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de la Presidencia española del Consejo de la UE (enero-junio 2010)

B. Contenido del Estatuto de residencia de larga duración-CE

IV. La acción exterior de la Unión en materia de inmigración

Como vimos con anterioridad en este mismo artículo, la política de la Unión en materia de inmigración está condicionada por factores internacionales y por la asunción de compromi- sos de Derecho internacional. Los Estados miembros de la Unión son, a la vez, miembros de la ONU y firmantes de la carta de las Naciones Unidas. Están vinculados, además, por las obligaciones del Derecho internacional humanitario relativas al reconocimiento del asilo y protección de personas protegidas, en especial el Convenio de Ginebra sobre protección de los refugiados y el Protocolo de 1967.

La Presidencia española pretende reforzar las normas y medidas políticas para regular los flujos migratorios internacionales. La Organización Internacional de Migraciones (OIM) tiene algunas funciones en este ámbito, que la Unión Europea apoya. El Alto Representante de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) también es apoyado por la UE en sus tareas humanitarias. En la actualidad, la Comisión prevé la conclusión de un acuerdo estra- tégico con ACNUR en este ámbito durante 2011.

15. Reglamento nº 439/2010 de 19 de mayo de 2010, DO L 132/11. 16. COM(2009) 67 final.

17. COM(2009) 456 final, de 2 de septiembre de 2009. 18. COM(2010) 123 final.

La relación entre los procesos de inmigración y el desarrollo económico llevó a la creación por la ONU en 2006 del “Foro Global de Inmigración y Desarrollo”. Como su propio nom- bre indica, no cuenta con poderes decisorios, sino que es un simple foro de discusión que toma en cuenta las buenas prácticas de los Estados en materia migratoria. La reunión cons- titutiva tuvo lugar en Bruselas en 2007 y ha sido continuada por otras dos celebradas en Manila en 2008 y en Atenas en 2009. En noviembre de este año se celebrará la tercera con- ferencia en Puerto Vallarta, México. El Foro aborda todas las cuestiones relativas a la inmi- gración y las sinergias entre inmigración y desarrollo. Es a la vez un foro de encuentro para la sociedad civil y un espacio en el que las autoridades gubernamentales intercambian expe- riencias entre sí sobre el resultado de las distintas políticas en materia de inmigración.

1. La cooperación con los países africanos

El continente africano es muy extenso y variado, y esto da lugar a que existan diferencias notables entre sus diversas regiones desde el punto de vista de los flujos migratorios. Así, mientras que en la zona noroccidental, de Marruecos a Guinea-Conakry y Guinea Bissau, la emigración responde ante todo a necesidades económicas, en el África oriental aparecen otras causas, como los enfrentamientos étnicos. Para esta última región desde el punto de vista de la Unión Europea se plantean problemas jurídicos muy serios como las normas sobre la concesión de asilo y la protección subsidiaria. Malta e Italia están particularmente afectadas por esta situación.

Para el África noroccidental, en la que el principal motor de la emigración es la necesidad económica, la Unión Europea en general y España en particular se han afanado por buscar soluciones prácticas sobre todo a partir de la “crisis de los cayucos” de 2005, de acuerdo con los países de origen. La Conferencia de Rabat de 2006 marcó el comienzo de esta coopera- ción regional.

En el marco de las cumbres Unión Europea-Unión Africana iniciadas con la Conferencia de El Cairo de 2000, la Conferencia de Lisboa de diciembre de 2007 acordó una estrategia conjunta basada en un enfoque global.

A esta segunda Cumbre de Lisboa-Unión Europea siguió una segunda conferencia del pro- ceso de Rabat en París, el 25 de noviembre de 2008 en la que se aprobó un Plan de Coope- ración Trienal para el período 2009-2011. La 3ª Conferencia Ministerial Euroafricana tendrá lugar en Dakar a finales de 2011 (Dakar III). Fue propuesta por el Ministro español de Asuntos Exteriores, Miguel Ángel Moratinos, en la Conferencia de París.

El Proceso de Rabat es dirigido entre conferencias por el llamado “Comité de pilotaje”, en el que se integran, por parte de Europa, la Comisión, Bélgica, España, Francia e Italia y, por parte africana, Burkina-Fasso, Guinea Ecuatorial, Marruecos y Senegal, además de la Comi- sión de la CEDEAO, y participa como observadora la Comisión de la Unión Africana. En la Comisión de pilotaje que tuvo lugar en Madrid el 19 de enero de este año se acordó,

precisamente, la incorporación de Bélgica y Guinea Ecuatorial además de la invitación a la Comisión Africana como observadora.

Los acuerdos globales para esta zona son completados por los acuerdos bilaterales llamados “acuerdos-marco de cooperación migratoria” o de “nueva generación”, que suelen incluir anejos para la readmisión de inmigrantes irregulares. Los acuerdos con Cabo Verde, Gambia, Guinea- Bissau, Guinea-Conakry y Níger incluyen estos anejos. El acuerdo con Malí no incluye un anejo de readmisión, pero ésta se consigue a través de arreglos bilaterales especiales. Se negocian también hoy acuerdos con algunos otros países, como Camerún y Costa de Marfil.

El proceso de Trípoli fue iniciado en 2006, con participación de la Comisión de la Unión Africana y con pretensiones más amplias. De hecho, ha quedado incorporado en las Cumbres UE-Unión Africana, iniciadas en la Conferencia de El Cairo de 2000 y que continuaron con la Cumbre de Lisboa de 2007.

2. La cooperación con América Latina y el Caribe

La actitud negativa de algunos países de América Latina contra la Directiva comunitaria

sobre retorno de emigrantes aprobada en 200819 ha dificultado el diálogo en materia de

inmigración entre la UE y los países de América Latina y el Caribe. En su lugar se ha abier- to el diálogo estructurado sobre migración y desarrollo acordado en junio de 2009 y que ha continuado con reuniones en Bruselas en septiembre de 2009 y en Madrid en febrero y marzo de 2011. No se trata de llegar a acuerdos formales, sino de recoger buenas prácticas en materia de inmigración y efectuar intercambios.

3. La cooperación con los Estados Unidos

En octubre y noviembre de 2009, la UE y los Estados Unidos acordaron reforzar su coope- ración en materia de asilo y migraciones dentro del marco de su colaboración en asuntos de justicia e interior. En la reunión ministerial de Madrid de 8-9 de abril de este año ambas partes acordaron establecer las bases de un diálogo migratorio Unión Europea-Estados Uni- dos, que podría desembocar en un Plan de Acción común.

V. Conclusiones

No sólo por su importancia para España sino también para el conjunto de la Unión, nuestro Gobierno ha dedicado esfuerzos importantes a esta tarea, durante su semestre, que habrá de ser continuada en la futuras presidencias rotatorias al objeto de conseguir un sistema europeo

19. Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 2008/115 relativa a procedimientos y normas comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países que se encuentren ilegalmente en su territorio. P. Aguelo Navarro y A. Chueca Sancho, “La Directiva sobre retornos, La Directiva de la vergüenza”, coordinadores del seminario Intermigra, mayo de 2008 (http://www.intermigra.info/extranjeria /modules).

de regulación de la inmigración que sea, por un lado, justo y acorde con los principios huma- nitarios que deben presidir la acción de la Unión en este sector y, por el otro, que resulte eficaz para garantizar la seguridad en el territorio de la Unión y calmar la inquietudes que esta cuestión plantea a sectores importantes de nuestra ciudadanía, sobre todo en materia de empleo.

El sistema europeo de inmigración deberá también analizar las consecuencias para los países de origen, su desarrollo y su bienestar.

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