• No se han encontrado resultados

el dinero, al ser descubiertas fueron sentenciadas a escarnio público que incluyó cien latigazos.281

Las memorias para casar a doncellas pobres o huérfanas alcanzarían su ápice en los testamentos del siglo XVII, sufragadas principalmente por clérigos, pero también otros sectores de la sociedad con el fin de que “no cayesen en la malicia”.282 Las cofradías solían entregar dotes después de un arduo proceso de selección.

La extrema importancia de la obra benéfica encargada de la entrega de dinero a las doncellas pobres llegó a ser tanto o más numerosa que las entregadas por los padres o tutores. Las verdaderamente pobres se casaban sólo con esta dote y otras les servían para incrementarla, aprovechando el simple hecho de ser parientas del fundador. Las dotes tuvieron un valor promedio de unos ochocientos reales, cantidad que al menos servía para la compra de los enseres más necesarios que hacían falta en el hogar o para el ajuar básico de uso personal.283

La verdad es que la ayuda que destinó el Estado para estos fines fue ínfima en comparación a la entregada por particulares a través de las distintas instituciones, los patronazgos, bajo égida de la Iglesia. Se creó una especie de beneficencia social a través de distintos organismos, patronatos y cofradías, tanto laicos como religiosos, que englobados bajo la tutela eclesiástica, o incluidos dentro de su misma estructura, organizaban y paliaban estas carencias.

Las pocas ayudas estatales encauzadas para este fin, llegarían directamente de la Corona con motivo de ciertos acontecimientos reales puntuales, como matrimonios reales, nacimientos de primogénitos y fallecimientos; es decir, disposiciones extraordinarias en ciertas ocasiones especiales, en el que ordenaban indultos y concesión de dotes a doncellas pobres a cargo del tesoro real. Observamos como ejemplo de esto, las ayudas ofrecidas por la reina Isabel la Católica quien en su testamento otorgada el 12 de octubre de 1504 ordenó distribuir dos millones de maravedíes para dotar a jóvenes pobres, un millón para tomar estado de casada y otro para ingresar a convento284 y por el rey Carlos III que con motivo del nacimiento de su nieto, en el año de 1772, decidió la concesión de una gran cantidad de dotes a mujeres sin recursos. Dicho acto se tradujo en una elevación porcentual, bastante considerable de matrimonios detectados en los protocolos notariales.285 De esta manera, si la Corona proveía medios económicos para poder acceder al matrimonio, aumentaba la nupcialidad, ya que permitía acceder al matrimonio a capas o elementos de la sociedad, que de otra forma tenían difícil fundar una familia.

Así también, Felipe II encargó a la Iglesia en 1567 recoger dinero para casar doncellas a través de las limosnas que se daban para las obras pías y que no tuvieran establecido otro destino particular. También, Felipe IV dispuso que en los testamentos se incluyera como manda forzosa un aporte de dos reales para casar huérfanas a partir de la Real Cédula de 1623 y,

281

PERRY, M.E. (2012: 172). Información obtenida del Archivo Municipal de Sevilla, Efemérides, Nº 1.

282

LORENZO PINAR, F.J. (1991:258) Cofradía de Nuestra Señora de la Anunciación. Visita del 12.V.1646. Archivo Histórico de Zamora. Sección García Diego.

283

DÍAZ HERNÁNDEZ, J. M. (2003: 285).

284

DE LA TORRE Y DEL CERRO. A. (1974: 29): Item mando que después de pagadas las dichas

debidas, se distribuya un cuento de maravedís para casas donzellas menesterosas, e otro cuento de maravedís para con que se puedan entrar en religión algunas donzellas pobres que en aquel sancto estado querrán servir a Dios.

285

DÍAZ HERNÁNDEZ, J. M. (2003: 140): Por ejemplo, en la ciudad de Jaén se elevó el número de dotes escrituradas en treinta y tres y el año siguiente a quince, cuando la media normal era de unas seis o siete escrituradas anualmente en la mencionada ciudad. Parece que este acontecimiento tan importante y la oportunidad de obtener una dote gratuita provocó un aumento de la nupcialidad en este año y el siguiente, al permitir a las capas más humildes acceder a un pequeño capital, con el que fundar un nuevo hogar. Este hecho lo rastreó este historiador en diversos libros matrimoniales de las parroquias de la ciudad de Jaén, por ejemplo en la parroquia de San Ildefonso, una colación de las más numerosas de la ciudad. Allí recogió que en los años 1772 y 1773, tuvieron lugar cuarenta y seis y cuarenta y siete matrimonios respectivamente, cuando la media de esta parroquia de los años precedentes y posteriores era de unos treinta matrimonios.

92

ordenó que los bienes mostrencos – muebles o raíces que no tenían dueño conocido – se dedicaran a este objetivo y fueran administrados por los cabildos de cada ciudad.286 Así, por ejemplo, en 1772, el rey ordenó que se diera en Murcia cuatro dotes de seis mil reales para doncellas pobres y huérfanas de entre quince a treinta años.287 De todas maneras eran pocas las dotes concedidas por la realeza y todas tenían que ser escrituradas como un requisito para acceder a ellas.

En cuanto a los organismos y obras pías religiosos fundados por la Iglesia, dedicados a conceder dotes económicas con las que poder sufragar los gastos del matrimonio, son constatados con mucha frecuencia en la documentación que se encuentra en los archivos, sobre todo en los eclesiásticos. Dicha incidencia documental demuestra claramente su proliferación, y su amplia repercusión en la sociedad.

En cuanto al ámbito del poder municipal, en este punto, fue escasa su aportación, el rastreo por los archivos municipales desengaña desde el primer momento, ya que fueron pocas las referencias a estas ayudas, por lo que nos queda la opción de pensar que, en este ámbito del poder, no se asumía dicha ayuda social, quedándose esta más bien, como ya se indicó dentro del ámbito religioso. Por ejemplo, en el caso del virreinato del Perú, en concreto en Piura, el cabildo era el intermediario a dónde dirigir los pedidos de dotes con el dinero que donaban particulares para este fin en las distintas instituciones religiosas.

Otra forma que tenían las autoridades para ayudar a una mujer pobre a casarse, creyendo evitar de esta forma que ejerciera la prostitución, era condenar a los hombres que habían dado falsas promesas de matrimonio o habían violado a una doncella, a darle lo necesario para constituir una dote, aunque fuera bastante modesta. Cuando había una desigualdad social muy notoria y no se podía obligar al agresor a que se casara con la ofendida, el asunto podía solucionarse con el pago de una multa, que se usaba después para el matrimonio de la muchacha con otra persona a la que no le importara el hecho de que su honra ya estuviera perdida.288 Estas condenas se ejecutaban con regularidad en las colonias iberoamericanas.

Muchas instituciones de caridad se plantearon la necesidad de entregar dotes a muchachas pobres y huérfanas, con el fin de evitarles tal destino. La principal institución que entregaba dotes de forma gratuita en la península Ibérica era la Casa u Hospital de la Misericordia que estaba presente en algunas ciudades de España en el Antiguo Régimen. Esta institucion era una asociación sin fines de lucro formada por hidalgos que proveían dinero, donaciones testamentales para que se distribuyesen entre las doncellas que cumplieran con determinados requisitos. También se encuentran hospitales de la Misericordia en América como la Casa de la Misericordia de México y la Casa de la Caridad de Lima.

Otras instituciones que se dedicaban a ser intermediarios para la entrega de dotes eran los hospitales y las casas cuna, que destinaban parte de sus fondos para esta obra pía entre las doncellas de su jurisdicción. La dote entregada consistía en el ajuar nupcial o un equivalente en dinero con la cual adquirir su ajuar. Un valor que oscilaba entre treinta a cincuenta ducados. En general, estas dotes para “tomar estado” se entregaban en las diversas instituciones a través de sorteo entre las mujeres, que respondieran a las características demandadas (blancas, vírgenes, huérfanas y de determinada collación). Se realizaba un estudio previo de sus casos, realizado por religiosos u hombres cualificados. También, donaciones personales procedentes de reyes, cabildos, ayuntamientos catedralicios, aristócratas, hidalgos y otros a través de sus mandas testamentarias, casi siempre administrado por la Iglesia. Las principales instituciones que realizaban estas actividades eran las religiosas, que se dedicaron a dotar doncellas de bajos

286

PÉREZ Y LÓPEZ, A. X. (1793: T.V:192): Los bienes mostrencos en cada lugar debían ser aplicados para casar a las mujeres pobres y huérfanas, para lo cual los cabildos habían de nombrar administrador. Igualmente se encargaba a los obispos que se esforzaran por casar a estas muchachas, destinando a ello las mandas forzosas de los testamentos o las obras pías que carecieran de otro fin.

287

DÍAZ HERNÁNDEZ, J. M. (2003: 140).

288

LORENZO MONTERRUBIO, C. (2015: 47): Nadie podía obligar a un hombre a casarse sin su consentimiento y si no deseaba contraer matrimonio, podía poner en tela de juicio la calidad moral, la conducta y el modo de vida de la mujer.

93

Outline

Documento similar