SOLAS II-1/17.1 MSC/Circ
CUESTIONES RELATIVAS A LA SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS
1 El Comité de seguridad marítima, en su [98º periodo de sesiones (7 a 16 de junio de 2017)], tras examinar una propuesta formulada por el Subcomité de proyecto y construcción del buque en su 4º periodo de sesiones, aprobó las Directrices provisionales para el empleo de elementos de plástico reforzado con fibra (PRF) en las estructuras de los buques: cuestiones relativas a la seguridad contra incendios, las cuales figuran en el anexo.
2 Las directrices provisionales adjuntas deberían utilizarse como suplemento de las "Directrices para la aprobación de alternativas y equivalencias previstas en varios instrumentos de la OMI" (MSC.1/Circ.1455) y las "Directrices sobre proyectos y disposiciones alternativos de seguridad contra incendios" (circular MSC/Circ.1002, enmendada mediante la circular MSC.1/Circ.1552) cuando se aprueben elementos de PRF en las estructuras de los buques.
3 Se invita a los Estados Miembros a que apliquen las directrices provisionales adjuntas cuando aprueben proyectos y disposiciones alternativos para elementos de PRF en las estructuras de los buques de conformidad con lo dispuesto en la regla II-2/17 (Proyectos y disposiciones alternativos) del Convenio SOLAS. Las Directrices provisionales tienen por objeto garantizar que se adopte un enfoque uniforme con respecto a las normas de seguridad contra incendios de los buques en cuya estructura se emplean elementos de PRF y que se mantenga el nivel de seguridad contra incendios que ofrecen las disposiciones del capítulo II-2 del Convenio SOLAS.
4 Estas directrices se han elaborado como "directrices provisionales" a fin de adquirir experiencia con su utilización. Deberían volverse a examinar cuatro años después de su aprobación a fin de introducir las enmiendas necesarias a partir de la experiencia adquirida.
5 Mientras tanto, se invita a los Estados Miembros y a las organizaciones internacionales a que presenten al Subcomité de proyecto y construcción del buque, en relación con el punto del orden del día titulado "Otros asuntos", información, observaciones y recomendaciones basadas en la experiencia práctica adquirida con la aplicación de las Directrices provisionales.
6 Se invita a los Estados Miembros a que pongan las directrices provisionales adjuntas en conocimiento de todas las partes interesadas.
Anexo 10, página 2
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ANEXO
DIRECTRICES PROVISIONALES PARA EL EMPLEO DE ELEMENTOS DE PLÁSTICO REFORZADO CON FIBRA (PRF) EN LAS ESTRUCTURAS DE LOS BUQUES:
CUESTIONES RELATIVAS A LA SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS
Capítulo 1 Generalidades
1.1 Los materiales compuestos de plástico reforzado con fibra (PRF) son composiciones de materiales ligeros con un índice resistencia/peso elevado y una resistencia alta a la corrosión en comparación con el acero. Un aspecto clave al tener en cuenta la instalación de elementos de PRF combustibles dentro de las estructuras del buque es la seguridad contra incendios. Estas directrices tratan de cuestiones que son también pertinentes para las estructuras de materiales compuestos de PRF incombustibles, pero los elementos que cumplan las prescripciones normativas rebasan el ámbito de aplicación de las presentes directrices. En estas directrices se da por supuesto que los elementos de PRF son combustibles.
1.2 En la actualidad, estas directrices no abordan plenamente los riesgos de derrumbe estructural progresivo ni la pérdida total de integridad estructural debida a un incendio asociado con un buque construido completamente con compuestos de PRF o con estructuras de compuestos de PRF que contribuyan a la resistencia global. Las desviaciones de las Directrices deberían señalarse y deberían efectuarse evaluaciones adicionales, según proceda.
1.3 A los efectos de las presentes directrices, por elemento se entiende una estructura que puede retirarse sin que esto comprometa la seguridad del buque.
1.4 Debería concederse especial importancia a los espacios esenciales para la seguridad, tales como los puestos de control, los puestos de evacuación y las vías de evacuación, sin que esta lista sea exhaustiva.
1.5 Los elementos de PRF pueden aprobarse como parte de los proyectos y disposiciones alternativos para la seguridad contra incendios según lo dispuesto en la regla II-2/17 del Convenio SOLAS. De conformidad con la regla II-2/17.2.1 de dicho convenio, los proyectos y disposiciones alternativos deberán cumplir los objetivos de seguridad contra incendios y las prescripciones funcionales del capítulo II-2 del Convenio SOLAS.
1.6 Estas directrices se han elaborado para proporcionar apoyo a las Administraciones a fin de garantizar que las evaluaciones de la seguridad contra incendios de los elementos de PRF puedan llevarse a cabo de manera coherente por todos los Estados de abanderamiento. Las Directrices contienen factores importantes que deberían tratarse al efectuar el análisis técnico prescrito en la regla II-2/17 del Convenio SOLAS. Se recomienda que las personas designadas para examinar dicho análisis cuenten con conocimientos técnicos sobre la seguridad contra incendios, así como en técnicas de seguridad contra incendios o en evaluación de riesgos.
1.7 Las presentes directrices tienen por objeto facilitar la utilización segura de los elementos de PRF en la construcción de buques, que podrían clasificarse, por ejemplo, del siguiente modo:
Anexo 10, página 3
.1 estructuras integradas: elementos integrados en la estructura del buque que no contribuyen a la resistencia global (por ejemplo, piscinas, techos deslizantes, escenarios, plataformas para embarcaciones auxiliares, etc.); y
.2 componentes: partes no estructurales que están conectadas a la estructura del buque por medios mecánicos o químicos (por ejemplo, balcones, chimeneas, mástiles, grúas, revestimientos del piso, etc.).
1.8 Existen diversas composiciones de materiales compuestos de PRF con distintas propiedades y cuyo ámbito de aplicación previsto puede variar enormemente. Por consiguiente, en estas directrices no se puede facilitar toda la información necesaria para su aprobación. No obstante, es importante que durante el proceso de aprobación se planteen todas las cuestiones clave que puedan abordarse mediante las presentes directrices. Entre ellas se encuentran las propiedades, las dificultades y las soluciones conocidas relativas a la seguridad contra incendios, pero no puede considerarse que dichas cuestiones abarquen todos los posibles riesgos asociados con el empleo de materiales compuestos de PRF. Además, el empleo de elementos de PRF también puede afectar a otros aspectos de la seguridad del buque diferentes de los relacionados con los incendios, por ejemplo, los especificados en el apéndice A (Cuestiones distintas de la seguridad contra incendios).
Capítulo 2 Evaluación de la seguridad contra incendios de las estructuras de