 15% del importe total incurrido y siendo que el acreedor del gasto sea el mismo contribuyente o un familiar hasta primer grado de consanguineidad
“DISPOSICIONES1
COMPLEMENTARIAS FINALES Primera. - Vigencia
La presente normativa será aplicada el 1 de enero de 2023.
Segunda. - Gastos sustentados con comprobantes de pago electrónicos
Para contribuir a la formalidad de los contribuyes y acceder al beneficio de la deducción, todos los gastos deberán estar debidamente presentados con comprobantes de pago electrónico
Mando se publique y cumpla, dando cuenta al Congreso de la República.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de diciembre del año dos mil veintidós.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
131 CONCLUSIONES
1. Una correcta aplicación del Princ. de la Capac. Contribu. influye de manera significativa en la determinación del impuesto a la renta de trabajo (cuarta y quinta categoría) ya que ésta genera una percepción de justicia y equidad en los contribuyentes. Siendo así un acercamiento a la aplicación de este principio la deducción de los hasta 03 UITs adicionales de la base imponible.
2. El principio de capacidad de pago influye positivamente en el sistema de cálculo del impuesto a la renta de trabajo, en el sentido de que mientras más se tome en cuenta la capacidad de pago de los contribuyentes para el sistema de cálculo del impuesto a la renta, éste se hace más equitativo, evitando así perjudicar en demasía la liquidez de los contribuyentes.
3. El principio de equidad influye de forma positiva en la recaudación tributaria proveniente de las rentas de cuarta y quinta categoría, ya que mientras más contribuyentes consideren equitativo y justo la forma de cálculo del impuesto de cuarta y quinta categoría favorece a la recaudación porque presentan una mayor predisposición a pagar su tributo.
132 RECOMENDACIONES
1. Teniendo en cuenta los resultados de la investigación, los cuales fueron comprobados con el coeficiente de correlación r de Rho de Sperman, se recomienda a la Administración Tributaria desde su jurisdicción y competencia impulsar las modificaciones pertinentes en la normativa tributaria para que de manera continua la misma se apegue al cumplimiento del PCC, así como la sensibilización efectiva de estas reformas.
2. Se recomienda a la Administración Tributaria tener presente las dificultades de pago que se presentan a los contribuyentes al momento de tributar al fisco, pudiendo canalizar e idear formas más sencillas que faciliten el pago de tributos teniendo en cuenta que muchos de los perceptores de rentas de trabajo no dominan la terminología técnica.
3. Se recomienda a la entidad Tributaria Sunat (SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUNAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA) tener en cuenta el principio de equidad, debido a que los resultados obtenidos de la presente investigación manifiestan que si dicho principio se aplicara en los contribuyentes que generan RT del Distrito de Chupaca existiría una mayor predisposición a pagar sus impuestos, siendo ello beneficioso puesto que la tasa de recaudación aumentaría
133 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
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capacidad contributiva: Breves comentarios sobre la regulación actual del Impuesto a la Renta de Personas Naturales y una propuesta a futuro. IUS ET VERITAS, 434-449.
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Huancayo: Universidad Nacional del Centro del Perú.
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Incidencia del Régimen Cedular del Impuesto a la Renta a las Persoans Naturales en la Fiscalidad Comparada y con Especial Énfasis en el Perú. Revista Peruana de Derecho Tributario, 1-55.
Zavaleta Alvarez, M. (2018). "Reforma Tributaria" Propuesta Para el Desarrollo y Crecimiento. "Reforma Tributaria" Propuesta Para el Desarrollo y Crecimiento (págs. 110-133). Lima: Centro de Estudios Parlamentarios del Congreso de la República del Perú.
137
ANEXOS
138 ANEXO I
“PRINCIPIO DE LA CAPACIDAD CONTRIBUTIVA EN LA DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA DE TRABAJO DE LAS PERSONAS NATURALES DEL DISTRITO DE CHUPACA 2019”
PROBLEMA DE INVESTIGACION
OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION
HIPÓTESIS DE LA INVESTIGACION
VARIABLES/
INDICADORES METODOLOGIA
PROBLEMA GENERAL:
¿De qué manera el principio de capacidad contributiva influye en la determinación del Impuesto a la renta de trabajo de las personas naturales del Distrito de Chupaca?
PROBLEMA ESPECIFICO
¿Cómo el Principio de capacidad de pago influye en el sistema de cálculo del Impuesto a la Renta de Trabajo de las personas naturales del Distrito de Chupaca?
¿De qué manera
influye el Principio de equidad con la recaudación tributaria de las personas naturales del Distrito de Chupaca?
OBJETIVO GENERAL:
Determinar si la aplicación del principio de capacidad contributiva influye en la determinación del impuesto a la renta de trabajo de las personas naturales del Distrito de Chupaca
OBJETIVO ESPECIFICO:
Determinar de qué forma el Principio de
capacidad de pago influye en el sistema de cálculo del Impuesto a la Renta de Trabajo del Distrito de Chupaca.
Determinar como el Principio de equidad influye recaudación tributaria de las personas naturales del Distrito de Chupaca.
HIPOTESIS GENERAL:
El principio de la capacidad contributiva influye de forma significativa en la determinación del impuesto a la renta de trabajo de las personas naturales del Distrito de Chupaca
HIPOTESIS ESPECIFICA:
El principio de capacidad de pago influye de forma
significativa dentro de la
aplicación del sistema de cálculo del Impuesto a la renta de trabajo de las personas naturales del Distrito de Chupaca
El principio de la equidad influye de forma significativa en el aumento de la recaudación
tributaria de las personas naturales del Distrito de Chupaca
VARIABLE INDEPENDIENTE
(X)
Principio de la capacidad contributiva
X1
Principio de la capacidad de pago
X2 Principio de equidad
VARIABLE DEPENDIENTE
(Y) Determinación de impuesto a la Renta de
trabajo Y1
Sistema de cálculo del impuesto
Y2
Generadores de renta de trabajo
Y3
Recaudación tributaria
TIPO:
Aplicada NIVEL:
Descriptivo correlacional DISEÑO
No experimental TECNICAS:
Encuesta
INTRUMENTO:
Cuestionario POBLACIÓN:
La población estará conformada por 181 contribuyentes que generan renta de trabajo
(Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria [SUNAT], 2020)
MUESTRA:
Probalístico: Aplicando el muestreo simple aleatorio y usando la fórmula para el cálculo del tamaño de la muestra serán seleccionados 73 personas naturales del Distrito de Chupaca.
Carrasco (2006)
139
ANEXO II
“PRINCIPIO DE LA CAPACIDAD CONTRIBUTIVA EN LA DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA DE TRABAJO DE LAS PERSONAS NATURALES DEL DISTRITO DE CHUPACA 2019”
VARIABLES DEFINICIÓN CONCEPTUAL DIMENSIÓN INDICADORES SUB INDICADORES ITEM
PRINCIPIO DE LA CAPACIDAD CONTRIBUTIVA
El principio de la capacidad contributiva o capacidad de pago es considerado una aptitud moral económica social que se le otorga a cada individuo con la finalidad de establecer cuanto es su capacidad de aporte al fisco. Siendo entonces la capacidad económica de financiar los gastos públicos que se originan por los diversos servicios dado por el Estado
Principio de capacidad de pago
Capacidad contributiva objetiva
Hecho imponible 1.1
Riqueza neta 1.2
Límite y parámetro de la imposición 1.3 Capacidad contributiva
subjetiva
Necesidades primarias 1.4
Condiciones personales 1.5
Condiciones familiares 1.6
Principio de equidad
Equidad horizontal Trato igual a los iguales 1.7
Justicia tributaria 1.8
Equidad vertical Proporcionalidad 1.9
Equidad 1.10
Mínimo no imponible 1.11
Impuesto progresivo 1.11
Equidad tributaria Evita cargas excesivas 1.12
Evita beneficios exagerados 1.13
DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO A
LA RENTA DE TRABAJO
El Impuesto a la renta de trabajo es el importe pagado al fisco de parte de personas naturales que laboran tanto de forma dependiente e independiente. Como consecuencia de su trabajo perciben un ingreso, que como todo ciudadano generador de riqueza está obligado a aportar para el financiamiento de los gastos públicos
Sistema de cálculo del Impuesto Renta
de Trabajo
Impuesto a la Renta de Trabajo
Justo 2.1
Equitativo 2.2
Progresivo 2.3
Sistema de calculo
Desigual 2.4
Objetivo – real 2.5
Deducciones fijas 2.6
Deducciones variables 2.7
Tasas y alícuotas 2.8
Devolución 2.9
Generadores de
rentas de trabajo Contribuyentes Dependientes 2.10
Independientes 2.11
Recaudación tributaria
Gastos públicos Contraprestación indirecta 2.12
Formalización Tributaria Incremento de formalización 2.13
140 ANEXO N° 03
CUESTIONARIO
A continuación, presentamos la técnica de la encuesta con el propósito de obtener información relacionada con nuestra investigación
“PRINCIPIO DE LA CAPACIDAD CONTRIBUTIVA EN LA DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA DE TRABAJO DE LAS PERSONAS NATURALES DEL DISTRITO DE CHUPACA 2019”. Tenga presente que debe marcar con un aspa(X) la alternativa que considere correcta. Se le agradece de antemano su participación la cual será importante para nuestra investigación.
1 2 3 4 5
TOTALMENTE EN DESACUERDO
EN DESACUERDO NO SABE/ NO OPINA DE ACUERDO TOTALMENTE DE ACUERDO
VARIABLES DIMENSIÓN INDICADORES PREGUNTAS 1 2 3 4 5
PRINCIPIO DE LA CAPACIDAD CONTRIBUTIVA
PRINCIPIO DE CAPACIDAD DE
PAGO
Capacidad contributiva objetiva
1. El hecho imponible se determina en función a la capacidad contributiva
2. La capacidad contributiva limita al legislador y su facultad de imposición tributaria
141
Capacidad contributiva subjetiva
3. La capacidad contributiva permite se consideren las necesidades primarias de los contribuyentes
4. La capacidad contributiva permite se consideren las condiciones personales como salud, alimentación y educación de los contribuyentes
5. La capacidad contributiva permite se
consideren las condiciones familiares de los contribuyentes
PRINCIPIO DE EQUIDAD
Equidad horizontal
6. El tributo es general y global (abarca la totalidad de las rentas del sujeto sin discriminación)
7. En el Distrito de Chupaca existe una plena justicia tributaria
Equidad vertical
8. Los contribuyentes con menor capacidad contributiva asumen menor carga tributaria, es decir, se cumple con la proporcionalidad 9. Existe una relación prudente entre los
ingresos que perciben los contribuyentes y lo que se detrae para pago de tributos 10. El mínimo no imponible representa una
evidencia de la equidad tributaria 11. La estructura de la escala de las tasas es
progresiva
142 Equidad tributaria
12. La equidad tributaria evita las cargas excesivas a los contribuyentes
13. La equidad tributaria evita beneficios exagerados para los contribuyentes
DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA DE TRABAJO
SISTEMA DE CÁLCULO DEL IMPUESTO A LA
RENTA DE TRABAJO
Impuesto a la renta de trabajo
14. La forma en la que se calcula el Impuesto a la renta de trabajo es justa
15. La forma en la que se determina el Impuesto a la renta de trabajo es equitativa para todos los contribuyentes que la generan
16. La forma en la que se calcula el Impuesto a la renta de trabajo es progresiva
Sistema de calculo
17. El procedimiento que se emplea para realizar el cálculo del Impuesto a la renta de trabajo es desigual
18. El procedimiento que se emplea para realizar el cálculo del Impuesto a la renta de trabajo es objetivo
19. Las deducciones fijas aplicadas a los contribuyentes de renta de trabajo son razonables
20. Las deducciones variables aplicadas a ciertos contribuyentes de renta de trabajo son justas