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153 señor S D se acerque a nuestra sede Si no puede hacerlo, entonces

el dereCho de los oPrImIdos: la ConstruCCIón y la reProduCCIón

153 señor S D se acerque a nuestra sede Si no puede hacerlo, entonces

traiga a sus hijos para que testifiquen sobre el contrato que hubo entre usted y el señor S. D.

El Caso 6 ilustra la importancia que tiene el documento escrito para certifi- car las transacciones jurídicas de Pasárgada, de dos maneras sobre todo. Cuando el señor N. T. le compró la chabola al señor S. D., acordaron que el precio se pagaría a plazos. El señor S. D. no confió en el señor N. T., por lo cual le prometió firmar el documento de compraventa sólo cuando se hubiera sido efectuado el pago total, ya que sin ese documento el señor N. T. no podría nunca probar que la venta se realizó, ni por lo tanto ejercer sus derechos sobre la chabola. Pero el señor N. T. nunca llegó a necesitar el documento y, por lo tanto, nunca presionó al señor S. D. para que le firmara uno. Ahora desea vender su chabola y la compradora quiere ver el documento de propiedad primero. El señor N. T. se acerca a la AR porque sabe que esta entidad está ahí para resolver este tipo de problemas. El presidente identifica el problema, y lo parafrasea de una manera que, aunque es un poco más precisa y técnica, resulta fácilmente comprensible para el señor N. T.: «Usted no cuenta con prueba alguna para demostrar que es el propietario de la chabola». Los conocimientos jurídicos del presidente, aunque son mayores que los del señor N. T., no se expresan en un lenguaje esotérico. El problema no es la existencia de un derecho del señor N. T., sino la prueba de su existencia. Por lo tanto, resulta moral y jurídicamente obligatorio que se ayude al señor N. T., pues los problemas de forma no deben prevalecer sobre los imperativos sustantivos.

La solución se configura a través de pasos lógicos. La mejor solución sería que el señor S. D. firmara el documento, pero el señor N. T. trata de convencer al presidente de que resultaría bastante oneroso. En su lugar, le propone una alternativa. Si los hijos adultos del señor S. D. testifican sobre la existencia de la venta, su consentimiento remplazaría el de su padre. No son meros testigos, sino partes subrogadas, pues se presume que sus intereses materiales coinciden con los de su padre. Este razonamiento jurídico es compartido por el presidente, pero se dan unas diferencias sutiles. En efecto, el presidente recalca el orden lógico de las soluciones. En primer lugar, el señor N. T. debe intentar traer al señor S. D.; únicamente si no puede lograrlo (lo cual no es un imponderable absoluto, pero si quizá una imposibilidad para el señor N. T.), la segunda alternativa será aceptada. La solución que es finalmente adoptada se perfila como la más factible dentro de un espectro de soluciones orientadas hacia los mismos fines sustantivos.

Este caso muestra que se puede dar un proceso de negociación sobre los formalismos, tal y como anuncié que ocurriría con respecto al objeto del conflicto. El señor N. T. participó activamente en la creación del formalismo que se exigió en este caso. Esto es posible debido a que los formalismos no se aplican automática- mente en Pasárgada. Existe una estructura básica (la necesidad de obtener un do- cumento firmado), de la cual se pueden seguir distintos caminos. No es suficiente que uno de ellos parezca el más lógico, pues debe ponderarse frente a las cargas que genere. No sería justo forzar al señor N. T., quien claramente es el dueño de la

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chabola, a que gaste parte del efectivo que recibirá de la venta en intentar traer al señor S. D. a la AR. Éste es otro ejemplo que muestra cómo el derecho de Pasárgada es rígido con la ética y flexible con los formalismos.

El Caso 6 muestra la posibilidad de que partes subrogadas respalden el consentimiento presunto de la parte ausente. Pero las partes subrogadas también pueden emplearse para remplazar o contrarrestar la voluntad de una persona que podría negarse a dar su consentimiento.

Caso 7

El señor G. M. se acerca a la AR con el señor B. T. y le explica su problema al presidente.

Señor G. M.: Usted sabe que yo soy el propietario de la benfei- toria localizada en [ubicación]. Quiero vendérsela al señor B. T., pero el problema es que no he logrado obtener el consentimiento de mi esposa. Abandonó la casa hace nueve meses y no ha regresado desde entonces.

Presidente: ¿En dónde se encuentra?

Señor G. M.: No lo sé. De hecho, no considero que su consen- timiento en el presente caso sea relevante porque, después de todo, la casa fue construida en su totalidad con mis propios medios y mi trabajo. Además no existe ningún documento de compra de materiales de construcción que ella haya firmado.

Presidente (mantiene silencio, luego habla): Bien, yo sé que us- ted es una persona honesta y que su esposa se ha portado bastante mal (silencio). ¿Cuánto tiempo lleva ausente su mujer?

Señor G. M.: Nueve meses.

Presidente: En realidad, eso no es mucho tiempo (Silencio). Considero que su hijo mayor debe dar su consentimiento sobre la ven- ta de la benfeitoria y firmar el documento como un testigo.

Señor G. M. y señor B. T.: Estamos de acuerdo.

Señor G. M. al señor B. T.: Podríamos redactar el documento de una vez…

El documento se redacta a continuación de la siguiente forma:

Yo, el señor G. M. [identificación plena], quien convivo como buen padre con mis seis hijos y estoy separado de mi esposa, quien abandonó el hogar sin dar noticia alguna, declaro que le vendo una benfeitoria de mi propiedad al señor B. T. [identificación plena], lo- calizada en la [ubicación], que me pagará inmediatamente la suma de [cantidad], y el saldo restante será pagado en plazos de [cantidad], pagaderos mensualmente. Declaramos que debido a que no existe nin- gún documento a nombre mío o de mi esposa, vendo esta benfeitoria sin gravámenes o pleito pendiente alguno. De hecho, fue construida con mi trabajo y mis recursos. Firmo esta declaración en la presencia de dos testigos y en sendas copias, una de las cuales será guardada

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