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XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada B.C Año. 2

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Se pasó lista de asistencia, haciéndose constar la presencia del C. Presidente Municipal, Pablo Alejo López Núñez, Síndico Procurador, Jorge Camargo Villa y de los Regidores, María Catalina Talavera Nava, Ricardo Mancillas Amador, Rolando Villarino Galván, Sara Flores Larios, Miriam Nailleli Méndez Carrillo, Heriberto Herrera Arroyo, Ricardo Fletes García, Juan Eugenio Carpio Ascencio, Teresa González Beltrán, Gil Espinoza Gámez, Enoé Morales Medina y Eduardo Cota Osuna. Contándose con la asistencia de catorce de los quince munícipes que integran el Cabildo; declarándose Quórum Legal y la formal instalación de esta Sesión Ordinaria por el C. Secretario Fedatario, Lic. Mario Alberto García Salaiza.

97.1340 Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el Orden del Día de la Sesión Ordinaria de Cabildo de carácter Pública, celebrada el día 30 de Noviembre del año 2010, a las 12:00 horas.

La votación fue la siguiente: Catorce votos a favor, correspondientes al Síndico Procurador, Jorge Camargo Villa y a los Regidores, María Catalina Talavera Nava, Ricardo Mancillas Amador, Rolando Villarino Galván, Sara Flores Larios, Miriam Nailleli Méndez Carrillo, Heriberto Herrera Arroyo, Ricardo Fletes García, Juan Eugenio Carpio Ascencio, Teresa González Beltrán, Gil Espinoza Gámez, Enoé Morales Medina, Eduardo Cota Osuna y al Presidente Municipal, Pablo Alejo López Núñez. Una ausencia justificada del C. Regidor, Serafín González Juárez. 97.1341 Se aprobó por unanimidad de votos de los munícipes presentes del XIX Ayuntamiento

Constitucional de Ensenada, Baja California, la solicitud de dispensa de lectura de las Actas de la Sesiones Ordinarias celebradas los días 08 y 17 de Noviembre de 2010, y su aprobación en su caso. La votación fue la siguiente: Catorce votos a favor, correspondientes al Síndico Procurador, Jorge Camargo Villa y a los Regidores, María Catalina Talavera Nava, Ricardo Mancillas Amador, Rolando Villarino Galván, Sara Flores Larios, Miriam Nailleli Méndez Carrillo, Heriberto

Presidente Municipal

Pablo Alejo López Núñez Síndico Procurador Jorge Camargo Villa

Regidores

Sara Flores Larios * Teresa González Beltrán Gil Espinoza Gámez Eduardo Cota Osuna Ricardo Fletes García Enoé Morales Medina Serafín González Juárez Juan Eugenio Carpio Ascencio Ricardo Mancillas Amador Heriberto Herrera Arroyo María Catalina Talavera Nava Miriam Nailleli Méndez Carrillo

Rolando Villarino Galván Secretario Fedatario Mario Alberto García Salaiza

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Gil Espinoza Gámez, Enoé Morales Medina, Eduardo Cota Osuna y al Presidente Municipal, Pablo Alejo López Núñez. Una ausencia justificada del C. Regidor, Serafín González Juárez. 97.1342 Se aprobó por votación nominal y unánime de los munícipes presentes del XIX Ayuntamiento

Constitucional de Ensenada, Baja California, el Dictamen No. 094/2010, presentado por la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, relativo a la solicitud del C. ARQ. CESAR CUEVAS CESEÑA, Delegado de la Secretaria de Infraestructura y Desarrollo Urbano del Estado, respecto al proyecto de Convenio de Coordinación para la ejecución del Programa Regional de Desarrollo Urbano Turístico y Ecológico del Corredor Costero San Felipe-Puertecitos-Bahía de Los Ángeles (COCOSFBA), elaborado por el Gobierno del Estado, mismo que se resuelve al tenor de los antecedentes, considerandos y puntos resolutivos que a continuación se exponen: ANTECEDENTES.-

1.- Que mediante oficio número 1012/2010 de fecha 18 de Noviembre del 2010, el C. ARQ. CESAR CUEVAS CESEÑA, Delegado de la Secretaria de Infraestructura y Desarrollo Urbano del Estado, solicita al C. LIC. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, Secretario General del Ayuntamiento, tenga a bien subir a la próxima Sesión de Cabildo, proyecto de Convenios de Coordinación para la ejecución del Programa Regional de Desarrollo Urbano Turístico y Ecológico del Corredor Costero San Felipe-Puertecitos-Bahía de Los Ángeles (COCOSFBA), elaborado por el Gobierno del Estado, lo que antecede con la finalidad de que se determine lo conducente.

2.- Con fecha 23 de Noviembre del 2010, celebrándose Sesión Ordinaria de Cabildo se turnó a la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal el presente asunto para su estudio, análisis, discusión y dictamen correspondiente, remitiéndose dicha información al C. Regidor RICARDO MANCILLAS AMADOR, Coordinador de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal del XIX Ayuntamiento.

3.- Que en fecha 25 de Noviembre de 2010, siendo las 13:00 horas del día, los suscritos Regidores ING. RICARDO MANCILLAS AMADOR, C.P. TERESA GONZALEZ BELTRAN y la C. SARA FLORES LARIOS, integrantes de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal nos reunimos en la Sala de Juntas del Área de Regidores MARIA EMMER DE CARRILLO del palacio Municipal, ubicado en carretera Transpeninsular Ensenada-La Paz número 6500-A Ex Ejido Chapultepec de esta Ciudad, con el Objeto de estudiar, analizar, discutir y resolver el presente asunto, bajo los siguientes Considerandos y Puntos de Resolutivos que a continuación se exponen: CONSIDERANDOS.-

I.- Que esta Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal es competente para conocer y resolver sobre el presente Asunto, de conformidad con el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 76,77,79,81,82,83 y 85 de artículo 1, 2, 3, 4, 5 fracción IV, 6, 9, de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California, artículo 1, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 72, 104, 105, 106, 107 fracc. I, 108, 110, 114 fracc. II, 116, 128, 129, 130, 131, 132, 133, del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, y demás artículos relativos al asunto que nos ocupa.

II.- Que obra en el expediente Convenio de Coordinación Urbano Turístico y Ecológico del

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Turismo y del Lic. Sócrates Bastida Hernández, Secretario de Protección al Ambiente, y por otra parte los Municipios de Mexicali y Ensenada Baja California, por conducto de sus Presidentes Municipales, Lic. Rodolfo Valdez Gutiérrez y el C. Lic. Pablo Alejo López Núñez, respectivamente, asistidos por sus Secretarios del Ayuntamiento, el C. Lic. Ronaldo Díaz Lerma y el C. Lic. Mario Alberto García Salaiza, respectivamente.

III.- Es preciso mencionar que el objeto del convenio antes citado radica en ejecutar y operar de manera coordinada y en los términos actualizados por las partes, el PROGRAMA REGIONAL DE DESARROLLO URBANO TURÍSTICO Y ECOLÓGICO DEL CORREDOR COSTERO SAN FELIPE-PUERTECITOS-BAHÍA DE LOS ÁNGELES, para lo cual apoyarán la elaboración de los instrumentos administrativos, jurídicos, financieros y de difusión y participación de la comunidad, previstos en el programa antes mencionado, para lo que se conformará un comité técnico que estará integrado por:

La Secretaria de Turismo del Estado.

La Secretaria de Infraestructura y Desarrollo Urbano del Estado. La Secretaria de Protección al Ambiente del Estado.

El Ayuntamiento de Mexicali. El Ayuntamiento de Ensenada.

IV.- Es preciso mencionar que el Convenio Administrativo de Coordinación es temporal y entrará en vigor el día de su firma y tendrá vigencia indefinida.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, ponemos a consideración de los presentes, los siguientes: PUNTOS RESOLUTIVOS.-

PRIMERO.- Que mediante el presente dictamen, se AUTORIZA EL CONVENIO de COORDINACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA REGIONAL DE DESARROLLO URBANO TURÍSTICO Y ECOLÓGICO DEL CORREDOR COSTERO SAN FELIPE-PUERTECITOS-BAHÍA DE LOS ÁNGELES (COCOSFBA) que celebran por una parte, el Gobierno del Estado de Baja California, representado por el C. José Guadalupe Osuna Millán, Gobernador del Estado, asistido por el C. Lic. Cuauhtémoc Cardona Benavides, Secretario General de Gobierno, con la comparecencia del Ing. Luis López Moctezuma Torres, Secretario de Infraestructura y Desarrollo Urbano, del Lic. Juan B. Tintos Funcke, Secretario de Turismo y del Lic. Sócrates Bastida Hernández, Secretario de Protección al Ambiente, y por otra parte los Municipios de Mexicali y Ensenada Baja California, por conducto de sus Presidentes Municipales, Lic. Rodolfo Valdez Gutiérrez y el C. Lic. Pablo Alejo López Núñez, respectivamente, asistidos por sus Secretarios del Ayuntamiento, el C. Lic. Ronaldo Díaz Lerma y el C. Lic. Mario Alberto García Salaiza, respectivamente en su carácter de Apoderados Legales.

SEGUNDO.- Notifíquese a los C.C. José Guadalupe Osuna Millán, Gobernador del Estado, Cuauhtémoc Cardona Benavides, Secretario General de Gobierno, Ing. Luis López Moctezuma Torres, Secretario de Infraestructura y Desarrollo Urbano, Lic. Juan B. Tintos Funckes, Secretario de Turismo, Lic. Sócrates Bastida Hernández, Secretario de Protección al Ambiente, Lic. Rodolfo Valdez Gutiérrez, Presidente de Mexicali, Lic. Ronaldo Díaz Lerma, Secretario General del Municipio de Mexicali, Lic. Pablo Alejo López Núñez, Presidente Municipal de Ensenada y Lic. Mario Alberto García Salaiza, Secretario General del Ayuntamiento de Ensenada, para los efectos legales a que haya lugar.

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Dado en la sala del Ayuntamiento de la Casa Municipal a los 30días del mes de Noviembre de 2010.

LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL

ING. RICARDO MANCILLAS AMADOR, COORDINADOR DE LA COMISIÓN.- C.P. TERESA GONZÁLEZ BELTRÁN, SECRETARIA DE LA COMISION.- C. SARA FLORES LARIOS, VOCAL DE LA COMISION.

--La votación fue la siguiente: Síndico Procurador, Jorge Camargo Villa(A favor), y a los Regidores, María Catalina Talavera Nava (A favor), Ricardo Mancillas Amador (A favor), Rolando Villarino Galván (A favor), Sara Flores Larios (A favor), Miriam Nailleli Méndez Carrillo (A favor), Heriberto Herrera Arroyo (A favor), Ricardo Fletes García (A favor), Juan Eugenio Carpio Ascencio (A favor), Teresa González Beltrán (A favor), Gil Espinoza Gámez (A favor), Enoé Morales Medina (A favor), Eduardo Cota Osuna (A favor) y al Presidente Municipal, Pablo Alejo López Núñez (A favor). Una ausencia justificada del C. Regidor, Serafín González Juárez.

97.1343 Se aprobó por votación nominal y unánime de los munícipes presentes del XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el Dictamen No. 095/2010, presentado EN SENTIDO NEGATIVO por la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, relativo a la solicitud de la C. MARCELA COVARRUBIAS MEDINA, para que se le venda la esquina que colinda con terreno de su propiedad, ubicada en la calle Tormes número 264, del Fraccionamiento Villa Residencial del Real IV Sección, petición que se resuelve al tenor de los Antecedentes, Considerandos y Puntos Resolutivos que a continuación se exponen: ANTECEDENTES.-

1.- Que mediante escrito de fecha 09 DE SEPTIEMBRE DE 2010, la C. MARCELA COVARRUBIAS MEDINA, solicito formalmente al XIX AYUNTAMIENTO DE ENSENADA, le venda la esquina que colinda con terreno de su propiedad, ubicada en la calle Tormes número 264, del Fraccionamiento Villa Residencial del Real IV Sección.

2.- Con fecha 27 de Septiembre de 2010, se celebró Sesión Ordinaria de Cabildo, en la cual se turnó a la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, el presente asunto para su estudio, análisis, discusión y dictamen correspondiente, remitiéndose dicha información al Regidor Coordinador de la Comisión antes mencionada, ING. RICARDO MANCILLAS AMADOR, bajo oficio No. 002110, signado por el C. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, en su carácter de Secretario General del XIX Ayuntamiento.

3.- Que en fecha 25 de Noviembre del 2010, siendo las 13:00 horas del día, los suscritos Regidores ING. RICARDO MANCILLAS AMADOR, C.P. TERESA GONZALEZ BELTRAN y la C. SARA FLORES LARIOS, integrantes de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal nos reunimos en la Sala de Juntas del Área de Regidores MARIA EMMER DE CARRILLO del Palacio Municipal, ubicado en carretera Transpeninsular Ensenada-La Paz número 6500-A Ex Ejido Chapultepec de esta Ciudad, con el Objeto de estudiar, analizar, discutir y resolver el presente asunto, bajo los siguientes Considerandos y Puntos de Resolutivos que a continuación se exponen: CONSIDERANDOS.-

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133 y demás relativos del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California.

II.- Tomando en consideración el oficio CF/590/2010, de fecha 23 de Noviembre de 2010, emitido por el C. ARQ. GUSTAVO NUÑO VIZCARRA, en su carácter de Director de Control Urbano, en el cual manifiesta que la superficie en cuestión, forma parte del Condominio Victoria, ubicado en el Fraccionamiento Villa Residencial del Real, siendo un área común de dicho condominio, esta Dirección considera negativa la solicitud, ya que no se trata de una vialidad Pública.

III.- Que si bien es cierto que la solicitante cumple con los requisitos para realizar este tipo de peticiones, lo cual lo demuestra con documentación que obra en el expediente, tales como escritura pública de propiedad de predio continuo al solicitado, acta de nacimiento, identificación con foto; es jurídicamente imposible concretizar y resolver favorablemente la presente solicitud, en el entendido de que el bien inmueble es propiedad del Condominio para uso común de los habitantes del mismo y no es vía pública.

Tomando en consideración, lo antes expuesto esta Comisión determina que se debe Dictaminar en sentido negativo la presente solicitud.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, ponemos a consideración de éste H. Cabildo los siguientes: PUNTOS RESOLUTIVOS.-

PRIMERO.- Se Dictamina en sentido NEGATIVO la solicitud hecha por la C. MARCELA COVARRUBIAS MEDINA, para que se le venda la esquina que colinda con terreno de su propiedad, ubicada en la calle Tormes número 264 del Fraccionamiento Villa Residencial del Real, por los motivos y los razonamientos expuestos en el considerando II y III del presente dictamen.

SEGUNDO.- NOTIFIQUESE.

Dado en la sala del Ayuntamiento de la Casa Municipal a los 30días del mes de Noviembre de 2010.

LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL

ING. RICARDO MANCILLAS AMADOR,COORDINADOR DE LA COMISIÓN.-C.P. TERESAGONZÁLEZ BELTRÁN,

SECRETARIA DE LA COMISION.-C. SARA FLORES LARIOS, VOCAL DE LA COMISION.

--La votación fue la siguiente: Síndico Procurador, Jorge Camargo Villa(A favor), y a los Regidores, María Catalina Talavera Nava (A favor), Ricardo Mancillas Amador (A favor), Rolando Villarino Galván (A favor), Sara Flores Larios (A favor), Miriam Nailleli Méndez Carrillo (A favor), Heriberto Herrera Arroyo (A favor), Ricardo Fletes García (A favor), Juan Eugenio Carpio Ascencio (A favor), Teresa González Beltrán (A favor), Gil Espinoza Gámez (A favor), Enoé Morales Medina (A favor), Eduardo Cota Osuna (A favor) y al Presidente Municipal, Pablo Alejo López Núñez (A favor). Una ausencia justificada del C. Regidor, Serafín González Juárez.

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y enajenación de una superficie de terreno ubicada en la calle del roble del Fraccionamiento los Olivares, para ampliación de la Iglesia Cristiana Tabernáculo de Ensenada, petición que se resuelve al tenor de los Antecedentes, Considerandos y Puntos Resolutivos que a continuación se exponen: ANTECEDENTES.-

1.- Que mediante escrito de fecha 27 de Mayo de 2010, el C. JOAQUIN CRUZ PATIÑO, solicito formalmente al C. LIC. PABLO ALEJO LOPEZ NUÑEZ, Presidente Municipal de Ensenada, la desincorporación del patrimonio Municipal respecto de una fracción de vía pública perteneciente al retorno vehicular de la calle Roble, para que sea susceptible a venta o en su caso a la donación, toda vez que es propietario del predio colindante a dicha fracción.

2.- Que mediante oficio número 006683, el C. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, en su carácter de Secretario General del XIX Ayuntamiento, recibe por parte del C. ROBERTO GUTIERREZ PEÑUELAS, Oficial Mayor, documentación relativa al lote 3 manzana 4 del Fraccionamiento Los Olivares, colindante con calle Argenta, calle del Roble (retorno) lote 19 y lote 3 con clave catastral OV-004-003 con el objeto de identificar una superficie equivalente a 26.726m2, misma que forma parte del retorno y que esta solicitando el C. JOAQUIN CRUZ PATIÑO, para la ampliación de la Iglesia Cristiana antes mencionada. Lo anterior con el fin de que se sirva turnar a la Comisión correspondiente para su Dictamen.

3.- Con fecha 23 de Agosto de 2010, se celebró Sesión Ordinaria de Cabildo, en la cual se turnó a la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, el presente asunto para su estudio, análisis, discusión y dictamen correspondiente, remitiéndose dicha información al Regidor Coordinador de la Comisión antes mencionada ING. RICARDO MANCILLAS AMADOR, bajo oficio No. 001900, signado por el C. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, en su carácter de Secretario General del XIX Ayuntamiento.

4.- Que en fecha 25 de Noviembre del 2010, siendo las 13:00 horas del día, los suscritos Regidores ING. RICARDO MANCILLAS AMADOR, C.P. TERESA GONZALEZ BELTRAN y C. SARA FLORES LARIOS, integrantes de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, nos reunimos en la Sala de Juntas del Área de Regidores MARIA EMMER DE CARRILLO del Palacio Municipal, ubicado en carretera Transpeninsular Ensenada-La Paz número 6500-A Ex Ejido Chapultepec de esta Ciudad, con el Objeto de estudiar, analizar, discutir y resolver el presente asunto, bajo los siguientes Considerandos y Puntos de Resolutivos que a continuación se exponen: CONSIDERANDOS.-

I.- Que esta Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal es competente para conocer y resolver sobre el presente Asunto, de conformidad con el artículo 115 fracción II párrafo segundo y fracción V inciso d), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 82 apartado A, fracción VIII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Baja California, artículo 1, 3, 5 y 9 de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California, artículo 1, 3, 4, 6, 8, 24, 104, 105, 107 fracción I, 114 fracción II, 116, 128, 129 ,130, 133 y demás relativos del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California.

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III.- Que si bien es cierto que obra en el expediente documentación tal, como reportes de inspección, levantamientos topográficos, registro de contrato de compraventa a favor del solicitante del predio contiguo al solicitado; es jurídicamente imposible concretizar y resolver favorablemente la presente petición, en el entendido de que el bien inmueble es vía pública y presta servicio de retorno a los usuarios residentes de la zona.

Tomando en consideración lo antes expuesto, esta Comisión determina que se debe Dictaminar en sentido negativo la presente solicitud.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, ponemos a consideración de éste H. Cabildo los siguientes: PUNTOS RESOLUTIVOS.-

PRIMERO.- Se Dictamina en sentido NEGATIVO la solicitud hecha por el C. JOAQUIN CRUZ PATIÑO, para la desincorporación y enajenación de una superficie de terreno ubicada en la calle del Roble del Fraccionamiento los Olivares, para ampliación de la Iglesia Cristiana Tabernáculo de Ensenada, por los motivos y los razonamientos expuestos en el considerando II y III del presente dictamen.

SEGUNDO.- NOTIFIQUESE.

Dado en la sala del Ayuntamiento de la Casa Municipal, a los 30días del mes de Noviembre de 2010.

LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL

ING. RICARDO MANCILLAS AMADOR,COORDINADOR DE LA COMISIÓN.-C.P. TERESA GONZÁLEZ BELTRÁN, SECRETARIA DE LA COMISION.- C. SARA FLORES LARIOS, VOCAL DE LA COMISION. --La votación fue la siguiente: Síndico Procurador, Jorge Camargo Villa(A favor), y a los Regidores, María Catalina Talavera Nava (A favor), Ricardo Mancillas Amador (A favor), Rolando Villarino Galván (A favor), Sara Flores Larios (A favor), Miriam Nailleli Méndez Carrillo (A favor), Heriberto Herrera Arroyo (A favor), Ricardo Fletes García (A favor), Juan Eugenio Carpio Ascencio (A favor), Teresa González Beltrán (A favor), Gil Espinoza Gámez (A favor), Enoé Morales Medina (A favor), Eduardo Cota Osuna (A favor) y al Presidente Municipal, Pablo Alejo López Núñez (A favor). Una ausencia justificada del C. Regidor, Serafín González Juárez.

97.1345 Se aprobó por votación nominal y unánime de los munícipes presentes del XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, el Dictamen No. 097/2010, que presenta la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, a través de los REGIDORES, CC. ING. RICARDO MANCILLAS AMADOR, C.P. TERESA GONZALEZ BELTRAN y SARA FLORES LARIOS, relativo a la solicitud del Director del Instituto Municipal de Investigación y Planeación (IMIP), respecto de la DONACION del lote 2 fracción b, manzana 12 con superficie de 1,686.336m2 del fraccionamiento Las Palmas, III sección, en donde se construirán las instalaciones del instituto, mismo que se resuelve al tenor de los antecedentes, considerandos y puntos resolutivos que a continuación se exponen: ANTECEDENTES.-

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intensión de contar con un espacio adecuado para su proyecto de crecimiento a futuro, para edificar sus instalaciones.

2.- Que mediante oficio número 007451 de fecha 1 de Noviembre del 2010, el C. LIC. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, en su carácter de Secretario General del XIX Ayuntamiento, recibe del C. ROBERTO GUTIERREZ PEÑUELAS, Oficial Mayor del Ayuntamiento, información consistente a la solicitud hecha por el C. DR. GUILLERMO ARAMBURO VIZCARRA, Director del IMIP; de donación del predio identificado como: lote 2, fracción B, manzana 12, con superficie de 1,686.336m2, clave catastral SS-012-032, del Fraccionamiento Las Palmas III sección, propiedad del H. Ayuntamiento de Ensenada, Baja California; perteneciente al Régimen del Dominio Privado, lo anterior para que se sirva turnar a las Comisiones para su Estudio, Análisis y Dictamen correspondiente.

3.- Que mediante oficio número 002441 de fecha 09 de Noviembre del 2010, el C. LIC. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, en su carácter de Secretario General del XIX Ayuntamiento, turna al C. ING. RICARDO MANCILLAS AMADOR, Regidor Coordinador de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, lo relativo a la factibilidad de donación del predio identificado como: lote 2, fracción B, manzana 12, con superficie de 1,686.336m2, clave catastral SS-012-032 del Fraccionamiento Las Palmas III sección, propiedad del H. Ayuntamiento de Ensenada, Baja California; asunto turnado en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 08 de Noviembre del 2010. 4.- Que en fecha 25 de Noviembre del 2010, siendo las 13:00 horas del día, los suscritos Regidores ING. RICARDO MANCILLAS AMADOR, C.P. TERESA GONZALEZ BELTRAN y la C. SARA FLORES LARIOS, integrantes de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal nos reunimos en la Sala de Juntas del Área de Regidores MARIA EMMER DE CARRILLO del Palacio Municipal, ubicado en carretera Transpeninsular Ensenada-La Paz número 6500-A Ex Ejido Chapultepec de esta Ciudad, con el Objeto de estudiar, analizar, discutir y resolver el presente asunto, bajo los siguientes Considerandos y Puntos de Resolutivos que a continuación se exponen: CONSIDERANDOS.-

I.- Que esta Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal es competente para conocer y resolver sobre el presente Asunto, de conformidad con el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 76,77,79,81,82,83 y 85 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Baja California, artículo 1, 2, 3, 4, 5 fracción IV, 6, 9, de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California, artículo 1, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 72, 104, 105, 106, 107 fracc. I, 108, 110, 114 fracc. II, 116, 128, 129, 130, 131, 132, 133, del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, y demás artículos relativos al asunto que nos ocupa.

II.- .- Que con fecha 21 de Agosto del 2007, bajo Partida 5174896, Sección Civil, del Registro Público de la Propiedad y de Comercio en Ensenada se inscribió el contrato de donación del predio propiedad del Ayuntamiento Constitucional de Ensenada B.C., identificado como Lote 2 manzana 12 del Fraccionamiento Las Palmas 3a sección, con un superficie de 2,686.3361 m2.

III.- Que con fecha 26 de Octubre del 2010, bajo el número de inscripción 5223175, quedó inscrita en la Sección Civil del Registro Público de la Propiedad y de Comercio en Ensenada, la subdivisión del predio propiedad del Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, B.C.; identificado como Lote 2 manzana 12 del Fraccionamiento Las Palmas 3a sección, con una superficie de 2,686.3361 m2, para quedar de la siguiente manera:

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Lote 2 fracción A, manzana 12, Fraccionamiento Las Palmas 3ra sección, superficie 1,000.00m2, clave catastral SS-012-002.

Lote 2 fracción B, manzana 12, Fraccionamiento Las Palmas 3ra sección, superficie 1,686.336m2, clave catastral SS-012-032.

IV.- Que obra en el expediente deslinde, proyecto de subdivisión, memorias descriptivas y reporte de inspección del lote antes mencionado, documentación que arroja la siguiente información:

Clave catastral: SS-012-032

Ubicación del Predio: Fraccionamiento Las Palmas 3ra sección. Lote: 2 Fracción B Manzana: 12

Superficie: 1,686.336m2 Medidas y colindancias:

Noreste: 39.405m con Fracc. Chapultepec de Ensenada. Sureste: 41.744m con Lote 3.

Noroeste: 31.985m con Lote 2 Fracción A. Suroeste: 45.530m con calle Nogal.

V.- Que obra en el expediente oficio por parte del C. ROBERTO GUTIERREZ PEÑUELAS, Oficial Mayor del Ayuntamiento, en el cual considera VIABLE LA FACTIBILIDAD DE DONACIÓN del bien descrito anteriormente, ya que este predio permitirá al IMIP contar con un espacio adecuado en su proyecto de crecimiento futuro para edificar sus instalaciones y así tener mejores condiciones e incrementar su eficacia y eficiencia en cumplimiento de sus objetivos y en beneficio del desarrollo sustentable del Municipio de Ensenada.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, ponemos a consideración de los presentes, los siguientes: PUNTOS RESOLUTIVOS.-

PRIMERO.- Se considera viable Dictaminar en sentido POSITIVO la petición hecha por el C. DR. GUILLERMO ARAMBURO VIZCARRA, Director del IMIP, de donación del predio identificado como: lote 2, fracción B, manzana 12, con superficie de 1,686.336m2, clave catastral SS-012-032 del Fraccionamiento Las Palmas III sección, propiedad del H. Ayuntamiento de Ensenada, Baja California.

SEGUNDO.- Se autoriza la desincorporación del régimen de dominio público municipal respecto del bien inmueble identificado como lote 2, fracción B, manzana 12, con superficie de 1,686.336m2, clave catastral SS-012-032 del Fraccionamiento Las Palmas III sección.

TERCERO.- Se autoriza al C. LIC. PABLO ALEJO LOPEZ NUÑEZ, en su carácter de Presidente Municipal y al C. LIC. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, en su carácter de Secretario General, representantes legales del XIX AYUNTAMIENTO DE ENSENADA, para la celebración del CONTRATO DE DONACION con el Instituto Municipal de Investigación y Planeación (IMIP) por el predio antes mencionado.

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QUINTO.- Cúmplase.

Dado en la Sala del Ayuntamiento de la Casa Municipal a los 30 días del mes de Noviembre de 2010.

LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL

ING. RICARDO MANCILLAS AMADOR, COORDINADOR DE LA COMISIÓN.- C. P. TERESA GONZÁLEZ BELTRÁN,

SECRETARIA DE LA COMISIÓN.- C. SARA FLORES LARIOS, VOCAL DE LA COMISIÓN.

--La votación fue la siguiente: Síndico Procurador, Jorge Camargo Villa(A favor), y a los Regidores, María Catalina Talavera Nava (A favor), Ricardo Mancillas Amador (A favor), Rolando Villarino Galván (A favor), Sara Flores Larios (A favor), Miriam Nailleli Méndez Carrillo (A favor), Heriberto Herrera Arroyo (A favor), Ricardo Fletes García (A favor), Juan Eugenio Carpio Ascencio (A favor), Teresa González Beltrán (A favor), Gil Espinoza Gámez (A favor), Enoé Morales Medina (A favor), Eduardo Cota Osuna (A favor) y al Presidente Municipal, Pablo Alejo López Núñez (A favor). Una ausencia justificada del C. Regidor, Serafín González Juárez.

97.1346 SE APROBÓ POR VOTACIÓN NOMINAL Y UNÁNIME DE LOS MUNÍCIPES PRESENTES DEL XIX AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA, EL DICTAMEN NO. 098/2010, QUE PRESENTA LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL, RESPECTO A LA SOLICITUD DEL SINDICO PROCURADOR Y LA TESORERA MUNICIPAL, RELATIVA A LA AUTORIZACION PARA CANCELAR LOS ADEUDOS DE EJERCICIOS ANTERIORES POR PARTE DE LOS C.C. JESUS OLLERVIDES DEL ANGEL Y ADAN PELAYO PONCE.

En el ejercicio de las facultades que nos confieren los Artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 82 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Baja California 1, 3, 5 Fracción IV, 6, 9 Fracciones II y IV de la Ley de Régimen Municipal para el Estado de Baja California; Artículos 76, 77, 79, 114, 116 y 133 del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada Baja California, la suscrita Comisión procedió a estudiar y analizar la solicitud de autorización para cancelar los adeudos de ejercicios anteriores por parte de los C.C. JESUS OLLERVIDES DEL ANGEL Y ADAN PELAYO PONCE; presentadas por el Sindico Procurador y la Tesorera Municipal ante el pleno del Cabildo en la sesión ordinaria de fecha 23 de Noviembre del 2010, misma que fue turnada a esta Comisión para la emisión del presente Dictamen, que se resuelve bajo los siguientes: ANTECEDENTES.- 1.- Que con fecha 18 de Octubre de 2010 bajo oficio número 001805, el Sindico Procurador y la Tesorera Municipal presentaron al C. Presidente Municipal propuesta para autorización del Cabildo para cancelar los adeudos de ejercicios anteriores por parte de los C.C. JESUS OLLERVIDES DEL ANGEL Y ADAN PELAYO PONCE.

2.- Que en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el día 23 de Noviembre de 2010, el C. Presidente Municipal de este H. XIX Ayuntamiento de Ensenada turnó a la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal la solicitud del Sindico Procurador y la Tesorera Municipal para que se emita el dictamen correspondiente relativo a la autorización para cancelar los adeudos de ejercicios anteriores por parte de los C.C. JESUS OLLERVIDES DEL ANGEL Y ADAN PELAYO PONCE.

(11)

autorización para cancelar los adeudos de ejercicios anteriores por parte de los C.C. JESUS OLLERVIDES DEL ANGEL Y ADAN PELAYO PONCE.

4.- Que con fecha 25 de Noviembre del presente año, se llevó a cabo la reunión de Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal en la sala de juntas del área de Regidores, María Emmer de Carrillo ubicada en el 3er. piso de la Casa Municipal en Carretera Transpeninsular No. 6500-A del Ex Ejido Chapultepec, a la 1:00 p.m., de la cual se giró convocatoria a cada uno de los integrantes de la comisión con fundamento en el artículo 128 del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California; para analizar, discutir y en su caso dictaminar la solicitud de autorización para cancelar los adeudos de ejercicios anteriores por parte de los C.C. JESUS OLLERVIDES DEL ANGEL Y ADAN PELAYO PONCE.

5- Que con motivo de la presencia en la reunión de comisión de los tres integrantes de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, el Regidor RICARDO MANCILLAS AMADOR, la Regidora TERESA GONZALEZ BELTRAN y la Regidora SARA FLORES LARIOS, en su carácter de Coordinador, Secretaria y Vocal respectivamente; se contó con el Quórum legal de conformidad a lo establecido en el artículo 129 del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California.

6.- Que analizado y discutido el mismo de conformidad a lo dispuesto por el artículo 130 del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, se acordó emitir la resolución a la presente solicitud conforme a los Considerándos y Puntos Resolutivos que se exponen a continuación: CONSIDERANDOS.-

1.- Que obra en el expediente copia certificada de Acta de defunción del C. Adán Pelayo Ponce remitida al C.P. Jorge René Villa Martínez, entonces Tesorero Municipal, mediante oficio número 002492 de fecha 07 de Octubre del 2009 por la Lic. Miriam Dupox Beltrán, Oficial 01 del Registro Civil.

2.- Que obra en el expediente copia certificada de Acta de defunción del C. Jesús Ollervides del Ángel remitida a la C.P. Mercedes López Llamas, actual Tesorera Municipal, mediante oficio número 00004357 de fecha 24 de Agosto del 2010 por la Lic. Miriam Dupox Beltrán, Oficial 01 del Registro Civil.

3.- Que obra en el expediente de la presente comisión, auxiliar de mayor del periodo que comprende del 01 de enero al 31 di diciembre del 2005, con número de cuenta contable 1105-0002-0049 en el que se muestra un adeudo por la cantidad de $1,500.00 que corresponde a la cuenta de gastos por comprobar perteneciente al C. ADAN PELAYO PONCE.

4.- Que obra en el expediente de la presente comisión, auxiliar de mayor del periodo que comprende del 01 de enero al 31 di diciembre del 2008, con número de cuenta contable 1105-0001-0401 en el que se muestra un adeudo por la cantidad de $3,500.00 que corresponde a la cuenta de prestamos a funcionarios y empleados perteneciente al C. JESUS OLLERVIDES DEL ANGEL.

(12)

Fiscal 2009, esta Comisión acordó autorizar dicha cancelación de adeudos para con ello poder solventar las observaciones realizadas por el Órgano.

6.- Que con la facultad plena que tiene el Ayuntamiento de Administrar sus recursos en la forma que más le convenga al interés social y en análisis de las potestades que la Constitución Federal y demás disposiciones Estatales le otorgan a los Ayuntamientos para Administrar sus bienes y habiendo realizado el análisis de cada una de las solicitudes con el apoyo jurídico correspondiente, esta comisión acordó aprobar por UNANIMIDAD DE VOTOS el presente dictamen poniéndolo a la consideración del H. XIX Ayuntamiento Constitucional de Ensenada, Baja California, bajo los siguientes: PUNTOS RESOLUTIVOS.-

PRIMERO.- Se apruebe por este H. XIX Ayuntamiento el presente dictamen y se autorice la CANCELACION DE LOS ADEUDOS DE EJERCICIOS ANTERIORES POR PARTE DE LOS C.C. JESUS OLLERVIDES DEL ANGEL Y ADAN PELAYO PONCE.

SEGUNDO.- Notifíquese a los C.C. PRESIDENTE MUNICIPAL, PABLO ALEJO LOPEZ NUÑEZ, al SECRETARIO GENERAL, LIC. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, al SINDICO PROCURADOR, JORGE CAMARGO VILLA y a la TESORERA MUNICIPAL para los efectos correspondientes.

TERCERO.- Cúmplase.

Dado en la Sala del Ayuntamiento de la Casa Municipal a los 30 días del mes de Noviembre de 2010.

LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL.

ING. RICARDO MANCILLAS AMADOR, COORDINADOR DE LA COMISIÓN.- C. P. TERESA GONZÁLEZ BELTRÁN,

SECRETARIA DE LA COMISIÓN.- C. SARA FLORES LARIOS, VOCAL DE LA COMISIÓN.

--La votación fue la siguiente: Síndico Procurador, Jorge Camargo Villa(A favor), y a los Regidores, María Catalina Talavera Nava (A favor), Ricardo Mancillas Amador (A favor), Rolando Villarino Galván (A favor), Sara Flores Larios (A favor), Miriam Nailleli Méndez Carrillo (A favor), Heriberto Herrera Arroyo (A favor), Ricardo Fletes García (A favor), Juan Eugenio Carpio Ascencio (A favor), Teresa González Beltrán (A favor), Gil Espinoza Gámez (A favor), Enoé Morales Medina (A favor), Eduardo Cota Osuna (A favor) y al Presidente Municipal, Pablo Alejo López Núñez (A favor). Una ausencia justificada del C. Regidor, Serafín González Juárez.

97.1347 SE APROBÓ POR VOTACIÓN NOMINAL Y UNÁNIME DE LOS MUNÍCIPES PRESENTES DEL XIX AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA, EL DICTAMEN NO. 099/2010, QUE PRESENTA LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL, RESPECTO A LA SOLICITUD A TRAVÉS DE LOS

REGIDORES CC. RICARDO MANCILLAS AMADOR, TERESA GONZÁLEZ BELTRÁN, SARA FLORES LARIOS, RELATIVO A LA SOLICITUD DEL C. ARQ. WENCESLAO MARTINEZ SANTOS, PARA QUE EL AYUNTAMIENTO RECIBA

EN DONACION LA CALLE DENOMINADA PRIVADA MANZANO NO. 4, LOCALIZADA EN LA MANZANA 36 DE LA COLONIA GRANJAS DEL GALLO DE ESTA CIUDAD, RESULTANTE DE LA RELOTIFICACIÓN CORRESPONDIENTE AL RESIDENCIAL “LOS ÁLAMOS”, MISMO QUE SE RESUELVE AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, CONSIDERANDOS

Y PUNTOS RESOLUTIVOS QUE A CONTINUACIÓN SE EXPONEN: ANTECEDENTES.-

(13)

Desarrollo Urbano y Ecología, con fecha 06 de Julio de 2004, misma que fue construida en 1200m2, con recursos propios y que a la fecha se encuentra en operación de uso público.

2.- Que mediante Punto de Acuerdo presentado por el C. LIC. PABLO ALEJO LOPEZ NUÑEZ, en su carácter de Presidente Municipal de Ensenada, Baja California; somete a consideración del H. Cabildo la solicitud del C. ARQ. WENCESLAO MARTINEZ SANTOS, para que el Ayuntamiento reciba en DONACION la Calle Denominada Privada Manzano No. 4, localizada en la Manzana 36 de la Colonia Granjas del Gallo de esta Ciudad, resultante de la relotificación correspondiente al residencial “Los Álamos”; lo que antecede, con la intención de turnar a la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, para su Estudio, Análisis y Dictamen correspondiente.

3.- Que mediante oficio número 002547 de fecha 25 de Noviembre del 2010, el C. LIC. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, en su carácter de Secretario General del XIX Ayuntamiento, turna al C. RICARDO MANCILLAS AMADOR, Regidor Coordinador de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, solicitud del ARQ. WENCESLAO MARTINEZ SANTOS, para que el Ayuntamiento reciba en DONACION la Calle denominada Privada Manzano No. 4, localizada en la Manzana 36 de la Colonia Granjas del Gallo de esta Ciudad, resultante de la relotificación correspondiente al residencial “Los Álamos” , para que se sirva emitir el Dictamen correspondiente.

4.- Que en fecha 25 de Noviembre de 2010, siendo las 13:00 horas del día, los suscritos Regidores ING. RICARDO MANCILLAS AMADOR, C.P. TERESA GONZALEZ BELTRAN y C. SARA FLORES LARIOS, integrantes de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, nos reunimos en la Sala de Juntas del Área de Regidores MARIA EMMER DE CARRILLO del Palacio Municipal, ubicado en carretera Transpeninsular Ensenada-La Paz número 6500-A Ex –Ejido Chapultepec de esta Ciudad, con el Objeto de estudiar, analizar, discutir y resolver el presente asunto, bajo los siguientes Considerandos y Puntos de Resolutivos que a continuación se exponen: CONSIDERANDOS.-

I.- Que esta Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal es competente para conocer y resolver sobre el presente Asunto, de conformidad con el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 76,77,79,81,82,83 y 85 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Baja California, artículo 1, 2, 3, 4, 5 fracción IV, 6, 9, de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California, artículo 1, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 72, 104, 105, 106, 107 fracc. I, 108, 110, 114 fracc. II, 116, 128, 129, 130, 131, 132, 133, del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, y demás artículos relativos al asunto que nos ocupa.

II.- Que obra oficio R/003/004, referente al expediente FG-036-001, signado por el C. ING. ROBERTO MAGAÑA GARCIA, Director de Desarrollo Urbano y Ecología, respecto de la aprobación de relotificación del Lote Único de la Manzana 36, del Fraccionamiento Granjas El Gallo identificados con Clave Catastral FG-036-001 con superficie en conjunto según registro de 10,000.00 m2, del Municipio de Ensenada, inscrito bajo la Partida Número 5124202 de sección Civil, del Registro Público de Propiedad y de Comercio, a nombre de MARTINEZ SANTOS WENCESLAO, lotes para uso habitacional unifamiliar.

(14)

IV.- Que obra en el expediente oficio emitido por el C. ROBERTO GUTIERREZ PEÑUELAS, Oficial Mayor del XIX Ayuntamiento, en el cual considera viable la recepción de donación de los bienes descritos en el antecedente primero del presente Dictamen, correspondiente a las vialidades a las cuales está obligado el desarrollador.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, ponemos a consideración de los presentes, los siguientes: PUNTOS RESOLUTIVOS.-

PRIMERO.- Que mediante el presente dictamen, se AUTORIZA la VALIDACION del CONTRATO de DONACION, al C. Presidente Municipal, Lic. Pablo Alejo López Núñez y al Secretario Fedatario, Lic. Mario Alberto García Salaiza del XIX Ayuntamiento y al C. ARQ. WENCESLAO MARTINEZ SANTOS, respecto de las vialidades que se mencionan en el antecedente primero del presente Dictamen.

SEGUNDO.- Que mediante el presente dictamen, se AUTORIZA LA ACEPTACION DE LA DONACION que se menciona en el antecedente primero a favor del Ayuntamiento de Ensenada al que está obligado el desarrollador, respecto a vialidades, resultante de la relotificación correspondiente al residencial “Los Álamos”.

TERCERO.- Notifíquese al Oficial Mayor para que, una vez aceptada la donación proceda a incorporar al Patrimonio Municipal los predios de referencia.

CUARTO.- Notifíquese a los C.C. PRESIDENTE MUNICIPAL, PABLO ALEJO LOPEZ NUÑEZ, al SECRETARIO GENERAL, LIC. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, al OFICIAL MAYOR, ROBERTO GUTIERREZ PEÑUELAS, al DIRECTOR DE BIENES PATRIMONIALES, LIC. MEDARDO ADRIAN BARREDA BORQUEZ y al C. ARQ. WENCESLAO MARTINEZ SANTOS, para los efectos que haya lugar.

QUINTO.- CÚMPLASE.

Dado en la sala del Ayuntamiento de la Casa Municipal a los 30días del mes de Noviembre de 2010.

LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL

ING. RICARDO MANCILLAS AMADOR, COORDINADOR DE LA COMISIÓN.- C.P. TERESA GONZÁLEZ BELTRÁN, SECRETARIA DE LA COMISION.- C. SARA FLORES LARIOS, VOCAL DE LA COMISION. --La votación fue la siguiente: Síndico Procurador, Jorge Camargo Villa(A favor), y a los Regidores, María Catalina Talavera Nava (A favor), Ricardo Mancillas Amador (A favor), Rolando Villarino Galván (A favor), Sara Flores Larios (A favor), Miriam Nailleli Méndez Carrillo (A favor), Heriberto Herrera Arroyo (A favor), Ricardo Fletes García (A favor), Juan Eugenio Carpio Ascencio (A favor), Teresa González Beltrán (A favor), Gil Espinoza Gámez (A favor), Enoé Morales Medina (A favor), Eduardo Cota Osuna (A favor) y al Presidente Municipal, Pablo Alejo López Núñez (A favor). Una ausencia justificada del C. Regidor, Serafín González Juárez

(15)

Municipio de Bienes Inmuebles provenientes de la DONACIÓN a que se encuentra obligada la Empresa, por el desarrollo del Fraccionamiento “DESARROLLO RUSTICO CAMPESTRE HACIENDA LAS MISIONES”, mismo que se resuelve al tenor de los antecedentes, considerandos y puntos resolutivos que a continuación se exponen: ANTECEDENTES.-

1.- Que mediante oficio CF/552/2010, el C. ROBERTO GUTIERREZ PEÑUELAS, Oficial Mayor del Ayuntamiento, recibe por parte del C. ARQ. GUSTAVO NUÑO VIZCARRA, Director de Control Urbano, solicitud para que turne al H. Cabildo, lo concerniente a las ÁREAS DE DONACIÓN a las cuales está obligada la empresa “EL SALTO Y ENCINO SOLO DE SANTA ROSA”, S.A. de C.V. respecto al proyecto de Fraccionamiento “DESARROLLO RUSTICO CAMPESTRE HACIENDA LAS MISIONES”.

2.- Que mediante oficio número 007553 de fecha 12 de Noviembre del 2010, el C. LIC. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, en su carácter de Secretario General del XIX Ayuntamiento, recibe por parte del C. ROBERTO GUTIERREZ PEÑUELAS, Oficial Mayor del Ayuntamiento, propuesta de DONACION que hace la empresa “EL SALTO Y ENCINO SOLO DE SANTA ROSA”, S.A. de C.V. para llevar a cabo el fraccionamiento denominado “DESARROLLO RUSTICO CAMPESTRE HACIENDA LAS MISIONES”, bienes a que se encuentra obligada la empresa antes mencionada, mismos que a continuación se describen:

a) Lote número 3 de la manzana 20, con una superficie de 50,260.216 m2, destinado para usos y destinos que determine el Ayuntamiento.

b) Lote número 21 de la manzana 14, con una superficie de 11,461.061 m2, destinado para usos y destinos que determine el Ayuntamiento.

c) Lote número 12 de la manzana 8, con una superficie de 27,530.368m2, destinado para usos y destinos que determine el Ayuntamiento.

d) Lote numero 1 de la manzana 21, con una superficie de 7,860.509 m2, destinado para áreas verdes.

e) Lote numero 23 de la manzana 14, con una superficie de 27,632.463 m2, destinado para áreas verdes.

Lo anterior con la intención se sirva turnar a las Comisiones de Cabildo para su análisis, estudio y Dictaminen correspondiente.

3.- Que mediante oficio PM/11.467/10, el C. LIC. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, en su carácter de Secretario General del XIX Ayuntamiento, recibe por parte de la C. PROFRA. MONICA IBARRA BORBOA, Jefa de la Oficina de Presidencia, escrito del Oficial Mayor enviado al C. LIC. PABLO ALEJO LOPEZ NUÑEZ, Presidente Municipal, donde manifiesta la viabilidad de recepción de las áreas a donar por la empresa antes mencionada.

(16)

FLORES LARIOS, integrantes de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal nos reunimos en la Sala de Juntas del Área de Regidores MARIA EMMER DE CARRILLO del Palacio Municipal ubicado en carretera Transpeninsular Ensenada-La Paz número 6500-A Ex –Ejido Chapultepec de esta Ciudad, con el Objeto de estudiar, analizar, discutir y resolver el presente asunto, bajo los siguientes Considerandos y Puntos de Resolutivos que a continuación se exponen: CONSIDERANDOS.-

I.- Que esta Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal es competente para conocer y resolver sobre el presente Asunto, de conformidad con el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 76, 77, 79, 81, 82, 83 y 85 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Baja California, artículo 1, 2, 3, 4, 5 fracción IV, 6, 9, de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California, artículo 1, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 72, 104, 105, 106, 107 fracc. I, 108, 110, 114 fracc. II, 116, 119, 128, 129, 130, 131, 132, 133, del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, y demás artículos relativos al asunto que nos ocupa.

II.- Que obra en el expediente oficio CF/552/2010 de fecha 10 de Noviembre de 2010, signado por el C. ARQ. GUSTAVO A. NUÑO VIZCARRA, Director de Control Urbano, enviado al C. ROBERTO GUTIERREZ PEÑIELAS, Oficial Mayor del Ayuntamiento, mencionando que en seguimiento al proyecto “DESARROLLO RUSTICO CAMPESTRE HACIENDA LAS MISIONES”, promovido por la Empresa “EL SALTO Y ENCINO SOLO DE SANTA ROSA”, S.A. de C.V., presentado ante esta Secretaria, una vez cumplido con el Reglamento de Fraccionamientos, solicito a Usted turne al H. Cabildo para conocimiento y análisis de las áreas de donación que establece el Reglamento de Fraccionamientos del Estado de Baja California. El área verde propuesta se identifica como lote 1 manzana 21 y lote 23 de la manzana 14 con superficie de 7,864.509m2 y 27,632.463m2 respectivamente, el de área para usos y destinos que determine el Ayuntamiento se identifica como lote 3 de la manzana 20, lote 21 de la manzana 14 y lote 12 de la manzana 8 con superficie de 50,260.216m2, 11,451.061 m2 y 27,530.368m2 respectivamente.

III.- Que obra en el expediente copia simple de documento emitido por el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Ensenada, correspondiente a Certificado de Inscripción a nombre de “EL SALTO Y ENCINO SOLO DE SANTA ROSA”, S.A. de C.V., el inmueble identificado como Predio Agrícola Ganadero el Salto Ubicado en Santa Rosa Fracc. D Manzana S/M Colonia Guadalupe de esta Ciudad con superficie de 1’063,818.952m2, bajo partida 5071082, sección Civil de fecha 24 de Febrero de 2000, Contrato de Compra-Venta partida 58569 tomo 395 sección Civil de fecha 4 de Marzo de 1993, el cual no reporta gravámenes.

IV.- Que obra en el expediente certificado de existencia y libertad de gravámenes fiscales de inmuebles rústicos, a nombre de “EL SALTO Y ENCINO SOLO DE SANTA ROSA”, S.A. de C.V. V.- Que obra en el expediente, oficio emitido por el C. ROBERTO GUTIERREZ PEÑUELAS, Oficial Mayor del Ayuntamiento, referente a la DONACION de los bienes antes referidos en el cuerpo del presente Dictamen propiedad de la Empresa “EL SALTO Y ENCINO SOLO DE SANTA ROSA”, S.A. de C.V., a lo cual considera VIABLE LA RECEPCION DE DONACION, por parte del H. AYUNTAMIENTO DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA, mismos que a continuación se describen: a) Lote número 3 de la manzana 20, con una superficie de 50,260.216 m2, destinado para usos y destinos que determine el Ayuntamiento.

(17)

c) Lote número 12 de la manzana 8, con una superficie de 27,530.368m2, destinado para usos y destinos que determine el Ayuntamiento.

d) Lote numero 1 de la manzana 21, con una superficie de 7,860.509 m2, destinado para áreas verdes.

e) Lote numero 23 de la manzana 14, con una superficie de 27,632.463 m2, destinado para áreas verdes.

Por lo anteriormente expuesto y fundado, ponemos a consideración de los presentes, los siguientes: PUNTOS RESOLUTIVOS.-

PRIMERO.- Que mediante el presente dictamen, se AUTORIZA al C. Presidente Municipal, Lic. Pablo Alejo López Núñez y al Secretario Fedatario, Lic. Mario Alberto García Salaiza, la ACEPTACIÓN de la DONACION que se hace al XIX Ayuntamiento, de los predios correspondientes a los de Usos y Destinos y Áreas Verdes, que se mencionan en el Considerando QUINTO del presente Dictamen a que está obligada la Empresa “EL SALTO Y ENCINO SOLO DE SANTA ROSA”, S.A. de C.V., con relación al “DESARROLLO RUSTICO CAMPESTRE HACIENDA LAS MISIONES”.

SEGUNDO.- Que mediante el presente dictamen, se AUTORIZA al C. Presidente Municipal Lic. Pablo Alejo López Núñez y al Secretario Fedatario, Lic. Mario Alberto García Salaiza, a la firma del CONTRATO de ACEPTACIÓN de la DONACION que se hace al XIX Ayuntamiento, de los predios correspondientes a los de Usos y Destinos y Áreas Verdes que se mencionan en el Considerando QUINTO del presente Dictamen a que está obligada la Empresa “EL SALTO Y ENCINO SOLO DE SANTA ROSA”, S.A. de C.V., con relación al “DESARROLLO RUSTICO CAMPESTRE HACIENDA LAS MISIONES”.

TERCERO.- Notifíquese al Oficial Mayor para que, una vez aceptada la donación proceda a incorporar al Patrimonio Municipal, los predios de referencia.

CUARTO.- Notifíquese a los C.C. PRESIDENTE MUNICIPAL, PABLO ALEJO LOPEZ NUÑEZ, al SECRETARIO GENERAL, LIC. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, al OFICIAL MAYOR, ROBERTO GUTIERREZ PEÑUELAS, DIRECTOR DE BIENES PATRIMONIALES, LIC. MEDARDO ADRIAN BARREDA BORQUEZ y a la Empresa “EL SALTO Y ENCINO SOLO DE SANTA ROSA”, S.A. de C.V., para los efectos que haya lugar.

QUINTO.- CÚMPLASE.

Dado en la sala del Ayuntamiento de la Casa Municipal a los 30días del mes de Noviembre del 2010.

LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL.

(18)

Morales Medina (A favor), Eduardo Cota Osuna (A favor) y al Presidente Municipal, Pablo Alejo López Núñez (A favor). Una ausencia justificada del C. Regidor, Serafín González Juárez.

97.1349 SE APROBÓ POR VOTACIÓN NOMINAL Y UNÁNIME DE LOS MUNÍCIPES PRESENTES DEL XIX AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA, EL DICTAMEN NO. 101/2010, QUE PRESENTA LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL, RESPECTO A LA SOLICITUD DEL OFICIAL MAYOR DEL AYUNTAMIENTO, REFERENTE A LA RATIFICACIÓN DE CONTRATO DE DONACION DE TERRENOS A FAVOR DEL AYUNTAMIENTO A LA QUE SE ENCUENTRA OBLIGADA LA EMPRESA “C Y D DESARROLLOS URBANOS”, S.A. DE C.V. POR EL DESARROLLO DEL FRACCIONAMIENTO “VILLA DEL ROBLE”, MISMO QUE SE RESUELVE AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, CONSIDERANDOS Y PUNTOS RESOLUTIVOS QUE A CONTINUACIÓN SE EXPONEN: ANTECEDENTES.-

1.- Que mediante oficio número 005139 de fecha 30 de Marzo del 2010, el C. LIC. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, en su carácter de Secretario General del XIX Ayuntamiento, recibe por parte del C. ROBERTO GUTIERREZ PEÑUELAS, Oficial Mayor del Ayuntamiento, copia simple de acuerdo publicado en el Periódico Oficial de fecha 15 de Enero del 2010, mediante el cual autoriza al Urbanizador CYD Desarrollos Urbanos, S.A. de C.V., para llevar a cabo el Fraccionamiento Habitacional de tipo residencial, denominado “VILLA DEL ROBLE” solicitud para que se sirva a presentar proyecto de Acuerdo ante el H. Cabildo de este Municipio, para la aprobación de la adquisición del dominio por parte del Municipio de Ensenada, de bienes provenientes de la donación a que se encuentra obligada la empresa antes mencionada, mismos que a continuación se describen:

a) Lote número 2 de la manzana 11, con una superficie de 4,154.243 m2, destinado para área verde.

b) Lote número 1 de la manzana 32, con una superficie de 2,054.330 m2, destinado para área verde.

c) Lote número 5 de la manzana 14, con una superficie de 1,458.487 m2, destinado para usos y destinos que determine el Ayuntamiento.

d) Lote número 1 de la manzana 42, con una superficie de 9,177.907 m2, destinado para usos y destinos que determine el Ayuntamiento.

e) Lote número 9 de la manzana 43, con una superficie de 7,523.257 m2, destinado para usos y destinos que determine el Ayuntamiento.

f) Lote número 5 de la manzana 49, con una superficie de 2,541.227 m2, destinado para usos y destinos que determine el Ayuntamiento.

Lo anterior con la finalidad de que se proceda a emitir el Dictaminen correspondiente.

2.- Que mediante oficio número 000913 de fecha 21 de Abril del 2010, el C. LIC. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, en su carácter de Secretario General del XIX Ayuntamiento, turna al C. RICARDO MANCILLAS AMADOR, Regidor Coordinador de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, solicitud del Oficial Mayor del Ayuntamiento, referente a la ratificación de contrato de DONACION de terrenos a favor del Ayuntamiento a la que se encuentra obligada la Empresa “C y D DESARROLLOS URBANOS”, S.A. de C.V. por el desarrollo del Fraccionamiento “VILLA DEL ROBLE”, para que se sirva emitir el Dictamen correspondiente.

(19)

ubicado en carretera Transpeninsular Ensenada-La Paz número 6500-A Ex –Ejido Chapultepec de esta Ciudad, con el Objeto de estudiar, analizar, discutir y resolver el presente asunto, bajo los siguientes Considerandos y Puntos de Resolutivos que a continuación se exponen: CONSIDERANDOS.-

I.- Que esta Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal es competente para conocer y resolver sobre el presente Asunto, de conformidad con el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 76,77,79,81,82,83 y 85 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Baja California, artículo 1, 2, 3, 4, 5 fracción IV, 6, 9, de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California, artículo 1, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 72, 104, 105, 106, 107 fracc. I, 108, 110, 114 fracc. II, 116, 119, 128, 129, 130, 131, 132, 133, del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, y demás artículos relativos al asunto que nos ocupa.

II.- Que obra en el expediente oficio CF/339/2010, de fecha 22 de Junio de 2010, signado por el C. ARQ. GUSTAVO A. NUÑO VIZCARRA, Director de Control Urbano, enviado al C. ING. RICARDO MANCILLAS AMADOR, Coordinador de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal, en el cual emite opinión técnica relativa a la aceptación de DONACION de terrenos a favor del XIX Ayuntamiento que se encuentra obligado a realizar conforme al Reglamento de Fraccionamientos, la Empresa denominada “C Y D DESARROLLOS URBANOS”, S.A. de C.V. para que se lleve a cabo la construcción del Fraccionamiento “VILLA DEL ROBLE”, al respecto esta Dirección CONSIDERA VIABLE la propuesta de DONACION de los inmuebles antes mencionados.

III.- Que obra en el expediente copia simple del Periódico Oficial del Estado de Baja California de fecha 15 de Enero del 2010, el cual consta del Acuerdo presentado en el XIX Ayuntamiento de Ensenada, Baja California; por medio de la Secretaria de la Administración Urbana, en el cual se Acuerda autorizar al Urbanizador para llevar a cabo el Fraccionamiento Habitacional de tipo Residencial para la promoción de construcción de viviendas de interés social del Lote 3 fracc. C1B Fracc. de la Manzana S/M de la Colonia Aguajito con superficie de 431,266.701m2, al que se denominara Fraccionamiento “VILLA DEL ROBLE”.

IV.- Que obra en el expediente, oficio emitido por el C. ROBERTO GUTIERREZ PEÑUELAS, Oficial Mayor del Ayuntamiento, referente a la DONACION, de los bienes antes referidos en el cuerpo del presente Dictamen propiedad de la Empresa “C Y D DESARROLLOS URBANOS”, S.A. de C.V. a lo cual considera VIABLE LA RECEPCION DE DONACION, por parte del H. AYUNTAMIENTO DE ENSENADA, BAJA CALIFORNIA, mismos que a continuación se describen:

a) Lote número 2 de la manzana 11, con una superficie de 4,154.243 m2, destinado para área verde.

b) Lote número 1 de la manzana 32, con una superficie de 2,054.330 m2, destinado para área verde.

c) Lote número 5 de la manzana 14, con una superficie de 1,458.487 m2, destinado para usos y destinos que determine el Ayuntamiento.

d) Lote número 1 de la manzana 42, con una superficie de 9,177.907 m2, destinado para usos y destinos que determine el Ayuntamiento.

e) Lote número 9 de la manzana 43, con una superficie de 7,523.257 m2, destinado para usos y destinos que determine el Ayuntamiento.

(20)

Por lo anteriormente expuesto y fundado, ponemos a consideración de los presentes, los siguientes: PUNTOS RESOLUTIVOS.-

PRIMERO.- Que mediante el presente dictamen, se AUTORIZA al C. Presidente Municipal, Lic. Pablo Alejo López Núñez y al Secretario Fedatario, Lic. Mario Alberto García Salaiza, la ACEPTACIÓN de la DONACION que se hace al XIX Ayuntamiento, de los predios correspondientes a los de Usos y Destinos y Áreas Verdes, que se mencionan en el Considerando CUARTO del presente Dictamen a que está obligada la Empresa “C Y D DESARROLLOS URBANOS”, S.A. de C.V. con relación al “DESARROLLO RUSTICO CAMPESTRE HACIENDA LAS MISIONES” en relación al Fraccionamiento “VILLA DEL ROBLE”.

SEGUNDO.- Que mediante el presente dictamen, se AUTORIZA al C. Presidente Municipal, Lic. Pablo Alejo López Núñez y al Secretario Fedatario, Lic. Mario Alberto García Salaiza, a la firma del CONTRATO de ACEPTACIÓN de la DONACION que se hace al XIX Ayuntamiento, de los predios correspondientes a los de Usos y Destinos y Áreas Verdes que se mencionan en el Considerando cuarto del presente Dictamen a que está obligada la Empresa “C Y D DESARROLLOS URBANOS”, S.A. de C.V. con relación al “DESARROLLO RUSTICO CAMPESTRE HACIENDA LAS MISIONES” en relación al Fraccionamiento “VILLA DEL ROBLE”.

TERCERO.- Notifíquese al Oficial Mayor para que, una vez aceptada la donación proceda a incorporar al Patrimonio Municipal los predios de referencia.

CUARTO.- Notifíquese a los C.C. PRESIDENTE MUNICIPAL, PABLO ALEJO LOPEZ NUÑEZ, al SECRETARIO GENERAL, LIC. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, al OFICIAL MAYOR, ROBERTO GUTIERREZ PEÑUELAS, al DIRECTOR DE BIENES PATRIMONIALES, LIC. MEDARDO ADRIAN BARREDA BORQUEZ y a la Empresa “C Y D DESARROLLOS URBANOS”, S.A. de C.V. para los efectos que haya lugar.

QUINTO.- CÚMPLASE.

Dado en la sala del Ayuntamiento de la Casa Municipal a los 30días del mes de Noviembre del 2010.

LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE HACIENDA Y PATRIMONIO MUNICIPAL

ING. RICARDO MANCILLAS AMADOR, COORDINADOR DE LA COMISIÓN.-C.P. TERESA GONZÁLEZ BELTRÁN, SECRETARIA DE LA COMISION.-C. SARA FLORES LARIOS, VOCAL DE LA COMISION. La votación fue la siguiente: Síndico Procurador, Jorge Camargo Villa(A favor), y a los Regidores, María Catalina Talavera Nava (A favor), Ricardo Mancillas Amador (A favor), Rolando Villarino Galván (A favor), Sara Flores Larios (A favor), Miriam Nailleli Méndez Carrillo (A favor), Heriberto Herrera Arroyo (A favor), Ricardo Fletes García (A favor), Juan Eugenio Carpio Ascencio (A favor), Teresa González Beltrán (A favor), Gil Espinoza Gámez (A favor), Enoé Morales Medina (A favor), Eduardo Cota Osuna (A favor) y al Presidente Municipal, Pablo Alejo López Núñez (A favor). Una ausencia justificada del C. Regidor, Serafín González Juárez.

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C.P. TERESA GONZÁLEZ BELTRÁN, SARA FLORES LARIOS, relativo a la solicitud del Oficial Mayor del Ayuntamiento, referente a la desincorporación del régimen del dominio público y transferir al dominio privado, una fracción de terreno propiedad del Ayuntamiento identificada como Fracción de la manzana 38 fracción E-3, con superficie de 256.869m2 de la Colonia Carlos Pacheco, lo anterior, con la finalidad de restituir lo que por derecho le corresponde al C. HECTOR VILLALOBOS DOMINGUEZ, Representante de la Constructora y Arrendadora Villalobos, S.A. de C.V., propietaria del predio colindante, mismo que fue adquirido en subasta pública de fecha 12 de Junio del 2007 identificado con clave catastral BE-A38-047 y el cual se encuentra afectado con una superficie por el polígono identificado como FRACCION DE LA MANZANA 38 CLAVE CATASTRAL BE-A38-046, mismo que se resuelve al tenor de los antecedentes, considerandos y puntos resolutivos que a continuación se exponen: ANTECEDENTES.-

1.- Que mediante escrito el C. ING. HECTOR VILLALOBOS, solicita al C. ROBERTO GUTIERREZ PEÑUELAS, Oficial Mayor del Ayuntamiento, la adquisición de un terreno colindante con clave catastral BE-A38-046, ubicado en Blvd. Estancia S/N por ser colindante a un predio de su propiedad.

2.- Que mediante oficio número 007622 de fecha 23 de Noviembre del 2010, el C. ROBERTO GUTIERREZ PEÑUELAS, Oficial Mayor del Ayuntamiento, remite al C. LIC. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, Secretario General del Ayuntamiento, documentación referente a la solicitud de desincorporación del Régimen Municipal del predio identificado como fracción de la manzana 38 fracc. E-3 con superficie de 256.869m2, clave catastral BE-A38-059, de la Colonia Carlos Pacheco, así restituir lo que por derecho corresponde al C. HECTOR VILLALOBOS DOMINGUEZ, en representación de Constructora y Arrendadora Villalobos, S.A. de C.V., propietaria del predio colindante, mismo que fue adquirido en subasta pública de fecha 12 de Junio del 2007 identificado con clave catastral BE-A38-047 y el cual se encuentra afectado con una superficie por el polígono identificado como FRACCION DE LA MANZANA 38 CLAVE CATASTRAL BE-A38-046.

Una vez llevado a cabo la subdivisión se le venda la superficie de terreno identificada como una FRACCION DE LA MANZANA 38 FRACCION E-2 CLAVE CATASTRAL BE-A38-058 CON SUPERFICIE DE 663.440M2.

3.- Que mediante PUNTO DE ACUERDO presentado en Sesión de Cabildo de fecha 23 de Noviembre del 2010, el C. LIC. PABLO ALEJO LOPEZ NUÑEZ, Presidente Municipal, pide se turne a la Comision de Hacienda y Patrimonio Municipal para su Dictamen correspondiente.

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5.- Que en fecha 25 de Noviembre de 2010, siendo las 13:00 horas del día, los suscritos Regidores ING. RICARDO MANCILLAS AMADOR, C.P. TERESA GONZALEZ BELTRAN, C. SARA FLORES LARIOS, integrantes de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal nos reunimos en la Sala de Juntas del Área de Regidores MARIA EMMER DE CARRILLO, del Palacio Municipal, ubicado en carretera Transpeninsular Ensenada-La Paz numero 6500-A Ex –Ejido Chapultepec de esta Ciudad, con el Objeto de estudiar, analizar, discutir y resolver el presente asunto, bajo los siguientes Considerandos y Puntos de Resolutivos que a continuación se exponen: CONSIDERANDOS.-

I.- Que esta Comision de Hacienda y Patrimonio Municipal es competente para conocer y resolver sobre el presente Asunto, de conformidad con el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 76,77,79,81,82,83 y 85 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Baja California, artículo 1, 2, 3, 4, 5 fracción IV, 6, 9, de la Ley del Régimen Municipal para el Estado de Baja California, artículo 1, 4, 5, 6, 8, 9, 10, 72, 104, 105, 106, 107 fracc I, 108,109, 110, 111, 113, 114 fracc. II, 116, 128, 129, 130, 131, 132, 133, del Reglamento Interior para el Ayuntamiento de Ensenada, Baja California, y demás artículos relativos al asunto que nos ocupa.

II.- Que obra en el expediente oficio número S/203/2010, emitido por el C. Arq. Gustavo A. Nuño Vizcarra, en su carácter de Director de Control Urbano, en el cual tiene bien aprobar la subdivisión de una fraccion de la manzana 38 de la colonia Carlos Pacheco de este Municipio, identificado con clave Catastral BE-A38-046, a nombre del H. Ayuntamiento, con superficie de 2,450.701m2 con la finalidad de obtener tres fracciones las cuales tendrán las siguiente características generales:

FRACCION CLAVE CATASTRAL SUPERFICIE (M2)

UNA FRACCION DE LA MANZANA 38 FRACC. E-1 BE-A38-046 1,530.391 UNA FRACCION DE LA MANZANA 38 FRACC. E-2 BE-A38-058 663.440 UNA FRACCION DE LA MANZANA 38 FRACC. E-3 BE-A38-059 256.869

III.- Que obra en el expediente deslinde, reporte de inspección, respecto de la subdivisión mencionada en el considerando que antecede.

IV.- Que obra en el expediente inscripción ante el Registrador Público de la Propiedad y del Comercio, bajo partida 5223065, de fecha 22 de Octubre de 2010, sección Civil, acto en el cual quedo debidamente inscrita la Subdivisión de la Propiedad a favor del Municipio de los predios materia del presente dictamen, con la intensión de dar cabal cumplimiento y así restituir al solicitante de la fraccion de terreno de la cual sufrió una afectación.

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Por lo que una vez obtenida la aprobación de desincorporación se procederá a la restitución respectiva y de autorizarlo la enajenación pretendida de la fraccion antes mencionada, destinando el producto a FORTALECIMIENTO HACENDARIO MUNICIPAL.

Por lo anterior expuesto y fundado, esta Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipal tiene a bien someter a consideración de este H. Ayuntamiento los siguientes: PUNTOS RESOLUTIVOS.- PRIMERO.- Se considera viable Dictaminar en sentido POSITIVO la petición hecha por el C. ROBERTO GUTIERREZ PEÑUELAS respecto de la desincorporación y subdivisión de la fraccion de la manzana 38 de la colonia Carlos Pacheco de este Municipio, identificado con clave Catastral BE-A38-046, a nombre del H. Ayuntamiento, con superficie de 2,450.701m2 Propiedad del Gobierno Municipal para quedar de la siguiente forma:

FRACCION CLAVE CATASTRAL SUPERFICIE (M2)

UNA FRACCION DE LA MANZANA 38 FRACC. E-1 BE-A38-046 1,530.391 UNA FRACCION DE LA MANZANA 38 FRACC. E-2 BE-A38-058 663.440 UNA FRACCION DE LA MANZANA 38 FRACC. E-3 BE-A38-059 256.869

SEGUNDO.- Se autoriza la desincorporación del Régimen de Dominio Público Municipal respecto del bien inmueble identificado como fraccion de terreno de la manzana 38 fracc. E-3 con superficie de 256.869m2, clave catastral BE-A38-059, de la Colonia Carlos Pacheco, así restituir lo que por derecho corresponde al C. HECTOR VILLALOBOS DOMINGUEZ, en representación de Constructora y Arrendadora Villalobos, S.A. de C.V.

TERCERO.- Se autoriza la desincorporación del Régimen de Dominio Público Municipal respecto del bien inmueble identificado como fraccion de terreno de la manzana 38 fracc. E-2 con superficie de 663.440m2, clave catastral BE-A38-058, de la Colonia Carlos Pacheco, para su enajenación al C. HECTOR VILLALOBOS DOMINGUEZ, en representación de Constructora y Arrendadora Villalobos, S.A. de C.V.

CUARTO.- Se CONDICIONA el presente dictamen a la elaboración y en su caso firma del contrato correspondiente a la RESTITUCION DE LA AFECTACION, que sufrió por parte del MUNICIPIO el C. HECTOR VILLALOBOS DOMINGUEZ, en representación de Constructora y Arrendadora Villalobos, S.A. de C.V.

QUINTO.- Se autoriza al C. LIC. PABLO ALEJO LOPEZ NUÑEZ, en su carácter de Presidente Municipal y al C. LIC. MARIO ALBERTO GARCIA SALAIZA, en su carácter de Secretario General, representantes legales del XIX AYUNTAMIENTO DE ENSENADA, para la celebración del contrato correspondiente a la RESTITUCION DE LA AFECTACION, que sufrió por parte del MUNICIPIO el C. HECTOR VILLALOBOS DOMINGUEZ, en representación de Constructora y Arrendadora Villalobos, S.A. de C.V., del predio antes mencionado.

SEXTO.- Se CONDICIONA el presente dictamen a la elaboración y en su caso firma del contrato correspondiente a la COMPRA-VENTA, por parte del MUNICIPIO y el C. HECTOR VILLALOBOS DOMINGUEZ, en representación de Constructora y Arrendadora Villalobos, S.A. de C.V. del predio identificado como fraccion de terreno de la manzana 38 fracc. E-2 con superficie de 663.440m2, clave catastral BE-A38-058, de la Colonia Carlos Pacheco.

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