La ocurrencia de un desplazamiento en las fuentes tradicionales de conflictos hacia fuentes nuevas, potencialmente tanto o más inestables que las anteriores, ha sido propuesta y estudiada por Philippe Delmas, quien al respecto supone la existencia de dos lógicas posibles para explicar las guerras: las “lógicas de poder”, bajo las cuales se desarrollan los conflictos de soberanía, y las “lógicas de sentido”, que engendran y rigen los conflictos por legitimidad
1. Según el matemático y economista francés, las primeras engendran guerras de
“ambición y conquista”, que reflejan la voluntad de un estado para imponer su poderío frente a otro; estas guerras constituirían la máxima expresión de la fortaleza de un estado. Mientras, las segundas reflejan las dificultades que enfrentan determinadas poblaciones para convivir bajo reglas comunes; en estos casos, en los que el Estado ha dejado de representar a algunos sectores de su ciudadanía, o en los que ya no encarna los sentimientos comunes que le dieron origen, se generan conflictos por legitimidad que análogamente dan lugar a las
“guerras por legitimidad”. Y estas guerras surgirán preferentemente en el seno de aquellos estados cuya debilidad –política o material- les impida brindar contención a sus conflictos internos latentes. Delmas
1DELMAS, PHILIPPE, “El Brillante Porvenir de la Guerra”, Andrés Bello, Santiago de Chile, 1996, p. 21. Estas lógicas habrían terminado por imponerse sobre la insensata lógica de la “muerte asegurada”, que dominó los años de la Guerra Fría.
afirma que este tipo de guerras serán la especie dominante durante los años venideros:
“(...) El sistema jurídico se funda en los Estados soberanos, que acuerdan remitirse a normas que definen conjuntamente. Su objetivo es resolver los conflictos entre dichas soberanías. Meta curiosa, ya que estos conflictos, desde hace siglos, son los causantes de las guerras. Pero la historia se ha bifurcado. De ahora en adelante, se van a desarrollar conflictos de legitimidad. En un número creciente de países, el Estado ya no encarna el sentimiento común de los ciudadanos. La evidencia de estar juntos se ha perdido.
“La guerra ya no nace de la potencia de los Estados, sino de su fragilidad. La primera cuestión de seguridad hoy en día no son las ambiciones de poder; es la avería de los Estados.
“(...) [La guerra] Es la expresión final de la imposibilidad de estar juntos y las guerras de legitimidad constituyen su manifestación más aguda pues oponen a quienes antes convivían: las minorías a las mayorías, los autóctonos a los inmigrantes, las naciones a los Estados...”
2Teniendo en cuenta estas consideraciones, una simple introspección nos permitirá inducir, en primera instancia, cuáles son los elementos característicos de la Guerra de la Cuarta Generación que estarán presentes en este tipo de guerras: actores de entidad no estatal; asimetría técnica y estratégica; ausencia de distinción entre combatientes y no combatientes. Los primeros actores de entidad no estatal serán, obviamente, los grupos, sectores u organizaciones que, habida cuenta la exigua capacidad del Estado para contener o dar respuesta a sus aspiraciones, buscarán por sus propios medios el logro de sus objetivos considerados “vitales”; medios que incluyen el empleo de la violencia armada, primero para resistir, luego para imponer su voluntad. Junto a estos grupos sub-nacionales, aparecerán organizaciones internacionales o transnacionales que se arrogarán el derecho de intervenir en el conflicto, ya sea a favor de una de las partes, o bien bajo la premisa de restaurar el orden, situación que también involucrará a los Estados más directamente afectados por la proximidad, intensidad o naturaleza del conflicto. Asimismo, ésto ubica en directa relación de asimetría estratégica a los actores no estatales con los estatales, asimetría que, de no ser por la
“inyección” permanente de asistencia material por parte de alguna
2DELMAS, op. cit., pp. 21-2.
potencia extranjera, se reflejará inmediatamente en el campo táctico y técnico, y que determinará en muchos casos cuáles son los medios y métodos juzgados como adecuados para hacer la guerra. En este orden, es fácilmente comprobable que los beligerantes sub-estatales suelen asumir, a la hora de lanzar sus operaciones militares, una conducta que usualmente no se ajusta a lo jurídicamente normado en las convenciones internacionales sobre guerra.
En tanto, la presencia de otros elementos típicos de la Guerra de la Cuarta Generación dependerá en gran medida de condicionantes relacionados con la intensidad del conflicto subyacente –odios y deseos de venganza contenidos que servirían para explicar las prácticas más aberrantes-, con el desarrollo mismo de las hostilidades y los actores posteriormente involucrados –ausencia de batallas abiertas e implementación de recursos tecnológicos sofisticados- y con el grado de importancia que se le confiera al mismo en las mesas de redacción de los medios masivos de comunicación –en relación directa con el nivel de sensibilidad del público consumidor ante este tipo de eventos, según se le perciba con mayor o menor afinidad.
La vulneración del Derecho Internacional de los Conflictos Armados es precisamente uno de los aspectos implícitos en el desarrollo de una típica guerra de la Cuarta Generación. Es que el Ius Bellum, codificado principalmente en las Convenciones de La Haya y de Ginebra, tiene como objeto sujetar el empleo de la violencia armada a dos principios humanitarios esenciales: limitación de medios y métodos para hacer la guerra, y distinción entre combatientes y no combatientes; principios a los que los Convenios de Ginebra adicionan, como novedoso corolario, la obligación de las partes en conflicto de brindar protección y asistencia a las víctimas de la guerra (civiles, heridos, enfermos, náufragos), sin importar su nacionalidad o otra filiación.
Es casi innecesario aclarar que estos principios tienen aplicación escasa o nula en un escenario donde la asimetría estratégica hace a la esencia del conflicto. Primeramente, porque estas convenciones obligan, al menos en teoría, solamente a las partes signatarias; en lo concreto, exclusivamente Estados legalmente constituidos
3. En segundo lugar, porque la situación de asimetría implica que los medios llamados “convencionales” para hacer la guerra, es decir, la maquinaria militar concebida bajo el imperium del Estado,
3Esto es así, muy a pesar de que los Convenios de Ginebra se esfuercen por definir a sus signatarios como “Altas Partes”, evitando hacer uso del presuntamente discriminatorio término “Estados”, y a pesar también de las extensiones formuladas en los Protocolos Adicionales de 1977, en los cuales se incluyen los “pueblos que luchan contra la dominación colonial y la ocupación extranjera y contra los regímenes racistas” (Tít. I, Art. 1, Protocolo Adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 Número I, Ginebra, 1977).