III. Elementos centrales de la economía aplicada a la conducta hu-
2. Los precios
Una vez que asumimos que las personas son buscadores raciona-
les de utilidad y que este modelo puede emplearse en cualquier con-
texto social, contamos con una teoría que ofrece descripciones y pre-
dicciones de las decisiones humanas. Tanto cuando los individuos
realizan operaciones en el mercado, cuando votan en las elecciones, o
deben optar entre cumplir una ley o no cumplirla, la teoría supone
que el actor siempre está finalmente intentando maximizar su utili-
dad o bienestar, es decir, obtener sus fines a menores costos posibles.
En algunos contextos se asume que las personas buscan metas más
precisas, como minimizar el costo privado que enfrentan como con-
secuencia de los accidentes o que los burócratas persiguen maximizar
su presupuesto. Esto nos lleva directamente al segundo elemento cen-
tral de la teoría: los precios.
Si las personas buscan maximizar su utilidad, se sigue que res-
ponden a cambios en la relación de valor entre diversas alternativas u
opciones de un modo determinado, que puede ser explicado por la
teoría. En el caso de la economía aplicada al derecho, se asume que
las personas cuando toman decisiones responden a cambios en los
precios implícitos contenidos en las reglas legales del mismo modo que
lo hacen respecto de precios monetarios en los mercados de bienes y
servicios.
El precio consiste en una relación de valor entre diversas alterna-
tivas disponibles, razón por la cual toda elección tiene necesariamen-
te un precio. El precio relevante de una decisión cualquiera se expresa
por las alternativas que se sacrifican a consecuencia de la elección. El
precio no requiere alteridad, sino simplemente la existencia de dos o
más alternativas rivales. Un náufrago, por ejemplo, debe sacrificar
unidades de trabajo en una actividad Y por otra más preferida X, de
modo que su decisión enfrenta el costo de resignar Y, mientras el pre-
cio expresa la relación de valor entre ambas alternativas. Siempre que
haya escasez y dos o más alternativas rivales, hay precios. Las reglas
que componen el sistema legal afectan el valor relativo de las alterna-
tivas disponibles y, por lo tanto, sus efectos en la conducta de las per-
sonas pueden ser examinados desde la teoría económica.
El empleo de la hipótesis del hombre como buscador de su pro-
pia utilidad combinada con la idea de precios permite establecer bue-
nas explicaciones y predicciones respecto de la conducta humana.
Sabemos, por ejemplo, que cuando alguna alternativa disminuye su
precio, en términos de las demás cosas que hay que sacrificar para
alcanzarla, su demanda o empleo se hace más atractiva, del mismo
modo que cuando el precio sube, su empleo o demanda se hace me-
nos atractiva. Esto sucede de hecho, también, con los institutos lega-
les, en tanto es predecible que los operadores busquen aquellas alterna-
tivas que les signifiquen menos de otras cosas para lograr sus objetivos,
es decir, aquellos institutos legales que permiten conseguir los objeti-
vos al menor precio.
Creo que la idea es extremadamente simple: se asume que las per-
sonas quieren maximizar su bienestar o utilidad y para hacerlo eligen
las alternativas de modo tal que esa finalidad sea satisfecha, en princi-
pio, eligiendo aquellas alternativas por las cuales deben sacrificar me-
nor cantidad de otros bienes, es decir, aquellas alternativas que son
menos costosas en términos de otras.
Sin embargo, para que la elección sea consistente y sea posible
efectuar un análisis preciso del modo en el cual operan los mercados,
sean explícitos o implícitos, necesitamos, además, introducir un par
de otras suposiciones básicas. Una de ellas, por ejemplo, es la estabi-
lidad en las preferencias. Si las preferencias fuesen demasiado cam-
biantes en el transcurso del tiempo, cualquier análisis o predicción
resultaría inútil en tanto los actuales precios no estarían representan-
do las preferencias actuales relevantes. Decimos que a una disminu-
ción en el precio del pan debe seguir una mayor demanda de este bien.
Pero esa conclusión sólo es verdadera si las personas mantienen su
preferencia por el pan. Iguales suposiciones deben mantenerse para el
caso de la economía aplicada a conductas no mercantiles
61.
Una idea central a la economía extendida a la conducta humana
en general es que las personas responden a los precios no monetarios
de manera similar a la forma en la cual responde a los precios mone-
tarios
62. Por ejemplo, incrementando la demanda de un bien o alter-
61 Hay desde luego otras condiciones y elementos, algunos de las cuales, por
cuestiones didácticas, sin embargo, vamos a examinar en el próximo capítulo. Una con- dición importante, p. ej., es la transitividad de las preferencias, lo que equivale a decir que si las personas prefieren X a W y W a Z, entonces, deben preferir también X a Z.
62 Gary Becker, p. ej., explica que “de acuerdo con el enfoque económico, la per-
sona decide casarse cuando la utilidad esperada del matrimonio es mayor que la utili- dad esperada de quedarse soltera o buscar con más tiempo un compañero o compañe- ro adecuado (...). De igual modo, la persona casada pone fin a su matrimonio cuando la utilidad esperada de convertirse en soltera o de casarse con otro y otra excede a la pér- dida de utilidad sufrida por la separación, incluyendo las pérdidas originadas por la se- paración de los propios hijos, por la división de los bienes conjuntos, por las tasas lega-
les y cosas parecidas. Habida cuenta de que hay muchas personas que buscan un com- pañero o una compañera, puede decirse que existe un mercado del matrimonio en el que cada persona trata de salir lo mejor parada posible, dado que todo el mundo inten- ta hacer lo mismo. Se dice que hay una asignación de equilibrio de personas en un conjunto de diferentes matrimonios cuando las personas no casadas entre sí en esta asig- nación no pudiesen mejorar si se casaren entre ellas”. FEBRERO, Ramón - SCHWARTZ, Pe-
dro (eds.), La esencia de Becker, Ariel, Barcelona, 1997, p. 53.
63 Señala Becker que “el enfoque económico no está circunscrito a los bienes ma-
teriales y a los deseos o ni siquiera al sector mercado. Los precios, ya sean precios mo- netarios de mercado o “precios sombra” imputados al sector ajeno al mercado, miden el coste de oportunidad de la utilización de recursos escasos y el enfoque económico, por su parte, predice la misma clase de respuesta para los precios “sombra” que para los precios de mercado.