SOLAS II-1/17.1 MSC/Circ
ELÉCTRICA PRINCIPAL Y RED DE ALUMBRADO DEL CONVENIO SOLAS Interpretación
9 REGLA XII/12 DEL CONVENIO SOLAS: ALARMAS PARA DETECTAR LA ENTRADA DE AGUA EN BODEGAS, ESPACIOS DE LASTRE Y ESPACIOS
9.1 N ORMAS DE FUNCIONAMIENTO PARA LOS DETECTORES DEL NIVEL DE AGUA DE LOS GRANELEROS Y DE LOS BUQUES DE CARGA CON UNA ÚNICA BODEGA QUE NO SEAN
GRANELEROS, PÁRRAFO 3.2.3
Interpretación
El equipo de detección incluye el sensor y todo filtro y medio de protección del detector que se haya instalado en las bodegas de carga y en otros espacios, de conformidad con lo dispuesto en la regla XII/12.1 del Convenio SOLAS.
9.2 NORMAS DE FUNCIONAMIENTO PARA LOS DETECTORES DEL NIVEL DE AGUA DE LOS GRANELEROS Y DE LOS BUQUES DE CARGA CON UNA ÚNICA BODEGA QUE NO SEAN GRANELEROS, PÁRRAFO 3.2.5
Interpretación
1 La construcción y la prueba de homologación deberían ajustarse, por lo general, a la publicación 60079 de la CEI: "Equipos eléctricos para trabajar en atmósferas de gas explosivas" (Electrical Equipment for Explosive Gas Atmospheres) y deberían ceñirse a la prescripción mínima de EX(ia). Cuando un buque se haya proyectado sólo para el transporte de cargas que no creen una atmósfera combustible o explosiva, no debería insistirse en la
Anexo 6, página 41
prescripción de que los circuitos sean intrínsecamente seguros, a condición de que las instrucciones de funcionamiento que se incluyen en el manual que se prescribe en el párrafo 4.1 del apéndice del anexo excluyan, de forma específica, el transporte de cargas capaces de producir una atmósfera potencialmente explosiva. Toda exclusión de cargas que se determine en el anexo debería ser congruente con el Libro registro de carga y con toda certificación relativa al transporte de cargas expresamente determinadas.
2 La temperatura superficial máxima del equipo que se haya instalado en los espacios de carga debería ser apropiada para el polvo combustible y/o los gases explosivos que probablemente haya. De desconocerse las características de uno u otros, la temperatura superficial máxima del equipo no debería superar los 85 ºC.
3 Si el equipo instalado es intrínsecamente seguro, debería estar certificado como tal.
4 Si los sistemas de detección incluyen circuitos intrínsecamente seguros, las sociedades de clasificación deberían homologar/examinar individualmente los planes de instalación.
9.3 NORMAS DE FUNCIONAMIENTO PARA LOS DETECTORES DEL NIVEL DE AGUA DE LOS GRANELEROS Y DE LOS BUQUES DE CARGA CON UNA ÚNICA BODEGA QUE NO SEAN GRANELEROS, PÁRRAFO 3.3.2
Interpretación
La prealarma es una alarma primaria que indica una situación que exige atención urgente para evitar que no se convierta en una emergencia. La alarma principal es una alarma de emergencia que indica que es necesario tomar medidas de inmediato para no poner en peligro vidas humanas o el buque.
9.4 NORMAS DE FUNCIONAMIENTO PARA LOS DETECTORES DEL NIVEL DE AGUA DE LOS GRANELEROS Y DE LOS BUQUES DE CARGA CON UNA ÚNICA BODEGA QUE NO SEAN GRANELEROS, PÁRRAFO 3.3.7
Interpretación
La vigilancia contra fallos debería abarcar los fallos relacionados con el sistema, incluidos los circuitos abiertos y cortocircuitos, así como los pormenores de las medidas que acarrearían la interrupción del suministro eléctrico y un fallo de la CPU del sistema de vigilancia/alarma informatizado, etc.
9.5 NORMAS DE FUNCIONAMIENTO PARA LOS DETECTORES DEL NIVEL DE AGUA DE LOS GRANELEROS Y DE LOS BUQUES DE CARGA CON UNA ÚNICA BODEGA QUE NO SEAN GRANELEROS, PÁRRAFO 3.3.8
Interpretación
1 El suministro eléctrico debería proceder de dos fuentes diferentes. Una de ellas debería ser la fuente principal, y la otra, la fuente de emergencia, a menos que se instale una batería de acumuladores de uso exclusivo y carga continua, cuya pauta de instalación, emplazamiento y capacidad sean equivalentes a los de la fuente de emergencia (18 h). Este suministro puede ser el de un acumulador interno emplazado en el sistema detector del nivel de agua.
Anexo 6, página 42
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2 Los medios de conmutación para pasar de una fuente eléctrica a otra no tienen que ir integrados en el sistema detector del nivel de agua.
3 Cuando se empleen acumuladores como fuente secundaria de energía eléctrica, deberían proveerse alarmas de fallo para ambas fuentes de suministro eléctrico.
9.6 NORMAS DE FUNCIONAMIENTO PARA LOS DETECTORES DEL NIVEL DE AGUA DE LOS GRANELEROS Y DE LOS BUQUES DE CARGA CON UNA ÚNICA BODEGA QUE NO SEAN GRANELEROS, NOTA A PIE DE PÁGINA DEL PÁRRAFO 3.4.1
Interpretación
1 Puede emplearse la prescripción unificada E10 de la IACS como norma de prueba equivalente a la norma 60092-504 de la CEI.
2 La gama de pruebas debería incluir las siguientes:
En el caso del panel de alarmas/vigilancia:
.1 pruebas funcionales, de conformidad con la resolución MSC.188(79): "Normas de funcionamiento para los detectores del nivel de agua de los graneleros y de los buques de carga con una única bodega que no sean graneleros";
.2 prueba de fallo del suministro eléctrico;
.3 prueba de fluctuación del suministro eléctrico;
.4 pruebas de calor seco;
.5 pruebas de calor húmedo;
.6 prueba de vibración;
.7 pruebas de compatibilidad electromagnética (CEM);
.8 prueba de resistencia del aislamiento;
.9 prueba de alto voltaje; y
.10 pruebas de inclinaciones estáticas y dinámicas, de haber partes móviles.
Además del certificado expedido por un laboratorio de pruebas independiente y competente, deberían efectuarse también pruebas de compatibilidad electromagnética del dispositivo de barrera IS si se encuentra emplazado en la caseta de gobierno.
En el caso de los detectores de entrada de agua:
.1 pruebas funcionales, de conformidad con la resolución MSC.188(79): Normas de funcionamiento para los detectores del nivel de agua de los graneleros y de los buques de carga con una única bodega que no sean graneleros;
Anexo 6, página 43
.2 prueba de fallo del suministro eléctrico;
.3 prueba de fluctuación del suministro eléctrico;
.4 prueba de calor seco;
.5 prueba de calor húmedo;
.6 prueba de vibración;
.7 clasificación del recubrimiento de conformidad con la resolución MSC.188(79): Normas de funcionamiento para los detectores del nivel de agua de los graneleros y de los buques de carga con una única bodega que no sean graneleros;
.8 prueba de resistencia del aislamiento;
.9 prueba de alto voltaje; y
.10 pruebas de inclinaciones estáticas y dinámicas (si los detectores tienen partes móviles).
9.7 NORMAS DE FUNCIONAMIENTO PARA LOS DETECTORES DEL NIVEL DE AGUA DE LOS GRANELEROS Y DE LOS BUQUES DE CARGA CON UNA ÚNICA BODEGA QUE NO SEAN GRANELEROS, APÉNDICE, PÁRRAFO 2.1.1
Interpretación
El procedimiento de prueba debería ajustarse a los criterios siguientes:
.1 si no las lleva a cabo un laboratorio de pruebas competente e independiente, en las pruebas de homologación debería estar presente el inspector de una sociedad de clasificación;
.2 las pruebas de homologación deberían efectuarse en un prototipo o en un elemento o elementos seleccionados aleatoriamente que sean representativos del elemento o elementos fabricados objeto de las pruebas; y
.3 el fabricante debería documentar las pruebas de homologación (informes de prueba de homologación), y las sociedades de clasificación deberían presentarlas a examen.
9.8 NORMAS DE FUNCIONAMIENTO PARA LOS DETECTORES DEL NIVEL DE AGUA DE LOS GRANELEROS Y DE LOS BUQUES DE CARGA CON UNA ÚNICA BODEGA QUE NO SEAN GRANELEROS, APÉNDICE, PÁRRAFO 2.1.1.1
Interpretación
1 El periodo que permanecerán sumergidos los componentes eléctricos que se prevé instalar en los tanques de lastre y en los tanques de carga que se empleen como tanques de lastre no debería ser inferior a 20 días.
Anexo 6, página 44
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2 El periodo que permanecerán sumergidos los componentes eléctricos que se prevé instalar en espacios secos y en bodegas de carga que no estén destinadas a emplearse como tanques de lastre no debería ser inferior a 24 horas.
3 Cuando un detector y/o un dispositivo de conexión de cables (por ejemplo, un cajetín de registro, etc.) se instale en un espacio adyacente a una bodega de carga (por ejemplo, en un polín inferior) y el espacio se considere inundado con arreglo a los cálculos de estabilidad con avería, los detectores y el equipo deberían ajustarse a las prescripciones de IP68 respecto de una columna de agua igual a la profundidad de la bodega, durante un periodo de 20 días o de 24 horas, según se vaya o no a utilizar la bodega de carga como tanque de lastre, como se describe en los párrafos anteriores.
9.9 NORMAS DE FUNCIONAMIENTO PARA LOS DETECTORES DEL NIVEL DE AGUA DE LOS GRANELEROS Y DE LOS BUQUES DE CARGA CON UNA ÚNICA BODEGA QUE NO SEAN GRANELEROS, APÉNDICE, PÁRRAFO 2.1.1.2
Interpretación
1 La prueba de homologación prescrita para el sensor debería ajustarse a lo siguiente: .1 el recipiente de prueba que contiene la mezcla de carga y agua debería
tener una altura y un volumen que permitan al sensor y a todo dispositivo de filtración instalado sumergirse totalmente durante las pruebas funcionales repetidas que se prescriben en el párrafo 2.1.1.2 y en las pruebas de inclinación estática y dinámica determinadas en la anterior interpretación;
.2 el sensor y todo dispositivo de filtración instalado deberían estar sumergidos y deberían colocarse en el recipiente tal y como quedarían instalados si se actuara de conformidad con las instrucciones de instalación prescritas en el párrafo 4.4;
.3 la presión a la que se vea sometido el sensor o cualquier dispositivo de filtro del conjunto detector en el interior del recipiente durante la prueba no debería ser superior a 0,2 bar. La presión que se prescriba puede lograrse por presurización o empleando un recipiente de la altura necesaria;
.4 la mezcla de carga y agua debería bombearse al interior del recipiente de prueba, agitándose debidamente la mezcla para que los sólidos se mantengan en suspensión. El bombeo de dicha mezcla al interior del recipiente no debería afectar al funcionamiento del sensor ni del filtro; .5 la mezcla de carga y agua debería bombearse al interior del recipiente de
prueba hasta un nivel previamente determinado al que el detector quede sumergido y debería observarse el funcionamiento de la alarma;
.6 el recipiente de prueba debería desaguarse seguidamente y debería observarse la desactivación de la condición de alarma;
.7 el recipiente de prueba, el sensor y el dispositivo de filtración deberían dejarse secar por sí mismos;
.8 el procedimiento de prueba debería repetirse 10 veces consecutivas sin limpiar el dispositivo de filtración que pudiera haber instalado de conformidad con las instrucciones de instalación del fabricante (véase también el párrafo 2.1.1.2); y
Anexo 6, página 45
.9 la prueba de homologación habrá sido superada tras haberse activado y desactivado satisfactoriamente la alarma en cada una de las 10 pruebas consecutivas.
2 La mezcla de carga y agua que se emplee en la prueba de homologación debería ser representativa de la gama de cargas de los grupos que se exponen a continuación e incluir la carga de partículas más pequeñas que se prevea encontrar en una muestra representativa típica:
.1 partículas de mineral de hierro y agua de mar; .2 partículas de carbón y agua de mar;
.3 partículas de granos y agua de mar; y
.4 partículas de aglomerados (arena) y agua de mar.
Deberían determinarse y anotarse los tamaños mayor y menor de las partículas, junto con la densidad de la mezcla en seco. Las partículas deberían distribuirse de manera uniforme en toda la mezcla. Las pruebas de homologación con partículas representativas permitirán validar todo tipo de cargas enmarcadas en los cuatro grupos anteriores.
A continuación se facilitan orientaciones sobre la selección de partículas para estas pruebas:
.1 Las partículas de mineral de hierro deberían consistir principalmente en pequeños residuos de cribados de dicho mineral que no incluyan trozos (polvo con partículas de tamaño inferior a 0,1 mm).
.2 Las partículas de carbón deberían consistir principalmente en pequeños residuos de cribados de carbón que no incluyan trozos (polvo con partículas de tamaño inferior a 0,1 mm).
.3 Las partículas de granos deberían consistir principalmente en pequeños granos sueltos fluyentes (grano de tamaño inferior a 3 mm, como por ejemplo el trigo).
.4 Las partículas de aglomerados deberían consistir principalmente en pequeños granos sueltos de arena fluyente sin presencia de trozos (polvo de partículas de tamaño inferior a 0,1 mm).
9.10 NORMAS DE FUNCIONAMIENTO PARA LOS DETECTORES DEL NIVEL DE AGUA DE LOS GRANELEROS Y DE LOS BUQUES DE CARGA CON UNA ÚNICA BODEGA QUE NO SEAN GRANELEROS, APÉNDICE, PÁRRAFO 3.1.1
Interpretación
El procedimiento de prueba debería ajustarse a los criterios siguientes:
.1 Si no las lleva a cabo un laboratorio de pruebas competente e independiente en las pruebas de homologación debería estar presente el inspector de una sociedad de clasificación.
.2 Las pruebas de homologación deberían efectuarse en un prototipo o en un elemento o elementos seleccionados aleatoriamente que sean representativos del elemento o elementos fabricados objeto de las pruebas.
Anexo 6, página 46
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.3 El fabricante debería documentar las pruebas de homologación (informes de prueba de homologación), y las sociedades de clasificación deberían presentarlas a examen.
9.11 NORMAS DE FUNCIONAMIENTO PARA LOS DETECTORES DEL NIVEL DE AGUA DE LOS GRANELEROS Y DE LOS BUQUES DE CARGA CON UNA ÚNICA BODEGA QUE NO SEAN GRANELEROS, APÉNDICE, SECCIÓN 4:MANUALES
Interpretación
Debería ponerse a disposición del inspector una copia del manual de cada buque 24 horas antes, como mínimo, de que se efectúe el reconocimiento de la instalación de detección del nivel de agua. Las sociedades de clasificación deberían cerciorarse de que se han evaluado/aprobado, según corresponda, los planos prescritos a efectos de la clasificación.
10 REGLA XII/13 DEL CONVENIO SOLAS: DISPONIBILIDAD DE LOS SISTEMAS