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En defensa del público

Algunas barreras testimoniales han persistido en mundo desarro- llado, como señal de que el Estado también debe aquí jugar algún pa- pel, al menos en un escenario de equilibrio de poderes del sistema democrático. Se trata de las regulaciones en cuanto a la propiedad de medios, en materia de responsabilidad social y de protección de los espacios audiovisuales propios o sectoriales.

La certeza de que un marco apropiado es necesario para evitar abusos lo suministran algunos ejemplos de los Estados Unidos o Gran Bretaña. Las normas de “El Público y los Radiodifusores” supervisado por el Mass Media Bureau de la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC) de los Estados Unidos156, o el Code of Contents correspondiente

a la Televisión Independiente (ITC) –privada– de Gran Bretaña157 apun-

tan a encontrar un punto intermedio entre la libertad de expresión, la protección de los usuarios y consumidores y el derecho a la informa- ción de los ciudadanos. Y se refieren expresamente a los contenidos y su tratamiento en los medios. El punto es parte de otro debate que

156 Regulaciones vigentes en los EE.UU.: THE PUBLIC AND BROADCASTING,

June 1999, Mass Media Bureau, Federal Communications Commission (FCC). TABLE OF CONTENTS, Capítulos: BROADCAST PROGRAMMING: BASIC LAW AND POLICY (The FCC and Freedom of Speech · Access to Station Fa- cilities · Retention of Material Broadcast · Personal Attacks · Political Editorials · Station Identification · BROADCAST PROGRAMMING: LAW AND POLICY ON SPECIFIC KINDS OF PROGRAMMING · Broadcast Journalism · Political Broadcasting · Broadcasts by Candidates for Public Office · Political Editorials · Children's Television Programming · Criticism, Ridicule, and Humor Concerning Individuals, Groups, and Institutions· “Clear and Present Danger” · Obscenity and Indecency · Violent Programming · The V-Chip and TV Program Ratings · Station- Conducted Contests · Broadcast Hoaxes · Lotteries · Soliciting Funds · Broadcasting Telephone Conversations.

157 Regulaciones vigentes en Gran Bretaña. Broadcasting Standards Regulation,

Edited by Andrea Millwood Hargrave, Director of the Joint Research Programme Broadcasting Standards Commission and Independent Television Commission, November 2003. Capítulo: EDITORIAL INTEGRITY, FAIRNESS, IMPARTIALITY AND ACCURACY: Opinions of the News, How trustworthy is the News?, What do “impartial”, “fair” and “accurate” mean in relation to news coverage?, Bias, partial News and the “British” perspective, Should we have access to opinionated News?, Access to foreign television news channels, Issues of editorial integrity and sponsorship.

inauguró la puesta en agenda de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en la Argentina: el de la política pública en la comunica- ción y los niveles tolerables de concentración mediática para la salud de la democracia.

La posibilidad de manipulación de la audiencia merced a la potencia simbólica del discurso audiovisual es por lo tanto un aspecto explícito de las regulaciones habituales de los países con mayor desarrollo en la materia. La imposición de pautas éticas (determinación explícita de los puntos de vista, uso de los tiempos y de la argumentación, diferencias entre información y opinión) y técnicas (referencias visuales identifica- torias de los sujetos discursivos, de la temporalidad y de los recursos de edición, etc.) permiten el establecimiento de reglas de juego destinadas a proteger los derechos del receptor.

Sistemáticamente, las corporaciones locales se han negado a acep- tar tales pautas, adhiriendo a una teoría de la autorregulación que no existe en el mundo desarrollado.

La exposición al discurso de no-ficción por parte de los espectado- res ha merecido diversas prevenciones por parte de los organismos regulatorios de todo el mundo, a sabiendas de la desigualdad de fuer- zas entre el individuo receptor y el dispositivo productor. “El poder de captura de los (discursos) no-ficcionales es quizás mayor (que el de los ficcionales); tal vez no haya momento en el que olvidemos que lo que estamos viendo es también una construcción como en el caso de los textos no-ficcionales, y la razón es evidente: lo que se ve no es imagi- nario sino real”158.

Diferentes países, como Gran Bretaña, establecieron en su Código de Contenidos algunas reglas que restringen la posibilidad de manipu- lación de la audiencia mediante el uso de diferentes géneros y recursos técnicos en la programación noticiosa.

La Sección Segunda del Código de la Televisión Independiente de Gran Bretaña (ITC Programme Code), dedicada a la privacidad y a las reglas de obtener y suministrar información establece severas exigen- cias en el tratamiento de los asuntos actuales de controversia política o industrial o del orden público.

El punto 2.5 (Edición de entrevistas) advierte que la manipulación técnica de los reportajes no debe alterar la sustancia ni modificar las opi- niones originales del entrevistado y sugiere la inserción de subtítulos acla- ratorios de lugares y fechas para facilitar la comprensión del espectador. El uso de las reconstrucciones dramatizadas en programas de ac- tualidad constituye “medios legítimos de obtener la mayor autenticidad, siempre y cuando no tuerzan la realidad”, advierte el punto 2.12 (Uso de reconstrucciones dramatizadas en programas de actualidad). “Siem- pre que una reconstrucción se utilice en una forma documental, los te- mas de actualidad o programas de noticias deben reflejar exactamente los hechos sabidos y ser etiquetados a menos que no haya posibilidad de que los espectadores puedan ser engañados”159.

Prescribe además que estos informes también deben responder a las reglas de imparcialidad comunes a todo asunto de interés público. “El documental dramatizado que pretende ser una reconstrucción efectiva de acontecimientos es limitado por los mismos estándares de la imparciali- dad que los que se apliquen a los programas de actualidad en general. Es inevitable que la realización creativa de algunos elementos (tales como caracterización, el diálogo y la atmósfera) introducirán una dimensión fic- ticia, pero esto no se debe permitir torcer los hechos que se conocen”160.

El debate sobre la necesidad de políticas públicas en el sector de las comunicaciones audiovisuales adquiere mayor relevancia cuanto mayor es el predominio del mercado. Si las reglas de juego eran importantes antes, cuando la oferta era diversificada, tanto más necesarias resultan en un escenario de concentración económica e individualización del receptor.

Se trata de vínculos que, según Marc Augé, inducen a la pasividad

“... que expone cotidianamente a los individuos al espectáculo de una actualidad que se les escapa; (…) una forma de ilusión en la medida que deja al criterio de cada uno el elaborar puntos de vista, opiniones en general bastante inducidas, pero percibidas como personales”161.

159 The ITC Programme Code. Independent Television Commision. Gran Bretaña.

Febrero 2002. Código de Contenidos de la Televisión privada británica.

160 The ITC. op. cit. Punto 2.12, Reconstrucciones dramatizadas…

161 Augé, Marc, “Sobremodernidad. Del mundo de hoy al mundo de mañana”,

Estas apelaciones al individuo disputan, además, el rol que las ins- tituciones públicas y la educación en particular han tenido en cuanto a los procesos de socialización y entrenamiento en las competencias para la vida ciudadana.

La sobreexposición a la violencia y la criminalidad también se vincu- lan con la tendencia al retraimiento social, la desconfianza y la deman- da de fuerzas “más duras” de seguridad para obtener protección. Lo mismo sucede con las construcciones discursivas con la inmigración, que funciona habitualmente como excusa para la explicación de pro- blemas sociales (y muchas veces en forma subliminal vinculada a la cri- minalización de la escena pública) que se han producido por la propia imprevisibilidad del capitalismo globalizado.

Ya no prevalece el melodrama como referencia simbólica predomi- nante en el espacio social. La pantalla refleja la imagen de un mundo inseguro y caótico, carente de coherencia, donde lo único que per- manece en su lugar es el relato del narrador, que ha multiplicado su oferta en la producción y distribución de contenidos. A diferencia de décadas anteriores, la concentración de la propiedad y la multiplica- ción de fuentes de emisión hacen tan o más importante al productor que al producto.

Con algunos avisos previos entre 2003-2007, pero claramente a partir de fines de 2007, la producción de sentido del dispositivo concentrado mediático se inclinará hacia el conflicto. El contrapunto colocará sistemáticamente en antagonismo la gestión gubernamental con diversos actores sociales, económicos, políticos e incluso las re- laciones internacionales para construir un punto de vista identificado con el contrincante. Serán sucesivamente “las relaciones con Estados Unidos”, la “crisis terminal del campo” y el “descontento de los pro- ductores agropecuarios”, el “enojo de Uruguay”, las “quejas de Brasil y de China”, “malestar en el Reino Unido”, la matriz noticiosa que no permitirá enfocar la agenda en cuestiones de soberanía política, protección industrial, cambio de la matriz productiva agrodependiente y de monocultivo, violaciones a la soberanía, depredación de recursos naturales, etc.

En ese contexto, las permanentes apelaciones al consenso y la con-

manda de retorno al statu quo anterior y de finalización de cualquier intento de cambio en el modelo económico, social y político.

En síntesis, el dispositivo tecnomediático en su proceso de avance hacia la suma del poder (a través del grupo económico que se ubique en el centro de la convergencia tecnológica-empresarial) se construye también como actor político, imponiendo las agendas, sus reglas dis- cursivas y los imaginarios sociales.