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REPARACIÓN A VÍCTIMAS DE MALTRATO INFANTIL

PRESENTACIÓN

P

articularmente en Chile el tema de la infancia ha sido relevado en la agenda pública social desde 1990, teniendo como marco de referencia los compromisos asumidos por el país en la Cumbre Mundial a Favor de la Infancia, a partir de la suscripción de la Convención sobre los Derechos de los Niños (CDN), ratificada por Chile en 1990.

A partir de ese mismo año, el maltrato infantil, al igual que otros problemas de la infancia, comenzó a ser abor- dado desde Sename dentro del marco establecido por la Convención como un nuevo sustento doctrinario. Así también, en atención a la naturaleza compleja y dinámica del fenómeno del maltrato infantil, se comien- zan a introducir cambios sustantivos en el modo de realizar el trabajo con los niños, niñas y adolescentes víctimas, dando lugar a la ejecución de proyectos especializados en la materia.

En 1997 Sename desarrolla los primeros cuatro proyectos especializados en la reparación del maltrato infan- til grave, contando actualmente (2005) con un número de 35 proyectos en el país.

Dichos proyectos, que se caracterizan por su nivel de especialización y su localización territorial, buscan introducir una nueva visión respecto al diseño de una política con criterios de intersectorialidad y coordina- ción conforme a la exigencia de garantizar el derecho del niño, la niña o adolescente a crecer y desarrollarse en su familia. Para ello, priorizan la mantención del vínculo familiar, evitando acciones institucionalizantes de resolución y el desarraigo del medio familiar y social.

Además, los proyectos contemplan una oferta de atenciones por cada niño/a o adolescente y su familia, brindándole atención sociojurídica, sicológica, social y sicoterapéutica.

De esa manera, Sename ha desarrollado modalidades de intervención sicológica, social y jurídica, orientadas a la interrupción y reparación de la situación y secuelas del maltrato infantil grave en los niños, niñas o ado- lescentes víctimas de este tipo de transgresión, configurando un proceso tendiente a elaborar una respuesta técnica a la realidad de la violencia ejercida hacia la infancia y avanzar en la construcción de un modelo de atención e intervención especializada.

DEFINICIÓN

La comprensión del maltrato como una relación de abuso de poder por parte de uno o varios adultos sobre un niño, niña o adolescente, lo ubica como un problema que supera el ámbito de lo privado para constituirse como un problema de responsabilidad social y de orden público.

Esta afirmación se fundamenta en el hecho de reconocer a los niños como personas y sujetos de derechos, por lo cual la sociedad -representada por un organismo estatal- está obligada a asumir la responsabilidad y el deber, en este caso, de otorgar la protección y reparación de la situación de agresión.

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Tal como se establece en la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, Sename, como institu- ción del Estado, ha asumido la responsabilidad de operacionalizar el compromiso de proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes que sufren maltrato infantil y abuso sexual y promover su recuperación física y sicológica.

A continuación se definen los hechos de maltrato grave constitutivos de delitos:

• El abuso sexual, en cualquiera de sus formas, de niños, niñas y adolescentes. De acuerdo con la legisla- ción vigente (Ley 19.617 de Delitos Sexuales), se incluyen la violación, el estupro, el abuso sexual, el abuso sexual impropio y la producción de material pornográfico.

• El maltrato físico grave sufrido por niños, niñas y adolescentes. Se incluyen aquí a todos los niños, niñas y adolescentes que ven comprometida su integridad física a causa de golpes, quemaduras, mordeduras, intentos de estrangulamiento, heridas con objetos cortantes, etc.

Los criterios médicos legales, al respecto consideran:

• Lesiones graves. Todas aquellas que causan en el niño/a o adolescente enfermedad o incapacidad de 31 días o más de duración.

• Lesiones menos graves. Aquellas en que la enfermedad o incapacidad sea de más de 15 días y menos de 31, considerando además la calidad de las personas y circunstancias del hecho.

OBJETIVOS

Objetivo general

Contribuir al proceso reparatorio del niño, la niña o adolescente que ha sufrido maltrato grave.

Objetivos específicos

a. Interrumpir la situación de maltrato grave. Este objetivo se concreta mediante la activación de mecanis- mos judiciales, orientados a resolver la situación legal del niño/a o adolescente, controlar jurídicamente su situación y facilitar el acceso a la red de justicia

b. Facilitar el proceso de resignificación de la experiencia abusiva en el niño/a o adolescente y adulto res- ponsable. Este objetivo apunta a que ellos desarrollen un proceso de reelaboración del maltrato sufrido, integrándolo en la experiencia vital, de manera que permitan modificar las pautas relacionales al interior del sistema familiar.

c. Fortalecer los recursos familiares y sociales para el bienestar sicológico y social del niño/a o adolescente. Este objetivo se orienta a la construcción de un contexto protector para el niño/a o adolescente, en el mediano y largo plazo. Para ello, la intervención debe hacerse con personas significativas dentro de la familia, realizando acciones también con miembros de la comunidad y de las instituciones, de manera que se transformen en agentes protectores para el niño/a o adolescente.

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SUJETOS DE ATENCIÓN

La intervención de los proyectos de reparación está dirigida a todos los niños, niñas y adolescentes menores de 18 años que han sufrido maltrato grave, situación que además califica, en términos judiciales, como un hecho constitutivo de delito.

En el caso de que un niño, niña o adolescente no sea derivado por los tribunales, el proyecto realizará la evaluación correspondiente e informará a dicha instancia judicial para que ésta se pronuncie acerca de la existencia o no de un hecho constitutivo de delito.

Utilizando como referencia las características de la situación abusiva en cuanto al riesgo o peligro para la vida e integridad física del niño, la niña o adolescente, la urgencia de atención que requiera el caso, la auto- percepción que el propio niño/a o adolescente pueda tener de la situación que ha sufrido y los criterios mé- dico legales de calificación de las lesiones, se espera que los proyectos intervengan en los siguientes casos: • Todos los niños, niñas y adolescentes que han sufrido abuso sexual en cualquiera de sus formas. • Todos los niños, niñas y adolescentes que han sufrido maltrato físico grave.

INTERVENCIÓN

Criterios que deben guiar la intervención

Toda intervención de los proyectos especializados se basará en el interés superior del niño, la niña o adoles- cente, protegiéndoles y procurando respetar sus derechos a cabalidad durante el proceso de intervención. Es fundamental que el esquema teórico de intervención incorpore un modelo que considere distintos niveles de análisis e intervención para acercarse al fenómeno del maltrato, considerando los distintos contextos donde se desenvuelve el niño, niña o adolescente y su familia.

Así, la intervención debe considerar al niño, niña o adolescente y sus necesidades, como eje central, directriz del proceso y de la toma de decisiones.

En ese sentido, el diseño del proyecto especializado debe explicitar una perspectiva multidimensional, que permita comprender tanto el sentido global de la propuesta de intervención, como el significado de las decisiones respecto a qué, cuándo y de qué manera actuar en la atención de casos. Ello permitirá renunciar a la explicación del fenómeno desde una perspectiva lineal-causal, para abrir la mirada hacia un abanico de determinantes entrelazadas que están en la base del problema y deberá traducirse en una atención espe- cializada, personalizada y oportuna, en relación a las características de cada niño, niña o adolescente y del contexto familiar y comunitario en que se encuentra inserto.

Se estima relevante que el proyecto presente, además, elementos específicos y diferenciados para la inter- vención en maltrato físico grave y abuso sexual, en consideración a la cronicidad y gravedad de la violencia, edad del niño/a, quién es el agresor, presencia o no de figura adulta significativa, motivación o no de asis- tencia a terapia.

Así, los elementos del diagnóstico, los objetivos y estrategias del tratamiento tendrán características, tiem- pos y abordajes diferentes. De igual forma, deberán incorporarse los resultados del proyecto anterior (en el

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caso que corresponda), desagregados por sexo y un breve comentario explicativo de los datos, especificando las causales que pudieren justificar las diferencias entre niños y niñas contenidas en éstos.

Se requiere que la propuesta de intervención incorpore estrategias que permitan brindar el apoyo a las familias58, de modo que éstas adquieran o vuelvan a asumir las funciones de cuidado y protección de sus

hijos, asegurando la integridad física y sicológica de éstos. Se espera que la intervención valore los recursos y el aporte del grupo familiar del niño/a y de los miembros significativos de la comunidad, en la búsqueda de soluciones que permitan colaborar en la reparación del maltrato.

Metodología.

Se propone una metodología de atención ambulatoria que considera el contexto social y cultural del niño, niña o adolescente, que facilite su plena participación y la de su familia durante el proceso de intervención, respetando sus derechos.

Respecto a la intervención propiamente tal, se estima fundamental considerar al niño/a y adolescente y su familia como actor de su propio desarrollo y proceso. Para ello, es necesario diseñar estrategias terapéuticas orientadas a reformular la victimización primaria y fortalecer recursos protectivos a nivel individual y familiar. El manejo de la metodología será de responsabilidad compartida, de manera de comprometer a los actores en el proceso tras la consecución de los resultados esperados. Es decir, con la comunicación y cooperación estrecha de cada uno de los participantes (niño/a o adolescente y su familia, equipo e integrantes de la red, entre otros), así como el contacto y la coordinación permanente entre ellos.

Por lo tanto, debe evaluarse, registrarse e incorporar tanto en el diseño de la intervención, como en el de- sarrollo de la misma, la presencia o no de motivación en la familia para participar en el proceso, así como la credibilidad o no de la situación diagnosticada en cada caso atendido.